Universidad Nacional de General San Martín. Proyecto Final Integrador. Medidas de Protección frente a la Radiación Externa en Servicios de Radiología

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1 Universidad Nacional de General San Martín Proyecto Final Integrador Medidas de Protección frente a la Radiación Externa en Servicios de Radiología Director del Proyecto: Ing. Gustavo Sánchez Alumna: Sonia Contreras 1

2 1. Introducción Medidas de Protección frente a la Radiación Externa en Servicios de Radiología 2. Qué son las Radiaciones Ionizantes? Índice 3. Efectos producidos por la radiación: Estocásticos y Determinísticos 4. Organismos Nacionales e Internacionales que velan por la Protección Radiológica 5. Objetivos de la Protección Radiológica 6. Marco Conceptual de la Protección Radiológica Sistemas de Protección Justificación de una práctica Optimización Límites de Dosis Exposiciones Potenciales 7. Sistemas de Protección para las prácticas Tipos de Exposición Sistemas de Protección en la Exposición Ocupacional Sistemas de Protección en la Exposición Médica Sistemas de Protección en la Exposición del Público 8. Técnicas de Protección contra la Radiación Externa Tiempo Distancia Blindaje 9. Implementación de un Sistema de Protección Radiológica en Servicios de Radiología Diseño de una sala de Radiología: Requisitos Evaluación de Dosis 10. Conclusión. 11. Bibliografía ANEXO 1: Mediciones de Dosis de Radiación recibida en la Exposición Ocupacional y Médica en Radiología Convencional y Radioscopia. ANEXO 2: Memoria de Cálculo 2

3 1- INTRODUCCIÓN En el campo de la medicina, las radiaciones ionizantes cuentan con numerosas aplicaciones benéficas para el ser humano. Con ellas se pueden realizar una gran variedad de estudios diagnósticos y tratamientos, así como investigar funciones normales y patológicas en el organismo. Pese a esto, existe en la sociedad un concepto erróneo de las radiaciones ionizantes, sus aplicaciones y sus usos, que genera un cierto temor. Es por ello que debemos saber que el 85% de las radiaciones que recibimos todos los seres humanos viene dada por fuentes naturales de radiación, el mayor aporte lo realiza el gas Radon (50%) que difunde a través del suelo y los cimientos de las casas siendo un emisor de partículas alfa; en menor proporción somos afectados por: radiaciones Gamma de la tierra y edificios (14%), radiaciones de alimentos y bebidas (11.5%) y por Rayos Cósmicos (10.5%). El 15% restante de la radiación recibida proviene de fuentes artificiales de radiación, correspondiendo la mayor parte a la Practica Medica (14%). Todas estas radiaciones son consideradas radiaciones ionizantes y convivimos habitualmente con ellas sin saberlo. Es cierto que dichas radiaciones pueden causar efectos en la salud de las personas expuestas, los cuales pueden ser Determinísticos o Estocásticos y dependen de la dosis de radiación recibida. Para minimizar estos riesgos existen Organismos Internacionales y Nacionales que crean y establecen normas velando por la protección frente a la radiación. Es necesario tener en cuenta que la dosis de radiación recibida por un técnico radiólogo no es la misma dosis que recibe el paciente como tampoco lo es la dosis de radiación recibida por los miembros del público; por ello es necesario clasificar la exposición de tres formas distintas: Ocupacional, Médica y del Público. De esta manera podrán implementarse los Criterios de Protección Radiológica de Optimización, Justificación de una práctica y Límites de Dosis recibida, que hacen a una optima y benéfica práctica medica. 3

4 2- QUÉ SON LAS RADIACIONES IONIZANTES? Es necesario antes de introducirnos en el tema hacer un paréntesis para recordar cuál es el concepto de Radiaciones Ionizantes y el efecto producido por su interacción con la materia. El termino Radiación expresa básicamente una Transferencia de Energía de una fuente a otra. Las radiaciones pueden tener o no un efecto ionizante sobre la materia con la cual interactuan. Aquellas Radiaciones que son Ionizantes al interaccionar con la materia pueden transferirle la energía necesaria para romper el equilibrio en el que se encuentra el átomo (cada átomo es neutro debido a una compensación de cargas), en cuyo caso éste se divide en dos partículas cargadas eléctricamente denominadas Iones. Este fenómeno se conoce como Ionización. Las radiaciones ionizantes pueden también clasificarse, dependiendo de su relación con el organismo, en: Radiaciones Externas: emitidas por fuentes selladas o abiertas, y Radiaciones Internas: por incorporación del material radiactivo al organismo. Los RX utilizados en radiología consisten en radiaciones electromagnéticas ionizantes, de clasificación externa, producidas como el resultado de la colisión de un haz de electrones contra el blanco del ánodo en un Tubo de Rayos X. La energía de los fotones que componen la radiación varía entre 10 KeV y 150 KeV y su emisión puede controlarse e interrumpirse a voluntad con los controles del equipo. [1] [1] Protección Radiológica- Aspectos Prácticos de Cesar F. Arias 4

5 3- EFECTOS PRODUCIDOS POR LA RADIACION Los efectos biológicos de las radiaciones ionizantes son la consecuencia de un número importante de fenómenos desencadenados por el pasaje de la radiación a través de un medio. Como ya sabemos, las radiaciones ionizantes son capaces de producir alteraciones en el comportamiento químico de las moléculas del organismo, generando modificaciones en la estructura celular. Esta acción es más significativa en las moléculas de ADN (Acido Desoxirribonucleico), donde pueden producirse alteraciones morfológicas de su estructura, denominadas Aberraciones Cromosómicas, o cambios químicos, denominados Mutaciones; en ambos casos se produce una perdida de información genética lo cual provoca cambios en el comportamiento celular. Para poder enfrentar el daño inicial, en la estructura del ADN, que genera estos cambios, las células han desarrollado un mecanismo complejo de reparación. El tiempo de reparación es de aproximadamente 2 hs, por lo cual la probabilidad de que las radiaciones provoquen daños en la célula depende de la concentración de iones en el volumen de la molécula de ADN y de la frecuencia con que se generan en el tiempo. La alteración generada por las radiaciones ionizantes puede causar efectos biológicos sobre el organismo, éstos podrían clasificarse en dos grandes categorías caracterizadas: Una por la muerte o imposibilidad de reproducción de las células irradiadas (Efectos Determinísticos), Y otra, por la modificación de la información genética (Efectos Estocásticos). Para poder desarrollar un sistema de Protección Radiológica se precisa un conocimiento cuantitativo de cómo la probabilidad de ocurrencia de los efectos estocásticos y la gravedad de los efectos determinísticos se relacionan con la Dosis de Radiación recibida. Es amplio el desarrollo y existe una gran cantidad de información relacionada con el tema. En este capítulo solo nos introduciremos brevemente en el concepto de efectos estocásticos y efectos determinísticos. 3.1 EFECTOS DETERMINISTICOS Los Efectos Determinísticos se producen cuando el organismo recibe grandes dosis de radiación y la cantidad de células afectadas, por la muerte o perdida de la función de reproducción, es lo suficientemente grande como para dañar al tejido u órgano al cual mantienen activo. Este tipo de efectos, al igual que la gravedad de los mismos, se encuentran supeditados a la dosis de radiación recibida, y se puede afirmar que resultan de la exposición a dosis superiores al umbral existente. [2] Radioprotección en las Aplicaciones Médicas de las Radiaciones Ionizantes. 5

6 Para exposiciones aisladas el valor de dosis umbral es de 0.5 Gy, en tanto que para exposiciones crónicas es de 0.1 Gy/ año. Los valores umbrales de dosis difieren según el órgano o tejido irradiado (ver detalle en Tabla 1) dado que cada uno tiene una respuesta variable a las radiaciones ionizantes (ICRP 1984). Entre los tejidos más radiosensibles se encuentran: Los ovarios y los Testículos. La Médula Osea. El Cristalino. La irradiación de todo el cuerpo puede provocar daños de diversa severidad y hasta la muerte del individuo irradiado. La causa determinante de la muerte difiere según el orden de la magnitud de las dosis recibidas. La Dosis Letal Media (DL 50 ) es de 3 a 5 Gy (Dosis aguda en todo el cuerpo que puede provocar la muerte del 50% de la población irradiada en un lapso de 60 días). Dosis superiores a 8 Gy en todo el cuerpo provocan la muerte del 100% de la población irradiada. Tabla 1: Umbrales de dosis para distintos tejidos u órganos. [4] Tejido / órgano Testículos Esterilidad Temporal Esterilidad Permanente Dosis Unica (Gy) Tasa de Dosis Anual (Gy/ año) Ovarios Esterilidad Permanente Cristalino Opacidades detectables Cataratas Médula Ósea Depresión de Hematopoyesis Pulmón 7 Tiroides 10 Intestinos >0.1 > [2] Radioprotección en las Aplicaciones Médicas de las Radiaciones Ionizantes. [4] ICRP 60 Recomendaciones

7 3.2 EFECTOS ESTOCASTICOS Si en vez de pensar en la muerte celular, ahora tenemos en cuenta aquellas células que han sufrido un daño no reparado y sobreviven con esa alteración, manteniendo su capacidad reproductiva, estaremos pensando en los Efectos Estocásticos de la radiación. Este tipo de efectos son de naturaleza aleatoria o estadística; La probabilidad de ocurrencia de los efectos estocásticos es función de la dosis (Figura 1.A), mientras que la severidad de los mismos es independiente de la dosis de radiación recibida (Figura 1.B) y carecen de umbral. Figura 1 A: Probabilidad de ocurrencia de Efectos Estocásticos en función de la Dosis recibida. Figura 1 B: Severidad de los Efecto Estocásticos en función de la Dosis recibida. [2] Radioprotección en las Aplicaciones Médicas de las Radiaciones Ionizantes. 7

8 Podemos diferenciar dos tipos de efectos estocásticos: a) Efectos Carcinógenos: son los que se producen en células somáticas y pueden inducir cáncer en el individuo expuesto debido a que la falla resultante es compatible con la vida de la célula, por lo cual seguirá viviendo y originará un clon de células transformadas, que tras un periodo de retardo prolongado y variable (periodo de latencia), podrán o no culminar en un cáncer clínicamente manifiesto; para que esto sea evidente debe contener alrededor de 10 9 células transformadas. Desde el punto de vista biológico, el cáncer radioinducido no presenta diferencias respecto del cáncer que aparece espontáneamente en una población dada; por lo cual, hasta el momento, no existe ningún indicador que permita demostrar con certeza que un cáncer determinado ha sido inducido por la radiación. [2] b) Efectos Hereditarios: el daño se produce en una célula cuya función es transmitir información genética a generaciones posteriores, por lo cual el efecto se evidenciará en la descendencia de la persona expuesta. 3.3 EFECTOS PRENATALES Los efectos prenatales pueden presentarse como consecuencia de irradiación durante el embarazo. El feto presenta mayor radiosensibilidad en comparación con los adultos, en consecuencia la respuesta frente a la radiación es distinta. La gestación humana se completa entre las 37 y 42 semanas de Edad Gestacional (EG), diferenciándose distintos periodos: PERIODO DE PREIMPLANTACION: 0-8 días post- gestacional PERIODO EMBRIONARIO: 8-56 días EG (Organogénesis) PERIODO FETAL TEMPRANO: días de EG PERIODO FETAL MEDIO: días EG PERIODO FETAL TARDIO: días de EG Según estudios realizados en fetos de mamíferos, la irradiación puede provocar: a) Efectos Mortales dosis> 0.1 Gy b) Malformaciones umbral= 0.1 Gy en organogénesis c) Retraso Mental d) Cáncer y Leucemia [2] Radioprotección en las Aplicaciones Médicas de las Radiaciones Ionizantes. 8

9 Durante el periodo preimplantacional una exposición a la radiación produce la muerte no detectada del embrión; del mismo modo se puede provocar la muerte del embrión inmediatamente después del implante con dosis del orden de 0.1 Gy. No es probable que se produzcan efectos estocásticos o determinísticos, manifestados en el niño después de su nacimiento, si la irradiación se produjo dentro de las 3 primeras semanas posteriores a la implantación o concepción. Luego de la 3 er semana comienza el periodo de organogénesis, en el cual una exposición a la radiación podría provocar malformaciones en el órgano que se esta desarrollando en ese momento, así como también trastornos de crecimiento como resultado de la muerte de células. Estos efectos son de carácter deterministas y tienen un umbral de 0.1 Gy estimado a partir de estudios realizados con animales (ratas y ratones). Esta dosis es más elevada que la que se alcanza en la mayoría de los procedimientos diagnósticos; Por ejemplo, una dosis fetal de 0.1 Gy no sería probable que se alcance con 3 estudios de TC de pelvis ni con 20 RX de abdomen o pelvis. [3] La irradiación durante el periodo comprendido entre la 8 y la 25 semana puede ocasionar retraso mental, con mayor gravedad al aumentar la dosis. La inducción del efecto es mucho más efectiva si coincide con la formación de la Corteza Cerebral y el Sistema Nervioso Central. El periodo más sensible a la exposición es el comprendido entre la 8 y la 15 semana después de la concepción; en este intervalo la fracción de personas que manifiestan retraso mental severo aumenta a razón del 40%/ Sv. Los estudios de exposición prenatal a rayos X por prácticas radiodiagnósticas han demostrado un aumento en la incidencia de cáncer y leucemias infantiles [2] que se expresan aproximadamente durante los primeros 10 años de vida. Se ha estimado el riesgo de cáncer mortal infantil, debido a exposición prenatal, en 2.8 x 10-2 / Sv. [2] Radioprotección en las Aplicaciones Médicas de las Radiaciones Ionizantes. [3] ICRP 84 Embarazo e Irradiación Médica 9

10 4- ORGANISMOS QUE VELAN POR LA PROTECCION RADIOLOGICA Para poder tener un control sobre el uso de radiaciones ionizantes, y en consecuencia poder minimizar los efectos que causan, existen Organismos Nacionales e Internacionales que crean y establecen Leyes y Normas velando por la protección frente a la radiación. El Organismo Internacional más renombrado es la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP); y dentro de los Nacionales podemos encontrar: la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) y el Ministerio de Salud y Acción Social. La ICRP se estableció en el año 1928 con el nombre de Comité Internacional de Protección de los Rayos X y el Radio. En 1950 fue reestructurada y se cambió el nombre. La Comisión trabaja conjuntamente con otros organismos, tales como: La Comisión Internacional de Unidades y Medidas Radiológicas, La Organización Mundial de la Salud y el Organismo Internacional de Energía Atómica. Además la ICRP tiene en cuenta los avances publicados por las organizaciones nacionales más importantes. El objetivo de la Comisión es aprovechar el amplio espectro de conocimientos procedentes de fuentes externas, de sus propios Comités y Grupos de Trabajo, para alcanzar un consenso razonable en lo referente al resultado de las exposiciones a la radiación. Las Recomendaciones de la ICRP han establecido una base sólida para las normas reguladoras nacionales y regionales. El primer informe emitido por la Comisión fue en el año Anualmente se revisan los nuevos datos publicados y se comparan con los ya existentes. La metodología de trabajo de la Comisión no ha variado de forma significativa en las últimas décadas. El Ministerio de Salud ha delegado el control de materiales radioactivos a la Comisión Nacional de Energía Atómica mediante el decreto n 842/ 58, en el cual no se contempla el control de equipos generadores de Rayos X. Como consecuencia de la necesidad de cubrir este aspecto surgió la Ley / 67, el Decreto Reglamentario n 6320/ 68 y la Resolución Ministerial n 2680/ 68; en este conjunto se establecen las normas relativas a la instalación y funcionamiento de equipos generadores de Rayos X. El Estado, como Organismo Nacional, tiene la función de proteger a la sociedad de los efectos de las radiaciones ionizantes, a través de un adecuado control de sus fuentes generadoras. La Autoridad Regulatoria Nuclear fue creada mediante la Ley Nº (Ley Nacional de la Actividad Nuclear), en el año 1997, y tiene la función de regular y fiscalizar la actividad nuclear en todo lo referente a los temas de seguridad radiológica y nuclear, protección física y no proliferación nuclear. 10

11 Tiene como objetivo establecer, desarrollar y aplicar un régimen regulatorio para todas las actividades nucleares que se realicen en la República Argentina. Este régimen tiene los siguientes propósitos: Sostener un nivel apropiado de protección de las personas contra los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes. Mantener un grado razonable de seguridad radiológica y nuclear en las actividades desarrolladas en el país. Asegurar que las actividades nucleares no sean desarrolladas con fines no autorizados. Prevenir la comisión de actos intencionales que puedan conducir a consecuencias radiológicas severas o al retiro no autorizado de materiales nucleares u otros materiales o equipos sujetos a regulación y control. La ARN edita regularmente publicaciones con las Normas Regulatorias vigentes en materia de seguridad radiológica y nuclear; así como también Informes Anuales que resumen las principales actividades de regulación y fiscalización realizadas. 11

12 5- OBJETIVOS DE LA PROTECCION RADIOLOGICA El objetivo principal de la Protección Radiológica es asegurar un nivel apropiado de protección sin limitar de forma indebida las prácticas beneficiosas que dan lugar a la exposición a radiaciones ionizantes. [ 4] En otras palabras, la Protección Radiológica busca evitar los efectos determinísticos y minimizar la probabilidad de ocurrencia de efectos estocásticos. Como hemos explicado anteriormente, es posible evitar la ocurrencia de efectos determinísticos, en toda situación controlable, ya que estos poseen umbral (500 mgy para exposiciones aisladas y 100 mgy para exposiciones crónicas); por lo cual puede asegurarse que con dosis de radiación que no superen dicho umbral no se producirán tales efectos. Caso contrario ocurre con los efectos estocásticos o probabilísticos, que carecen de umbral y poseen linealidad con la Dosis y la Tasa de Dosis recibida. Es necesario en este punto hacer una distinción entre cuatro términos: cambio, daño, perjuicio y detrimento, para poder seguir avanzando en el tema. CAMBIO: los cambios pueden ser perjudiciales o no. DAÑO: representa algún grado de cambio negativo. PERJUICIO: se utiliza para describir efectos nocivos clínicamente observables que se manifiestan en el individuo o en su descendencia. DETRIMENTO: en la Publicación n 60, la ICRP introdujo el nuevo concepto de detrimento para representar el daño que las radiaciones ionizantes puede provocar sobre la salud de las personas expuestas. En este concepto intervienen la probabilidad de ocurrencia de efectos, ponderados por la respectiva gravedad de cada uno de ellos. D = Σ p i g i p i : probabilidad de ocurrencia del efecto. g i : coeficiente de gravedad del efecto. Este factor puede variar entre 0 y 1, correspondiendo el valor máximo en el caso de muerte de individuos y efectos hereditarios graves en la descendencia. [4] ICRP 60 Recomendaciones

13 Por lo expuesto podemos afirmar que no se puede pretender reducir el detrimento radiológico a cero si se utilizan fuentes de radiación en la sociedad. Es por ello que el concepto de DETRIMENTO CERO es una UTOPIA, sin embargo podemos hablar del concepto de DETRIMENTO ACEPTABLE, el cual no solo se sustenta en información científica, sino que además tiene en cuenta consideraciones sociales y económicas. Esto significa estudiar la relación que existe entre los riesgos asociados a las radiaciones ionizantes y los riesgos a los que estamos expuestos cotidianamente (accidentes, enfermedades, etc.), y analizar también cuál es la magnitud de los recursos que se está dispuesto a invertir para disminuir los detrimentos radiológicos. 13

14 6- MARCO CONCEPTUAL DE LA PROTECCION RADIOLOGICA A lo largo de este trabajo, nos fuimos familiarizando con las radiaciones y dándonos cuenta que convivimos con ellas cotidianamente. Es por este motivo, la relación constante de todos los seres humanos con las radiaciones ionizantes, que todo sistema de protección radiológica debe tener un alcance claramente definido. Reiteradamente hemos expuesto que la finalidad principal de la Protección Radiológica es proporcionar un nivel adecuado de protección para el hombre, sin limitar indebidamente las prácticas beneficiosas que dan lugar a exposición a radiaciones. El marco básico de la Protección Radiológica busca evitar la aparición de efectos determinísticos manteniendo las dosis por debajo de los umbrales aplicables, y asegurar que se tomen todos los recaudos necesarios y razonables para reducir al máximo la inducción de efectos estocásticos. Para poder definir claramente el alcance del Sistema de Protección Radiológica es necesario hacer ciertas distinciones entre Prácticas, Intervenciones y Exposiciones Potenciales, ya que las medidas de control apropiadas dependen de si éstas se van a aplicar a una Práctica que causa exposiciones, o a Intervenciones destinadas a reducir tales exposiciones. Las Exposiciones Potenciales serán desarrolladas en otro punto del presente capítulo, ahora nos detendremos en la clasificación de Prácticas e Intervenciones. Esta clasificación surge dado que la ICRP ha desarrollado criterios aplicables a dos tipos de circunstancias totalmente diferentes desde el punto de vista de la posibilidad de controlar las causas que originan las exposiciones a las personas. PRACTICAS: se denominan así todas aquellas actividades en las que se utilizan nuevas fuentes de radiación o se habilitan nuevas vías de transferencia ambiental de radionucleidos y cuya introducción deliberada y autorizada en la sociedad dan lugar a aumentos de las dosis de radiación que reciben algunas personas. [2] En el caso de una práctica nueva se puede optar por aceptarla tal como se presentó o con modificaciones, o en caso contrario rechazarla en su totalidad. La decisión de aceptar o rechazar el inicio de una nueva práctica debe fundamentarse en el análisis del detrimento que la misma puede ocasionar tanto durante el desarrollo normal, en el cual es posible prever las dosis de radiación recibidas por las personas expuestas (Exposiciones Planificadas), como en la eventualidad de accidentes que pueden originar dosis muy diferentes a las previstas (Exposiciones Potenciales). Las prácticas ya existentes se pueden revisar a la vista de nueva información o de normas de protección modificadas. INTERVENCIONES: esta expresión se aplica al conjunto de acciones que corresponde adoptar cuando las personas reciben o pueden recibir dosis de radiación que se originan en causas no controlables y preexistentes al momento de decidir la intervención, como es el caso de accidentes ya desencadenados y ciertas situaciones de exposición natural. Estas acciones pueden contribuir a disminuir las dosis de radiación que habrán de recibir las personas a partir del momento en que se decide la intervención. [2] [2] Radioprotección en las Aplicaciones Médicas de las Radiaciones Ionizantes. 14

15 6.1 SISTEMAS DE PROTECCION La limitación de las exposiciones puede lograrse mediante controles en la fuente, en los procesos de transferencia o en las personas expuestas; es decir, mediante la implementación de un sistema de protección adecuado, el cual se fundamenta en los tres Principios básicos de la Protección Radiológica: - Justificación. - Optimización. - Límites de Dosis. Para poder implementar un Sistema de Protección adecuado debe realizarse un análisis dual de la relación entre las fuentes de exposición y los individuos expuestos. Debe considerarse que cada fuente provoca la exposición de varios individuos y, a su vez, cada individuo (particularmente los miembros del público) puede recibir dosis de radiación provenientes de distintas fuentes. El primer enfoque nos conduce a un análisis colectivo, como la aplicación de los Criterios de Justificación y Optimización, y el segundo da lugar a un análisis de tipo individual, como los Límites de Dosis. En ambas circunstancias la Protección Radiológica tiene el mismo fin: procurar evitar que las fuentes de radiación causen efectos biológicos determinísticos en los individuos, y reducir la probabilidad de efectos biológicos estocásticos, teniendo en cuenta consideraciones económicas y colectivas. Todo Sistema de Protección debería incluir una evaluación global de su eficacia en su aplicación práctica. Existen dos implementaciones diferentes de los Sistemas de Protección: - Sistemas de Protección para las Prácticas. - Sistemas de Protección para las Intervenciones. En ambos casos son aplicables los Criterios de Justificación y Optimización, pero difieren en la aplicación de los Límites de Dosis ya que no son aplicables en las Intervenciones. 6.2 JUSTIFICACION Teóricamente, los riesgos producidos por las fuentes artificiales de radiación podrían evitarse, pero a un costo muy elevado que la sociedad no estaría dispuesto a pagar: renunciar a los beneficios que nos brindan las aplicaciones médicas e industriales de la radiación. Cuántas vidas se dejarían de salvar si no existiera la Radiología Médica, la Radioterapia y demás! Cuántas fallas dejarían de detectarse en las arquitecturas si no existiera la Radiología Industrial! Es por ello que en este aspecto, al igual que en cualquier otra actividad humana, la decisión sobre la adopción y continuación de una Práctica o Intervención requiere un análisis profundo, en el cual se deberá tener en cuenta la relación costo- beneficio. La ICRP recomienda que a la hora de considerar Prácticas o Intervenciones que impliquen exposiciones a radiaciones, se incluya explícitamente el detrimento asociado a dicha exposición, en el proceso de toma de decisiones. 15

16 El uso de radiaciones ionizantes debe producir un beneficio neto positivo, es decir que debe producir más beneficios que perjuicios. Esto se conoce como Criterio de Justificación. 6.3 OPTIMIZACION Una vez que una Práctica ha sido justificada y adoptada, es necesario considerar como utilizar mejor los recursos disponibles para reducir el riesgo de las radiaciones para los individuos y la sociedad. Como hemos visto en el capítulo 5, el concepto de Riesgo Cero o Detrimento nulo es una Utopía, un objetivo imposible, y dado que no existe una dosis tan baja que permita asegurar la ausencia de riesgos, debe hacerse todo lo razonablemente posible para reducir las dosis de radiación, la cantidad de personas expuestas y el riesgo de accidentes, siempre teniendo en cuenta factores económicos y sociales. Esto se conoce como Criterio de Optimización. El procedimiento de Optimización de la Protección, básicamente, se trata de un procedimiento relacionado con la fuente, que se debería aplicar, en primer lugar, en la etapa de diseño de todo proyecto. Es en esta etapa cuando se pueden conseguir mayores reducciones de dosis de manera efectiva. Para conseguir la máxima Optimización desde el punto de vista de la protección es necesario tener en cuenta la forma en que será utilizado el equipo posteriormente e incluirlo en el diseño de la sala, lo cual detallaremos más adelante. El proceso de Optimización debería continuar durante la fase de operación; aquí el proceso se torna más informal y consiste en cambios en los procedimientos basados en el sentido común, no obstante suele ser muy efectiva. Todo proceso de Optimización está restringido por Límites de Dosis o por Restricciones de Dosis aún más severas impuestas por las autoridades regulatorias de cada país y para cada práctica en particular. 6.4 LIMITES DE DOSIS Es el tercer Criterio Básico de Protección Radiológica y tiene carácter individual, a diferencia de los Criterios de Justificación y Optimización que son de carácter colectivo. Los Límites de Dosis Individuales se adoptan con el criterio de impedir la ocurrencia de efectos determinísticos y limitar la probabilidad de ocurrencia de efectos estocásticos. Los Límites de Dosis Individuales son menores que cualquier umbral para la ocurrencia de efectos determinísticos, lo cual no implica que constituyan umbrales de seguridad, pero sí definen un nivel fronterizo entre el detrimento que se considera inaceptable y un rango de detrimentos tolerables, aunque no aceptable. Dentro de ese rango, las restricciones particulares que se impongan para cada práctica y la Optimización de su Radioprotección definirán un nivel aceptable. 16

17 INACEPTABLE LIMITES DE DOSIS Restricciones de Dosis Optimización TOLERABLE ACEPTABLE En la vigilancia del cumplimiento de los Límites de Dosis se deben considerar las dosis originadas por fuentes externas y las comprometidas por la incorporación de radionucleidos en el organismo. El objetivo de este trabajo es la Protección Radiológica en Servicios de Radiología, por lo cual nos limitaremos a desarrollar aquellos Límites de Dosis que se establecen para dosis originadas por fuentes externas. 6.5 EXPOSICIONES POTENCIALES No todas las exposiciones se producen según lo previsto. Pueden haber desviaciones accidentales en los procedimientos de operación planificados o fallas en los equipos, los pueden ser previstos y su probabilidad se puede estimar pero no es posible pronosticarlos de forma detallada. Aquellas exposiciones que pueden resultar de eventos accidentales se denominan Exposiciones Potenciales. En este tipo de situaciones se pierde el control previsto sobre las fuentes o las personas, es por ello que deben considerarse como parte de la evaluación de las Prácticas, aunque también pueden requerir Intervenciones. El tratamiento de las Exposiciones Potenciales tiene carácter probabilístico y el objetivo es disminuir al máximo la probabilidad de que ocurran. Dicha probabilidad debe ser menor a medida que los daños ocasionados puedan ser mayores, a tal efecto pueden distinguirse 3 rangos de dosis: - 0 a 1 Gy: aumenta la probabilidad de ocurrencia de efectos estocásticos. - 1 a 7 Gy: aumenta la probabilidad de ocurrencia de efectos estocásticos y se producirán efectos determinísticos (incluso la muerte). - Más de 7 Gy: se producirá la muerte de las personas irradiadas. 17

18 En las Exposiciones Potenciales también son aplicables los Criterios de Justificación y Optimización, esto no ocurre con los Límites de Dosis: a) Justificación de una Práctica: si se dispone de información suficiente, el detrimento asociado a una práctica propuesta en la evaluación de la Justificación de tal práctica, debería incluir el correspondiente a las Exposiciones Potenciales. b) Optimización de la Protección: si las opciones para aplicar el sistema de protección a las Exposiciones Potenciales no alteran las opciones surgidas de la práctica, el detrimento potencial se podrá utilizar en los procedimientos de Optimización sin complicaciones adicionales. Sin embargo, a veces, los dos conjuntos de exposición son interdependientes, por lo cual la Optimización de la Protección se debe llevar a cabo conjuntamente para ambos. c) Límites de Dosis: los Límites de Dosis no son directamente aplicables a las Exposiciones Potenciales. Lo ideal sería que estuvieran complementados por Límites de Riesgo que tuvieran en cuenta la probabilidad de recibir una dosis y el detrimento asociado con ésta, en el caso que efectivamente se recibiera. Sin embargo, los Límites de Riesgo difieren de los límites de Dosis en que no se puede determinar la probabilidad ni la magnitud de la Exposición Potencial, solo se pueden inferir de una evaluación de escenarios futuros. Para poder prevenir los accidentes que originan Exposiciones Potenciales es necesario tener un amplio conocimiento de todos los accidentes que pueden ocurrir y las causas que los desencadenan. 18

19 7- SISTEMAS DE PROTECCION PARA LAS PRACTICAS En el capítulo anterior mencionamos y explicamos la distinción realizada por la ICRP entre el concepto de Prácticas e Intervenciones, vimos también que en base a estos se desarrollan dos Sistemas de Protección que difieren en algunos conceptos. En este trabajo solo nos dedicaremos al estudio de los Sistemas de Protección aplicados a las Prácticas en curso y las previstas. 7.1 TIPOS DE EXPOSICION Para poder aplicar adecuadamente el Sistema de Protección necesario, primero debemos conocer las bases que lo fundamentan: La protección de toda persona que resulte o pueda resultar expuesta a radiaciones. Según el vínculo que exista entre las personas y las fuentes que generan dichas radiaciones, las exposiciones pueden clasificarse en OCUPACIONAL, MEDICA y del PUBLICO. a) Exposición Ocupacional: resulta por la exposición de las personas que por la naturaleza de su actividad laboral interactúan con fuentes de radiación. b) Exposición Médica: es el caso de los pacientes, ya que son deliberadamente expuestos a radiaciones en procedimientos médicos con fines de diagnóstico o tratamiento c) Exposición Pública: es el caso de algunos miembros de la población que resultan expuestos debido a la cercanía circunstancial o permanente de fuentes de radiación. Es toda exposición que no sea Ocupacional ni Médica. Esta clasificación permite desarrollar el Sistema de Protección adecuado, aplicando los criterios básicos de la Protección Radiológica a cada grupo de persona y teniendo en cuenta las consideraciones apropiadas para cada caso. 7.2 SISTEMAS DE PROTECCIÓN EN LA EXPOSICION OCUPACIONAL OPTIMIZACIÓN EN LA EXPOSICIÓN OCUPACIONAL Para poder acotar las opciones consideradas en el Proceso de Optimización, es necesario establecer las Restricciones de Dosis (valores) que estén relacionados con cada fuente en particular, Ejemplo: las Restricciones de Dosis para el trabajo con fuentes generadoras de RX no son las mismas Restricciones que se emplean en el trabajo con materiales radiactivos. De esta manera, al especificar con que tipo de fuente se correlacionan las Restricciones de Dosis, se evitan confusiones ya que los trabajadores podrían estar simultáneamente expuestos con otras fuentes. Normalmente, será apropiado fijar las Restricciones de Dosis a nivel Nacional. Además la Optimización de la Protección debería tener en cuenta tanto las Exposiciones Reales como las Potenciales. 19

20 7.2.2 LIMITES DE DOSIS EN LA EXPOSICION OCUPACIONAL Es importante limitar los riesgos a los que pueden estar expuestos los trabajadores. El objetivo es que trabajar con radiaciones no sea más peligroso que hacerlo en cualquier otro trabajo. El Límite de Dosis efectiva actual, establecido por la ICRP, para la Exposición Ocupacional es de 20 msv por año, promediado a lo largo de 5 años consecutivos, es decir 100 msv en 5 años, no debiendo exceder el valor anual de 50 msv. Con dicho Límite de Dosis efectiva queda asegurada la protección contra Efectos Determinísticos, con excepción del Cristalino y la Piel para los cuales se establecen Límites de Dosis equivalentes de 150 msv y 500 msv respectivamente. En la Tabla 2 se muestran los correspondientes valores de los detrimentos asociados para Dosis anuales de 20 msv y 50 msv: - Probabilidad de muerte. - Contribución ponderada de cáncer no mortal. - Contribución ponderada de efectos hereditarios. - Tiempo de vida perdido suponiendo que ocurre la muerte. - Disminución media de la expectativa de vida. Tabla 2 EXPOSICION OCUPACIONAL Dosis anual (msv) Probabilidad de Muerte (%) Contribución ponderada de cáncer No Mortal (%) Contribución ponderada de efectos hereditarios (%) Tiempo de vida perdido suponiendo que ocurre la muerte (años) Disminución media de la expectativa de vida (años) Los Límites de Dosis no constituyen umbrales de seguridad. El hecho de respetarlos no nos permite asegurar que no sufriremos efectos estocásticos. Los Límites de Dosis tampoco pueden considerarse criterios de penalización: nadie puede ser sancionado por el simple hecho de superarlos. Los Límites de Dosis son tan solo una parte del Sistema de Protección que pretende conseguir niveles de dosis tan bajos como razonablemente sea posible, teniendo en cuenta consideraciones económicas y sociales. 20

21 7.2.3 EXPOSICION OCUPACIONAL DE LAS MUJERES Dentro de la Exposición Ocupacional, un aspecto de particular interés es la Exposición Ocupacional de mujeres embarazadas. Si bien los Límites de Dosis establecidos no difieren según el sexo de la persona expuesta, en estos casos surgen consideraciones adicionales con el fin de proteger al futuro niño. En consecuencia se le brinda al ser en gestación una protección equivalente a la que se recomienda para los miembros del público. El Límite de Dosis equivalente en la superficie del abdomen no debe ser superior a los 2 msv, a partir del momento en que el embarazo ha sido declarado y durante toda su evolución. En la Tabla 3 se resumen los Límites de Dosis establecidos para la Exposición Ocupacional. Tabla 3: Límites de Dosis para la Exposición Ocupacional. DOSIS EFECTIVA DOSIS EQUIVALENTE Trabajador / a 100 m Sv c/ 5 años < 50 msv / año Trabajadora embarazada (Superficie del Abdomen) Cristalino Piel y Extremidades 2 msv durante todo el embarazo. 150 msv / Año 500 msv / año 7.3 SISTEMAS DE PROTECCION EN LA EXPOSICION MEDICA En el caso de las Exposiciones Médicas corresponde hacer comentarios especiales sobre los 3 Principios Básicos de la Protección Radiológica JUSTIFICACION DE UNA PRACTICA EN LA EXPOSICION MEDICA La Justificación de una Práctica que da lugar a Exposiciones Médicas se realizará de la misma forma que la Justificación de cualquier otra práctica. En cada caso individual, es responsabilidad del médico determinar si los procedimientos radiológicos están o no justificados. Es de suponerse que dichos procedimientos son justificados dado que suelen beneficiar directamente al paciente o individuo expuesto. 21

22 7.3.2 OPTIMIZACION DE LA PROTECCION EN LA EXPOSICION MEDICA En este aspecto se ha prestado menor atención a la Optimización de la protección contra Exposiciones Médicas que al resto de las aplicaciones de las fuentes de radiación; esto se debe dado que, según lo expuesto en el punto 7.3.1, la mayoría de las Exposiciones Médicas son claramente justificadas ya que benefician directamente al individuo expuesto. Existen métodos sencillos y de bajo costo que permiten realizar los procedimientos diagnósticos reduciendo la exposición innecesaria del paciente sin afectar la calidad de la imagen, aunque la medida en que éstos se utilizan varía mucho. En las Normas Básicas Internacionales para la Protección contra las Radiaciones Ionizantes y la Seguridad de las Fuentes de Radiación se recomienda adoptar Niveles de Referencia, para las diferentes prácticas como Radiología, Mamografía, Fluoroscopia, Tomografía Computada y Medicina Nuclear LIMITES DE DOSIS EN LA EXPOSICION MEDICA Como ya lo hemos expuesto, las Exposiciones Médicas tienen como finalidad beneficiar directamente al paciente. Si la Práctica está justificada y la Protección optimizada, la Dosis de radiación recibida por el individuo expuesto será tan baja como sea posible, siempre y cuando no afecte al proceso diagnóstico. En consecuencia no es posible aplicar los Límites de Dosis para las Exposiciones Médicas EXPOSICION MEDICA DE MUJERES EMBARAZADAS Como ya se ha establecido en el Capítulo 3.3, no es probable que se produzcan Efectos Estocásticos o Determinísticos, manifestados en el niño después de su nacimiento, si la exposición del embrión se produjo dentro de las 3 primeras semanas posteriores a la concepción. Es habitual que el profesional, tanto médico como técnico, consulte a la paciente (antes de realizar el estudio) si existe la posibilidad de embarazo. En aquellos casos donde exista un atraso en el periodo menstrual esperado más reciente, y de no haber otra información pertinente, se debe suponer que la mujer está embarazada. Se deberán evitar entonces aquellos procedimientos diagnósticos que supongan la exposición del abdomen salvo que existan indicaciones clínicas importantes. 7.4 SISTEMAS DE PROTECCION EN LA EXPOSICION DEL PUBLICO Habitualmente, en casos de situaciones controlables, los controles que se aplican a la Exposición del público se realizan mediante la aplicación de controles a la fuente. 22

23 7.4.1 OPTIMIZACION DE LA PROTECCION EN LA EXPOSICION DEL PUBLICO En la Práctica, casi toda la Exposición del Público está controlada mediante procedimientos de Optimización restringida y los Límites de Dosis prescritos. Dicho procedimiento de Optimización restringida se fundamenta en las Restricciones de Dosis. Para aplicar estas restricciones es conveniente agrupar a los individuos expuestos a una misma y única fuente. Cuando este grupo es representativo de los más expuestos por dicha fuente se conoce como Grupo Crítico, y es en base a la Dosis media recibida por este Grupo Crítico que se establecen las Restricciones de Dosis para una determinada fuente en particular. El objetivo de la Optimización restringida debería ser el desarrollo de restricciones prácticas aplicables a las fuentes de exposición RESTRICCIONES DE DOSIS Si bien los Límites de Dosis son una referencia importante para la práctica de la Protección Radiológica, la Optimización y las Restricciones de Dosis son las que deben jugar una función relevante. Las Restricciones de Dosis son valores inferiores a los Límites de Dosis y que establecen la cota superior para la Optimización. En los casos en que algunos grupos de población puedan recibir Dosis provocadas por más de una fuente, se imponen Restricciones a cada una de ellas de modo tal que las Dosis que reciban las personas no superen el Límite de Dosis aplicable al público. Existen también Restricciones de Dosis Colectivas para limitar el detrimento asociado con una determinada práctica. Cuando se cuenta con una basta experiencia, tal que permita conocer la Dosis media que provoca una práctica en circunstancias normales, se pueden imponer Restricciones de Dosis Individuales inferiores a los Límites de Dosis, las cuales pueden aplicarse tanto a trabajadores como a miembros del público LÍMITES DE DOSIS EN LA EXPOSICION DEL PUBLICO La elección de los Límites de Dosis para miembros del público es muy difícil dado que se tiene en cuenta muchas fuentes de riesgo, además de los riesgos de la radiación. La Comisión Internacional de Protección Radiológica recomienda un Límite Anual de Dosis efectiva de 1 msv. Sin embargo, en circunstancias especiales se podría permitir un valor mayor de Dosis efectiva en un año, siempre que el promedio en 5 años no supere 1 msv / año. [4] Una Dosis anual de 1 msv determinará una probabilidad de muerte atribuible durante toda la vida de 4 x Sin embargo, el Límite de Dosis de 1 msv no tiene como intención la de ser aplicado a cada práctica de radiación sino a la Dosis originada por todas las prácticas reguladas. [4]. [4] ICRP 60 Recomendaciones

24 También son aplicables Límites de Dosis al cristalino, áreas localizadas de la piel y extremidades para proteger estos órganos de Efectos Determinísticos. A diferencia de los Límites de Dosis establecidos para los mismos órganos en la Exposición Ocupacional y dado que el periodo de exposición de los Miembros del Público es casi 2 veces menos prolongado, los Límites Anuales de Dosis equivalente recomendados para estos tejidos son inferiores a los correspondientes a los trabajadores, siendo los mismos de 15 msv / año en el caso del Cristalino y 50 msv / año para Piel y Extremidades. En la Tabla 4 se puede observar una comparación de los Límites de Dosis recomendados para la Exposición Ocupacional y para la Exposición Pública. Tabla 4: Límites de Dosis recomendados por la ICRP LIMITES DE DOSIS APLICACION OCUPACIONAL PUBLICO Dosis Efectiva Dosis Equivalente 20 msv / año promediada a lo largo de 5 años 1 msv / año Cristalino 150 m Sv / año 15 m Sv / año Piel y Extremidades 500 msv / año 50 msv / año 24

25 8- TECNICAS DE PROTECCION CONTRA LA RADIACION EXTERNA Para poder protegernos de manera eficaz y lograr el objetivo de disminuir la Dosis de radiación recibida a la mínima posible es necesario tener en cuenta cuáles son las características de la radiación y de qué herramientas disponemos para reducir la Dosis. Nota: si bien en el presente trabajo se ha desarrollado la clasificación de las personas a proteger y los Sistemas de Protección correspondientes en cada caso, la centralización se realizará de aquí en adelante en la protección del Técnico operador del equipo de RX, lo cual no implica que lo desarrollado a continuación no sea aplicable a los miembros del público o a los pacientes mismos. Dependiendo de su procedencia (ver Figura 2) la Radiación puede clasificarse en: a) Radiación directa: es aquella que se dirige directamente del tubo de RX al paciente. Posee mayor intensidad y energía por lo cual debemos siempre, como técnicos, evitar exponernos a ella. Su intensidad dependerá del miliamperaje (ma) y el kilovoltaje (kv) utilizado, y su penetración del kv seleccionado. Es recomendable utilizar el menor kv posible, siempre y cuando sea compatible con una correcta técnica radiográfica y no afecte la calidad de la imagen obtenida. b) Radiación dispersa: explicado en forma sencilla, es aquella que interactúa con el paciente y rebota, dispersándose en todas direcciones. La Radiación dispersa depende del kv, el ma, la distancia Tubo- Paciente y el tamaño del campo de radiación. Este tipo de radiación es la principal fuente de exposición del personal técnico. c) Radiación de Fuga: atraviesa el blindaje de la calota y el colimador. Su intensidad es aproximadamente del 0.1% de la Radiación directa. Figura 2: Exposición del Operador 25

26 Para poder disminuir la Dosis de radiación que se recibe de fuentes externas, en este caso de un equipo de RX, el técnico cuenta con 3 herramientas fácilmente aplicables ya sea en forma independiente una de otra, o adecuadamente combinadas. Estas son: el tiempo, la distancia y el blindaje. 8.1 TIEMPO La dosis de Radiación recibida es proporcional al tiempo pasado en el campo de radiación. Es por ello que cuando menor sea el tiempo invertido en realizar determinada operación, menor será la Dosis de radiación recibida. Es necesario contar con personal altamente capacitado y entrenado para poder realizar el trabajo en forma rápida y eficiente. 8.2 DISTANCIA En el caso de fuentes puntuales (fuentes de pequeño tamaño comparado con las distancias a las que pueden estar las personas), como el equipo de RX, la Dosis de radiación que recibe el técnico, decrece a medida que aumenta la distancia entre dicha fuente y el operador. De qué manera? La dosis de radiación es inversamente proporcional al cuadrado de la distancia. D ~ 1 / d 2 donde d es la distancia que existe entre la fuente y el operador, entendiéndose como fuente al foco en el caso de la Radiación directa o de fuga, o al paciente en el caso de la Radiación dispersa. Por ejemplo: si la Dosis recibida a 1 metro del equipo es de 1 msv, al aumentar la distancia a 2 metros cuál será la Dosis de radiación recibida? D ~ 1 / d 2 D ~ 1 / 2 2 = 1 / 4 Respuesta: la Dosis de Radiación recibida a 2 metros será equivalente a la cuarta parte de la recibida a 1 metro, es decir, D= 0.25 msv 26

27 8.3 BLINDAJE Se denomina Blindaje a la interposición de un material entre la fuente de radiación y el operador / paciente/ público, el cual constituye un importante medio para reducir la Dosis de radiación recibida. La intensidad del haz de radiación se atenúa exponencialmente con el espesor del blindaje. Los distintos tipos de radiación ionizante poseen su propia capacidad de penetración (ver Figura 3). De acuerdo a esto, así como también al tipo y energía de la radiación considerada se selecciona el material blindante más apropiado. Figura 3: Penetración de los distintos tipos de radiación Existe una manera de expresar la calidad o capacidad de penetración de los Rayos X que ofrece además un medio útil para calcular el espesor apropiado del blindaje. Este concepto es el de Capa Hemirreductora que es el espesor del material blindante que atenúa la intensidad de la radiación a la mitad de su valor original. Existe también una Capa Decimorreductora que de modo similar reduce la radiación a un décimo de su valor original (ver Tabla 5). 27

28 Tabla 5: Valores de Capa Hemirreductora (CHR) y Capa Decimorreductora (CDR) para distintos tipos de radiaciones y materiales blindantes. EMISOR PLOMO (cm.) ACERO (cm.) HORMIGON (cm.) CHR CDR CHR CDR CHR CDR Tc 99m I Co RX (100kV) RX (200kV) La Capa Hemirreductora es una característica de cada tipo de material y del tipo y energía de la radiación empleada. Los materiales que contienen átomos y moléculas pesadas, tales como el Acero y el Plomo, ofrecen los blindajes más apropiados y eficaces (más delgados) para los Rayos X, aunque este tipo de radiación no puede frenarse en un 100%. Las características físicas de los tipos de interacción y los valores económicos hacen aconsejable utilizar Plomo como material blindante para las instalaciones de Radiodiagnóstico y Hormigón para instalaciones de Radioterapia. En la Tabla 6 se pueden visualizar las relaciones de equivalencia entre ambos materiales blindantes. Tabla 6: Espesor de CHR en Blindajes equivalentes MATERIAL RAYOS X (70 kv) COBALTO 60 Hormigón 8.4 mm 62 mm Plomo 0.17 mm 12 mm La prueba definitiva de que un blindaje es apropiado se obtiene por medición de la intensidad de radiación con instrumentos adecuados. En general existen 2 categorías de blindajes: - Los Blindajes o Contenedores (ver apartado 8.3.1). - Los Blindajes estructurales (ver apartado 8.3.2). 28

29 Las principales etapas que deben seguirse en el cálculo o diseño de un blindaje son: 1. Determinar el Campo de Radiación, sin blindaje en la posición a proteger. 2. Establecer el nivel de radiación que se desea obtener con la interposición del blindaje. 3. Emplear las expresiones más adecuadas según el tipo de radiación y geometría para determinar el espesor del material necesario. Existen además diversos tipos de blindajes que el operador puede utilizar en sus tareas, tales como los blindajes móviles, delantales y guantes plomados los cuales cumplen importantes funciones de protección en ciertas aplicaciones como ser en Radiología intervencionista o portátil. En el caso de procedimientos radioscópicos, además, es necesario colocar alrededor de la pantalla la llamada pollera o cortina de plomo BLINDAJES O CONTENEDORES Los Blindajes o Contenedores están generalmente suministrados por el fabricante del equipo y de acuerdo a la normativa vigente. Su objetivo principal es reducir la emisión de radiación en las direcciones no útiles o cuando no se está utilizando el equipo. La radiación de fuga es la fracción que atraviesa este tipo de blindaje BLINDAJES ESTRUCTURALES Dentro de los Blindajes Estructurales podemos diferenciar dos grupos: los Blindajes de Barrera primaria y los Blindajes de Barrera secundaria. a) Blindajes de Barrera primaria: se denominan de esta manera al blindaje sobre el cual incide directamente el haz de radiación. b) Blindajes de Barrera Secundaria: es aquel que es diseñado con el fin de absorber la radiación dispersa, producida al interaccionar el haz primario con el medio y otros objetos de la sala, y la radiación de fuga que escapa de la calota del tubo en diversas direcciones. Nota: A fines prácticos remitirse al ANEXO 1: Mediciones de Dosis de Radiación recibida en la Exposición Ocupacional y Médica en Radiología Convencional y Radioscopia. 29

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