REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO
|
|
- Julián Herrero Fidalgo
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art.1o. Art.2o. Art.3o. La aprobación del grado de especialidad, maestría y doctorado en la Universidad La Salle Victoria para los estudios a nivel de posgrado, se sujeta a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. Se consideran estudios de posgrado los que se realizan después de la Licenciatura o su equivalente y comprenden: especialización, maestría y doctorado. En los estudios de posgrado que ofrece la Universidad La Salle Victoria se otorga el Grado de Especialidad, Maestro o Doctor. CAPÍTULO II DE LA INSCRIPCIÓN A ESTUDIOS DE POSGRADO Art.4o. Para ser alumno de estudios de posgrado, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 13o. del Reglamento General de Alumnos. CAPÍTULO III DE LAS REVALIDACIONES O EQUIVALENCIAS Art. 5o. Los alumnos inscritos en estudios de Posgrado podrán solicitar a la Coordinación de Control Escolar, la revalidación o equivalencia de materias de posgrado cursadas en otras instituciones nacionales o extranjeras reconocidas por la Universidad La Salle Victoria, sujetándose al proceso y periodos establecidos para tal efecto. Art. 6o. La solicitud de revalidación o equivalencia, deberá dirigirse a la Coordinación de Control Escolar de la Universidad La Salle Victoria, acompañada del programa cursado, donde se especifiquen objetivos y contenidos del mismo; así como la calificación oficial obtenida, la cual deberá ser mayor o igual a 9 (nueve) y el período en que fue cursada la materia. Art. 7o. La Vicerrectoría Académica y/o Dirección Académica de la Institución, nombrará un jurado que aceptará o rechazará la solicitud de revalidación o equivalencia. Art. 8o. Para que una materia sea aceptada para revalidación o equivalencia, deberá existir una congruencia del 70% como mínimo entre los objetivos y contenidos de ambos cursos. Solamente se considerará por revalidación o equivalencia hasta un 40% del total de materias del plan de estudios de posgrado que se desee cursar. Art. 9o. El resultado de la valoración de la solicitud de revalidación o equivalencia, deberá ser firmado por los miembros del jurado y notificado al solicitante
2 por medio de la Coordinación de Control Escolar. Una constancia de este acto se dejará en el expediente del alumno. En caso de ser aceptada, se iniciarán los trámites correspondientes ante las autoridades educativas del Estado de Tamaulipas, quienes expiden el dictamen oficial de revalidación o equivalencia de estudios, quedando este trámite sujeto a las condiciones que dicha autoridad disponga, siendo su fallo inapelable. CAPÍTULO IV DE LA ASISTENCIA Art. 10o. Para sustentar examen ordinario, el alumno deberá acreditar un mínimo de 85% de las asistencias al curso. El alumno que falte a esta disposición será calificado con S/D (Sin Derecho). CAPÍTULO V DE LOS EXÁMENES ORDINARIOS Y A TÍTULO DE SUFICIENCIA Art. 11o. Solamente habrá un examen ordinario en cada materia y no se aplicarán exámenes extraordinarios. Si el alumno no aprueba el examen ordinario, deberá cursar nuevamente la materia. Art. 12o. Para presentar el examen ordinario de una materia, el alumno deberá: 1. Cumplir con todos los requisitos fijados en el programa de la materia. 2. Cumplir con todos los trámites administrativos correspondientes. Art.13o. La calificación se expresará numéricamente en una escala de 0 (cero) a 10 (diez). La calificación final se expresará siempre en números enteros. La calificación mínima para acreditar una materia en examen ordinario será de 8 (ocho). Art.14o. Los alumnos inscritos en estudios de posgrado con materias acreditadas en otras instituciones nacionales o extranjeras reconocidas por la Universidad La Salle Victoria, tendrán la opción de acreditar materias a través de exámenes a título de suficiencia, para lo cual harán una solicitud que será revisada y autorizada por la Vicerrectoría Académica y/o Dirección Académica. La calificación mínima para acreditar una materia en examen a título de suficiencia será de 9 (nueve). CAPÍTULO VI DE LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO Art.15o. El alumno que haya concluido satisfactoriamente las materias que integran el plan de estudios correspondiente, deberá obtener su grado dentro de los tres años siguientes, en caso contrario, el alumno deberá: 1. Cursar las materias que la Vicerrectoría Académica y/o Dirección Académica designe, a fin de actualizar sus estudios. 2. Hacer el trámite correspondiente en la Coordinación de Control Escolar, a fin de darse de alta como alumno regular. Art. 16o. Para obtener el grado de los estudios realizados en la Universidad La Salle Victoria será necesario:
3 1. Cumplir satisfactoriamente con la totalidad de los requisitos que exige el plan de estudios. 2. Cumplir con los requisitos administrativos establecidos por la Institución. 3. Elaborar y defender una tesis con los siguientes requisitos: 1. La tesis consistirá en un trabajo escrito que versará acerca de temas y propuestas originales de conocimiento, o bien acerca de la ampliación, perfeccionamiento, cuestionamiento o aplicación del conocimiento existente en el área científica o técnica de su profesión. 2. La tesis será desarrollada individualmente. 3. El sustentante elegirá un asesor de tesis que lo guiará y coadyuvará en el proceso de realización de la misma. El tema de tesis, así como el asesor propuesto por el alumno, estarán sujetos al análisis y aprobación, en su caso, de la Vicerrectoría Académica y/o Dirección Académica. 4. La tesis deberá elaborarse de acuerdo con los requerimientos contenidos en el Manual de Tesis de la Universidad La Salle Victoria. 5. El sustentante presentará una réplica individual de la tesis en un examen de grado, el cual será sustentado ante un jurado constituido por tres sinodales: un presidente, un vocal y un secretario; además, un suplente será nombrado para sustituir a aquel sinodal que no pudiera asistir al examen. Los miembros del jurado, serán designados por la Vicerrectoría Académica y/o Dirección Académica. CAPÍTULO VII DE LOS EXÁMENES DE GRADO Art.17o. El examen de grado se llevará a cabo el día y a la hora previamente fijados por la Vicerrectoría Académica y/o Dirección Académica. Art. 18o. El examen de grado es un acto solemne que, a petición del sustentante, será público o privado. Art. 19o. El examen de grado se sujetará al siguiente procedimiento: 1. Los miembros del jurado y sin la presencia del público y del sustentante, y a puerta cerrada, intercambiarán impresiones sobre la tesis realizada y respecto a las replicas que desean formular. 2. El presidente del jurado ordenará que pase al recinto el sustentante y, siguiendo el procedimiento estipulado en el manual de titulación de la Universidad La Salle Victoria, se desarrollará el examen de grado. 3. Si la naturaleza de la tesis presentada lo requiere, el presidente del jurado concederá al sustentante un tiempo de 35 a 50 minutos para que haga la presentación de su tesis, pudiendo auxiliarse de los medios técnicos que considere necesarios. 4. Concluida la presentación por parte del sustentante, el jurado hará las réplicas que considere necesarias; agotadas éstas, el presidente del jurado pedirá al sustentante y al público, que desalojen el recinto. 5. Los integrantes del jurado discutirán sobre el resultado del examen y emitirán su voto, el cual es inapelable. El resultado del examen se emitirá en términos de aprobado por mención honorífica, "aprobado por unanimidad", "aprobado por mayoría de votos" o "no aprobado".
4 VI. VII. VIII. Si el resultado del examen es aprobado", el secretario del jurado procederá en forma pública a la lectura del acta y se le tomará protesta al sustentante en ceremonia especial. Si el resultado del examen fue "no aprobado", el secretario del jurado leerá las razones de dicho veredicto. En este caso, el sustentante podrá presentar nuevamente el examen de grado una vez que Vicerrectoría Académica y/o Dirección Académica así lo autorice, realizando en ese periodo los trabajos que le señale el presidente del jurado. Si volviera a obtener el mismo resultado en la segunda presentación, el alumno deberá recursar el último semestre de su plan de estudios y ajustarse nuevamente y por última vez al proceso de obtención de grado realizando una nueva tesis. Durante el examen de grado, el presidente intervendrá como moderador de las réplicas, será el responsable del orden de los asistentes y podrá resolver cualquier problema imprevisto que se presente. CAPÍTULO VIII DE LOS JURADOS PARA LOS EXÁMENES DE GRADO Art. 20o. Los jurados para exámenes de grado se integrarán por cuatro sinodales, siendo tres propietarios y un suplente que serán designados por el Vicerrector Académico y/o Director Académico, siendo de preferencia integrantes de su planta docente. Art. 21o. Cada jurado está constituido por un presidente, un vocal y un secretario. Art. 22o. Los integrantes del jurado sólo podrán excusarse cuando tengan motivos justificados para ello, pero deberán expresarlo directamente al Vicerrector Académico y/o Director Académico a más tardar tres días antes de la fecha en que se realizará el examen de grado. Art. 23o. El presidente tiene a su cargo la instalación del jurado y la dirección del examen con la solemnidad debida; además, podrá en todo momento hacer observaciones tanto a los sinodales como al sustentante. CAPÍTULO IX DE LAS MENCIONES HONORÍFICAS Y DISTINCIONES EN LOS EXÁMENES DE GRADO Art. 24o. El Jurado del examen de grado otorgará MENCIÓN HONORÍFICA a los sustentantes que hayan cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 6o. del Reglamento General de Distinciones de la Universidad.
5 Art. 25o.El Consejo Académico de la Universidad adicionalmente otorga 3 modalidades de la MENCIÓN HONORÍFICA: CUM LAUDE, MAGNA CUM LAUDE, y SUMMA CUM LAUDE, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7o. del Reglamento General de Distinciones de la propia Universidad. CAPÍTULO X DEL PERSONAL ACADÉMICO Art.26o. El personal académico de los estudios de posgrado, se sujetará a los lineamientos establecidos en el Reglamento del Personal Académico. T R A N S I T O R I O S PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su promulgación y publicación respectiva en los medios oficiales de la Universidad La Salle Victoria. Siendo éstos los que el Consejo Académico determine. SEGUNDO. Todo aquello no previsto con motivo de la entrada en vigor del presente Estatuto será resuelto por la Junta de Gobierno, quien podrá consultar la opinión del Consejo Universitario.
F. TITULACIÓN POR EXAMEN GENERAL PARA EL EGRESO DE LA LICENCIATURA (EGEL)
LINEAMIENTOS GENERALES DE TITULACIÓN, OBTENCIÓN DEL DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN Y GRADO DE MAESTRO O DOCTOR. (Aprobado por el H. Consejo Académico Universitario en sesión celebrada en Febrero de 2004) A.
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones
Reglamento de titulacion para Licenciatura y Posgrado
Reglamento de titulacion para Licenciatura y Posgrado Indice Título Primero De la Titulación para licenciatura Capítulo I 2 Requisitos de titulación Capítulo II 2 De las formas de titulación Capítulo III
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO El Consejo Universitario en sesión del 18 de mayo de 1967, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO
REGLAMENTO DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO ÍNDICE
REGLAMENTO DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. 2 CAPÍTULO II DE LAS OPCIONES DE TITULACIÓN. 4 CAPÍTULO III DE LOS ASESORES. 8 CAPÍTULO
Reglamento de Intercambio Académico
Reglamento de Intercambio Académico Artículo 1. Con el objetivo de complementar la formación de sus estudiantes la Universidad Del Pedregal crea el Programa de Intercambio Académico, programa a través
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE SAN LUIS POTOSÍ Ciencia, Tecnología y Cultura al Servicio del Ser Humano REGLAMENTO DE TITULACIÓN TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente reglamento,
FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICO- MATEMÁTICAS
FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICO- MATEMÁTICAS REGLAMENTO DE TITULACIÓN DE LA CARRERA DE LICENCIADO EN FÍSICA CAPÍTULO I. GENERALIDADES ARTÍCULO 1.- Se establecen cuatro opciones para obtener el Título Profesional
NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES. I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura
NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o.- La Universidad Nacional Autónoma de México selecciona a
Reglamento de Postgrado. Capítulo I Disposiciones Fundamentales - Objetivos
Reglamento de Postgrado Capítulo I Disposiciones Fundamentales - Objetivos Artículo 1: Se consideran como estudios de Postgrado, aquellos que se realizan después de haber cursado una carrera universitaria
REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por
GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ
GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN diciembre 2011. INDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES
REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO
ÍNDICE SISTEMÁTICO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DE LA COMISIÓN DE DOCTORADO Artículo 1. De la constitución de la Comisión de Doctorado Artículo 2. De la presidencia de la Comisión de Doctorado Artículo
Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE ESTUDIOS AVANZADOS A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES
Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE
CAPÍTULO I FUNDAMENTO JURÍDICO
CAPÍTULO I FUNDAMENTO JURÍDICO ARTÍCULO 1.- El Consejo Universitario en uso de la facultad que le confiere la fracción II del artículo 15 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Yucatán, expide
REGLAMENTO PARA LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA
REGLAMENTO PARA LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA El Consejo Universitario en sesión del 6 de agosto de 1959, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO
primero segundo tercero cuarto quinto
Aprobado por el H Consejo Universitario el 16 de noviembre de 2009 Capitulo primero: sujetos del examen profesional y titulación. Capitulo segundo: opciones de titulación. Capitulo tercero: Procedimientos
UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional
28/08/2008 03/12/2014 Cada cinco años 1 de 8 ÍNDICE Alcance 2 CAPÍTULO I. De las disposiciones generales 2 CAPÍTULO II. De los requisitos de admisión 2 CAPÍTULO III. De las equivalencias y revalidaciones
Reglamento de Postgrado
Reglamento de Postgrado LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN V, DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO
REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ
REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ TÍTULO I Disposiciones Generales CAPÍTULO I Definición Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto normar la inscripción como
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO UNIVERSITARIO
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO UNIVERSITARIO 1 REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente cuerpo normativo es reglamentario
REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR
REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR SAN SALVADOR, ABRIL DE 2013 1 REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR. CAPITULO I OBJETO Art. 1.- El presente
REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto normar la presentación y la aprobación
REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y T ITULOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y T ITULOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA (Aprobado por Res-037-99-UPT-CU; Modificado por Res. Nº 056-99-UPT-CU, 170-2000- UPT-CU, 174-2000-UPT-CU, 060-2001-UPT-CU, 008-2004-UPT-CU,
Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla TITULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- Es alumno
REGLAMENTO ACADÉMICO Septiembre 2014
REGLAMENTO ACADÉMICO REGLAMENTO ACADÉMICO INDICE Contenido Capítulo I... 2 Definiciones Generales Capítulo II... 2 Admisión de Alumnos Capítulo III... 3 Revalidaciones, Equivalencias y Acreditaciones Capítulo
REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS
REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Unidad responsable Artículo 3.- Nivel de conocimiento
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Preámbulo La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) tiene entre sus
Vicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente.
CAPITULO I De la Definición y Objetivo Artículo 1. El objetivo del presente Reglamento es regular la aplicación y desarrollo de las estrategias, acciones y actividades, relacionadas con la movilidad estudiantil
Universidad Nacional de Ingeniería
Universidad Nacional de Ingeniería Reglamento de Estudios de Postgrado y de Especialización (Aprobado: Consejo Universitario Sesión Ordinaria Nº 7 del 05-04-2006) BASE LEGAL Constituye base legal del Presente
NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1o.- Las pruebas y exámenes tienen por objeto: a) Que el profesor disponga de elementos
CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación)
CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales
NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PREÁMBULO. SECCIÓN 1ª. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 1. Objeto. El presente reglamento tiene como
REGLAMENTO GENERAL PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS PROFESIONALES, DIPLOMAS DE ESPECIALISTA Y GRADOS ACADÉMICOS
REGLAMENTO GENERAL PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS PROFESIONALES, DIPLOMAS DE ESPECIALISTA Y GRADOS ACADÉMICOS REGLAMENTO GENERAL PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS PROFESIONALES, DIPLOMAS DE ESPECIALISTA Y GRADOS
REGLAMENTO DE PROGRAMAS A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE MONTERREY MODALIDAD NO ESCOLARIZADA
REGLAMENTO DE PROGRAMAS A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE MONTERREY MODALIDAD NO ESCOLARIZADA EDICIÓN 2012 Vigente a partir de noviembre 2012 Definiciones Acreditación: es el acto mediante
Índice. Reglamento General de Estudios de Posgrado de la Universidad Autónoma de Nayarit. Capítulo I. Disposiciones Generales.
Índice Reglamento General de Estudios de Posgrado de la Universidad Autónoma de Nayarit. Capítulo I. Disposiciones Generales. Capítulo II. Organización de los Estudios. Capítulo III. Del Ingreso a los
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LINEAMIENTOS PARA EL CONTROL ESCOLAR
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LINEAMIENTOS PARA EL CONTROL ESCOLAR MARZO 2008 ÍNDICE Pág. Disposiciones Generales 3 Ingreso 4 Permanencia 5 Áreas de Formación 6 Evaluación y Clasificación
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo
COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA
COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto
MODALIDADES DE TITULACIÓN
1 MODALIDADES DE TITULACIÓN En el marco de las modificaciones a los Reglamentos: General de Exámenes, General de Estudios Técnicos y Profesionales, y General para la Presentación Aprobación y Modificación
INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY RECTORÍA DE LA ZONA SUR REGLAMENTO ACADÉMICO DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO
INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY RECTORÍA DE LA ZONA SUR REGLAMENTO ACADÉMICO DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO Agosto de 2006 Este Reglamento Académico de los Programas de Posgrado
De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002.
REGLAMENTACION DE LA CARRERA DE DOCTORADO De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. De los títulos y requisitos.
Colegio de Ingenieros Civiles de México
REGLAMENTO PARA LA CERTIFICACIÓN PROFESIONAL DE LOS INGENIEROS CIVILES. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1.- El Colegio de Ingenieros Civiles de México, A. C., en lo sucesivo el Colegio, en
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS. Título Primero De los Estudios Universitarios y sus Propósitos
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Título Primero De los Estudios Universitarios y sus Propósitos Artículo 1o.- Los estudios universitarios en la Universidad Nacional Autónoma de México comprenden
Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan.
REGLAMENTO DE CURSOS DE VERANO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios El ámbito de difusión y aplicación del presente documento
MANUAL PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DOCTORADO EN CIENCIAS (ENERGÍA RENOVABLE)
MANUAL de PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DOCTORADO EN CIENCIAS (ENERGÍA RENOVABLE) Vigente a partir del 1 de julio del 2011 El presente manual está dirigida a reglamentar y definir los procedimientos de operación
MANUAL PARA LA OBTENCIÓN DE GRADO MAESTRÍA EN INVESTIGACIÓN
MANUAL PARA LA OBTENCIÓN DE GRADO MAESTRÍA EN INVESTIGACIÓN Plan de estudios: 2009 EL COLEGIO DE CHIHUAHUA CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA. DICIEMBRE DE 2014 MANUAL PARA LA OBTENCIÓN DE GRADO TABLA DE CONTENIDO
REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION
REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION CAPITULO I GRADOS Y TITULOS Art. 1.- La Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación de la Universidad
REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos
REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos
REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS
REGLAMENTO DEL RECONOCIMIENTO AL MÉRITO UNIVERSITARIO. Aprobado por el H. Consejo Universitario, en sesión ordinaria celebrada el 12 de enero de 1990
REGLAMENTO DEL RECONOCIMIENTO AL MÉRITO UNIVERSITARIO Aprobado por el H. Consejo Universitario, en sesión ordinaria celebrada el 12 de enero de 1990 ARTÍCULO 1.- La Universidad Autónoma de Baja California
INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO PORTAL DEL PODER JUDICIAL www.poderjudicial-gto.gob.mx LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO
INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO PORTAL DEL PODER JUDICIAL www.poderjudicial-gto.gob.mx LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO TÍTULO TERCERO Capítulo Primero De la Carrera Judicial ARTÍCULO
Presentación, antecedentes y objetivos
Modalidades de Titulación, Maestría en Pedagogía Presentación, antecedentes y objetivos El 28 de octubre de 2004 se publicaron en Gaceta UNAM las modificaciones al Reglamento General de Exámenes aprobadas
UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES
UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS MODALIDADES PARA OPTAR EL TÍTULO DE LICENCIADO EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Monterrico, Septiembre
REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO
REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO DEL PROPÓSITO DEL REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD
REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales
REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPITULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. Artículo 2. El presente Reglamento establece las bases y fija los lineamientos
NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA CEU DE MAGISTERIO DE VIGO
NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA CEU DE MAGISTERIO DE VIGO Aprobada en la Junta de Centro del día 3/10/2013 Modificada en la Junta de Centro del día 2/10/2014 NORMATIVA DEL
REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES
REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES Aprobado en Sesión Extraordinaria el 29 de enero de 1987. REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN CAPÍTULO I FUNDAMENTO JURÍDICO
UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional
01/09/2004 30/04/2013 Cada tres años 1 de 7 1. Alcance Este documento aplica a todos los estudiantes de la de licenciatura y postgrado que participen en cualquier modalidad de los programas de intercambio
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto regular
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y AUTORIDADES DEL PROGRAMA Artículo 1. El presente Reglamento se aplicará a todas las
REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE REVALIDACION Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS 1 ÍNDICE PAG. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 3 CAPÍTULO II REVALIDACIÓN
CAPITULO II ORGANIZACION DE LOS ESTUDIOS DE POSGRADO
Reglamento de Estudios de Posgrado de la Universidad Autonóma de Querétaro CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de los estudios de licenciatura,
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL (Aprobado por el Consejo de Gobierno, sesión de 29 de abril de 2010 y modificado en
REGLAMENTO PARA LA COORDINACIÓN DE IDIOMAS DE LA UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA
REGLAMENTO PARA LA COORDINACIÓN DE IDIOMAS DE LA UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA Los alumnos inscritos a las diferentes carreras que ofrece la Universidad Latinoamericana, en lo relativo al idioma, se sujetan
ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES
ESTATUTOS L CONSEJO LOCAL PORTES C A P I T U L O I NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 1º.- Definición. El Consejo Local de Deportes es el órgano institucional consultivo en materia deportiva del Excmo. Ayuntamiento
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- DEL OBJETO DEL PRESENTE REGLAMENTO. Tiene por objeto
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN LA UPV. Versión para actualización ante el Comité de Ingreso y Permanencia
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN LA UPV Versión para actualización ante el Comité de Ingreso y Permanencia Dirección de Posgrado e Investigación. Ciudad Victoria,
Resolución N 20/06 - REGLAMENTACION DE LA CARRERA DE DOCTORADO
Resolución N 20/06 - REGLAMENTACION DE LA CARRERA DE DOCTORADO De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. De
UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO:
UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO: 1) Que el Art. 17 del Reglamento General de la Ley de Educación Superior establece la facultad para
Coordinación de Tutoría de la División de Ciencias Naturales y Exactas
LINEAMIENTOS DE TUTORÍA PARA LA PERMANENCIA Y MEJORA DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO DE LOS ESTUDIANTES INSCRITOS EN LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE LAS LICENCIATURAS DE LA DCNE Coordinación de Tutoría de la División
LINEAMIENTOS DE TITULACIÓN DE EL COLEGIO DE VERACRUZ
LINEAMIENTOS DE TITULACIÓN DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO UNO: DE LA TITULACIÓN DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente lineamiento tiene como objeto establecer las normas aplicables a los
Reglamento General del Sistema de Posgrado. Aprobado el 12 de junio de 2012
Reglamento General del Sistema de Posgrado Aprobado el 12 de junio de 2012 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento General del Sistema de Posgrado -1 Reglamento General
REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL PERSONAL CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DEL CIQA
REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL PERSONAL CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DEL CIQA CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto normar el
REGLAMENTO INTERIOR DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN
REGLAMENTO INTERIOR DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN Mérida, Yuc., Mayo 2006 INDICE CAPÍTULO PRIMERO Fundamento Jurídico 3 CAPÍTULO SEGUNDO Finalidades y funciones 3
REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPITULO PRIMERO.- DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPITULO PRIMERO.- DE LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- EI presente Reglamento regirá la organización y desarrollo de los Estudios de Posgrado que se realicen
CAPÍTULO XIV RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y/O GRADOS ACADÉMICOS
CAPÍTULO XIV RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y/O GRADOS ACADÉMICOS Artículo 14.1: Relación con otros acuerdos 1. Las Partes reconocen: a) el Convenio Regional de Convalidación de Estudios,
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO Aprobado por acuerdo del H. Consejo Universitario en sesión extraordinaria celebrada el 12 de septiembre de 1996 y publicado en la Gaceta Universitaria No. 42
Especialización en Gestión de Recursos Humanos
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Recursos Humanos Especialización en Gestión de Recursos Humanos Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo
Universidad Autónoma del Estado de México Secretaría de Investigación y Estudios Avanzados Dirección de Investigación
DISPOSICIONES DE LICENCIA CON GOCE DE SUELDO FUNDAMENTO LEGAL Teniendo como marco la Legislación de la Universidad Autónoma del Estado de México y con base en el reglamento del Personal Académico, el artículo
REGLAMENTO DE BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS. Capítulo 1. De las Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS Capítulo 1 De las Disposiciones Generales Artículo 1. De las Becas de la Universidad del Claustro de Sor Juana La Universidad del Claustro de Sor Juana cuenta
Artículo 4.- El proceso de Titulación de Arquitecto se estructura en 2 etapas sucesivas: 1. Taller de Anteproyecto
REGLAMENTO DE TITULACION Plan vigente 2011 PROCESO DE TITULACIÓN ESCUELA DE ARQUITECTURA El presente reglamento constituye el instrumento oficial para la realización y control de la Actividad de Titulación
REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA: Magíster en Ciencias de la Ingeniería Informática
REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA: Magíster en Ciencias de la Ingeniería Informática 2012 1 Art. 1 Art. 2 Art. 3 INTRODUCCIÓN El programa de Magíster en Ciencias de la Ingeniería Informática de la Universidad
Guía del Programa de Movilidad de Estudiantes SUI IURIS RESPONSABILIDADES DE LAS UNIVERSIDADES
Guía del Programa de Movilidad de Estudiantes SUI IURIS CAPÍTULO I CAPÍTULO II CAPÍTULO III CAPÍTULO IV CAPÍTULO V CAPÍTULO VI DEFINICIONES DEL PROCESO DE CONVOCATORIA DE LOS REQUISITOS PARA POSTULAR RESPONSABILIDADES
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Reglamento de Movilidad Estudiantil
Página 1 de 9 Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Título Primero Conceptos generales Artículo 1. Definición de movilidad estudiantil y de los programas que la componen Los programas de movilidad
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS (Texto íntegro resultante de las modificaciones aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2003).
RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.
RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. Esta guía trata de resumir la nueva normativa (Orden 2694/2009 de
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE EXAMENES PROFESIONALES PARA OBTENER EL TITULO DE LICENCIADO EN LAS ESPECIALIDADES QUE IMPARTEN LAS ESCUELAS NORMALES SUPERIORES DEL ESTADO DE MÉXICO. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo
AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)
Número 155 Miércoles, 14 de Agosto de 2013 Pág. 18072 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) 7270 Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Local de Deportes. Anuncio Al no haberse
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES CONSIDERACIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES CONSIDERACIONES GENERALES El programa de Becas Institucionales forma parte de las acciones que la Universidad Autónoma de Coahuila tiene contempladas con
1. Qué es la Universidad para el Desarrollo del Estado de Puebla (Unides)?
1. Qué es la Universidad para el Desarrollo del Estado de Puebla (Unides)? Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado, que promueve la formalización de estudios a través del autoestudio
CAPITULO I OBJETO Y CAMPO DE APLICACION.
EDUCACION BASICA Y E INCORPORACION DE TITULOS DE EDUCACION Materia: Educación Categoría: Reglamento Origen: MINISTERIO EDUCACION Estado: Vigente Naturaleza : Decreto Ejecutivo Nº: 82 Fecha:28/09/95 D.
INSTRUCTIVO DE TITULACIÓN
INSTRUCTIVO DE TITULACIÓN INSTRUCTIVO DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA I. DISPOSICIONES GENERALES II. PLAZOS PARA LA TITULACIÓN III. OPCIONES DE TITULACIÓN SECCIÓN PRIMERA TITULACIÓN
UNIVERSIDAD MOTOLINÍA DEL PEDREGAL
REGLAMENTO DE TITULACIÓN ÍNDICE DISPOSICIONES GENERALES..1 CAPÍTULO I TESIS, EXAMEN PROFESIONAL Y EXAMEN DE OBTENCIÓN DE GRADO..3 CAPÍTULO II EXAMEN GENERAL DE CONOCIMIENTOS...5 CAPÍTULO III TITULACIÓN
Convocatoria de ingreso al Programa de Becas CONACYT para la Maestría en Ciencias Computacionales
Convocatoria de ingreso al Programa de Becas CONACYT para la Maestría en Ciencias Computacionales Condiciones generales: I. La convocatoria está dirigida a los postulantes de la Maestría en Ciencias Computacionales
SECRETARIA DE EDUCACION Y BIENESTAR SOCIAL DIRECCION DE EDUCACION PUBLICA DEPARTAMENTO DE EDUCACION SUPERIOR.
SECRETARIA DE EDUCACION Y BIENESTAR SOCIAL DIRECCION DE EDUCACION PUBLICA DEPARTAMENTO DE EDUCACION SUPERIOR. Reglamento General De Estudios De Maestria Publicado en el Periódico Oficial No. 33, de fecha
TÍTULO SEGUNDO Capítulo III De sus generalidades
REGLAMENTO DE BECAS PARA POSGRADO TÍTULO PRIMERO. Capítulo I De su naturaleza ARTÍCULO 1. - El propósito del programa de becas ofrecido por la UMAD para posgrado es contribuir a la formación de personas
GUÍA DE EXPERIENCIA RECEPCIONAL FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN
GUÍA DE EXPERIENCIA RECEPCIONAL FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN 1 INDICE INTRODUCCIÓN... 3 MODALIDADES DE ACREDITACIÓN DE LA EXPERENCIA RECEPCIONAL... 3 1. EXAMEN GENERAL DE CONOCIMIENTOS (EGEL-CENEVAL)...
REGLAMENTO DE INGRESO, PERMANENCIA Y EGRESO DE LA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA, TITULO PRIMERO Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE INGRESO, PERMANENCIA Y EGRESO DE LA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA, TITULO PRIMERO Disposiciones Generales ARTÍCULO 1º.- Este reglamento se fundamenta en lo previsto por