Las fuentes de financiación del desarrollo local

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1 19 Las fuentes de financiación del desarrollo local Montserrat Cabrera Morales Introducción Los objetivos fundamentales de las iniciativas de desarrollo local son potenciar la competitividad del territorio local fomentando la creación de riqueza y de ocupación, manteniendo la calidad de vida y la cohesión social en una perspectiva de desarrollo sostenible, así como maximizar la utilización de los recursos humanos, sociales, institucionales y territoriales, con el fin de potenciar un modelo de crecimiento endógeno. Los modelos de crecimiento y desarrollo de las ciudades a largo plazo se instrumentalizan mediante la elaboración de planes estratégicos en los municipios. El Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 166 regula la incorporación en los presupuestos generales de las entidades locales de un anexo donde se incluyen los planes y programas de inversión y financiación que, para un plazo de cuatro años, podrán formular los municipios y demás entidades locales de ámbito supramunicipal. Para la puesta en marcha de estas inversiones las haciendas locales disponen de los siguientes recursos 1 : 1. Los ingresos procedentes de su patrimonio y demás de derecho privado. 2. Los tributos propios clasificados en tasas, contribuciones especiales e impuestos y los recargos exigibles sobre los impuestos de las comunidades autónomas o de otras entidades locales. 1 Artículo 2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 435

2 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL 3. Las participaciones en los tributos del Estado y de las comunidades autónomas. 4. Las subvenciones. 5. Los percibidos en concepto de precios públicos. 6. El producto de las operaciones de crédito. 7. El producto de las multas y sanciones en el ámbito de sus competencias. 8. Las demás prestaciones de derecho público. De todos estos ingresos nos vamos a centrar en el estudio de las ayudas y transferencias que reciben las corporaciones locales de otras administraciones: la Unión Europea, la Administración Central y la Administración Regional. Los recursos financieros de la Unión Europea Entre los fondos comunitarios del presupuesto de la Unión Europea (UE) revisten un papel muy significativo los denominados recursos estructurales. Estos recursos son los Fondos Estructurales Europeos (FEDER, FSE, FEOGA-Orientación e IFOP) y, también, el Fondo de Cohesión. Tanto los Fondos Estructurales (FFEE) como el Fondo de Cohesión atienden a la finalidad de favorecer un mayor grado de cohesión económica y social en el espacio comunitario, a través de la cofinanciación de las políticas de gasto público desarrolladas por los Estados miembros y dirigidas a la consecución de dicho objetivo. Esta finalidad se persigue a través de políticas encaminadas a conseguir un mayor equilibrio entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones y territorios que componen la Unión, por lo que su aplicación se inscribe en el ámbito de la política regional. El desarrollo local es una de las estrategias prioritarias de esta política de la Unión Europea. Los recursos procedentes de los Fondos Estructurales para desarrollar esta política de cohesión se distribuyen entre los Estados miembros mediante una clasificación de las regiones por objetivos. Las regiones más desfavorecidas, con un producto interior bruto (PIB) inferior al 75 por ciento de la media comunitaria, son las denominadas Regiones Objetivo número 1. Dos tercios de los créditos de los Fondos Estructurales se destinan a la recuperación de estas regiones. España ha sido el principal país beneficiario de los recursos del Objetivo número 1 entre 2000 y Las regiones españolas que se han beneficiado de estos recursos son Andalucía, Asturias, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, 436

3 Montserrat Cabrera Morales Ceuta, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Melilla, Murcia y, también, Cantabria (en situación de ayudas transitorias) 2. La aplicación de los Fondos Estructurales en estas regiones se realiza según lo establecido en un conjunto de documentos de programación de carácter plurianual. Dichos documentos son el Plan de Desarrollo Regional, el Marco Comunitario de Apoyo, los Programas Operativos y los Complementos de Programa. Los Planes de Desarrollo Regional (PDR) son los documentos iniciales de programación plurianual, elaborados por los Estados miembros con el fin de diagnosticar los problemas estructurales de las regiones, la estrategia y prioridades de actuación, y los recursos financieros (nacionales y comunitarios), indicativos necesarios para hacer frente a los problemas específicos de cada región. La Comisión Europea requiere la presentación y análisis de estos PDR con el fin de adaptar mejor los apoyos y prioridades comunitarias a las necesidades y prioridades expresadas por los Estados miembros en estos documentos. El Plan de Desarrollo Regional de España , para las Regiones Objetivo 1 fue elaborado contando con la colaboración de las Comunidades Autónomas 3. Los Marcos Comunitarios de Apoyo (MCA) son documentos de programación que aprueba la Comisión Europea, una vez analizados los planes de desarrollo que presentan los Estados miembros para cada objetivo prioritario. En dichos documentos se describen la estrategia de desarrollo y las prioridades de actuación a cofinanciar con los recursos comunitarios, sus objetivos específicos, la participación de los Fondos Estructurales y los demás recursos financieros a aplicar. Estos documentos se desarrollan y concretan mediante programas operativos y complementos de programas. El MCA se distribuye, estratégica y financieramente, en nueve ejes de intervención vinculados a prioridades estratégicas para la mejora de la competitividad y la generación de empleo, y para garantizar el desarrollo sostenible. Dichos ejes de intervención son las que se relacionan a continuación: a. Eje 1. Mejora de la competitividad y desarrollo del tejido productivo. b. Eje 2. Sociedad del conocimiento (innovación, I+D, sociedad de la información. 2 Cantabria era Región Objetivo 1 en el periodo pero al superar el 75 por ciento de la media comunitaria del PIB en el periodo dejó de ser Objetivo 1. 3 En la Comunidad Autónoma de Canarias, la Dirección General de Planificación y Presupuesto de la Consejería de Economía y Hacienda, se encargó de la elaboración del Plan de Desarrollo de Canarias (PDCAN)

4 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL c. Eje 3. Medio ambiente, entorno natural y recursos hídricos. d. Eje 4. Desarrollo de los recursos humanos, empleabilidad e igualdad de oportunidades. e. Eje 5. Desarrollo local y urbano. f. Eje 6. Redes de transporte y energía. g. Eje 7. Agricultura y desarrollo rural. h. Eje 8. Estructuras pesqueras y acuicultura. i. Eje 9. Asistencia técnica. La contribución financiera de los fondos estructurales (FEDER, FSE, FEOGA-O e IFOP) en el marco comunitario de apoyo para España y Canarias distribuida por ejes se detalla en el cuadro siguiente. Cuadro 1. MAC Regiones Objetivo 1. Distribución de ayuda FFEE por ejes de intervención en millones de euros Tema Descripción 1 282, , , , , , , , , , , , , , , ,3 9 15,1 193,1 Total 2.743, ,0 Fuente: Elaborado a partir de Santesmases Mestre (1996) Los ejes 2, 3 y 5 son los que reciben una mayor intensidad financiera respecto del marco comunitario anterior (MAC ). Por lo tanto, el impulso a la sociedad del conocimiento a través del aumento de la capacidad tecnológica y el despliegue de la sociedad de la información, la mejora del medio ambiente y del entorno natural y el aprovechamiento del potencial endógeno de las regiones a partir del desarrollo local y urbano pasan a adquirir una mayor relevancia financiera en la política regional comunitaria. 438

5 Montserrat Cabrera Morales Los Programas Operativos son los documentos de programación aprobados por la Comisión Europea para desarrollar y concretar el marco comunitario de apoyo mediante medidas plurianuales y que pueden financiarse con uno o más Fondos Estructurales. Cuando el programa operativo se aplica en una región determinada y su financiación corre a cargo de varios Fondos, entonces se trata de un programa operativo integrado regional. Además, existen también programas operativos plurirregionales o sectoriales referidos al conjunto de las Regiones Objetivo 1. Las grandes prioridades de los programas se definen en colaboración con la Comisión Europea; en cambio, las decisiones relativas a las medidas y a los proyectos concretos son responsabilidad exclusiva de los Estados miembros. Por tanto, la gestión completa de todo programa financiado por los Fondos Estructurales es siempre responsabilidad del Estado miembro. Para cada programa, éste designará una autoridad de gestión. Esta autoridad empezará adoptando el complemento de programación y lo modificará dado el caso. Además en cada región designará un órgano intermedio que mantenga la interlocución con la autoridad de gestión y con las autoridades pagadoras y que garantice la adecuada coordinación del conjunto de los organismos regionales intervinientes en las acciones cofinanciadas. Estas autoridades de gestión se harán cargo, además, de la selección de los proyectos, publicando, por ejemplo, convocatorias de propuestas. Por lo tanto, a ellas deberán dirigirse los agentes (autoridades locales, empresas o asociaciones) que deseen obtener un apoyo de los Fondos Estructurales. La Unión Europea concibe también programas específicos, las Iniciativas Comunitarias, para encontrar soluciones comunes a problemas que existen en todo el territorio europeo. Cada iniciativa está financiada por un único fondo. Para el periodo se diseñaron cuatro programas, que se han beneficiado con el 5,35 por ciento de la dotación de los Fondos Estructurales: 1. INTERREG III fomenta las cooperaciones transfronterizas, transnacionales e interregionales para favorecer la ordenación equilibrada de territorios plurirregionales. 2. URBAN II apoya las estrategias innovadoras de rehabilitación de ciudades y de barrios en crisis. 3. LEADER + tiene como finalidad reunir a los agentes socioeconómicos de los territorios rurales para reflexionar sobre nuevas estrategias locales de desarrollo sostenible. 4. EQUAL intenta eliminar los factores que dan lugar a las desigualdades y a las discriminaciones en el acceso al mercado de trabajo. 439

6 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL El Complemento de Programación constituye la última fase de la programación de los Fondos Estructurales y contiene la descripción detallada de las medidas anunciadas en el programa. Cada medida dispone de una cobertura financiera precisa a la que los administradores de los programas recurrirán para financiar proyectos individuales. El complemento de programación es adoptado por una autoridad de gestión designada por el Estado, previa consulta al Comité de seguimiento. Este documento recogerá, asimismo, el desglose de los créditos disponibles entre las medidas y los beneficiarios finales, es decir, un plan de financiación que deberá ir acompañado de una descripción de las disposiciones tomadas para conseguir la confinanciación de las medidas 4. Por consiguiente, las ayudas de los fondos estructurales se instrumentalizan en las formas de intervención de programas operativos, a su vez detalladas en los complementos de programación, y son adicionales a los gastos públicos de las administraciones nacionales de acuerdo con el Principio de Adicionalidad a que se refiere el artículo 11.1 del mencionado Reglamento (CE) 1260/1999, que literalmente establece: «Con el fin de garantizar verdaderos efectos económicos, los créditos de los Fondos no podrán sustituir los gastos estructurales públicos o asimilables del Estado miembro». Los programas operativos destinados a financiar específicamente estrategias de desarrollo local en Canarias son el Programa Operativo Local de carácter plurirregional y el Programa Operativo Integrado de Canarias de carácter regional (medidas del eje 5). Además, existen otros programas que producen sinergias en la política de desarrollo local de la Comunidad Autónoma, pero cuyas estrategias son distintas, concretamente, el Programa Operativo de Mejora de la Competitividad y Desarrollo del Tejido Productivo (plurirregional) y la Iniciativa Comunitaria LEADER La Iniciativa Comunitaria LEADER Esta iniciativa pretende fomentar la aplicación de estrategias originales de desarrollo sostenible integradas, de calidad y destinadas a la experimentación de nuevas formas de valorización del patrimonio natural y cultural, mejora del entorno 4 Artículo 18.3.c) del reglamento (CE) 1260/1999, de 21 de junio, por el que se aprueban las disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales. 5 Estos programas se comentan en los epígrafes siguientes, excepto la iniciativa Leader + que se comenta en este apartado. 440

7 Montserrat Cabrera Morales económico a fin de contribuir a la creación de empleo y mejora de la capacidad de organización de las comunidades de los territorios LEADER. Se articula en torno a tres ejes prioritarios, además de la asistencia técnica: A. El eje 1. «Apoyo de las estrategias de desarrollo rural territoriales, integradas y piloto, basadas en el enfoque ascendente». Se divide, en general, en distintas medidas: adquisición de capacidades para comenzar a trabajar como grupo de acción local (GAL), gastos de gestión de los GAL, generación de servicios para la población de la zona LEADER en cuestión, valorización del patrimonio natural y de los productos agrarios locales, creación de pymes y empresas de servicios, turismo rural, formación y empleo, etc. B. El eje 2. «Apoyo a la cooperación». Se apoyará la creación de grupos de cooperación formados por distintos operadores. Esta cooperación debe poder llevarse a cabo dentro de los territorios rurales de una misma zona geográfica, entre territorios alejados dentro de un mismo Estado miembro o de diferentes Estados miembros de la Unión Europea y, en caso necesario, incluso rebasando el marco comunitario. C. El eje 3. «Integración en Red» ya tiene una concreción en la célula de promoción y animación de desarrollo rural y en la revista LEADER. Los gastos de asistencia técnica van, en general, destinados a la coordinación que desarrollan las administraciones públicas para el buen fin de los programas LEADER. En Canarias, el órgano intermedio para la coordinación y seguimiento de la gestión del programa de esta iniciativa es la Dirección General de Estructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias. Los recursos de este programa son ejecutados por los grupos de acción local. Los recursos de la Administración Central La política regional desarrollada por la Administración General del Estado se aplica mediante diferentes instrumentos. Los más importantes son, por sus características y dimensión financiera, los siguientes: a. Los Fondos Estructurales Europeos, cuya coordinación corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda a través de la Dirección General de Fondos Comunitarios. 441

8 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL b. El Fondo de Compensación Interterritorial, cuya gestión corresponde a la Dirección General de Financiación Territorial. c. Las ayudas de Estado de finalidad regional, cuya gestión corresponde a la Dirección General de Políticas Sectoriales del Ministerio de Economía y Hacienda 6. d. La Cooperación Local del Estado, cuya gestión corresponde a la Dirección General de Acción Económica Territorial del Ministerio de Administraciones Públicas. De estos instrumentos de la política regional los más importantes, por su dimensión financiera, son los Fondos Estructurales Europeos. La mayor parte de dichos recursos se aplican a finalidades de naturaleza regional, según los distintos objetivos fijados en el Reglamento (CE) 1260/1999, del Consejo de 21 de junio de 1999, por el cual se establecen las disposiciones generales para la aplicación de los Fondos Estructurales Europeos. Se aplican en las regiones que han resultado seleccionadas como beneficiarias de los recursos asignados a esos Objetivos, en virtud de los criterios establecidos en el mencionado Reglamento y de las estrategias de los programas operativos 7. Estos fondos son una fuente financiera de extraordinaria importancia para la cofinanciación de aquellas políticas de gasto que, en el ámbito de las prioridades estratégicas identificadas en el Marco Comunitario de Apoyo, desarrollan las diferentes Administraciones españolas en sus respectivos ámbitos de competencia. Dichos recursos, junto con los restantes asignados en los presupuestos generales del Estado, son los que aplica la Administración General y sus empresas y organismos dependientes para cofinanciar las actuaciones que, en sus ámbitos de competencia, están realizando en las regiones mediante Programas Operativos, especialmente a través del denominado Programa Operativo Local. Este programa, no obstante, se incluye en el instrumento de cooperación local del Estado. La Cooperación Económica del Estado con las Entidades Locales (CEL) recoge un conjunto de actuaciones dirigidas básicamente a mejorar el sistema de financiación para las infraestructuras y equipamientos de las corporaciones locales, dentro de un marco general de financiación de los entes territoriales. 6 En aplicación de lo dispuesto en la Ley 50/85 de 27 de Diciembre de Incentivos Regionales. 7 Ver epígrafe relativo a la Iniciativa Comunitaria LEADER en este capítulo. 442

9 Montserrat Cabrera Morales La cooperación local se inspira en los principios constitucionales de solidaridad y de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas en orden a incidir, mediante su contribución a las inversiones locales, en la consecución de una mejor calidad de vida y de un mayor grado de cohesión económica y social de los municipios, en especial, los menos favorecidos. La finalidad del sistema es la dotación a los diferentes núcleos y entidades de población de los necesarios servicios, infraestructuras y equipamientos básicos de carácter colectivo y de competencia local, facilitando a sus habitantes el acceso a determinados servicios y, prioritariamente, a los obligatorios establecidos como mínimos en el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Las líneas de actuación de la Cooperación Económica Local del Estado se estructuran en torno a los siguientes apartados: 1. Planes Provinciales e Insulares de Cooperación. 2. Programas Operativos Comunitarios. 3. Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local (EIEL). Los Planes Provinciales e Insulares de Cooperación La Ley Reguladora de Bases de Régimen Local establece entre las competencias propias de las Diputaciones las de coordinación de los servicios municipales entre sí para garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, así como su asistencia y cooperación económica y técnica. Esta cooperación se instrumenta por medio de los Planes Provinciales e Insulares de Cooperación de competencia municipal que son aprobados anualmente por las Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares, Comunidades Autónomas Uniprovinciales y Generalidad de Cataluña, siendo financiados fundamentalmente con recursos de las Diputaciones, Municipios, Comunidades Autónomas y subvenciones del Estado a través de este programa. Esta línea de ayuda se centra, fundamentalmente, en los servicios municipales obligatorios y, dentro de ellos, en los que se podrían llamar básicos: suministro público de agua, saneamiento, alumbrado público, pavimentación y acceso a núcleos incomunicados, así como a la mejora de la red viaria de titularidad de la Diputación Provincial o de los Cabildos y Consejos Insulares. 443

10 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL Los Programas Operativos Comunitarios La integración de actuaciones financiadas por Programas Operativos Comunitarios, dentro del marco de la Cooperación Económica Local, permite por una parte acceder a una nueva fuente de financiación (recursos procedentes de Fondos Estructurales Comunitarios) y por otra, dados los mecanismos de análisis, planificación y programación que implican dichas formas de intervención, optimizar la asignación y utilización de los recursos, tanto a nivel sectorial como territorial. El Programa Operativo Local (POL) Este Programa de carácter plurirregional, financiado por el FEDER, tiene como objetivo contribuir al aumento de la cohesión económica y social mediante la reducción de disparidades regionales por la vía de la ejecución de proyectos de infraestructuras y equipamientos básicos de los pequeños y medianos municipios, así como en la mejora de la red viaria local y la calidad medioambiental del entorno. Tiene su centro de importancia financiera en las actuaciones dirigidas al ámbito local de los municipios menores de habitantes (excluidas las capitales de provincia) y se inscribe en los siguientes ejes prioritarios del Marco Comunitario de Apoyo aprobado para España respecto de las Regiones Objetivo 1: A. Eje 5: «Desarrollo local y urbano». Destinado fundamentalmente al ámbito de los municipios menores de habitantes mediante la medida 5.3, enfocada hacia infraestructuras básicas y equipamientos colectivos, aunque incluye también otras medidas destinadas a los mayores de dicha cifra. B. Eje 3: «Medio ambiente, entorno rural y recursos hídricos»: En el cual se encuadran actuaciones en municipios mayores de habitantes en las medidas referidas al abastecimiento de agua, saneamiento y depuración de aguas residuales y gestión integral de residuos urbanos e industriales. El Órgano Ejecutor competente en la gestión y ejecución de las actuaciones, en el ámbito de los municipios menores de habitantes, es la Dirección General para la Administración Local del Ministerio de Administraciones Públicas, en coordinación con las Diputaciones Provinciales, Cabildos Insulares y Comunidades 8 Decisión C(2001) 226 del 15 de febrero de

11 Montserrat Cabrera Morales Autónomas Uniprovinciales de las regiones Objetivo 1 y dentro del marco normativo regulador de la Cooperación Económica Local del Estado a las inversiones de las entidades locales (CEL). El Programa contempla asimismo financiación de actuaciones destinadas a municipios mayores de habitantes y capitales de provincia menores de dicha cifra, dentro de los ejes anteriormente citados, cuya gestión corresponde a la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda, en coordinación con los ayuntamientos encargados de ejecutarlas. La Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local La Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local 9 es un instrumento objetivo de análisis y valoración de las necesidades de dotaciones locales a efectos de la Cooperación Económica Local del Estado. La necesidad de contar con una información permanentemente actualizada, sobre el equipamiento e infraestructura de competencia local hace imprescindible actualizar la información contenida en la Encuesta sobre Infraestructura y Equipamiento Local. Dicha actualización se ha abordado mediante el POL , dentro de la medida 9.1 de Asistencia Técnica. Por tanto, para acceder a los proyectos financiados por este programa operativo hay que recurrir a la autoridad de gestión del mismo que es la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda que desarrolla sus funciones a través de la Subdirección General de Administración del FEDER. Esta autoridad de gestión se hará cargo de la selección de los proyectos en función de las necesidades que cada administración local establece en sus planes de inversión y los resultados de la encuesta sobre infraestructura y equipamiento local mencionada con anterioridad. Por lo tanto, las autoridades locales que han solicitado un apoyo de los Fondos Estructurales en dicho programa han debido presentar sus propuestas de proyectos ante dicha autoridad. Respecto a las ayudas de Estado de finalidad regional, son aplicadas por la administración del Estado mediante el programa español de Incentivos Regionales 9 Artículo 3 del Real Decreto 1328/1997, de 1 de agosto, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales. 445

12 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL que tiene como objetivo principal el desarrollo de las regiones mediante la concesión de subvenciones a fondo perdido a empresas privadas que realicen proyectos de inversión que cumplan los siguientes requisitos 10 : 1. Se localicen en áreas geográficas definidas por el Gobierno, con el fin de reducir las diferencias de la situación económica interterritorial 2. Contribuyan al desarrollo interno de la zona y/o palien el paro con razonables garantías de éxito Las líneas de actuación del programa son: 1. Acciones de incentivación a la inversión en las zonas definidas, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado o cofinanciadas por la Unión Europea a través del FEDER. 2. Comprobación de la correcta aplicación de las ayudas concedidas y de la exactitud de las informaciones y datos recibidos, y eventual propuesta de aplicación del procedimiento sancionador. Una parte de este programa de incentivos se cofinancia mediante el Programa Operativo de Mejora de la competitividad y desarrollo del tejido productivo que forma parte del Marco Comunitario de Apoyo a las regiones españolas del Objetivo1 y que gira en torno a 2 ejes principales: A. Eje 1: Mejora de la competitividad y desarrollo de la estructura productiva, que incluye medidas destinadas a: 1. El apoyo a las empresas industriales, comerciales y de servicios a través de acciones destinadas a integrar las tecnologías de la información y de la comunicación en las pymes, a favorecer la innovación en el ámbito de las técnicas empresariales, a facilitar el acceso a la financiación y a agilizar el comercio en el territorio español. 2. La creación de espacios productivos y de servicios para las empresas, así como la modernización de los espacios existentes. 3. Acciones específicas en cuanto a las empresas activas en el sector de la economía social. 4. La internacionalización y la proyección hacia los mercados externos (creación de consorcios, misiones comerciales, etc.), así como el desarrollo, la promoción y los servicios a las empresas del sector turístico. 10 Ley 50/85 de 27 de diciembre de Incentivos Regionales. 446

13 Montserrat Cabrera Morales B. Eje 5: Desarrollo local y urbano: a. Persigue la mejora de las infraestructuras turísticas y culturales, con el fin de presentar una oferta turística integrada y de calidad, complementaria y alternativa a la ya existente. Se hará hincapié en la riqueza del entorno y del patrimonio histórico cultural con el fin de compensar la dependencia del turismo de temporada. Este programa operativo se gestiona mediante transferencias del presupuesto general del Estado a organismos dependientes del Ministerio de Economía y Hacienda y Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales encargados de la ejecución de las medidas, realizando convenios (por ejemplo, con las cámaras de comercio) y mediante convocatorias públicas de ayudas. En el caso de Canarias, la Dirección General. de Promoción Económica de la Consejería de Economía y Hacienda ha publicado en el 2006 la siguiente convocatoria de ayudas para acogerse a este programa: Orden de 6 de marzo de 2006 (BOC, nº 60, de 27 de marzo de 2006), por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de las subvenciones previstas en el Plan de Consolidación y Competitividad de la Pequeña y Mediana Empresa (pyme) para el año 2006 y por la que se convoca el procedimiento de concesión para el año 2006 de estas subvenciones. b. Objeto: desarrollo y mejora de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (pyme), en el marco de los siguientes programas, que se desarrollan en el anexo A: Sociedad de la Información, Diseño, Redes Interempresariales de Cooperación, Sistema de Calidad y Medio Ambiente, Innovación de Procesos: gestión y organización de la pyme. c. Sujetos beneficiarios: podrán acogerse a estas subvenciones los proyectos presentados por organismos intermedios y por pequeñas y medianas empresas, cuya actividad se refiera a alguno de los sectores incentivables indicados en la base quinta de las bases y la desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (base 4 de la Orden de bases). Los recursos de la Administración Regional La confluencia de distintas administraciones públicas en Canarias, a partir de la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía, ha propiciado una reordenación de la estructura competencial de las mismas, así como un complejo sistema de cooperación interadministrativa. Al proceso de traspaso de competencias del Estado a la Comunidad Autónoma le ha seguido un proceso paralelo de descentralización 447

14 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL en las propias administraciones públicas canarias, que se ha traducido en traspasos y delegaciones de competencias desde el Gobierno de Canarias a los cabildos insulares. Así, los cabildos, además de ejercer las competencias inherentes a su condición de corporaciones locales, son titulares de competencias y funciones de la Comunidad Autónoma, cuando las mismas satisfagan de forma predominante un interés insular, previéndose asimismo el mecanismo de la delegación para aquellas competencias de la Comunidad Autónoma no transferibles, pero que por razones de eficacia, economía, descentralización y máxima proximidad a los ciudadanos se estime más conveniente que sean ejercidas por estas corporaciones. En el ámbito de la cooperación interadministrativa en Canarias tienen importancia fundamental las relaciones del Gobierno con los ayuntamientos canarios. Un paso adelante en dicha cooperación lo ha supuesto la creación por parte del Gobierno de un fondo dotado con recursos propios y destinados principalmente al saneamiento financiero de los ayuntamientos. La importancia que ha ido adquiriendo este fondo ha propiciado la aprobación de la Ley del Fondo Canario de Financiación Municipal que permite canalizar parte de estos recursos hacia gastos de inversión en los municipios canarios. Al margen del proceso de traspaso y delegaciones de competencias, la cooperación entre las distintas administraciones canarias, se extiende también hacia un mayor gasto público de la Comunidad Autónoma destinado a cabildos y ayuntamientos al margen del proceso de traspasos a cabildos y del Fondo Canario de Financiación Municipal. La mayor parte de este gasto público se ha instrumentalizado en las estrategias definidas en el Programa Operativo Integrado de Canarias Programa Operativo Integrado de Canarias La estrategia de desarrollo de Canarias para el período se planteó como objetivo global «Mejorar el nivel económico, el empleo y la cohesión social del Archipiélago, favoreciendo el proceso de convergencia con las regiones más desarrolladas de la Unión Europea». 11 Aprobado por Decisión de la Comisión C(2001) 228 de la Comisión, el 22 de febrero de

15 Montserrat Cabrera Morales Esta estrategia ha perseguido la consecución de un modelo de desarrollo sostenible, en el que tienen cabida los nuevos desafíos tecnológicos surgidos en los últimos años, los esfuerzos para superar obstáculos de carácter estructural que aún requieren importantes recursos, las mejoras necesarias para afrontar los desequilibrios del mercado de trabajo, y la promoción de un uso sostenible del medio ambiente. La consecución de dichos objetivos supone el establecimiento de un conjunto de 12 ejes de desarrollo, con sus correspondientes medidas. Los ejes son los siguientes: 1. Mejora de la competitividad y desarrollo del tejido productivo. 2. Sociedad del conocimiento (innovación, I+D, sociedad de la información). 3. Medio ambiente, entorno natural y recursos hídricos Infraestructura educativa y refuerzo de la educación técnico-profesional Inserción y reinserción ocupacional de los desempleados Refuerzo de la estabilidad en el empleo y adaptabilidad Integración en el mercado de trabajo de las personas con especiales dificultades Participación de las mujeres en el mercado de trabajo. 5. Desarrollo local y urbano. 6. Redes de transporte y energía. 7. Agricultura y desarrollo rural. 9. Asistencia técnica. Las Iniciativas de Desarrollo Local se financian en el programa operativo principalmente con las medidas del eje 5 «Desarrollo local y urbano»: 5.1 Rehabilitación y equipamiento de zonas urbanas (FEDER). 5.7 Infraestructuras turísticas y culturales (FEDER). 5.8 Conservación y rehabilitación del patrimonio histórico-artístico y cultural (FEDER). 5.9 Infraestructuras y equipamientos sociales y sanitarios (FEDER). El fin último de este eje es favorecer el desarrollo equilibrado y policéntrico del territorio. Para ello se propone los siguientes objetivos: promover la prosperidad y el empleo en las zonas urbanas, apoyar la integración social y la regeneración de los núcleos urbanos, aumentar la calidad de vida y proteger la salud de la población, y apoyar una actividad turística sostenible, tratando de mejorar la calidad de la oferta. Contempla actuaciones en zonas urbanas de los grandes municipios del archipiélago orientadas a la estructuración territorial y urbanística de estas áreas urba- 449

16 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL nas. También prevé el aumento y dotación de parques públicos y zonas verdes y de equipamientos sociales y culturales. En cuanto al desarrollo sostenible de la actividad turística, el eje contempla la creación y mejora de infraestructuras turísticas y culturales y la conservación y rehabilitación del patrimonio histórico-artístico y cultural. Además, el eje incluye actuaciones de mejora en la provisión de servicios públicos vinculados a la mejora de la calidad de vida de la población, que también constituyen un factor de estímulo para el asentamiento de actividad productiva. Estas últimas actuaciones se centran en la creación y mejora de infraestructuras de servicios sanitarios y sociales y su equipamiento. Por lo que respecta a las sinergias con los demás ejes del programa, éstas son muy significativas con el eje 7 relativo a «Agricultura y desarrollo rural» a través de las medidas 7.5 y 7.9 que financian proyectos de desarrollo endógeno en las zonas rurales y con las medidas del eje 1 de «Mejora de la competitividad y desarrollo del tejido productivo», que potencian la competitividad del territorio local, fomentando la creación de riqueza y de ocupación. También con las acciones transversales del eje 3 relativo a «Medio ambiente, entorno natural y recursos hídricos» por el efecto directo que algunas de sus medidas tiene en relación con la calidad de vida de la población y su contribución al mantenimiento del medio ambiente local. Desde el punto de vista medioambiental, este eje actúa sobre la gestión integral de residuos, saneamiento y depuración de las aguas residuales, así como los abastecimientos de agua potable a poblaciones. Asimismo se tratarán otros sectores, en línea con el Quinto Programa de Acción en materia de medio ambiente, tales como la protección y regeneración de enclaves naturales y agrarios y el uso sostenible de la biodiversidad, la reducción de la contaminación ambiental, y el medio ambiente urbano entre otros. Además, aunque no existen actuaciones específicas del FSE en el eje 5, el desarrollo local es un principio transversal que se tiene en cuenta en el resto de las actuaciones de FSE incluidas en este Programa Operativo en las medidas de los ejes 4.1, 4.2, 4.3, 4.4 y 4.5. Los distintos agentes (autoridades públicas, empresas o asociaciones) pueden acceder al apoyo de estos fondos del programa operativo mediante transferencias de la Administración Central y del Gobierno de Canarias a las entidades locales, la firma de convenios entre administraciones, la concesión de subvenciones específicas y la publicación de convocatorias de ayudas. Los proyectos del eje 5, en sus distintas medidas, se han puesto en marcha mediante convenios con las entidades locales. Estos proyectos que se incluyen, en 450

17 Montserrat Cabrera Morales su caso, en planes regionales como el Plan de Infraestructuras y Calidad Turística y el Plan de Excelencia y Dinamización Turística. Si se trata de proyectos de las medidas 7.5 relativas a «Desarrollo endógeno de zonas rurales, relativos a las actividades agrarias (FEOGA-O)» y 7.9 de «Desarrollo endógeno de zonas rurales ligado a actividades no agrarias (FEDER)». Se accede a las ayudas mediante convocatorias públicas en el Boletín Oficial de Canarias concedidas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. En el 2006 se han publicado las siguientes convocatorias 12 : 1. Orden de 2 de diciembre de 2005 (BOC Nº 241, de ), por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones destinadas al desarrollo de las áreas rurales en las medianías de Canarias. Objeto: las subvenciones que se convocan tienen por finalidad: a) La valorización del patrimonio rural mediante la creación o mejora de infraestructuras básicas para el desarrollo rural, así como a través de la aplicación e incorporación de nuevas tecnologías en dichas áreas. b) La valorización del patrimonio local mediante la restauración, recuperación o adecuación de edificaciones históricas o singulares de uso público. Sujetos beneficiarios: los ayuntamientos y cabildos de esta Comunidad Autónoma, así como sus entidades de derecho público vinculadas o dependientes. 2. Orden de 30 de noviembre de 2005 (BOC Nº 241, de ), por la que se convocan de forma anticipada para el año 2006 las subvenciones para actividades turísticas relacionadas con las explotaciones agrarias en las medianías de Canarias. Objeto: la rehabilitación de edificaciones tradicionales vinculadas a explotaciones agrarias como alojamientos de turismo rural. Sujetos beneficiarios: personas físicas o jurídicas. A las ayudas para mejorar la competitividad, en las medidas del eje 1, se accede por la vía de convenios del Gobierno de Canarias con las entidades locales o subvenciones específicas, y mediante convocatorias públicas en el Boletín Oficial de Canarias por la Consejería de Turismo, Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, Consejería de Economía y Hacienda y Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. En el 2006 se han publicado las siguientes convocatorias: 12 Las convocatorias descritas son las publicadas durante 2006 hasta el 12/04/06. En años anteriores se han publicado también convocatorias que no se han descrito en el documento y que se han fi nanciado también con fondos comunitarios. Se pueden consultar también en las bases del Boletín Ofi cial de Canarias. 451

18 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL 3. Orden de 23 de enero de 2006 (BOC Nº 20 de ), por la que se convocan para el ejercicio 2006, las subvenciones destinadas al fomento de la industrialización y comercialización de productos ganaderos. Objeto: fomentar la industrialización y comercialización de los productos ganaderos, al amparo de lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1257/1999 sobre ayudas al desarrollo rural y de conformidad con las medidas recogidas en el Programa Integrado de Canarias para el período (base 1). Sujetos beneficiarios: personas físicas o jurídicas con domicilio social en Canarias. 4. Orden de 20 de marzo de 2006 (BOC Nº 61, de ), por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación empresarial en el sector comercial canario para el ejercicio Objeto: fomentar la realización de proyectos de cooperación empresarial en el sector comercial de Canarias promovidos por asociaciones y/o concentraciones de pequeñas y medianas empresas establecidas en la Comunidad Autónoma de Canarias (base 1 de la Orden de 18 de febrero de 2005). Sujetos beneficiarios: las asociaciones y/o concentraciones de pequeñas y medianas empresas comerciales o mayoritariamente comerciales (que más del 50% de las empresas sean comerciales) que pretendan llevar a cabo alguna de las actuaciones incentivables previstas (base 2 de la Orden de 18 de febrero de 2005). 5. Orden de 3 de febrero de 2006 (BOC Nº 30, de ), por la que se efectúa la convocatoria para el año 2006, de subvenciones para infraestructura y equipamiento industrial en suelo industrial, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo de Canarias , eje 1 medida 3, con una tasa de cofinanciación del 65 por ciento. Objeto: subvenciones destinadas a proyectos de actuación en materia de Infraestructura y Equipamiento Industrial en suelo industrial radicados en la Comunidad Autónoma de Canarias (base 1). Sujetos beneficiarios: los promotores de proyectos de provisión y adecuación de espacios productivos descritos en el artículo 1º de la presente Orden, sean de carácter público o privado, independientemente de su forma jurídica y reúnan los requisitos exigidos en la misma (base 3). 6. Orden de 6 de marzo de 2006 (BOC Nº 52, de ), por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de las subvenciones a proyectos de creación de nuevas empresas en Canarias para el año Objeto: la promoción del espíritu emprendedor y el desarrollo de iniciativas 452

19 Montserrat Cabrera Morales empresariales para fomentar la actividad productiva mediante la creación de nuevas empresas en Canarias (base reguladora). Sujetos beneficiarios: personas físicas o jurídicas que desarrollen proyectos de inversión destinados a la actividad de industria, comercio, construcción, turística, de telecomunicaciones, de profesionales o de servicios en general y que cumplan los requisitos señalados en la base cuarta. Si son proyectos del eje 3, se han puesto en marcha mediante actuaciones directas de las administraciones públicas, transferencias a los cabildos y convenios con las entidades locales. Finalmente, las actuaciones incluidas en las medidas cofinanciadas por el fondo social europeo, en el eje 4, se gestionan mediante convenio, subvención o gestión propia de la administración, dependiendo de los objetivos y naturaleza de las mismas. Conclusiones La política local constituye un ámbito estratégico de intervención pública y de participación social que se financia en gran medida con fondos procedentes de la Unión Europea para el desarrollo regional. Estos recursos se complementan con fondos públicos de las administraciones nacionales, tanto estatales, regionales o locales y se incluyen en sus presupuestos. Estas ayudas se incluyen en programas operativos plurianuales que contienen las estrategias de desarrollo de las distintas regiones. Las autoridades públicas de estos programas son las encargadas de su gestión y ejecución. Por tanto, los distintos agentes económicos y sociales (autoridades locales, empresas, asociaciones, etc.) que deseen obtener un apoyo de los Fondos Estructurales y ayudas públicas en general, pueden acceder a las mismas de distintas formas: transferencias de fondos entre administraciones, convenios, subvenciones específicas y convocatorias públicas. Referencias Bibliográficas Legislación sobre corporaciones locales Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 453

20 19. LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Legislación y documentación sobre la Unión Europea Marco Comunitario de Apoyo Comisión Europea. Reglamento 1260/1999, de 21 de junio, por el que se aprueban las disposiciones generales sobre los fondos estructurales europeos. Legislación y documentación de la Administración Central Plan de Desarrollo Regional de España Regiones Objetivo 1. Ministerio de Economía y Hacienda. Dirección General de Fondos Comunitarios. Programa Operativo Integrado de Canarias Ministerio de Economía y Hacienda. Dirección General de Fondos Comunitarios. Programa Operativo Local España. FEDER. Objetivo 1. Ministerio de Economía y Hacienda. Dirección General de Fondos Comunitarios. Programa Operativo de Mejora de la Competitividad y Desarrollo del Tejido Productivo, España. FEDER. Objetivo 1. Ministerio de Economía y Hacienda. Dirección General de Fondos Comunitarios. Iniciativa Comunitaria LEADER España. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Ley 50/85, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales. R. D. 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades Locales. Orden APU/126/2004, de 23 de enero, de desarrollo y aplicación del R.D. 835/2003. Legislación y documentación de la Administración Regional Plan de Desarrollo de Canarias Gobierno de Canarias. Consejería de Economía y Hacienda. Ley 9/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para Boletín Oficial de Canarias núm. 255, viernes, 30 de diciembre de Direcciones de Internet FEDER: europa.eu.int/comm/regional_policy/index_es.htm FEOGA: europa.eu.int/comm/agricultura/fin/index_es.htm 454

21 Montserrat Cabrera Morales FSE: europa.eu.int/comm/employment_social/esf2000/index_en.html Ministerio Economía y Hacienda, D.G. Fondos Comunitarios: Unidad Administradora del FSE: MAPA: Gobierno de Canarias. Consejería de Economía y Hacienda: Gobierno de Canarias: (en servicios, subvenciones y ayudas, se pueden hacer búsquedas de convocatorias) 455

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