A) Vinculación Temprana.
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- Luis San Segundo Lara
- hace 6 años
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1 A) Vinculación Temprana. Descripción General. Vinculación Temprana es el proceso obligatorio, que a partir de la asignatura Taller Pedagógico desarrollan los estudiantes para lograr el establecimiento gradual y sistemático de relaciones pedagógicas entre las diversas asignaturas del programa de formación y el contexto socio educativo. Durante este proceso el(la) estudiante realizará gradualmente actividades de observación de clases de su especialidad, de conocimiento de la realidad escolar y de intervención, ejerciendo el rol de profesor de inglés, en acuerdo con las indicaciones que el profesor colaborador, profesor titular, le señale. El proceso de Vinculación Temprana (I y II) se realiza en parejas. Durante el proceso de Vinculación Temprana en el Centro de Práctica los estudiantes deberán: Observar un mínimo de dos horas de clases de la especialidad durante la primera semana. Intervenir durante las 2 horas semanales de las otras tres semanas. Cotejar documentos formales del centro de práctica y la dinámica real de su quehacer diario. Conocer sus procesos administrativos y pedagógicos. Contrastar la teoría con el hacer en el colegio en general y en la sala en particular. Desarrollar los instrumentos pedagógicos que serán especificados con anterioridad ( Diagnóstico de Disposiciones de Aprendizaje, Diseños de Enseñanza, Artefactos Pedagógicos, Bitácora reflexiva ) Acerca de la Asistencia La asistencia a la práctica es de un 100%. La ausencia por salud se deberá justificar con certificado médico y en el caso de una ausencia por otro motivo de fuerza mayor, el (la) estudiante debe avisar al Profesor(a) Colaborador(a) del establecimiento y luego al Coordinador(a) de Práctica de la especialidad. En cualquier caso, la ausencia deberá ser justificada ante el Director de la carrera dentro de los 5 días siguientes, previa presentación del certificado que avale la imposibilidad de haber concurrido a la actividad práctica. 1
2 Acerca del Comportamiento y presentación personal Los establecimientos educacionales tienen normas y reglamentos que los alumnos de la Universidad deben acatar. En ese contexto, los alumnos en el proceso de Vinculación Temprana deben mantener una presentación acorde a la función docente. El estudiante de pedagogía que realiza práctica docente representa a la Universidad de La Frontera ante la organización escolar y debe cautelar un comportamiento y desempeño ejemplar, acorde a un profesional de la educación. Respecto de las responsabilidades académicas: Los estudiantes en práctica deben dar cuenta de las actividades que están realizando, compartir experiencias con sus pares y hacer las consultas del proceso que estimen pertinentes, durante las horas de clases o en horario a convenir con la Coordinadora de Práctica. Serán responsabilidades académicas de los estudiantes durante este proceso, la elaboración, aplicación y análisis del Diagnóstico de Disposiciones de Aprendizaje, elaboración de los Diseños de Enseñanza a partir del análisis de resultados del DDA y de acuerdo a los contenidos indicados por el o la profesora colaboradora del Centro de Práctica. Además deberán elaborar artefactos pedagógicos necesarios para apoyar las clases a realizar y también generar un registro semanal de sus actuaciones en el centro educacional como estudiante en práctica (bitácora), consignando hechos del proceso enseñanza aprendizaje, desde una reflexión descriptiva hacia una reflexión propositiva, considerando a) al estudiante como centro del aprendizaje, b)auto evaluando su metodología de enseñanza y c) el resultado de la misma. Autoevaluar su desempeño al finalizar la práctica. Solicitar la evaluación del Profesor Colaborador. B) PRÁCTICA PROFESIONAL INTEGRADA. REGLAMENTO 1.1 La Práctica Profesional Integrada es una actividad curricular obligatoria para los alumnos(as) de las Carreras de Pedagogía (art. 16º Res. Exenta 0527). 1.2 Se entenderá por Práctica Profesional Integrada, el ejercicio del rol profesional en un establecimiento educacional: como profesor del sector o subsector de aprendizaje de educación media correspondiente a la especialidad disciplinaria; como profesor jefe y como profesor que cumple actividades complementarias propias de la función docente (art. 17º Res. Exenta 0527). 2
3 1.3 Podrán realizar la Práctica Profesional Integrada I y II los alumnos regulares de las Carreras de Pedagogía que hayan aprobado la totalidad de las actividades curriculares contenidas hasta el 8º nivel, del Plan de Estudios de la Carrera respectiva (art. 17º Res. Exenta 0527). 1.4 De acuerdo al art. 21º de la Res. Exenta 0527, en la Práctica Profesional Integrada I y II participarán los siguientes actores: Actores directos: estudiantes en práctica Actores Indirectos: Coordinador General de la Oficina de Práctica Profesional Integrada, Coordinador de la Práctica Profesional Integrada de la Carrera, Supervisores profesionales de la Universidad de Especialidad y de Educación, Profesor(es) Colaborador(es) y otros profesionales vinculados al centro de práctica. 1.5 La Práctica Profesional Integrada será supervisada por el(la) Coordinador de prácticas de la especialidad y/o Supervisores profesionales de la Universidad de Especialidad y de Educación, con una frecuencia mínima de tres visitas por semestre. II.-De las Responsabilidades Específicas 2.1 El estudiante en práctica debe dar cuenta de las actividades que está realizando, al docente responsable de la actividad de práctica de su Carrera, presentando los informes y productos establecidos en el cronograma de la planificación de la Práctica Profesional Integrada. 2.2 Cuando el proceso de Práctica Profesional Integrada no sea supervisado, de acuerdo al cronograma de visitas, el estudiante en práctica debe dar aviso a la oficina de Coordinación General de Prácticas, por medio de una carta o por correo electrónico. 2.3 Los cambios en el horario de práctica asignados originalmente en el establecimiento educacional, deben ser comunicados por los medios oficiales (carta o correo) a su Coordinador de Práctica de la Especialidad y al Supervisor de práctica si correspondiere. 2.4 El estudiante de pedagogía que realiza la Práctica Profesional Integrada, representa a la Universidad de La Frontera ante la organización escolar, por tanto debe cautelar un comportamiento y desempeño ejemplar, acorde a un profesional de la educación, lo cual fortalece a su casa de estudios y proyecta los valores en que ha sido formado. III De la Presentación Personal 3.1 El(la) estudiante que desarrolla su Práctica Profesional Integrada, deberá mantener diariamente una presentación personal acorde a su función docente, respetando las normas establecidas por el establecimiento educativo en el cual realiza su práctica. IV De las Responsabilidades Profesionales: El (la) estudiante que desarrolla su Práctica Profesional Integrada deberá cautelar el cumplimiento de los siguientes requerimientos: 4.1 Registro diario de su asistencia y horario al establecimiento, cumpliendo con el acto de firmar su entrada y salida del establecimiento en la planilla proporcionada por la Coordinación de Prácticas. La omisión del registro de 3
4 UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA asistencia significará ausencia de su lugar de práctica. La planilla de asistencia deberá estar siempre disponible para el(la) supervisor(a) de práctica y será entregada, de forma obligatoria, a su profesor(a) supervisor(a) de práctica la primera semana de cada mes. 4.2 Mantener la documentación de su práctica en el establecimiento educacional, con el propósito que esté disponible para visitas de supervisión de parte de la Universidad de La Frontera y control del propio establecimiento. 4.3 Mantener al día los registros de los alumnos a su cargo en el respectivo establecimiento educacional. 4.4 Ajustar su desempeño al cronograma de práctica establecido por la Escuela de Pedagogía de la Universidad de La Frontera, por lo que el estudiante no está facultado para acortar o prolongar su práctica en el establecimiento sin la autorización de la Coordinación General de Prácticas. 4.5 Asistir de forma obligatoria a la reunión semanal, con su respectivo/a Coordinador(a) de Práctica por especialidad; de acuerdo al horario entregado al inicio del semestre. 4.6 El estudiante en práctica deberá cautelar una conducta ética, de acuerdo a las siguientes recomendaciones: Mantener una conducta acorde a las normas del establecimiento Evitar involucrarse en situaciones y/o acontecimientos sociales informales que atenten contra las políticas establecidas por el establecimiento y sus responsabilidades profesionales como docente respecto de alumnos(as) y colegas En el contexto del desarrollo de su Práctica Profesional, se sugiere no utilizar medios de comunicación masivos tales como Facebook, twitter, msn, etc., a fin de cautelar el carácter profesional de la relación profesor-estudiante. V.- De las responsabilidades Académicas: Serán responsabilidades académicas del estudiante en Práctica Profesional Integrada: 5.1 Elaboración de análisis de contenido y diagnóstico de disposiciones de aprendizaje (elaboración, aplicación y análisis del mismo), los que serán revisados por su coordinador/a de práctica de la especialidad. No podrá iniciar el proceso de diseño de enseñanza, quién no haya cumplido con lo dispuesto anteriormente. 5.2 Elaborar los diseños de enseñanza a partir del análisis de los resultados del diagnóstico de disposiciones de aprendizaje. 5.3 Planificar, desarrollar y/o apoyar actividades con estudiantes en consejo de curso y trabajo con padres y apoderados. 5.4 Generar un registro semanal de sus actuaciones (bitácora), consignando el proceso de enseñanza-aprendizaje, desde una reflexión descriptiva hacia una propositiva; considerando:(a) al estudiante como centro del aprendizaje, (b) evaluando su metodología de enseñanza y (c) el resultado de la misma. 5.5 Elaborar el Portafolio de la Práctica Profesional durante el proceso de ésta, manteniendo al día toda la documentación requerida. VI.- De las inasistencias: 6.1 La concurrencia a las actividades de práctica es exigible en un 100%. 4
5 6.2 El estudiante solo podrá ausentarse de su lugar de práctica por razones de: a) Enfermedad debidamente acreditada con la certificación médica correspondiente b) Por citación escrita del Coordinador General de Práctica o Coordinador de Prácticas de la especialidad, previo acuerdo con su profesor colaborador y/o UTP. c) Por razones de fuerza mayor, tales como: fallecimiento de un familiar, controles médicos asociados a embarazo u otros similares. 6.3 Si algún estudiante tiene un problema de fuerza mayor para asistir a la actividad debe avisar con antelación al Profesor(a) Colaborador(a) del establecimiento y luego al Coordinador de Práctica de su respectiva especialidad. Posteriormente debe solicitar el respaldo escrito en la Oficina de Prácticas para ser presentado en la Dirección del Establecimiento Educacional, previa presentación del certificado médico correspondiente o del documento que avale la imposibilidad de haber concurrido a la actividad de práctica. 6.4 Deberá concurrir a la totalidad de las reuniones citadas por la unidad de Coordinación de Práctica Profesional. 6.5 El practicante, no deberá interrumpir su asistencia al establecimiento, por motivo de movilizaciones estudiantiles ni suspensiones de clases en la Universidad, pues su inasistencia injustificada, perturba el normal funcionamiento de los establecimientos educacionales, arriesgando la suspensión de su práctica profesional por parte de estos. 6.6 El no cumplimiento de lo establecido en el título V del reglamento de las Carreras de Pedagogía (Res. Exenta 0527) puede ser sancionado con la suspensión o reprobación de la respectiva Práctica Profesional Integrada, previa resolución del COTAC de su carrera. 5
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