Así mismo manifestar si se cuenta con autorización o revalidación federal y acompañar copia simple de la Cédula donde conste tal circunstancia.
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- Pilar Gil Martín
- hace 6 años
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1 GUÍA DE APOYO METODOLÓGICA PARA LA INTEGRACIÓN DE REQUISITOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA PARA EL ESTADO DE PUEBLA Y SU REGLAMENTO 1.- SOLICITUD DE TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN: Escrito libre donde se detallen los siguientes datos: Nombre completo (persona física o moral). Tipo de trámite que solicita. (autorización, revalidación o modificación). Lugar y fecha de suscripción del escrito. Número de expediente. (en su caso). Domicilio para oír y recibir notificaciones, aceptando expresamente ser notificados por medios electrónicos (Internet). Nombre, en su caso, del representante legal, así como los datos del instrumento en que consta su representación. Dicho instrumento deberá anexarse a la solicitud. Nombre y firma del representante legal. Teléfonos de la empresa. Personas a las que autoriza a recibir notificaciones. Modalidad y/o modalidades que solicita. Correo electrónico y de ser el caso página web. 2.- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Es el escrito donde de manera detallada y clara se esgrimen las razones y los argumentos que determinaron al promovente incursionar en la prestación de servicios de seguridad privada en la o las modalidades solicitadas. 3.- PERSONA MORAL O FÍSICA DE NACIONALIDAD MEXICANA. Los interesados en prestar servicios de seguridad privada podrán solicitar autorización como persona física con actividad empresarial o como persona moral y según sea el caso presentar: Persona Moral. Acta Constitutiva: Se exhibe en original o copia certificada. Dicho instrumento notarial debe estar inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. El Objeto Social deberá ser congruente con la modalidad o modalidades en las que pretenda obtener la autorización para la prestación de los servicios de seguridad privada. Señalar la personalidad del promovente, en caso de no venir inserta en el Acta Constitutiva, deberá presentar además Poder Notarial en original o copia certificada donde acredite su personalidad. En su caso, original o copia certificada de las modificaciones a la Acta Constitutiva. (protocolos, etc) Persona Física Con Actividad Empresarial. Acta de Nacimiento: Presentarla en original o copia certificada. 4.- ACREDITAR EL DOMICILIO FISCAL Y/O SUCURSALES: matriz o sucursal que estén dentro del Estado de Puebla, lo que permite establecer competencia por parte de la Dirección General. El solicitante deberá manifestar en hoja membretada de la empresa el domicilio y teléfono de la oficina matriz y sucursales, dicha manifestación se acompañará de un comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses). Así mismo manifestar si se cuenta con autorización o revalidación federal y acompañar copia simple de la Cédula donde conste tal circunstancia. Se exhibirá en copia simple a nombre de la empresa y/o persona física, como comprobante de domicilio alguno de los siguientes documentos: Recibo de Luz. Recibo de Agua. 1
2 Recibo del Predial. Recibo telefónico. En caso, de que los recibos de servicios antes mencionados no se encuentran a nombre del prestador de servicios se deberá acreditar la legal posesión de dicho inmueble (contrato de arrendamiento, etc). 5.- FACHADA DE DOMICILIO: Fotografías de impresión digital a color de la fachada exterior del domicilio de la oficina matriz o sucursales que estén ubicadas en el Estado de Puebla con que se cuenta para la prestación de los servicios, mismas que no podrán ser utilizadas por dos o más prestadores de servicio a la vez, ni estar en Unidades Habitacionales ni en locales comerciales. Que en la parte frontal de cada uno de los inmuebles que utilice como oficina matriz o sucursal, se tenga una superficie de por lo menos un metro cuadrado, donde se especifique: nombre, razón social o denominación del Prestador de Servicios; logotipo o emblema del mismo; número o registro de autorización, revalidación o modificación para prestar sus servicios; domicilio, horario de atención al público y sus números telefónicos; (sugerido, no es obligatorio) 6.- REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: Copia certificada de la Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y su Cédula de Inscripción o en su defecto copia simple si se cuenta con certificación electrónica digital (cadena original, Código de Barras bidimensional o QR). 7.- ACREDITACIÓN DE MEDIOS Y/O PROTESTO DE LEY. Para acreditar que se cuenta con los medios humanos, de formación, técnicos, financieros y materiales, que le permitan desarrollar sus actividades en forma adecuada, el Prestador de Servicios deberá: I. Contar al menos con una línea telefónica destinada exclusivamente para la atención de llamadas del público en general; II. Demostrar que cuenta con la infraestructura necesaria para la capacitación de su personal operativo, considerando la modalidad de prestación del servicio y el número de personal a capacitar; III. Si se solicita la modalidad prevista en la fracción I del artículo 15 de la Ley de la materia en Puebla, específicamente tratándose del traslado de valores, se deberá de informar la cantidad y características de los vehículos blindados con que se cuenta describiendo marca, tipo, modelo, placas y número de identificación vehicular. Dicho blindaje no será inferior al nivel IV, de conformidad con la Norma Oficial Mexicana correspondiente, así como el número de personal operativo asignados para cada unidad vehicular, cifra que deberá ser congruente con la operatividad de los servicios; IV. En la modalidad de Seguridad de la Información, acreditar con documento idóneo que el personal técnico cuente con los conocimientos especializados en materia de seguridad informática; V. Informar el número de personal con que contará para prestar los servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla, justificando que esa cantidad es suficiente para garantizar la adecuada operatividad en cada una de las modalidades solicitadas, y VI. En caso de no utilizar armamento ni equipo alguno en los servicios prestados en las modalidades previstas en el artículo 15, fracciones I, III, IV y V de la Ley, se deberán especificar, los medios que habrán de permitir al personal operativo desempeñar el referido servicio. Únicamente en el caso de los prestadores de servicios que soliciten la autorización por primera vez y que no cuenten con personal y equipo, la Dirección General podrá conceder un plazo de hasta treinta días hábiles, posteriores al otorgamiento de la autorización, para acreditar la contratación del personal y la adquisición del equipo necesario para desempeñar los servicios. Transcurrido dicho plazo sin que el particular demuestre que cuenta con los medios humanos, de formación, técnicos y materiales, para prestar los servicios, la Dirección General acordará, de plano, sobre la modificación de la autorización o la revocación de la misma, de acuerdo con las documentales exhibidas por el particular. Así mismo incorporar el escrito donde se haga la manifestación expresa mediante protesto legal que se cuenta con los medios señalados; ejemplo: bajo protesta de decir verdad, con fundamento en el artículo 254, fracción I del Código Penal del Estado Libre y Soberano 2
3 de Puebla, que mi representada cuenta con los medios humanos, de formación, técnicos, financieros y materiales, que le permiten desarrollar sus actividades en forma adecuada. 6.- REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO. Conjunto de condiciones de carácter técnico administrativo o disciplinario que norma el funcionamiento de un centro de trabajo, las cuales van encaminadas a la correcta dirección, organización, seguridad, higiene y distribución de las labores, cuya observancia es obligatoria para los trabajadores. Para que surta efectos legales debe depositarse ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje que corresponda. Dicho reglamento se presentará ante esta Dirección General de Seguridad Privada con el sello de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. Se sugiere incluir en el mismo: Horas de entrada y salida. Tiempo destinado a alimentos. Días y lugar de pago. Permisos y licencias. Disposiciones disciplinarias y procedimiento para la aplicación de sanciones. Periodos de descanso. Normas para prevenir riesgos de trabajo, entre otros. Obligaciones y abstenciones del personal administrativo y operativo. 7.- MANUAL Y/O INSTRUCTIVO OPERATIVO: El manual operativo es el documento técnico que detalla y describe las acciones, tareas o funciones genéticas que va a realizar por el elemento de seguridad privada, de acuerdo al tipo de servicio que vaya a realizar (modalidad). Por lo que deberá exhibirse con los siguientes lineamientos técnicos: Presentarlo en hojas membretadas de la empresa o de la persona física con actividad empresarial. El contenido será acorde a la modalidad que solicita. (en caso de solicitar una modalidad) Si requiere dos o más modalidades, podrá presentarlo en un solo volumen, distinguiendo cada una de las modalidades que solicita; o en su caso, exhibir cada ejemplar por separado de cada modalidad. Deberá contener la estructura jerárquica de la empresa y dentro de ésta el nombre de quien se designe comol responsable operativo de manera literal y expresa, ejemplo: Juan Pérez Pérez, Gerente de Operaciones, poner entre paréntesis (Responsable Operativo), con independencia del cargo que se designe formalmente en su estructura. Directrices generales y, en su caso, específicas de los servicios de seguridad privada que prestará. Los principios de actuación, obligaciones y deberes que la Ley y el Prestador de Servicios disponen para ser aplicadas por su personal operativo en el desempeño de sus servicios. Las indicaciones básicas para el uso del equipo que el personal operativo pudiera emplear 8.- PLANES Y PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO: Los planes y programas de capacitación y adiestramiento son el conjunto de acciones específicas que permiten atender las necesidades de formación, actualización y desarrollo de los elementos operativos de la empresa, con el objeto de proporcionarles información sobre la aplicación de nuevas tecnologías, prepararlos para una nueva vacante o puesto de nueva creación, prevenir riesgos de trabajo, incrementar la productividad, y en general, mejorar las actitudes del elemento de seguridad privada. En materia de capacitación, conforme a la legislación laboral vigente, deberá presentar en copia simple los siguientes documentos: Los Planes y Programas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad de la empresa, se deberán presentar en hoja membretada de la empresa y/o persona física con actividad empresarial. Formato DC-2 (Presentación de los Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento) en su anverso y reverso. 3
4 El plan de capacitación y adiestramiento deberá contener de manera general los cursos: a) Básico, de formación o inducción y, b) Actualización, con la carga horaria total de cada uno de ellos y ser acordes a cada una de las modalidades en las que se prestarán los servicios de seguridad privada. El programa de capacitación y adiestramiento deberá contener de forma específica nombre de los cursos, las materias con las horas de cada una de ellas, carga horaria total, objetivos y tipo de instructor (interno o externo) que impartirá los cursos, acorde a las modalidades que solicita. Los cursos deberán incluir, con independencia de otras materias, las correspondientes a Derechos Humanos, así como de Principios de Actuación y Desempeño. CAPACITACIÓN DE LOS ELEMENTOS: Es la documentación que acredita que el elemento de seguridad privada ha recibido los cursos que lo harán desempeñar su trabajo en condiciones óptimas. En caso de los elementos deberá exhibir en copia simple la siguiente información: Formato DC-3 (Constancia de Habilidades Laborales) en su anverso y reverso. CAPACITADOR EXTERNO: Formato DC-5 (Solicitud de Registro de Agente Capacitador Externo) en su anverso y reverso acompañado del acuse expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social debidamente sellado. Constancia de agente capacitador externo expedido y sellado por la Dependencia. CAPACITADOR INTERNO. Currículum vitae en hoja membretada de la persona la persona que funja como capacitador interno, además de anexar constancias, diplomas y demás documentos relativos que avalen y acrediten que efectivamente se encuentra capacitado para desempeñar tal función en la o las modalidades solicitadas, así como escrito donde señale expresamente el nombre del capacitador interno autorizado para brindar la capacitación correspondiente al personal operativo firmado por el representante legal. 9.- CURRÍCULUM VITAE DEL PERSONAL DIRECTIVO. El currículum del personal directivo, o de quien ocupará los cargos relativos, deberá contener por lo menos: Datos personales. Escolaridad. Experiencia laboral. Puesto actual que se desempeña dentro de la empresa. Firma autógrafa; 10.- RELACIÓN DEL PERSONAL DIRECTIVO, ADMINISTRATIVO, TÉCNICO Y OPERATIVO: Relacionando por separado en hoja membretada a los mismos y deberá contener el nombre, domicilio, edad, lugar y fecha de nacimiento, registro federal de contribuyentes, en su caso, clave única de registro de población y grado de estudios; según sea el caso; 11.- FORMATO DE CREDENCIAL DE LA EMPRESA: Es la que se expedirá al personal y contendrá al menos: denominación, domicilio y teléfono del prestador de servicios; nombre, clave única de registro de población, clave única de identificación personal de ser el caso, fotografía y firma de la persona que portará ésta; vigencia y firma del prestador de servicios o su representante legal y, en su caso, datos de identificación del arma y número de licencia de portación de armas LOGOTIPO Y LEMA: Se presentarán en copia impresa de formato digital y a color (impresión a color), si no cuenta con lema, hacer el protesto legal correspondiente FOTOGRAFÍAS DEL UNIFORME: Se presentarán en impresión a color y de cuerpo completo por las cuatro vistas (frente, posterior y ambos costados), además deberán apreciarse claramente los colores logotipos, emblemas, insignias y cualquier otro medio de identificación que porte el elemento, así como los aditamentos complementarios al mismo. El uniforme deberá presentar de manera visible, en los costados de las mangas y en la parte izquierda del pecho, el logotipo o emblema y denominación del prestador de servicios, acompañado de las palabras seguridad privada, mismos que no podrán ser iguales o similares a los utilizados por las corporaciones policiales o por las fuerzas armadas, o que aludan a 4
5 los símbolos patrios nacionales, a escudos o banderas oficiales de otros países, o instituciones de seguridad o militares del extranjero. Se abstendrán de utilizar placas metálicas y la bandera nacional para la identificación de los elementos o integrarlas como parte del uniforme a utilizar para la prestación de los servicios de seguridad privada RELACIÓN DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES. Relación de bienes muebles e inmuebles que se utilicen para el servicio, así como inventario de equipo que deberá contener: uniformes, así como los aditamentos complementarios al uniforme, aparatos eléctricos, electrónicos, telecomunicaciones y de radiocomunicación, armamento, vehículos, animales entrenados para prestar servicios de seguridad, en los formatos que para tal efecto establezca la Secretaría General de Gobierno. El listado de bienes muebles se exhibe en hoja membretada de la empresa conteniendo todo lo referente a equipo o mobiliario de oficina. El listado de bienes inmuebles se exhibe en hoja membretada de la empresa, asentando en el documento el domicilio completo del Inmueble propiedad de la empresa. En caso de no contar con bienes inmuebles propiedad de la empresa, deberá presentar el protesto correspondiente, adjuntando además copia del contrato que acredite su arrendamiento o comodato, ejemplo: representada no cuenta con inmuebles propiedad de la empresa, y que el inmueble que manifesté como domicilio matriz actualmente se encuentra arrendado por mi representada, adjuntando copia simple del mencionado contrato. Inventario de equipo: El inventario del equipo deberá contener: uniformes, aparatos electrónicos, eléctricos, de telecomunicación y demás en materia de radiocomunicación, armas, vehículos, semovientes y animales entrenados para prestar servicios de seguridad o, en su caso, el protesto legal manifestando que no se cuenta con dicho equipo. Deberán presentarse en hoja membretada de la empresa y en los formatos establecidos por esta Dirección General; de forma impresa. Inventario de equipo de radiocomunicación y telecomunicación Inventario de vehículos. Inventario de fornituras. Inventario de uniformes. Inventario de aparatos electrónicos y eléctricos. Inventario de armas. Animales entrenados REGISTRO DE LICENCIA DE USO DE ARMAS DE FUEGO: De estar en tal supuesto presentar la relación de éstas, expresando marca, calibre, modelo, matrícula y asignación respectiva, distinguiendo aquellas que estarán a cargo del personal operativo en el Estado de Puebla acompañando la Licencia Particular Colectiva para portación de armas vigente autorizada por la Secretaría de la Defensa MODELO DE CONTRATO: Exhibir en copia simple del Modelo de Contrato de Servicios el cual deberá contar con el sello de acuse de presentación y aprobación ante la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor o de haberse tramitado electrónicamente, que cuenten con certificación electrónica digital (cadena original, Código de Barras bidimensional o QR ) aprobado por ésta CANES. Relación, en su caso, de perros, adjuntando copia certificada de los documentos que acrediten que el instructor se encuentra capacitado para desempeñar ese trabajo; asimismo se anexará listado que contenga los datos de 5
6 identificación de cada animal, como son: raza, edad, color, peso, tamaño, nombre y documentos que acrediten el adiestramiento y su estado de salud, expedido por la autoridad correspondiente. Fotografías a color de cada uno de los caninos, en las que se deberán apreciar claramente cada uno de ellos. Documentos en copia simple con los cuales se acredite el adiestramiento de cada uno de los canes. Original o copia certificada del carnet de vacunación de cada uno de los caninos. Manual de capacitación: mismo que deberá contener todo lo referente al manejo, adiestramiento y uso de los canes en la prestación de los servicios de seguridad privada. En caso de no contar con canes presentar el protesto, ejemplo: representada no cuenta con canes la prestación de los servicios de seguridad privada PERMISO PARA OPERAR RADIOFRECUENCIA O CONTRATO CON CONCESIONARIA AUTORIZADA: Copia certificada del permiso para operar frecuencia de radio estrígida especificando vigencia de uso y espectro de frecuencia, o copia certificada del contrato celebrado con concesionaria autorizada (nextel, telcel, iusacell, etc). En caso de no contar con frecuencia de radiocomunicación restringida deberá de manifestarlo bajo protesta de decir verdad, ejemplo: representada no cuenta con ninguna frecuencia de radiocomunicación FOTOGRAFÍAS DE LOS VEHÍCULOS. Deberán de exhibirse en impresión digital a color de ambos costados, frente, parte posterior y toldo de todos los vehículos que se utilizaran en la prestación de los servicios en el Estado de Puebla, las cuales deberán MOSTRAR CLARAMENTE el número de registro o autorización del Estado y, en su caso, el Federal, placas, colores, logotipos o emblemas, que no podrán ser iguales o similares a los oficiales utilizados por las corporaciones policiales o las fuerzas armadas, además deberán presentar rotulada la DENOMINACIÓN COMPLETA DEL PRESTADOR DEL SERVICIO y LA LEYENDA SEGURIDAD PRIVADA. En caso de utilizar torretas se usarán exclusivamente los colores verde y naranja, si además cuentan con sirenas o altoparlantes, defensas diferentes al modelo original del vehículo, defensas reforzadas y vidrios obscuros o polarizados deberán presentar la autorización correspondiente. En caso de no contar con vehículos, deberá de manifestarlo bajo protesta de decir verdad, ejemplo: representada no cuenta con vehículos para la prestación de los servicios de seguridad privada INSIGNIAS, DIVISAS, EMBLEMAS O DISTINTIVOS: Presentar muestra física de las insignias, divisas, logotipos, emblemas o cualquier medio de identificación que porte el elemento en el uniforme BLINDAJE DE VEHÍCULOS Y SU UTILIZACIÓN: En caso de que se utilicen vehículos blindados en la prestación del servicio, independientemente de la modalidad de que se trate, se deberá exhibir constancia expedida por el proveedor autorizado del servicio de blindaje, con la que acredite el nivel del mismo. 6
7 Tratándose de prestadores de servicios que operen en la modalidad prevista en la fracción I del artículo 15 de la Ley estatal en la materia, y específicamente para el traslado de valores, será indispensable contar con vehículos blindados, y exhibir constancia expedida por el proveedor autorizado del servicio de blindaje, con la que se acredite el nivel del mismo, o en su caso, protesto de no contar con vehículos blindados, ejemplo: representada no cuenta con vehículos blindados para la prestación de los servicios de seguridad privada PAGO DE DERECHOS CORRESPONDIENTE. Es el pago que deberá realizar por el estudio y trámite de la solicitud, y/o los pagos que se deriven del análisis de la misma. Pago por cada una de las modalidades que solicita $45, (cuarenta y cinco mil doscientos quince pesos) De ser procedente la autorización $ (ciento veinticinco pesos) PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS. Cada uno de los documentos deberán presentarse en atención a: Lic. Guillermo V. Fernández de la Maza. Subsecretaría de Prevención del Delito y Seguridad Privada. Todos los escritos y formatos deberán de estar debidamente firmados por el representante legal, en papelería de la empresa debidamente identificada. Si el documento es copia simple, deberá de ser legible. En todo protesto legal que procesa se deberá contener redactarse en los siguientes términos: representada no cuenta con para la prestación de los servicios de seguridad privada. Una vez recibido el Acuerdo de Inicio correspondiente por parte del interesado, para cualquier duda o aclaración de los documentos soporte presentados ante la DGSP en el desahogo de los requisitos señalados, ponemos a su disposición el teléfono (222) , extensiones 1052 y 1268, o si desea ser atendido por servidores públicos de la Dirección de Normatividad y Profesionalización de la Dirección General de Seguridad Privada de manera personalizada, lo esperamos en las instalaciones ubicadas en sótano del edificio Sur, Blvd. Atlixcáyotl 1101, Colonia Concepción Las Lajas, a un costado del Hospital Puebla, frente a Angelópolis. Mtro. Carlos Eduardo Carrillo Islas. Director de Normatividad y Profesionalización. Ing. Francisco Javier Alabarda Alavez. Subdirector de Acuerdos. Lic. German Cruz Cuevas, Jefe de Departamento de Acuerdo y Dictámenes A. Lic. Mauricio Vázquez Ozuna. Jefe de Departamento de Acuerdos y Dictámenes B. 7
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