CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

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1 BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orn ECD/35/2013, 20 marzo, por la que se establecen las bases y se convocan procedmentos selectvos para el ngreso al Cuerpo Maestros así como para la adquscón nuevas especaldas, y se efectúa la convocatora para la elaboracón lstas asprantes a sempeñar puestos en régmen nterndad en dcho Cuerpo. La Ley Cantabra 4/1993, 10 marzo (Boletín Ofcal Cantabra 1 abrl), en su artículo 13. bs. 1.d), atrbuye a la Consejería competente en matera Educacón, la competenca para realzar, en relacón con los cuerpos docentes, la convocatora las pruebas selectvas, sgnacón los trbunales calfcadores, así como para su resolucón. Medante el Decreto 2/2013, 14 febrero, el Consejo Goberno Cantabra aprueba la oferta empleo públco para el año 2013 corresponnte a cuerpos docentes y autorza a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, la convocatora los corresponntes procesos selectvos. El Real Decreto 276/2007, 23 febrero, aprueba el Reglamento ngreso, accesos y la adquscón nuevas especaldas en los cuerpos docentes a que se refere la Ley Orgánca 2/2006, Educacón, y regula el régmen transtoro ngreso a que se refere la dsposcón transtora cmoséptma la ctada ley. El Real Decreto 1594/2011, 4 novembre («Boletín Ofcal l Estado» 9 novembre) establecó las especaldas docentes l Cuerpo Maestros que sempeñen sus funcones en las etapas Educacón Infantl y Educacón Prmara reguladas en la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón. Una vez trascurrdo el plazo establecdo en la dsposcón transtora cmoséptma la Ley Orgánca 2/2006, Educacón, proce aplcar, en cuanto al sstema ngreso, el Título III l ctado Real Decreto 276/2007, 23 febrero. La referda Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón, en su dsposcón adconal duodécma, prevé que el sstema ngreso en la funcón públca docente será el concursooposcón. El artículo 3 l Reglamento ngreso, accesos y adquscón nuevas especaldas en los cuerpos funconaros docentes a los que se refere la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, establece que las admnstracones públcas convocantes, una vez aprobadas sus respectvas ofertas empleo, procerán a realzar las convocatoras para la provsón plazas autorzadas en las menconadas ofertas empleo, con sujecón, en todo caso, a las normas Funcón Públca que les sean aplcacón. En consonanca con lo anterormente expuesto, y en cumplmento lo establecdo en los artículos 9 y sguentes l referdo Reglamento, una vez oídas las organzacones sndcales con presenca en la Junta Personal Docente y acuerdo con lo establecdo en la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, DISPONGO Artículo prmero. Objeto La presente Orn tene por objeto establecer las bases y convocar procedmento selectvo ngreso al Cuerpo Maestros, regular el procedmento para la adquscón nuevas especaldas por los funconaros carrera l menconado Cuerpo, así como efectuar Pág /49

2 BOLETÍN OFICIAL DE convocatora para la elaboracón lstas asprantes a sempeñar puestos en régmen nterndad, acuerdo con las sguentes bases: TÍTULO I Procedmento Ingreso Base 1. Normas generales Se convocan pruebas selectvas para cubrr, en la Comundad Autónoma Cantabra, 90 plazas l Cuerpo Maestros (códgo 0597). La dstrbucón las plazas convocadas, sstema cobertura y especaldas es la sguente: Cuerpo Maestros: Códgo 0597 Especaldad: Educacón Infantl. Códgo especaldad: EL. Lbre: 54. Reserva dscapacdad: 6. Total: 60. Especaldad: Prmara. Códgo especaldad: PRI. Lbre: 27. Reserva dscapacdad: 3. Total: 30. Total lbre: 81. Total reserva dscapacdad: 9. Total: 90. Se reservan 9 plazas l total las ofertadas, para ser cubertas por quenes tengan la condcón personas con dscapacdad. En esta convocatora, las plazas no cubertas en dcho turno, sea cual sea el porcentaje personas con dscapacdad que las superen, se acumularán al turno lbre. Dado que en el anteror proceso selectvo no se cubreron en su totaldad las plazas ofertadas para este turno, proce el ncremento las no cubertas, no superando el límte máxmo establecdo l 10% respecto l total plazas que se convocan. En el supuesto que las plazas reservadas al turno dscapacdad no sean cubertas se acumularán al cupo l 5% la oferta sguente l Cuerpo Maestros, con un límte máxmo l 10%, respecto l total plazas que se convoquen Al presente procedmento selectvo le serán aplcacón el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, por el que se aprueba el Reglamento ngreso, accesos y adquscón nuevas especaldas en los cuerpos docentes a que se refere la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón, y se regula el régmen transtoro ngreso a que se refere la Dsposcón transtora cmoséptma la ctada Ley, modfcado por el Real Decreto 48/2010, Pág /49

3 BOLETÍN OFICIAL DE 22 enero,, las más dsposcones general aplcacón, así como lo dspuesto en la presente convocatora La duracón las pruebas corresponntes a los procedmentos selectvos convocados por la presente Orn no excerá ses meses contados a partr la fecha nco las msmas Las pruebas selectvas que se convocan por la presente Orn tendrán lugar en la Comundad Autónoma Cantabra. Base 2. Requstos los canddatos Para ser admtdos a los procedmentos selectvos los asprantes berán reunr los sguentes requstos: 2.1. Requstos generales. A) Ser español o naconal alguno los más Estados membros la Unón Europea o naconal algún Estado, al que sea aplcacón la Drectva 2004/38/CE l Parlamento Europeo sobre la lbre crculacón trabajadores y la norma que se dcta para su ncorporacón al ornamento jurídco español, en concreto, lo establecdo en el art. 57 la Ley 7/2007, 12 abrl, l Estatuto Básco l Empleado Públco. B) Tener cumpldos los cocho años y no haber alcanzado la edad establecda, con carácter general, para la jublacón. C) No pacer enfermedad n estar afectado por lmtacón físca o psíquca ncompatble con el sempeño las funcones corresponntes al Cuerpo y especaldad a los que se opta. D) No haber sdo separado medante expente dscplnaro l servco cualquera las Admnstracones Públcas, n hallarse nhabltado para el ejercco funcones públcas. Los asprantes a los que se refere el punto A) este apartado, cuya naconaldad no sea la española, berán acredtar gualmente no estar sometdos a sancón dscplnara o conna penal que mpda, en su Estado, el acceso a la funcón públca. E) No ser funconaro carrera, funconaro en práctcas o estar pennte l corresponnte nombramento como funconaro carrera l msmo Cuerpo al que se pretenda ngresar, salvo que se concurra a los procedmentos para la adquscón nuevas especaldas a las que se refere el Título III esta convocatora Requstos específcos para partcpar por el procedmento ngreso lbre. Amás los requstos generales que se establecen en el apartado anteror, los asprantes berán reunr los requstos específcos sguentes: a) Estar en posesón l ttulo Maestro, Dplomado en Profesorado Educacón General Básca, Maestro Prmera enseñanza, Maestro Enseñanza Prmara o Título Grado corresponnte. En el caso que dchas ttulacones se hayan obtendo en el extranjero, berá haberse conceddo la corresponnte homologacón según lo establecdo en el Real Decreto 285/2004, 20 febrero, o su reconocmento al amparo lo establecdo por la Drectva 89/48/CEE y por el Real Decreto 1837/2008, 8 novembre, o más normatva vgente en el momento la publcacón la presente convocatora Requstos específcos para partcpar por la reserva dscapacdad acredtada. Podrán partcpar por este procedmento aquellos asprantes que, amás reunr las condcones generales y específcas exgdas para el ngreso lbre en cada uno los cuerpos convocados, tengan reconocda, por los órganos competentes, una dscapacdad cuyo grado mnusvalía sea gual o superor al 33%, sempre que ello no sea ncompatble con el ejercco la docenca, conformdad con lo establecdo en la Ley 53/2003, 10 dcembre, sobre empleo públco dscapactados. Pág /49

4 BOLETÍN OFICIAL DE La opcón por la reserva dscapacdad habrá formularse en la solctud partcpacón, con claracón expresa reunr la condcón exgda al respecto, que se acredtará en el momento la solctud medante certfcacón los órganos competentes cada Comundad Autónoma. No obstante, s en la realzacón las pruebas se susctaran dudas al trbunal respecto la capacdad l asprante para el sempeño las actvdas habtualmente sarrolladas por los funconaros l Cuerpo al que opta, el trbunal podrá recabar el corresponnte dctamen l órgano competente al que se refere el apartado anteror. En este caso, y hasta tanto se emta el dctamen, el asprante podrá segur partcpando condconalmente en el proceso selectvo, quedando en suspenso la resolucón fntva sobre la admsón o exclusón en el proceso hasta la recepcón dcho dctamen. El procedmento selectvo se realzará en condcones gualdad con los asprantes ngreso lbre, sn perjuco las adaptacones prevstas en la base 5.8. Los asprantes que partcpen por esta reserva no podrán concurrr a la msma especaldad por el sstema ngreso lbre. Asmsmo, sólo podrán concurrr a una únca especaldad por este sstema Requstos específcos para los asprantes que no posean la naconaldad española. Para ser admtdos al proceso selectvo, los asprantes que no posean la naconaldad española, berán acredtar un conocmento acuado castellano, en la forma establecda en la base Fecha en la que se ben poseer estos requstos. Todos los requstos enumerados en esta base 2 berán poseerse en el día fnalzacón l plazo presentacón solctus y mantenerse hasta el momento la toma posesón como funconaro carrera. Base 3. Solctus 3.1. Forma. Quenes seen tomar parte en el presente proceso selectvo berán cumplmentar el formularo electrónco que consta como anexo IX, habltado al efecto en el la págna Web la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, ( Profesorado - Procesos Selectvos 2013), envándolo a través Internet, según el procedmento establecdo en el manual usuaro que se publcará a tal efecto en la ctada págna Web y que consta como Anexo VII. La cumplmentacón nformátca la solctud no susttuye la oblgatoredad la presentacón la msma en los regstros corresponntes, por lo que el partcpante berá mprmr tres copas, la prmera para el órgano convocante (ejemplar que se presentará en el lugar señalado en la base 3.9, junto con la pertnente documentacón), la segunda para el nteresado y la tercera para la entdad pósto corresponnte En la solctud se consgnarán el códgo l Cuerpo, el la Especaldad y el l procedmento ngreso por el que partcpe entre los que fguran en esta convocatora. Su no consgnacón termnará la exclusón l asprante. No podrá presentarse más una solctud, a no ser que se opte a más una especaldad, no pudéndose garantzar, en este últmo caso, que no exsta concnca en alguna las pruebas, dada la npennca los trbunales. En este caso, los asprantes habrán presentar tantas solctus y documentacón justfcatva mértos como número especaldas a las que opten Instruccones para cumplmentar el formularo electrónco solctud Venen recogdas en el Manual Usuaro que se publca como Anexo VII esta convocatora y que se podrá scargar l propo formularo A los asprantes cuyos datos personales obren en por la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, la aplcacón nformátca los cargará automátcamente en el formularo Pág /49

5 BOLETÍN OFICIAL DE solctud. En el caso que alguno ellos no sea correcto, los nteresados podrán modfcarlos, tenendo en cuenta que los nuevos datos ntroducdos quedarán ncorporados a su expente personal a todos los efectos Los asprantes con dscapacdad que seen acogerse a lo prevsto en la base 2.3 berán ndcar en el recuadro corresponnte la solctud el porcentaje dscapacdad que tenen reconocda. Asmsmo, berán solctar las posbles adaptacones tempos y medos que necesten para la realzacón los ejerccos en que esta adaptacón sea necesara, ndcando esta crcunstanca en el recuadro corresponnte la solctud Los asprantes que no posean la naconaldad española berán consgnar necesaramente su naconaldad en el Anexo III esta convocatora, así como s, conformdad con lo dspuesto en la base 6.1., se hallan exentos o no exentos la realzacón la prueba preva acredtacón l conocmento l doma castellano a que se refere el apartado prectado. Dchos asprantes consgnarán en el prmer apartado la solctud partcpacón el número completo l documento que acredta su ntdad l país corresponnte Aquellos asprantes que, en el caso no superar el procedmento selectvo, seen permanecer o ser ncludos en las lstas asprantes a nterndad, en cualquera las dos especaldas convocadas, que se elaborarán posterormente, berán hacerlo constar en el recuadro corresponnte la nstanca Tasas. De conformdad con lo dspuesto en el Anexo I la Ley Cantabra 10/2012, 26 dcembre, Meddas Fscales y Admnstratvas, que modfca el Anexo únco Tasas l Goberno Cantabra, aprobado por Ley 9/1992, 18 dcembre, Tasas y Precos Públcos, en el apartado corresponnte a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, los rechos examen para todos los opostores ascenn a 29,70 euros. Estos rechos examen se ngresarán en cualquera las ofcnas l Banco Santanr, en la cuenta corrente número , consgnando Pruebas selectvas para el ngreso en el Cuerpo Maestros. Estarán exentas l pago esta tasa las personas que se encuentren en stuacón sempleo, crcunstanca que acredtarán con la presentacón la cartlla mandante empleo, expedda con, al menos, un mes antelacón a la fecha la publcacón la convocatora l concurso-oposcón y bdamente renovada en su caso. La exencón no ncluye a quenes fguren nscrtos como mandantes mejora empleo. La Dreccón General Personal y Centros Docentes solctará nforme a los servcos públcos empleo sobre la stuacón sempleo los asprantes que aleguen esta exencón. La acredtacón l pago la tasa corresponnte a los rechos examen se realzará medante certfcacón mecánca por medo mpresón máquna contable o medante el sello y frma autorzada en los tres ejemplares l molo. En caso que el pago se haya efectuado medante transferenca bancara s una entdad dstnta a la menconada en la convocatora, berá acompañarse a la solctud el resguardo orgnal acredtatvo haber pagado la tasa. La falta l abono los rechos examen termnará la exclusón l asprante, no sendo subsanable en el plazo reclamacones. En nngún caso la presentacón y pago en la entdad bancara supondrá la susttucón l trámte presentacón en tempo y forma la solctud ante el órgano menconado en la base Documentacón que berá acompañarse a la solctud. A) Documentacón carácter general. 1) La documentacón justfcatva para la valoracón los mértos a la que se hace referenca en el baremo que, como Anexo I, se acompaña a la presente convocatora, entendéndose que solamente se tomarán en consracón aquellos mértos bdamente justfcados a través la documentacón que se termna en la presente convocatora durante el plazo presentacón nstancas, no tenéndose en consracón otros documentos que no sean los expresamente ndcados, n los presentados fuera plazo o en fase reclamacón. Pág /49

6 BOLETÍN OFICIAL DE Los mértos alegados berán r separados en tres bloques, que se corresponn con los tres apartados l baremo mértos que consta como Anexo I a esta convocatora. Dchos apartados son: I.- Experenca docente preva. II.- Formacón académca. III.- Otros mértos. Todo ello be r preceddo la Hoja autobaremacón mértos que se señala en el punto 2 este apartado (A), así como una relacón los documentos acredtatvos los mértos alegados, ornada conforme a los tres apartados ctados, que se genera ntro l propo formularo electrónco solctud partcpacón. Respecto a la experenca docente preva los partcpantes que actualmente trabajen o en algún momento hayan trabajado en centros docentes públcos la Comundad Autónoma Cantabra, berán cumplmentar el anexo VIII, en el que harán constar los cuerpos en los que han prestado servcos docentes y con él solctarán la ncorporacón la corresponnte hoja servcos a la documentacón acredtatva los mértos o entregaran la que recentemente le ha sdo envada. En el apartado 3.1, Otros mértos l Anexo I (formacón permanente), se berá aportar una relacón las actvdas formacón realzadas, separadas según los apartados a) y b) l baremo, con expresón los sguentes datos: Nombre l curso o actvdad formatva. Número crédtos o, en su caso, número horas l msmo. Órgano convocante. En su caso, organsmo frmante la dlgenca homologacón corresponnte. Esta relacón podrá ser complementada o susttuda por el nforme actvdas formacón personal docente que está dsponble para los nteresados en la págna Web la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, ( servcos Web Educantabra-Regstro formacón). S el nforme actvdas formacón no recogera nngún dato l asprante, éste berá aportar toda la documentacón acredtatva dchos mértos, acompañándolo una relacón los msmos, en la que se ndquen los datos expuestos anterormente. S en el ctado nforme constaran todas las actvdas formacón que el nteresado sea aportar como mérto en este apartado, no exstendo nngún error en el ctado nforme, mprmrá una copa l msmo y consgnará su conformdad a lo allí expresado con la frma y fecha suscrpcón, aportándolo junto con el resto la documentacón. S el nforme actvdas formacón no recogera una parte las actvdas formacón que el nteresado sea aportar como mérto en este apartado, éste entregará la documentacón corresponnte a las actvdas formatvas que no consten en el nforme, junto con una relacón las msmas y una copa l ctado nforme en don consgne la expresón Adjunto nuevos cursos, suscrbendo dcho documento con la fecha y frma l nteresado. S el nforme actvdas formacón recoge alguna actvdad que el nteresado no ha realzado o la que no tene justfcacón documental, éste be tachar con una raya color rojo la nscrpcón dcha actvdad formacón y al pe l escrto consgnará la expresón solcto que no se computen las actvdas formatvas tachadas en rojo ya que, no hacerlo así, y en el caso resultar selecconado, podrá producrse lo señalado en la base En nngún caso, podrá ser alterado o modfcado el nforme las actvdas formacón que se posea, salvo con lo especfcado en este punto 1. La constanca una actvdad formacón en el Informe Actvdas no supone que la msma compute forma automátca como mérto para la presente convocatora, lo cual berá ser termnado por la Comsón Baremacón acuerdo con el baremo recogdo en el Anexo I. Pág /49

7 BOLETÍN OFICIAL DE 2) Hoja autobaremacón suscrta por cada asprante, cumplmentada ntro l propo formularo electrónco solctud partcpacón, con ndcacón la puntuacón los mértos que el asprante conce a cada uno los apartados. 3) A efectos valoracón l expente académco l título alegado, los asprantes cuyo título haya sdo obtendo en el extranjero, y que berán presentar en el plazo presentacón solctus, tendrán un plazo adconal qunce días hábles a partr que expre el presentacón nstancas, para aportar certfcacón expedda por la Admnstracón educatva l país en que se obtuvo el título. En la certfcacón berá ndcarse expresamente la nota meda ducda las calfcacones obtendas en toda la carrera y se berá expresar, amás, la calfcacón mínma y máxma obtenble acuerdo con el sstema académco corresponnte, a efectos termnar su posble equvalenca con las españolas, que tambén berá ser aportada. B) Documentacón carácter específco. 1) Fotocopa l Documento Naconal Intdad en vgor. Este documento se entregará en papel DIN A4. Los asprantes naconales un estado membro la Unón Europea que no posean la naconaldad española berán presentar dos fotocopas l documento que acredte su naconaldad. Los asprantes que no sean naconales un estado membro la Unón Europea, pero reúnan los requstos para el ngreso en el cuerpo docente a que se refere ésta convocatora, berán remtr, amás, su permso resnca. 2) Fotocopa l título alegado para partcpar en el concurso-oposcón o, en el caso aquéllos que no posean la naconaldad española, certfcacón académca susttutva, expedda por el Rector corresponnte, junto con la crencal que acredta su homologacón o la crencal l reconocmento para el ejercco la profesón maestro en aplcacón la Drectva 89/48/CEE y l Real Decreto 285/2004, 20 febrero. 3) Orgnal l resguardo acredtatvo haber pagado la tasa corresponnte, s no se hubera utlzado el procedmento mpresón mecánca establecdo, o documento justfcatvo estar exento la msma. 4) Declaracón jurada o promesa no haber sdo separado medante expente dscplnaro l servco nnguna Admnstracón Públca, n estar sometdo a sancón dscplnara o conna penal que mpda, en su Estado, el acceso a la Funcón Públca, conforme el Anexo IV. 5) Los asprantes que no posean la naconaldad española y cuyos estados no tengan como lengua ofcal el castellano y que, conformdad con lo dspuesto en la base 6.2., estén exentos la realzacón la prueba preva acredtacón l conocmento l castellano berán aportar, a tal efecto, la documentacón acredtatva su exencón, a la que se refere dcha base. De no aportar la documentacón a la que se refere el párrafo anteror berán realzar la prueba establecda en la base ) Los asprantes que partcpen por el turno dscapacdad berán presentar certfcacón l órgano competente sobre su grado dscapacdad Solctus: forma, lugar y plazo presentacón. La solctud (ejemplar número 1, ejemplar para la Admnstracón), junto con el resto la documentacón que se ndca en el apartado 8, esta base, se drgrá al Consejero Educacón, Cultura y Deporte l Goberno Cantabra y se presentará en el regstro auxlar la Consejería, ubcado en la calle Vargas, nº 53, CP Santanr. Las solctus podrán presentarse, asmsmo, en las ofcnas a las que se refere el artículo la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. En el caso que se opte por presentar la solctud ante una ofcna Correos, se hará en sobre aberto para que la nstanca sea fechada y sellada por el funconaro Correos antes ser certfcada. Las solctus suscrtas por los resntes en el extranjero podrán presentarse en el plazo señalado en la presente base, en las representacones dplomátcas o consulares españolas Pág /49

8 BOLETÍN OFICIAL DE corresponntes, quenes las remtrán segudamente al organsmo competente. El abono las tasas por rechos examen se hará por transferenca bancara a la cuenta reseñada en la base 3.8. En todo caso, berá acompañarse comprobante haber efectuado la transferenca. El plazo presentacón será vente días naturales, contados a partr l día sguente al la publcacón esta Orn en el Boletín Ofcal Cantabra Errores en las solctus. Los errores materales, hecho o artmétcos que puran advertrse podrán subsanarse en cualquer momento, ofco o a petcón l nteresado, conforme termna el artículo 135 la Ley 6/2002 Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra Subsanacón solctus. La Admnstracón requerrá al nteresado medante la publcacón las lstas provsonales admtdos para que, en el plazo z días hábles s la fecha su publcacón, subsane aquellos fectos esencales contendos en la nstanca partcpacón, consrándose éstos exclusvamente los consgnados en la base 3.8.B), s ben los asprantes berán reunr la totaldad los requstos en la fecha límte presentacón solctus. Base 4. Admsón asprantes 4.1. Lsta admtdos y excludos. Fnalzado el plazo presentacón solctus, la drectora general Personal y Centros Docentes la Consejería Educacón, Cultura y Deporte dctará resolucón en el plazo un mes, clarando ncalmente aprobada la lsta provsonal admtdos y excludos. En dcha resolucón, que berá publcarse en el Boletín Ofcal Cantabra, se ndcarán los lugares en que se encuentren expuestas al públco las lstas certfcadas completas asprantes admtdos y excludos, con ndcacón los asprantes que, no poseyendo la naconaldad española, ban acredtar el conocmento l castellano medante la realzacón la prueba a la que se hace referenca en la base 6.2. Dchas lstas se publcarán, en todo caso, en el Tablón anuncos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, ( - Profesorado - Procesos selectvos 2013). En la lsta, que se organzará por especaldas, berán constar los apelldos, nombre, número Documento Naconal Intdad o, el documento acredtatvo la naconaldad, s ésta no fuera la española, forma acceso por la que partcpa, así como, en el supuesto exclusón, la causa la msma Contra las lstas a las que se refere el apartado anteror, los asprantes podrán presentar reclamacón, en el plazo z días hábles contados a partr l sguente al su publcacón, o subsanar el fecto que haya motvado la exclusón. Asmsmo, aquellos asprantes que hayan tectado errores en la consgnacón sus datos personales podrán manfestarlo en este msmo plazo. Las alegacones se drgrán a la drectora general Personal y Centros Docentes y se presentarán en cualquera los regstros prevstos en la base 3.9. Las alegacones formuladas serán aceptadas o negadas por resolucón expresa, que berá publcarse en el Boletín Ofcal Cantabra, ndcando los lugares en que se encuentran expuestas al públco las lstas fntvas completas asprantes admtdos y excludos. Contra dcha resolucón, que no pone fn a la vía admnstratva, los nteresados podrán nterponer recurso alzada ante el Consejero Educacón, Cultura y Deporte, en el plazo un mes, conformdad con lo dspuesto en el artículo 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común. El hecho fgurar en la relacón admtdos no prejuzga que se reconozca a los nteresados la posesón los requstos exgdos en los procedmentos que se convocan medante Pág /49

9 BOLETÍN OFICIAL DE la presente Orn. Cuando la documentacón que, acuerdo con la base 10 ba presentarse en caso ser aprobado, se sprenda que los nteresados no poseen alguno los requstos, éstos caerán todos los rechos que puran rvarse su partcpacón en estos procedmentos. Base 5. Órganos seleccón 5.1. La seleccón los partcpantes en los dstntos procedmentos selectvos a los que se refere esta convocatora será realzada por los trbunales y, en su caso, por las Comsones Seleccón nombrados al efecto, sn perjuco lo prevsto en la base 6.3, respecto a los trbunales que han valorar la prueba preva conocmento l castellano Trbunales. Una vez publcada la lsta provsonal asprantes admtdos y excludos, la drectora general Personal y Centros Docentes procerá al nombramento los trbunales y las Comsones Seleccón Composcón. La composcón los trbunales será objeto publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra con anterordad a la celebracón los procedmentos selectvos. En las especaldas en que se nombre más un trbunal por especaldad, la drectora general Personal y Centros Docentes nombrará una Comsón Seleccón Componentes los trbunales. Los trbunales estarán ntegrados por: Un Presnte, sgnado drectamente por el Consejero Educacón, Cultura y Deporte, pertenecente a cuerpos docentes. Cuatro Vocales que serán sgnados por sorteo públco. Tanto el Presnte como los vocales berán ser funconaros carrera en stuacón servco actvo los cuerpos docentes y la especaldad corresponnte, y pertenecerán todos a Cuerpos gual o superor grupo clasfcacón que el que corresponda al Cuerpo al que optan los asprantes. Los vocales berán estar prestando servcos, durante el curso 2012/13 en la Comundad Autónoma Cantabra. De no resultar esto posble, la drectora general Personal y Centros Docentes podrá solctar profesorado la especaldad corresponnte a otras Admnstracones educatvas o sgnar ofco a los vocales corresponntes, que podrán ser funconaros carrera otros cuerpos docentes o dstntas especaldas. Se podrán nombrar tantos trbunales como resulte necesaro. Dada la dstrbucón por sexos profesores y profesoras en las plantllas l Cuerpo Maestros esta Comundad Autónoma y, sobre todo, el sequlbro exstente en alguna especaldad, se constata la mposbldad objetva pardad entre profesoras y profesores contemplada en el artículo 7 l Reglamento aprobado por Real Decreto 276/2007, 23 febrero, mantenéndose, por tanto, el sstema l sorteo. Este se realzará asgnando un número a cada uno los funconaros carrera la especaldad más numerosa las convocadas, efectuándose a contnuacón un sorteo aleatoro para elegr el número a partr l cual y por orn ascennte ( la A a la Z), se nombrará a todos los vocales ttulares cada especaldad, segudos los suplentes. El msmo apelldo resultante l sorteo se aplcará a la sgnacón vocales la otra especaldad convocada. A tales efectos, la drectora general Personal y Centros Docentes hará públco en el Tablón Anuncos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, el día y la hora en que se realzará el sorteo para la eleccón los vocales referdos anterormente y publcará los lstados sobre los que se haya efectuado el sorteo. Excepconalmente, cuando las característcas la especaldad así lo aconsejen, la drectora general Personal y Centros Docentes podrá sgnar drectamente a estos vocales entre funconaros otras especaldas e ncluso Pág /49

10 BOLETÍN OFICIAL DE otros cuerpos docentes, pundo nombrarse, en este caso, asesores especalstas, en los térmnos prevstos en el apartado 7.3. Actuará como Secretaro cada trbunal el vocal con menor antgüedad en el Cuerpo al que pertenezca, salvo que el trbunal acuer termnarlo otra manera. En el caso concurrenca las causas abstencón o recusacón prevstas en la base 5.5., los suplentes accerán a ser ttulares los trbunales, por el msmo orn alfabétco en que saleron relaconados y en el número que sea necesaro. En la sgnacón los trbunales se procurará que la mayoría sus membros sean ttulares la especaldad corresponnte Número trbunales necesaros. Se propondrá un número trbunales acor con el número opostores que han presentado solctud para el ngreso en el Cuerpo Maestros, s ben, spués l acto presentacón aluddo en la base 7.1 y tenendo en cuenta los opostores presentados, el Presnte la Comsón Seleccón establecerá el número trbunales necesaros, no actuando a partr ese momento los trbunales que hayan caído. Para el conjunto trbunales cada especaldad se sgnará una lsta vocales suplentes que actuarán en caso que resulte necesaro en alguno ellos, acuerdo con el orn en que aparezcan relaconados Composcón las comsones seleccón. Para el cumplmento las funcones establecdas en el artículo 6 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, se constturán comsones seleccón en las especaldas en las que exsta más un trbunal. Estas comsones estarán formadas por los presntes los trbunales la especaldad. S el número presntes fuera menor a cnco, las comsones se completarán con los vocales dchos trbunales ncándose por el vocal número 1 l trbunal número 1, sguendo por el vocal número 1 l trbunal número 2 y así sucesvamente hasta completar cnco membros. S exsteran más cnco trbunales, la Comsón se formaría con los presntes todos los trbunales. Actuará como Presnte esta Comsón, en todo caso, el Presnte l trbunal número 1 y como Secretaro el funconaro con menor antgüedad en el Cuerpo entre los membros que forman parte la Comsón, salvo que ésta acuer termnarlo otra manera. En aquellas especaldas en las que se nombre trbunal únco, éste actuará amás como Comsón Seleccón sn necesdad una consttucón dferente La partcpacón en los órganos seleccón tendrá carácter oblgatoro, conformdad con lo dspuesto en el artículo 8.3 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero. No obstante, podrán ser dspensados partcpar en los órganos seleccón los sguentes funconaros: el profesorado que tenga conceddo un permso reduccón jornada, el profesorado que preste servcos en la se central la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, el profesorado que tenga conceddo un permso por lberacón sndcal y, s el número profesores la especaldad corresponnte lo permte, quenes ejerceron como vocales ttulares los trbunales en la convocatora oposcones l año 2009 y las profesoras o profesores que en la fecha publcacón esta convocatora tengan al menos un hjo o hja menor tres años y lo solcten. Asmsmo, los drectores los centros docentes públcos podrán solctar la no partcpacón en dchos trbunales. Para la resolucón ésta medda se tendrán en cuenta las necesdas educatvas y l servco l centro l que se trate Abstencón y recusacón. Los membros los órganos seleccón berán abstenerse ntervenr, cuando concurra alguna las crcunstancas prevstas en el artículo 28 la Ley 30/1992, 26 novembre, o s hubesen realzado tareas preparacón asprantes a pruebas selectvas en los cnco años anterores a la publcacón esta convocatora para el msmo Cuerpo y especaldad, notfcándolo a la drectora general Personal y Centros Docentes la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, con la bda justfcacón documental, quen resolverá lo que proceda. Pág /49

11 BOLETÍN OFICIAL DE Las personas en las que ya concurra una causa abstencón las legalmente establecdas podrán solctar su exclusón con carácter prevo al sorteo los trbunales, con el fn facltar la formacón los msmos. La partcpacón en el proceso adquscón nuevas especaldas (Título III esta Orn) es compatble con el hecho formar parte los trbunales, al pretenr el acceso a una especaldad dstnta la que puran ser nombrados membros los trbunales. Los presntes solctarán los membros los órganos seleccón claracón expresa no hallarse ncursos en las crcunstancas prevstas en este apartado, según molo establecdo al efecto. El plazo para manfestar la abstencón será cnco días hábles contados a partr la publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra l nombramento los órganos seleccón. Asmsmo, los asprantes podrán recusar a los membros l trbunal o la Comsón Seleccón cuando concurran las crcunstancas prevstas en el artículo 29 la Ley 30/1992, 26 novembre. Con anterordad a la ncacón las pruebas selectvas a las que hace referenca esta convocatora, la Consejería Educacón, Cultura y Deporte publcará en su Tablón Anuncos la Resolucón por la que se nombra a los nuevos membros los órganos seleccón que hayan susttur a los que hayan perddo su condcón por alguna las causas prevstas en este apartado Consttucón los trbunales. Para la válda consttucón cada trbunal, así como a efectos la celebracón sesones, lberacones y toma acuerdos, se requerrá sempre la presenca l Presnte y Secretaro y al menos la mtad sus membros, sendo necesaro, en todo caso, la presenca tres los membros l trbunal. La suplenca los presntes los trbunales será autorzada por la drectora general Personal y Centros Docentes; la los vocales, por el Presnte l trbunal en que hayan actuar, bendo recaer sobre alguno los vocales suplentes, por el msmo orn en que fguren en la dsposcón que los haya nombrado. No obstante, s llegado el momento actuacón los trbunales éstos no huberan poddo constturse pese a haberse realzado el procedmento prevsto, la drectora general Personal y Centros Docentes quedará facultada para la adopcón las meddas necesaras a fn garantzar el recho los asprantes a la partcpacón en el proceso selectvo Funcones los órganos seleccón Funcones las comsones seleccón. Corresponrá a estas comsones: a) La coordnacón los trbunales. b) La termnacón los crteros actuacón los trbunales y la homogenezacón dchos crteros. c) La coordnacón la fecha y hora la prmera prueba, en el caso los procedmentos ngreso lbre y reserva para personas con dscapacdad, que tendrá que ser smultánea para cada especaldad. d) La elaboracón l contendo l ejercco práctco en las especaldas en que lo hubere. e) La agregacón las puntuacones corresponntes la fase concurso a las adjudcadas por los trbunales en la fase oposcón, la ornacón los asprantes y la elaboracón las lstas los asprantes que hayan superado ambas fases. f) La claracón la relacón asprantes que hayan superado las fases concurso y oposcón, la publcacón las lstas corresponntes a los msmos, así como su elevacón a la drectora general Personal y Centros Docentes. Las funcones contempladas en el apartado e) son legadas, conformdad con el artículo 8.2 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, en la Drec- Pág /49

12 BOLETÍN OFICIAL DE cón General Personal y Centros Docentes, la cual aportará a las comsones los resultados que se obtengan. A lo largo l sarrollo los procedmentos selectvos, las comsones seleccón resolverán todas las dudas que puran surgr en aplcacón estas normas, así como lo que se be hacer en los casos no prevstos Funcones los trbunales. Correspon a los trbunales: La valoracón las dstntas pruebas la fase oposcón. El sarrollo los procedmentos selectvos acuerdo con esta convocatora. En el caso que actúen como trbunales úncos, les corresponrán, amás, las funcones asgnadas a la Comsón Seleccón Los trbunales o, en su caso, las comsones seleccón, podrán proponer la ncorporacón a sus trabajos asesores especalstas y ayudantes. Son funcones los prmeros el asesoramento los membros l órgano seleccón en la evaluacón los conocmentos y mértos objeto su especaldad. Los ayudantes colaborarán con estos órganos medante la realzacón las tareas técncas apoyo que éstos les asgnen. En su actvdad, unos y otros se lmtarán al ejercco sus respectvas competencas. Su sgnacón correspon a la drectora general Personal y Centros Docentes Funcones encomendadas a otros órganos la Admnstracón. La aplcacón l baremo que corresponda a los asprantes, según lo establecdo en el Anexo I la presente convocatora, será realzada por los órganos la Admnstracón a los que se alu en la base 8.3, los cuales realzarán la aplcacón l baremo por legacón los órganos seleccón, aportando a los msmos los resultados que obtengan una vez concluda la fase oposcón El procedmento actuacón los órganos seleccón se ajustará, en todo momento, a lo dspuesto en la Ley 30/1992, 26 novembre Los órganos seleccón adoptarán las meddas precsas en aquellos casos en que resulte necesaro, forma que los asprantes con dscapacdad acredtada gocen smlares oportundas para la realzacón los ejerccos que el resto los partcpantes. En este sentdo, se establecerán para las personas que lo solcten, en la forma prevsta en la base 3.4, las adaptacones posbles en tempo y medos para la realzacón los ejerccos, bendo ser éstas compatbles con el normal sempeño la funcón docente. Asmsmo, en cualquer fase l proceso, podrán solctar a los órganos seleccón adaptacones en tempo y medos aquellos asprantes que, sn tener un grado dscapacdad gual o superor al 33 por cento, justfquen bdamente crcunstancas personales u otras causas que puran requerr la realzacón dchas adaptacones. Los órganos seleccón corresponntes termnarán la concesón o no esta medda, nformando a cada asprante la csón adoptada. S ésta fuera la realzacón las menconadas adaptacones, se segurá el procedmento establecdo en el párrafo anteror Por la partcpacón en estos trbunales se percbrán las corresponntes asstencas, según las cuantías establecdas en el Decreto 36/2011, 5 mayo, sobre nmnzacones y compensacones por razón servco. Base 6. Prueba acredtacón l conocmento l castellano para los asprantes que no posean naconaldad española 6.1. De conformdad con lo prevsto en el artículo 16.1 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, con carácter prevo a la realzacón las pruebas a las que se referen las bases sguentes, los asprantes que no posean la naconaldad española berán acredtar el conocmento l castellano medante la realzacón una prueba en la que se comprobará que poseen un nvel acuado comprensón y expresón oral y escrta en esta lengua. Pág /49

13 BOLETÍN OFICIAL DE Están exentos la realzacón esta prueba aquellos asprantes que posean los sguentes títulos: Dploma Español nvel B2 (Avanzado). Dploma Español nvel C1. Dploma Español nvel C2 (Superor). Certfcado Apttud o Certfcado Nvel Avanzado en Español para extranjeros, expeddos por las Escuelas Ofcales Idomas. Título Lcencado en Flología Hspánca. Título Lcencado en Flología Románca. Asmsmo, están exentos los asprantes cuyo título alegado para ngresar en el Cuerpo corresponnte haya sdo emtdo y realzado en el Estado español, así como aquellos cuya lengua ofcal orgen sea el castellano o hayan superado esta prueba en convocatoras anterores. Los asprantes que no posean la naconaldad española y que no estén exentos la realzacón la prueba, por no reunr los requstos enumerados en éste apartado, quedan oblgados a la realzacón dcha prueba conocmento la lengua castellana. Su no realzacón supone la renunca a contnuar en el procedmento, excluyéndose l proceso selectvo. Fnalzado el plazo presentacón solctus, la drectora general Personal y Centros Docentes dctará resolucón, que se publcará en el Boletín Ofcal Cantabra, anuncando el lugar y la fecha celebracón la prueba a la que se refere este apartado El contendo la prueba acredtacón l conocmento l castellano será termnado por los trbunales encargados esta prueba, tomando como referenca lo dspuesto en el Real Decreto 1137/2002, 31 octubre modfcado por el Real Decreto 264/ febrero. Dchos contendos se harán públcos en el momento la convocatora para la realzacón las pruebas. El nvel exgdo en esta prueba se efectuará tomando como referenca el nvel ntermedo las enseñanzas domas régmen especal (B-2) l Marco Común Europeo Referenca para las Lenguas Trbunales valoracón. La valoracón la prueba a la que se refere la base anteror será realzada por trbunales compuestos por un Presnte y cuatro vocales sgnados por la drectora general Personal y Centros Docentes entre funconaros en actvo los Cuerpos Inspeccón Educacón, Catedrátcos y Profesores Escuelas Ofcales Idomas la especaldad Español para Extranjeros, Catedrátcos y Profesores Enseñanza Secundara la especaldad Lengua Castellana y Lteratura. Excepconalmente, cuando esto no resulte posble, la drectora general Personal y Centros Docentes podrá sgnar drectamente a los vocales entre funconaros otras especaldas, pundo nombrarse, en este caso, asesores especalstas, en los térmnos prevstos en la base El nombramento estos trbunales se publcará en el Boletín Ofcal Cantabra. Para cada trbunal se berá sgnar, por el msmo procedmento, un trbunal suplente. Se nombrarán tantos trbunales como resulte precso en funcón l número asprantes que ban realzar esta prueba. A los membros estos trbunales les será aplcacón lo dspuesto, para los órganos seleccón, en la base Valoracón. Los trbunales evaluarán esta prueba en los térmnos apto o no apto, sendo necesaro obtener la valoracón apto para por realzar la prueba selectva. Fnalzada la realzacón la prueba, la drectora general Personal y Centros Docentes dctará resolucón recogendo la relacón asprantes con su calfcacón y anuncando la fecha y lugar en los que se harán públcas las lstas fntvas los asprantes con su calfcacón. Contra esta resolucón la Dreccón General Personal y Centros Docentes, que eleva a fntvas las calfcacones, se podrá nterponer recurso alzada ante el Consejero Edu- Pág /49

14 BOLETÍN OFICIAL DE cacón, Cultura y Deporte, conformdad con lo dspuesto en los artículos 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre. Base 7. Comenzo y sarrollo las pruebas Comenzo. Estas pruebas selectvas no darán comenzo antes l día 7 juno l presente año, sn perjuco lo dspuesto en la base 6.1 en relacón con la prueba preva acredtacón l conocmento l castellano. Con objeto facltar la preparacón las pruebas, se llevará a cabo un acto presentacón al que los asprantes berán asstr con carácter oblgatoro en persona, con la documentacón ofcal acredtatva su ntdad, no sendo válda la comparecenca otras personas con algún tpo aporamento. En dcho acto presentacón los trbunales harán públcos los crteros correccón y valoracón las pruebas, y comuncarán el materal necesaro para las msmas. Tras dcho acto presentacón, que será sempre posteror al día 7 juno, los órganos seleccón adoptarán las meddas organzatvas necesaras para la realzacón la fase oposcón, pundo ncluso reducr el número trbunales en funcón l número personas presentadas. Especalmente, comprobarán que las adaptacones solctadas por los asprantes con dscapacdad acredtada son las acuadas para que estos asprantes concurran en condcones gualdad respecto al resto los opostores. Igualmente se procerá en el caso la concesón las adaptacones a las que se refere el párrafo segundo la base 5.8. Tras el acto presentacón opostores, la Comsón Seleccón, tenendo en cuenta el número opostores que han acuddo al proceso selectvo, termnará la dstrbucón asprantes por trbunal. La drectora general Personal y Centros Docentes publcará, con anterordad al acto presentacón oblgatoro, resolucón en el Boletín Ofcal Cantabra, ndcando los lugares y fecha presentacón a la que hace referenca el apartado anteror, la fecha nco celebracón las pruebas, los centros don se llevarán a cabo la ctacón los asprantes que ban actuar en prmer lugar y cuantas cuestones se estmen oportunas. Esta ctacón se realzará en común para todos los asprantes cuando la prueba ba realzarse en acto colectvo. Los asprantes serán convocados para sus actuacones ante los trbunales en un únco llamamento, sendo excludos los procedmentos selectvos quenes no comparezcan. A estos efectos, los convocados para un ejercco colectvo berán hacer su presentacón ante el trbunal en la hora y fecha fjadas en las ctacones. En el caso pruebas ndvduales, los asprantes convocados para cada día berán estar presentes a la hora fjada por el trbunal como hora nco las actuacones ese día, consrándose como no presentados aquellos opostores que no estuveran en el llamamento ncal, aun cuando acuran más tar. Una vez comenzadas las actuacones, los sucesvos llamamentos los asprantes berán hacerse públcos por los trbunales en los locales don se estén celebrando las pruebas con, al menos, cuarenta y ocho horas antelacón las msmas Desarrollo. El orn actuacón los asprantes se ncará por el prmero cuyo prmer apelldo comence por la letra A, según el sorteo celebrado el pasado día 6 febrero 2013, en la Dreccón General la Funcón Públca la Secretaría Estado Admnstracones Públcas. El resultado dcho sorteo fue publcado en el «Boletín Ofcal l Estado» 12 febrero. Los trbunales que no cuenten con asprantes cuyo prmer apelldo comence por la referda letra ncarán el orn actuacón con la letra o letras sguentes, según el orn alfabétco. En cualquer momento, los trbunales podrán requerr a los asprantes para que acredten su ntdad el DNI/NIF u otro documento legalmente reconocdo carácter ofcal. Pág /49

15 BOLETÍN OFICIAL DE S los trbunales tuveran conocmento que alguno los asprantes no posee la totaldad los requstos exgdos por la presente convocatora, berán proponer a la drectora general Personal y Centros Docentes su exclusón, preva aunca l nteresado; se le comuncará, a los efectos procentes, las causas la propuesta exclusón. En este caso, y hasta que se emta la resolucón corresponnte, el asprante podrá segur partcpando condconalmente en el proceso selectvo. Contra la Resolucón que se adopte podrá nterponerse recurso alzada ante el Consejero Educacón, Cultura y Deporte, en el plazo un mes, conformdad en lo dspuesto en los artículos 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre. Igualmente, los trbunales tenen la facultad por exclur l procedmento selectvo a los asprantes que realcen cualquer actuacón tpo fraudulento durante la realzacón los ejerccos, así como aquéllos que vulneren las bases la convocatora y las nstruccones la msma. Base 8. Sstema seleccón Conforme a lo establecdo en el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, el sstema seleccón para el ngreso en la funcón públca docente será el concurso-oposcón y constará una fase oposcón, otra concurso y una fase práctcas. Los temaros vgentes para el presente proceso selectvo son los establecdos en el Anexo I la Orn 9 septembre 1993 (Boletín Ofcal l Estado l 21), en el caso la especaldad Educacón Infantl, y en el Anexo únco la Orn ECI/592/2007, 12 marzo (Boletín Ofcal l Estado l 15) para la especaldad Educacón Prmara De la fase oposcón. En la fase oposcón se tendrá en cuenta la posesón los conocmentos específcos l cuerpo y especaldad a la que se opta, la apttud pedagógca y el domno las técncas necesaras para el ejercco la docenca. La valoracón dchos conocmentos se llevará a cabo medante la realzacón dos pruebas que tendrán carácter elmnatoro. La calfcacón cada una las pruebas la fase oposcón será la meda artmétca las puntuacones todos los membros presentes en el trbunal, bendo calcularse con aproxmacón hasta zmlésmas, para evtar en lo posble que se produzcan empates. Cuando en las puntuacones otorgadas por los membros l trbunal exsta una dferenca tres o más enteros, serán automátcamente anuladas las calfcacones máxmas y mínma, hallándose la puntuacón meda entre las calfcacones restantes. En el caso que exsta más un membro que haya otorgado la calfcacón máxma y/o mínma, sólo se exclurá una únca calfcacón máxma y/o mínma. En las actas que se elaboren no ben constar las calfcacones cada uno los membros l trbunal, sno las notas fnales con los crteros establecdos en esta base. No obstante, dchas calfcacones berán ser custodadas por el Presnte l trbunal corresponnte Prmera prueba. La prmera prueba tendrá por objeto la mostracón los conocmentos específcos la especaldad docente a la que se opta, y constará dos partes. Parte A: Parte práctca. Consstrá en la realzacón un ejercco práctco que permta comprobar que el personal asprante posee la formacón centífca y el domno las habldas técncas corresponntes a la especaldad a la que se opta. El Anexo II termnará el contendo l ejercco según la especaldad. Este ejercco se valorará 0 a 10. Esta parte práctca tendrá una duracón 2 horas. Pág /49

16 BOLETÍN OFICIAL DE Parte B: Desarrollo un tema. Esta parte la prmera prueba consstrá en el sarrollo por escrto un tema elegdo por el asprante entre dos extraídos al azar por el trbunal l temaro la especaldad. Este ejercco se valorará 0 a 10. Esta parte tendrá una duracón 2 horas. Los ejerccos escrtos serán leídos y valorados por los trbunales, salvaguardando el anonmato los asprantes, medante el sstema plcas. En consecuenca, se nvaldará el ejercco escrto que ncluya nombres, marcas o cualquer otra señal que pueda ntfcar al asprante, así como aquél que resulte legble. La apertura las plcas se realzará en acto públco, preva entrega a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte un acta resumen elaborada por cada uno los trbunales en don se recoja la calfcacón todos los asprantes la prmera prueba la fase oposcón corresponnte a cada una las plcas. Esta prmera prueba se valorará cero a z puntos y se calculará realzando la meda artmétca entre las puntuacones las dos partes, sempre que cada una las puntuacones parcales sea gual o mayor 2,5 puntos. Para su superacón, el personal asprante berá alcanzar una puntuacón gual o superor a cnco puntos, quedando elmnados l proceso selectvo los asprantes que no alcancen dcha puntuacón. Fnalzada la prmera prueba, los trbunales publcarán, en los tablones anuncos los lugares don se haya celebrado, la relacón asprantes que han superado, con expresón las puntuacones obtendas y les convocarán para la entrega las programacones ddáctcas y para la realzacón la segunda prueba a la que se hace referenca en el apartado sguente, respetando, en todo caso, la antelacón mínma establecda en la base Segunda prueba. La segunda prueba tendrá por objeto la comprobacón la apttud pedagógca l asprante y el domno las técncas necesaras para el ejercco la docenca y constará dos partes, consstentes en la presentacón y fensa la programacón ddáctca y en la preparacón y exposcón oral una undad ddáctca, pundo fnalzar con un bate sobre todo ello. Los asprantes dspondrán una hora para la preparacón esta prueba, pundo utlzar el materal que consren oportuno, sn posbldad conexón con el exteror, por lo que no se podrán utlzar ornadores portátles, teléfonos móvles, etc. Parte A: Presentacón y fensa la programacón ddáctca. La programacón ddáctca, que tendrá carácter personal y será elaborada forma ndvdual, hará referenca al currículo Cantabra una matera la especaldad por la que el asprante partcpa. Asmsmo, se referrá a un únco curso escolar uno los nveles educatvos en los que el profesorado dcha especaldad tenga atrbuda competenca docente para mpartrlo. En la programacón berá especfcarse los objetvos, contendos, crteros evaluacón y metodología, así como a la atencón al alumnado con necesdad específca apoyo educatvo.. Las undas ddáctcas, que osclarán entre z y qunce, estarán organzadas, numeradas y ttuladas para facltar el sarrollo la elaboracón y exposcón oral una ellas, tal y como se recoge más alante en la presente base. La programacón ddáctca berá estar referda y contextualzada a la realdad la Comundad Autónoma Cantabra. Los trbunales berán valorar aspectos tales como la nclusón todos aquellos elementos requerdos en la normatva vgente Cantabra, así como la pertnenca y coherenca entre los dferentes apartados la programacón. Para su fensa los asprantes dspondrán un máxmo 30 mnutos. La programacón ddáctca tendrá una extensón máxma, ncludos anexos, 60 págnas formato DIN-A4, orentacón vertcal, a una sola cara, con letra Aral tamaño 12 puntos y un Pág /49

17 BOLETÍN OFICIAL DE máxmo 34 líneas texto por págna. Este formato y tpo letra será exgdo en toda la programacón excepto en los títulos y portada la msma. El asprante berá presentar una copa la programacón elaborada en papel y otra en CD, en formato PDF, personalmente al trbunal, en la fecha fjada. Los asprantes que no entreguen la programacón ddáctca caerán en todos sus rechos y serán excludos l procedmento selectvo. Parte B: Preparacón y exposcón una undad ddáctca. El personal asprante elegrá una undad ddáctca entre tres extraídas al azar su propa programacón, para la preparacón y exposcón oral ante el trbunal. En la elaboracón la ctada undad ddáctca, berán concretarse los objetvos aprendzaje que se persguen con ella, sus contendos, las actvdas enseñanza y aprendzaje que se van a plantear en el aula y sus procedmentos evaluacón. Para la exposcón la undad ddáctca, el asprante comenzará entregando al trbunal la undad ddáctca elaborada y podrá utlzar el materal auxlar que consre oportuno y que berá aportar él msmo. El opostor elaborará un sucnto guón, que no excerá un folo por una cara, y que podrá utlzar durante la exposcón la undad ddáctca. Dcho guón berá ser presentado al trbunal al nco la exposcón y entregado al msmo al fnalzar este ejercco. El materal auxlar que utlcen los opostores berá servr para lustrar y complementar la exposcón y nunca podrá ser utlzado como parte nuclear sobre la que se base el sarrollo dcha exposcón. La exposcón la undad ddáctca tendrá una duracón máxma 30 mnutos. Esta prueba se valorará globalmente cero a z puntos, bendo alcanzar el asprante, para su superacón, una puntuacón gual o superor a cnco puntos, quedando elmnados l proceso selectvo los asprantes que no alcancen dcha puntuacón. Fnalzada esta segunda prueba, los trbunales facltarán a la Comsón Seleccón los resultados obtendos por los asprantes que la hayan superado, a fn que proceda a la obtencón la calfcacón corresponnte a la fase oposcón Calfcacón la fase oposcón. La calfcacón la fase oposcón será la meda artmétca las calfcacones las dos pruebas. Úncamente a aquellos asprantes que hayan superado la fase oposcón se les sumará la puntuacón obtenda en la fase concurso, a fn obtener la puntuacón global a que se refere la base Para los funconaros organsmos nternaconales se estará a lo dspuesto en el Real Decreto 182/1993, 5 febrero (Boletín Ofcal l Estado l 23) De la fase concurso. En la fase concurso se valorarán los mértos aportados por los partcpantes, conformdad con lo dspuesto en ésta base. A efectos valoracón los mértos conforme al baremo que fgura en el Anexo I y a la presente convocatora, los asprantes adjuntarán a la solctud partcpacón los documentos justfcatvos que se ndcan en dcho anexo, sguendo el orn establecdo en el apartado A) la base 3.8, entendéndose que solamente se valorarán aquellos mértos alegados que, ntro l plazo presentacón solctus, se ndquen en la Hoja autobaremacón y se justfquen bdamente a través la documentacón que se termne en el ctado Anexo. En nngún caso serán tendos en cuenta documentos presentados fuera l plazo establecdo, n documentos legbles o en otras lenguas que no sean la castellana, salvo que estén bdamente traducdos a través Traductor Jurado. La documentacón berá ser presentada en tres bloques, según los apartados l Anexo corresponnte, adjuntando, amás, fotocopa la Hoja Autobaremacón. La aplcacón l baremo que corresponda a los asprantes, según lo establecdo en el Anexo I la presente convocatora, se llevará a efecto por los órganos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte que se termnen, aportando a las comsones seleccón los resultados que obtengan, una vez fnalzada la fase oposcón. Pág /49

18 BOLETÍN OFICIAL DE No serán valorados los mértos no nvocados n tampoco aquellos que, aun sendo nvocados, no sean bdamente acredtados en el plazo presentacón nstancas por los solctantes, sn que sea admsble su mejora o adcón con posterordad a dcho plazo. Las lstas con las puntuacones provsonales alcanzadas por los asprantes en la fase concurso se harán públcas en el Tablón Anuncos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte y en la págna Web la msma ( - Profesorado - Procesos selectvos 2013). Este procedmento permtrá la consulta ndvdualzada por parte cada uno los concursantes su propo baremo. Contra las puntuacones asgnadas provsonalmente, los nteresados podrán presentar reclamacón drgda a la drectora general Personal y Centros Docentes, en el plazo z días hábles contados a partr l día sguente al la publcacón las lstas. Las reclamacones berán estar fundadas exclusvamente en la nbda valoracón la documentacón aportada con la solctud, sn que a estos efectos se permta la ncorporacón nueva documentacón acredtatva los mértos alegados, no aportada ncalmente. La resolucón se notfcará personalmente a los reclamantes en el domclo que fgure en su solctud, publcándose al fnalzar el proceso selectvo las puntuacones fntvas cada asprante con la valoracón los dstntos apartados l baremo, clarándose sestmadas las reclamacones no recogdas en la msma. Contra la resolucón fntva las puntuacones asgnadas, podrá nterponerse recurso alzada ante el Consejero Educacón, Cultura y Deporte, conformdad con lo establecdo en los artículos 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre. Base 9. Superacón l proceso selectvo 9.1. Procedmento ngreso lbre y reserva personas con dscapacdad. Se clarará que han superado el proceso selectvo en esta Comundad Autónoma aquellos asprantes que, ornados según la puntuacón global asgnada, conformdad con lo dspuesto en el artículo 26 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, les corresponda un número orn gual o menor que el número plazas convocadas en el corresponnte Cuerpo y Especaldad. Para la obtencón la puntuacón global, la Comsón ponrará en 2/3 la puntuacón obtenda en la fase oposcón y en 1/3 la puntuacón obtenda en la fase concurso, resultando la puntuacón global la suma ambas fases, una vez realzadas las ponracones menconadas Actuacón las Comsones y publcacón las lstas asprantes selecconados. De conformdad con lo establecdo en la base 5.7.1, correspon a la Dreccón General Personal y Centros Docentes la agregacón y, en su caso, ponracón las puntuacones corresponntes a las dstntas fases los procedmentos selectvos, la ornacón los asprantes, acuerdo con las puntuacones totales alcanzadas, y la elaboracón las lstas asprantes que hayan superado ambas fases. De estas actuacones se dará traslado a las comsones seleccón quenes efectuarán la claracón los asprantes que han superado las fases concurso-oposcón, elevándolas a la Dreccón General Personal y Centros Docentes. A estos efectos, la Dreccón General Personal y Centros Docentes se atendrá a lo que se dspone en los sguentes apartados: Una vez recbdas las puntuacones otorgadas, por los trbunales, agregará la puntuacón la fase concurso, a aquellos asprantes que hayan alcanzado cnco puntos en la segunda prueba la fase oposcón, las ponrará y los ornará según las puntuacones totales obtendas y elaborará las lstas los asprantes que hayan superado ambas fases. De los resultados que se obtengan se dará traslado a las comsones seleccón, quenes termnarán los asprantes que hayan superado los corresponntes procesos acuerdo con lo establecdo en los apartados 1 y 2 la presente base. Pág /49

19 BOLETÍN OFICIAL DE En el caso que, al procer a la ornacón los asprantes, se produjesen empates, éstos se resolverán para los asprantes que concurran por el procedmento ngreso lbre y reserva dscapacdad, atenndo, sucesvamente, a los sguentes crteros: 1. mayor puntuacón en la fase oposcón. 2. mayor puntuacón en cada uno los ejerccos la oposcón, por el orn en que éstos fguran en la convocatora. 3. mayor puntuacón en los apartados l baremo mértos, por el orn en que éstos aparecen en esta convocatora. 4. mayor puntuacón en los subapartados l baremo mértos por el orn en que éstos aparecen en esta convocatora. 5. mayor puntuacón en una pregunta que se efectúe exclusvamente a los asprantes a sempatar sobre las tecnologías la nformacón y la comuncacón aplcadas a la educacón. El llamamento a estos asprantes se efectuará forma personalzada Al procer a termnar los asprantes que han superado el procedmento selectvo corresponnte al ngreso lbre, las comsones seleccón acumularán a las plazas ncalmente asgnadas a este procedmento todas aquellas otras que huberan quedado vacantes procentes l turno dscapacdad, quedando el número plazas no cubertas por este últmo turno acumuladas para la próxma oferta empleo En nngún caso se podrán clarar selecconados un mayor número asprantes que número plazas ofertadas. No obstante, sempre que los órganos seleccón hayan propuesto el nombramento gual número asprantes que el plazas convocadas, y con el fn asegurar la cobertura las msmas, cuando se produzcan renuncas los asprantes selecconados, antes l nco la fase práctcas, el órgano convocante podrá aprobar relacón complementara selecconados con aquellos que sgan a los propuestos por el trbunal, medante Resolucón la drectora general Personal y Centros Docentes Las comsones seleccón, fnalzadas las actuacones a las que se referen los apartados anterores, elaborarán la lsta asprantes selecconados por cada una las especaldas. Los asprantes selecconados se ornarán acuerdo con lo establecdo en la presente base Las comsones seleccón expondrán, en el Tablón anuncos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, las lstas a las que se refere el apartado anteror, en la fecha que se establezca, medante resolucón la drectora general Personal y Centros Docentes, que se hará públca en el Boletín Ofcal Cantabra. Estas lstas tendrán carácter provsonales. Tras la publcacón estas lstas, se concerá un plazo tres días hábles para la subsanacón posbles errores. Transcurrdo dcho plazo, se elevarán las lstas asprantes a fntvas con los que cumplan la totaldad los requstos establecdos en este procedmento selectvo El msmo día la publcacón la relacón fntva selecconados y en el msmo lugar se publcará la relacón partcpantes en el proceso selectvo y su puntuacón fntva l baremo, s han señalado la opcón que sean ser nternos en Cantabra. Contra dchas lstas, los nteresados podrán nterponer recurso alzada ante el Consejero Educacón, Cultura y Deporte la Comundad Autónoma Cantabra, conformdad con lo dspuesto en los artículos 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre Toda la documentacón rvada l sstema selectvo quedará bajo custoda la Dreccón General Personal y Centros Docentes. Pág /49

20 BOLETÍN OFICIAL DE Base 10. Actuacones que ben realzar los asprantes que han superado los procedmentos selectvos y documentacón que ben presentar Supuestos posbles: Los asprantes que, por medo esta convocatora, superen los procedmentos selectvos por dos especaldas l msmo Cuerpo berán manfestar la opcón para la realzacón l período práctcas en una las especaldas, bendo realzar la fase práctcas en la especaldad elegda Los asprantes que concurran y superen el procedmento selectvo para el ngreso en un msmo Cuerpo en convocatoras corresponntes a dstntas Admnstracones educatvas berán optar por una ellas, renuncando a todos los rechos que puran corresponrle por su partcpacón en las restantes. De no realzar esta opcón, la aceptacón l prmer nombramento se entenrá como renunca tácta a los restantes Los canddatos que, habendo superado los procedmentos selectvos, estuveran prestando servcos remunerados en la Admnstracón como funconaros carrera, nternos o como personal laboral, sn perjuco la stuacón admnstratva o laboral que, acuerdo con la normatva vgente, les corresponda, berán formular opcón por la percepcón las remuneracones durante su condcón funconaros en práctcas, conformdad con lo prevsto en el Real Decreto 456/1986, 10 febrero, según la redaccón dada por el Real Decreto 213/2003, 21 febrero Los asprantes selecconados que estén exentos la realzacón la fase práctcas por haber prestado servcos, al menos, durante un curso escolar como funconaros docentes carrera podrán, no obstante, optar por ser nombrados funconaros en práctcas, ncorporándose al stno obtendo, estando exentos la evaluacón las msmas, permanecendo en esta stuacón hasta su nombramento como funconaros carrera. Los asprantes a los que se refere este párrafo que no opten por ser nombrados funconaros en práctcas permanecerán en sus Cuerpos orgen hasta que se les nombre funconaros carrera junto con el resto los selecconados su promocón. Las opcones a las que se refere el presente apartado berán realzarse por escrto medante nstanca drgda a la drectora general Personal y Centros Docentes, en el plazo qunce días hábles s que se hagan públcas las lstas selecconados. No se concerá prórroga o aplazamento para la realzacón la fase práctcas Presentacón documentos por los asprantes que han superado los procedmentos selectvos: En el plazo vente días naturales a contar s el día sguente a aquél en que se hceron públcas las lstas asprantes que han superado el concurso-oposcón, éstos berán presentar en la Dreccón General Personal y Centros Docentes la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, Servco Recursos Humanos, toda la documentacón que han presentado al concurso-oposcón en documentos orgnales, que serán ndvdualmente compulsados por la Admnstracón Educatva y vueltos a los nteresados. Amás, éstos berán presentar los documentos que se ndcan en el apartado sguente para la compulsa corresponnte: Documentacón general que ben presentar los asprantes selecconados: A) Fotocopa compulsada l título exgdo para el ngreso en el Cuerpo o certfcacón académca orgnal o fotocopa compulsada la msma, que acredte haber realzado todos los estudos para la obtencón l título, excepto aquellos asprantes que ya lo huberan presentado. B) Dos fotocopas l Documento Naconal Intdad, en papel DIN A4 o l documento su país que acredte su ntdad, en vgor. C) Declaracón jurada o promesa no haber sdo separado medante expente dscplnaro l servco nnguna Admnstracón Públca n hallarse nhabltado para el ejercco funcones públcas, según el molo que fgura como Anexo IV esta convocatora. Los asprantes que no posean la naconaldad española berán presentar claracón jurada o pro- Pág /49

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