ESTATUTOS DEL COMITÉ CONSULTIVO DE ZONAS DE ASISTENCIA
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- Yolanda Macías Hernández
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1 ESTATUTOS DEL COMITÉ CONSULTIVO DE ZONAS DE ASISTENCIA Revisado el 12 de septiembre del 2017 Página 1
2 Artículo I: Autoridad Sección uno. Establecimiento. Según las disposiciones de la norma del distrito BDF(Local), el superintendente establece el Comité Consultivo de Zonas de Asistencia (BAC, por sus siglas en inglés) como cuerpo consultivo del Distrito Escolar Independiente de Austin. Sección dos. Limitaciones. El BAC es responsable ante, y sirve a discreción de, el superintendente. El BAC no tendrá autoridad para gastar fondos públicos, suscribir contratos ni imponerle obligaciones o responsabilidades al distrito. Sección tres. Estatutos. Será responsabilidad del coordinador de los organismos consultivos del distrito, siguiendo los consejos y la dirección de los coordinadores del BAC, establecer y enmendar los estatutos del BAC. El BAC se atendrá a los estatutos. Sección cuatro. Caducidad. Según las disposiciones de la norma del distrito BDF (Local), el BAC estará sujeto a un proceso de revisión bienal de caducidad, para determinar si el BAC continuará sirviendo como organismo consultivo del distrito. Artículo II: Propósito y responsabilidades Sección uno. Propósito. El propósito del BAC es ayudar en la preparación de recomendaciones con el fin de crear y ajustar las zonas de asistencia escolares. Sección dos. Responsabilidades. Para lograr este propósito, el BAC servirá como organismo consultivo del superintendente, quien es responsable de proveer recomendaciones administrativas para la aprobación final de la Mesa Directiva. El ámbito del BAC puede incluir, pero no se limita a, las siguientes actividades relacionadas con las zonas de asistencia: 1. Formular los criterios para evaluar las propuestas sobre las zonas de asistencia 2. Crear las áreas de asistencia para nuevas instalaciones escolares 3. Revisar y aconsejar a la administración sobre la creación de planes de contingencia para las instalaciones, debido a problemas con el rendimiento escolar 4. Reestructurar o consolidar las instalaciones escolares existentes 5. Dar consejos, según sea necesario, durante la preparación y la revisión periódica del Plan Maestro de Instalaciones con la Mesa Directiva y el superintendente 6. Planear y llevar a cabo actividades de participación de personas interesadas, y reunir y evaluar sus comentarios 7. Darle informes de progreso y recomendaciones al superintendente 8. Realizar otros proyectos según los asigne el superintendente o los plantee el Comité Consultivo de Planificación de Instalaciones y Bonos Artículo III: Juntas Sección uno. Juntas ordinarias. Los coordinadores y copresidentes del BAC fijarán un calendario anual para las juntas ordinarias. El calendario de juntas ordinarias se comunicará a los miembros y se publicará en el sitio web del BAC. Página 2
3 Sección dos. Subcomités. El BAC puede formar subcomités de vez en cuando para tratar cualquier asunto necesario o apropiado, y puede fijar parámetros o procedimientos específicos para dichos subcomités. A menos que los copresidentes indiquen lo contrario, las juntas de los subcomités se llevarán a cabo a discreción de cada subcomité, y también quedará a discreción del subcomité si las juntas estarán abiertas al público. Los subcomités le informarán sus hallazgos y recomendaciones al BAC para su consideración. Sección tres. Juntas abiertas. Todas las juntas ordinarias y plenarias del BAC estarán abiertas al público. Los copresidentes deben asegurarse de que se sigan las Pautas para visitantes y la comunicación de los ciudadanos. Sección cuatro. Asistencia. La asistencia y participación de los miembros es esencial. Los copresidentes del BAC monitorizarán la asistencia de los miembros y trabajarán con ellos para resolver cualquier problema de asistencia. Más de tres ausencias durante el periodo de un año puede causar que el director general de Finanzas y los copresidentes destituyan al miembro. Sección cinco. Toma de decisiones. Los miembros procurarán tomar decisiones por consenso. No obstante, cuando no sea posible alcanzar un consenso claro, las decisiones se adoptarán por mayoría de votos. Cada miembro tendrá derecho a un voto por moción. No se permitirán los votos por poder, por correo electrónico ni en ausencia; los miembros tienen que estar presentes para votar. Sección seis. Agendas. Los coordinadores y copresidentes del BAC determinarán los temas de la agenda para juntas ordinarias y otras reuniones plenarias. Las agendas de juntas ordinarias y otras reuniones plenarias se publicarán en un lugar accesible al público y en el sitio web del BAC con al menos 72 horas de antelación. Sección siete. Minutas. Se escribirán minutas para todas las juntas ordinarias y demás reuniones plenarias. Se pueden registrar las minutas de las juntas de los subcomités y otras reuniones a indicación de los copresidentes. Las minutas son un registro de los puntos destacados de las juntas y no pretenden ser documentos detallados de las mismas. Las minutas deberán incluir como mínimo: la asistencia de miembros, personal y visitantes; la hora a la que comenzó y terminó la junta; el resultado de cualquier voto u otra acción; y un breve resumen de los procedimientos de las juntas. El BAC aprobará y publicará en su sitio web las minutas de juntas ordinarias y otras reuniones plenarias. Artículo IV: Membresía Sección uno. Criterios de la membresía. La membresía del BAC deberá hacer lo posible por reflejar la diversidad geográfica, étnica, económica y de sexo del distrito. Además, la membresía del BAC se esforzará por representar una amplia gama de intereses, tener conocimiento de la historia particular del AISD y contar con suficiente conocimiento de los temas a tratar para resolver los asuntos que normalmente trata el BAC. La membresía del BAC consistirá de los siguientes como mínimo, pero se podrá agregar a miembros adicionales a discreción del director general de Finanzas: 1. Quince miembros, que deben incluir miembros de la comunidad y padres de familia o tutores legales de estudiantes actuales del AISD, y pueden incluir hasta cinco empleados del distrito. 2. Los coordinadores del BAC servirán como miembros ex officio. 3. El director general de Enseñanza y Aprendizaje, o su designado, servirá como miembro ex officio. Página 3
4 Sección dos. Selección. El director general de Finanzas será responsable de seleccionar individuos para que sirvan en el BAC, en base a las solicitudes recibidas por el coordinador de los organismos consultivos del distrito, así como recomendaciones de planteles, el Consejo Consultivo del Distrito y otras fuentes apropiadas. Los previos miembros principales del grupo de trabajo sobre el uso de instalaciones y las zonas de asistencia serán invitados a seguir sirviendo al distrito en el BAC. Sección tres. Periodo de servicio. El plazo de servicio en un puesto del BAC será de dos años, comenzando cada término en agosto. Los miembros nombrados después de agosto servirán el resto del periodo. Los miembros pueden servir múltiples periodos. Sección cuatro. Conflicto de intereses. Ninguna persona será nominada ni tendrá un puesto en el BAC si tiene un interés económico directo en las recomendaciones del BAC y en las decisiones tomadas por la Mesa Directiva. En la medida de lo posible, hay que evitar incluso un aparente conflicto de interés. Un solo asunto en la agenda no causará la cancelación de la membresía de una persona; sin embargo, dicha persona no participará en las decisiones ni votará respecto a ese asunto. Sección cinco. Ventaja indebida. Los miembros del BAC no usarán su puesto para obtener o tratar de obtener una ventaja indebida para sí mismos u otra persona. No cumplir con este requisito podría dar lugar a la terminación de la membresía por parte del director general de Finanzas y los copresidentes. (Por ejemplo, se consideraría una ventaja indebida si una persona usara su membresía en el BAC para influenciar el establecimiento de límites de una zona en una ubicación específica de manera que le beneficie a él mismo o a alguien que esté tratando de ayudar; sin embargo, no se consideraría una ventaja indebida si una persona anota que es miembro del BAC en su currículum). Sección seis. Conducta. El distrito acoge la libertad de expresión y debate. Sin embargo, los miembros del BAC deben demostrar, en juntas y en cualquier otro momento, cortesía y respeto hacia los otros miembros, padres de familia, tutores legales y estudiantes del distrito, miembros del personal, y de la Mesa Directiva del distrito y miembros de otros comités consultivos del distrito. En las juntas, antes de que los miembros puedan hablar, los copresidentes deben darles la palabra, y por lo tanto deben respetar el orden que mantienen los copresidentes. A menos que lo autorice el BAC, los miembros no deben hablar en nombre del BAC; y a menos que lo autorice la administración, los miembros no deben hablar en nombre del distrito. Los comentarios o actos de los miembros no deberán dar una imagen negativa del BAC. No cumplir con este código de conducta podría dar lugar a reprimendas y destitución por parte del director general de Finanzas y los copresidentes. Artículo V: Copresidentes Sección uno. Selección. Para el primer año de operaciones, los copresidentes del BAC serán nombrados por el director general de Operaciones. Después del primer año de operación, el BAC elegirá dos copresidentes. Los copresidentes no serán empleados del distrito. Sección dos. Periodo de servicio. Cada copresidente servirá por un periodo de un año. Los copresidentes pueden servir múltiples periodos. Las elecciones de los copresidentes se llevarán a cabo por lo general en agosto. Sección tres. Responsabilidades. Las responsabilidades de los copresidentes del BAC incluirán: 1. Preparar las agendas con los coordinadores del BAC para las juntas ordinarias del BAC y otras juntas comunitarias pertinentes Página 4
5 2. Presidir en todas las juntas ordinarias y otras reuniones plenarias. Los copresidentes pueden delegar a un miembro la responsabilidad de tomar el tiempo. 3. Garantizar que se sigan los procedimientos parlamentarios normalmente aceptados 4. Representar al BAC y firmar todas las cartas, informes y otras comunicaciones en nombre del BAC 5. Encargarse de otras responsabilidades según lo indique el superintendente Artículo VI: Sitio web Sección uno. Contenido. Los coordinadores del BAC y el personal apropiado trabajarán con el coordinador de los organismos consultivos del distrito y el administrador del sitio web del distrito para proporcionar la siguiente información a través del sitio web del BAC: Los horarios correspondientes a las juntas ordinarias y otras reuniones plenarias Las agendas correspondientes a las juntas ordinarias y otras reuniones plenarias Las minutas aprobadas de las juntas ordinarias y otras reuniones plenarias Los miembros actuales Información general Los estatutos Información de contacto Recursos (informes, recomendaciones, hojas de datos, enlaces, etc.) Sección dos. Mantenimiento. Los coordinadores del BAC y el personal apropiado trabajarán con el administrador del sitio web del distrito para administrar el sitio web del BAC y mantenerlo al día. Artículo VII: Personal de apoyo Sección uno. Coordinadores del BAC. El director general de Finanzas, el director ejecutivo de instalaciones y el director de servicios de planificación servirán como coordinadores del BAC. Sección dos. Enlaces a nivel ejecutivo. El director general de Finanzas actuará como enlace a nivel ejecutivo para informar directamente al superintendente y al gabinete ejecutivo sobre los asuntos del BAC. Sección tres. Personal de apoyo. El director ejecutivo de instalaciones se asegurará de que el personal apropiado ofrezca apoyo continuo al BAC. Las responsabilidades del personal de apoyo serán, entre otras: 1. Garantizar que se hagan los arreglos adecuados para encontrar los lugares y el soporte técnico para las juntas ordinarias y demás reuniones 2. Dar a los miembros y al personal adecuado agendas y material informativo con suficiente anticipación a las juntas ordinarias y otras reuniones 3. Servir de custodio de la documentación del BAC 4. Elaborar las minutas de las juntas ordinarias y de otras reuniones plenarias 5. Garantizar que las agendas y las minutas aprobadas de las juntas ordinarias y de otras reuniones plenarias se publiquen a su debido tiempo Página 5
6 6. Servir de punto de contacto e información para los accionistas y transmitirle cualquier información pertinente al BAC 7. Garantizar que los nuevos miembros reciban la orientación adecuada para servir en el BAC 8. Informar a los copresidentes acerca de cualquier problema de asistencia 9. Consultar con el coordinador de los organismos consultivos del distrito cuando sea necesario 10. Informar a los copresidentes y al asesor legal general sobre posibles conflictos de interés y ventajas indebidas de los miembros Página 6
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