Asimismo adscribe a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades el organismo autónomo Gerencia de Servicios Sociales.
|
|
- Salvador Herrera Quintana
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Decreto 82/2007, de 19 de julio, de modificación del Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León BOCL 141, 20/07/2007 La Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León fue creada por la Ley 2/1995, de 6 de abril, como un Organismo Autónomo de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, para la ejecución de las competencias de administración y gestión de centros, servicios y programas sociales que le atribuya la Junta de Castilla y León. Mediante el Decreto 2/1998, de 8 de enero, se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, en desarrollo de dicha Ley, que en diversos preceptos determina la necesidad de completar y concretar un régimen orgánico, de funcionamiento, de personal, patrimonial y presupuestario de este Organismo. El artículo 1 del Decreto 2/2003, de 3 de julio, de reestructuración de Consejerías procedió a la creación de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y en su artículo 7 le atribuye las competencias que en materia de servicios sociales e igualdad de oportunidades hasta el momento tenía atribuidas la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, así como las relativas a juventud que correspondían a la Consejería de Educación y Cultura. Asimismo adscribe a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades el organismo autónomo Gerencia de Servicios Sociales. El artículo 1.1 del Decreto 78/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades dispone que compete a ésta, bajo la superior dirección del Consejero, promover, proyectar, dirigir, coordinar, ejecutar e inspeccionar, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la política de familia, de servicios sociales, de igualdad de oportunidades, para la mujer, de atención a las drogodependencias, de juventud y mantener relaciones con Instituciones Internacionales y Organizaciones No Gubernamentales. En su artículo 2 apartado 2 se indica que está adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades el Organismo Autónomo Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, para el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas en materia de servicios sociales. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia crea el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia con el fin de garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas. El artículo 11 de esta Ley establece que corresponden a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de las competencias que les son propias según la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía y la legislación vigente, y en el ámbito de su territorio, una serie de funciones respecto de los servicios y recursos correspondientes al sistema para la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
2 Teniendo en cuenta estas nuevas competencias que le corresponde ejercitar a la Gerencia de Servicios Sociales, y con el objeto de llevarlas a cabo de la manera más ágil y eficaz, prestando un servicio de calidad a los ciudadanos, que garantice un acceso a los servicios que se prestan desde este organismo autónomo, resulta procedente efectuar una reforma parcial de su estructura organizativa. A tal fin se crea una Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia, como órgano directivo central para la dirección y coordinación de las materias que en el ámbito de la política social y atención a la dependencia tiene atribuidas la Gerencia. Bajo su dirección se encuentran tres Direcciones Técnicas, dos de ellas, la de Protección a la Infancia e Inclusión Social y la de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales surgen del desglose de la anterior Dirección Técnica de Ordenación de los Servicios Sociales y Protección a la Infancia, considerando que con esta delimitación se logrará una mejor gestión de sus respectivos ámbitos de actuación así definidos. Igualmente se lleva a cabo la creación de nuevas unidades administrativas, la redenominación de otras y una nueva ubicación de algunas ya existentes atendiendo a las características propias de las mismas y en aras de los principios que rigen la organización y actuación administrativa, atendiendo así a las nuevas necesidades sociales y a la evolución en el desarrollo y funcionamiento del organismo autónomo Gerencia de Servicios Sociales. Por último, la competencia en materia de cooperación al desarrollo que se le atribuyó a la Gerencia en el Decreto 78/2003, de 17 de julio, pasa a partir del Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías a la Consejería de Interior y Justicia, y por tanto se suprime en la nueva estructura de la Gerencia de Servicios Sociales. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de julio de 2007, DISPONE Artículo único. Modificación del Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León Los artículos del Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, aprobado por Decreto 2/1998, de 8 de enero, que a continuación se relacionan, quedarán redactados como sigue: 1.- «Artículo 16. El Gerente, con rango de Secretario General, es el órgano unipersonal para la dirección y gestión operativa de la Gerencia de Servicios Sociales.» 2.- «Artículo Funciones.
3 El Gerente será sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por el Director General de Política Social y Atención a la Dependencia, en su defecto por el Director Técnico Administrativo, y en su defecto por el Director Técnico más antiguo en el desempeño de su cargo.» 3.- «Artículo 20. De la organización Bajo la superior dirección del Gerente, la Gerencia de Servicios Sociales, para el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas y el desarrollo de las funciones que dicho ejercicio conlleva, se estructura en los siguientes órganos: a) Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia. Dirección Técnica de Protección a la Infancia e Inclusión Social. Dirección Técnica para la Atención a las Personas Mayores y Personas con Discapacidad. Dirección Técnica de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales. b) Dirección Técnica Administrativa c) Dirección Técnica de Recursos Humanos y Gestión de Centros d) Gerencias Territoriales» 3.- Artículo 20 bis. «Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia 1.- A la Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia, bajo la dirección del Gerente, le corresponderán las siguientes funciones: a) Dirección y coordinación de las Direcciones Técnicas que se encuentran bajo su dependencia. b) Diseño y gestión de las políticas en materia social. c) Integración del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la red de servicios sociales de Castilla y León. d) Ordenación y programación de la atención a las personas mayores y a las personas con discapacidad. e) Desarrollo de las actuaciones en protección a la infancia, menores infractores y las dirigidas a fomentar la inclusión social. f) Desarrollo de las estrategias de coordinación con las corporaciones locales. g) Fomentar las políticas de voluntariado y el registro de entidades, centros y servicios. h) La supervisión de la información, estudios, y estadísticas en materia de política social. i) Cualquier otra que le sea legalmente atribuida, delegada o se desconcentre en ella. 2.- El titular de esta Dirección General será nombrado por la Junta de Castilla y León, a propuesta del titular de la Consejería a la que esté adscrita la Gerencia de Servicios Sociales. 3.- Dependerán de esta Dirección General la Dirección Técnica de Protección a la Infancia e Inclusión Social, la Dirección Técnica para la Atención a las Personas Mayores y Personas con Discapacidad y la Dirección Técnica de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales.» 4.- Artículo 21. «Dirección Técnica Administrativa 1.- Bajo la dependencia directa del Gerente, existirá una Dirección Técnica Administrativa, que
4 tendrá encomendadas las siguientes funciones: a) Prestar asistencia técnica y administrativa al Gerente en cuantos asuntos éste considere conveniente, ocupándose especialmente de la administración y control presupuestario de ingresos y gastos, promoción de pagos y contratación administrativa. b) La coordinación general de los servicios técnicos, jurídico-administrativos y económicos de todos los centros y unidades de la Gerencia, integrándose específicamente en la Dirección Técnica Administrativa las funciones de normativa e informática. c) Ordenación y gestión de las prestaciones económicas y asistenciales, referidas a los sectores de competencia de la Gerencia de Servicios Sociales, excepto aquéllas que por su especificidad se encomienda su gestión a otros órganos de la Gerencia. d) Ejercer las facultades que le delegue o encomiende expresamente el Gerente. 2.- El titular de la Dirección Técnica Administrativa será nombrado por el titular de la Consejería a la que esté adscrita la Gerencia de Servicios Sociales, a propuesta del Gerente. 3.- La Dirección Técnica Administrativa, se estructura en las siguientes unidades administrativas: - Servicio de Administración Económica. - Servicio de Contratación. - Servicio de Tesorería. - Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento. - Servicio de Informática. - Servicio de Prestaciones. - Asesoría Jurídica. - Intervención Delegada. 4.- El Servicio de Tesorería, órgano gestor del sistema de Tesorería de la Gerencia de Servicios Sociales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, ejercerá las funciones que se contienen en el artículo 26 del presente Reglamento. 5.- La Asesoría Jurídica de la Gerencia, con las funciones descritas en los artículos 4 a 12 de la Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la asistencia jurídica a la Comunidad de Castilla y León, proveerá sus puestos de trabajo en la forma prevista en el artículo 15 del mismo cuerpo legal, dependiendo funcionalmente de la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León». 5.- Artículo 21 bis. «Dirección Técnica de Recursos Humanos y Gestión de Centros 1.- Bajo la dependencia directa del Gerente, existirá una Dirección Técnica de Recursos Humanos y Gestión de Centros, que tendrá encomendadas las siguientes funciones: a) Coordinación y supervisión de la actividad administrativa de la Gerencia relativa a las materias de gestión de personal y formación de recursos humanos, asuntos generales, régimen interior, y prevención y salud laboral. b) Coordinación de los servicios técnicos con funciones en materia de infraestructura (obras de infraestructura y equipamiento), así como la gestión del patrimonio y del inventario de bienes. c) Coordinación de la programación, gestión y apoyo técnico, seguimiento, control relativo a los centros y servicios propios. d) Mantener las relaciones de la Gerencia de Servicios Sociales con las organizaciones sindicales y órganos de representación de su personal de ámbito regional.
5 e) Ejercer las facultades que le delegue o encomiende expresamente el Gerente. 2.- El titular de la Dirección Técnica de Recursos Humanos y Gestión de Centros será nombrado por el titular de la Consejería a la que esté adscrita la Gerencia de Servicios Sociales, a propuesta del Gerente. 3.- La Dirección Técnica de Recursos Humanos y Centros, se estructura en las siguientes unidades administrativas: - Servicio de Personal y Asuntos Generales. - Servicio de Infraestructura y Patrimonio. - Servicio de Gestión de Centros. - Unidad de Prevención y Salud. 4.- El Centro Regional de Formación y Estudios Sociales, con rango de Servicio, realizará las funciones que tiene encomendadas bajo la dependencia orgánica de esta Dirección Técnica». 6.- Artículo 22. «Dirección Técnica de Protección a la Infancia e Inclusión Social 1.- Bajo la dependencia directa de la Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia, existirá una Dirección Técnica de Protección a la Infancia e Inclusión Social, que tendrá encomendadas las siguientes funciones: a) Ordenación y gestión de la acción social dirigida a los menores en situación de desprotección. b) Promoción de acciones y elaboración y gestión de programas de atención y de prevención de la delincuencia infantil y juvenil y aplicación de las medidas previstas en el ordenamiento jurídico vigente. c) Elaboración, desarrollo y seguimiento de los programas dirigidos a sectores desfavorecidos que no estén atribuidos a otras unidades administrativas. d) Ejercer las facultades que le delegue o encomiende expresamente el Director General. 2.- El titular de la Dirección Técnica de Protección a la Infancia e Inclusión Social será nombrado por el titular de la Consejería a la que esté adscrita la Gerencia de Servicios Sociales, a propuesta del Gerente. 3.- La Dirección Técnica de Protección a la Infancia e Inclusión Social se estructura en las siguientes unidades administrativas: - Servicio de Protección a la Infancia - Servicio de Atención y Reinserción de Jóvenes Infractores - Servicio de Inclusión Social» 7.- Artículo 23. «Dirección Técnica para la Atención de las Personas Mayores y Personas con Discapacidad 1.- Bajo la dependencia directa de la Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia, existirá una Dirección Técnica para la Atención de las Personas Mayores y Personas con Discapacidad, que tendrá encomendada las funciones gestoras correspondientes a la acción social y servicios sociales dirigidas a las personas mayores y personas con discapacidad; la inspección de los centros y servicios propios y ajenos, el control de la calidad de los mismos y la ordenación y gestión referida al Registro de entidades, centros y servicios de
6 carácter social, así como el ejercicio de las facultades que le delegue o encomiende expresamente el Director General. 2.- El titular de la Dirección Técnica para la Atención de las Personas Mayores y Personas con Discapacidad será nombrado por el titular de la Consejería a la que esté adscrita la Gerencia de Servicios Sociales, a propuesta del Gerente. 3.- La Dirección Técnica para la Atención de las Personas Mayores y Personas con Discapacidad se estructura en las siguientes unidades administrativas: - Servicio de Atención a Personas Mayores. - Servicio de Atención a Personas con Discapacidad. - Servicio de Concertación - Servicio de Inspección, Calidad y Registro de Entidades, Servicios y Centros». 8.- Artículo 23 bis. «Dirección Técnica de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales 1.- Bajo la dependencia directa de la Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia, existirá una Dirección Técnica de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales, que tendrá encomendada las siguientes funciones: a) Ordenación y gestión de la acción social relativa a las corporaciones locales titulares de centros de acción social b) Coordinación, apoyo y supervisión de las valoraciones de dependencia c) Gestión del Registro Único de Usuarios de Servicios Sociales y supervisión y coordinación del sistema de acceso a los servicios sociales. d) Planificación estratégica y coordinación de los Planes Regionales Sectoriales de los Servicios Sociales de la Comunidad de Castilla y León. e) La ordenación y gestión en materia de información, estudios y estadísticas. f) Gestionar la política de voluntariado. g) Ejercer las facultades que le delegue o encomiende expresamente el Director General. 2.- El titular de la Dirección Técnica de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales será nombrado por el titular de la Consejería a la que esté adscrita la Gerencia de Servicios Sociales, a propuesta del Gerente. 3.- La Dirección Técnica de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales se estructura en las siguientes unidades administrativas: - Servicio de Valoración y Acceso a los Servicios Sociales - Servicio de Coordinación con Entidades Locales y Voluntariado - Servicio de Ordenación e Información.» Disposición derogatoria. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo regulado en el presente Decreto. Disposición final. Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 46591 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD DECRETO 47/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 287/2001, de 13 de diciembre, por el que se
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 142 Viernes, 24 de julio de 2015 Pág. 46575 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO 45/2015, de 23 de
Más detallesI. Disposiciones generales
22292 I. Disposiciones generales Presidencia del Gobierno 3493 DECRETO 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno
Más detallesDECRETO DE ESTRUCTURA DEL INSTITUTO DE VIVIENDA Y SUELO DE LA REGIÓN DE MURCIA
DECRETO DE ESTRUCTURA DEL INSTITUTO DE VIVIENDA Y SUELO DE LA REGIÓN DE MURCIA ÍNDICE DECRETO 163/1999, de 30 diciembre por el que se aprueba la estructura orgánica del Instituto de Vivienda y Suelo de
Más detallesDECRETO 140/2014, de 1 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Sociosanitaria.
21329 DECRETO 140/2014, de 1 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Sociosanitaria. (2014040161) El Decreto del Presidente 18/2014, de 19 de junio,
Más detalles1. ESTRUCTURA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD
TEMA1 Estructura de la Consejería de Sanidad. Reglamento de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Estructura orgánica de los servicios centrales y periféricos de la Gerencia Regional de Salud
Más detallesI.- DISPOSICIONES GENERALES
AÑO XXXI Núm. 120 20 de junio de 2012 20651 I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales Decreto 89/2012, de 14/06/2012, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. Presidencia del Gobierno «BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2012 Referencia: BOE-A-2012-527 TEXTO CONSOLIDADO
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Núm. 12 Sábado 14 de enero de 2012 Sec. I. Pág. 2066 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 527 Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia A propuesta
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales
Pág. 10 VIERNES 5 DE OCTUBRE DE 2012 B.O.C.M. Núm. 238 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 1 DECRETO 109/2012, de 4 de octubre,
Más detallesPROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL OBSERVATORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL OBSERVATORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Mediante Acuerdo 22/2014, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, se han aprobado las medidas
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Presidencia del Gobierno «BOE» núm. 267, de 4 de noviembre de 2016 Referencia: BOE-A-2016-10167 TEXTO
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Núm. 175 Lunes 23 de julio de 2012 Sec. I. Pág. 52757 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 9816 Real Decreto 1119/2012, de 20 de julio, de modificación del Real Decreto 83/2012, de 13 de
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 218 Viernes, 11 de noviembre de 2016 Pág. 50085 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD DECRETO 42/2016, de 10 de noviembre,
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE
Real Decreto 1661/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública. Ministerio de la Presidencia «BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2000 Referencia:
Más detallesDEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA
1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO 33/2016, de 19 de enero, de reestructuración del Departamento de la Vicepresidencia
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales
Pág. 15 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 1 DECRETO 72/2015, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
427 I DISPOSICIONES GENERALES Presidencia de la Junta Decreto 1/2016, de 12 de enero, por el que se regulan las Unidades para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Administración de la comunidad Autónoma
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 561/2009, de 8 de abril, por el se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España.
Real Decreto 561/2009, de 8 de abril, por el se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España. Ministerio de la Presidencia «BOE» núm. 98, de 22 de abril de 2009 Referencia: BOE-A-2009-6647 TEXTO
Más detallesAYUNTAMIENTO DE MADRID. Decretos de Alcaldía. Marginal: ANM 2015\27. Tipo de Disposición: Decretos de Alcaldía / Organización y competencias
Decretos de Alcaldía Decreto de la Alcaldesa, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid. Marginal:
Más detallesTEXTO ACTUALIZADO
TEXTO ACTUALIZADO 1 DECRETO 5/1994, DE 14 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS. NOTA: Texto actualizado
Más detallesartículo 3 y 80.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y por la referida disposición adicional cuarta del Decreto 136/2001, de 12 de junio.
ORDEN de de de 2016, por la que se crea la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria en los centros hospitalarios del Servicio Andaluz de Salud y se suprimen las plazas diferenciadas de la categoría
Más detallesDecreto Foral 32/2009 de 27 de octubre por el que se crea y regula el Consejo Asesor para la Inclusión Social del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Decreto Foral 32/2009 de 27 de octubre por el que se crea y regula el Consejo Asesor para la Inclusión Social del Territorio Histórico de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento de divulgación
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 193 de 20-VIII-2011 1/8 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s CONSEJERÍA DE SANIDAD Decreto 172/2011, de 19 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio
Más detallesDEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES DISPONGO:
DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES DECRETO 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales. El Decreto de 5 de
Más detallesDEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS
I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Anuncios de Diputación Foral de Álava DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS Decreto Foral 43/2017, del
Más detallesI. COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 6 MIÉRCOLES 9 DE ABRIL DE 2008 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Sanidad 1414 DECRETO 22/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
Más detallesDECRETO 21/2003, DE 28 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 224/1999, DE 14 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA
DECRETO 21/2003, DE 28 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 224/1999, DE 14 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA
Más detallesPROYECTO DE DECRETO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO UNIFICADO DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN CASTILLA Y LEÓN
PROYECTO DE DECRETO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO UNIFICADO DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN CASTILLA Y LEÓN En ejercicio de la competencia exclusiva que la Comunidad de Castilla y
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248 Miércoles 13 de octubre de 2010 Sec. I. Pág. 86353 I. DISPOSICIONES GENERALES COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA 15623 Ley 6/2010, de 24 de junio, de creación de las categorías de personal
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180 Sábado 29 de julio de 2017 Sec. I. Pág. 70352 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 9007 Real Decreto 766/2017, de 28 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
Más detallesDECRETO 23/2012, de 10 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Social.
3062 DECRETO 23/2012, de 10 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Social. (2012040027) El Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el
Más detallesNÚMERO 111 martes, 11 de junio de 2013
13495 DECRETO 94/2013, de 4 de junio, por el que se modifica el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX). (2013040106) El Estatuto
Más detallesDecreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)
Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación
Más detallesDEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA DECRETO 194/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 113/2000, de 13 de junio, del Gobierno de Aragón, por
Más detallesI. DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
RESOLUCIÓN DE 28 DE JULIO DE 2016, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, POR LA QUE SE DELEGAN DETERMINADAS COMPETENCIAS DEL PROPIO RECTOR EN DIVERSOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE ESTA UNIVERSIDAD.
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Economía, Empleo y Hacienda 1 DECRETO 139/2016, de 30 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 193/2015,
Más detallesEn su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente, DISPONGO
ORDEN, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE REGULA LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS DOCENTES QUE IMPARTEN SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA COMUNIDAD
Más detallesNúm Boletín Oficial de Aragón DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO DECRETO 72/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 110/2005, de 24 de mayo, por el que se crea el Registro de Delegados
Más detalles1. La potestad de organización y prestación de los servicios de ámbito insular correspondientes a las áreas de personas mayores y minusválidos.
2002/110 - Viernes 16 de Agosto de 2002 DECRETO 113/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia
Más detallesEn su virtud, de conformidad con lo previsto en el apartado 3 del artículo 39 de la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.
ORDEN de 6 de abril de 1993, de la Consejería de Economía y Hacienda, sobre organización de los servicios de inspección de los tributos (B.O.C. y L. 20-4-1993). * De acuerdo con la disposición adicional
Más detallesIII. Otras Resoluciones
1816 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación y Universidades 416 Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.- Resolución de 20 de enero de 2017, por la que se delega en la
Más detallesBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84. Disposiciones Generales A) Consejería de Sanidad. estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
B.O.C.M. Sección 1: I. COMUNIDAD DE MADRID Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84 Disposiciones Generales A) Consejería de Sanidad 1414 DECRETO 22/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno,
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias.
Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias «BOPA» núm. 180, de 5 de agosto de 1991 «BOE» núm. 195, de 15
Más detallesII. Autoridades y personal
962 II. Autoridades y personal Oposiciones y concursos Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad 202 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 9 de enero de 2017, por la que se actualizan
Más detallesSERVICIO ARAGONÉS DE SALUD
4.1 ORGANIZACIÓN SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD ANTECEDENTES El Servicio Aragonés de Salud se crea por la Ley 2/1989, de 21 de abril, como organismo autónomo de naturaleza administrativa adscrito al Departamento
Más detallesReal Decreto 1291/2007, de 28 septiembre
(Disposición Vigente) Real Decreto 1291/2007, de 28 septiembre RCL 2007\1777 CENTRO DE ARTE REINA SOFÍA. Modifica el Estatuto del Organismo Autónomo Centro de Arte Reina Sofía, aprobado por Real Decreto
Más detallesBORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN
BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española en su artículo
Más detallesPROGRAMA 912M PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
PROGRAMA 912M PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 1. DESCRIPCIÓN El objetivo del programa es la asistencia política y técnica al Presidente del Gobierno, en colaboración directa con los distintos Departamentos Ministeriales,
Más detallesMINISTERIO DE JUSTICIA
MINISTERIO DE JUSTICIA Organización Orden JUS/634/2015, de 6 de abril, por la que se crean la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de Justicia y se regulan su composición y funciones.
Más detalles(BOG nº 119, de 25 de junio de 2015) NOTA
Decreto Foral 3/2015, de 24 de junio, de determinación de los departamentos de la Diputación Foral de Gipuzkoa, y de sus áreas de actuación y funciones. (BOG nº 119, de 25 de junio de 2015) NOTA El presente
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 233 de 6-x-2016 1/5 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s Consejería de Educación y Cultura Decreto 53/2016, de 28 de septiembre, de primera modificación del Decreto 65/2015, de
Más detallesDECRETO 14/1993, DE 9 DE MARZO, DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER
DECRETO 14/1993, DE 9 DE MARZO, DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (Publicado en el Boletín Oficial de Aragón de 29 de marzo de 1993)
Más detallesCONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO
D.O.E. Número 148 21 Diciembre 2004 15357 Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Mérida, a 14 de diciembre de 2004. El Consejero
Más detalles(BOE núm. 311, de 26 de diciembre de 2009)
Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
Más detalles1. Disposiciones generales
Núm. 188 página 12 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 25 de septiembre 2013 1. Disposiciones generales Consejería de La Presidencia Decreto 127/2013, de 24 de septiembre, por el que se establece
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Empleo y Hacienda 2 ORDEN de 23 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifican diversas
Más detalles1. Disposiciones generales
Núm. 136 página 58 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 15 de julio 2015 1. Disposiciones generales Consejería de Salud Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
Más detallesLey de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOC 242, 18/12/2002 y BOE 6, 07/01/2003) CAPÍTULO III: DE LA
Más detallesACUERDO 03 DE (Julio 14)
ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
5073 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DECRETO 16/2015, de 17 de febrero, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132 Lunes 1 de junio de 2009 Sec. I. Pág. 46049 I. DISPOSICIONES GENERALES COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS 9044 Ley 3/2009, de 24 de abril, de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático.
Más detallesDecreto 43/2004, de 29 de abril, por el que se crea el Museo Etnográfico de Castilla y León.
Decreto 43/2004, de 29 de abril, por el que se crea el Museo Etnográfico de Castilla y BO. Castilla y León 30 abril 2004, núm. 81/2004 [pág. 5841] El significado del patrimonio etnográfico para comprender
Más detallesREGLAMENTO REGULADOR DE LA IMAGEN GRÁFICA INSTITUCIONAL DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
REGLAMENTO REGULADOR DE LA IMAGEN GRÁFICA INSTITUCIONAL DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I La elaboración de un Manual de Imagen gráfica Institucional
Más detalles(BOG nº 119, de 25 de junio de 2015) NOTA
Decreto Foral 3/2015, de 24 de junio, de determinación de los departamentos de la Diputación Foral de Gipuzkoa, y de sus áreas de actuación y funciones. (BOG nº 119, de 25 de junio de 2015) NOTA El presente
Más detallesPROGRAMA 922.N COORDINACIÓN Y RELACIONES FINANCIERAS CON LOS ENTES TERRITORIALES
PROGRAMA 922.N COORDINACIÓN Y RELACIONES FINANCIERAS CON LOS ENTES TERRITORIALES 1. DESCRIPCIÓN El programa contiene el diseño de una serie de actividades a realizar para conseguir la máxima coordinación
Más detallesBoletín Oficial de Canarias núm. 116, martes 12 de junio de Consejería de Empleo y Asuntos Sociales
Boletín Oficial de Canarias núm. 116, martes 12 de junio de 2007 14135 Consejería de Empleo y Asuntos Sociales 936 ORDEN de 25 de mayo de 2007, por la que se hacen públicos los modelos normalizados para
Más detallesOBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL NUEVA LEY ORDENADORA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
NUEVA LEY ORDENADORA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL Ley 23/2015, de 21 de julio Ordenadora del Sistema de Inspección
Más detallesDISPONGO. 2. Los profesores especialistas podrán impartir módulos completos o partes especializadas de los mismos.
Decreto /2016, de... de..., por el que se regula la contratación de profesores especialistas para impartir las enseñanzas deportivas de régimen especial. El Estatuto de Autonomía para Cantabria establece
Más detalles3. Marco legislativo
3. Marco legislativo El marco legislativo que fundamenta las políticas que actualmente se desarrollan en el ámbito de las personas con discapacidad está constituido por un extenso entramado de normas que
Más detallesMINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
24284 Miércoles 28 junio 2006 BOE núm. 153 MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 11491 REAL DECRETO 778/2006, de 23 de junio, de ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado
Más detalles1er. Borrador- 13 enero 2017
1er. Borrador- 13 enero 2017 PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL SERVICIO PÚBLICO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS Y EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CONCESION ADMINISTRATIVA DE DICHO SERVICIO EN LA
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 222 de 24-ix-2015 1/11 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s Consejería de Sanidad Decreto 167/2015, de 16 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Real Decreto 2274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1985 Referencia:
Más detallesCuerpos de Justicia. Volumen I. LEY DE ORDENACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO.
1. Respecto a los Directores Insulares de la Administración General del Estado, una de las siguientes afirmaciones no es correcta: a) Serán nombrados por el Subdelegado del Gobierno por el procedimiento
Más detallesREAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS
REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS (BOE nº 294 de 9/12/1985 - Páginas: 38812-38814) La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración
Más detallesLEY DE CANTABRIA 6/1991, DE 26 DE ABRIL, DE "CREACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE".
LEY DE CANTABRIA 6/1991, DE 26 DE ABRIL, DE "CREACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE". (BOC nº 90, de 6 de mayo de 1991) (BOE nº 134, de 5de junio de 1991) EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN
Más detallesDecreto 287/2001, de 13 diciembre Aprueba el Reglamento General de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León
Decreto 287/2001, de 13 diciembre 2001. Aprueba el Reglamento General de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León BO. Castilla y León 17 diciembre 2001, núm. 243/2001 [pág. 18655] La Ley 1/1993,
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 18204 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente 4146 Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, por la que se delegan competencias
Más detallesDescripción de Cargo. Sub Gerente Recursos Humanos. Competencias Específicas
Descripción de Cargo Sub Gerente Recursos Humanos Competencias Específicas Sub Gerente Recursos Humanos 1. Participar en la planificación y supervisión del Desarrollo del Talento Humano y sus respectivas
Más detallesPROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA PARA LA ELABORACIÓN DE LA LEY DE APOYO A LAS FAMILIAS DE ARAGÓN
PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA PARA LA ELABORACIÓN DE LA LEY DE APOYO A LAS FAMILIAS DE ARAGÓN FASE EXTERNA NORMATIVA EN MATERIA DE FAMILIA ÍNDICE LISTADO DE NORMATIVA EN MATERIA DE FAMILIA NORMATIVA
Más detallesUNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
6854 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2016, de la Gerencia, por la que se ejecuta el acuerdo normativo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se establece el Reglamento del
Más detallesI.- DISPOSICIONES GENERALES
AÑO XXX Núm. 133 9 de julio de 2011 25670 I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Educación, Cultura y Deportes Decreto 124/2011, de 07/07/2011, por el que se establece la estructura orgánica, organización
Más detallesGoza de personalidad jurídica propia, de plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, y de patrimonio propio.
Sc. Comisión Consultiva. GK/. Informe 12/2008, de 22 de julio, sobre la consideración de Canal Sur Radio, S.A. y Canal Sur Televisión, S.A. a efectos de la Ley de Contratos del Sector Público. I. ANTECEDENTES
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91 Sábado 16 de abril de 2011 Sec. I. Pág. 39394 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 6872 Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba
Más detallesDECRETO 256/2003, de 27 de noviembre, por el que se crea el Observatorio Regional de la Violencia de Género. ( 1 )
DECRETO POR EL QUE SE CREA EL OBSERVATORIO REGIONAL DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. DECRETO 256/2003, de 27 de noviembre, por el que se crea el Observatorio Regional de la Violencia de Género. ( 1 ) La persistencia
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ANTEPROYECTO DE LEY DE CREACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO PROFESIONAL DE ECONOMISTAS DE VALLADOLID POR FUSIÓN DEL COLEGIO OFICIAL DE ECONOMISTAS DE VALLADOLID CON EL COLEGIO OFICIAL DE TITULARES MERCANTILES
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 2 Jueves, 3 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 60 I. disposiciones generales MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ORGANIZACIÓN 15698 Real Decreto 1656/2012, de 7 de diciembre, por el que
Más detallesArtículo 1: Artículo 2:
Resolución 2/2016, de fecha 5 de mayo, por la que se crea el comité encargado de la trasposición al ordenamiento jurídico nacional de las directivas armonizadas de gestión de las finanzas públicas en el
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 33560 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad Servicio Murciano de Salud 8915 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se aprueba la
Más detallesDecreto núm. 119/2001, de 19 de octubre. Decreto núm. 119/2001, de 19 de octubre. Decreto 119/2001, de 19 octubre LIB 2001\310
( Disposición Vigente ) Decreto núm. 119/2001, de 19 de octubre. Decreto 119/2001, de 19 octubre Version vigente de: 3/9/2004 LIB 2001\310 ADMINISTRACIÓN Y CONTABILIDAD PÚBLICA. Implantación y regulación
Más detallesPor todo ello, a propuesta del consejero de Interior, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora y previa deliberación del Gobierno,
1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE INTERIOR DECRETO 155/2014, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el contenido mínimo para la elaboración y homologación
Más detallesPROGRAMA 611.A DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES DE ECONOMIA Y HACIENDA
PROGRAMA 611.A DIRECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES DE ECONOMIA Y HACIENDA 1. DESCRIPCIÓN Es un programa de apoyo, no finalista, e incorpora una multiplicidad de aspectos, por lo que puede considerarse como
Más detallesCONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES Secretaría General de Consumo
Orden de 9 de febrero de 2015, por la que se regula la edición, distribución, comercialización e impresión de las Hojas de Quejas y Reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía El
Más detallesCeladores del Servicio Extremeño de la Salud (SES). Temario ISBN: DEPÓSITO LEGAL: SE
Celadores del Servicio Extremeño de la Salud (SES). Temario ISBN: 9788467653939 DEPÓSITO LEGAL: SE 157-2011 Celadores del Servicio Extremeño de la Salud (SES). Test ISBN: 9788467654387 DEPÓSITO LEGAL:
Más detallesNÚMERO 35 Lunes, 20 de febrero de 2017
4294 DECRETO 15/2017, de 14 de febrero, por el que se modifica el Decreto 101/2004, de 28 de junio, por el que se regula la Junta Rectora de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos. (2017040019)
Más detalles(BOE núm. 134, de 5 de junio de 2003)
Real Decreto 605/2003, de 23 de mayo, por el que se establecen medidas para el tratamiento homogéneo de la información sobre las listas de espera en el Sistema Nacional de Salud. Última actualización:
Más detallesNORMAS DE ORGANIZACION y FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE LA INVESTIGACION (OTRI).
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación OTRI. Aprobado por la Comisión Gestora de 14 de diciembre de 1993. ACUERDO DE LA COMISION GESTORA
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 28095 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Hacienda y Administración Pública 8422 Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 13 de julio de 2015, por la
Más detalles