CERTIFICACIÓN, GESTIÓN DE CAMBIOS Y NOTIFICACIÓN DE ORGANIZACIONES DE FORMACIÓN ATS
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- Vanesa Silva Ruiz
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1 NO RESTRINGIDO GUÍA CERTIFICACIÓN, GESTIÓN DE CAMBIOS Y NOTIFICACIÓN DE ORGANIZACIONES DE 1/9
2 EDICIÓN Fecha de EDICIÓN Fecha de APLICABILIDAD REGISTRO DE EDICIONES MOTIVO DE LA EDICIÓN/REVISIÓN DEL DOCUMENTO /12/ /01/2016 Se edita nuevo /09/ /09/2017 Revisión completa del documento. UNIDAD Director de Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea Coordinador de Seguridad de Navegación Aérea Jefe División de Supervisión de Formación ATS y Licencias División de Supervisión de Formación ATS y Licencias Organizaciones de Formación LISTA DE DESTINATARIOS UNIDAD FORMATOS 2/9
3 CÓDIGO del FORMATO TÍTULO Edición FATS 15 PES 108 F01 SOLICITUD DE CERTIFICADO DE ORGANIZACIÓN DE FORMACIÓN * FATS 15 PES 108 F02 TABLAS DE EVIDENCIAS DOCUMENTALES * FATS 15 PES 108 F03 DOCUMENTO MAESTRO DE LA CERTIFICACIÓN * FATS 15 PES 108 F09 SOLICITUD DE APROBACIÓN DE INICIO DE CURSO DE FORMACIÓN INICIAL ATC * FATS 15 PES 108 F29 PROCEDIMIENTO GESTIÓN DE CAMBIOS * * Se aplica la Última Edición en vigor. Índice de Contenidos 0. DOCUMENTOS DE REFERENCIA /9
4 1. INTRODUCCIÓN OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN CERTIFICACIÓN DE ORGANIZACIONES DE FORMACIÓN DE CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO ATC SOLICITUD TABLAS DE EVIDENCIAS DOCUMENTALES de certificación conforme al Reglamento UE 2015/ MEDIOS ACEPTABLES DE CUMPLIMIENTO DOCUMENTO MAESTRO DE LA CERTIFICACIÓN GESTIÓN DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN DE CURSOS LISTA DE ACRÓNIMOS /9
5 0. DOCUMENTOS DE REFERENCIA REFERENCIAS GENERALES CÓDIGO TIPO DOCUMENTO TÍTULO Edición REGLAMENTO (CE) Nº 216/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de febrero de 2008 sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad Aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) no 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE. Reglamento (UE) 2015/340 de la Comisión, de 20 de febrero de 2015, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo en virtud del Reglamento (CE) 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 923/2012 de la Comisión y se deroga el Reglamento (UE) no 805/2011 de la Comisión. Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo. Orden FOM/1841/2010, de 5 de julio, por la que se desarrollan los requisitos para la certificación de los proveedores civiles de formación de controladores de tránsito aéreo. Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS). Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. * Se aplica la Última Edición en vigor. 5/9
6 1. INTRODUCCIÓN La normativa vigente establece requisitos para que las Autoridades Competentes supervisen la formación del personal que presta Servicios de Control de Tránsito Aéreo y de los Servicios de Información de Vuelo de Aeródromo (AFIS). En concreto, para la supervisión de la formación ATC es el Reglamento (UE) 2015/340 el que recoge estos requisitos en el ANEXO II PARTE ATCO.AR REQUISITOS PARA LAS AUTORIDADES COMPETENTES. En cuanto a la formación AFIS, no existe referencia específica dentro del ámbito de la normativa EASA, por lo que se atiende a lo especificado en Real Decreto 1133/2010 de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS). 2. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN El objeto del presente documento es proporcionar a las organizaciones de formación material guía para: La certificación como organizaciones de formación ATS. La gestión de cambios de las organizaciones de formación ATC, de acuerdo al Reglamento (UE) 2015/340 en sus apartados ATCO.OR.B.015 y ATCO.AR.E.010. La notificación de inicio de cursos. Esta Guía aplica a todas las Organizaciones de Formación que soliciten ser certificadas por AESA. 3. CERTIFICACIÓN DE ORGANIZACIONES DE FORMACIÓN DE CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO ATC En las solicitudes de certificación deberán tenerse en cuenta los procedimientos generales establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo establecido en el presente documento para dar cumplimiento al REGLAMENTO (UE) 2015/340 DE LA COMISIÓN de 20 de febrero de 2015 por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo. 3.1 SOLICITUD La solicitud de un certificado de organización de formación deberá cumplir lo establecido en ATCO.OR.B.001, y presentarse según el modelo publicado en la página web de la Agencia junto con los correspondientes documentos solicitados: - FATS 15 PES 108 F01 SOLICITUD DE CERTIFICADO DE ORGANIZACIÓN DE FORMACIÓN. 3.2 TABLAS DE EVIDENCIAS DOCUMENTALES DE CERTIFICACIÓN CONFORME AL REGLAMENTO UE 2015/340 Junto a la solicitud, uno de los documentos que se requiere presentar es la Tabla de Evidencias Documentales. Tabla que consiste en un repaso de los requisitos aplicables del Reglamento 2015/340 para que la organización que solicita la certificación indique qué mecanismos ha dispuesto para cumplir 6/9
7 con los requisitos aplicables (políticas, procesos, procedimientos, etc). En la página web está publicado el documento a presentar: - FATS 15 PES 108 F02 TABLAS DE EVIDENCIAS DOCUMENTALES En el caso de las organizaciones de formación de unidad ATC, el proceso general suele consistir en la certificación, y la posterior designación (en su caso). Por ello, se pueden distinguir dos tipos de tablas documentales: TABLA DOCUMENTACIÓN GENÉRICA. Es la documentación elaborada como medio de cumplimiento durante el proceso de certificación, y es por tanto la base general del certificado aplicable a todas las dependencias ATS en las que se imparte formación de unidad y continua, o a todos los centros de enseñanza en los que se impartirá la formación inicial. Debe estar completamente rellena para todos los requisitos normativos. TABLAS DOCUMENTACIÓN FORMACIÓN UNIDAD Y CONTINUA EN [dependencia] Es la documentación que complementando a la genérica, se elabora específicamente para una dependencia de control de tránsito aéreo en la que se va a desarrollar la formación de unidad y continúa. La organización de formación podrá elegir entre tener una tabla genérica y otra por cada unidad ATC, o bien tener toda la documentación integrada en una única tabla. 3.3 MEDIOS ACEPTABLES DE CUMPLIMIENTO. El solicitante podrá remitirse para cumplimentar las evidencias de cumplimiento, y en consecuencia las tablas anteriormente descritas, a los medios aceptables de cumplimiento publicados por EASA y, en su caso, a los medios aceptables de cumplimiento alternativos y material guía publicados por AESA que estarán disponibles estos últimos en el sitio web: en DOCUMENTO MAESTRO DE LA CERTIFICACIÓN Durante el proceso de certificación, la Tabla de Evidencias Documentales irá modificándose junto con los correspondientes documentos, hasta la versión final con la que se emite el certificado dando lugar así al DOCUMENTO MAESTRO DE LA CERTIFICACIÓN cuyo formato similar al de las Tablas Documentales está publicado en la página web de AESA: - FATS 15 PES 108 F03 DOCUMENTO MAESTRO DE LA CERTIFICACIÓN. Este Documento Maestro se corresponde con lo establecido en el material guía de EASA: AMC1 ATCO.OR.C.001(e) Management system of training organisations Training organisations should demonstrate that the management system: (d) includes a master record index that lists all the policies, processes and procedures; Como se ha indicado anteriormente, la organización de formación podrá elegir entre tener una tabla genérica y otra por cada unidad ATC, o bien tener toda la documentación integrada en una única tabla. El Documento Maestro será un documento formalizado (firmado), codificado y con hoja de control de cambios, todo ello de acuerdo al sistema de gestión documental establecido por la organización de formación en el marco de su Sistema de Gestión, de forma que entre una versión y la siguiente se puedan trazar los documentos nuevos, los que desaparecen, y los que cambian. 7/9
8 La modificación de los documentos que conforman el Documento Maestro, deberá realizarse conforme al procedimiento de gestión de cambios en la organización aprobado por AESA, que exige la notificación de todos los cambios (ATCO.OR.B.015). El Documento Maestro deberá actualizarse al menos una vez al año, o en periodos inferiores cuando los cambios significativos así lo requieran (por ejemplo modificaciones en el certificado) y remitirse a AESA junto con los correspondientes documentos que en él se incluyen. Se La organización de formación debe tener especial cuidado en controlar que los documentos que requieren aprobación previa no son difundidos internamente hasta que AESA emita la correspondiente aprobación. Para ello, deberá disponer de procedimientos adecuados de acuerdo a su sistema de gestión documental establecido en el marco de su Sistema de Gestión. 4. GESTIÓN DE CAMBIOS En base al Reglamento 2015/340, (ATCO.OR.B.015 y ATCO.AR.E.010), es necesario acordar con la organización de formación los cambios que requieren aprobación previa. Para ello, hay publicado en la página web un Formato recomendado de Procedimiento de Gestión de Cambios. FATS 15 PES 108 F29 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE CAMBIOS. 5. PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN DE CURSOS El apartado ATCO.AR.A.010, (13) establece como una de las tareas de la autoridad establecer los mecanismos de notificación adecuados. Igualmente, tanto en ATCO.AR.E.010 como en ATCO.OR.B.015 se establece como la autoridad debe acordar los mecanismos de cambios en la organización y la notificación. En base a ello, se ha generado y publicado en la página web de AESA el siguiente procedimiento. NOTIFICACIÓN A AESA DEL INICIO DE CURSOS DE FORMACIÓN DE CONTROLADORES DE TRÁNSITO Y OPERADORES AFIS (código FATS 16 PES 109). 8/9
9 6. LISTA DE ACRÓNIMOS ACRÓNIMO DESCRIPCIÓN EASA AESA AFIS ATC AltMoC Agencia Europea de Seguridad Aérea Agencia Estatal de Seguridad Aérea Servicio de Información de Vuelo de Aeródromo Control de tránsito Aéreo Alternative Means of Compliance 9/9
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