PÓLIZA 10. Producto vigente Última actualización: Enero Ficha de Producto. Concepto general

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1 PÓLIZA 10 Producto vigente Última actualización: Enero 2010 Ficha de Producto Concepto general Producto combinado que conjuga coberturas básicas y coberturas de daños: Lunas, Incendio, Robo. Esta modalidad de seguro se refuerza fuertemente con la garantía de Préstamo de Reparación e incluye coberturas de valor añadido como: Limpieza del Vehículo por Traslado de Heridos, Defensa en Multas de Tráfico, Asistencia al Automovilista, Subsidio por Privación de Permiso de Conducir y Vehículo de Sustitución (opcional). Resumen de coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Responsabilidad Civil Suplementaria. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Seguro del Conductor. Asistencia en Viaje. Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Incendio del Vehículo. Rotura de Parabrisas y Lunas. Robo del Vehículo. Préstamo para la Reparación del Vehículo. Daños Propios por atropello de especies cinegéticas. (Novedad) Limpieza del vehículo por traslado de heridos. Defensa en Multas de Tráfico. Asistencia al Automovilista. Subsidio por Privación del Permiso de Conducir. Daños Propios por atropello de Especies Cinegéticas. Vehículo de Sustitución. Aspectos comerciales Producto a terceros que combina las coberturas de daños (Robo, Incendio y Lunas) con la concesión de una serie de garantías de especial interés (Préstamo para la Reparación del Vehículo, Limpieza del vehículo por traslado de heridos, Defensa en Multas de Tráfico, Asistencia al Automovilista, Subsidio por Privación del Permiso de Conducir y Vehículo de Sustitución). Aspectos técnico- administrativos Drigido a vehículos de primera categoría. Producto de gama media. Adecuado para vehículos de menos de 6 años de antigüedad.

2 Garantías y Coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Cubre lo establecido por la ley en cuanto a las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado. Responsabilidad Civil Suplementaria. Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de de euros. Se amplía a la Responsabilidad Civil de los remolques y caravanas (hasta 750 Kg.), los daños ocasionados por los objetos transportados por el vehículo asegurado cuando se trate de un vehículo turismo de uso particular y la Responsabilidad Civil del hijo del Tomador menor de edad así como la del Tomador/Conductor habitual declarado cuando intervengan como ciclistas (excluida la práctica profesional) en accidentes de circulación. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Cubre (con las limitaciones establecidas en el Condicionado General) la asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, judiciales y arbitrales derivados de accidente de circulación con el vehículo asegurado: - Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas. Reclamación de daños sufridos en el remolque /caravana, reclamación de daños del Tomador en calidad de peatón en accidente de circulación y la reclamación de daños del Tomador/Conductor Habitual como peatón /ciclista. Seguro del conductor. Pago de las indemnizaciones por fallecimiento, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor autorizado y legalmente habilitado, como consecuencia de un accidente de circulación del vehículo asegurado. La indemnización se incrementa en los supuestos de invalidez y fallecimiento del Tomador/Conductor habitual como peatón/ciclista y por el fallecimiento del Conductor y su cónyuge con hijos comunes menores de edad. Indemnizaciones complementarias para el Tomador del seguro o el conductor declarado como habitual u ocasional por secuelas permanentes producidas por accidente de circulación para la adaptación del vehículo, vivienda y por necesidad de ayuda a otra persona. Ayuda psico-emocional para el conductor declarado por secuelas permanentes producidas en accidente de circulación y, en caso de fallecimiento, para sus familiares de primer grado. Ayuda psico- emocional al asegurado en caso de robo con intimidación. En caso de muerte, servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre trámites administrativos a realizar. Asistencia en Viaje. Desde el Km. 0 prestaciones por contingencias del vehículo (inmovilización del vehículo por avería mecánica, accidentes de circulación o robo del vehículo y sus piezas y otras complementarias respecto a los ocupantes del vehículo). Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.

3 Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura de Daños e Incendio y, en caso de tenerla contratada, de Inmovilización del Vehículo Asegurado. Incendio del vehículo. Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un incendio, cortocircuito o combustión (si se producen por efecto de la electricidad). Incluye los gastos de traslado del remolque, gastos de extracción del vehículo y gastos de extinción del incendio con las limitaciones establecidas en el Condicionado General. En caso de pérdida total, la indemnización será del 100% sobre el valor de nuevo del vehículo durante el primer y segundo año de matriculación y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. Daños Propios por atropello de animales cinegéticos. Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un accidente de circulación ocasionado por atropello de especies cinegéticas de caza mayor. El asegurado tendrá que facilitarnos el atestado policial, así como pruebas de las circunstancias del accidente que evidencien el atropello de una especie de este tipo. Rotura de parabrisas y lunas. Cubre la indemnización por la rotura parcial o total de las lunas del vehículo asegurado siempre que sea por una causa exterior, violenta e instantánea y ajena a la voluntad del asegurado o del conductor, hallándose el vehículo en circulación, reposo o durante su transporte. Robo del vehículo. Indemnización por los daños derivados de la sustracción ilegítima del vehículo por parte de terceros (sustracción del vehículo, piezas o daños producidos en y durante el robo). En caso de pérdida total, la indemnización será el 100% sobre el valor de nuevo el primer y segundo año de matriculación y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. No se aplica depreciación por uso en caso de robo de alguna de las piezas del vehículo (ej. neumáticos). Préstamo para la reparación del vehículo. Concesión de un préstamo al propietario, con aval del tomador del seguro, en caso de ser persona distinta, sin intereses ni gastos para la reparación de daños en el vehículo como consecuencia de un accidente de circulación en el que no haya un tercero responsable. Limpieza del vehículo por traslado de heridos. Se garantiza el pago de los gastos de limpieza y acondicionamiento del vehículo asegurado, por los desperfectos ocasionados por el transporte de heridos a un centro sanitario. Defensa en Multas de tráfico. Tramitación de recursos en vía administrativa y ejecutiva al Conductor Habitual, Tomador (Persona Física) y Propietario (en los casos establecidos en el Condicionado General) por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u Organismos de Tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Presentación, en nombre y por cuenta del asegurado, de los escritos de alegaciones y recursos considerados oportunos ante el Organismo Competente. Asistencia al Automovilista. Cubre la resolución de consultas sobre trámites administrativos y materias legales relacionados con el automóvil y el asesoramiento sobre infracciones de tráfico.

4 Subsidio por privación del permiso de conducir. Pago de una indemnización al asegurado cuando haya sido privado de su permiso de conducir por sentencia o resolución administrativa firme con los límites establecidos en el Condicionado General. Cubre indemnización en el caso de realización de cursos de recuperación parcial de puntos. Daños Propios por atropello de animales cinegéticos. Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un accidente de circulación ocasionado por atropello de especies cinegéticas de caza mayor. El asegurado tendrá que facilitarnos el atestado policial, así como pruebas de las circunstancias del accidente que evidencien el atropello de una especie de este tipo. Vehículo de sustitución Se facilitará un vehículo de alquiler equivalente al del grupo del asegurado, hasta el grupo D -según la clasificación de las compañías de alquiler -, durante el número de días consecutivos establecidos en las Condiciones Particulares de la Póliza, con motivo de la reparación de los daños sufridos a consecuencia de siniestros garantizados por las siguientes coberturas: Daños e Incendio Robo Préstamo para la reparación del vehículo asegurado

5 PÓLIZA 7 Producto vigente. Última actualización: Enero 2010 Ficha de Producto Concepto general Seguro a terceros que combina garantías básicas con garantías de daños: Lunas e Incendio. Resulta una alternativa, claramente ventajosa, a la Póliza Básica. Resumen de coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Responsabilidad Civil Suplementaria. Defensa jurídica y Reclamación de daños. Seguro del Conductor. Asistencia en Viaje. Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Incendio del Vehículo. Daños Propios por atropello de Especies Cinegéticas. Rotura de Parabrisas y Lunas. Aspectos comerciales Producto que complementa las coberturas de la póliza Básica y añade: o o o o La cobertura de Incendio del vehículo. La rotura de lunas y parabrisas. En caso de Siniestro Total se paga al asegurado el importe de las mismas. Cubre los daños materiales derivados de acontecimientos extraordinarios, motivo por el que podría interesar especialmente a clientes de aquellas zonas en las que ocasionalmente se producen estos acontecimientos (ej. inundaciones). Cubre los daños materiales del vehículo por atropello de especies cinegéticas de caza mayor. Muy interesante para clientes de aquellas zonas donde es habitual la circulación por carreteras nacionales o secundarias, y atraviesan zonas en las que los corzos, jabalíes, cruzan habitualmente. Aspectos técnico-administrativos Dirigido a vehículos de primera categoría. Producto de gama baja. Aunque no se supedita su contratación a la antigüedad del vehículo, es un producto recomendable para automóviles con más de 10 años de antigüedad (con menos de 10 años existen otros productos más completos y adecuados). Forma de pago anual o semestral

6 Garantías y Coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Cubre lo establecido por la ley en cuanto a las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado. Responsabilidad Civil Suplementaria. Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de de euros. Se amplía a la responsabilidad civil de los remolques y caravanas (hasta 750 Kg.) y los daños ocasionados por los objetos transportados por el vehículo asegurado cuando se trate de un vehículo turismo de uso particular. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Cubre (con las limitaciones establecidas en el Condicionado General) la asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, judiciales y arbitrales derivados de accidente de circulación con el vehículo asegurado: - Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas. Reclamación de daños sufridos en el remolque /caravana y reclamación de daños del Tomador en calidad de peatón en accidente de circulación. Seguro del Conductor. Pago de las indemnizaciones por fallecimiento, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor autorizado y legalmente habilitado, como consecuencia de un accidente de circulación del vehículo asegurado. La indemnización se incrementa en los supuestos de fallecimiento del Conductor y su cónyuge con hijos comunes menores de edad. Indemnizaciones complementarias para el Tomador del seguro o el conductor declarado como habitual u ocasional por secuelas permanentes producidas por accidente de circulación para la adaptación del vehículo, vivienda y por necesidad de ayuda a otra persona. Ayuda psico-emocional para el conductor declarado por secuelas permanentes producidas en accidente de circulación y, en caso de fallecimiento, para sus familiares de primer grado. Ayuda psico- emocional al asegurado en caso de robo con intimidación. En caso de muerte, servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre trámites administrativos a realizar. Asistencia en Viaje. Desde el Km 0 prestaciones por contingencias del vehículo (inmovilización del vehículo por avería mecánica, accidentes de circulación o robo del vehículo y sus piezas y otras complementarias respecto a los ocupantes del vehículo). Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor. Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas

7 Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura de Daños e Incendio y, en caso de tenerla contratada, de Inmovilización del Vehículo Asegurado. Incendio del vehículo. Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un incendio, cortocircuito o combustión (si se producen por efecto de la electricidad). Incluye los gastos de traslado del remolque, gastos de extracción del vehículo y gastos de extinción del incendio con las limitaciones establecidas en el Condicionado General. En caso de pérdida total, la indemnización será del 100% sobre el valor de nuevo del vehículo durante el primer año de matriculación. El resto se indemniza sobre el valor de mercado. Rotura de parabrisas y lunas. Cubre la indemnización por la rotura parcial o total de las lunas del vehículo asegurado siempre que sea por una causa exterior, violenta e instantánea y ajena a la voluntad del asegurado o del conductor, hallándose el vehículo en circulación, reposo o durante su transporte. Daños Propios por atropello de animales cinegéticos. Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un accidente de circulación ocasionado por atropello de especies cinegéticas de caza mayor. El asegurado tendrá que facilitarnos el atestado policial, así como pruebas de las circunstancias del accidente que evidencien el atropello de una especie de este tipo.

8 PÓLIZA AUTOS ESENCIAL Producto vigente Ficha de Producto Concepto general Seguro a terceros cuyo principal objetivo es cumplir con la obligación legal de aseguramiento. Resumen de coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Responsabilidad Civil Suplementaria. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Aspectos comerciales El aseguramiento obligatorio se complementa con coberturas voluntarias de especial interés: o Responsabilidad Civil Suplementaria: Se amplía al remolque y/o caravana (hasta 750 kg.) y a los objetos transportados en el vehículo asegurado. o Reclamación de Daños: Incluye la del Tomador en calidad de peatón. Aspectos técnico- administrativos Dirigido a vehículos de primera categoría. Producto de gama baja. Aunque no se supedita su contratación a la antigüedad del vehículo, es un producto recomendable para automóviles con más de 10 años de antigüedad (con menos de 10 años existen otros productos más completos y adecuados).

9 Garantías y Coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Cubre lo establecido por la ley en cuanto a las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado. Responsabilidad Civil Suplementaria. Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de de euros. Esta garantía se amplía a la responsabilidad civil de los remolques y caravanas (hasta 750 Kg.) y los daños ocasionados por los objetos transportados por el vehículo asegurado cuando se trate de un vehículo turismo de uso particular. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Cubre (con las limitaciones establecidas en el Condicionado General) la asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, judiciales y arbitrales derivados de accidente de circulación con el vehículo asegurado: - Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas. Reclamación de daños sufridos en el remolque /caravana y reclamación de daños del Tomador en calidad de peatón en accidente de circulación En caso de accidente, quién asume el pago de las lesiones sufridas por el conductor del vehículo asegurado, al no estar incluida la cobertura de Seguro del conductor? Siniestros en los que intervenga tan solo el vehículo asegurado: En estos supuestos, MAPFRE abonará las prestaciones sanitarias tan solo para el caso que el conductor del vehículo asegurado sea atendido en un Centro Hospitalario Público adscrito a los Convenios de Asistencia Sanitaria derivada de Accidentes de Tráfico (Sector Público). EN EL ÁMBITO DE LA SANIDAD PRIVADA NO EXISTE COBERTURA PARA EL CONDUCTOR. Para el caso de los ciclomotores, motocicletas y asimilables no habrá cobertura. Siniestros en los que participe más de un vehículo: En estos supuestos cada Entidad Aseguradora abonarán los gastos correspondientes a los ocupantes del vehículo que aseguren, incluido el conductor. Fuera de los Centros adheridos a los Convenios y de los supuestos contemplados en los mismos, NO EXISTIRÁ COBERTURA DE ASISTENCIA SANITARIA para los conductores que carezcan de Seguro de Conductor en sus pólizas de automóvil.

10 PÓLIZA AUTOMÓVILES SELECCIÓN CON FRANQUICIA Producto vigente Última actualización: Octubre 2010 Ficha de Producto Concepto general Más que un seguro a todo riesgo con franquicia. En caso de siniestro total, no se descuenta el importe de la misma de la indemnización. Resumen de coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Responsabilidad Civil Suplementaria. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Seguro del Conductor. Asistencia en Viaje. Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Incendio del Vehículo. Rotura de Parabrisas y Lunas. Robo del Vehículo. Préstamo para la Reparación del Vehículo. Limpieza del vehículo por traslado de heridos. Defensa en Multas de Tráfico. Asistencia al Automovilista. Subsidio por Privación del Permiso de Conducir. Daños Propios. Vehículo de sustitución (a elegir entre ésta e Indemnización por Inmovilización). Indemnización por Inmovilización (a elegir entre ésta y Vehículo de Sustitución). Aspectos técnico-administrativos Dirigido a vehículos de primera categoría. Producto dirigido a vehículos con PVP superior a euros Forma de pago anual, semestral o trimestral.

11 Garantías y Coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Cubre lo establecido por la ley en cuanto a las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado. Responsabilidad Civil Suplementaria. Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de de euros. Se amplía a la Responsabilidad Civil de los remolques y caravanas (hasta 750 Kg.), los daños ocasionados por los objetos transportados por el vehículo asegurado cuando se trate de un vehículo turismo de uso particular y la Responsabilidad Civil del hijo del Tomador menor de edad así como la del Tomador/Conductor habitual declarado cuando intervengan como ciclistas (excluida la práctica profesional) en accidentes de circulación. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Cubre (con las limitaciones establecidas en el Condicionado General) la asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, judiciales y arbitrales derivados de accidente de circulación con el vehículo asegurado: - Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas. Reclamación de daños sufridos en el remolque /caravana, reclamación de daños del Tomador en calidad de peatón en accidente de circulación y la reclamación de daños del Tomador/Conductor Habitual como peatón /ciclista. Seguro del conductor. Pago de las indemnizaciones por fallecimiento, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor autorizado y legalmente habilitado, como consecuencia de un accidente de circulación del vehículo asegurado. La indemnización se incrementa en los supuestos de invalidez y fallecimiento del Tomador/Conductor habitual como peatón/ciclista y por el fallecimiento del Conductor y su cónyuge con hijos comunes menores de edad. Indemnizaciones complementarias para el Tomador del seguro o el conductor declarado como habitual u ocasional por secuelas permanentes producidas por accidente de circulación para la adaptación del vehículo, vivienda y por necesidad de ayuda a otra persona Ayuda psico-emocional para el conductor declarado por secuelas permanentes producidas en accidente de circulación y, en caso de fallecimiento, para sus familiares de primer grado. Ayuda psico- emocional al asegurado en caso de robo con intimidación En caso de muerte, servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre trámites administrativos a realizar. Asistencia en Viaje. Desde el Km 0 prestaciones por contingencias del vehículo (inmovilización del vehículo por avería mecánica, accidentes de circulación o robo del vehículo y sus piezas y otras complementarias respecto a los ocupantes del vehículo). Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.

12 Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura de Daños e Incendio y, en caso de tenerla contratada, de Inmovilización del Vehículo Asegurado. Incendio del vehículo. Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un incendio, cortocircuito o combustión (si se producen por efecto de la electricidad). Incluye los gastos de traslado del remolque, gastos de extracción del vehículo y gastos de extinción del incendio con las limitaciones establecidas en el Condicionado General. En caso de pérdida total, la indemnización será del 100% sobre el valor de nuevo del vehículo durante el primer y segundo año de matriculación y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. Rotura de parabrisas y lunas. Cubre la indemnización por la rotura parcial o total de las lunas del vehículo asegurado siempre que sea por una causa exterior, violenta e instantánea y ajena a la voluntad del asegurado o del conductor, hallándose el vehículo en circulación, reposo o durante su transporte. Robo del vehículo. Indemnización por los daños derivados de la sustracción ilegítima del vehículo por parte de terceros (sustracción del vehículo, piezas o daños producidos en y durante el robo). En caso de pérdida total la indemnización a satisfacer el primer año será del 100% del valor de nuevo. El resto de aã±os se indemniza sobre el valor de mercado. No se aplica depreciación por uso en caso de robo de alguna de las piezas del vehículo (ej. neumáticos). Préstamo para la reparación del vehículo. Concesión de un préstamo al propietario, con aval del tomador del seguro, en caso de ser persona distinta, sin intereses ni gastos para la reparación de daños en el vehículo como consecuencia de un accidente de circulación en el que no haya un tercero responsable. Limpieza del vehículo por traslado de heridos. Se garantiza el pago de los gastos de limpieza y acondicionamiento del vehículo asegurado, por los desperfectos ocasionados por el transporte de heridos a un centro sanitario. Defensa en Multas de tráfico. Tramitación de recursos en vía administrativa y ejecutiva al Conductor Habitual, Tomador (Persona Física) y Propietario (en los casos establecidos en el Condicionado General) por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u Organismos de Tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Asistencia al Automovilista Cubre la resolución de consultas sobre trámites administrativos y materias legales relacionados con el automóvil y el asesoramiento sobre infracciones de trá fico. Subsidio por privación del permiso de conducir. Pago de una indemnización al asegurado cuando haya sido privado de su permiso de conducir por sentencia o resolución administrativa firme con los límites establecidos en el Condicionado General. Cubre indemnización en el caso de realización de cursos de recuperación parcial de puntos. Daños propios con franquicia.

13 En caso de pérdida total la indemnización a satisfacer será el 100% del valor de nuevo el primer año y segundo año y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. En caso de "siniestro total" no se descuenta la franquicia de la indemnización. Incluye granizo y circulación por vías no aptas. Vehículo de sustitución (A elegir entre esta y la Indemnización por Inmovilización) Se facilita un vehículo de alquiler similar al del asegurado durante la inmovilización del vehículo por la reparación de los daños ocasionados por accidente de circulación o robo del vehículo completo. Se extiende esta cobertura cuando, una vez recuperado el vehículo, la inmovilización se deba a la reparación de daños producidos durante el tiempo en el que el vehículo se halle en poder de terceros, o a los ocasionados para la comisión del delito. Se ofertan cuatro modalidades de contratación tres, cinco, diez y quince días. En todos los casos MAPFRE asumirá los gastos de la totalidad de los días (incluido el primero). Las Furgonetas quedan excluidas de la cobertura. Indemnización por Inmovilización (A elegir entre esta y el vehículo de Sustitución). Compensación económica por la inmovilización del vehículo asegurado durante la reparación de los daños ocasionados, siempre que se precisen mas de 20 horas de reparación. Se indemniza por reparación o sustitución de piezas que precisen mas de 20 horas con un límite de 75 horas.

14 PÓLIZA AUTOMÓVILES SELECCIÓN SIN FRANQUICIA Producto vigente Última actualización: Octubre 2010 Ficha de Producto Concepto general El Seguro a Todo Riesgo más completo del mercado. Resumen de coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Responsabilidad Civil Suplementaria. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Seguro del Conductor. Asistencia en Viaje. Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Incendio del Vehículo. Rotura de Parabrisas y Lunas. Robo del Vehículo. Limpieza del vehículo por traslado de heridos. Defensa en Multas de Tráfico. Asistencia al Automovilista. Subsidio por Privación del Permiso de Conducir. Daños Propios. Vehículo de sustitución (A elegir entre esta y la Indemnización por Inmovilización). Indemnización por Inmovilización (A elegir entre esta y el vehículo de Sustitución). Aspectos comerciales Producto que ofrece una cobertura total. Garantizado por la compañía líder del mercado asegurador. Aspectos técnico- administrativos Dirigido a vehículos de primera categoría. Producto para vehículos con PVP superior a euros Forma de pago anual, semestral o trimestral.

15 Garantías y Coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Cubre lo establecido por la ley en cuanto a las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado. Responsabilidad Civil Suplementaria. Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de de euros. Se amplía a la Responsabilidad Civil de los remolques y caravanas (hasta 750 Kg.), los daños ocasionados por los objetos transportados por el vehículo asegurado cuando se trate de un vehículo turismo de uso particular y la Responsabilidad Civil del hijo del Tomador menor de edad así como la del Tomador/Conductor habitual declarado cuando intervengan como ciclistas (excluida la práctica profesional) en accidentes de circulación. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Cubre (con las limitaciones establecidas en el Condicionado General) la asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, judiciales y arbitrales derivados de accidente de circulación con el vehículo asegurado: - Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas. Reclamación de daños sufridos en el remolque /caravana, reclamación de daños del Tomador en calidad de peatón en accidente de circulación y la reclamación de daños del Tomador/Conductor Habitual como peatón /ciclista. Seguro del conductor. Pago de las indemnizaciones por fallecimiento, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor autorizado y legalmente habilitado, como consecuencia de un accidente de circulación del vehículo asegurado. La indemnización se incrementa en los supuestos de invalidez y fallecimiento del Tomador/Conductor habitual como peatón/ciclista y por el fallecimiento del Conductor y su cónyuge con hijos comunes menores de edad. Indemnizaciones complementarias para el Tomador del seguro o el conductor declarado como habitual u ocasional por secuelas permanentes producidas por accidente de circulación para la adaptación del vehículo, vivienda y por necesidad de ayuda a otra persona Ayuda psico-emocional para el conductor declarado por secuelas permanentes producidas en accidente de circulación y, en caso de fallecimiento, para sus familiares de primer grado. Ayuda psico- emocional al asegurado en caso de robo con intimidación En caso de muerte, servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre trámites administrativos a realizar. Asistencia en Viaje. Desde el Km 0 prestaciones por contingencias del vehículo (inmovilización del vehículo por avería mecánica, accidentes de circulación o robo del vehículo y sus piezas y otras complementarias respecto a los ocupantes del vehículo). Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.

16 Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura de Daños e Incendio y, en caso de tenerla contratada, de Inmovilización del Vehículo Asegurado. Incendio del vehículo. Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un incendio, cortocircuito o combustión (si se producen por efecto de la electricidad). Incluye los gastos de traslado del remolque, gastos de extracción del vehículo y gastos de extinción del incendio con las limitaciones establecidas en el Condicionado General. En caso de pérdida total, la indemnización será del 100% sobre el valor de nuevo del vehículo durante el primer y segundo año de matriculación y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. Rotura de parabrisas y lunas. Cubre la indemnización por la rotura parcial o total de las lunas del vehículo asegurado siempre que sea por una causa exterior, violenta e instantánea y ajena a la voluntad del asegurado o del conductor, hallándose el vehículo en circulación, reposo o durante su transporte. Robo del vehículo. Indemnización por los daños derivados de la sustracción ilegítima del vehículo por parte de terceros (sustracción del vehículo, piezas o daños producidos en y durante el robo). En caso de pérdida total la indemnización a satisfacer el primer año será del 100% del valor de nuevo. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. No se aplica depreciación por uso en caso de robo de alguna de las piezas del vehículo (ej. neumáticos). Limpieza del vehículo por traslado de heridos. Se garantiza el pago de los gastos de limpieza y acondicionamiento del vehículo asegurado, por los desperfectos ocasionados por el transporte de heridos a un centro sanitario. Defensa en Multas de tráfico. Tramitación de recursos en vía administrativa y ejecutiva al Conductor Habitual, Tomador (Persona Física) y Propietario (en los casos establecidos en el Condicionado General) por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u Organismos de Tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Asistencia al Automovilista Cubre la resolución de consultas sobre trámites administrativos y materias legales relacionados con el automóvil y el asesoramiento sobre infracciones de tráfico. Subsidio por privación del permiso de conducir. Pago de una indemnización al asegurado cuando haya sido privado de su permiso de conducir por sentencia o resolución administrativa firme con los límites establecidos en el Condicionado General. Cubre indemnización en el caso de realización de cursos de recuperación parcial de puntos. Daños Propios En caso de pérdida total, la indemnización será el 100% sobre el valor de nuevo el primer y segundo año de matriculación y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. Incluye granizo y circulación por vías no aptas. Vehículo de sustitución (A elegir entre esta y la Indemnización por Inmovilización)

17 Se facilita un vehículo de alquiler similar al del asegurado durante la inmovilización del vehículo por la reparación de los daños ocasionados por accidente de circulación o robo del vehículo completo. Se extiende esta cobertura cuando, una vez recuperado el vehículo, la inmovilización se deba a la reparación de daños producidos durante el tiempo en el que el vehículo se halle en poder de terceros, o a los ocasionados para la comisión del delito. Se ofertan cuatro modalidades de contratación tres, cinco, diez y quince días. En todos los casos MAPFRE asumirá los gastos de la totalidad de los días (incluido el primero). Las Furgonetas quedan excluidas de la cobertura. Indemnización por Inmovilización (A elegir entre esta y el vehículo de Sustitución). Compensación económica por la inmovilización del vehículo asegurado durante la reparación de los daños ocasionados, siempre que se precisen mas de 20 horas de reparación. Se indemniza por reparación o sustitución de piezas que precisen mas de 20 horas con un límite de 75 horas.

18 PÓLIZA BÁSICA Producto vigente. Última actualización: Enero 2010 Ficha de Producto Concepto general Seguro a terceros cuyo principal objetivo es cumplir con la obligación legal de aseguramiento. Reforzado con coberturas voluntarias de especial interés Resumen de coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Responsabilidad Civil Suplementaria. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Seguro del Conductor. Asistencia en Viaje. Riesgos extraordinarios (daños personales). Aspectos comerciales El aseguramiento obligatorio se complementa con coberturas voluntarias de especial interés: o Reclamación de Daños: Incluye la del Tomador en calidad de peatón. o Seguro del conductor: Se duplican los capitales en caso de fallecimiento de ambos cónyuges con hijos menores. Incluye coberturas de carácter social (ayudas por adaptación de vehículo, vivienda.). o Asistencia en Viaje: Se cuenta con red propia de proveedores. o Riesgos extraordinarios. Aspectos técnico- administrativos Dirigido a vehículos de primera categoría. Producto de gama baja. Aunque no se supedita su contratación a la antigüedad del vehículo, es un producto recomendable para automóviles con más de 10 años de antigüedad (con menos de 10 años existen otros productos más completos y adecuados). Forma de pago anual o semestral. Garantías y Coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria Cubre lo establecido por la ley en cuanto a las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado. Responsabilidad Civil Suplementaria. Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de de euros. Se amplía a la responsabilidad civil de los remolques y caravanas (hasta 750 Kg.) y los daños ocasionados por los objetos transportados por el vehículo asegurado cuando se trate de un vehículo turismo de uso particular. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Cubre (con las limitaciones establecidas en el Condicionado General) la asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, judiciales y arbitrales derivados de accidente de circulación con el vehículo asegurado: - Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas.

19 Reclamación de daños sufridos en el remolque /caravana y reclamación de daños del Tomador en calidad de peatón en accidente de circulación. Seguro del Conductor. Pago de las indemnizaciones por fallecimiento, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor autorizado y legalmente habilitado, como consecuencia de un accidente de circulación del vehículo asegurado. La indemnización se incrementa en los supuestos de fallecimiento del Conductor y su cónyuge con hijos comunes menores de edad. Indemnizaciones complementarias para el Tomador del seguro o el conductor declarado como habitual u ocasional por secuelas permanentes producidas por accidente de circulación para la adaptación del vehículo, vivienda y por necesidad de ayuda a otra persona. Ayuda psico-emocional para el conductor declarado por secuelas permanentes producidas en accidente de circulación y, en caso de fallecimiento, para sus familiares de primer grado. Ayuda psico- emocional al asegurado en caso de robo con intimidación. En caso de muerte, servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre trámites administrativos a realizar. Asistencia en Viaje. Desde el Km 0 prestaciones por contingencias del vehículo (inmovilización del vehículo por avería mecánica, accidentes de circulación o robo del vehículo y sus piezas y otras complementarias respecto a los ocupantes del vehículo). Riesgos extraordinarios (Daños personales) Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.

20 PÓLIZA LÍDER Producto vigente Última actualización: Enero 2010 Ficha de Producto Concepto general Más que un seguro a todo riesgo con franquicia. En caso de siniestro total, no se descuenta el importe de la misma de la indemnización. Resumen de coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Responsabilidad Civil Suplementaria. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Seguro del Conductor. Asistencia en Viaje. Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Incendio del Vehículo. Rotura de Parabrisas y Lunas. Robo del Vehículo. Préstamo para la Reparación del Vehículo. Limpieza del vehículo por traslado de heridos. Defensa en Multas de Tráfico. Asistencia al Automovilista. Subsidio por Privación Temporal del Permiso de Conducir. Daños propios con franquicia. Vehículo de Sustitución o Indemnización por Inmovilización. Aspectos comerciales Producto a Todo Riesgo con Franquicia que ofrece la posibilidad de incluir entre sus garantías la cobertura de Vehículo de Sustitución o la Indemnización por Inmovilización. Aspectos técnico-administrativos Dirigido a vehículos de primera categoría. Producto de gama media-alta. Adecuado para vehículos con menos de 6 años de antigüedad. Forma de pago anual, semestral o trimestral.

21 Garantías y Coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Cubre lo establecido por la ley en cuanto a las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado. Responsabilidad Civil Suplementaria. Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de de euros. Se amplía a la Responsabilidad Civil de los remolques y caravanas (hasta 750 Kg.), los daños ocasionados por los objetos transportados por el vehículo asegurado cuando se trate de un vehículo turismo de uso particular y la Responsabilidad Civil del hijo del Tomador menor de edad así como la del Tomador/Conductor habitual declarado cuando intervengan como ciclistas (excluida la práctica profesional) en accidentes de circulación. Defensa Jurídica y Reclamación de Daños. Cubre (con las limitaciones establecidas en el Condicionado General) la asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, judiciales y arbitrales derivados de accidente de circulación con el vehículo asegurado: - Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas. Reclamación de daños sufridos en el remolque /caravana, reclamación de daños del Tomador en calidad de peatón en accidente de circulación y la reclamación de daños del Tomador/Conductor Habitual como peatón /ciclista. Seguro del conductor. Pago de las indemnizaciones por fallecimiento, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor autorizado y legalmente habilitado, como consecuencia de un accidente de circulación del vehículo asegurado. La indemnización se incrementa en los supuestos de invalidez y fallecimiento del Tomador/Conductor habitual como peatón/ciclista y por el fallecimiento del Conductor y su cónyuge con hijos comunes menores de edad. Indemnizaciones complementarias para el Tomador del seguro o el conductor declarado como habitual u ocasional por secuelas permanentes producidas por accidente de circulación para la adaptación del vehículo, vivienda y por necesidad de ayuda a otra persona. Ayuda psico-emocional para el conductor declarado por secuelas permanentes producidas en accidente de circulación y, en caso de fallecimiento, para sus familiares de primer grado. Ayuda psico- emocional al asegurado en caso de robo con intimidación En caso de muerte, servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre trámites administrativos a realizar. Asistencia en Viaje. Desde el Km. 0 prestaciones por contingencias del vehículo (inmovilización del vehículo por avería mecánica, accidentes de circulación o robo del vehículo y sus piezas y otras complementarias respecto a los ocupantes del vehículo). Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales). Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.

22 Incendio del vehículo. Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un incendio, cortocircuito o combustión (si se producen por efecto de la electricidad). Incluye los gastos de traslado del remolque, gastos de extracción del vehículo y gastos de extinción del incendio con las limitaciones establecidas en el Condicionado General. En caso de pérdida total, la indemnización será del 100% sobre el valor de nuevo del vehículo durante el primer y segundo año de matriculación y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. Rotura de parabrisas y lunas. Cubre la indemnización por la rotura parcial o total de las lunas del vehículo asegurado siempre que sea por una causa exterior, violenta e instantánea y ajena a la voluntad del asegurado o del conductor, hallándose el vehículo en circulación, reposo o durante su transporte. Robo del vehículo. Indemnización por los daños derivados de la sustracción ilegítima del vehículo por parte de terceros (sustracción del vehículo, piezas o daños producidos en y durante el robo). En caso de pérdida total, la indemnización será el 100% sobre el valor de nuevo el primer y segundo año de matriculación y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. No se aplica depreciación por uso en caso de robo de alguna de las piezas del vehículo (ej. neumáticos). Préstamo para la reparación del vehículo. Concesión de un préstamo (hasta el límite de la franquicia) al propietario, con aval del Tomador del seguro, en caso de ser persona distinta, sin intereses ni gastos para la reparación de daños en el vehículo como consecuencia de un accidente de circulación en el que no haya un tercero responsable. Limpieza del vehículo por traslado de heridos. Se garantiza el pago de los gastos de limpieza y acondicionamiento del vehículo asegurado, por los desperfectos ocasionados por el transporte de heridos a un centro sanitario. Defensa en Multas de tráfico. Tramitación de recursos en vía administrativa y ejecutiva al Conductor Habitual, Tomador (Persona Física) y Propietario (en los casos establecidos en el Condicionado General) por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u Organismos de Tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Presentación, en nombre y por cuenta del asegurado, de los escritos de alegaciones y recursos considerados oportunos ante el Organismo competente. Asistencia al Automovilista Cubre la resolución de consultas sobre trámites administrativos y materias legales relacionados con el automóvil y el asesoramiento sobre infracciones de tráfico. Subsidio por privación del permiso de conducir. Pago de una indemnización al asegurado cuando haya sido privado de su permiso de conducir por sentencia o resolución administrativa firme con los límites establecidos en el Condicionado General. Cubre indemnización en el caso de realización de cursos de recuperación parcial de puntos. Daños propios con franquicia.

23 En caso de pérdida total la indemnización a satisfacer será el 100% del valor de nuevo el primer año y segundo año y el 80% el tercer año. El resto de años se indemniza sobre el valor de mercado. En caso de siniestro total no se descuenta la franquicia de la indemnización. Incluye granizo y circulación por vías no aptas. Vehículo de sustitución (cobertura alternativa a la de Indemnización por Inmovilización). Se facilitará un vehículo de alquiler equivalente al del grupo del asegurado, hasta el grupo D - según la clasificación de las compañías de alquiler -, durante el número de días consecutivos establecidos en las Condiciones Particulares de la Póliza, con motivo de la reparación de los daños sufridos a consecuencia de siniestros garantizados por las siguientes coberturas: o o o Daños e Incendio Robo Préstamo para la reparación del vehículo asegurado Indemnización por Inmovilización (cobertura alternativa a la de Vehículo de Sustitución). Compensación económica por la inmovilización del vehículo asegurado durante la reparación de los daños ocasionados, siempre que se precisen mas de 20 horas de reparación. Se indemniza por reparación o sustitución de piezas que precisen mas de 20 horas con un límite de 75 horas.

24 PÓLIZA TODO RIESGO 100 CON FRANQUICIA Producto vigente Última actualización: Enero 2010 Ficha de Producto Concepto general Seguro a Todo Riesgo con franquicia (del 10%-20%-30% sobre el valor del siniestro) para vehículos con PVP + accesorios superior a euros. Resumen de coberturas Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria Responsabilidad Civil Suplementaria Defensa Jurídica y Reclamación de daños Seguro del Conductor Asistencia en Viaje Riesgos extraordinarios (daños personales y materiales) Incendio del Vehículo Rotura de Parabrisas y Lunas Robo del Vehículo Limpieza del vehículo por traslado de heridos Defensa en Multas de Tráfico Asistencia al Automovilista. Daños Propios con franquicia del 10%-20%-30% sobre el valor del siniestro. Aspectos comerciales Posibilidad de elección para este tipo de vehículos de la franquicia a aplicar. En caso de siniestro total se amortigua la depreciación del vehículo y se disminuyen los perjuicios económicos ocasionados por la pérdida del mismo, sobre todo en los supuestos de adquisiciones financiadas Aspectos técnico- administrativos Dirigido a vehículos de primera categoría con un PVP+ accesorios superior a euros. Producto de gama alta. Adecuado para vehículos con menos de 4 años de antigüedad. Forma de pago anual, trimestral o semestral.

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