POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA FIRMA DE CONVENIOS DE COOPERACIÓN ACADÉMICA INTERNACIONAL
|
|
- Inmaculada Juárez Caballero
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA FIRMA DE CONVENIOS DE COOPERACIÓN ACADÉMICA INTERNACIONAL ASPECTOS A CONSIDERAR EN LOS CONVENIOS CONDUCENTES A LA DOBLE TITULACIÓN Y/O GRADUACIÓN EN PRE Y PROSTGRADO, ENTRE LA PUCV Y OTRAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR 1. ALCANCES DEL CONVENIO Se debe individualizar el tipo de convenio (doble titulación y/o graduación) Indicar cada título y/o grado al que optan los postulantes con la Institución que los entrega. Los grados o títulos individualizados en el convenio deben existir. Determinar si el convenio entre las instituciones regirá en materia de doble grado o título exclusivamente en el ámbito de pregrado o, también respecto de postgrado o, exclusivamente de éste último. 2. REQUISITOS DE ADMISIÓN A CUMPLIR POR EL POSTULANTE Y SELECCIÓN: Pertenecer al Plan de Estudios que da origen al convenio. Cumplir con el avance curricular determinado por el convenio. Nivel de estudios o, currículo que deben tener cumplidos y aprobados los interesados, en relación a asignaturas obligatorias, optativas, de estudios generales y eventuales prácticas profesionales, para formalizar matrícula en el programa respectivo Requisitos de idioma cuando corresponda. Definir el nivel de lengua extranjera que deban tener los interesados así como la forma de certificación y/o comprobación del manejo del idioma o mediante algún tipo de examen especial. Determinar la entidad seleccionadora de los candidatos en la institución receptora e indicar qué antecedentes considerará para dicha selección. 3. EQUILIBRIO Y RECIPROCIDAD EN LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES Número máximo de postulantes por año o semestre. Reciprocidad en el número de estudiantes Restablecimiento del equilibrio convenido fijando un número de estudiantes a intercambiar 4. PERIODOS ACADÉMICOS ORDINARIOS Y MÁXIMOS EN EL QUE LOS INTERESADOS DEBERÁN COMPLETAR LOS ESTUDIOS Duración del intercambio en períodos académicos. Los trimestres, semestres o años en los que deberán aprobar las asignaturas requeridas, como asimismo el desarrollo de la tesis o proyecto final de titulación.
2 5. REQUISITOS EXIGIDOS PARA LA DOBLE TITULACIÓN O GRADUACIÓN Requisitos académicos: determinar exactamente qué se debe tener aprobado para que el alumno obtenga el doble Grado y/o Título, tanto en relación a asignaturas obligatorias, optativas y de estudios generales, como en relación a la tesis o proyecto final de titulación, como el que se refiere a la/s práctica/s profesional/es Reconocimiento de estudios previos en la universidad anfitriona: establecer la posibilidad de reconocimiento de estudios a los alumnos que cursaron asignaturas en la universidad anfitriona en razón de otro convenio celebrado entre ambas instituciones y que forman parte de las actividades académicas a desarrollar en el programa de doble titulación que se está acordando (caso de alumno que participó en intercambio) Equivalencias de calificaciones. Idioma en que se dictan las clases. Determinar qué ocurre en caso de que un alumno no apruebe alguno/s de los requisitos requeridos para el doble Grado o Título en el plazo o período correspondiente, ya sea por razones de fuerza mayor o no, y si habrá o no posibilidad de ampliación del plazo y en qué condiciones, ya sea en uno u otro caso. Establecer normas que regulen la situación de un cambio curricular que afecte a un alumno que recién inicia sus estudios de doble graduación o titulación o, que ya haya cursado parte de ellos. Examinación final ante institución receptora: o o o Determinar en qué institución deberá ser rendido y aprobado el examen de Tesis o Proyecto Final, determinando el tipo de Comisión al efecto, si sólo la integrarán miembros de una institución o deberá participar algún representante de la institución de origen del alumno y, en este caso, qué institución asumirá el costo de ello. Determinar qué ocurre en el caso de que un alumno repruebe el examen de Tesis o Proyecto Final, y establecer expresamente si habrá oportunidad de repetición y en qué condiciones. Determinar si para la obtención del Doble Grado o Título se requerirá o no repetir el examen de Tesis o Proyecto Final ante la institución de origen y, de ser este el caso, en qué plazo y bajo qué condiciones. 4. RELACIÓN DE INSTITUCIÓN CON ALUMNOS Indicar calidad del alumno mientras cursa el programa. Designar un Coordinador Tutor para el convenio Indicar derechos y deberes de los estudiantes mientras se encuentren cursando el currículum de doble titulación o graduación, tanto en la PUCV, como en el extranjero. Indicar los reglamentos que se aplicarán, usos de la institución, obligaciones legales o sociales, reglamentos de disciplina y sanciones por incumplimiento y forma de comunicar estas circunstancias a la institución de origen. 5. FINANCIAMIENTO DE ESTADIA Y COSTOS DE ESTUDIOS Determinar qué valores deberá pagar y si se cancelarán en la institución de origen o en la de destino.
3 Indicar la existencia o inexistencia de becas. Indicar la responsabilidad individual en el financiamiento de costos personales de subsistencia y traslados. Establecer la obligatoriedad de que el alumno interesado cuente con un seguro de salud que cubra enfermedad, accidentes, muerte y repatriación de los restos, en su caso. Indicar los compromisos que asumen los estudiantes con la Universidad de origen y con la Universidad Extranjera. 6. ASPECTOS GENERALES DEL CONVENIO Vigencia: establecer la vigencia del convenio, si es por un plazo determinado o indefinido, y fijar la forma de ponerle término y de comunicarlo a la contraparte(al menos debe considerar los límites correspondientes a las fechas indicadas de duración del programa). Designación de Coordinadores de cada una de las partes para la supervisión de la aplicación del convenio. Resolución de conflictos: establecer expresamente que en caso de conflictos de interés o problemas derivados de la aplicación o interpretación del Convenio, será resuelto en primera instancia por los Coordinadores de las partes y, en segunda instancia, por los respectivos Rectores o por quienes éstos designen. Propiedad Intelectual 7. CERTIFICACIÓN Y EXIGENCIAS EXTRA INSTITUCIONALES PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL EN EL PAÍS Certificación: certificación académica, entidad encargada y cómo, derechos a pagar. Dar a conocer las exigencias extra institucionales que deberán cumplir los alumnos que habiendo obtenido la doble titulación pretendan ejercer profesionalmente en el país anfitrión
4 Convenios conducentes a Doble Título/Grado DEFINICIÓN Son instrumentos que tienen como finalidad llevar a cabo actividades de intercambio académico estudiantil, en pregrado y/o postgrado, de manera recíproca o no, y que conducirán a la entrega de los títulos y/o grados que ambas partes acuerden. 1. Convenios Específicos de Doble Título/Grado Estos convenios son instrumentos que buscan la entrega doble (no conjunta) de título o grado (según sea el caso), definiendo para ello los términos que, una vez cumplidos por el estudiante, conducirán a la entrega del título o grado también definido en el convenio. La principal característica de este convenio es que tiene un fuerte componente lectivo que será reconocido por ambas partes. POLÍTICAS 1. Todos los Convenios nacionales e internacionales de Cooperación Académica deben ser gestionados por la Dirección de Relaciones Internacionales (DRI). Todos aquellos que se enfoquen en actividades de cooperación técnica deberán ser gestionados por la Dirección de Cooperación Técnica. 2. Antes de realizar cualquier compromiso verbal o escrito, el Director de la Unidad Académica interesada debe solicitar por escrito a la Vicerrectoría de Desarrollo la firma del convenio que corresponda, con la institución u organismo con quien desea estrechar vínculos. De esta forma la DRI revisará, entre otras cosas, si existen antecedentes de una relación con la entidad en cuestión. 3. La única autoridad universitaria que puede firmar los convenios es el Rector. 4. La vigencia para los Convenios Específicos de Doble Grado/Título, que en los términos defina un periodo lectivo en ambas instituciones,será definida por las partes caso a caso. 5. Todos los convenios, sin excepción, deben contener las cláusulas relativas a: I. Coordinadores A fin de coordinar todas las acciones necesarias del presente Convenio, PUCV designa al Director de Programas Internacionales/Cooperación Internacional, mientras que la contraparte designa a
5 Representación de PUCV: Dirección de Programas Internacionales/Cooperación Internacional Av. Brasil 2950 Valparaíso, CHILE Teléfono: Fax: E mail: dci@ucv.cl Sitio Web: Representación dela contraparte: Domicilio completo Teléfono: Fax: E mail: Sitio Web: II. Propiedad Intelectual Los derechos de propiedad intelectual o industrial que se generen en el ámbito del presente Convenio Marco, serán regulados en los Convenios Específicos correspondientes, sin perjuicio de lo cual, se establece claramente que en general, la intención de las partes es contar con acceso y utilizar la información y resultados obtenidos a partir de la colaboración recíproca, que aquí se acuerda, para apoyar la enseñanza y propósitos exclusivamente académicos. Cualquiera sea el caso, los nombres de las instituciones en publicaciones, informes, presentaciones, actividades y en todo aquello relacionado con la colaboración conjunta y la actividad de cooperación, aquí acordadas, serán necesariamente incluidos. III. Resolución de Conflictos Toda diferencia, conflicto de interés o problemas derivados de la aplicación o interpretación del presente Convenio Específico, será resuelta en primera instancia, por los Coordinadores de las partes y, en segunda instancia, por los respectivos Rectores o por quienes éstos designen. 6. Todos los convenios deben estar correctamente fechados. 7. Todos los convenios deben estar registrados en las bases de datos que la DRI administra. Por tanto, todas las unidades que reciban los convenios debidamente formalizados, deberán remitirlos a la Unidad de Cooperación Internacional para su registro. 8. Dado que este tipo de convenios implica el reconocimiento de estudios, tanto de los alumnos PUCV como de aquellos que envíen las universidades socias, la propuesta elaborada por las unidades académicas deberá tener la aprobación
6 de 3 instancias: Consejo de la Escuela o Instituto, Consejo de Facultad y Consejo Superior. 9. Deberá establecer con claridad las actividades que son conducentes a la obtención del doble título/grado así como las condiciones que el estudiante debe cumplir a cabalidad para ello. 10. Se deben establecer las equivalencias notas. ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA REVISIÓN DE LA PROPUESTA AJUSTES 1. La DRI distribuirá la guía titulada Aspectos mínimos a considerar en la generación de convenios de doble titulación y graduación (en español e inglés) 2. La Unidad Académica deberá desarrollar una propuesta donde exponga los beneficios y ventajas de la firma del convenio, tanto para los estudiantes como para la PUCV, la pertinencia de la institución contraparte y la relación del convenio con el Plan de Desarrollo Estratégico y de Concordancia. Esta propuesta deberá venir aprobada por el Consejo de Escuela y Facultad. El expediente deberá contener: La versión aprobada por el Consejo de Facultad en formato electrónico (la DRI encargará su traducción si es necesario) Carta conductora del Decano de la Facultad dirigida al Vicerrector de Desarrollo solicitando continuación del proceso El acta de la sesión del Consejo de Facultad donde se aprueba el convenio 3. La DRI recibirá el expediente y, a través de la Unidad de Cooperación Internacional revisará la propuesta y la dirigirá a las instancias revisoras que correspondan (Pro Secretaría General y/o Dirección de Estudios Avanzados o Investigación) 4. Cooperación Internacional elaborará un reporte compilando los comentarios de cada una de las instancias revisoras y lo remitirá a la Unidad Académica. La Unidad Académica tendrá un plazo de una (1) semana para devolver el expediente. 5. Una vez que la Unidad Académica haya hecho las modificaciones correspondientes deberá devolver el expediente a Cooperación Internacional para que la propuesta sea enviada al Consejo Superior.
7 VISACIÓN, FIRMA Y ENVÍO 6. Si la propuesta no es aprobada por el Consejo Superior, Cooperación Internacional remitirá el expediente con las observaciones del Consejo Superior a la Unidad Académica, misma que tendrá un plazo de una (1) semana para devolver el expediente con los cambios solicitados. 7. Con la propuesta aprobada, la Unidad de Cooperación Internacional podrá dar continuidad a la gestión del convenio.
8 2. Contrato para Co tutelas en Doctorado DEFINICIÓN Se denomina co tutela la actividad en la que un estudiante de doctorado tiene dos tutores de tesis, uno en la universidad de origen y otro en la universidad anfitriona. Estas actividades son conducentes a la obtención de un doble grado otorgado por ambas universidades cuando el doctorando cumple a cabalidad las condiciones establecidas en el Contrato de Co Tutelay que se enfocan en la investigación. La co tutela no es una co dirección, ya que si bien en ésta última el estudiante de doctorado tiene dos tutores de tesis, uno en la universidad de origen y otro en la universidad anfitriona, el término de sus estudios y la aprobación de su tesis conllevan a la obtención de un solo grado otorgado por la universidad de origen. REQUISITOS Haber aprobado el examen de calificación y tener inscrito su proyecto de tesis. Tener identificada la universidad anfitriona donde se realizará la co tutela así como el tutor. POLÍTICAS 1. Todos los Convenios nacionales e internacionales de Cooperación Académica deben ser gestionados por la Dirección de Relaciones Internacionales (DRI). Todos aquellos que se enfoquen en actividades de cooperación técnica deberán ser gestionados por la Dirección de Cooperación Técnica. 2. Antes de realizar cualquier compromiso verbal o escrito, el Director de la Unidad Académica interesada debe solicitar por escrito a la Vicerrectoría de Desarrollo la firma del convenio que corresponda, con la institución u organismo con quien desea estrechar vínculos. De esta forma la DRI revisará, entre otras cosas, si existen antecedentes de una relación con la entidad en cuestión. 3. La única autoridad universitaria que puede firmar los convenios es el Rector. 4. Los contratos de Co tutela en Doctorado se firmarán caso a caso y tendrán la vigencia que las partes acuerden, y no tendrán renovación automática por periodos iguales y sucesivos. Si la universidad contraparte estipula otra cosa en su política, la DRI negociará los términos de renovación. 5. Todos los contratos de Co tutela, sin excepción, deben contener las cláusulas relativas a: I. Coordinadores o Directores de Tesis
9 Los directores de la tesis doctoral son: El/La Dr. D.nombre y apellidos del director de la tesis. SE INCLUIRÁ LA CATEGORÍA ACADÉMICA perteneciente ala Unidad Académica nombre de la Unidad Académica de la PUCV. El/La Dr. D.nombre y apellidos del director de la tesis. SE INCLUIRÁ LA CATEGORÍA ACADÉMICA perteneciente al Departamento nombre del departamentode la nombre de la otra Universidad. Ambos directores se comprometen a ejercer plenamente su función de dirección para con el doctorando y la coordinación de sus acciones se traducirá en intercambios de información y reuniones periódicas. Si uno de los cotutores abandonara la institución, se llevarán a cabo los procedimientos propios de dicha institución para reemplazarle. En el caso de no encontrar un cotutor apropiado, el presente convenio quedará sin efecto y se dará por terminado y el doctorando continuará sus estudios de doctorado en la institución de origen. II. Propiedad Intelectual La publicación, explotación y protección de los resultados de la investigación realizada serán asegurados por las dos instituciones conforme a los procedimientos específicos de cada país. La protección de los derechos de propiedad intelectual relativos al tema de la tesis y a la publicación y explotación de los resultados científicos registrados se seguirán de acuerdo a la legislación vigente y se ejecutarán mediante los procedimientos específicos pertinentes en cada uno de los dos países involucrados en el presente convenio. III. Resolución de Conflictos Toda diferencia, conflicto de interés o problemas derivados de la aplicación o interpretación del presente contrato de Co tutela, será resuelta en primera instancia, por los Directores de Programa de doctorado de las partes y, en segunda instancia, por los respectivos Rectores o por quienes éstos designen. 6. Todos los contratos deben estar correctamente fechados. 7. Todos los contratos deben estar registrados en las bases de datos que la DRI administra.
10 8. Todo contrato de Co tutela será suscrito individualmente atendiendo el caso particular del estudiante que solicita la Co tutela. 9. Todas las propuestas de Co tutela deberá ser avaladas por el Director de la Unidad Académica, mediante carta dirigida al Vicerrector de Desarrollo. 10. Si se establece que ambas universidades otorgarán un doble título/grado, el Convenio de Co Tutela deberá establecer con claridad el alcance de la investigación para que ésta sea conducente a la obtención del doble grado, así como las condiciones que el doctorando debe cumplir a cabalidad para ello (plazos para entrega de la tesis, examen de grado, etc). PROCEDIMIENTO (Para envío de estudiantes) El estudiante deberá presentar al Director del Programa de Doctorado de la Unidad Académica que corresponda, un expediente que contenga los siguientes documentos: Proyecto de Tesis Plan de Trabajo Carta de Patrocinio firmada por los tutores de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y de la Universidad de destino. Si la Co tutela es aprobada por el Director del Programa de Doctorado, este último debe enviar una Carta de Patrocinio del Director de la Unidad Académica al Vicerrector de Desarrollo solicitando la continuación del proceso. La DRI recibirá la solicitud y, a través de la Unidad de Cooperación Internacional (quien llevará a cabo la traducción si es necesario ), revisará la propuesta y la dirigirá a las instancias revisoras que correspondan. Ya sea que la Unidad Académica o la Unidad de Cooperación Internacional intercambien los borradores con la contraparte, es la Dirección de Relaciones Internacionales quien encabezará el proceso de negociación de términos, así como la gestión del contrato. Serán Cooperación Internacional o la Unidad Académica quienes remitan los convenios firmados y visados a la contraparte, según acuerden, y siempre considerando que, una vez llegados los ejemplares que corresponden a la PUCV, éstos deberán ser entregados en original a la Unidad de Cooperación Internacional, para su respectivo registro. Los interesados podrán, además, acudir a la Dirección de Relaciones Internacionales, específicamente a la Unidad de Cooperación Internacional, para solicitar y recibir orientación respecto al proceso.
REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos
REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN INGENIERIA Septiembre, 2007 TITULO I DEFINICIÓN Art. 1: El Programa de Postgrado en Ingeniería depende de la Escuela de Ingeniería y es conducente a los grados académicos
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesCONVENIO ACADÉMICO INTERNACIONAL PARA DOBLE o MÚLTIPLE TITULACIÓN DE MAESTRÍA Y/O DOCTORADO
CONVENIO ACADÉMICO INTERNACIONAL PARA DOBLE o MÚLTIPLE TITULACIÓN DE MAESTRÍA Y/O DOCTORADO CONVENIO que celebran LA UNIVERSIDADE DE SÃO PAULO [UNIVERSIDAD DE SÃO PAULO] (BRASIL) y la INSTITUCIÓN EXTRANJERA
Más detallesDOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS
: DOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO TITULO I: DEFINICION ART. 1 Del Programa La Facultad de Arquitectura, Diseño
Más detallesNORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Preámbulo La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) tiene entre sus
Más detallesReglamento de la Universidad Católica del Uruguay para los estudiantes comprendidos en el Programa de Intercambio Estudiantil
Reglamento de la Universidad Católica del Uruguay para los estudiantes comprendidos en el Programa de Intercambio Estudiantil La Universidad Católica del Uruguay coordina, a través de la Oficina de Intercambio
Más detallesNORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS
NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales propone a la Junta de Gobierno de la Universidad de Almería la siguiente
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo
Más detallesReglamento del Programa de Intercambio Estudiantil: Outgoing Mobility / Incoming Mobility
Fechas de vigencia: 2015 en adelante Tipo y nombre de documento: Versión: definitiva Responsable/s de elaboración: Carolina Greising Página 1 de 7 Código: Reglamento del Programa de Intercambio Estudiantil:
Más detallesPrograma Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL
Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Capítulo General REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA 1. Con el propósito de instrumentar el intercambio académico entre las universidades miembros de
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIONES
REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El presente reglamento norma los requisitos y procedimientos necesarios para la convalidación de asignaturas, en sus distintas
Más detallesGuía de Matrícula para Programas de Doctorado
Guía de Matrícula para Programas de Doctorado CONTENIDOS 1. REQUISITOS OFICIALES DE ACCESO A PROGRAMAS DE DOCTORADO...3 1.1. Legislación aplicable... 3 1.2. Requisitos de acceso... 3 2. REQUISITOS DE ADMISIÓN...4
Más detalles5. o. ASIGNATURA: PRACTICUM (Información general) (Código: 515053) 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETIVOS
ASIGNATURA: PRACTICUM (Información general) (Código: 515053) 1. INTRODUCCIÓN La implantación del Practicum en la UNED está condicionada por las características de esta Universidad: su ámbito geográfico,
Más detallesProtocolo de Movilidad Estudiantil Proyecto MECESUP USC 0805
Protocolo de Movilidad Estudiantil Proyecto MECESUP USC 0805 1. Aspectos Generales El Programa de Movilidad Estudiantil (PME) es la actividad académica programada con el objetivo de contribuir a la formación
Más detallesGuía del Programa de Movilidad de Estudiantes SUI IURIS RESPONSABILIDADES DE LAS UNIVERSIDADES
Guía del Programa de Movilidad de Estudiantes SUI IURIS CAPÍTULO I CAPÍTULO II CAPÍTULO III CAPÍTULO IV CAPÍTULO V CAPÍTULO VI DEFINICIONES DEL PROCESO DE CONVOCATORIA DE LOS REQUISITOS PARA POSTULAR RESPONSABILIDADES
Más detallesVicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente.
CAPITULO I De la Definición y Objetivo Artículo 1. El objetivo del presente Reglamento es regular la aplicación y desarrollo de las estrategias, acciones y actividades, relacionadas con la movilidad estudiantil
Más detallesUNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS
UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE CURRÍCULAR Y EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS Artículo 1: La Evaluación de un Título
Más detallesEscuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Reglamento de Movilidad Estudiantil
Página 1 de 9 Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Título Primero Conceptos generales Artículo 1. Definición de movilidad estudiantil y de los programas que la componen Los programas de movilidad
Más detallesReglamentación sobre Homologación y Validación de Materias. Universidad de los Andes
Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias Universidad de los Andes Aprobado por el Comité Directivo, en su sesión N 84-14 del 12 de febrero de 2014. 1. Objetivo. Este reglamento tiene
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS DE BECAS PARA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DEL VALLE
CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS DE BECAS PARA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DEL VALLE ANTECEDENTES CONVOCATORIA 647-2014 DOCTORADOS NACIONALES Durante el año 2014, COLCIENCIAS realizó
Más detallesOBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES
La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005 Por la cual se reglamentan los programas de diplomado en la Universidad Nacional de Colombia
Más detallesREGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS
REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Unidad responsable Artículo 3.- Nivel de conocimiento
Más detallesANEXO I PROGRAMA DE MOVILIDAD DE ACADÉMICOS Y GESTORES MÉXICO ARGENTINA (MAGMA)
ANEXO I PROGRAMA DE MOVILIDAD DE ACADÉMICOS Y GESTORES MÉXICO ARGENTINA (MAGMA) ANTECEDENTES El presente Programa surge en el marco del Convenio de Colaboración Académica, Científica y Cultural, celebrado
Más detallesACUERDO No. 03 (Octubre 22 de 2012)
ACUERDO No. 03 (Octubre 22 de 2012) Por el cual se desarrolla el Acuerdo No. 05 de Julio 9 de 2003 sobre Internacionalización de la Universidad Libre y se expide el Reglamento de Movilidad Docente y Estudiantil.
Más detallesREGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO
REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO Exposición de motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesREGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO
REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO DEL PROPÓSITO DEL REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD
Más detallesTEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica
Más detallesMovilidad Internacional USB REGLAMENTO PARA ALUMNOS. Responsable: Lic. Mariela Muñoz Melgarejo
Movilidad Internacional USB REGLAMENTO PARA ALUMNOS 1. OBJETIVO Definir los procedimientos, acciones y responsabilidades de los procesos llevados a cabo en el Departamento de Intercambio Académico de la
Más detallesPREÁMBULO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Acuerdo de 11 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento de los trabajos de fin de grado y de fin de máster en la Universidad de Zaragoza. PREÁMBULO
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones
Más detallesAdaptaciones / Convalidaciones
Adaptaciones / Convalidaciones Al ser un centro adscrito a la U.R.J.C. seguimos la normativa de dicha Universidad. REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES DE
Más detallesDECRETO DE RECTORIA. 4º. El acuerdo adoptado por el Consejo de la Escuela de Periodismo con fecha 4 de noviembre de 2005;
DECRETO DE RECTORIA REF.: Establece Reglamento de Graduación y Titulación de la carrera de Periodismo. Valparaíso, 24 de enero de 2006 VISTOS: 1º. El decreto de rectoría académico Nº 41/2004 de 16 de abril
Más detallesUNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015 La Vicerrectoría de Investigación y Estudios Avanzados,
Más detallesPrograma BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES. Convocatoria 2013
Programa BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES Convocatoria 2013 1- OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA. El presente llamado se realiza en el marco del Programa BECAS IBEROAMÉRICA.
Más detallesAPRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN GEOGRAFIA Y PLAN DE ESTUDIOS CON MENCIONES. FACULTAD DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES.
150/A APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN GEOGRAFIA Y PLAN DE ESTUDIOS CON MENCIONES. FACULTAD DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES. Decreto Universitario N 0084 de 6 de enero de 1984 Apruébase
Más detallesFUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES
Introducción FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, en su artículo
Más detallesREGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y AUTORIDADES DEL PROGRAMA Artículo 1. El presente Reglamento se aplicará a todas las
Más detallesReglamento de Financiamientos de Estudios para el Personal
Reglamento de Financiamientos de Estudios para el Personal Dirección de Desarrollo de Personal Enero, 2011 PERSONAL DOCENTE Conforme a las estrategias institucionales y planes de crecimiento y desarrollo
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO El Consejo Universitario en sesión del 18 de mayo de 1967, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i
REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i 1- DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA El Programa: PROGRAMA ESCALA GESTORES Y ADMINISTRADORES promueve la cooperación y la integración de las Universidades
Más detallesPROGRAMA DE VIAJES INTERNACIONALES VINCULADOS A LA ACTIVIDAD CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA Resolución (CS) 2808/92 1
PROGRAMA DE VIAJES INTERNACIONALES VINCULADOS A LA ACTIVIDAD CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA Resolución (CS) 2808/92 1 Visto la Resolución (CS) Nº 2521/88 y Considerando: Que uno de los instrumentos más relevantes
Más detallesTÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO
TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO DEL COLEGIO DE ARQUITECTURA Y DISEÑO INTERIOR CADI
REGLAMENTOACADÉMICODEL COLEGIODEARQUITECTURAYDISEÑOINTERIOR CADI El presente reglamento establece las normas específicas que rigen a los estudios que conducen a la obtención del grado académico de Licenciado
Más detallesREGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO
REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO DECRETO UNIVERSITARIO EXENTO Nº 006895, DE 22 DE OCTUBRE DE 1993 Artículo
Más detallesNORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS
Más detallesMaestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos ANEXO 1 Resolución Decanal Nº 237/11 REGLAMENTO DE
Más detallesPROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE POSTULANTES A BECAS DOCENTE Y EXTRANJERO SUPERNUMERARIO
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE POSTULANTES A BECAS DOCENTE Y EXTRANJERO SUPERNUMERARIO Estas Becas están establecidas en las letras D) y E) del art. 4 del Reglamento de Becas de Postgrado y Postdoctorado
Más detallesSantander Universidades Espacio Común de Educación Superior
Santander Universidades y el (ECOES) CONVOCAN A los estudiantes de licenciatura y posgrado a presentar su candidatura para obtener una de las 100 becas de movilidad estudiantil, de conformidad con las
Más detallesRECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 857 DE 2010 (15 DE JULIO)
RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 857 DE 2010 (15 DE JULIO) Por la cual se crea el Programa de Movilidad Internacional para Investigación y Creación Artística y se establecen medidas reglamentarias y administrativas
Más detallesREGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007.
REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007. Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que
Más detallesUniversidad CEU-Cardenal Herrera
MEMORIA DE VERIFICACIÓN PROGRAMA DE DOCTORADO EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS Y DE LA ADMINISTRACIÓN FACULTAD DE DERECHO EMPRESA Y CIENCIAS POLÍTICAS Universidad CEU-Cardenal Herrera Requisitos de acceso
Más detallesDOCUMENTO DE COMPROMISO DOCTORAL
DOCUMENTO DE COMPROMISO DOCTORAL Concebido como tercer ciclo de los estudios universitarios oficiales, el doctorado conduce a la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación
Más detalles[Aprobado por Acuerdo 231/2012, de 30 de Octubre de 2012, del Consell de Govern de la Universitat de València]
REGLAMENTO REGULADOR DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER Y DE LA CONCESIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE MÁSTER EN LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Más detallesUniversidad Autónoma del Estado de México Secretaría de Investigación y Estudios Avanzados Dirección de Investigación
DISPOSICIONES DE LICENCIA CON GOCE DE SUELDO FUNDAMENTO LEGAL Teniendo como marco la Legislación de la Universidad Autónoma del Estado de México y con base en el reglamento del Personal Académico, el artículo
Más detallesGUÍA DE PRÁCTICAS EXTERNAS
GUÍA DE PRÁCTICAS EXTERNAS Este documento es de obligada lectura para todos aquellos alumnos que realicen la asignatura Prácticas Externas en Empresas e Instituciones (Normativa aplicable: RD 1707/2011,
Más detalles4) La duración máxima de la estadía de un estudiante que realice actividades de intercambio en el exterior será de doce (12) meses.
UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR NORMAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO INTERNACIONAL POR PARTE DE ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA USB Aprobadas por el Consejo Directivo de la USB el 13 de Mayo
Más detallesREGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CREDITOS EUROPEOS EN LA UNIVERSIDAD DE CADIZ
REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CREDITOS EUROPEOS EN LA UNIVERSIDAD DE CADIZ PREÁMBULO El Programa Sócrates, basado en los artículos 149 y 150 del Tratado de la Unión, es
Más detallesNORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de
Más detallesREGLAMENTO DE REVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE REVALIDACION Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS 1 ÍNDICE PAG. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 3 CAPÍTULO II REVALIDACIÓN
Más detallesGuía y Reglamento de Estudiantes de Intercambio
Guía y Reglamento de Estudiantes de Intercambio 1. Definición de estudiante de intercambio Estudiante de intercambio es aquel que está inscrito como estudiante regular de algún programa de estudios, en
Más detallesAPRUEBA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FILOSOFIA CON MENCIONES. REGLAMENTO TITULO I
83 APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FILOSOFIA CON MENCIONES. Decreto Universitario N 006175 de 31 de marzo de 2006 Apruébase el siguiente texto refundido
Más detallesPrograma Nacional de Movilidad Estudiantil Becas Santander-ECOES Calendario de Operación XVII Convocatoria, agosto-diciembre 2013
Becas Santander-ECOES Calendario de Operación XVII Convocatoria, agosto-diciembre 2013 1. Publicación de la Convocatoria e inicio de registro electrónico en: www.santanderbecas.com.mx y www.ecoes.unam.mx
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES.
209 REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR Artículo 1 Decreto Universitario N 0028011 de 5 de octubre de 2010 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES El presente
Más detallesLINEAMIENTOS DE MOVILIDAD ACADÉMICA
LINEAMIENTOS DE MOVILIDAD ACADÉMICA Artículo 1.- OBJETO. Estos lineamientos norman y organizan la movilidad del personal académico de la Universidad Politécnica de Guanajuato y visitantes de otras instituciones
Más detallesREGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA
REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA Actualizado 2015 Página 1 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD SEK 1. El siguiente reglamento de Proceso de Titulación de la Carrera de Enfermería
Más detallesP R O G R A M A D E M O V I L I D A D D E E S T U D I A N T E S D E P O S G R A D O (PMEP) REGLAMENTO
P R O G R A M A D E M O V I L I D A D D E E S T U D I A N T E S D E P O S G R A D O (PMEP) REGLAMENTO Aprobado en la LXIV Reunión del Consejo de Rectores, Universidad Nacional de Asunción, 25 de octubre
Más detallesArtículo 1. Personas externas colaboradoras de docencia e investigación: investigadores en formación, docentes e investigadores consolidados
Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia Tel.: 934 035 512 Fax: 934 037 285 NORMATIVA REGULADORA DE LA COLABORACIÓN DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR EXTERNO Y DE PERSONAL INVESTIGADOR
Más detallesTÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO
TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado
Más detallesTítulo I. Ámbito de aplicación y autoridades
UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PREVIO DE LEGAL APROSADO 2014 FIJA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN DERECHO PENAL. VISTOS: Las facultades que me confieren los decretos con
Más detalles1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento
Más detallesInstrucciones para el desarrollo del Trabajo Fin de Grado en Biotecnología por la Universidad de Valencia
Instrucciones para el desarrollo del Trabajo Fin de Grado en Biotecnología por la Universidad de Valencia 1. Introducción. (Aprobada por la Comisión Académica del Título en Biotecnología el 5 de Noviembre
Más detallesTÍTULO 1. ESTANCIA DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS.
REGLAMENTO DE ESTANCIAS INTERNACIONALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Europea de Madrid en su interés por proporcionar una formación integral, adaptada a las necesidades presentes y futuras de nuestra
Más detallesReglamento sobre Trabajo Fin de Grado de la Facultad de Farmacia Universidad de Granada
Reglamento sobre Trabajo Fin de Grado de la Facultad de Farmacia Universidad de Granada El texto fue, inicialmente, aprobado por la Junta de Facultad, en sesión de 5-2-2013, a partir del texto aprobado
Más detallesDobles Titulaciones Internacionales. Vicerrectorado de Relaciones Internacionales Universidad Miguel Hernández de Elche
Dobles Titulaciones Internacionales Vicerrectorado de Relaciones Internacionales Universidad Miguel Hernández de Elche Qué es una doble titulación? Acuerdo entre universidades para que estudiantes de ambas
Más detallesBases Generales de Postulación Programa de Movilidad Estudiantil Estudios Parciales en el Extranjero. Convocatoria Primer Semestre 2015
Bases Generales de Postulación Programa de Movilidad Estudiantil Estudios Parciales en el Extranjero Convocatoria Primer Semestre 2015 Dirección de Relaciones Internacionales Universidad de Chile 1. Descripción
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Bases normativas bajo las cuales se regirá el ingreso, la permanencia y la promoción de alumnos que cursen Planes de Estudio Flexibles del Nivel Profesional OFICINA DEL ABOGADO GENERAL BASES NORMATIVAS
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de los Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Miguel Hernández. Con el objeto de adecuar la Normativa
Más detallesREGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS (Texto íntegro resultante de las modificaciones aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2003).
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:
LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA UNED II. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN. CENTRO ADSCRITOS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. En desarrollo del Capítulo I del Título II de
Más detallesPROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER)
PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) V.01.02/12/10 Página 2 de 17 Para facilitar la labor que desarrollan los evaluadores, nombrados por AGAE, en el proceso
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN
REGLAMENTO ACADÉMICO DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN DE LAS CARRERAS DE POSGRADO Art. 1.: Las carreras de posgrado son carreras universitarias del más alto nivel de conocimiento teórico,
Más detallesEspecialización en Gestión de Recursos Humanos
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Recursos Humanos Especialización en Gestión de Recursos Humanos Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo
Más detallesREGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y MÁSTER
REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado por Consejo de Gobierno de 27.05.2011 y Modificado por Consejo de Gobierno de 26.10.2012) Exposición
Más detallesMOV2015-000. FOTO 6x4. Oficina de Relaciones Interinstitucionales. Formato de postulación a programa de Movilidad Saliente (larga duración)
Formato de postulación a programa de Movilidad Saliente (larga duración) FAVOR DILIGENCIAR EN LETRA MAYÚSCULA Y SIN SALIRSE DEL RECUADRO. Seccional. 1. Datos Generales Primer Apellidos. Segundo FOTO 6x4
Más detallesR E G L A M E N T O DE G R AD O S Y T Í T U L O S D E L A F A C U L T A D D E D E R E C H O
R E G L A M E N T O DE G R AD O S Y T Í T U L O S D E L A F A C U L T A D D E D E R E C H O 2012-1 REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE DERECHO 1. GRADOS Y TÍTULOS La Facultad de Derecho de
Más detallesNORMATIVA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN EMPRESAS
NORMATIVA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN EMPRESAS Curso 2014/2015 Profesor responsable: Mercedes Carmona Máster Universitario en Marketing y Comunicación Universidad Católica
Más detallesARTÍCULO 1.- RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS
PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN El Artículo
Más detalles(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)
NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN MIGRACIONES INTERNACIONALES Y DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO, DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE MIGRACIONES
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
6695 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 27 de febrero de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Infantil. (2009050103) El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura,
Más detallesPREÁMBULO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO POR EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS CURSADOS EN PROGRAMAS DE INTERCAMBIO INTERNACIONAL (Aprobado por el Consejo de Gobierno el 12 de junio de 2006) (BOUJA nº 59, Junio-2006) PREÁMBULO
Más detallesAdministración de Negocios con orientación en Dirección de Sistemas de
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de Sistemas de Información Maestría en Administración de Negocios
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y ASISTENCIA FINANCIERA
UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE BECAS Y ASISTENCIA FINANCIERA PREPARADO POR: UNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS FINANCIEROS USFQ SERVICIOS INTEGRADOS Fecha de Actualización: Noviembre,
Más detalles