M inisterio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios Tribunal de Tasaciones de la Nación
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- Manuela Campos Casado
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1 BUENOS AIRES, 9 DE MARZO DE 2015 VISTO la Ley N (to. 2001) Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, los Decretos Nros del 31 de agosto de 1994, 27 del 27 de mayo de 2003 y 2803 del 30 de diciembre de 2014, y CONSIDERANDO Que mediante el Decreto Nº 27 del 27 de mayo de 2003 se transfirió al MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS que hasta ese momento dependía de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y sus organismos dependientes, entre los cuales se encuentra el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, el cual actuará en la órbita de la actual SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente de dicho Ministerio. Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha transferido el Servicio Administrativo Financiero (SAF) a este Tribunal lo cual implicó que el mismo debe realizar por sí mismo las tareas de gestión de compras, liquidación de gastos, recaudación de derechos y aranceles y el manejo de la tesorería. Que es necesario coordinar las tareas relacionadas con el Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F.). Que la magnitud de las tasaciones que el Tribunal viene realizando y el incremento de la carga de trabajo que se verifica en los últimos años hace necesario efectuar la coordinación de las tareas que se realizan en las diversas
2 direcciones que integran el Tribunal. Que es conveniente asistir a las respectivas Direcciones proponiendo nuevas metodologías de valuación, y coordinar las tareas de inspección y tasación de los distintos bienes muebles e inmuebles. Que el Decreto N 1545 del 31 de agosto de 1994 aprobatorio del régimen para el diseño, formulación, presentación y aprobación de estructuras organizativas, faculta a las autoridades máximas de las entidades de la Administración Nacional para aprobar las aperturas inferiores al primer nivel operativo. Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se ha expedido favorablemente respecto a la propuesta de coordinaciones de segundo nivel operativo. Que la presente medida se encuadra dentro de las previsiones del artículo 17 del Decreto Nº 1545/94, del Decreto N 2803/14 y del inciso b) del artículo 4º de la Resolución Nº 422 del 19 de septiembre de Por ello, EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las Coordinaciones de acuerdo al Listado y Acciones que como Anexos l y II forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será
3 atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS - Servicio Administrativo Financiero 612 TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese. RESOLUCIÓN TTN Nº 10
4 ANEXO l TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN DIRECCIÓN DE SALA A 1 - Coordinación Técnica Operativa. 2 - Coordinación de Ingeniería Agronómica. DIRECCIÓN DE SALA B 3 - Coordinación Técnica Operativa. 4 - Coordinación de Ingeniería Especializada. 5 - Coordinación de Valores Técnicos Contables. DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA. 6 - Coordinación de Tecnología Informática. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN 7 - Coordinación de Presupuesto y Contabilidad. 8 - Coordinación de Recursos y Tesorería DIRECCIÓN TÉCNICO LEGAL 9 - Coordinación de Mesa de Entradas, Despacho y Archivo.
5 TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN DIRECCIÓN DE SALA A COORDINACIÓN TÉCNICA OPERATIVA ANEXO li 1. Coordinar las tareas de apoyo técnico administrativo que requiera la Sala en lo referente a tasaciones judiciales y especiales de bienes, de instalaciones industriales, de bienes ferroviarios, aeronáuticos, automotores, navales, maquinarias y otros, que le sean solicitadas por el Director de la Sala. 2. Coordinar la elaboración de los proyectos de dictámenes que serán puestos a consideración de la Sala. 3. Coordinar las tareas de inspección y solicitar los recursos necesarios para el cumplimiento de las tasaciones encomendadas. 4. Proponer metodologías de valuación específica y toda otra tarea afin a la realización de las tasaciones. 5. Efectuar junto con el Director de Sala el control de gestión y del cumplimiento de las normas y procedimientos. 6. Reemplazar al Director de la Sala en caso de impedimento o ausencia temporaria. DIRECCIÓN DE SALA A COORDINACIÓN DE INGENIERÍA AGRONÓMICA 1. Coordinar las actividades de tasación de bienes rurales, sus instalaciones, maquinarias y otros, tanto de valores venales, de reposición y arrendamientos y otros que le sean solicitadas por el Director de la Sala.
6 2. Efectuar junto con el Director de Sala el control de gestión y del cumplimiento de las normas y procedimientos. 3. Coordinar las tareas de apoyo técnico administrativo que requiera la Sala en lo referente a tasaciones rurales de todo tipo, en expedientes judiciales, especiales, valores técnicos contables y cualquier otro que se le solicite. 4. Coordinar la elaboración de los proyectos de dictámenes que serán puestos a consideración de las Salas. 5. Coordinar las tareas de inspección y solicitar los recursos necesarios para el cumplimiento de las tasaciones encomendadas. 6. Proponer metodologías de valuación específica y toda otra tarea afin a la realización de las tasaciones. DIRECCIÓN DE SALA B COORDINACIÓN TÉCNICA OPERATIVA 1. Coordinar las tareas de apoyo técnico administrativo que requiera la Sala en lo referente a tasaciones judiciales y especiales de bienes, de instalaciones industriales, de bienes aeronáuticos, automotores, navales, ferroviarios maquinarias y otros que le sean solicitadas por el Director de la Sala. 2. Coordinar la elaboración de los proyectos de dictámenes que serán puestos a consideración de la Sala. 3. Coordinar las tareas de inspección y solicitar los recursos necesarios para el cumplimiento de las tasaciones encomendadas. 4. Proponer metodologías de valuación específica y toda otra tarea afin a la realización de las tasaciones.
7 5. Efectuar junto con el Director de Sala el control de gestión y del cumplimiento de las normas y procedimientos. 6. Reemplazar al Director de la Sala en caso de impedimento o ausencia temporaria. DIRECCIÓN DE SALA B COORDINACIÓN DE INGENIERÍA ESPECIALIZADA 1. Coordinar las actividades de tasación de bienes, que requiera la Sala en lo referente a tasaciones judiciales y especiales de bienes, de instalaciones industriales, de bienes ferroviarios, aeronáuticos, automotores, navales, maquinarias y otros que le sean solicitadas por el Director de la Sala. 2. Efectuar junto con el Director de Sala el control de gestión y del cumplimiento de las normas y procedimientos. 3. Coordinar la elaboración de los proyectos de dictámenes que serán puestos a consideración de la Sala. 4. Coordinar las tareas de inspección y solicitar los recursos necesarios para el cumplimiento de las tasaciones encomendadas. 5. Proponer metodologías de valuación específica y toda otra tarea afin a la realización de las tasaciones. DIRECCIÓN DE SALA B COORDINACIÓN DE VALORES TÉCNICOS CONTABLES 1. Coordinar las actividades de tasación de bienes muebles, inmuebles y otros, que sean solicitados con la finalidad de registro contable, en cumplimiento de la Decisión Administrativa 56/1999, para las Salas del organismo y otras que
8 le sean solicitadas por el Director de la Sala. 2. Efectuar junto con el Director de Sala el control de gestión y del cumplimiento de las normas y procedimientos. 3. Coordinar las tareas de apoyo técnico administrativo que requiera la Sala en lo referente a valores técnicos contables. 4. Coordinar la elaboración de los proyectos de dictámenes que serán puestos a consideración de la Sala. 5. Coordinar las tareas de inspección y solicitar los recursos necesarios para el cumplimiento de las tasaciones encomendadas. 6. Proponer metodologías de valuación específica y toda otra tarea afin a la realización de las tasaciones. DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA COORDINACIÓN DE TECNOLOGÍA INFORMÁTICA 1. Coordinar las actividades específicas de los Sistemas informáticos implementados en el Organismo en las comunicaciones, hardware y software. 2. Efectuar junto con el Director el programa de actualizaciones de equipamiento informático y asistir en lo referente a equipos informáticos y otros que se le requiera. 3. Coordinar el soporte técnico de software y hardware. 4. Asistir a los usuarios en temas de su especialidad. 5. Proponer modificaciones que se consideren convenientes en la puesta en funcionamiento de sistemas. 6. Efectuar los resguardos de archivos. 7. Informar a la Sala el valor de los equipos informáticos, software y otros que se le solicite, para tasaciones que se estén realizando.
9 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN COORDINACIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD 1. Elaborar el presupuesto preliminar, el anteproyecto de presupuesto anual y programar su ejecución física y financiera. 2. Evaluar los antecedentes y proceder a la tramitación de las modificaciones presupuestarias del organismo 3. Elaborar informes vinculados a la ejecución física para elevar a las áreas competentes de la Oficina Nacional de Presupuesto. 4. Efectuar las órdenes para el pago de haberes y de los aportes personales y patronales, de acuerdo con la normativa vigente. 5. Entender en la liquidación y rendición de retenciones del impuesto a las ganancias del personal en relación de dependencia, de conformidad con la normativa vigente. 6. Entender en las cesiones de créditos, embargos y prendas, registrándolos y aplicándolos. 7. Controlar la documentación de las facturas correspondientes a órdenes de compra de proveedores y a contrataciones de servicios profesionales verificando el cumplimiento de las condiciones pactadas, gestionando conformidades e ingresos de comprobantes en el sistema. 8. Efectuar la liquidación y orden de pago de las facturas de proveedores y de servicios profesionales verificando y aplicando las normas legales. 9. Entender en la administración y control de los bienes muebles e inmuebles afectados al organismo, a fin de llevar a cabo la gestión patrimonial de acuerdo a las disposiciones legales en vigencia y a las normas que al respecto, dicten los órganos rectores. 10. Presentar a la Contaduría General de la Nación los estados de ejecución del
10 presupuesto, que permitan al cierre del ejercicio, preparar la cuenta de inversión. 11. Ejecutar todos los trámites relativos a las altas, bajas y modificaciones de la base de datos del Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F), con relación a la información relativa a los beneficiarios de pagos, en virtud de lo que establezcan las normas emanadas de los organismos competentes. 12. Confeccionar los pliegos, llevar a cabo los correspondientes trámites licitarios a través del procedimiento de selección que corresponda en cada caso, hasta la etapa preadjudicatoria inclusive y, elaborar los actos administrativos aprobatorios de los procedimientos y adjudicaciones, a suscribir por la autoridad competente, vinculados con las normas que regulen el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL. 13. Intervenir en el análisis de las ofertas presentadas a los efectos de predeterminar la selección de las más convenientes. 14. Elaborar las órdenes de compra o contrato, según corresponda. 15. Controlar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en lo que es materia de su competencia. 16. Efectuar la confección del plan anual de compras y contrataciones, de acuerdo con las respectivas previsiones presupuestarias y normativas vigentes. 17. Reemplazar al Director de Administración en caso de impedimento o ausencia temporaria DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN COORDINACIÓN DE RECURSOS Y TESORERÍA 1. Entender en el manejo y custodia de los fondos y valores provenientes de recaudaciones o cobro de órdenes de pago de la Tesorería General de la
11 Nación, ejecutando los pagos autorizados en las mismas, previo cumplimiento de las normas reglamentarias. 2. Efectuar las registraciones contables de ingresos y egresos de fondos y valores, emitiendo el correspondiente parte diario de caja. 3. Custodiar y manejar el Fondo Rotatorio asignado, de acuerdo a las normas que en la materia, dicte la SECRETARIA DE HACIENDA. 4. Proceder al pago de haberes al personal y de las retenciones correspondientes a los distintos organismos. 5. Efectuar las retenciones impositivas que pudieran corresponder. 6. Elaborar los actos administrativos tendientes a la adecuación anual de los Fondos Rotatorios. 7. Tramitar los pagos por Fondo Rotatorio que correspondan, de acuerdo a la normativa vigente. 8. Efectuar la tramitación y control de las rendiciones de cuentas por viajes al exterior e interior del país. 9. Efectuar la corrección y análisis de los recursos ingresados. 10. Efectuar las transmisiones y recepciones de información al y desde el Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F) central de la totalidad de los registros efectuados DIRECCIÓN TÉCNICO LEGAL COORDINACIÓN DE MESA DE ENTRADAS, DESPACHO Y ARCHIVO 1. Supervisar la recepción, control y distribución de las actuaciones y correspondencia ingresadas. 2. Efectuar las notificaciones que correspondan hacia otros organismos y al Poder Judicial con la debida intervención de la Presidencia.
12 3. Colaborar con la Dirección en la organización de la atención al público y las consultas de los representantes. 4. Mantener actualizados los datos en los sistemas relacionados con las aplicaciones informáticas del sector. 5. Efectuar el registro y control de los expedientes enviados al archivo del organismo, adoptando las medidas que correspondan a su preservación. 6. Llevar el registro y guarda de los actos y documentos administrativos originados en el organismo. 7. Colaborar en el control, mantenimiento y conservación de los bienes y servicios necesarios para el correcto funcionamiento del ente.
Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
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