MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS

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1 Página 1 de 171 SECCION: Índice INDICE I GENERALIDADES Presentación 3 Base Legal 4 Glosario 3 CONSIDERACIONES GENERALES 8 En el Control De Carga 8 En el Almacenamiento de Mercancías 9 En el Tránsito Aduanero 9 En el Despacho Aduanero 9 III A. PROCEDIMIENTOS Control De Carga 1. Transmisión y Registro del Manifiesto de Carga Reembarque y Transbordo Faltantes y Sobrantes en la Descarga Desconsolidación (Desagrupaje) de carga Traslado de mercancías a Depósitos Temporales Transmisión Rápida de Manifiestos Descarga Manual 33 B. Tránsito Aduanero 33 C. Despacho Aduanero Importación Definitiva 52 Aforo no conforme 61 Importación Definitiva de Envíos Postales Comerciales Entrega Rápida o Courier 68 II Dirección de Informática 69

2 Página 2 de 171 SECCION: Índice 4. Importación Definitiva con Exención de Impuestos, de Mercancías distintas del equipaje que traiga consigo el Viajero Importación Definitiva con Exención de Impuestos, de Pequeños Envíos Familiares sin Carácter Comercial Importación Temporal para Reexportación en el Mismo Estado Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo Importación Temporal de Vehículos para Turismo, arribado por sus propios medios Reimportación Depósito Aduanero Régimen de Zona Franca Ingreso de Mercancías a Tiendas Libres Exportación Definitiva 84 D. Cancelación de Regímenes Suspensivos y Previos Reexportación de Productos Compensadores Salida de Mercancías de Tiendas Libres 88 TABLA DE REGÍMENES 91 IV. Dirección de Informática

3 Página 3 de 171 SECCION: Índice I. GENERALIDADES Presentación: El Comercio Internacional, como marco dentro del cual se produce el intercambio de bienes y servicios entre los diferentes Países, posibilita por una parte la atención de necesidades y por otra, permite que los sectores productivos transciendan sus propias fronteras, con los beneficios que ello genera para los pueblos de los países involucrados. Los gestores del Comercio Internacional, demandan eficiencia, seguridad y transparencia en las diversas operaciones comprendidas en el tráfico internacional de bienes. Consecuente con dichas expectativas, la de Nicaragua (), suscribió Convenio con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio y el Desarrollo (UNAD), con el propósito de soportar la totalidad de la Operación Aduanera del País, con el Sistema Aduanero Automatizado SIDUNEA (ASYCUDAWorld por sus siglas en Inglés), aplicativo construido con tecnología que ofrece una forma eficiente, robusta y rápida para procesar las operaciones con gran alcance y amplitud nacional, en forma segura a través del Internet. En esas condiciones, tanto la como los usuarios del comercio internacional, contarán con un sistema de información confiable, que optimiza su gestión, automatiza totalmente las actividades, racionaliza los recursos, facilita el control posterior, suministra información permanente y oportuna tanto para las autoridades como para los operadores del comercio, atendiendo en esa forma, las recomendaciones UNASPA, los principios y prácticas aduaneras de la Convención revisada de Kyoto (OMA), utilizando a su vez formatos, datos y códigos estandarizados (OMA, TDED, ISO) y estándares UN/EDIFA. A no dudar, la Operación Aduanera será objeto de una depurada y positiva reingeniería de procesos, para lo cual presentamos el Manual de Procedimientos con ASYCUDAWorld, texto que ofrece a los diferentes usuarios, detalladas ilustraciones y claras descripciones, que los guiarán para desempeñarse con gran facilidad, habilidad y seguridad, en la totalidad de los preceptos previstos en el ordenamiento jurídico vigente. En el presente instrumento, podrán apreciar totalmente codificados los mecanismos legales consagrados en las normas aplicables, tanto en materia de regímenes y modalidades aduaneras, como en los diferentes tratamientos tributarios, exoneraciones, Tratados de Integración Económica y Acuerdos de Libre Comercio, entre otros. Base Legal: Dirección de Informática

4 Página 4 de 171 SECCION: Índice Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA IV) Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA IV) Ley No. 265 que establece el Autodespacho para la Importación, Exportación y otros Regímenes ", publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número 219, del 17 de Noviembre de Decreto No Aprobado el 15 Enero 1998, publicado en la Gaceta No. 31, del 16 Febrero 1998, Reglamento a la Ley 265 que establece el Autodespacho. Ley Nº 453, Ley de Equidad Fiscal, publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 82 del 06 de mayo/2003 Decreto No. 46 de 2003, Reglamento de la Ley 453 de 2003 Ley 382 publicada en Gaceta No. 70 del 16 de abril de 2001, Ley de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo de Facilitación de Exportaciones Decreto No , Publicado en La Gaceta No. 177 del 19 de Septiembre del 2001, Reglamento a la Ley de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo Reglamento Sobre el Régimen de Transito Aduanero Internacional Terrestre Diferentes Leyes para la promoción de Actividades Económicas y de Producción Nacional Circulares Técnicas de la Glosario: Agente de Carga: Persona jurídica autorizada por la autoridad competente, que realiza actividades de coordinación y organización de embarques, consolidación y desconsolidación de carga de exportación o de importación, también emite o recibe del exterior los documentos de transporte propios de su actividad. Almacenar en memoria: Acción en SIDUNEA WORLD, que permite transmitir los datos de un Manifiesto de Carga, antes de realizar su registro y en forma anticipada a la llegada del medio de transporte bajo una condición no oficial, hasta tanto el medio de transporte arribe al puerto, o aeropuerto o frontera indicada y se proceda a su registro por parte del transportista, agente de carga o su representante legal.nte Carga a Granel: Dirección de Informática

5 Página 5 de 171 SECCION: Índice Es toda carga sólida, líquida o gaseosa, transportada en forma masiva, homogénea, sin empaque, cuya manipulación usual no deba realizarse por unidades. Boletín de Liquidación: Formulario emitido por SIDUNEA WORLD (Sistema Aduanero Automatizado) para realizar el pago de las obligaciones tributarias aduaneras en los bancos del sistema financiero autorizados por la. Canal de Selectividad: Acción de SIDUNEA WORLD, basada en criterios y/o selección aleatoria, por medio de la cual decide asignar a una declaración de mercancías uno de los canales establecidos para cada tipo de reconocimiento. Canal Verde: Sin reconocimiento Canal Amarillo: Reconocimiento documental Canal Rojo: Con Reconocimiento Físico Clave de Seguridad: Código de ingreso al Sistema SIDUNEA WORLD, asignada por la a cada usuario autorizado, para transmitir y procesar sus datos ante la Administración Aduanera. Código Adicional: Código de tres (3), dígitos que se relaciona en la Tabla de Regímenes, con el cual se especifica el Tratamiento Tributario. Consolidador de Carga: Operador distinto al transportista, que remite carga en el vehículo de este, en forma agrupada bajo su propio nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios. Criterio de Selectividad: Dirección de Informática

6 Página 6 de 171 SECCION: Índice Parámetros selectivos o aleatorios computarizados, creados sobre la base de una matriz de análisis de riesgos en el Sistema SIDUNEA WORLD, al cual estará sometida la declaraciones de mercancías, cuya aplicación establecerá si no se realizará el reconocimiento, o si se realizará, bien documental o físico documental. Declaración Complementaria de Mercancías: Declaración en el Sistema SIDUNEA WORLD, que permite la modificación y/o corrección de una Declaración de Mercancías, por la Autoridad Aduanera, o con autorización de la misma. Declaraciones Previas: Declaraciones de Mercancías que en SIDUNEA WORLD, son ubicadas para su posterior descargue o encadenamiento con otras Declaraciones de Mercancías. Desagrupaje o Desconsolidación Electrónica: Operación del Sistema SIDUNEA WORLD que permite el desagrupaje o la desconsolidación de mercancías de un documento de transporte matriz ( Master ) en cada uno de los documentos de transporte hijos ( House ). Desagrupaje o Desconsolidación Física: Proceso que realiza el desconsolidador o su representante autorizado, bajo control de la, de separar el contenido de una carga consolidada para su distribución a cada consignatario, conforme a los documentos de transporte hijos ( House ) emitidos, una vez que la carga ha ingresado a los depósitos temporales o aduaneros autorizados. Minuta de Pago: Recibo de Pago emitido por el banco donde figura tanto el número de serie que identifica la operación, como las cifras recaudadas. Para pagos electrónicos a través de internet, el número de serie emitido por el banco en el proceso electrónico, contiene implícito las cifras recaudadas. Modelo de Declaración: Dirección de Informática

7 Página 7 de 171 SECCION: Índice Tipo de Declaración de Mercancías, relacionado en la Tabla de Regímenes, el cual se selecciona acorde con el Régimen Aduanero que se declara. Orden de Levante: Formato emitido e impreso por el Sistema SIDUNEA WORLD, que ordena la liberación y la salida del Depósito Temporal, Depósito Aduanero, Zona Franca o Depósito Autorizado por la, una vez se ha cancelado o garantizado la obligación tributaria aduanera. Oficina de Control de Carga (OCC): Dependencia de la Administración de Aduana, establecida para la atención de usuarios del control de carga (transportistas, agentes de carga, Consolidadores) en la recepción de documentos, aclaración de informaciones y orientaciones en relación con las funciones de competencia de la. Número de referencia: Consiste en el número que el Usuario Externo (Transportista o su Representante, Agente de Aduana o Auxiliar de Función Pública autorizado) utiliza en los formularios del sistema SICUNEA WORLD, para su control personal. Número de Registro en SIDUNEA WORLD: Consiste en el número que el sistema asigna en forma automática, cuando cualquiera de los formularios desplegados por el sistema para el trámite de las diferentes operaciones aduaneras, han sido transmitidos electrónicamente. Número de Liquidación en SIDUNEA WORLD: Número asignado por el sistema SIDUNEA WORLD, en las Declaraciones de Mercancías, Declaraciones de Oficio o Formularios que definen la disposición final de mercancías bajo custodia y potestad de la (). Régimen Aduanero: Dirección de Informática

8 Página 8 de 171 SECCION: Índice Código de cuatro (4) dígitos, relacionado en la Tabla de Regímenes, que indica la Norma Aduanera y el Tratamiento Tributario, al cual se acoge el Declarante. Registro: Acción del sistema SIDUNEA WORLD, que después de una transmisión electrónica, significa su aceptación en forma definitiva, tales como el Manifiesto de Carga, Declaración de Mercancías, entre otros. Tipos de Documentos de Transporte: - B/L: Conocimiento de Embarque marítimo ( Bill of Lading) AWB: Guía Aérea CPI: Carta de Porte Internacional CPM: Carta de Porte Internacional Master GEC: Guía de Encomienda Courier GEP: Guía de Encomienda Postal MAB: Guía Aérea Master MBL: Conocimiento de Embarque Master Tratamiento Tributario: Código de tres (3) letras mayúsculas relacionadas al final de la Tabla de Regímenes, que indica la aplicación de Tributos en el Régimen declarado. II. CONSIDERACIONES GENERALES: a. En el Control de Carga: Un viaje comprende un Manifiesto de Carga, puede contener ilimitada cantidad de diferentes Documentos de Transporte. La carga consignada en un Documento de Transporte, puede remitirse en varios viajes y consecuentemente en varios Manifiestos de Carga. b. En el Almacenamiento de Mercancías: Dirección de Informática

9 Página 9 de 171 SECCION: Índice Las mercancías bajo potestad aduanera se descargan en la Zona Primaria y se envían a los Depósitos Temporales habilitados por la autoridad aduanera dentro de dicha zona, donde pueden ser declaradas, dentro de los plazos establecidos en las normas, a cualquiera de los regímenes aduaneros previstos legalmente, para que una vez se cumplan todos los preceptos normativos, puedan trasladarse a Zona Secundaria o de Libre Circulación. Si las mercancías descargadas ya están amparadas por una Declaración de Mercancías legalmente finalizada, pueden continuar directamente, bien al Recinto correspondiente o, a la Zona Secundaria, consecuente con las previsiones legales inherentes al régimen aplicado. c. En el Tránsito Aduanero: De conformidad con la normativa aplicable, el Régimen de Tránsito Aduanero se tramita mediante la Declaración de Tránsito Aduanero, por lo tanto el T1, es un mecanismo interno de SIDUNEA WORLD, utilizado para generar el movimiento de la información del Tránsito desde la Aduana de Partida hacia la Aduana de Destino. Una vez arribadas las mercancías a la Zona Primaria, el Funcionario Aduanero de la Oficina de Control de Carga (OCC), procederá a localizarla en el sistema, en el Depósito Temporal correspondiente, donde serán remitidas a continuación. Recibidas las mercancías, El responsable del Depósito Temporal la localizará en el sistema, en el tramo correspondiente de dicho recinto. d. En el Despacho Aduanero: Una Declaración de Mercancías puede contener hasta 999 artículos o ítems, así mismo, puede comprender igual número de Documentos de Transporte, siempre que correspondan al Manifiesto de Carga incluido en la Declaración. Cada Declaración de Mercancías comprende un único Manifiesto de Carga. Un Documento de transporte puede consignarse en tantos artículos o ítems de la Declaración de Mercancías, como subpartidas arancelarias diferentes se requieran, sin embargo, tanto el Modelo de la Declaración como el Régimen General, son únicos por cada Declaración de Mercancías. El Modelo de la Declaración, el Régimen Aduanero y el Código Adicional (Tratamiento Tributario) si corresponde, los selecciona el Declarante de la Tabla de Regímenes del Manual, previo análisis de la previsión legal en que fundamenta la Declaración de Mercancías. Las exoneraciones de tributos en el sistema, se aplican al incluir en la casilla adyacente al Régimen Aduanero, el correspondiente Código Adicional relacionado en la Tabla de Regímenes. Dirección de Informática

10 Página 10 de 171 SECCION: Índice De conformidad con la normativa vigente, el Agente de Aduanas puede transmitir al sistema Declaraciones de Rectificación (Complementaria), siempre que la Autoridad Aduanera, ante su solicitud, haya autorizado tal Rectificación; consecuentemente, en el sistema se habilitará tal función para cada caso en particular, vale decir, para tal fin, no procede la habilitación permanente al Agente de Aduanas. Para todos los regímenes y modalidades especiales, el sistema dispone del mecanismo de Declaraciones Previas, el cual permite la cancelación de regímenes suspensivos, el traslado entre regímenes y otras operaciones que requieran el encadenamiento entre regímenes. III. PROCEDIMIENTOS A. Control de Carga 1. Transmisión y Registro del Manifiesto de Carga Transportista Dirección de Informática 1. El sistema SIDUNEAWorld, presenta el menú con todas las opciones, tratamientos, formularios y tablas.

11 Página 11 de 171 SECCION: Índice 2. Ubica el cursor con la ruta SIDUNEA/Manifiesto, en esta posición oprime el botón derecho del mouse, el sistema despliega el menú secundario, ubica el cursor en la línea marcada como Nuevo, la selecciona. Transportista 2. El sistema despliega el cuadro para el ingreso de la información proveniente del Manifiesto de Carga: - Código de la Administración de Aduana - Número de viaje o vuelo (asignado por el transportista) - Fecha de salida del puerto, aeropuerto o lugar de procedencia. - Fecha de llegada a puerto - Hora de arribo del medio de transporte - Código del puerto o aeropuerto de salida - Código del puerto o aeropuerto de destino - Código del transportista o porteador - Total de documentos de transporte incluidos en el Manifiesto - Bultos totales del manifiesto - Cantidad de contenedores (si existen) - Peso Bruto total del cargamento del manifiesto (Kg) - Modo de transporte (marítimo, aéreo, terrestre, etc.) - Identificación del medio de transporte (nombre del vapor, tablilla, matrícula, etc.) - Código del País del medio de transporte - Ciudad de registro o matrícula del medio de transporte Dirección de Informática

12 Página 12 de 171 SECCION: Índice Transportista - Número de registro o matrícula del medio de transporte- Peso bruto (toneladas) - Fecha de matrícula del medio de transporte - Nombre del Capitán o Comandante del medio de transporte Procede a verificar con el botón marcado en la parte superior izquierda del cuadro. Si todo está conforme el sistema indica que el documento está verificado y puede continuarse con la siguiente acción. Activa el botón ubicado a continuación del de verificación, para el almacenamiento del manifiesto. 3. Como respuesta el sistema presenta un cuadro que informa la realización de la acción solicitada; ofreces casillas para ordenar la impresión del manifiesto y/o la notifica mediante mensaje de correo electrónico Nota: Cuando se requiere, el sistema despliega las tablas existentes en sus bases de datos que utiliza para la validación Dirección de Informática

13 Página 13 de 171 SECCION: Índice 4. Cumplido el proceso de almacenamiento del Manifiesto, procede a la incorporación de la información correspondiente a los Documentos de Transporte. En la opción del menú principal: SIDUNEA/Manifiesto/Documento de Transporte: Transportista En la línea indicada, se ubica el cursor con el botón derecho del mouse, en el menú secundario, selecciona Nuevo, para ingresar la información del Documento de Transporte. - - Código de la Administración de Aduana - Orden del Documento de Transporte - Número de viaje según lo consignado en el manifiesto almacenado - Fecha de partida del medio de transporte - Fecha de arribo del medio de transporte - Hora de arribo del medio de transporte (si se dispone) - Número de referencia del Documento de Transporte - Tipo de Documento (B/L, AWB, CPI, CPM, GEC, GEP, MAB, MBL) - Uso del Documento de Transporte (exportación 22, importación 23, tránsito 24, transbordo 28) 4. - Transportista Dirección de Informática Documento previo (cuando hay desagrupaje) Puerto o aeropuerto de carga Puerto o aeropuerto de descarga Exportador (código si se conoce o razón social y dirección) Código de la Empresa para notificación Código del consignatario Cantidad de contenedores (si existen) Código del tipo de embalaje (bulto) Marcas y números de los empaques

14 Página 14 de 171 SECCION: Índice - Cantidad de bultos Peso bruto total (Kg) Volumen Descripción de la mercancía Código de localización (Almacén del transportista, porteador, en muelle portuario o aeroportuario) - Tramo o lugar de ubicación dentro del almacén (si se tiene) Forma de pago de los fletes (prepago, cobrables a la llegada) Valor del Flete Código de Moneda para el pago del flete Valor de la mercancía para efectos del NIC Moneda de la transacción de la mercancía Valor neto del transporte Código de Moneda de pago del transporte Valor del seguros de transporte Moneda de pago del seguro de transporte Número del sello (precinto) Marca del sello (precinto) Agencia del sello Información adicional de la carga - Dirección de Informática

15 Página 15 de 171 SECCION: Índice Transportista 5. Cumplida la incorporación de la información del documento de transporte, se procede a incorporar la información de los contenedores cuando corresponda. En la parte inferior del cuadro selecciona la pestaña Contenedores, encerrada en la elipse roja. En el cuadro que presenta el sistema ingresa la siguiente información: - Cifra de referencia del contenedor - Cantidad de bultos - Tipo de contenedor (la tabla muestra los tipos estandarizados internacionalmente) - Indicador de ocupación del contenedor (tabla) - Indicar la existencia de sello - Marca del sello o precinto - Número del sello - Entidad o gremio que colocó el sello (tabla) Cumplido el ingreso de contenedores inicia el proceso de verificación. En igual forma que para el manifiesto, procede a verificar con el botón marcado en la parte superior izquierda del cuadro. Si todo está conforme, el sistema indica que el documento está verificado y puede continuarse con la siguiente acción. Oprime el botón de almacenamiento del Documento de Transporte en memoria, el sistema realiza igual proceso que el mencionado para el manifiesto. 5. Para proceder al registro del manifiesto, mediante el menú principal busca el manifiesto, para lo cual se sigue la ruta SIDUNEA/Manifiesto de Carga/Buscar. Dirección de Informática

16 Página 16 de 171 SECCION: Índice Transportista 6. En el cuadro que presenta el sistema, se ingresa el número de viaje y la fecha de partida ingresada en el documento de transporte. 7. En la línea que figura el manifiesto, con el botón derecho del mouse se selecciona, Ver o Modificar, para observar el contenido del Manifiesto. Transportista 8. Se selecciona la pestaña del documento de transporte (BOL), el sistema Dirección de Informática

17 Página 17 de 171 SECCION: Índice 9. Una vez se verifique la consistencia de la información de los documentos de transporte y del Manifiesto, Se oprime el botón señalado en la figura encerrada, el sistema procede a realizar el registro del manifiesto. 10. El sistema asigna el número de registro del manifiesto de carga, en el ejemplo de la gráfica: No. Registro: En la forma anotada, es decir, año del registro y el número correlativo, se debe consignar el dato en el formulario de la declaración, cuando corresponda. Dirección de Informática

18 Página 18 de 171 SECCION: Índice Transportista 11. El sistema dispone de un mecanismo interno de comunicación y notificación, mediante correo electrónico, el cual comunica las acciones del sistema, adicionalmente anexa copia del respectivo documento. Almacenamiento Local de Información: Transportista Dirección de Informática 1. Es una función disponible en el sistema, que

19 Página 19 de 171 SECCION: Índice ofrece al usuario facilidades para apoyar sus operaciones, permitiendo el almacenamiento, en las respectivas unidades internas y externas del equipo de cómputo, de documentos previamente procesados, listos para su posterior incorporación al sistema. El mecanismo se ubica en los formularios de los documentos, los cuales una vez procesados con las especificaciones del formulario correspondiente, puede ser guardado localmente bien en el disco duro de la computadora, como en una unidad de almacenamiento externo USB. 2. El uso es muy sencillo, para guardar el documento se activa el ícono, que figura en la parte superior del documento encerrado en círculo rojo, donde se indica para almacenamiento, en color amarillo y para recuperación en color fucsia. Una vez almacenado el documento, el sistema informa la operación de exportación realizada y la ruta para su recuperación. 3. Reembarque y Transbordo: Dirección de Informática Terminada la operación de importación el sistema presenta la ruta mediante la cual se recuperó o importó el documento.

20 Página 20 de 171 SECCION: Índice Las operaciones de Reembarque y Transbordo se presentan con ocasión de la descarga en los puertos o aeropuertos, de mercancías destinadas a continuar viaje a otros países o descargadas por error; para los dos casos, los artículos 66 y 67 del CAUCA IV, les asigna tratamiento similar, la diferencia obedece a que el Transbordo es declarado en el Manifiesto de Carga y para que el cargamento continúe a su destino sólo debe obtener la autorización de la autoridad aduanera. Entre tanto, el Reembarque ocurre por el Descargue por error de un cargamento, en cuyo caso para su retorno al exterior, igualmente debe obtener la autorización de la autoridad aduanera, la cual se concede, siempre que el cargamento, no se hubiere destinado a un régimen aduanero. 2. Reembarque y Transbordo Transportista Funcionario Aduanero OCC Funcionario Aduanero OCC Dirección de Informática 1. Obtiene de la Autoridad Aduanera competente, la autorización para la continuación a su destino del cargamento, tal como figura 2. Con los datos informados por el transportista o su representante, recupera el Manifiesto, observa para el caso del transbordo, que efectivamente en el sistema el documento de transporte tenga la naturaleza 28, es decir manifestado para continuación de viaje en diferente medio de transporte 3. Regresa a la pantalla donde se presenta el manifiesto recuperado, selecciona la pestaña encerrada en círculo rojo, para acceder a los

21 Página 21 de 171 SECCION: Índice documentos de transporte incluidos. Funcionario Aduanero de la OCC Dirección de Informática 4. Ubica el cursor en la línea del documento de transporte correspondiente, activa el botón Reexpedición, el sistema despliega el cuadro para ingresa de los datos relativos a la autorización y al transportista que llevará el cargamento. 5. Oprime el botón del icono verificar, como se muestra en la figura, el sistema finaliza la operación.

22 Página 22 de 171 SECCION: Índice Funcionario Aduanero de la OCC Dirección de Informática 6. Activa la pestaña Estados de Cancelación

23 Página 23 de 171 SECCION: Índice 7. Cuando se presenta descarga equivocada del cargamento, es decir la situación no fue manifestada, una vez la autoridad competente imparte la autorización de Reembarque, procede a buscar el documento de transporte correspondiente, le modifica la naturaleza de la operación, en este caso la pasa a 28 (Reexpedición), los pasos siguientes son iguales al anterior. 1. Para un manifiesto registrado, dentro del plazo legal establecido en la norma aplicable, presenta ante la Autoridad Aduanera competente, la justificación correspondiente. De conformidad con la norma aplicable, si corresponde, expide el respectivo Acto Administrativo aceptando las justificaciones 3. Faltantes y Sobrantes en la Descarga: Transportista Autoridad Aduanera 2. Funcionario Aduanero de la OCC 3. Emitido el Acto Administrativo por la Autoridad Aduanera, rectifica el manifiesto, rebajándolo o agregándolo con los faltantes o sobrantes justificados. En el caso de sobrante lo agrega al correspondiente documento de transporte. 4. Dirección de Informática

24 Página 24 de 171 SECCION: Índice Para tal fin, recupera el manifiesto registrado afectado por el sobrante, mediante la pestaña de los documentos de transporte, accede a la línea correspondiente, con el cursor y botón derecho del mouse, activa la opción Faltantes y Sobrantes. Funcionario Aduanero de la OCC Dirección de Informática 5. En la casilla correspondiente consigna la cantidad total de bultos tendrá en adelante el documento de transporte; en igual forma corrige el peso total de la carga del referido documento. 6. Cuando el sobrante corresponde a un documento de transporte no incluido en el manifiesto, procede a adicionarlo en el manifiesto pertinente. En la opción Documento de Transporte, selecciona con el botón derecho del mouse la línea Adición de D/T a manifiesto registrado

25 Página 25 de 171 SECCION: Índice 7. Activa el ícono de validación para que la operación de adición de documento de transporte finalice. Dirección de Informática

26 Página 26 de 171 SECCION: Índice Funcionario Aduanero de la OCC 8. El sistema agrega la línea del documento de transporte, como se muestra en la figura encerrada en línea roja. La consolidación de cargamentos, es amparado por documentos de transporte conocidos como Master o Padre, el cual agrupa cargamentos para diferentes destinatarios, amparados en documentos de transporte denominados como House o Hijos, emitidos por la empresa Consolidadora. 4. Desconsolidación (desagrupaje) de carga Transportista 1. En el proceso de digitación de la información del manifiesto de carga, en la pantalla donde incorpora la información del documento de transporte, selecciona tipo Master. Dirección de Informática

27 Página 27 de 171 SECCION: Índice Desconsolidador 2. Registrado el manifiesto, en la línea del documento de transporte Master, aparece con la sigla MST, lo cual indica que el documento, ampara un cargamento consolidado. 3. En la librería principal elige SIDUNEA\Manifiesto\D-T\Nuevo 4. Incorpora los datos de los Documentos de Transporte House, implícitos en el Documento de Transporte Master, manifestado por el transportista al registrar el respectivo manifiesto: - Dirección de Informática la Código de la Administración Aduanera ruta

28 Página 28 de 171 SECCION: Índice - Desconsolidador No. de línea del Documento House Fecha de partida del medio de transporte No. de viaje del manifiesto No. de referencia del Documento House Tipo de Documento de Transporte Naturaleza o uso del Documento House No. de referencia del Documento de Transporte Master 5. Oprime el botón de verificación, el sistema informa que los cambios han sido gravados, finalizando en esa forma el proceso de desconsolidación de un documento de transporte Master en el sistema, debiendo entonces realizar la desconsolidación física en el correspondiente depósito. 1. Finalizada la descarga de la mercancía, mediante la opción de modificación, recupera el manifiesto y luego el documento de transporte. En el campo Localización, incorpora el código del Depósito 5. Traslado de mercancías a Depósitos Temporales Funcionario Aduanero de la OCC Dirección de Informática

29 Página 29 de 171 SECCION: Índice Temporal donde se almacenará el cargamento entre tanto es sometido a régimen aduanero. 2. Si el cargamento ha sido sometido a Régimen de Depósito Aduanero, Zona Franca, Tiendas Libres, Depósitos de Empresas de Despacho Domiciliario, Courier, Postales, Depósito de Provisiones de Abordo, verifica en el sistema tanto la Declaración de Mercancías como la Nota de Salida, para permitir el traslado hacia el recinto correspondiente. 3. Recibe el cargamento, recupera el manifiesto y Documento de Transporte en el sistema, verifica su consistencia con la información incorporada al sistema, asigna el tramo o localización interna del Depósito Temporal, como se muestra en la figura encerrada en círculo rojo 1. Mediante ésta opción, se podrá transmitir por medio de un archivo XML, de manera simultánea, la información de un Manifiesto de Funcionario del Depósito Temporal 6. Transmisión Rápida de Manifiestos Dirección de Informática

30 Página 30 de 171 SECCION: Índice Carga y los Documento de Transporte (B/Ls) que lo comprenden. En el menú principal: Integración Carga Rápida/ Integración del Manifiesto y DTs En esa línea, ubica el cursor, oprime botón derecho del mouse; el sistema despliega el menú secundario, selecciona Integración del Manifiesto/DTs : Transportista Notas Importantes: Dado que la mayoría de las empresas transportistas poseen sus propias aplicaciones computarizadas para el manejo interno de sus operaciones, SIDUNEA ofrece un formato especial XML, que permite integrar simultáneamente, el Manifiesto de Carga y Documentos de Transporte, extrayendo sus propios archivos, transformándolos en el formato señalado. El archivo XML y su especificación técnica se adjuntará al presente documento. Transportista 2. Oprima el botón de búsqueda de archivo XML, el cual activará una ventana de diálogo que le permitirá navegar en su sistema de archivos. Nota: El archivo XML seleccionado, debe seguir las especificaciones de sintaxis definidas en el esquema: asyfci.xsd, elemento: Awmds Dirección de Informática

31 Página 31 de 171 SECCION: Índice Transportista 3. Transportista 4. Dirección de Informática Realizada la ubicación del archivo, oprima el botón Abrir. El sistema muestra el cuadro con la información general del manifiesto y demás documentos que lo comprende. Oprima el botón de verificación, el cuál

32 Página 32 de 171 SECCION: Índice revisará la sintaxis del archivo XML (debe corresponder con el esquema definido en el archivo: asyfci.xsd, elemento: Awmds) y su contenido. Si todo está conforme el sistema indica que la verificación ha finalizado y el archivo XML es válido, luego, puede continuar con la siguiente acción. Transportista 5. Oprime el botón de generación, el sistema empezará a crear los documentos correspondientes y llenarlos con los datos contenidos en el archivo XML. El avance se observa en la barra de progreso ubicada en la parte superior derecha. 6. Al finalizar, el sistema mostrará un diálogo informando que la integración ha sido satisfactoria, luego se podrá elegir alguna de las siguientes acciones: - Dirección de Informática Cargar otro archivo XML:

33 Página 33 de 171 SECCION: Índice - Ver el manifiesto : - Cerrar el documento FCI: A partir de este momento el manifiesto y sus conocimientos de embarque se encuentran memorizados en SIDUNEA, cuando lo desee podrá realizar la operación de registro igual al procedimiento normal. Transportista 7. Notas Importantes: En la acción de verificación del archivo XML o generación de documentos, el sistema informa los errores presentados mediante un cuadro de diálogo; si oprime el botón de generar archivo de errores PDF, el sistema muestra la ventana de diálogo en la cual podrá elegir distintas opciones (no necesita modificar ninguna de las opciones), cuando esté conforme, presione el botón Si. 8. Se presenta un cuadro de diálogo para guardar el archivo en la ubicación deseada en su disco, coloque el nombre del archivo y oprima el botón Grabar. Si desea ver el archivo PDF generado, presione el botón afirmativo en el próximo cuadro de diálogo, el sistema abre el archivo con su programa de lectura de documentos portables (PDF) predeterminado. Dirección de Informática

34 Página 34 de 171 SECCION: Índice 7. Descarga Manual Se utiliza para descargar del Manifiesto los paquetes o bultos correspondientes a Valijas y Envíos Diplomáticos, otros envíos sin valor comercial para atender emergencias especiales, tales como vacunas, medicamentos urgentes 1. Presenta solicitud escrita, adjuntando copia del Documento de Transporte 2. Una vez verifique la procedencia de la solicitud, recupera el respectivo manifiesto de carga, activa la pestaña Documento de Transporte (D/T), en el renglón del Documento de transporte con el botón derecho del mouse activa la línea Descarga Manual, en las casillas Referencia y Descripción del cuadro que despliega el sistema consigna la identificación de la solicitud y una breve descripción de los fundamentos de la solicitud, oprime el ícono de validación y el sistema reporta que la descarga se efectuó. 1. Aplica el presente procedimiento cuando el cargamento llega amparado por una Declaración de Tránsito procedente de una Aduana del Exterior con destino a una Aduana de Destino en el País. Mediante la siguiente ruta de la Librería de Documentos del sistema, accede al Formulario de la Declaración de Tránsito: Representante de la Misión Diplomática o Destinatario Aforador de la Aduana B. Tránsito Aduanero A. Tránsito Internacional Terrestre de Importación Transportista SIDUNEA/Despacho Aduanero/Declaración de Mercancías/Declaración Detallada, botón derecho del mouse en la línea Nueva 2. Dirección de Informática Segmento General Ingresa la siguiente información: - Código de la Administración de Aduana

35 Página 35 de 171 SECCION: Índice Transportista Responsable de Tránsito 2. - Dirección de Informática (1) Modelo y Régimen General (2) Exportador (Remitente) (8) Consignatario (14) Declarante del Tránsito Registro del Manifiesto (año correlativo) (YYYY NNNN), si corresponde (6) Número total de bultos Número de Referencia del Declarante (15) País de exportación (procedencia) (17) País de Destino (18) Placa del Medio de Transporte, Nacionalidad del Medio de Transporte, Contenedor (21) Placa del Medio de Transporte al cruzar la frontera, Nacionalidad del Medio de Transporte (25) Modo de Transporte en la frontera (26) Modo de transporte al interior (27) Lugar de descarga (29) Administración de Entrada (30) Lugar de Reconocimiento o Localización de las Mercancías (22) Código y monto de la Divisa de Negociación (24) Naturaleza de la transacción Artículo Ingresa la siguiente información: (31) Marcas de Bultos (si existe) Cantidad de Bultos Código de los embalajes (33) Subpartida arancelaria (34) País de Origen (35) Peso bruto del cargamento (37) Código del Régimen Aduanero Código Adicional (38) Peso neto del cargamento Identificación de Contenedores (cuando corresponda (40) Referencia del Documento de Transporte (si corresponde) (41) Unidades de comercialización del cargamento

36 Página 36 de 171 SECCION: Índice Selecciona la pestaña correspondiente a la Nota de Valor del Artículo (Ítem), incluye los valores pertinentes, oprimen el botón de Validación. Transportista Responsable de Tránsito 3. Como respuesta el sistema pregunta si se desea validar la declaración 4. Confirma la decisión de validar la declaración, el sistema despliega el cuadro que informa que la declaración ha sido validada y liquidada, indicando los números de Registro y de Liquidación: C XXX dd/mm/aaaa L XXX dd/mm/aaaa Pago en Bancos Transportista Responsable de Tránsito 1. El sistema mediante el correo electrónico interno (robot mail), notifica sobre el registro y liquidación de la declaración. Realiza el pago en cualquiera de las Entidades Bancarias autorizadas para la recaudación de los Tributos, posteriormente acude al Área de Recaudación de la Administración de Aduana Dirección de Informática

37 Página 37 de 171 SECCION: Índice pertinente. 2. Mediante la siguiente ruta de la Librería de Documentos del sistema, accede al Módulo de Pago de Tributos del sistema: Funcionario Aduanero del Área de Recaudación SIDUNEA/Contabilidad Contado Pagos/Pagos/Pagos de Ingresa la siguiente información: - Funcionario Aduanero del Área de Recaudación Dirección de Informática 3. Código del Declarante (si corresponde) Código de la Compañía (Responsable del Tránsito) Código de la Administración de Aduana Año de la Declaración de Tránsito Serie del Registro de la Declaración (C) Número de Registro de la Declaración Modo de Pago Código del modo Depósito en Banco (Minuta) Monto de los Tributos Pagados Revisa con el icono correspondiente del formulario, si todo esta correcto, valida el pago y el sistema asigna el número de recibo.

38 Página 38 de 171 SECCION: Índice Funcionario Aduanero del Área de Recaudación Dirección de Informática 4. Activa el ícono de validación del pago

39 Página 39 de 171 SECCION: Índice Funcionario Aduanero del Área de Recaudación Dirección de Informática 5. El sistema presenta el cuadro donde informa el registro del pago correcto de tributos 6. El sistema consigna el número de registro del pago en el sistema como se muestra en el cuadro encerrado en línea roja. 7. Finalizado el ingreso del pago, por los procedimientos conocidos, busca la declaración correspondiente. En la línea de la declaración, con el cursor y botón derecho del mouse activa la línea Selectividad

40 Página 40 de 171 SECCION: Índice Dirección de Informática

41 Página 41 de 171 SECCION: Índice Funcionario Aduanero del Área de Recaudación 8. El sistema despliega el cuadro indicando el canal de selectividad, línea roja, amarilla o verde, incluye la los números de registro y liquidación de la declaración. C XXXX dd/mm/aaaa L XXXX dd/mm/aaaa Aforador de la Aduana Aforador de la Aduana Dirección de Informática 9. Notificado por medio del mecanismo Robot mail del sistema, de conformidad con las normas que regulan la función del aforo de las mercancías en el Despacho Aduanero, procede a realizar su actuación; primero ubica la declaración en el sistema, en la línea pertinente, con el cursor y botón derecho del mouse selecciona línea Acta de Aforo. 10. Llena las casillas del Acta de Aforo y oprime el botón de verificación

42 Página 42 de 171 SECCION: Índice Aforador de la Aduana Aforador de la Aduana Dirección de Informática Re-dirige el canal a verde El sistema informa que la declaración ha sido liberada y por lo tanto procede el Levante de la mercancía.

43 Página 43 de 171 SECCION: Índice Generación del T1 en el Sistema Dirección de Informática 13. El sistema inicia el proceso para emitir la Orden de Levante de la Mercancía 14. El sistema presenta la Orden de Levante, para su impresión. Luego de la impresión de la Orden de Levante, la mercancía puede ser retirada de la zona del depósito

44 Página 44 de 171 SECCION: Índice Funcionario de la OCC de la Aduana de Partida 1. Mediante la ruta: SIDUNEA/Tránsito/Nacional/ T1 Generación, el sistema presenta el cuadro del T1, para realizar el movimiento del Tránsito hacia la Aduana de Destino. 2. Ingresa el código de la Aduana de Partida, las fechas entre las cuales se registró la Declaración de Tránsito, el código del declarante. Funcionario de la OCC de la Aduana de Partida Dirección de Informática 3. Oprime el botón del ícono para cargar la declaración de tránsito, luego la selecciona con el

45 Página 45 de 171 SECCION: Índice cursor, activa el botón de Generación del T1. 4. El sistema presenta el formulario del T1, ingresa la siguiente información: - Código de la Empresa responsable del Tránsito - Nombre del Representante Legal - Lugar y Fecha de generación del T1 - Código de la Aduana de Destino del Tránsito y Código del País - Resultado del Control en la Aduana de Partida - Número e Identidad del sello del Contenedor - Fecha y hor límite para el arribo en la Aduana de Destino. - Funcionario de la OCC de la Aduana de Partida Dirección de Informática 5. Código y Nombre del Funcionario de la Aduana Número del Contenedor Activa el icono de validación, el sistema presenta el

46 Página 46 de 171 SECCION: Índice cuadro con el número de Registro del T1: Registro: 2009 XXX Funcionario de la OCC de la Aduana de Destino 6. Arribado el medio de transporte en tránsito, con la siguiente ruta recupera el T1: SIDUNEA/Tránsito/Nacional/T1 Dirección de Informática

47 Página 47 de 171 SECCION: Índice Funcionario de la OCC de la Aduana de Destino Dirección de Informática 7. En la línea del T1, con el botón derecho del mouse activa el cuadro donde ingresa el número de registro del T1 8. El sistema despliega la línea con los datos del T1`, con el botón derecho del mouse activa el menú, donde selecciona Arribo de Bienes

48 Página 48 de 171 SECCION: Índice Dirección de Informática 9. Recuperado el T1, consigna la fecha y hora de arribo del tránsito, activa el icono de validación. 10. El sistema despliega el cuadro con la confirmación de validación del arribo.

49 Página 49 de 171 SECCION: Índice 11. De nuevo en la línea del T1, con el botón derecho activa el examen de sellos. Funcionario de la OCC de la Aduana de Destino 12. Ingresa la información referente a los sellos y oprime el icono conforme Funcionario de la OCC de la Aduana de Destino 13. Dirección de Informática El sistema informa el número de validación final del T1

50 Página 50 de 171 SECCION: Índice Funcionario de la OCC de la Aduana de Destino 14. De nuevo en la librería de documentos en la línea Generación del Manifiesto, activa la línea para generar el manifiesto a partir de un T1 de Tránsito Aduanero. 15 Ingresa los datos de fechas entre las cuales se busca el T1, el código de la Aduana de Partida y el código de la Aduana de Destino, el código del declarante, activa el icono de carga del T1, luego selecciona la línea y oprime el icono de validación. 16. El sistema informa en el cuadro que ha generado el manifiesto indicando el número de referencia del viaje: Referencia viaje: TRS2009-XX Dirección de Informática

51 Página 51 de 171 SECCION: Índice Funcionario de la OCC de la Aduana de Destino Dirección de Informática 17. Busca el Manifiesto para modificar los datos que corresponda. 18 Con la línea de modificación recupera el manifiesto para proceder a modificar los casillas que corresponda. 19. Incorpora los datos de Partida y destino del tránsito, luego almacena los cambios

52 Página 52 de 171 SECCION: Índice 20. Dirección de Informática Selecciona la pestaña de la parte inferior del formulario del manifiesto, para obtener la línea del documento de transporte; con el botón derecho del mouse, selecciona la línea de modificación.

53 Página 53 de 171 SECCION: Índice Funcionario de la OCC de la Aduana de Destino Dirección de Informática 21. El sistema asigna el número de registro del manifiesto, finalizando en esa forma la operación de tránsito. 22. El sistema notifica el registro del manifiesto mediante el mecanismo interno de correo electrónico Robot mail

54 Página 54 de 171 SECCION: Índice B. Tránsito Aduanero Internacional Terrestre de Exportación Transportista Responsable del Tránsito Funcionario de la OCC de la Aduana de Destino Dirección de Informática 1. Incorpora la información de la Declaración de Tránsito Aduanero, en igual forma que el régimen anterior, sin embargo debe tomar en cuenta que el cargamento pasa por territorio Nicaragüense, luego el flujo es de exportación, dato que debe quedar así consignado en el formulario del T1. 2. Dado que se trata de manifiesto de exportación, en el formulario del documento de transporte debe anotarse como naturaleza el número 22 que corresponde a dicho flujo, también debe incorporarse la referencia de la Declaración de Tránsito de exportación, finalizando en esa forma el trámite del régimen.

55 Página 55 de 171 SECCION: Índice C. Despacho Aduanero 1. Importación Definitiva Agente de Aduanas Dirección de Informática 1. Verifica que la documentación, el manifiesto si corresponde estén conformes con lo exigido por la normativa aduanera vigente, a continuación ingresa al módulo de Despacho Aduanero del sistema, con la siguiente ruta: SIDUNEA/Despacho Aduanero/Declaraciones de Mercancías/Declaración detallada

56 Página 56 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas 2. Ingresa la siguiente información: Segmento General - Código de la Administración de Aduana - (1) Modelo y Régimen General - (2) Exportador (Remitente) - (8) Consignatario - (14) Código del Agente de Aduanas - No. de Registro del Manifiesto (año correlativo) (YYYY NNNN), si corresponde - (6) Número total de bultos - Número de Referencia del Agente de Aduanas - (15) Código País de exportación (procedencia) - (17) Código País de Destino - (18) Matrícula o Identificación del Medio de Transporte, Nacionalidad, Contenedor si existe) - (21) Matrícula o Identificación del Medio de Transporte al cruzar la frontera, Nacionalidad - (25) Modo de Transporte en la frontera - (26) Modo de transporte al interior - (27) Lugar de descarga - (29) Administración de Entrada - (30) Lugar de Aforo o Localización de las Mercancías en Depósito Temporal (si corresponde) - (20) Condiciones de entrega de la mercancía (Incoterms) - (22) Código y monto de la Divisa de Negociación - (24) Naturaleza de la transacción - (28) Financiación de la transacción internacional, código del banco, términos de pago - Artículo Ingresa la siguiente información: (31) Marcas y números en los Bultos (si existe) Cantidad de Bultos Código de los embalajes (33) Subpartida arancelaria (34) País de Origen (35) Peso bruto del cargamento (36) Código de la Preferencia (opcional) (37) Código del Régimen Aduanero (Ver notas Importantes al final del presente procedimiento)

57 Página 57 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas 2. Código Adicional (38) Peso neto del cargamento Cuota para las Listas Contingentes de Acuerdos Liberatorios - Identificación de Contenedores (cuando corresponda - (40) Referencia del Documento de Transporte (si corresponde) - (41) Unidades de comercialización del cargamento Si requiere adicionar información relativa a la descripción de las mercancías, tales como seriales, marcas, especificaciones u otras informaciones pertinentes, selecciona la pestaña Descripciones Adicionales, ubicada en la parte inferior. Selecciona la pestaña correspondiente a la Nota de Valor del Artículo (Ítem) Si la Declaración de Mercancías contiene más de un (1) artículo o ítem, sucesivamente según lo requiera la declaración en trámite, selecciona el ícono encerrado en el cuadro con líneas rojas, el sistema presenta con la pestaña que indica el número de orden del artículo en curso, las casillas a partir del número (31), para que en la misma forma como se consignó en el paso anterior, ingrese la información pertinente. 4. Incorpora los diferentes conceptos que conforman el Valor en Aduana consecuente con las condiciones de entrega acordadas en la transacción, vale decir, fletes, seguros y otros gastos, activa el icono de validación y liquidación de la declaración.

58 Página 58 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas Agente de Aduanas 5. El sistema presenta el cuadro que informa sobre la validación y liquidación de la Declaración de Mercancía, indicando los números de registro y de liquidación; oprime el botón de aceptación para continuar con el trámite 6. El sistema emite el Boletín de Liquidación, cuyo monto debe ser cancelado en la misma fecha en cualquiera de los bancos autorizados. 7. El sistema emite notificación mediante su correo electrónico interno

59 Página 59 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Funcionario del Área de Recaudación de la Aduana 8. De acuerdo con la legislación aplicable, los tributos causados y el tipo de cambio, son los vigentes en la fecha del pago en los bancos autorizados. En consecuencia, si la liquidación de la Declaración de Mercancías, se realizó en fecha anterior, la suma así liquidada, debe coincidir con el cálculo que se efectúe en la fecha de pago, caso contrario, las mayores diferencias, deben cubrirse mediante Declaración Complementaria; en todo caso, el levante de la mercancía sólo podrá concederse, si no se ha vencido el término legal de abandono. 9. Cumplidas las condiciones anotadas en el paso inmediatamente anterior, y si el pago resulta conforme, accede al módulo de pago en el sistema, con la ruta: SIDUNEA/Contabilidad/Pagos/De Contado. Con el cursor y el botón derecho del mouse, selecciona la línea Nuevo. En el formulario que presenta el sistema, ingresa: - Funcionario de Recaudación de la Aduana 10. Códigos del Agente de Aduanas Consignatario Administración de Aduana Año de la Declaración, Serie, Número correlativo El sistema despliega las sumas liquidadas; en el segmento de la forma de pago, selecciona el código del pago mediante depósito bancario,

60 Página 60 de 171 SECCION: Despacho Aduanero ingresa la referencia emitida por el banco, el sistema despliega el monto que debe pagar. Revisa con el icono correspondiente del formulario, si todo esta correcto, valida el pago y el sistema asigna el número de recibo. 11. Emitido el Recibo de Pago por el sistema, busca la Declaración de Mercancías, en la línea con el cursor y el botón derecho del mouse selecciona 12. El sistema despliega el cuadro indicando el canal de selectividad, línea roja, amarilla o verde, incluye la los números de registro y liquidación de la declaración. C XXXX dd/mm/aaaa L XXXX dd/mm/aaaa Aforo Conforme de Mercancías Aforador de la Aduana 1. Notificado por medio del mecanismo Robot

61 Página 61 de 171 SECCION: Despacho Aduanero mail del sistema, de conformidad con las normas que regulan la función del aforo de las mercancías en el Despacho Aduanero, procede a realizar su actuación; primero ubica la declaración en el sistema, en la línea pertinente, con el cursor y botón derecho del mouse selecciona línea Acta de Aforo. 2. Aforador de la Aduana 3. Llena las casillas del Acta de Aforo y oprime el botón de verificación Re-dirige el canal a verde

62 Página 62 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Aforador de la Aduana 4. El sistema informa que el canal ha sido re-dirigido a verde, por lo tanto procede el Levante de la mercancía. Aforador de la Aduana 5. Automáticamente el sistema inicia el proceso de impresión de la Orden de Levante. Como respuesta oprime el icono que da curso a dicha impresión.

63 Página 63 de 171 SECCION: Despacho Aduanero 6. Completa los pasos para la impresión de la Orden de Levante por los equipos disponibles para el efecto 7. Entrega al Agente de Aduanas o Representante la Orden de Levante Aforador de la Aduana Aforador de la Aduana a su Aforo no Conforme: El Acto de Aforo no Conforme, ocurre cuando el Funcionario Aforador después de realizar el reconocimiento físico de la mercancía si corresponde, así como el análisis de la documentación de soporte, de la información relacionada, el estudio de las Normas Arancelarias, incluidas las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías,

64 Página 64 de 171 SECCION: Despacho Aduanero las Normas sobre el Valor en Aduanas y el análisis sistemático de la normativa vigente aplicable, establece que la Declaración de Mercancías contiene datos que contrarían las normas vigentes aplicables, situación que puede derivar decisiones que por una parte, sólo impliquen la modificación de los datos para ajustarlos tanto con las características físicas de la mercancía, como a las normas pertinentes. Por otra parte, la referida inconformidad, puede ocasionar la aplicación de mayores tributos, sanciones o multas, que se señalan expresamente en las normas; corresponde en consecuencia, por el Funcionario Aforador de la Aduana asignado, modificar la Declaración de Mercancías en trámite, mediante Declaración de Rectificación (Complementaria), la cual debe contener la nueva liquidación de tributos con inclusión de las multas pertinentes, cuyo contenido debe ser notificado al Declarante, a efectos del pago dentro de los plazos legales, de los mayores tributos causados así como las multas que corresponda o, en su defecto, notifica la decisión administrativa tomada en aplicación de la normativa vigente. Multas y recargos causados con ocasión del Acto de Aforo en el Despacho Aduanero de las mercancías declaradas Norma Num 1 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 2 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 3 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 4 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 5 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 6 Art 64 Ley 265 de 1997 Norma Num 7 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 8 Art 64 Ley 265 de 1997 Precepto Romper sellos, cerraduras o marchamos aduaneros antes de que estos cumplan con su cometido, en bultos, bodegas o vehículos, multa de un mil pesos centroamericanos ($ 1.) o su equivalente en moneda nacional. No acompañar a las declaraciones de importación o exportación, los documentos exigidos por la presente Ley, en su Reglamento u otras normas jurídicas, con una multa de cien pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Presentar los documentos a que se refiere el numeral anterior en forma tardía; con una multa de cincuenta pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Presentar los documentos indicados en el numeral segundo con anotaciones erróneas, omisiones, o con falta de ejemplares u otras condiciones exigidas con una multa de cincuenta pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Oponerse a que se lleve a cabo el cotejo o examen de las mercancías con motivo de operación maniobra en que deba intervenir la autoridad aduanera con una multa de quinientos pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Amarrar, atracar o fondear embarcaciones de cualquier clase o aterrizar naves aéreas sin la correspondiente autorización de la aduana con una multa de mil pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Precepto Movilizar mercancías dentro de la oficina en vehículos no registrado ante la aduana o cuyos dueños no tengan permiso para realizar dicha operación con una multa de cincuenta pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Penetrar a los recintos fiscales sin portar el gafete o carnet que lo identifique como empleado de la aduana, Agente Aduanero, Apoderado, gestor Autorizado, Empleado de Almacenadora Privada o Usuario en gestión de desaduanaje con una multa de cien pesos centroamericanos o Monto Multa Código Multa $ 1 Pesos Centroamericanos MA1 $ 100 Pesos Centroamericanos MA2 $ 50 Pesos Centroamericanos MA3 $ 50 Pesos Centroamericanos MA4 $ 500 Pesos Centroamericanos MA5 $ 1 Pesos Centroamericanos MA6 Monto Multa Código Multa $ 50 Pesos Centroamericanos MA7 $ 100 Pesos Centroamericanos MA8

65 Página 65 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Num 9 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 10 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 13 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 14 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 16 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 17 Art 64 Ley 265 de 1997 Num 17, 2ª parte, Art 64 Ley 265 de 1997 Art 62, Ley 265 de 1997 su equivalente en moneda nacional. Usar un gafete o carnet de identificación del que no sea titular o permitir que un tercero utilice el propio con una multa de doscientos cincuenta pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Falsificar o alterar el contenido de algún gafete o carnet de identificación, con una multa de quinientos pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Las empresas que prestan el servicio de transporte internacional de pasajeros omitir, la distribución entre ellos de los formularios para la declaración de aduanas con una multa de cien pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Utilizar una clave confidencial de identidad equivocada en el acceso al sistema informativo de la aduana, con una multa de cien pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Dañar los edificios, equipos y otros bienes que se utilicen en la operación aduanera por las autoridades aduaneras o por empresas que los auxilien, en los términos de la presente Ley, sin perjuicio de reparar los daños ocasionados, con una multa de quinientos pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Cualquier otra acción que contravenga las disposiciones de la presente Ley o su Reglamento que no causen perjuicio tributario, con una multa de cinco pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional: Cuando la acción cause perjuicio tributario además del pago del daño fiscal causado, deberá pagar un tanto igual al mismo en concepto de multa. Cuando defraudando la confianza que la presente Ley les confiere, los importadores, exportadores o sus representantes, aprovechen las facilidades que otorga el Autodespacho con revisión aleatoria para llevar a cabo acciones u omisiones mediante las cuales se eluda total o parcialmente el pago de las obligaciones arancelarias y tributarias; se frustre la aplicación de restricciones, regulaciones o prohibiciones previstas en la legislación del comercio exterior o se procure la obtención de una ventaja cualquiera infringiendo la legislación, se presumirá que se cometió defraudación aduanera. $ 250 Pesos Centroamericanos MA9 $ 500 Pesos Centroamericanos MA10 $ 100 Pesos Centroamericanos MA13 $ 100 Pesos Centroamericanos MA14 $ 500 Pesos Centroamericanos MA16 $ 5 Pesos Centroamericanos MA17 Monto igual a la diferencia a favor del fisco MDA $ 250 Pesos Centroamericanos Casos de Aforo no Conforme Código Descripción del motivo de inconformidad Subpartida Arancelaria (SAC) incorrecta, sin perjuicio Tributario Subpartida Arancelaria (SAC) incorrecta, con perjuicio Tributario Determina Valor en Aduana diferente sin perjuicio tributario Determina Valor en Aduana diferente con perjuicio tributario Certificación de Origen no es aplicable, sin perjuicio tributario Certificación de Origen no es aplicable, con perjuicio tributario Incorrectos algunos datos de la Declaración de Mercancías, sin perjuicio tributario Incorrectos algunos datos de la Declaración de Mercancías, con perjuicio tributario Código Multa MA17 MDA MA17 MDA MA17 MDA MA17 MDA

66 Página 66 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Romper o violar sellos, cerraduras o marchamos aduaneros antes de que estos cumplan con su cometido ya sea en bultos, bodegas o vehículos, con una multa de un mil pesos centroamericanos ($ 1.) o su equivalente en moneda nacional. Incorrecto cualquiera de los Permisos o Autorizaciones de las Entidades Oficiales, sin perjuicio tributario Incorrecto cualquiera de los Permisos o Autorizaciones de las Entidades Oficiales, con perjuicio tributario Acompañar vencido, o no presentar, cualquiera de los Permisos o Autorizaciones de las Entidades Oficiales, sin perjuicio tributario Acompañar vencido, o no presentar, cualquiera de los Permisos o Autorizaciones de las Entidades Oficiales, con perjuicio tributario Penetrar a los recintos fiscales sin portar el gafete o carnet que lo identifique como empleado de la aduana, Agente Aduanero, Apoderado, gestor Autorizado, Empleado de Almacenadora Privada o Usuario en gestión de desaduanaje con una multa de cien pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. MA1 MA4 MDA MA2 MDA MA Usar un gafete o carnet de identificación del que no sea titular o permitir que un tercero utilice el propio con una multa de doscientos cincuenta pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. MA Falsificar o alterar el contenido de algún gafete o carnet de identificación, con una multa de quinientos pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. Incorrectos los Documentos de soporte de la Declaración de Mercancías, sin perjuicio tributario Incorrectos los Documentos de soporte de la Declaración de Mercancías, con perjuicio tributario Acompañar vencidos o no presentar, los Documentos de soporte de la Declaración de Mercancías, sin perjuicio tributario Acompañar vencidos o no presentar, los Documentos de soporte de la Declaración de Mercancías, con perjuicio tributario Presentación tardía de los Documentos de soporte de la Declaración de Mercancías, sin perjuicio tributario Presentación tardía de los Documentos de soporte de la Declaración de Mercancías, con perjuicio tributario Por defraudación o contrabando MA MA4 MAD MA2 MAD MA3 MAD MIA Declaración de Rectificación (Complementaria), por Aforo no Conforme Aforador de la Aduana Aforador de la Aduana Establecida la inconformidad, abre la Declaración de Mercancías, modifica los conceptos pertinentes, en la casilla 13 ingresa el código de la multa, y ordena la Re-liquidación mediante el icono Declaración Complementaria. Responde afirmativamente la pregunta del sistema si desea realmente modificar la Liquidación inicial.

67 Página 67 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas Aforador de la Aduana Funcionario de Recaudación de la Aduana 3. Notificado por el correo electrónico interno del sistema y/o personalmente, realiza el pago en el Banco autorizado, luego presenta la minuta en la Oficina de Recaudación de la Aduana 4. El sistema indica selección de canal para permitir la elaboración del Acta de Aforo 5. Elabora el Acta en el formulario que despliega el sistema, la valida para su posterior notificación. 6. En la opción de pagos del módulo de contabilidad y pagos del sistema, ingresa la información y con el icono validación, ordena el recibo de pago.

68 Página 68 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Funcionario de Recaudación de la Aduana 7. Recupera la Declaración con la tecla derecha del mouse, selecciona la línea Orden de Levante. 8. El sistema presenta el Acta de Aforo ya finalizada, la valida.

69 Página 69 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Funcionario de Recaudación de la Aduana 9. Redirige el canal a verde 10. Los pasos siguientes con la Orden de Levante, son iguales a los de la Declaración con Aforo conforme.

70 Página 70 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Aforador de la Aduana Aforador de la Aduana 11. Observa los detalles del proceso donde aprecia tanto la Declaración inicial, como la Complementaria, al recuperar la declaración y activar la línea de Detalles. 12. En los campos correspondientes de las declaraciones, puede apreciar las modificaciones realizadas y las multas aplicadas reflejadas en el Boletín de Liquidación 12. Para el Aforo no Conforme con mayores tributos y sanciones, la diferencia sólo tiene que ver con el

71 Página 71 de 171 SECCION: Despacho Aduanero monto de la liquidación, en los demás aspectos el procedimiento es igual al presente. Declaración Complementaria cuando al momento de ingresar el pago por el Área de Recaudación de la Aduana, el sistema indica la necesidad de realizar pago adicional por concepto de deslizamiento o mayor suma liquidada por variación de ;a tasa de cambio de divisa a moneda nacional. Funcionario de Recaudación de la Aduana 1. Una vez el sistema emita el mensaje, notifica al Agente de Aduanas o a su representante, indicándole que la documentación será trasladada al Área de Aforo para el trámite de la Declaración Complementaria para pago adicional por deslizamiento o mayor suma liquidada por variación de ;a tasa de cambio de divisa a moneda nacional. Siguiendo el procedimiento similar al señalado anteriormente cativa la declaración complementaria, entrega al Agente de Aduanas el nuevo Boletín de Liquidación, a efecto que realice el pago en entidad bancaria autorizada. Aforador de la Aduana 2. Agente de Aduanas. 3. Realiza el pago en el banco autorizado y lo presenta al área de Recaudación. Funcionario de Recaudación de la Aduana 4. Ingreso al sistema el pago, activa la selectividad y da continuación al trámite en igual forma a procedimientos anteriores, para la Orden de Levante, o a Aforo dependiendo el color del canal informado por el sistema. actualización del pago. 2. Importación Definitiva de Envíos Postales Comerciales, con incremento de Comercialización del 30% al IVA, para las personas naturales o jurídicas que realicen importaciones o internaciones de mercancías, para uso o consumo propio

72 Página 72 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Destinatario del Envío Postal 1. Presenta el aviso y el documento de transporte postal. De oficio en el formulario de la Declaración de Mercancías, incorpora la información siguiendo el procedimiento descrito para la Importación Definitiva, con las variaciones correspondientes. Aforador de la Aduana 2. Aforador de la Aduana 3. Utiliza el Modelo de la Declaración, el código del régimen de Envíos Postales Comerciales, y el código del Régimen Adicional para el tratamiento tributario que incluye el incremento del IVA (COM), relacionados en la tabla de regímenes del presente manual. Destinatario del Envío Postal 4. Funcionario de Recaudación de la Aduana 5. Firma la Declaración de Mercancías, realiza el pago en la Caja dispuesta por la Aduana o en el banco autorizado. Recibe el pago o procesa la minuta de pago siguiendo el procedimiento descrito para la Declaración de Importación. Activa la selectividad, si el canal es verde, selecciona la línea de la Orden de Levante, valida el Acta de Aforo que despliega el sistema, imprime la orden, finalizando en esa forma el trámite del régimen. Aforador de la Aduana 6. Si el canal es amarillo o rojo, realiza el Reconocimiento Físico o Documental, elabora el Acta de Aforo, cumple los procedimientos para la Orden de Levante, en similar forma al

73 Página 73 de 171 SECCION: Despacho Aduanero descrito para la Importación Definitiva. 3. Entrega Rápida o Courier, sujetos a pagos de tributos, mediante trámite de Oficio por el Consignatario del Courier, con incremento de Comercialización del 30% al IVA, para las personas naturales o jurídicas que realicen importaciones o internaciones de mercancías, para uso o consumo propio Empresa Courier 1. Empresa Courier Ingresa la información en el sistema, utiliza el código del régimen según la tabla de regímenes del presente manual; aplica el procedimiento descrito para la Importación Definitiva, con las variaciones pertinentes. Utiliza el Modelo de la Declaración, el código del régimen de Entregas Courier, y el código del Régimen Adicional para el tratamiento tributario que incluye el incremento del IVA (COM), relacionados en la tabla de regímenes. A continuación, sigue similar procedimiento al descrito para el régimen anterior. Importación Definitiva con Exención de Impuestos, de Mercancías distintas del equipaje que traiga consigo el Viajero cuyo Valor en Aduana no sea superior al equivalente a Quinientos Pesos Centroamericanos ($ 500.oo), por una vez cada seis (6) meses Viajero 1. Llena los datos en el formulario de Declaración de Viajero, suministrado por la Aerolínea, para el caso de la vía aérea, o en las oficinas de la Aduana en

74 Página 74 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Zonas fronterizas, se apoya en las instrucciones que figuran en la parte posterior del documento. Aforador de la Aduana 2. De oficio en el formulario de la Declaración de Mercancías del sistema, incorpora la información siguiendo el procedimiento descrito para la Importación Definitiva, con las variaciones correspondientes, verifica el cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia. 3. Tomados de la Tabla de Regímenes, ingresa el Modelo de la Declaración, el código del régimen aplicable al Viajero, y el código Adicional que permite el cálculo de la exención prevista en las normas vigentes. Viajero 4. Funcionario de Recaudación de la Aduana 5. Firma la Declaración de Mercancías, realiza el pago en la Caja dispuesta por la Aduana o en el banco autorizado. Recibe el pago o procesa la minuta de pago siguiendo el procedimiento descrito para la Importación Definitiva Activa la selectividad, canal verde, selecciona la línea de la Orden de Levante, valida el Acta de Aforo, imprime la orden, finalizando en esa forma el régimen. 5. Importación Definitiva con Exención de Impuestos, de Pequeños Envíos Familiares sin Carácter Comercial, cuyo valor total en aduana no exceda de Quinientos Pesos Centroamericanos ($ 500.oo), por una vez cada seis (6) meses Destinatario del Envío Aforador de la Aduana 1. En la Oficina de la Aduana, presenta el Documento de Transporte o Aviso del Envío, junto con su Documento de Identidad 2. De oficio en el formulario de la Declaración de Mercancías del sistema, incorpora la información

75 Página 75 de 171 SECCION: Despacho Aduanero siguiendo el procedimiento descrito para la Importación Definitiva, con las variaciones correspondientes, verifica el cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia. 3. Ingresa el Modelo de la Declaración, el código del régimen aplicable al Viajero, y el código Adicional que permite el cálculo de la exención prevista en las normas vigentes, tomados de la Tabla de Regímenes,. Destinatario del Envío 4. Funcionario de Recaudación de la Aduana 5. Firma la Declaración de Mercancías, realiza el pago en la Caja dispuesta por la Aduana o en el banco autorizado. Recibe el pago o procesa la minuta de pago siguiendo el procedimiento descrito para la Importación Definitiva. Activa la selectividad, canal verde, selecciona la línea de la Orden de Levante, valida el Acta de Aforo, imprime la orden, finalizando en esa forma ell régimen. 6. Importación Temporal para Reexportación en el Mismo Estado Solicitante del Régimen Administrador de la Aduana 1. Ante el Administrador de la Aduana, presenta solicitud de Autorización del régimen de conformidad con los artículos 425 y 427 del RECAUCA IV, indica la categoría y el fin a que se destinarán los bienes importados, el plazo requerido, anexa los documentos previstos, de conformidad con los literales a), b) y e) del artículo 321 del mismo Reglamento. 2. Si procede, y concordante con el artículo 435 del RECAUCA IV, mediante Resolución imparte la

76 Página 76 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas 3. Agente de Aduanas respectiva autorización, señala el plazo para la reexportación en el mismo estado. Obtenidas las autorizaciones y previo el cumplimiento de los requisitos legales, incorpora la información en el sistema, utiliza el código del régimen según la tabla obrante en el presente manual; aplica el procedimiento descrito para la Importación Definitiva, con las variaciones pertinentes. 4. La Página de Informaciones, disponible al accionar la pestaña en la parte inferior del formulario de la Declaración de Mercancías, la utiliza para ampliar las descripciones de los bienes a efectos de facilitar su tipificación e identificación. 5. En el cuadro B de la Declaración de Mercancías, adyacente a la liquidación de tributos, el sistema especifica el monto de la garantía que el

77 Página 77 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Consignatario o Importador de los bienes, debe constituir a satisfacción de la Oficina de Recaudación de la Aduana, adicionalmente debe presentar la Minuta de pago en el banco autorizado, de los derechos liquidados como pagables. Funcionario de Recaudación de la Aduana 6. Verifica que la Póliza de la Garantía, haya sido emitida por Compañía de Seguros o Empresa Autorizada Legalmente para tal fin, que en el objeto de la misma se consignen claramente tanto el monto de la garantía, el término de validez, como la referencia de la Declaración de Mercancías, así mismo que se señale la como Entidad destinataria de la Garantía. 1. Obtenida, la autorización impartida por la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Promoción de Exportaciones (CNPE), junto con los documentos exigidos por la normativa, en el formulario de la Declaración de Mercancías, incorpora la información siguiendo el procedimiento descrito para la Importación Definitiva, con las variaciones pertinentes. Utiliza el Modelo de la Declaración, el código del régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo (ATPA), y el código del Régimen Adicional para el tratamiento tributario aplicable, relacionados en la tabla de regímenes del presente manual; ingresa el porcentaje de suspensión autorizado por el CNPE 7. Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo Agente de Aduanas

78 Página 78 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas 2. Durante el proceso de incorporación de la información de la Declaración de Mercancías, al colocar el régimen de perfeccionamiento en cada artículo (ítem), el sistema presenta el cuadro para ingresar el código del programa previamente asignado por la. 3. En el cuadro B de la Declaración de Mercancías, se detallan tanto el monto a pagar como el valor de la garantía por los impuestos suspendidos, consecuente con el porcentaje autorizado, de suspensión previa de tributos. Los pasos siguientes de pago en bancos, constitución de garantías, presentación de minuta, selectividad, Aforo y Orden de Levante de la mercancía, lo efectúa en igual forma que los procedimientos descritos para el régimen de Importación Definitiva.

79 Página 79 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas Agente de Aduanas Finalizado el trámite del régimen, consulta las Declaraciones Previas del sistema con la ruta: SIDUNEA/Despacho Aduanero/Declaración/Declaración Previa, y algunos datos de la Declaración. 5. En la línea correspondiente a la Declaración, con el botón derecho del mouse opción Ver, obtiene el cuadro con la información solicitada, que podrá utilizar para los trámites de cancelación del régimen. 6. El sistema despliega la información y los saldos disponibles para los procesos posteriores del régimen. Importación Temporal de Vehículos para Turismo, arribado por sus propios medios

80 Página 80 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Turista Aforador de la Aduana Turista 1. En la Oficina de la Administración de Aduana, presenta los documentos de propiedad del vehículo, el Pasaporte con la autorización de inmigración, junto con los demás documentos exigidos en las normas vigentes. 2. De oficio en el formulario de la Declaración de Mercancías del sistema, incorpora la información siguiendo el procedimiento descrito para la Importación Definitiva, con las variaciones correspondientes, verifica el cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia. En la Página de Información adicional, incluye los seriales del vehículo, su color, placa y otras características que lo identifique y tipifiquen. 3. Ingresa el Modelo de la Declaración, el código del régimen aplicable, tomados de la Tabla de Regímenes, Los impuestos suspendidos serán garantizados por el vehículo importado temporalmente, de conformidad con la normativa vigente. 4. Firma la Declaración de Mercancías, realiza el pago en la Caja dispuesta por la Aduana o en el banco autorizado. La Declaración de mercancía constituye el Documento que ampara el vehículo en el Territorio Aduanero; en la Página de Informaciones de la Declaración, incluye hasta dos de los acompañantes que tengan derecho a la importación temporal para que puedan conducir el vehículo.

81 Página 81 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Funcionario de Recaudación de la Aduana 5. Recibe el pago o procesa la minuta de pago siguiendo el procedimiento descrito para la Declaración de Importación. Activa la selectividad, canal verde, selecciona la línea de la Orden de Levante, valida el Acta de Aforo que despliega el sistema, imprime la orden, finalizando en esa forma el trámite del régimen. 1. Ante la Administración de Aduana, presenta solicitud indicando las causas que motivan la devolución de las mercancías. Funcionario Competente de la Administración de Aduana 2. Mediante Acto Administrativo, si procede, emite la correspondiente autorización, previa verificación de la Declaración de Exportación, como documento previo, de igual manera verifica el cumplimiento del plazo establecido en la normativa vigente. Funcionario Competente de la Administración de Aduana 3. Para localizar la Declaración como documento previo, utiliza la ruta: 9. Reimportación Agente de Aduanas o Exportador SIDUNEA/Despacho/Declaraciones/Declaraciones Previas/Declaración Previa Con la tecla derecha del mouse activa la opción Buscar

82 Página 82 de 171 SECCION: Despacho Aduanero 4. Ingresa los datos tomados de la solicitud de autorización para el régimen 5. El sistema presenta la Declaración Previa con los saldos disponibles. 6. En el formulario de la Declaración de Mercancías del sistema, ingresa la información siguiendo el procedimiento descrito para la Importación Definitiva, con las variaciones correspondientes, verifica el cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia. Agente de Aduanas 7. Ingresa el Modelo de la Declaración, el código del régimen aplicable, tomados de la Tabla de Regímenes, tomando en cuenta que debe encadenar los regímenes de reimportación con el de exportación definitiva anterior o previo. Agente de Aduanas 8. Cumplido el proceso de ingreso de la información de la Declaración de Mercancías para el régimen de Reimportación y, en razón a que se indicó que se reimporta una mercancía previamente declarada en Agente de Aduanas

83 Página 83 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Exportación definitiva, el sistema dispone en la parte inferior de la Declaración, la pestaña Declaración Previa, la activa para proceder a la incorporación de la información correspondiente al documento previo. Ingresada la información activa el icono de documento para que forme parte de la Declaración de Reimportación. 9. Si todo está correcto el sistema incorpora la Declaración previa a la de Reimportación, continúa con la validación y liquidación de la declaración, 10. A continuación se realizan iguales procedimientos para pago, selectividad, orden de levante que se han descrito para los demás regímenes 1. Verifica que la documentación, los datos del manifiesto si corresponde, estén conformes con lo exigido por la normativa aduanera vigente. Con procedimiento similar al indicado para la Importación Definitiva, de conformidad con la normativa vigente, ingresa la información incluido el Modelo, el código del régimen, el código adicional, el código del Depósito Aduanero, para tal fin utiliza la Tabla de Regímenes del presente Manual. 10. Depósito Aduanero Agente de Aduanas 2.

84 Página 84 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Funcionario de Recaudación de Aduanas 3. Consecuente con el tratamiento tributario previsto legalmente, verifica el tratamiento tributario suspendido y el pagable para proceder a su cancelación en igual forma al señalado para la Importación Definitiva. 4. Recibe el pago o procesa la minuta, con el procedimiento descrito para la Declaración de Importación. Activa la selectividad, si el sistema determina canal verde, selecciona la línea de la Orden de Levante, valida el Acta de Aforo, imprime la orden, finalizando en esa forma el trámite del régimen. Si la designación es canal amarillo o rojo, imprime el canal asignado para que el Agente continúe con el proceso, en el Área de Aforo correspondiente. 5. Aforador de la Aduana 6. Aplica en lo pertinente el procedimiento de aforo conforme o no conforme señalado para la Declaración de Importación 1. Verifica que la documentación, los datos del manifiesto si corresponde, estén conformes con lo exigido por la normativa aduanera vigente. 11. Régimen de Zona Franca Agente de Aduanas

85 Página 85 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Funcionario de Recaudación de Aduanas 2. Con procedimiento similar al indicado para la Importación Definitiva, ingresa la información de la Declaración de Mercancías, incluyendo el Modelo, el código del régimen, el código del Usuario de la Zona Franca, para tal fin utiliza la Tabla de Regímenes. 3. Verifica el tratamiento tributario pagable para proceder a su cancelación en igual forma al señalado para la Importación Definitiva. 4. Procesa la minuta, con el procedimiento descrito para la Declaración de Importación. Activa la selectividad, si el sistema determina canal verde, selecciona la línea de la Orden de Levante, valida el Acta de Aforo, imprime la orden, finalizando en esa forma el trámite del régimen. Si la asignación es canal amarillo o rojo, imprime el canal asignado para que el Agente continúe con el proceso, en el Área de Aforo correspondiente Ingreso de Mercancías a Tiendas Libres Agente de Aduanas 1. Comprueba que la documentación esté acorde con las exigencias legales, revisa la información del cargamento, referente al número y fecha de registro del manifiesto de carga y los documentos de transporte en el sistema.

86 Página 86 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Funcionario de Recaudación de Aduanas 2. Ingresa la información de la Declaración de Mercancías, incluyendo el Modelo, el código del régimen, el código de la Tienda Libre, sigue el procedimiento similar al indicado para la Importación Definitiva. 3. Realiza el pago en la entidad bancaria autorizada y presenta la minuta junto con la documentación en el Área de Recaudación de la Aduana. 4. Procesa la minuta, con el procedimiento descrito para la Importación Definitiva. Activa la selectividad, si el sistema determina canal verde, selecciona la línea de la Orden de Levante, valida el Acta de Aforo, imprime la orden, finalizando en esa forma el trámite del régimen. Si la asignación es canal amarillo o rojo, imprime el canal asignado para que el Agente continúe con el proceso, en el Área de Aforo correspondiente Exportación Definitiva Agente de Aduanas 1. Prepara los Documentos y requisitos exigidos por la normativa aplicable.

87 Página 87 de 171 SECCION: Despacho Aduanero 2. Agente de Aduanas Con la siguiente ruta, accede al formulario para el ingreso de la información de la Declaración: SIDUNEA/Despacho Aduanero/Declaraciones de Mercancías/Declaración detallada Segmento General - Código de la Administración de Aduana - (1) Modelo y Régimen General - (2) Exportador (RUC) - (8) Consignatario en el Exterior - (14) Código del Agente de Aduanas - (6) Número total de bultos - (7) Número de Referencia Interno del Agente de Aduanas - (15) Código País de exportación - (17) Código País de Destino - (18) Matrícula o Identificación del Medio de Transporte, Nacionalidad, Contenedor (si se conoce al momento de la declaración) (25) Modo de Transporte en la frontera - (26) Modo de transporte al interior - (27) Lugar de descarga - (29) Administración de Salida - (22) Código y monto de la Divisa de Negociación - (24) Naturaleza de la transacción - Artículo Ingresa la siguiente información: - (31) Marcas y números en los Bultos (si existe) - Cantidad de Bultos - Código de los embalajes (33) Subpartida arancelaria - (34) País de Origen - (35) Peso bruto del cargamento - (36) Código de la Preferencia (opcional) (37) Código del Régimen Aduanero, código adicional (38) Peso Neto (39) Cuota (cuando corresponda) (40) Unidades de comercialización Selecciona la pestaña correspondiente a la Nota de Valor del Artículo (Ítem), incluye los valores pertinentes, oprime el botón de Validación.

88 Página 88 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Transportista 5. El sistema registra y liquida la Declaración de Mercancías, realiza el pago en la entidad bancaria autorizada para luego presentar la minuta en el Área de Recaudación de la Aduana. 6. Los pasos siguientes de Pago, Selectividad, Aforo de la mercancía, se efectúan con procedimientos similares a los demás regímenes. 7. Registra el Manifiesto de Exportación, realiza procedimiento similar al de la carga de importación, con la variación que la naturaleza del Documento de Transporte es 22 (Exportación). Llena los campos relativos a la Declaración de Exportación, lo presenta luego a la OCC de la Aduana para la Confirmación de la Exportación.

89 Página 89 de 171 SECCION: Despacho Aduanero 8. Funcionario de la OCC de la Aduana Registrado el Manifiesto de Exportación, recupera la declaración, en la línea correspondiente con el botón derecho del mouse activa la opción Confirmación de la Exportación 9. D. Cancelación de Regímenes Suspensivos y Previos El sistema presenta el cuadro para la confirmación, llena las casillas correspondientes como se muestra en las figuras encerradas en línea roja, finalizando en esa forma el régimen de exportación

90 Página 90 de 171 SECCION: Despacho Aduanero 1. Reexportación de Productos Compensadores o de Mercancías, Admitidos Temporalmente para Perfeccionamiento Activo, dentro del plazo de 6 meses Agente de Aduanas 1. Localiza en el sistema las correspondientes Declaraciones Previas de Mercancías, mediante la siguiente ruta: SIDUNEA/Despacho Aduanero/Declaraciones/Declaraciones Previas En las casillas encerradas en líneas rojas, puede apreciar los saldos disponibles para el proceso de la Declaración de Cancelación del Régimen Previo de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo (ATPA).

91 Página 91 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas Funcionario de Recaudación de Aduanas 2. Ingresa la información de la Declaración de Mercancías con la cual se pretende cancelar el régimen suspensivo, en forma similar a la indicada para la Importación Definitiva, incluyendo el Modelo, el código del régimen que contiene tanto el solicitado como el previo, al finalizar, activa la pestaña de Declaraciones Previas como se indica en la figura. 3. En atención a los requerimientos de insumos del producto compensador que se despacha con la Declaración de cancelación en curso, tomado en cuenta la coherencia con lo autorizado en el respectivo programa de perfeccionamiento, ingresa las informaciones de insumos contenidas en las diferentes Declaraciones Previas, artículo por artículo con el botón encerrado en rojo, hasta finalizar; el sistema controla los saldos, el código del programa, la identificación de la empresa, la aduana autorizada para el régimen, entre otras informaciones. 4. Realiza el pago que corresponda en la forma señalada anteriormente, presenta la minuta en el Área de Recaudación de la Aduana, donde se informa del canal de selectividad asignado por el sistema. Procesa la minuta, conforme a lo indicado en procedimientos anteriores. Activa la selectividad, si el sistema determina canal verde, selecciona la línea de la Orden de Levante, valida el Acta de Aforo, imprime la orden, finalizando en esa forma el trámite del régimen. Si la designación es canal amarillo o rojo, imprime el canal asignado para que el Agente continúe con el proceso, en el Área de Aforo correspondiente Aforador de la Aduana 6. Realiza su actuación de conformidad con los preceptos normativos aplicables, en el sistema ingresa su actuación en forma similar al procedimiento descrito para la Importación Definitiva, cambiando lo pertinente.

92 Página 92 de 171 SECCION: Despacho Aduanero 2. Salida de Mercancías de Tiendas Libres Responsable de la Tienda Libre 1. En el sistema de facturación del establecimiento y en los artículos si así lo considera, coloca la referencia de la Declaración de Mercancías de Ingreso a la Tienda. 1. Con la periodicidad que el movimiento comercial del establecimiento indique, como máximo por semana, procesa en el sistema las ventas del establecimiento, para el efecto transmite una Declaración de Salida de Mercancías por cada período, es decir por ventas diarias o semanales, según el caso. Debe tener en cuenta que se trata de una Declaración con flujo de exportación, por lo tanto, en la casilla (2) del formulario, correspondiente al Exportador, incluye el RUC y razón social de la Tienda Libre, como consignatario debe indicarse Diferentes Pasajeros, ver Página de Informaciones, para las otras casillas aplica similar procedimiento al previsto en la Exportación Definitiva. Agente de Aduanas Ordena las facturas de venta por tipo de mercancía o producto, les asigna las diferentes subpartidas arancelarias, para luego ingresarlas en los diversos ítems (diferente por cada subpartida arancelaria), junto con los valores de venta, los respectivos pesos, unidades suplementarias o de comercialización exigida por el sistema y, otros datos que indiquen las casillas del formulario de Declaración del sistema. Verifica que la mercancía de las ventas en proceso, corresponda a la misma Declaración de Ingreso a la Tienda Libre o Declaración Previa.

93 Página 93 de 171 SECCION: Despacho Aduanero Agente de Aduanas 2. En la Página de Informaciones de la Declaración de Salida, incluye los datos de los Pasajeros destinatarios de las ventas, incluyendo el número de Pasaporte, Nacionalidad, el número de Vuelo o viaje, Ciudad y País de destino, Empresa Transportadora, fecha y hora del viaje. 3. Habilita la pestaña Declaraciones Previas, para por cada Declaración Previa y su respectivo artículo o ítem, ingresar las cantidades correspondientes a las ventas en curso, hasta completar la totalidad de los artículos previstos en el proceso. Sigue similar procedimiento al indicado para la Declaración de Reexportación de mercancías ingresadas en ATPA. 4. Valida la Declaración de Salida, realiza el pago, lo presenta en el Área de Recaudación de la Aduana respectiva, para la asignación de selectividad, posterior Aforo si corresponde, en éste caso canal amarillo, y otros pasos para finalizar el régimen. En razón a lo especial de la Modalidad, el régimen finaliza con el canal verde o re-direccionamiento al mismo si corresponde.

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