Asunto: Aprobación parcial del Presupuesto Inicial del período 2018 del Fideicomiso N 1099 Ministerio de Educación Pública- Banco Nacional.
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- Encarnación Castellanos López
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1 Al contestar refiérase al oficio No de diciembre, 2017 DFOE-SOC-1486 Señora Sonia Marta Mora Escalante Ministra MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA (MEP) Señora María Lourdes Fernández Quesada Directora DIRECCIÓN DE FIDEICOMISOS DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA (BNCR) Estimadas señoras: Asunto: Aprobación parcial del Presupuesto Inicial del período 2018 del Fideicomiso N 1099 Ministerio de Educación Pública- Banco Nacional. Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros del Comité Director del Proyecto y de la Unidad Supervisora, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, se le comunica la aprobación parcial del Presupuesto Inicial del Fideicomiso N 1099 Ministerio de Educación Pública- Banco Nacional, por la suma de ,3 millones. Sobre el particular le indicamos lo siguiente: 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de su Ley Orgánica N y el artículo 14 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, N Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el presupuesto inicial y el plan anual, que fueron aprobados por el Comité Director del Proyecto, según consta en el acuerdo N 1 del acta de la sesión ordinaria N 31
2 DFOE-SOC de diciembre, 2017 celebrada el 28 de setiembre de 2017, y que fueran remitidos mediante oficio N FID Además se consideró información complementaria remitida mediante correo electrónico, de fechas 6, 18 y 21 de diciembre de El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del jerarca y los titulares subordinados, por lo que esta aprobación se fundamenta en las certificaciones remitidas por ese Fideicomiso, según lo establecido en la normativa vigente. La veracidad de su contenido es responsabilidad de los funcionarios que las suscribieron. Lo resuelto con respecto a este presupuesto, no constituye una limitante para que este Órgano Contralor realice las verificaciones que en el futuro considere pertinentes, según sus potestades de fiscalización superior sobre los recursos y aplicaciones a los cuales se les da contenido presupuestario mediante este documento o en futuros presupuestos extraordinarios y modificaciones. Para el estudio de las propuestas institucionales contenidas en los documentos estudiados, se aplicaron técnicas selectivas RESPONSABILIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA a) La ejecución del presupuesto aprobado por esta Contraloría General es de exclusiva responsabilidad de la Administración del Fideicomiso, lo cual debe realizarse con estricto apego a las disposiciones legales y técnicas, así como ajustarse a la programación previamente establecida, por lo que las asignaciones presupuestarias aprobadas constituyen su límite de acción como elemento autorizante para el uso y disposición de los recursos. Aun cuando, la asignación presupuestaria autoriza al Fideicomiso a realizar los gastos, esa asignación no puede considerarse por su existencia como una obligación para la actuación administrativa, sino que debe ejecutarse dentro de las posibilidades técnicas, jurídicas y financieras del Fideicomiso. Por lo tanto, se deben establecer los mecanismos de control necesarios, de manera que la ejecución presupuestaria se ajuste a las asignaciones aprobadas por esta Contraloría General, se cumpla con el bloque de legalidad y se desarrolle de conformidad con los objetivos, metas y prioridades contenidas en el plan operativo institucional. b) Se debe desarrollar en forma periódica un proceso de evaluación física y financiera de la ejecución del plan-presupuesto institucional, cuyos resultados deben ser de conocimiento del nivel superior y de las demás instancias que lo requieran, para la toma de decisiones.
3 DFOE-SOC de diciembre, 2017 c) Como resultado de la evaluación física y financiera, se deben proponer ante las instancias que correspondan, los ajustes pertinentes al plan-presupuesto en forma oportuna, apegados a la reglamentación vigente y al bloque de legalidad. d) Es necesario que se establezcan los mecanismos que se requieran con el propósito de que los recursos institucionales sean utilizados con criterios de eficiencia, eficacia y economicidad. 2. RESULTADOS. 2.1 APROBACIONES. Se aprueba, entre otros, lo siguiente: a) Los ingresos estimados correspondientes a Alquiler de edificios e instalaciones e intereses sobre títulos valores de Instituciones Públicas Financieras, por las sumas de 3.689,6 millones y 196,8 millones, de acuerdo con los criterios técnicos aplicados para su estimación, los cuales permiten considerar tales ingresos como financiamiento viable. Sin embargo, se debe observar el comportamiento de dichos ingresos en el transcurso del período, a fin de realizar oportunamente, los ajustes que se consideren necesarios. b) Los ingresos provenientes del préstamo de organismos internacionales, específicamente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por la suma de ,0 millones, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Préstamo N 2824/OC-CR, suscrito entre el BID y ese Fideicomiso, Ley N 9124 Autorización al Poder Ejecutivo para suscribir una operación de crédito público y constituir un fideicomiso con contratos de arrendamiento, para el financiamiento del Proyecto construcción y equipamiento de infraestructura educativa del MEP a nivel nacional 1 y el Contrato N , contratación directa N 2013CD : Contrato fideicomiso para el financiamiento del Proyecto de construcción y equipamiento de infraestructura educativa del Ministerio de Educación Pública a nivel nacional, proyecto destinado a reducir el déficit de infraestructura educativa como parte del proceso de mejoramiento de la calidad del servicio que ofrece el sistema educativo público costarricense. c) Los ingresos incorporados en la clase Financiamiento, correspondientes a superávit específico, por la suma de ,9 millones y su respectiva aplicación, de acuerdo con la certificación remitida mediante oficio N FID del 18 de diciembre de Es responsabilidad de esa Administración, el verificar de previo a la ejecución de los gastos que se financian con esos recursos, que la suma incorporada no exceda el resultado de la liquidación presupuestaria al 31 de diciembre de 2017 y además, que su asignación 1 Publicada en el Diario Oficial La Gaceta N 58 del 22 de marzo de 2013, alcance N 55.
4 DFOE-SOC de diciembre, 2017 presupuestaria esté acorde con la finalidad específica de los recursos que lo originan. d) Los egresos incorporados en el presente documento presupuestario, por programa y por partida, por la suma de ,3 millones; lo anterior, acorde con lo dispuesto en la norma de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (NTPP) 2. Otros niveles utilizados por esa entidad, se tienen como informativos y de uso interno. Los presupuestos extraordinarios que se formulen durante el ejercicio económico de 2018, deberán guardar concordancia con lo antes indicado. 2.2 IMPROBACIONES Se imprueba lo siguiente: a) Los ingresos procedentes de recursos de vigencias anteriores, específicamente de superávit específico, por la suma de ,3 millones, y su aplicación, en vista de que, según lo indicado por la Administración, el desembolso del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) correspondiente al mes de diciembre de 2017 fue de $35 millones de dólares y no de $76,3 millones como se tenía previsto. Esta situación incide en que el saldo del flujo de caja proyectado al 31 de diciembre de 2017 sea de ,9 millones, según se señaló en el oficio N FID del 18 de diciembre de b) El ingreso estimado por concepto de Intereses sobre títulos valores de Instituciones Públicas Financieras, por el monto de 33,8 millones y su aplicación, por cuanto, la estimación de este ingreso se afectó por la disminución de recursos procedentes del desembolso efectivo del BID efectuado en diciembre de 2017, según se comunicó mediante oficio N FID del 21 de diciembre de En punto a las improbaciones citadas en los puntos a) y b), deberán realizar los ajustes correspondientes en la sección de gastos. En lo que respecta al Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP), el presupuesto se pondrá a disposición de los usuarios que tienen la función de registrar y validar la información presupuestaria en dicho sistema, con el fin de que se realicen los ajustes que se refieren a las improbaciones indicadas, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir del presente oficio, para posteriormente ser validado y enviado nuevamente a este Órgano Contralor siguiendo los procedimientos establecidos. 2 Emitidas por medio de Resolución DC del Despacho Contralor, publicada en el Alcance N 39 al Diario Oficial La Gaceta N 64 del 29 de mayo de 2012.
5 DFOE-SOC de diciembre, OTROS ASPECTOS En relación con el Plan Operativo Institucional (POI), si bien ese Fideicomiso indica la acción estratégica institucional del MEP, la cual corresponde a: Desarrollo del proyecto de Construcción y Equipamiento de Infraestructura Educativa del MEP a nivel nacional ; no se señalan objetivos generales y específicos, metas e indicadores anualizados (físicos y financieros), relacionados directamente con el fin último del fideicomiso, el cual es reducir el déficit de infraestructura educativa como parte del mejoramiento de la calidad del servicio educativo público costarricense 3, a través de la dotación de infraestructura y equipamiento educativo en zonas urbanas y rurales con bajo índice de desarrollo social. En este sentido, las metas estipuladas en el POI corresponden únicamente a actividades propias de gestión de ese fideicomiso, de forma tal que, no se indicaron productos concretos ligados a la razón de ser del mismo, como se transcribe a continuación: 1. Ejecución de la Administración del Proyecto por parte de la Unidad Ejecutora y desarrollo de consultorías en áreas de ingeniería; 2. Contratación de compañías constructoras de infraestructura; 3. Gestión Financiera del Fideicomiso; 4. Gestión Administrativa del Fideicomiso Al respecto, resulta importante mencionar que, el Plan Institucional es un instrumento formulado en concordancia con los planes de mediano y largo plazo, en el que se concreta la política de la institución a través de la definición de objetivos, metas, y acciones que se deberán ejecutar durante el año y periodos subsiguientes, dichas metas deben constituir resultados cuantificables ligados a indicadores de economía, eficiencia y eficacia, que posibiliten el seguimiento adecuado y oportuno de la gestión. Lo desarrollado previamente, así como los resultados del estudio de fiscalización emitido por esta Contraloría General, informe N DFOE-SOC-IF , sobre la gestión del Fideicomiso, en lo que resulte pertinente, deberán ser valorados en conjunto por las Autoridades Ministeriales, como beneficiario del Proyecto, y por la Administración del Fideicomiso, como ejecutor, de cara a la presentación de futuras gestiones de esta naturaleza ante este Órgano Contralor. 3 Ley N 9124.
6 DFOE-SOC de diciembre, CONCLUSIÓN. El análisis que este Órgano Contralor llevó a cabo se fundamentó en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa legal vigente, que regulan la elaboración y contenido del plan y el presupuesto del Fideicomiso N 1099 Ministerio de Educación Pública- Banco Nacional. En tal sentido, esta Contraloría General aprueba parcialmente el presupuesto para el año 2018 por la suma de ,3 millones. Atentamente, MBA. Adriana Mora Cordero FISCALIZADORA Lic. Juan Carlos Barboza Sánchez, MSc. ASISTENTE TÉCNICO Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA. GERENTE DE ÁREA jsm Ce: Sr. Francisco Ramos Bermúdez, Ejecutivo de Seguimiento, Dirección de Fideicomisos. G: NI: 24607, 31979, 33256, 33259,
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