NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

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1 NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NGll/W/5/Add.1 29 de mayo de 1987 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobra Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio. Incluido el Comercio de Mercancías Falsificadas Original: inglés INFORMACIÓN RECIBIDA DE OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Comunicación dei Consejo de Cooperación Aduanera De conformidad con las decisiones adoptadas por el Grupo de Negociación sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio, Incluido el Comercio de Mercancías Falsificadas en su reunión de 25 de marzo de 1987, la Secretaría se ha puesto en contacto con las secretarias de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, la UNESCO y el Consejo de Cooperación Aduanera, con objeto de solicitar información sobre las actividades que desarrollan en materia de comercio de mercancías falsificadas y sobre las iniciativas relacionadas con el Objetivo de Negociación dei Grupo (MTN.GNG/NGll/1, párrafos 17 y 18). Se ha recibido la siguiente comunicación como respuesta de la secretaría dei Consejo de Cooperación Aduanera. SECRETARIA DEL GATT UR

2 Página 2 LA LUCHA CONTRA LAS FALSIFICACIONES EN EL COMERCIO INTERNACIONAL: INICIATIVAS DEL CONSEJO DE COOPERACIÓN ADUANERA (CCA) Introducción 1. El Consejo de Cooperación Aduanera es un organismo intergubernamental integrado actualmente por 98 países de todo el mundo. Forman parte dei Consejo todos los países de la CEE, los Estados Unidos, casi todos los países de Europa Oriental y China. Alrededor de la mitad de sus miembros son países en desarrollo. El CCA es, pues, un organismo realmente mundial y ello es muy importante para valorar su influencia en relación con el problema de la falsificación. 2. Las actividades dei CCA se desarrollan por conducto de comités, dos de los cuales se ocupan dei problema de la falsificación: el Comité Técnico Permanente y el Comité de Aplicación. En pocas palabras, el Comité Técnico Permanente tiene a su cargo la simplificación y armonización de los procedimientos aduaneros en beneficio dei comercio internacional. Corresponde al Comité de Aplicación desarrollar la cooperación y la asistencia administrativa mutua entre los miembros para reprimir las infracciones que vulneren la legislación aduanera y otras d: aposiciones legislativas cuya aplicación se ha confiado a la administración aduanera. La labor de los dos Comités se ha traducido en la aprobación por el CCA de cierto número de acuerdos internacionales (convenios y recomendaciones), cuyo espíritu y estructura pueden ser útiles para examinar la cuestión de la falsificación en el comercio internacional. Objetivos de la intervención de la administración aduanera 3. La Secretaría dei Consejo de Cooperación Aduanera ha seguido con atención los debates sobre el problema de la falsificación sostenidos en diversos organismos desde 1981, cuando participó por primera vez en una asamblea mundial organizada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). En todas estas reuniones se señaló que las administraciones aduaneras pueden desempeñar una función decisiva en la lucha contra la falsificación en el comercio internacional, porque son los órganos dei poder público que tienen a su cargo la vigilancia de las importaciones y las exportaciones. La administración aduanera está en condiciones de impedir que las mercancías falsificadas se incorporen a la corriente dei comercio internacional en el punto de exportación y puede también impedir que mercancías falsificadas importadas penetren en el mercado interno. 4. Se ha afirmado también que, en su calidad de órgano público encargado de aplicar la ley, la administración aduanera no debe desentenderse de la falsificación y de los efectos perjudiciales que de ésta se derivan para la economía, el individuo y la sociedad. La administración aduanera tiene, frente a la sociedad, la obligación de intervenir en la lucha contra el tráfico internacional de mercancías falsificadas.

3 MTN.GNG/NG11/W/5/Add.1 Página 3 5. En su calidad de organismo gubernamental que se ocupa de todos los problemas aduaneros de interés internacional, incumbe al CCA iniciar la adopción de medidas, aunque tiene conciencia de las limitaciones de los servicios aduaneros al respecto. Obstáculos que se oponen a la intervención de la administración aduanera 6. Se plantea en primer lugar el problema de la competencia jurídica. En todos los países las atribuciones de la administración aduanera están legalmente definidas. Desgraciadamente, en casi todos los países miembros la administración aduanera no tiene legalmente competencia para aplicar la legislación en materia de propiedad intelectual. 7. La segunda limitación es que, en la mayoría de los países, la administración aduanera tiene responsabilidades muy importantes, pero dispone de muy poco personal. Por consiguiente, inclusive en la hipótesis de que se les atribuyera legalmente competencia en la materia, muchos servicios aduaneros asignarían probablemente a la falsificación una prioridad relativamente baja porque se enfrentan con otros problemas apremiantes, entre ellos el tráfico ilícito de estupefacientes. 8. Otras dos limitaciones son de carácter técnico. Aun si estuviera dotada de la competencia apropiada y de los recursos adecuados, podría resultar muy difícil para la administración aduanera adoptar las medidas dei caso, porque es extremadamente difícil distinguir entre un producto falsificado y otro auténtico. Además, determinar si ha habido falsificación plantea cuestiones de derecho (más que de hecho) que sólo un tribunal de justicia o un tribunal administrativo puede resolver. * Labor desarrollada en el CCA 9. Desde hace tres años, el problema de la falsificación está siendo examinado por los comités competentes dei CCA y por el Consejo, que es la asamblea general dei organismo. Sobre la base de un amplio estudio realizado en 1984, el Consejo atribuyó prioridad máxima al problema y pidió a los Comités que hallaran soluciones a las cuestiones planteadas. Legislación modelo de habilitación 10. El CCA no ha hallado una solución al problema de la competencia, porque éste es un asunto dei que se ocupan individualmente los gobiernos. Sin embargo, se ha considerado que para algunas administraciones aduaneras sería útil que el CCA indicara las funciones que se podrían conferir a las autoridades aduaneras y la manera de ejercerlas. Con esta finalidad, el Consejo ha aceptado una propuesta dei Comité Técnico Permanente en favor de la elaboración de una legislación que podría servir de modelo para los países deseosos de dictar medidas legislativas que atribuyan a sus administraciones aduaneras competencia en la materia. 11. La legislación modelo (el Comite Técnico Permanente tendrá listo el proyecto a comienzos de noviembre de 1987) tiene como objetivo definir una

4 Página 4 función internacionalmente aceptable de la administración aduanera en esta esfera. Lo que interesa es conseguir que la actividad aduanera no constituya un obstáculo al comercio legitimo. Por ello, la legislación modelo deberá determinar el alcance y los métodos de la intervención aduanera. Se tendrá también en cuenta el hecho de que los recursos al alcance de la administración aduanera son limitados y de que, sin la colaboración dei titular de la marca comercial u otra propiedad intelectual, la intervención aduanera no será posible. 12. La legislación modelo brindará a los titulares de marcas comerciales diferentes sistemas para obtener la asistencia de la administración aduanera en la lucha contra las mercancías falsificadas en el comercio internacional. Entre otras disposiciones, se prevén medidas relacionadas con la detención, el decomiso, la confiscación y el destino de las mercancías fraudulentas. Labor en el plano de la aplicación 13. El Comité de Aplicación ha decidido que el problema figure en su programa de trabajo con carácter permanente, de manera que el Comité pueda ocuparse siempre dei mismo, como lo hace por ejemplo, con el problema de los estupefacientes. 14. En segundo lugar, se ha acordado en el Comité de Aplicación que los países cuyas administraciones aduaneras son competentes en materia de propiedad intelectual podrán utilizar los instrumentos de aplicación dei CCA como base para la cooperación y la asistencia administrativa mutua en la lucha contra la falsificación. El CCA tiene ya instrumentos internacionales que prevén la prestación de asistencia administrativa mutua para la investigación, la represión y el enjuiciamiento de los delitos aduaneros. Por definición, un delito aduanero comprenderá los delitos contra la legislación en materia de propiedad intelectual si la administración aduanera se encarga de aplicar esta legislación. 15. Por último, con la finalidad de formalizar las relaciones entre el CCA y los organismos no gubernamentales representativos de la industria, el Comité de Aplicación está estudiando un? nueva propuesta según la cual el CCA concertará memorandos de entendimiento con los organismos representativos de la industria. Sobre la base de estos memorandos, el CCA, en colaboración con los organismos interesados, desarrollaría determinadas actividades de aplicación, organizaría cursos de información y establecería las orientaciones que los servicios aduaneros podrían seguir para hacer frente al problema de la falsificación. Conclusión 16. Como se observará, la función dei CCA en esta materia queda circunscrita a los aspectos de interés aduanero. Los objetivos dei CCA son dar a las administraciones aduaneras la posibilidad de actuar con eficacia en la aplicación de la legislación en materia de propiedad intelectual si

5 Página 5 reciben las atribuciones apropiadas y crear un punto de encuentro donde las administraciones aduaneras puedan continuar intercambiando opiniones sobre los problemas prácticos que plantea la legislación sobre propiedad intelectual. Conviene señalar además que, gracias a los instrumentos jurídicos de aplicación (convenios y recomendaciones dei CCA), existe ya una estructura que permite intercambiar informaciones sobre la aplicación y la asistencia administrativa mutua. A este respecto, el CCA tiene ya la infraestructura necesaria para utilizar los instrumentos de política general sobre falsificación en el comercio internacional que t»ean fruto de la labor de otros organismos intergubernamentales.

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