REGLAMENTO DE EVALUACIÓN
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- Ana Isabel Castellanos Rey
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1 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Escuela Provincia de Chiloé D 45 1
2 Reglamento De Evaluación Y Promoción Escolar Escuela Provincias de Chiloé D - 45 A.- De la evaluación y promoción de las alumnas de 1 o a 8 año Dec.N 511/97). I.-Disposiciones Generales: Artículo 1 o. La Directora de la Escuela Provincia de Chiloé a propuesta del Consejo de Profesores, establecerá un Reglamento Interno de evaluación sobre la base del Dec.N 511 del Artículo 2. Este Reglamento se aplica a todos los alumnos y alumnas, desde el Nivel Parvulario a 8º año básico. Artículo 3. El propósito de la evaluación es entregar antecedentes a profesores, alumnos y apoderados sobre logros y avances en relación a los objetivos planteados y determinar oportunamente las medidas pedagógicas para que todos los alumnos y alumnas aprendan. Artículo 4. Este Reglamento se dará a conocer a profesores, alumnos(as), padres y apoderados al inicio del año escolar. Artículo 5. La situación final de los alumnos(as), quedará resuelta al término de cada año escolar. Artículo 6. La Escuela Provincia de Chiloé opta por régimen de evaluación semestral. Primer semestre: marzo a julio Segundo semestre: agosto a diciembre. II. Estrategias de evaluación: Artículo 7. Se utilizarán los siguientes tipos de evaluación: a) Diagnóstica: permite determinar las habilidades y destrezas específicas con que los alumnos y alumnas inician el proceso de aprendizaje, al inicio del año escolar. b) Formativa: Se aplicará durante todo el proceso educativo para tener una continua información del grado de avance de los aprendizajes y adoptar las medidas que permitan lograr el avance de un aprendizaje significativo. c) Sumativa: Se aplicará durante o al final de una Unidad de Enseñanza Aprendizaje d) Prueba Global: se aplicará al final de cada semestre, una Evaluación Coeficiente 2, por asignatura, que aborda los principales contenidos de cada semestre, según corresponda. 2
3 e) Diferenciada: Se aplicará en forma específica a los alumnos(as) que tengan alguna necesidad educativa especial (certificada por profesional especialista), para cursar un subsector, asignatura o para el proceso educativo en general. Se considerará y respetará el ritmo de avance individual modificando el tiempo en el logro de los aprendizajes o realizando adaptaciones curriculares, definidas con los profesionales especialistas del establecimiento. f) Procedimiento de evaluación final: La calificación final anual para los cursos de Enseñanza Básica desde 1 a 8 Básico, se calculará como promedio aritmético de la calificación obtenida entre el primer y segundo semestre. Ponderando la centésima, ej 3.95 debe quedar en 4.0 IV. Formas de calificar y comunicar los resultados. Articulo 8º. Evaluación para los niveles desde Primero a Octavo básico : los alumnos/as deberán ser evaluados en todos los subsectores del Plan de Estudio en períodos semestrales de la siguiente forma: a) Se calificará desde Primero a Cuarto Básico el logro de los Aprendizajes Esperados para cada sub sector, según las Bases Curriculares vigentes, en términos cualitativos y cuantitativos. b) Se calificará desde Quinto y Octavo básico el logro de los Aprendizajes Esperados por cada Subsector, según Programas de Estudios vigentes, en términos cualitativos y cuantitativos. c) Los resultados de las evaluaciones expresadas como calificaciones de los alumnos(as), se registrarán en una escala numérica de 2 a 7 hasta con un decimal. d) Se define para todas las evaluaciones, un 60% de logro para alcanzar la nota mínima de aprobación: 4.0. e) Las calificaciones semestrales, de cada Sub sector, se calcularán como promedio aritmético con un decimal, aproximándose la centésima. f) Las calificaciones finales anuales se expresarán con un decimal, con aproximación. g) La evaluación de las asignaturas de Religión y Orientación, se expresan en concepto y no inciden en la promoción escolar. h) Se entregará un Certificado de Notas a los Padres y apoderados, al término de cada semestre, acompañado de un Informe de Personalidad. i) El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del alumno(a), el que se entregará en cada semestre, junto con el Informe de Calificaciones. j) El mínimo de calificaciones semestrales por subsector es el siguiente: Plan de Estudio 1 y 2 3 y 4 Lenguaje y Comunicación 8 8 Inglés 4 4 3
4 Educación Matemática 6 6 Historia, Geografía y Ciencias Sociales 6 6 Ciencias Naturales 6 6 Educación Tecnológica 4 4 Artes Visuales 4 4 Musica 4 4 Educación Física y Salud 5 5 Orientación 2(concepto) 2(concepto) Religión 4 (concepto) 4(concepto) Plan de Estudio 5 año 6 año Lenguaje y Comunicación 6 6 Ingles 5 5 Educación Matemática 6 6 Historia, Geografía y Ciencias Sociales 6 6 Ciencias Naturales 6 6 Educación Tecnológica 4 4 Artes Visuales 4 4 Música 4 4 Educación Física y Salud 4 4 Orientación 2 (concepto) 2 (concepto) Religión 4 (concepto) 4 (concepto) Plan de Estudio 7 año 8 año Lenguaje y Comunicación 8 8 Ingles 5 5 Educación Matemática 6 6 Estudio y Comprensión de Sociedad 6 6 Estudio y Comprensión de la Naturaleza 7 7 Educación Tecnológica 4 4 Educación Artística: Artes Visuales, Musicales 4 4 Educación Física 4 4 Consejo de Curso y Orientación 4
5 Religión 4 (concepto) 4 (concepto) V Evaluación diferenciada para estudiantes del Programa de Integración Escolar (PIE): La evaluación diferenciada está dirigida a todos los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales (NEE), entendiéndose por éstos, aquellos estudiantes que presentan: Trastornos Motores. Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL): Expresivo o Mixto. Trastornos de Déficit Atencional con o sin Hiperactividad (TDA-TDAH). Trastornos Específicos del Aprendizaje (DEA): dislexia, disortografía, discalculia. Funcionamiento Intelectual Limítrofe (FIL): Aprendizaje lento y dificultades en procesamiento de la información. Discapacidad Intelectual Leve (DIL): Aprendizaje lento y grandes dificultades en razonamiento numérico, memoria corto y largo plazo, lógico, analógico, deductivo y procesamiento del lenguaje. Disfasia severa o Trastorno Complejo o central del Lenguaje. Trastorno del Espectro autista. Para decidir su aplicación, es requisito que exista un diagnóstico efectuado por un Psicopedagogo, Profesora de Diferencial, Terapeuta ocupacional, Psicólogo y Fonoaudiólogo. En el caso de niños con Déficit Atencional con o sin Hiperactividad, será necesaria una evaluación realizada por Neurólogo. De acuerdo con las dificultades de cada niño, podemos recomendar los siguientes procedimientos para efectuar la evaluación diferenciada: 1.- Interrogación Oral: especialmente aplicable a niños que sufren de dislexia, disgrafía, déficit atencional con o sin hiperactividad. Esta modalidad puede aplicarse tanto en lectoescritura como en cálculo. 2.- Interrogación oral parcial y/o evaluación mixta: el niño responde la prueba con el resto del grupo: al entregarla, se revisa para interrogar en forma oral aquellas preguntas cuyas respuestas están erradas. Luego, las que contestó en forma oral correctamente, sumamos el puntaje obtenido en forma escrita y promediamos la calificación final. 3.- Evaluación mediante apoyo visual (Grafico) a aquellos niños que tienen dificultades en el habla (dislalia), por ejemplo: interrogar a partir de láminas o con apoyo de este material presentarlo a un estudiante que tiene dificultades para leer. 4.- Disminuir el número de preguntas y/o ámbito numérico: pero que apunte a los objetivos más relevantes y que nos permita determinar que domina las conductas de entrada para aprendizajes posteriores. 5.- Dar mayor tiempo para que termine la prueba. 6.- Aproveche las habilidades manuales y artísticas de los niños: especialmente con los que presentan déficit atencional con hiperactividad, pedirles trabajos como maquetas, afiches, entrevistas, disertaciones, etc. 7.- Aplicar evaluaciones formativas que midan objetivas de corto alcance. 8.- Parcializar la prueba de acuerdo a la curva de fatiga del estudiante. 5
6 9.- En evaluaciones escritas destacar las instrucciones a seguir: enumerar, unir, completar, etc. Las instrucciones deben ser claras y breves Mediar y orientar al estudiante durante cualquier instancia de su proceso evaluativo, danto espacio a aclarar dudas y contestar preguntas Pruebas de acurdo al PACI (alumnos NEEP): Realizar evaluación de acuerdo a los objetivos planteados y trabajados según PACI de los alumnos NEEP. 12.-Utilizar escalas de evaluación: ajustadas a cada evaluación diferenciada aplicada a los alumnos/as PIE Reevaluaciones: SI HAY UN TRABAJO DE PROCESO Y APLICACIÓNDE LO NOMBRADO ANTERIORMENTE NO ES NECESARIA LA REEVALUACIÓN. La evaluación diferenciada puede aplicarse en todas las asignaturas que sea necesario, hasta los profesionales y la escuela lo consideren pertinente, considerando además el apoyo sistemático para nivelar sus capacidades. Esto puede quedar registrado en la hoja de vida del niño (a), no en el certificado de calificaciones. La evaluación diferenciada no es una forma de regalar una nota al estudiante, al contrario, es adecuar la evaluación a las verdaderas capacidades del niño(a), respetando la individualidad del estudiante. No olvidar que el estudiante está consciente de sus limitaciones y su autoestima está disminuida. VI. Educación Parvularia Artículo 10. Se rige por los Planes y Programas N 289 del 29 de octubre del Artículo 11 a) La evaluación será una actividad permanente, constante que permita estimar los progresos de los alumnos(as) y hacer ajustes a la programación de acuerdo a los propios ritmos de aprendizajes. Se utilizarán listas de cotejo, escalas de apreciación, etc. al término de cada proyecto o unidad. b) En los meses de junio y noviembre, se realizarán las evaluaciones semestrales. c) Se evaluarán los 3 ámbitos de experiencia para el aprendizaje, con sus respectivos núcleos de aprendizaje. d) Se utilizara para la evaluación semestral una pauta con indicadores diferenciados para el nivel de Transición I y II extraídos de los Aprendizajes Esperados y Pauta de Evaluación entregada por el MINEDUC. 6
7 Artículo 12. El informe a los Padres y Apoderados será entregado al término de cada semestre. Artículo 13. a) Se utilizarán los siguientes tipos de evaluación: - Diagnóstica: permite determinar las habilidades y destrezas específicas con que los alumnos y alumnas inician el proceso de aprendizaje, al inicio del año escolar. - Formativa: Se aplicará durante todo el proceso educativo para tener una continua información del grado de avance de los aprendizajes y adoptar las medidas que permitan lograr el avance de un aprendizaje significativo. - Sumativa: Al término de cada semestre. Las evaluaciones sumativas se expresarán en los siguientes conceptos: -Logrado (L) -Por Lograr (PL) -No Logrado (NL) -No Observado (NO) VII. De la evaluación de los OFT Artículo 13.- Los Objetivos Fundamentales transversales se evaluarán en el informe de Desarrollo Personal y Social de cada alumno(a), en relación a la Formación ética, al crecimiento y autoafirmación personal y a la persona y su entorno. a) Los O.F.T. se evaluarán utilizando: - Listas de cotejos - Registro de Observaciones - Entrevista - Autoevaluación - Coevaluación b) Las evaluaciones se expresarán en concepto o rangos de apreciación.- - Logrado (L) - Por Lograr (PL) - No logrado (NL) - No observado (NO) c) Objetivos transversales se evaluarán por áreas: 1. En relación a la formación ética: a. Actúa con honestidad y veracidad. b. Manifiesta interés por conocer sus derechos y deberes. c. Respeta las opiniones ajenas d. Dialoga y escucha a los demás e. Respeta bienes de uso común. 7
8 2. En relación al crecimiento y autoafirmación personal: f. Expone pensamientos críticos y autocríticos. g. Mantiene y promueve hábitos de higiene y seguridad personal y social. h. Valora la vida, la afectividad y la familia. i. Manifiesta equilibrio emocional frente a problemas de su vida diaria, según su edad. j. Demuestra creatividad en trabajos y actividades. k. Cumple normas disciplinarias y sociales. l. Expresa ordenada y claramente sus conocimientos. 3. En relación con la persona y su entorno: m. Participa en actos de generosidad y solidaridad n. Expone ideas pero acata decisiones de la mayoría. o. Participa en actividades del curso y/o escuela. p. Demuestra aprecio por los valores patrios. q. Coopera con iniciativas en trabajos de grupo. VIII. De la Promoción: Artículo 14. Serán promovidas los alumnos y alumnas que: Hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje con la nota mínima 4,0. a) De 1º a 8 que no hubieren aprobado un subsector, asignatura o actividades de aprendizaje, siempre que su promedio de nota general, incluida el no aprobado, sea mínimo de 4,5 (cuatro, cinco). b) De 1º a 8 que no hubieren aprobado dos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje si, su promedio de notas general incluido el no aprobado, sea mínimo 5,0 (cinco, cero). c) Hubieren asistido al menos al 85% de las clases. d) En primer año es requisito fundamental que los alumnos(as) tengan dominio lector para ser promovidas (Decreto exento Nº 107 del 20/03/2003). No serán promovidos los alumnos y alumnas que: a) Repiten los alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción señalados en letras a, b, c y d. b) Las situaciones especiales de 1 a 4º, serán resueltas por la Directora del Establecimiento con él o los profesores respectivos. 8
9 c) Las situaciones especiales de 5 a 8 año serán refrendadas por el Consejo de Profesores. *Se entenderá por situaciones especiales, las ausencias por un período determinado, no mayor al 15% permitido, que sean justificados por certificados médicos. Los ingresos tardíos o finalización anticipada del año escolar, por causas debidamente justificadas. IX. De los Certificados y Actas Finales. Artículo 15. Al término del año escolar, se entregará a cada alumno/a un Certificado Anual de Estudios con las Calificaciones obtenidas y la situación final. El Certificado Anual de Estudios, no podrá ser retenido por ningún motivo. Artículo 16. Las Actas de Registro de Calificaciones se confeccionarán en duplicado y deberán consignar: las calificaciones en cada subsector, la situación final y el RUT de cada alumno(a). Artículo 17. Las situaciones de evaluación y promoción no previstas en el presente Decreto serán resueltas por las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación. O el organismo que estipule la normativa educacional vigente. X. Exención de Subsectores Artículo 18. El Director de la Unidad Educativa, previo informe técnico-pedagógico podrá eximir de un subsector o actividad contemplada en el Plan de Estudios, a los alumnos(as) que acrediten tener dificultades de aprendizaje, problemas de salud u otro motivo debidamente fundamentado. En ningún caso la exención podrá referirse a Lenguaje y Comunicación y/o Educación Matemática. Artículo 19. Los requisitos para otorgar la exención son los siguientes: a) Informe del profesional, que corresponda, Educadora de Diferencial, Psicopedagoga, médico, psicólogo, neurólogo, fonoaudiólogo, kinesiólogo o profesor especialista. b) Solicitud del padre o apoderado. c) Aprobación del Director del Establecimiento, previo informe técnico pedagógico. 9
10 Artículo 20. Cada exención se consignará en un registro interno asignando un número a cada una de ellas. Artículo 21. En casos debidamente calificados el apoderado podrá solicitar, a través del Establecimiento, la exención de una segundo subsector o actividad del Plan de Estudios. XI. Síntesis de Procedimientos Técnico-Administrativos para Resolver Situaciones Especiales Artículo 22. Alumnos(as) que por traslado se incorpora al establecimiento a partir del mes de julio y que proceden de un régimen trimestral de evaluación se procederá de la siguiente forma: el promedio de notas parciales del 1 y 2 trimestre será equivalente al 1er semestre. Artículo 23. Los alumnos(as) que en el transcurso del año escolar enfrenten una situación Licencia Médica, previamente certificada por embarazo, parto y/o lactancia, no tendrá la exigencia del 85% de asistencia a clases. Sin embargo, su situación final deberá ser resuelta por el Director y el Consejo de Profesores. Artículo 24. Los alumnos(as) embarazadas tendrán facilidades para rendir sus evaluaciones, de tal forma que su proceso no se vea perjudicado por las inasistencias, avaladas por las licencias pre y post natal u otras que indique el médico. Artículo 25. Las situaciones especiales de Evaluación y Promoción no previstas en este Plan, serán resueltas por la Secretaría Ministerial de Educación o el organismo competente, según normativas vigentes. NOTA: Alumnos/as con serios problemas conductuales tendrán la posibilidad de dar exámenes libres o en horario alterno a su jornada de clase 10
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