El contrato entrará en vigor el día 06 de abril de 2015 y finalizará el día 15 de julio del mismo año, de acuerdo con la siguiente programación:

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1 Página: 1 de 16 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS A LAS QUE SE AJUSTARÁ LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN TÉCNICA DE APOYO PARA LA REALIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EJERCICIO FISCAL EN DETERMINADOS CENTROS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID CLÁUSULA 1. OBJETO DEL CONTRATO El objeto de contrato es la prestación de un servicio completo de información y orientación técnica para la realización del Programa de Ayuda para la Declaración sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2014 (en adelante Programa PADRE). El servicio que se contrata atenderá las declaraciones del IRPF mediante el soporte informático del Programa PADRE en determinados centros municipales (Ver Anexo 1), situados preferentemente en la zona sur del término municipal de Madrid, donde existe una mayor demanda de este servicio en proporción a la red de oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y de centros de otras entidades colaboradoras. CLÁUSULA 2. FASES DE EJECUCIÓN El contrato entrará en vigor el día 06 de abril de 2015 y finalizará el día 15 de julio del mismo año, de acuerdo con la siguiente programación: 1. Desde el inicio del contrato hasta el día 08 de mayo como plazo máximo, tendrá lugar un período de formación del personal destinado a la prestación del servicio. Se realizará en los locales designados por la AEAT o, en su defecto, en aquellos de que disponga la empresa adjudicataria, y se impartirá por la Agencia Estatal de 1

2 Página: 2 de 16 Administración Tributaria de acuerdo con la programación que ésta establezca de dicho módulo. Esta formación se completará hasta un total de 50 horas por personal docente de la empresa adjudicataria. 2. Desde el 11 de mayo hasta el 30 de junio de 2015 la prestación consistirá en el servicio de ayuda para la declaración de la renta de las personas físicas mediante el programa PADRE para la Campaña de Renta de 2014, confeccionando, en su caso, las correspondientes declaraciones y autoliquidaciones correspondientes al impuesto. 3. Finalizada la fase anterior, el contratista quedará obligado a presentar, en el plazo máximo de 15 días naturales, un trabajo completo de información estadística y de resumen de la actividad efectuada durante la campaña al que se acompañe un informe del que se extraigan conclusiones sobre la efectividad de la misma en cuanto a contribuyentes atendidos, actividad de las distintas oficinas, declaraciones efectuadas, etc. CLÁUSULA 3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. 1. La infraestructura necesaria para realizar la prestación será puesta a disposición del adjudicatario por parte de la Administración, quien aportará los siguientes medios materiales: Locales dotados de la correspondiente instalación telefónica y eléctrica en cada uno de los centros municipales integrados en la red de oficinas del Programa. Equipos informáticos consistentes en ordenadores e impresoras, con la correspondiente conexión a la red de Internet. Mobiliario de oficina en función del personal destinado a cada uno de los locales. Software necesario para prestación de Servicio. Sobres de retorno y etiquetas requeridas para cumplimentar las declaraciones. La distribución de este material por la red de centros municipales corresponderá al contratista durante todo el 2

3 Página: 3 de 16 plazo de ejecución del contrato, con arreglo a las instrucciones que se impartan por la Agencia Tributaria Madrid. 2. El adjudicatario deberá aportar los siguientes medios materiales para la debida ejecución del contrato consistentes en: Aulas de formación debidamente informatizadas para que el personal encargado de la ejecución del contrato reciba los cursos teóricos y prácticos. La ocupación máxima por aula será de 15 alumnos. Cada una de las aulas deberá estar dotada además de un ordenador personal con retroproyector para el profesor. Los vehículos y los gastos que ocasionen los desplazamientos del personal y el traslado del material para la debida ejecución del contrato, serán también a cargo del adjudicatario. El material fungible informático y material de oficina necesario para la prestación del servicio. Asimismo, el adjudicatario deberá disponer de un call center para atender la cita previa del personal del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo a los siguientes requisitos: 1. A través de un teléfono facilitado por la empresa, en horario de 09:00 a 21:00 horas, todos los días laborables, de lunes a viernes, desde el 27 de abril hasta el 26 de junio. 2. Del 11 al 14 de mayo las citas se programarán con intervalos de 20 minutos. A partir del día 18 de mayo hasta el final de la campaña, el intervalo entre citas será de 15 minutos. 3. En cualquier caso, para evitar la prolongación del horario previsto, se debe dejar libre el periodo de tiempo correspondiente a la última cita de la mañana y a la última de la tarde. Asimismo, se cerrarán las citas de 11:15 y 11:30 horas. 3

4 Página: 4 de La coordinación para la dotación de la infraestructura necesaria -locales, medios informáticos, mobiliario, líneas de teléfono- correrá a cargo de la Agencia Tributaria Madrid; no obstante, la empresa adjudicataria tendrá la obligación de proceder a la revisión de las instalaciones y del buen funcionamiento de los ordenadores, impresoras, conexión a Internet, además de constatar la suficiencia de los demás medios materiales en los locales en los que se prestará el servicio, a efectos de poner en conocimiento de la Administración, formalmente, cualquier fallo técnico o material antes del inicio de la campaña y durante la misma. En cualquier caso, en el momento en que la Agencia Tributaria Madrid le comunique fehacientemente la disponibilidad de los mismos, se efectuará su revisión. 4. La información y el asesoramiento técnico en materia tributaria versará sobre: Información sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Ayuda y realización de las declaraciones y autoliquidaciones del Impuesto mencionado, mediante el Programa PADRE. Información sobre los derechos del contribuyente relacionados con el IRPF. El asesoramiento informativo se ajustará a los criterios que fijen la Agencia Tributaria Madrid y la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En todo caso, y siguiendo pautas de gestión de la AEAT, el tiempo medio de atención al contribuyente será de 15 minutos. 5. El número de asesores para atender las consultas desde el 11 de mayo hasta el 30 de junio de 2015, ambos inclusive, será de: - Treinta y una personas (ver anexo II) en turnos de mañana y tarde, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, y de 16:00 a 18:00 horas, a excepción de las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, (c/ Alcalá 45, c/ Sacramento 3, c/ Príncipe Carlos 40 y c/ Hierro 27 ), que será de lunes a jueves, de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas, y los viernes de 9:00 a 14:00 horas. 4

5 Página: 5 de El perfil del personal será como mínimo: Diplomados en Derecho, Economía o Dirección y Administración de Empresas, con conocimientos y experiencia en la información del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el funcionamiento del Programa PADRE, así como experiencia en informática a nivel de usuario y en la utilización de Internet. Tener capacidad de comunicación, actitud de acogida al contribuyente, objetividad en la respuesta, flexibilidad en el lenguaje y aptitud para resolución de cuestiones, así como un conocimiento exhaustivo de la normativa y del procedimiento de gestión del Impuesto mencionado. 7. Dentro del número total de personas indicadas en el apartado 5 de esta cláusula, existirán diez asesores-coordinadores (uno por Centro) que además de asistir al contribuyente, estarán encargados de la coordinación del equipo humano, y su perfil se ajustará al general contemplado en el apartado anterior así como a los siguientes requisitos: Experiencia contrastada en gestión de equipos. Experiencia en la realización y utilización efectiva del Programa PADRE. Experiencia en un servicio de información inmediata en materia del IRPF en el ámbito de campañas de renta (contestación en tiempo real a todo el equipo de personas de las dudas técnicas que se les planteen en la realización de las declaraciones sobre el IRPF) Experiencia en el manejo de Hoja de cálculo, y Correo Electrónico e Internet, bajo Windows. Desarrollar la prestación de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas, con los horarios señalados en el apartado 5 de esta cláusula y en los Centros señalados en el Anexo I 5

6 Página: 6 de 16 Disponer de vehículo asignado de forma individualizada para realizar tareas de control de la prestación en los centros municipales y de las tareas que le asigne en relación con este contrato el Director de los trabajos. Coordinar la suficiencia e idoneidad de los medios materiales y personales en cada una de las oficinas. Informar a la Agencia Tributaria Madrid, mediante la presentación de los correspondientes documentos, de los siguientes extremos: 1. Diariamente, del número de visitas concertadas por el sistema de cita previa de la AEAT en el día anterior desglosado por los centros municipales. Además, basándose en la programación que le envíe la AEAT para el día siguiente, y atendiendo a la ocupación efectiva que en base a la misma tenga cada oficina, deberá reprogramar el número de asesores en las distintas oficinas para la fecha inmediatamente posterior. 2. Semanalmente, del número de visitas atendidas y declaraciones realizadas mediante el Programa PADRE en cada oficina a nivel semanal y acumulado, y porcentajes de ocupación de cada asesor. El responsable del contrato de la empresa adjudicataria comunicará a los coordinadores designados en la ejecución del contrato, para su conocimiento y cumplimiento, las instrucciones que facilite el Representante del órgano de contratación y Director de los Trabajos, nombrado al efecto por el órgano de contratación. 8. La distribución del personal necesario para la prestación del servicio en cada uno de centros municipales determinados previamente, se efectuará por la empresa adjudicataria bajo las directrices del Director de los Trabajos designado a tal efecto por la Agencia Tributaria Madrid. Dicha distribución deberá ser modificada de forma inmediata en función de las necesidades del servicio, siendo apreciado este extremo, en primer lugar, por el coordinador de todo el equipo humano y correspondiendo en todo caso la decisión final al Director de los trabajos designado por la Administración. 6

7 Página: 7 de La presencia efectiva en los locales que se determinen por la Agencia Tributaria Madrid del personal descrito en esta cláusula, sólo se requerirá en las fechas señaladas en el apartado 2 de la Cláusula 2 de este pliego (entre el 11 de mayo y 30 de junio, ambos inclusive), ya que el tiempo anterior será destinado a la formación de dicho personal. CLÁUSULA 4. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS Y COORDINACIÓN CON LA EMPRESA ADJUDICATARIA El Director de la Agencia Tributaria Madrid designará las personas encargadas de resolver todas las incidencias que se produzcan a lo largo del contrato, así como los responsables de impartir instrucciones. Por otra parte, y a tenor del Decreto de 28 de diciembre de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se aprueba la Instrucción 5/2012, sobre servicios externos contratados por el Ayuntamiento de Madrid y los entes que conforman su sector público, la empresa adjudicataria deberá nombrar un responsable de contrato y un sustituto para los casos de ausencia, enfermedad u otros similares, siendo el responsable del contrato el interlocutor de la empresa con el Director de los Trabajos. CLÁUSULA 5. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 1. Disponer del personal idóneo y necesario para la debida prestación del servicio no pudiéndose producir la interrupción del mismo por ninguna causa. La vinculación contractual de dicho personal será exclusivamente con la empresa adjudicataria, a la que corresponderán todas las obligaciones que dimanen de dicha relación contractual, así como el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la legislación aplicable. 2. El cumplimiento defectuoso de las prestaciones pactadas en el contrato administrativo por el personal que preste el servicio como consecuencia de carecer del nivel de formación suficiente y de la debida aptitud se considerará incumplimientos por ejecución defectuosa y se impondrán las penalidades previstas en el apartado 18 del Anexo 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el contrato. La elección y sustitución de trabajadores no es facultad de Agencia Tributaria Madrid, correspondiendo al ámbito del 7

8 Página: 8 de 16 poder de dirección del empresario, quien deberá decidir en cada momento la sustitución o no del trabajador. 3. Guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso por razón de la prestación del servicio, sin que la empresa adjudicataria pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente. A estos efectos, deberá tenerse en cuenta lo siguiente: SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN A) CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario, deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información de la Agencia Tributaria Madrid para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. Asimismo, el adjudicatario deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. Dado que durante la realización de los servicios los empleados tendrán acceso a la información de los contribuyentes, la empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. Reservándose la Agencia Tributaria Madrid el derecho al 8

9 Página: 9 de 16 ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones incluidas en la presente cláusula, el adjudicatario será responsable del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta a la Agencia Tributaria Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra la Agencia Tributaria Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art LOPD). B) PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN B1) Normativa de aplicación La empresa adjudicataria declara expresamente que conoce quedar obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y, expresamente, en lo indicado en su artículo 10, en cuanto al deber de secreto. La empresa adjudicataria se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir. Igualmente, serán de aplicación las disposiciones de desarrollo de la norma anterior que se encuentren en vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia, y especialmente aquellas normas contempladas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE del 19 de enero de 2008). La Agencia Tributaria Madrid, deberá facilitar a la empresa adjudicataria información sobre los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros utilizados y sobre las especificaciones e instrucciones de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas, a fin de que formen a sus empleados en dichas materias. B2) Medidas de seguridad de carácter mínimo: No se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter 9

10 Página: 10 de 16 personal (BOE del 19 de enero de 2008) respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información. Se establecerá un registro de accesos a los sistemas de información que traten datos de carácter personal y el cifrado de las comunicaciones. En los equipos informáticos, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados. El acceso a las bases de datos de Agencia Tributaria Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizarán al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización, su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas. El contratista se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias. El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones. B3) Cesión o comunicación de datos a terceros e incumplimiento de la finalidad del acceso y tratamiento de los datos. Los datos de 10

11 Página: 11 de 16 carácter personal o documentos a los que se tenga acceso no podrán ser comunicados a un tercero bajo ningún concepto sin el consentimiento del titular del dato y el conocimiento de Agencia Tributaria Madrid, aunque sea para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario. El contratista tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del correspondiente servicio, que no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figure en el objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas (art.12.2 LOPD). Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal utilizados deberán ser devueltos a Agencia Tributaria Madrid, al igual que cualquier soporte o documentos utilizados. En el caso de que el contratista destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado como único responsable, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta a Agencia Tributaria Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufran la Agencia Tributaria Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art LOPD ). La responsabilidad de los ficheros que, en su caso, se generen provisionalmente durante la ejecución del contrato está atribuida a la Dirección de la Agencia Tributaria Madrid. 4. Efectuar mediante los medios de transporte más idóneos los traslados y transportes por las oficinas del personal que preste el servicio, asegurando la necesaria celeridad. 5. Cumplir los plazos parciales y totales previstos en la Cláusula 2 del presente pliego. 6. Controlar la calidad de la información recibida por el contribuyente así como garantizar que las características de la comunicación son las idóneas para la consecución de la finalidad del presente contrato. 7. Entregar los informes, junto con gráficos explicativos, de todos los resultados de la campaña en papel y en soporte informático. La 11

12 Página: 12 de 16 especificación de todos los cuadros estadísticos y gráficos será realizada por el Director de los trabajos. 8. Aportar los medios materiales y personales que se señalan en la Cláusula 3. CLÁUSULA 6. PRESUPUESTO El presupuesto máximo estimado se cifra en ,57 IVA incluido Los gastos derivados del presente contrato podrían imputarse a la partida 2015 / 506 / 025 / / estudios y trabajos técnicos del Presupuesto de Gastos de la Agencia Tributaria Madrid para CLÁUSULA 7. FORMA DE PAGO Se efectuará en dos pagos parciales previa la certificación de conformidad del Director de los trabajos designado al efecto por la Agencia Tributaria Madrid. El primer pago se producirá una vez finalizado el servicio de información y asistencia por un importe correspondiente al 65% del precio del contrato. El segundo pago se efectuará una vez entregados los informes a los que hacen referencia las Cláusulas 2 y 5 del presente pliego. CLÁUSULA 8. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO La vigencia del contrato será desde el 6 de abril hasta el 15 de julio de CLÁUSULA 9. PERÍODO DE GARANTÍA 12

13 Página: 13 de 16 El período de garantía establecido para este contrato es de tres meses. CLÁUSULA 10. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. Tal y como se indica en la cláusula 2 del presente pliego, desde el inicio del contrato hasta el día 08 de mayo, como plazo máximo, tendrá lugar un período de formación del personal destinado a la prestación del servicio. Esta formación se realizará en los locales designados por la AEAT o, en su defecto, en aquellos de que disponga la empresa adjudicataria, y se impartirá por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de acuerdo con la programación que ésta establezca de dicho módulo. Esta formación se completará hasta un total de 50 horas por personal docente de la empresa adjudicataria. El adjudicatario deberá aportar los medios materiales y aulas de formación debidamente informatizadas para que el personal encargado de la ejecución del contrato reciba los cursos teóricos y prácticos. En el supuesto de que el personal propuesto haya participado en campañas anteriores para la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid y/o campaña de Servicio de Oficina Telefónica de Asistencia al Contribuyente para la confirmación/modificación de borradores con la AEAT y tengan acreditada la formación necesaria; con 2 o más años de experiencia, a propuesta del Director de los Trabajos y/o representante del Órgano de Contratación podrá autorizarse impartir un menor número de horas de formación, con la consiguiente reducción del precio de adjudicación del contrato. La cuantificación de la reducción vendrá determinada de aplicar el coste/hora de formación en 29,50 euros/hora (IVA excluido) y en 8,50 euros/hora coste de aula (IVA excluido). El porcentaje del precio del contrato, que como máximo pueda acordarse por las eventuales circunstancias anteriormente expresadas y detalladas de forma objetiva, no representará en ningún caso una reducción superior al 3% del precio del contrato. EL SUBDIRECTOR GENERAL DE COORDINACIÓN 13

14 Página: 14 de 16 ANEXO I RELACIÓN DE CENTROS MUNICIPALES EN LOS QUE SE PRESTARÁ EL SERVICIO DURANTE TODA LA CAMPAÑA DE RENTA Oficinas de Atención Integral al Contribuyente 4 Centros 1. CALLE ALCALÁ,45 - Distrito Centro - 2. CALLE PRÍNCIPE CARLOS, 40 - Distrito Hortaleza (Está previsto el traslado de esta Oficina en el año 2015, por lo que, la Campaña de la Renta 2014, podrá tener lugar en la OAIC que la sustituya). 3. CALLE SACRAMENTO,3 - Distrito Centro - 4. CALLE HIERRO, 27 - Distrito Arganzuela - 5. Distrito de Usera... 1 Centro C.C. MESETA DE ORCASITAS PLAZA DE LA ASOCIACIÓN S/N 6. Distrito de Vicálvaro... 1 Centro C.C EL MADROÑO C/ VILLARDONDIEGO S / N 7. Distrito de San Blas... 1 Centro 14

15 Página: 15 de 16 C.C ANTONIO MACHADO C/ ARCOS DE JALÓN Distrito de Latina... 1 Centro C.C. CAMPAMENTO C/ SEDANO S/ N 9. Distrito de Villaverde... 1 Centro C.C. SANTA PETRONILA C/ MARÍA MARTÍNEZ OVIOL Distrito de Carabanchel... 1 Centro C. C. LÁZARO CARRETER C/ VERDAD 29 TOTAL CENTROS

16 Página: 16 de 16 ANEXO II DISTRIBUCIÓN DEL PERSONAL ASESOR CENTRO DISTRITO ASESORES C. CULTURAL CARABANCHEL 3 C.C. CAMPAMENTO LATINA 3 C.C ANTONIO MACHADO SAN BLAS 3 C.C. MESETA DE ORCASITAS PLAZA DE LA ASOCIACIÓN S/N 3 C.C EL MADROÑO VICALVARO 3 C.C SANTA PETRONILA VILLAVERDE 3 OAIC SANCHINARRO HORTALEZA 3 OAIC SACRAMENTO 3 CENTRO 3 OAIC. ALCALA 45 CENTRO 4 OAIC. HIERRO 27 USERA 3 TOTAL Firmado por: electrónicamente FERRO PARGA MARCELINO por: MARCELINO JESUS - DNI JESUS V FERRO PARGA Cargo: SUBDIRECTOR GENERAL Fecha: Cargo: SUBDIRECTOR 13:30:57 GENERAL Fecha: :30:47 16

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