Criterios y Directrices para la Garantía de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior

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1 Criterios y Directrices para la Garantía de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior European Association for Quality Assurance in Higher Education El título original es Standards and guidelines for Quality Assurance in the European Higher Education Area. En coherencia con el documento presentado por ANECA al Ministerio de Educación y Ciencia sobre la acreditación de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial, y siguiendo la diferenciación establecida en el estudio patrocinado por CEPES Indicators for Institutional and Programme Accreditation in Higher/tertiary Education (2004), se ha traducido el término standards por criterios, entendiendo que los referentes que se presentan en este documento no determinan el nivel de requerimientos y condiciones (umbral) que deben cumplir las instituciones o programas para ser acreditados. 1

2 Informe de ENQA sobre Criterios y Directrices para la Garantía de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior Esta publicación también puede descargarse del sitio Web de ENQA: Asimismo, puede obtenerse de manera gratuita en el secretariado de ENQA (consúltese la contraportada para la información de contacto) European Association for Quality Assurance in Higher Education, 2005, Helsinki Esta publicación puede fotocopiarse o reproducirse por cualquier otro medio sin autorización del editor. Diseño de la portada: Jussi Hirvi / Green Spot Media Farm Composición: Anja Kauppi / Pikseri Julkaisupalvelut Traducción: 2

3 Prefacio En el Comunicado de Berlín de 19 de septiembre de 2003, los ministros de los estados signatarios del Proceso de Bolonia invitaron a la European Network for Quality Assurance in Higher Education (ENQA), a través de sus miembros, en cooperación con la EUA, EURASHE, y ESIB, a desarrollar un conjunto consensuado de criterios, procedimientos y directrices para la garantía de calidad y a explorar los medios que garanticen un sistema adecuado de revisión por pares de garantía de calidad y/o para las agencias u organismos de acreditación y con el objetivo de informar sobre estos desarrollos a los ministros en el año 2005 a través del Grupo de Seguimiento de Bolonia (Bologna Follow-Up Group). Los Ministros también solicitaron a ENQA que tuviese debidamente en cuenta la experiencia de otras asociaciones y redes de garantía de calidad. El presente informe es la respuesta a este mandato y está avalado por todas las organizaciones mencionadas en esa sección del Comunicado. El logro de este común entendimiento es un tributo al espíritu de cooperación y respeto mutuo que ha caracterizado las discusiones entre todas las partes implicadas. Por tanto, me gustaría hacer extensivo mi agradecimiento a la EUA, EURASHE y ESIB, y a las agencias miembros de ENQA, por sus aportaciones enormemente constructivas y valiosas a este proceso. Este informe va dirigido a los ministros europeos de educación. Sin embargo, esperamos que consiga una difusión más amplia entre todos aquellos interesados en la garantía de calidad en la educación superior. Confiamos en que estos lectores encuentren el Informe útil y motivo de inspiración. Es preciso señalar que este informe no es más que un primer paso en lo que, probablemente, sea un camino largo y quizás arduo hacia el establecimiento de un conjunto de valores, expectativas y buenas prácticas relativos a la calidad y su garantía, ampliamente compartidos entre las instituciones y agencias del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Lo que ha puesto en marcha el mandato de Berlín tiene que desarrollarse más ampliamente, si su finalidad es proporcionar una dimensión europea plenamente operativa para la garantía de calidad en el EEES. Si esto puede conseguirse, entonces también podrán lograrse muchas de las ambiciones del Proceso de Bolonia. Todos los participantes en este trabajo, esperan seguir contribuyendo al éxito de dicha empresa. Christian Thune Presidente de ENQA Febrero

4 Índice de materias Resumen Ejecutivo Contexto, Objetivos y Principios Criterios y Directrices Europeas Antecedentes de los criterios y directrices Introducción a las Partes 1 y 2: Criterios y directrices europeas para la garantía de calidad interna y externa en la educación superior Parte 1: Criterios y directrices europeas para la garantía de calidad interna en las instituciones de educación superior Parte 2: Criterios y directrices europeas para la garantía de calidad externa de la educación superior Introducción a la Parte 3: Criterios y directrices europeas para las agencias de garantía externa de calidad Parte 3: Criterios y directrices europeas para las agencias de garantía externa de calidad Sistema de revisión por pares para las Agencias de Garantía de Calidad Contexto internacional Revisiones periódicas de las agencias Registro de las agencias de garantía externa de calidad que operan en Europa Foro Consultivo Europeo para la Garantía de Calidad en la Educación Superior Perspectivas y retos futuros Anexo: Revisiones cíclicas de las agencias de garantía de calidad un modelo teórico

5 Resumen Ejecutivo Este informe ha sido elaborado por la European Association for Quality Assurance in Higher Education (ENQA) (1) mediante la participación activa de sus miembros, en cooperación con EUA, ESIB y EURASHE y mediante el debate con diversas redes de referencia. Constituye la respuesta a los dos mandatos encargados a ENQA en el Comunicado de Berlín de septiembre del 2003 para desarrollar un conjunto acordado de criterios, procedimientos y directrices en garantía de calidad y para explorar la forma de asegurar un sistema adecuado de revisión por pares para la garantía de calidad y/o para las agencias u organismos de acreditación. El informe consta de cuatro capítulos. Tras el capítulo de introducción sobre el contexto, objetivos y principios, se incluyen otros capítulos sobre criterios y directrices para la garantía de calidad (2), sobre un sistema de revisión por pares para las agencias de garantía de calidad y sobre las perspectivas y retos futuros. Los resultados y recomendaciones principales del proyecto son: Deberán existir criterios europeos para la garantía de calidad interna y externa y para las agencias externas de garantía de calidad. Las agencias europeas de garantía de calidad deberán someterse a una revisión cíclica en el plazo de cinco años. La subsidiariedad tendrá un papel fundamental, llevándose a cabo revisiones a nivel nacional en la medida de lo posible. Se creará un Registro Europeo de agencias de garantía de calidad. Un Comité del Registro Europeo actuará como responsable de la inclusión de las agencias en el registro. Se establecerá un Foro Consultivo Europeo para la Garantía de Calidad en la Educación Superior. Cuando se pongan en práctica las recomendaciones: Mejorará la coherencia de la garantía de calidad en todo el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) mediante la utilización de criterios y directrices acordadas conjuntamente. Las instituciones de educación superior y las agencias de garantía de calidad en toda el EEES podrán utilizar elementos comunes de referencia para la garantía de calidad. El Registro facilitará la identificación de agencias profesionales y con credibilidad. Se fortalecerán los procedimientos para el reconocimiento de las titulaciones. Aumentará la credibilidad del trabajo de las agencias de garantía de calidad. 1 La Asamblea general de ENQA confirmó el 4 de noviembre de 2004 el cambio de nombre de la antigua Red Europea en Asociación Europea. 2 El término garantía de calidad utilizado en este Informe incluye procesos tales como la evaluación, la acreditación y la auditoria. 5

6 Se ampliará el intercambio de puntos de vista y experiencias entre agencias y otros participantes clave (entre los que se incluyen las instituciones de educación superior, los estudiantes y los representantes de los agentes económicos y sociales) mediante el trabajo del Foro Consultivo Europeo para la Garantía de Calidad en la Educación Superior. Aumentará la confianza mutua entre instituciones y agencias. Se posibilitará el camino hacia el reconocimiento mutuo. Lista resumida de los criterios europeos para garantía de calidad Esta lista resumen de las criterios europeos para garantía de calidad en la educación superior se ha extraído del Capítulo 2 del Informe y se ha incluido aquí para facilitar su consulta, omitiendo las directrices que acompañan cada criterio. Los criterios están organizados en tres partes que cubren la garantía interna de calidad en las instituciones de educación superior, la garantía externa de calidad en la educación superior y la garantía de calidad de las agencias de garantía externa de calidad. Parte 1: Criterios y directrices europeas para la garantía interna de calidad en las instituciones de educación superior 1.1. Política y procedimientos para la garantía de calidad: Las instituciones deben tener una política y unos procedimientos asociados para la garantía de calidad y criterios para sus programas y títulos. Asimismo, deben comprometerse de manera explícita en el desarrollo de una cultura que reconozca la importancia de la calidad y de la garantía de calidad en su trabajo. Para lograr todo esto, las instituciones deben desarrollar e implantar una estrategia para la mejora continua de la calidad. La estrategia, la política y los procedimientos deben tener un rango formal y estar públicamente disponibles. Deben contemplar también el papel de los estudiantes y de otros agentes implicados Aprobación, control y revisión periódica de los programas y títulos: Las instituciones deberían disponer de mecanismos formales para la aprobación, revisión periódica y control de sus programas y títulos Evaluación de los estudiantes: Los estudiantes deben ser evaluados utilizando criterios, normas y procedimientos que estén publicados y que sean aplicados de manera coherente Garantía de calidad del profesorado: Las instituciones deben disponer de medios que garanticen que el personal docente está capacitado y es competente para su trabajo. Esos medios deben darse a conocer a quienes lleven a cabo evaluaciones externas y serán recogidos en los informes Recursos de aprendizaje y apoyo a los estudiantes: Las instituciones deben garantizar que los recursos disponibles para apoyar el aprendizaje de los estudiantes son adecuados y apropiados para cada uno de los programas ofrecidos. 6

7 1.6. Sistemas de información: Las instituciones deben garantizar que recopilan, analizan y utilizan información pertinente para la gestión eficaz de sus programas de estudio y otras actividades Información pública: las Instituciones deben publicar con regularidad información actualizada, imparcial y objetiva, tanto cuantitativa como cualitativa, sobre los programas y títulos que ofrecen. Parte 2: Criterios y directrices europeas para la garantía externa de calidad de la educación superior 2.1.Utilización de procedimientos de garantía interna de calidad: Los procedimientos de garantía externa de calidad deben tener en cuenta la eficacia de los procesos de garantía interna de calidad descritos en la parte 1 de los Criterios y Directrices Europeas. 2.2.Desarrollo de procesos de garantía externa de calidad: Las finalidades y objetivos de los procesos de garantía de calidad deben ser determinados por parte de todos sus responsables (incluidas las instituciones de educación superior) antes del desarrollo de los propios procesos, y deben publicarse con una descripción de los procedimientos que van a utilizarse. 2.3.Criterios para las decisiones: Las decisiones formales adoptadas como resultado de una actividad de garantía externa de calidad deben basarse en criterios explícitos publicados con anterioridad que han de ser aplicados coherentemente. 2.4.Los procesos se adecuan a su propósito: Todos los procesos de garantía externa de calidad deben diseñarse específicamente con el fin de asegurar su idoneidad de cara a lograr las finalidades y objetivos fijados. 2.5.Informes: Los informes deben ser publicados y han de ser redactados en un estilo que sea claro y fácilmente asequible para sus destinatarios. Las decisiones, opiniones o recomendaciones contenidas en los informes deben ser fácilmente localizables para el lector. 2.6.Procedimientos de seguimiento: Los procesos de garantía de calidad que contengan recomendaciones para la acción o que requieran un plan de actuación subsiguiente, deben incluir un procedimiento de seguimiento predeterminado que sea aplicado de manera coherente. 2.7.Revisiones periódicas: La garantía externa de calidad de instituciones y/o programas debe llevarse a cabo de una manera periódica. La duración del ciclo y los procedimientos de revisión que van a utilizarse deben estar claramente definidos y ser publicados con antelación. 2.8.Análisis de todo el sistema: Periódicamente, las agencias de garantía de calidad deben editar informes-resumen que describan y analicen los resultados de sus revisiones, evaluaciones, valoraciones, etc. 7

8 Parte 3: Criterios y directrices europeas para las agencias de garantía externa de calidad 3.1. Utilización de procedimientos de garantía externa de calidad para la educación superior: Las agencias de garantía externa de calidad deben tener en cuenta la existencia y efectividad de los procesos de garantía externa de calidad descritos en la Parte 2 de los Criterios y Directrices Europeas Rango oficial: Las agencias deben ser reconocidas formalmente por las autoridades públicas competentes en el EEES como agencias con responsabilidades en la garantía externa de calidad y deben tener una base legal establecida y cumplir con los requisitos de las jurisdicciones legislativas en las que operen Actividades: Las agencias deben llevar a cabo actividades de garantía externa de calidad (a nivel institucional o de programas) de una manera regular Recursos: Las agencias deben disponer de recursos adecuados y proporcionales, tanto humanos como financieros, que les permitan organizarse y ejecutar sus procesos de garantía externa de calidad de una manera eficaz y eficiente, y disponer de todo lo necesario para el desarrollo de sus procesos y procedimientos Declaración de la misión: Las agencias deben tener unas metas y unos objetivos claros y explícitos para su trabajo, incluidos en una declaración de misión que esté públicamente disponible Independencia: Las agencias deben ser independientes de modo que tengan una responsabilidad autónoma por su funcionamiento y que terceras partes, tales como las instituciones de educación superior, ministerios u otros agentes implicados, no puedan influir en las conclusiones y recomendaciones que hagan en sus informes 3.7. Criterios y procesos de garantía externa de calidad utilizados por las agencias: Los procesos, criterios y procedimientos utilizados por las agencias deben definirse previamente y estar disponibles públicamente. Se espera que estos procesos incluyan normalmente: una auto-evaluación o procedimiento equivalente por parte del sujeto del proceso de garantía de calidad; una evaluación externa realizada por un grupo de expertos que incluya, cuando sea apropiado, uno o más estudiantes y visitas in situ según criterio de la agencia. publicación de un informe que incluya las decisiones, recomendaciones u otros resultados formales; un procedimiento de seguimiento para revisar las acciones llevadas a cabo por el sujeto del proceso de garantía de calidad a la luz de las recomendaciones contenidas en el informe. 3.8 Procedimientos de Responsabilidad: Las agencias deben disponer de procedimientos para rendir cuentas. 8

9 1 Contexto, Objetivos y Principios En el Comunicado de Berlín de 19 de septiembre de 2003, los ministros de los estados europeos signatarios del proceso de Bolonia invitaron a ENQA a través de sus miembros, en cooperación con EUA, EURASHE, y ESIB, a que desarrollase un conjunto consensuado de criterios, procedimientos y directrices en garantía de calidad y a explorar los medios para asegurar un sistema adecuado de revisión por pares para la garantía de calidad y/o para las agencias u organismos de acreditación y para informar sobre estos desarrollos a los ministros en el año 2005 mediante el Grupo de Seguimiento de Bolonia (Bologna Follow-Up Group). Los Ministros también solicitaron a ENQA que tuviese debidamente en cuenta la experiencia de otras asociaciones y redes de garantía de calidad. ENQA aceptó con agrado esta oportunidad de realizar una importante contribución al desarrollo de la Dimensión Europea en garantía de calidad y, de ese modo, promover los objetivos del Proceso de Bolonia. El trabajo ha implicado a muchas organizaciones y grupos de interés. En primer lugar, los miembros de ENQA han estado profundamente implicados en el proceso. Han participado en grupos de trabajo y los informes elaborados han sido elementos en la agenda de las Asambleas Generales de ENQA en junio y noviembre de En segundo lugar, la European University Association (EUA), la European Association of Institutions in Higher Education (EURASHE), las National Unions of Students in Europe (ESIB), y la Comisión Europea han participado mediante reuniones periódicas en el Grupo E4. En tercer lugar, los contactos y contribuciones de otras redes, tales como el European Consortium for Accreditation (ECA) y la Central and Eastern European Network of Quality Assurance Agencies (CEE Network), han sido especialmente valiosos en el proceso de elaboración. Finalmente, ENQA y sus socios han hecho amplio uso de sus contactos y experiencias individuales a nivel internacional, asegurando así que en el proceso se tenían en cuenta los puntos de vista internacionales más significativas. La garantía de calidad en la educación superior en absoluto es sólo una preocupación europea. En todo el mundo se manifiesta un creciente interés en la calidad y en los criterios, que refleja el rápido crecimiento de la educación superior y su coste para el erario público y para el privado. Por consiguiente, si Europa desea lograr su aspiración de convertirse en la economía basada en el conocimiento más dinámica del mundo (Estrategia de Lisboa), la educación superior europea necesita demostrar que toma en serio la calidad de sus programas y títulos y que se compromete a poner en marcha los medios que aseguren y demuestren esa calidad. Las iniciativas y demandas, que están surgiendo tanto dentro como fuera de Europa para hacer frente a esta internacionalización de la educación superior, exigen una respuesta. El compromiso de todos aquellos implicados en la elaboración de estas propuestas es un buen augurio para el logro de una dimensión verdaderamente europea de la garantía de calidad que permita reforzar el atractivo de la oferta de educación superior del EEES. Las propuestas contenidas en este informe se basan en los principios que se describen con 9

10 más detalle en los dos capítulos que se refieren a las dos partes del Comunicado de Berlín. No obstante, algunos principios fundamentales deben impregnar la totalidad del trabajo: los intereses de los estudiantes así como los de los empleadores y los de la sociedad en general la gran importancia de la autonomía institucional, matizada por el reconocimiento de que ésta conlleva grandes responsabilidades; la necesidad de que la garantía externa de calidad se ajuste a sus propósitos y de encomendar a las instituciones únicamente la carga necesaria y apropiada para el logro de sus objetivos. El EEES, con sus 40 estados, se caracteriza por la diversidad de sus sistemas políticos, de sus sistemas de educación superior, sus tradiciones socioculturales y educativas, idiomas, aspiraciones y expectativas. Todo esto hace que una aproximación única y monolítica a la calidad, a los criterios y a la garantía de calidad en la educación superior, sea totalmente inapropiada. A la luz de esta diversidad y variedad, que es generalmente reconocida como una de las glorias de Europa, el informe rechaza una aproximación de los criterios estrecha, prescriptiva y sumamente formalizada. Tanto en los criterios como en las directrices, el informe prefiere el principio genérico al requisito específico. Y esto es así porque cree probable que esta aproximación será más ampliamente aceptada en primera instancia y porque proporcionará una base más sólida para el acercamiento de las diferentes comunidades de educación superior en todo el EEES. Los criterios genéricos de los criterios encontrar un eco general en el nivel nacional de muchos estados signatarios. Sin embargo, una consecuencia del principio genérico es que los criterios y directrices se centran más en lo que debería hacerse que en cómo debería lograrse. De esta manera, aunque el informe incluye asuntos de procedimiento, se ha dado prioridad a los criterios y directrices, especialmente en el Capítulo 2. Por ultimo, debe señalarse que el hecho de haber conseguido un acuerdo sobre este informe no quiere decir que se haya alcanzado el objetivo de Bolonia de una Dimensión Europea de la garantía de calidad para el EEES. Hay mucho trabajo por delante para poner en práctica las recomendaciones del informe y para asegurar la cultura de calidad que éste implica tanto entre las instituciones de educación superior como entre las agencias de garantía externa de calidad. 3 A lo largo de todo el informe, el término nacional también incluye el contexto regional con relación a las agencias de garantía de calidad, los contextos nacionales y autoridades, etc. 10

11 2 Criterios y Directrices Europeas El mandato de los ministros para desarrollar un conjunto consensuado de criterios, procedimientos y directrices en garantía de calidad plantea cierto número de cuestiones importantes. Garantía de calidad es un término genérico en la educación superior que se presta a muchas interpretaciones: no es posible utilizar una sola definición para abarcar todos los matices. Del mismo modo, la palabra criterios se emplea de muchas maneras diferentes de un extremo a otro de Europa, que van desde declaraciones de requisitos definidos en detalle hasta descripciones más generalizadas de buenas prácticas. Las palabras también tienen significados muy diferentes en los contextos locales de los sistemas nacionales de educación superior. Además, el propio proceso de elaboración del informe ha puesto en evidencia que dentro de la misma comunidad de garantía de calidad, existen algunas diferencias bastante fundamentales acerca de la adecuada relación que deberían establecer las instituciones de educación superior y sus evaluadores externos. Algunos, sobre todo pertenecientes a agencias que acreditan programas o instituciones, adoptan el punto de vista de que la garantía externa de calidad es esencialmente un asunto de defensa del usuario, que requiere el establecimiento una clara distancia entre la agencia de garantía de calidad y las instituciones de educación superior cuyo trabajo evalúan aquellas, mientras que otras agencias opinan que el principal propósito de la garantía externa de calidad ha de ser la provisión de consejo y orientación en la búsqueda de mejoras en los criterios y la calidad de los programas de estudio y los títulos asociados a éstos. En este último caso se requiere una estrecha relación entre los evaluadores y los evaluados. Aún hay otros que desean adoptar una posición intermedia, buscando un equilibrio entre la responsabilidad y la mejora. No son sólo las agencias de garantía de calidad las que tiene diferentes puntos de vista sobre estos temas. Los intereses de las instituciones de educación superior y las organizaciones representativas de los estudiantes no son siempre los mismos, ya que las primeras buscan un nivel más alto de autonomía con un mínimo de regulaciones o evaluaciones externas (y eso ocurre a nivel de la institución de su totalidad) y los últimos quieren que las instituciones sean públicamente responsables mediante frecuentes inspecciones tanto en el ámbito de los programas como de los títulos académicos. Por último, los criterios y directrices abordan únicamente los tres ciclos de la educación superior descritos en la Declaración de Bolonia y no pretenden abarcar el área de investigación ni de la gestión de la institución. Antecedentes de los criterios y directrices Este apartado del informe contiene un conjunto de propuestas en relación con criterios y directrices de garantía de calidad en el EEES. Los criterios y directrices se han diseñado para que puedan aplicarse en todas las instituciones de educación superior y las agencias de garantía de calidad en Europa, independientemente de su estructura, función y tamaño y del sistema nacional en el que se encuentren. Como se ha dicho anteriormente, no se ha 11

12 considerado apropiado incluir "procedimientos detallados en las recomendaciones de este capítulo del informe, dado que los procedimientos de las instituciones y de las agencias constituyen un elemento importante de su autonomía. Serán las propias instituciones y agencias las que, cooperando dentro de sus contextos individuales, decidan las consecuencias en el procedimiento derivadas de la adopción de los criterios contenidos en este informe. Como punto de partida, los criterios y directrices aprueban el espíritu de la Declaración de Graz, de Julio de 2003, de la European University Association (EUA), que afirma que el propósito de una Dimensión Europea de la garantía de calidad es la promoción de la confianza mutua y la mejora de la transparencia, al mismo tiempo que respeta la diversidad de los contextos nacionales y áreas de conocimiento. En consonancia con la Declaración de Graz, las criterios y directrices contenidas en este informe reconocen la primacía de los sistemas nacionales de educación superior, la importancia de la autonomía de las instituciones y de las agencias dentro de esos sistemas nacionales y los requisitos específicos de las diferentes áreas académicas. Además de esto, los criterios y directrices deben mucho a la experiencia obtenida durante el proyecto piloto Transnational European Evaluation Project (TEEP), coordinado por ENQA, que ha investigado en tres disciplinas las implicaciones operativas de un proceso transnacional europeo de evaluación de la calidad. Los criterios y directrices también tienen en cuenta el estudio de convergencia en la calidad publicado por ENQA en marzo de 2005 que ha examinado las razones que explican las diferencias entre las diversas aproximaciones nacionales a la garantía externa de calidad y las limitaciones para su convergencia. También reflejan la declaración de los ministros en el Comunicado de Berlín que consecuente con el principio de autonomía institucional, la responsabilidad primera respecto la garantía de calidad en la educación superior descansa en cada institución, lo que proporciona la base para una responsabilidad real del sistema académico dentro del marco nacional de calidad". En estos criterios y directrices se ha buscado, por tanto, un equilibrio adecuado entre la creación y el desarrollo de culturas de calidad internas y el papel que deberían desempeñar los procedimientos de garantía externa de calidad. Además, para los criterios y directrices han sido especialmente útiles el Código de Buenas Prácticas publicado en diciembre de 2004 por el European Consortium for Accreditation (ECA), y otras perspectivas incluidas en la Declaración sobre un conjunto consensuado de criterios, procedimientos y directrices a nivel europeo" (Abril 2004) y de la Declaración sobre revisión por pares de las agencias de garantía de calidad y de acreditación (Abril 2004) de ESIB, de la Posición sobre política en garantía de calidad del Comunicado de Berlín (Abril 2004) de la EUA y de la Declaración Política sobre el Proceso de Bolonia (Junio 2004 de EURASHE). Por ultimo, se ha incluido una perspectiva internacional mediante la comparación de criterios sobre garantía externa de calidad con las Directrices para buenas prácticas que están siendo desarrolladas por la red internacional INQAAHE. 12

13 Introducción a las Partes 1 y 2: Criterios y directrices europeas para la garantía interna y externa de calidad en la educación superior Los criterios y directrices para la garantía interna y externa de calidad que se recogen a continuación, han sido desarrollados para que sean utilizadas por las instituciones de educación superior y las agencias de garantía de calidad que trabajan en el EEES y cubren áreas clave relacionadas con la calidad y los criterios. La finalidad de estos criterios y directrices es proporcionar una fuente de apoyo y orientación tanto a las instituciones de educación superior que están desarrollando sus propios sistemas de garantía de calidad como a las agencias de garantía externa de calidad, así como el contribuir a un marco de referencia común que pueda ser utilizado tanto por las instituciones como por las agencias. En modo alguno se pretende que estos criterios y directrices dicten la práctica o se interpreten como obligatorias o inmodificables. En algunos países del EEES el ministerio de educación o una organización equivalente tiene la responsabilidad de algunas de las áreas cubiertas por los criterios y directrices. Donde sea el caso, dicho ministerio u organización debería asegurar que se han puesto a punto los mecanismos apropiados de garantía de calidad y que los mismos están sujetos a revisiones independientes. Principios básicos Los criterios y directrices se basan en un cierto número de principios básicos, tanto externos como internos, sobre la garantía de calidad en la educación superior en el EEES. Entre estos principios se incluyen: Las instituciones de educación superior son las responsables fundamentales de la calidad de sus ofertas y de la garantía de su calidad; han de salvaguardarse los intereses de la sociedad respecto a la calidad y los criterios de la educación superior; es necesario que se desarrolle y mejore la calidad de los programas académicos destinados a los estudiantes y otros beneficiarios de la educación superior en todo el EEES; son necesarias estructuras organizativas eficaces y eficientes en las que se ofrezcan y desarrollen dichos programas académicos; la transparencia y la utilización de expertos externos son importantes en los procesos de garantía de calidad; debe promoverse una cultura de calidad dentro de las instituciones de educación superior; deben desarrollarse procesos mediante los que las instituciones de educación superior puedan demostrar su responsabilidad, incluida la rendición de cuentas por la inversión de fondos públicos y privados; la garantía de calidad enfocada a la rendición de cuentas es plenamente compatible con la garantía de calidad con finalidades de mejora; las instituciones deben ser capaces de demostrar su calidad tanto a nivel nacional como internacional; los procesos utilizados deben ser compatibles con la diversidad y la innovación. 13

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