EXENCIONES CONCEDIDAS CON RESPECTO A LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS (CÓDIGO IMDG)

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "EXENCIONES CONCEDIDAS CON RESPECTO A LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS (CÓDIGO IMDG)"

Transcripción

1 ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: Facsímil: OMI S Ref.: T3/1.01 DSC/Circ enero 2005 EXENCIONES CONCEDIDAS CON RESPECTO A LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS (CÓDIGO IMDG) Comunicación recibida del Gobierno de Francia 1 En su 77º periodo de sesiones (28 de mayo a 6 de junio de 2003), el Comité de Seguridad Marítima acordó que la interpretación unificada que figura en el anexo de la circular MSC/Circ.1075 proporcionaba orientaciones adecuadas para las autoridades competentes que actúen de conformidad con lo dispuesto en el capítulo 7.9 del Código IMDG cuando concedan exenciones que no estén expresamente contempladas en virtud de las aprobaciones, los permisos, los certificados y demás autorizaciones ya establecidas en las disposiciones del mencionado capítulo. 2 Se ha recibido una comunicación del Gobierno de Francia con respecto a las exenciones autorizadas en virtud de lo dispuesto en el párrafo 1 de la parte A de la circular MSC/Circ De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3.1 de la parte A de la circular MSC/Circ.1075, se distribuye la comunicación anteriormente mencionada a los Gobiernos Contratantes del Convenio SOLAS a título informativo y para que adopten las medidas oportunas, según proceda.

2 DSC/Circ Traducción Carta fechada el 12 de enero de 2005 dirigida al Secretario General, remitida por el Director de Asuntos Marítimos y de la Gente de Mar del Ministerio de Francia para el Transporte y el Mar; acompaña a la circular DSC/Circ.31 Asunto: Exención concedida en el marco de la circular MSC/Circ.1075 Excelentísimo señor: Tengo el honor de adjuntar una copia de la exención anteriormente mencionada concedida por Francia. Le ruego que tenga a bien señalar dicha exención a la atención de los Gobiernos Contratantes del Convenio SOLAS de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3.1 de la circular MSC/Circ Aprovecho la oportunidad para reiterarle el testimonio de mi más alta consideración. [Firmado] Michel AYMERIC Director de Asuntos Marítimos y de la Gente de Mar Cc: Sr. Gasc; archivo Contacto: Olga Pestel-Lefèvre; correo electrónico: olga.lefevre@equipement.gouv.fr

3 - 3 - DSC/Circ.31 El Ministerio de Obras Públicas, Transportes, Urbanismo, Turismo y el Mar, París, 12 de enero de 2005 APROBACIÓN ESPECIAL DE LA AUTORIDAD COMPETENTE Nº F-02/2005/2984/AS/SEP (tres páginas) El Ministro, Teniendo en cuenta el Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (SOLAS 74), enmendado, publicado por el decreto modificado Nº del 14 de mayo de 1980, Teniendo en cuenta el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (MARPOL 73/78) modificado, y especialmente su Anexo III publicado por los decretos Nº y Nº del 10 de abril de 1997 y del 31 de mayo de 1997, respectivamente, Teniendo en cuenta la Enmienda en vigor del Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG), en particular las disposiciones sobre segregación aplicables al Nº ONU 1479 (sólido comburente, n.e.p.) que figuran en la columna 16 de la lista de mercancías peligrosas del capítulo 3.2, Teniendo en cuenta la ley Nº del 5 de julio de 1983, modificada, que trata de la seguridad de la vida humana en el mar, el alojamiento a bordo y la prevención de la contaminación, Teniendo en cuenta el decreto Nº del 30 de agosto de 1984, modificado, que trata de la seguridad de la vida humana en el mar, el alojamiento a bordo y la prevención de la contaminación, Teniendo en cuenta la decisión adoptada el 23 de noviembre de 1987, modificada, sobre la seguridad de los buques, y especialmente la sección 411 del reglamento relativo a la seguridad de los buques y el párrafo 2 de su artículo , Teniendo en cuenta la resolución MSC.157(78) (Enmienda 32-04) adoptada por el Comité de Seguridad Marítima de la OMI, Teniendo en cuenta la parte A de la circular MSC/Circ.1075 relativa a la concesión de exenciones con respecto a las disposiciones del Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG), Teniendo en cuenta la decisión adoptada por la Comisión para el transporte marítimo de mercancías peligrosas en su reunión del 23 de noviembre de 2004 (punto 9)

4 DSC/Circ Teniendo en cuenta la petición formulada por la sociedad L'OREAL con fecha del 9 de abril de 2004, Considerando que la Enmienda del Código IMDG estipula que las mercancías correspondientes al N ONU 1479 deberán separarse de los peróxidos, Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo del Código IMDG, el peróxido de hidrógeno en solución acuosa con no menos de un 8% pero menos de un 20% de peróxido de hidrógeno, que figura en el Código con el N ONU 2984, no forma parte del grupo de segregación de los peróxidos, Considerando, por consiguiente, que la Enmienda del Código IMDG permite la estiba de mercancías clasificadas bajo los N s ONU 1479 y 2984 en el mismo embalaje/envase exterior, a condición de que estas sustancias no reaccionen de manera peligrosa entre sí y no provoquen combustión y/o desprendimiento de calor considerable, desprendimiento de gases inflamables, tóxicos o asfixiantes, la formación de sustancias corrosivas o la formación de sustancias inestables, Considerando que la Comisión para el transporte marítimo de mercancías peligrosas ha dado su visto bueno a la posibilidad de utilizar la Enmienda a partir del 1 de enero de 2005, Considerando, sin embargo, que el decreto en el que se estipula esta posibilidad todavía no se ha publicado en el Journal officiel (Boletín oficial), si bien ya ha sido firmado por el ministro responsable de la marina mercante, Considerando que, mientras tanto, se puede expedir una aprobación especial para permitir a la parte solicitante beneficiarse de las disposiciones estipuladas en la Enmienda 32-04, Considerando asimismo que esta aprobación también puede ser requerida por ciertas autoridades en 2005, dado que la Enmienda no será de obligado cumplimiento hasta el 1 de enero de 2006, DECIDE: A propuesta del Director de Asuntos Marítimos y de la Gente de Mar, Artículo 1 - Se autoriza a la sociedad L'OREAL a transportar por vía marítima en un mismo embalaje (envase exterior y, por consiguiente, en la misma unidad de transporte, mercancías clasificadas bajo el Nº ONU 1479 y peróxidos de hidrógeno en solución acuosa con no menos de un 8% pero menos de un 20% de peróxido de hidrógeno clasificados bajo el Nº ONU 2984, a condición de que estas mercancías no reaccionen de manera peligrosa entre sí y no provoquen:.1 combustión y/o desprendimiento de calor considerable;.2 desprendimiento de gases inflamables, tóxicos o asfixiantes;..3 la formación de sustancias corrosivas;.4 la formación de sustancias inestables.

5 - 5 - DSC/Circ.31 Artículo 2 - Se observarán todas las demás prescripciones que figuran en el Código marítimo internacional de mercancías peligrosas, así como las demás disposiciones del decreto del 23 de noviembre de 1987, modificado. Artículo 3 - Toda expedición efectuada en las condiciones mencionadas en la presente aprobación irá acompañada de una copia de la misma, a fin de presentarla siempre que se solicite. Asimismo, todos los buques que transporten mercancías peligrosas en las condiciones estipuladas en la presente aprobación deberán conservar a bordo una copia de la exención. Artículo 4 - La presente aprobación es válida hasta el 31 de diciembre de 2005, inclusive. Todo incumplimiento de las disposiciones de la misma podrá dar lugar a su revocación. Artículo 5 - Antes de toda expedición, la sociedad L'OREAL notificará al respecto a las otras autoridades competentes interesadas. La aceptación de la presente aprobación se dejará a discreción de dichas autoridades. Artículo 6 - El número de la presente aprobación se indicará en la casilla oportuna del documento del transporte de mercancías peligrosas. Todo suceso o accidente que se produzca durante el transporte de dichas mercancías será notificado al Ministère de l'equipement, des Transports, de l'aménagement du Territoire, du Tourisme et de la Mer (Ministerio de Obras Públicas, Transportes, Urbanismo, Turismo y el Mar, Oficina para la reglamentación y el control de la seguridad del buque). Artículo 7 - Se podrán interponer recursos con respecto a la presente decisión administrativa ante la jurisdicción administrativa competente durante un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación a la sociedad International Safety Products Ltd. Para el Ministro y en nombre del Director de Asuntos Marítimos y de la Gente de Mar (firmado) Michel AYMERIC

Informe por los Estados sobre recepción de carga SNP sujetas a contribución de conformidad con

Informe por los Estados sobre recepción de carga SNP sujetas a contribución de conformidad con 4 Albert Embankment London SE1 7SR Tel +44(0)20 7735 7611 Fax +44(0)20 7587 3210 Informe por los Estados sobre recepción de carga SNP sujetas a contribución de conformidad con el artículo 20 del Protocolo

Más detalles

Capítulo 1.3 Capacitación

Capítulo 1.3 Capacitación Capítulo 1.3 Capacitación 1.3.0 Nota de introducción La correcta aplicación de las reglas relativas al de mercancías peligrosas y la consecución de los objetivos que se persiguen con dichas reglas dependen

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 191 Sábado 10 de agosto de 2013 Sec. I. Pág. 58635 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 8877 Enmiendas de 2010 al Código Marítimo Internacional de Mercancías

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 20 Martes 24 de enero de 2017 Sec. I. Pág. 5884 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 721 Enmiendas de 2015 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 293 Jueves 6 de diciembre de 2012 Sec. I. Pág. 83913 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 14852 Enmiendas de 2011 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al

Más detalles

ANEXO 11. RESOLUCIÓN MEPC.265(68) (Adoptada el 15 de mayo de 2015)

ANEXO 11. RESOLUCIÓN MEPC.265(68) (Adoptada el 15 de mayo de 2015) Anexo 11, página 1 ANEXO 11 RESOLUCIÓN MEPC.265(68) (Adoptada el 15 de mayo de 2015) ENMIENDAS AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 60 Jueves 10 de marzo de 2016 Sec. I. Pág. 18857 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 2402 Enmiendas de 2014 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio

Más detalles

ANEXO 14. RESOLUCIÓN MEPC.202(62) Adoptada el 15 de julio de 2011

ANEXO 14. RESOLUCIÓN MEPC.202(62) Adoptada el 15 de julio de 2011 Anexo 14, página 1 ANEXO 14 RESOLUCIÓN MEPC.202(62) Adoptada el 15 de julio de 2011 ENMIENDAS AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1997 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 276 Lunes 15 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág. 95231 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 17458 Enmiendas de 2008 al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda

Más detalles

Convenio MARPOL Edición refundida de 2011

Convenio MARPOL Edición refundida de 2011 Convenio MARPOL Edición refundida de 2011 Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques Suplemento Septiembre 2015 Desde la publicación de la Edición refundida de 2011 del Convenio

Más detalles

Circular nº noviembre A: Todos los Miembros de la OMI Partes en el Convenio MARPOL que no son Miembros de la OMI

Circular nº noviembre A: Todos los Miembros de la OMI Partes en el Convenio MARPOL que no son Miembros de la OMI S 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: +44(0)20 7735 7611 Facsímil: +44(0)20 7587 3210 A: Todos los Miembros de la OMI Partes en el Convenio MARPOL que no son Miembros de la OMI Circular nº 3691

Más detalles

IMPLANTACIÓN EFICAZ DEL CAPÍTULO XI-2 DEL CONVENIO SOLAS Y DEL CÓDIGO PBIP

IMPLANTACIÓN EFICAZ DEL CAPÍTULO XI-2 DEL CONVENIO SOLAS Y DEL CÓDIGO PBIP ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: 0207 735 7611 Facsímil: 0207 587 3210 OMI S Ref.: T2-MSS/2.11.1 MSC.1/Circ.1194 30 mayo 2006 IMPLANTACIÓN EFICAZ DEL CAPÍTULO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 45 Miércoles 22 de febrero de 2017 Sec. I. Pág. 11538 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 1792 Enmiendas de 2014 al Código Internacional para la construcción

Más detalles

DIRECTRICES SOBRE LA FORMACIÓN Y LA FAMILIARIZACIÓN CON LOS ASPECTOS DE PROTECCIÓN DEL PERSONAL DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS

DIRECTRICES SOBRE LA FORMACIÓN Y LA FAMILIARIZACIÓN CON LOS ASPECTOS DE PROTECCIÓN DEL PERSONAL DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS S 4 ALBERT EMBANKMENT LONDON SE1 7SR Teléfono: +44 (0)20 7735 7611 Facsímil: +44 (0)20 7587 3210 Ref. T2-MSS/2.11.1 MSC.1/Circ.1341 27 mayo 2010 DIRECTRICES SOBRE LA FORMACIÓN Y LA FAMILIARIZACIÓN CON

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO Núm. 250 Sábado 15 de octubre de 2016 Sec. III. Pág. 73092 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE FOMENTO 9510 Resolución de 21 de septiembre de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, sobre

Más detalles

ANEXO 3. RESOLUCIÓN MEPC.278(70) (Adoptada el 28 de octubre de 2016)

ANEXO 3. RESOLUCIÓN MEPC.278(70) (Adoptada el 28 de octubre de 2016) Anexo 3, página 1 ANEXO 3 RESOLUCIÓN MEPC.278(70) (Adoptada el 28 de octubre de 2016) ENMIENDAS AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1997 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR

Más detalles

ANEXO 12. RESOLUCIÓN MEPC.200(62) Adoptada el 15 de julio de 2011

ANEXO 12. RESOLUCIÓN MEPC.200(62) Adoptada el 15 de julio de 2011 Anexo 12, página 1 ANEXO 12 RESOLUCIÓN MEPC.200(62) Adoptada el 15 de julio de 2011 ENMIENDAS AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES,

Más detalles

ANEXO 13. RESOLUCIÓN MEPC.156 (55) (adoptada el 13 de octubre de 2006)

ANEXO 13. RESOLUCIÓN MEPC.156 (55) (adoptada el 13 de octubre de 2006) RESOLUCIÓN MEPC.156 (55) (adoptada el 13 de octubre de 2006) ENMIENDAS AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973 (Anexo III revisado

Más detalles

MANEJO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS EN ZONAS PORTUARIAS

MANEJO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS EN ZONAS PORTUARIAS MANEJO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS EN ZONAS PORTUARIAS SISTEMA NACIONAL DE RESPUESTA SUSTANCIAS NOCIVAS Y POTENCIALMENTE PELIGROSAS HIDROCARBUROS SE TRANSPORTAN POR BUQUES MAS DE 50 MILLONES DE TONELADAS

Más detalles

MINISTERIO DE FOMENTO

MINISTERIO DE FOMENTO SECRETARÍA GENERAL TRANSPORTES RESOLUCIÓN 21 SEPTIEMBRE 2016, LA DIRECCIÓN GENERAL LA MARINA MERCANTE, SOBRE EL RECONOCIMIENTO L CURSO PARA CAPITANES, OFICIALES Y MARINEROS LOS BUQUES REGIDOS POR EL CÓDIGO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 106 Miércoles 2 de mayo de 2018 Sec. I. Pág. 47080 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 5933 Enmiendas de 2016 al Anexo del Convenio Internacional para prevenir

Más detalles

ANEXO 3. RESOLUCIÓN MEPC.78(43) aprobada el 1 de julio de 1999

ANEXO 3. RESOLUCIÓN MEPC.78(43) aprobada el 1 de julio de 1999 RESOLUCIÓN MEPC.78(43) aprobada el 1 de julio de 1999 ENMIENDAS AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973 (Enmiendas a las reglas

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE

DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Convenio SOLAS), 1974, Enmendado. Enmiendas al Convenio SOLAS. Para prevenir y evitar los accidentes

Más detalles

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Miércoles 30 de diciembre de 1998 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES NORMA Oficial Mexicana NOM-028-SCT4-1996, Documentación para mercancías peligrosas y transportadas

Más detalles

MEDIDAS PARA INCREMENTAR LA PROTECCIÓN MARÍTIMA

MEDIDAS PARA INCREMENTAR LA PROTECCIÓN MARÍTIMA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: 020 7735 7611 Facsímil: 020 7587 3210 Télex: 23588 IMOLDN G OMI S Ref.: T2-NAVSEC2/11 MSC/Circ.1074 10 junio 2003 MEDIDAS

Más detalles

ANEXO 24. RESOLUCIÓN MSC.212(81) (adoptada el 18 de mayo de 2006)

ANEXO 24. RESOLUCIÓN MSC.212(81) (adoptada el 18 de mayo de 2006) Página 1 RESOLUCIÓN MSC.212(81) (adoptada el 18 de mayo de 2006) ADOPCIÓN DE ENMIENDAS AL CÓDIGO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EL EQUIPO DE BUQUES QUE TRANSPORTEN PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS A GRANEL (CÓDIGO

Más detalles

ANEXO 10. RESOLUCIÓN MSC.264(84) (Adoptada el 16 de mayo de 2008) ESTABLECIMIENTO DEL INTERCAMBIO INTERNACIONAL DE DATOS LRIT CON CARÁCTER PROVISIONAL

ANEXO 10. RESOLUCIÓN MSC.264(84) (Adoptada el 16 de mayo de 2008) ESTABLECIMIENTO DEL INTERCAMBIO INTERNACIONAL DE DATOS LRIT CON CARÁCTER PROVISIONAL ANEXO 10 RESOLUCIÓN MSC.264(84) (Adoptada el 16 de mayo de 2008) ESTABLECIMIENTO DEL INTERCAMBIO INTERNACIONAL DE DATOS LRIT CON CARÁCTER PROVISIONAL EL COMITÉ DE SEGURIDAD MARÍTIMA, RECORDANDO el artículo

Más detalles

Apéndice II Modelo de Certificado IOPP y Suplementos

Apéndice II Modelo de Certificado IOPP y Suplementos Apéndice II Modelo de Certificado IOPP y Suplementos CERTIFICADO INTERNACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS (Nota: El presente certificado irá acompañado de un Registro de datos

Más detalles

ANEXO 2. RESOLUCIÓN MEPC.277(70) (Adoptada el 28 de octubre de 2016)

ANEXO 2. RESOLUCIÓN MEPC.277(70) (Adoptada el 28 de octubre de 2016) MEPC 7018Add.1 Anexo 2, página 1 ANEXO 2 RESOLUCIÓN MEPC.277(70) (Adoptada el 28 de octubre de 2016) ENMIENDAS AL ANEXO DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO

Más detalles

Convenio MARPOL Edición refundida de 2011

Convenio MARPOL Edición refundida de 2011 Convenio MARPOL Edición refundida de 2011 Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques Suplemento Diciembre 2016 En su 68º periodo de sesiones, el Comité de protección del medio

Más detalles

A N E X O A (D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº /1408 FECHA: 19.OCT.2009 )

A N E X O A (D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº /1408 FECHA: 19.OCT.2009 ) A N E X O A (D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº 12.600/1408 FECHA: 19.OCT.2009 ) PROGRAMAS DE LOS CURSOS RELACIONADOS CON LOS NIVELES DE FAMILIARIZACIÓN DEL PERSONAL DE TIERRA QUE PARTICIPA EN LA MANIPULACIÓN DE

Más detalles

29 agosto 2003 *** I:\CIRC\MEPC\404.doc ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR

29 agosto 2003 *** I:\CIRC\MEPC\404.doc ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: 020 7735 7611 Facsímil: 020 7587 3210 Télex: 23588 IMOLDN G OMI S Ref.: T5/5.01 MEPC/Circ.404 29 agosto 2003 PROCEDIMIENTO

Más detalles

- Carretera ADR - Gases. Pregunta 1

- Carretera ADR - Gases. Pregunta 1 - Carretera ADR - Gases Pregunta 1 Qué tipo de gas es aquél que disponga del código de clasificación 4A? a) Comprimido y asfixiante. b) Disuelto y asfixiante. c) Licuado y asfixiante d) Aerosoles asfixiantes

Más detalles

EXAMEN Y ADOPCIÓN DE ENMIENDAS A LOS INSTRUMENTOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

EXAMEN Y ADOPCIÓN DE ENMIENDAS A LOS INSTRUMENTOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO S COMITÉ DE SEGURIDAD MARÍTIMA 98º periodo de sesiones Punto 3 del orden del día MSC 98/3 25 enero 2017 Original: INGLÉS EXAMEN Y ADOPCIÓN DE ENMIENDAS A LOS INSTRUMENTOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Enmiendas

Más detalles

Capítulo 1.4 Disposiciones sobre protección

Capítulo 1.4 Disposiciones sobre protección Capítulo 1.4 Disposiciones sobre protección Capítulo 1.4 Disposiciones sobre protección 1.4.0 Alcance 1.4.0.1 Las disposiciones que figuran en el presente capítulo abordan la protección del transporte

Más detalles

T5-MEPC/ mayo 2006 ESTRATEGIA DE LA ORGANIZACIÓN PARA ABORDAR EL FACTOR HUMANO

T5-MEPC/ mayo 2006 ESTRATEGIA DE LA ORGANIZACIÓN PARA ABORDAR EL FACTOR HUMANO ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: 0207 735 7611 Facsímil: 0207 587 3210 OMI S Ref.: T2-HES/4.2 MSC-.7/Circ.4 T5-/1.01 22 mayo 2006 ESTRATEGIA DE LA ORGANIZACIÓN

Más detalles

IX.- Reglamento: el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial; X.- Reglamento Común: el Reglamento común del Arreglo de Madrid relativo al

IX.- Reglamento: el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial; X.- Reglamento Común: el Reglamento común del Arreglo de Madrid relativo al ACUERDO por el que se establecen los lineamientos para la atención de solicitudes, peticiones y promociones presentadas conforme al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional

Más detalles

REGLAMENTACION INTERNACIONAL DEL TRANSPORTE MARITIMO

REGLAMENTACION INTERNACIONAL DEL TRANSPORTE MARITIMO NACIONES ASAMBLEA GENERAL UNIDAS Distr. GENERAL A/CN.9/115 1. marzo 1976 ESPAÑOL ORIGINAL: INGLES COMISION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL Noveno período de sesiones Nueva

Más detalles

DISPOSICIONES SOBRE LA VERIFICACIÓN DE LA MASA BRUTA DE LOS CONTENEDORES (VGM) Dirección General de la Marina Mercante MINISTERIO DE FOMENTO

DISPOSICIONES SOBRE LA VERIFICACIÓN DE LA MASA BRUTA DE LOS CONTENEDORES (VGM) Dirección General de la Marina Mercante MINISTERIO DE FOMENTO DISPOSICIONES SOBRE LA VERIFICACIÓN DE LA MASA BRUTA DE LOS CONTENEDORES (VGM) Dirección General de la Marina Mercante MINISTERIO DE FOMENTO JAVIER VALENCIA ALONSO CAPITÁN MARÍTIMO DE BARCELONA 22 DE JUNIO

Más detalles

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. PROGRAMA Nacional de Normalización 2012. PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. PROGRAMA NACIONAL

Más detalles

Suplemento Diciembre 2016

Suplemento Diciembre 2016 Convenio SOLAS EDICIÓN REFUNDIDA DE 2014 Suplemento Diciembre 2016 Tras la publicación de la edición refundida de 2014 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio

Más detalles

CURSO MODELO OMI 1.10 CARGAS PELIGROSAS, POTENCIALMENTE PELIGROSAS Y PERJUDICIALES

CURSO MODELO OMI 1.10 CARGAS PELIGROSAS, POTENCIALMENTE PELIGROSAS Y PERJUDICIALES CURSO MODELO OMI 1.10 CARGAS PELIGROSAS, POTENCIALMENTE PELIGROSAS Y PERJUDICIALES 1.- FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA: El programa está confeccionado de acuerdo al curso modelo OMI 1.10 y lo dispuesto en el STCW-

Más detalles

RESOLUCIÓN 0901 23/05/2006 DIARIO OFICIAL 46.278

RESOLUCIÓN 0901 23/05/2006 DIARIO OFICIAL 46.278 RESOLUCIÓN 0901 23/05/2006 DIARIO OFICIAL 46.278 por la cual se toman medidas para controlar las importaciones y el uso de las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono listadas en el Grupo II del Anexo

Más detalles

4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: +44(0) Facsímil: +44(0)

4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: +44(0) Facsímil: +44(0) S 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: +44(0)20 7735 7611 Facsímil: +44(0)20 7587 3210 MSC-FAL.1/Circ.2 22 septiembre 2011 CUESTIONARIO SOBRE INFORMACIÓN RELATIVA A LAS PRESCRIPCIONES DE LOS ESTADOS

Más detalles

COMISION ECONOMICA PARA EUROPA CONVENIO ADUANERO RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS AL AMPARO DE LOS CUADERNOS TIR (CONVENIO TIR)

COMISION ECONOMICA PARA EUROPA CONVENIO ADUANERO RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS AL AMPARO DE LOS CUADERNOS TIR (CONVENIO TIR) ECE/TRANS/17/Amend.19/Rev.1 */ COMISION ECONOMICA PARA EUROPA CONVENIO ADUANERO RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS AL AMPARO DE LOS CUADERNOS TIR (CONVENIO TIR) Hecho en Ginebra el 14 de

Más detalles

*Nombre oficial del trámite o servicio. *Nombre ciudadano del. Nombre de la modalidad (si. Transporte de residuos peligrosos

*Nombre oficial del trámite o servicio. *Nombre ciudadano del. Nombre de la modalidad (si. Transporte de residuos peligrosos Sección Campo Homoclave ASEA-00-001-E *mbre oficial del o servicio *mbre ciudadano del Autorización para manejo de residuos peligrosos para actividades del Sector Hidrocarburos. Transporte Autorización

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales BOE núm. 123 Viernes 21 mayo 2004 19163 I. Disposiciones generales CORTES GENERALES 9432 REFORMA del Reglamento del Senado por la que se modifica el artículo 49, apartados 2 y3. Artículo único. Los apartados

Más detalles

NOTA INFORMATIVA

NOTA INFORMATIVA MINISTERIO NOTA INFORMATIVA 20131202 COMUNICADO SOBRE EL NUEVO CERTIFICADO DE ESPECIALIDAD DE FORMACIÓN BÁSICA EN PROTECCIÓN MARÍTIMA. Nota informativa dirigida a Armadores, Navieras, Capitanes, Oficiales

Más detalles

ANEXO 3. RESOLUCIÓN MSC.217(82) (adoptada el 8 de diciembre de 2006) ENMIENDAS AL CÓDIGO INTERNACIONAL DE SISTEMAS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS

ANEXO 3. RESOLUCIÓN MSC.217(82) (adoptada el 8 de diciembre de 2006) ENMIENDAS AL CÓDIGO INTERNACIONAL DE SISTEMAS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS RESOLUCIÓN MSC.217(82) (adoptada el 8 de diciembre de 2006) ENMIENDAS AL CÓDIGO INTERNACIONAL DE SISTEMAS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EL COMITÉ DE SEGURIDAD MARÍTIMA, RECORDANDO el artículo 28 b) del

Más detalles

El límite mundial de contenido de azufre de 2020

El límite mundial de contenido de azufre de 2020 Preguntas Frecuentes El límite mundial de contenido de azufre de 2020 La OMI ha fijado un límite mundial de contenido de azufre en el fueloil utilizado a bordo de los buques de 0,50% masa/masa a partir

Más detalles

Sistema mundial integrado de información marítima (GISIS): Módulo del perfil marítimo del país

Sistema mundial integrado de información marítima (GISIS): Módulo del perfil marítimo del país S 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: +44(0)20 7735 7611 Facsímil: +44(0)20 7587 3210 A: Todos los Estados Miembros de la OMI Circular nº 3407 27 septiembre 2013 Asunto: Sistema mundial integrado

Más detalles

Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) Edición de 2014 (Enmienda incluida) Volumen 1

Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) Edición de 2014 (Enmienda incluida) Volumen 1 Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) Edición de 2014 (Enmienda 37-14 incluida) Corrección Diciembre 2015 Corrección al texto español del Código IMDG (Enmienda 37-14, adoptada

Más detalles

Excelentísimo señor don David Williamson, Secretario general de la Comisión Europea, Rue de la Loi, Bruxelles.

Excelentísimo señor don David Williamson, Secretario general de la Comisión Europea, Rue de la Loi, Bruxelles. APLICACION PROVISIONAL DEL CANJE DE NOTAS, CONSTITUTIVO DE ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA COMISION EUROPEA, RELATIVO A LAS DISPOSICIONES DE DESARROLLO DEL PROTOCOLO DE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES

Más detalles

Convenio sobre el trabajo marítimo, Declaración de Conformidad Laboral Marítima Parte I

Convenio sobre el trabajo marítimo, Declaración de Conformidad Laboral Marítima Parte I Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 Declaración de Conformidad Laboral Marítima Parte I (Nota: la presente Declaración deberá adjuntarse al Certificado de Trabajo Marítimo del buque) Expedida en virtud

Más detalles

Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) Edición de 2016 (Enmienda 38-16) Volumen 1

Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) Edición de 2016 (Enmienda 38-16) Volumen 1 Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) Edición de 2016 (Enmienda 38-16) Corrección Diciembre 2017 Correcciones al texto español del Código IMDG (Enmienda 38-16, adoptada mediante

Más detalles

ASOCIACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ADICOMEX

ASOCIACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ADICOMEX ASOCIACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ADICOMEX RESEÑA HISTÓRICA CONVENIO SOLAS Plenaria NUEVOS DESARROLLOS PORTUARIOS Ernesto Cajiao Gómez Investigador Docente Universidad de San Buenaventura Cali 4 de mayo

Más detalles

ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL DE LAS REUNIONES DE LOS FIDAC, 6 A 9 DE MAYO DE 2014

ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL DE LAS REUNIONES DE LOS FIDAC, 6 A 9 DE MAYO DE 2014 FONDOS INTERNACIONALES DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS DEBIDOS A CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS IOPC/MAY14/AGN 29 de enero de 2014 1 Introducción ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL DE LAS REUNIONES DE LOS FIDAC, 6 A

Más detalles

Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio SOLAS)

Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio SOLAS) Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio SOLAS) Adopción: 1 de noviembre de 1974; entrada en vigor: 25 de mayo de 1980 El Convenio SOLAS en sus versiones sucesivas

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 27.8.2009 COM(2009) 436 final 2009/0120 (CNS) C7-0163/09 Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del

Más detalles

El Manual de Recomendaciones Técnicas para el Transporte de Mercancías Peligrosas de La Organización de las Naciones Unidas,

El Manual de Recomendaciones Técnicas para el Transporte de Mercancías Peligrosas de La Organización de las Naciones Unidas, El Manual de Recomendaciones Técnicas para el Transporte de Mercancías Peligrosas de La Organización de las Naciones Unidas, El Technical Instructions of Dangerous Goods by Air de ICAO y El Dangerous Goods

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE DE CARGAS PELIGROSAS A LA PROVINCIA INSULAR DE GALÁPAGOS Y VICEVERSA (Resolución No. 312/011)

REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE DE CARGAS PELIGROSAS A LA PROVINCIA INSULAR DE GALÁPAGOS Y VICEVERSA (Resolución No. 312/011) REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE DE CARGAS PELIGROSAS A LA PROVINCIA INSULAR DE GALÁPAGOS Y VICEVERSA (Resolución No. 312/011) MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS Considerando: Que, mediante la Resolución

Más detalles

PROGRAMA FORMACIÓN (CURSO INICIAL)

PROGRAMA FORMACIÓN (CURSO INICIAL) A N C E T C P Centro de Estudios Turísticos PROGRAMA FORMACIÓN (CURSO INICIAL) SOBRE EL TRANSPORTE SIN RIESGOS DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR VÍA AÉREA PARA FORMADORES DE TRIPULANTES DE CABINA DE PASAJEROS

Más detalles

Mercancías peligrosas en el transporte multimodal

Mercancías peligrosas en el transporte multimodal Mercancías peligrosas en el transporte multimodal correafj@unican.es Bloque temático 1. Tema 0. El Operador de muelle y terminal Bloque temático 1. Introducción al transporte intermodal de mercancías peligrosas.

Más detalles

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos A/RES/2200 A (XXI), de 16 diciembre de 1966 Los Estados Partes en el siguiente Protocolo, Considerando que para asegurar el

Más detalles

UNO Junio 27 de 2007 Pág. 1 de 6

UNO Junio 27 de 2007 Pág. 1 de 6 5002-082-01 UNO Junio 27 de 2007 Pág. 1 de 6 PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE DISPENSAS PARA EL TRANSPORTE DE CIERTAS MERCANCÍAS PELIGROSAS POR VÍA AÉREA 1. PROPÓSITO Esta Circular Informativa (CI) provee

Más detalles

ARTÍCULO 1 DEFINICIONES

ARTÍCULO 1 DEFINICIONES ACUERDO DE TRANSPORTE MARÍTIMO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE IRÁN (G.O. 38.347 de 30/12/2005) El Gobierno de la República Bolivariana

Más detalles

VICEMINISTERIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE R E S O L U C I O N. En esta fecha se expidió la siguiente Resolución signada con el No.312/011.

VICEMINISTERIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE R E S O L U C I O N. En esta fecha se expidió la siguiente Resolución signada con el No.312/011. Considerando: Que mediante la Resolución Nº. 028/10 del 10 de Diciembre del 2010, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nº. 352 del 30 de Diciembre de 2010, se establecen los requisitos que deben

Más detalles

Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o engañosas en los productos del 14 de abril de 1891

Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o engañosas en los productos del 14 de abril de 1891 Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o engañosas en los productos del 14 de abril de 1891 I. Acta revisada en Washington el 2 de junio de 1911, en la Haya

Más detalles

Líneas de carga. Convenio internacional sobre líneas de carga, 1966, y Protocolo de 1988, enmendado en Edición refundida de 2005

Líneas de carga. Convenio internacional sobre líneas de carga, 1966, y Protocolo de 1988, enmendado en Edición refundida de 2005 Líneas de carga Convenio internacional sobre líneas de carga, 1966, y Protocolo de 1988, enmendado en 2003 Edición refundida de 2005 Segundo suplemento Diciembre 2014 En su 92º periodo de sesiones, el

Más detalles

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 6 de abril de 2017 (OR. en)

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 6 de abril de 2017 (OR. en) Conseil UE Consejo de la Unión Europea Bruselas, 6 de abril de 207 (OR. en) Expediente interinstitucional: 203/0448 (NLE) 7524/7 LIMITE ACTOS LEGISLATIVOS Y OTROS INSTRUMENTOS Asunto: PUBLIC ENV 278 ENER

Más detalles

Interrelación de los reglamentos ADN, ADR y RID Actualización y contenido

Interrelación de los reglamentos ADN, ADR y RID Actualización y contenido Interrelación de los reglamentos ADN, ADR y RID Actualización y contenido (Bogotá, 19 y 20 de mayo de 2014) Rosa García Couto Secretaría del Comité de Expertos en Transporte de mercancías peligrosas y

Más detalles

ANEXO. DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE Nº.../2014 por la que se modifica el Protocolo 4 (normas de origen) del Acuerdo EEE.

ANEXO. DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE Nº.../2014 por la que se modifica el Protocolo 4 (normas de origen) del Acuerdo EEE. COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 11.12.2014 COM(2014) 728 final ANNEX 1 ANEXO DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE Nº.../2014 por la que se modifica el Protocolo 4 (normas de origen) del Acuerdo EEE de la propuesta

Más detalles

4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: +44(0) Facsímil: +44(0)

4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: +44(0) Facsímil: +44(0) S 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: +44(0)20 7735 7611 Facsímil: +44(0)20 7587 3210 Circular nº 3553 24 junio 2015 A: Todos los Estados Miembros y Miembros Asociados de la OMI Gobiernos Contratantes

Más detalles

CAPITULO VI. 6. DISPOSICIONES PARTICULARES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS EN CANTIDADES LIMITADAS.

CAPITULO VI. 6. DISPOSICIONES PARTICULARES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS EN CANTIDADES LIMITADAS. CAPITULO VI. 6. DISPOSICIONES PARTICULARES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS EN CANTIDADES LIMITADAS. 6.1. Las disposiciones de este capítulo se refieren al transporte de mercancías peligrosas,

Más detalles

XV REUNIÓN ORDINARIA DE AUTORIDADES MARÍTIMAS PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DOCUMENTO PRESENTADO POR LA AUTORIDAD MARÌTIMA DE ARGENTINA

XV REUNIÓN ORDINARIA DE AUTORIDADES MARÍTIMAS PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DOCUMENTO PRESENTADO POR LA AUTORIDAD MARÌTIMA DE ARGENTINA RED OPERATIVA DE COOPERACIÓN REGIONAL DE AUTORIDADES MARÍTIMAS DE LAS AMÉRICAS ROCRAM XV BUENOS AIRES ARGENTINA 29 NOV AL 03 DIC 2010 XV REUNIÓN ORDINARIA DE AUTORIDADES MARÍTIMAS PUNTO Nº 6.2 DEL TEMARIO

Más detalles

Resolución A.952(23) Adoptada el 5 de diciembre de 2003 (Punto 17 del orden del día)

Resolución A.952(23) Adoptada el 5 de diciembre de 2003 (Punto 17 del orden del día) Localización: Resolución A.952(23) Título: Signos gráficos para los planos de lucha contra incendios de a bordo Entrada en vigor: 05/12/2003 Materias: Signos gráficos para los planos de lucha contra incendios

Más detalles

OMI- Conferencia ONU, año Se adopta Convención de creación. ROU ratifica mediante D. Ley del

OMI- Conferencia ONU, año Se adopta Convención de creación. ROU ratifica mediante D. Ley del OMI- Conferencia ONU, año 1948. Se adopta Convención de creación. Entra en vigor en 1958. ROU ratifica mediante D. Ley 14.780 del 10.5.78.- Organización OMI. (CPMM, 1973- Comité de Protección del Medio

Más detalles

P147 Protocolo relativo al Convenio sobre la marina mercante (normas mínimas), 1976

P147 Protocolo relativo al Convenio sobre la marina mercante (normas mínimas), 1976 P147 Protocolo relativo al Convenio sobre la marina mercante (normas mínimas), 1976 Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la marina mercante (normas mínimas) (Nota: este protocolo todavía no ha

Más detalles

ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL DE LAS REUNIONES DE LOS FIDAC, DEL 20 AL 23 DE ABRIL DE 2015

ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL DE LAS REUNIONES DE LOS FIDAC, DEL 20 AL 23 DE ABRIL DE 2015 FONDOS INTERNACIONALES DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS DEBIDOS A CONTINACIÓN POR HIDROCARBUROS IOPC/APR15/AGN 23 de enero de 2015 ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL DE LAS REUNIONES DE LOS FIDAC, DEL 20 AL 23 DE ABRIL

Más detalles

DIRECTRICES PARA LA APROBACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ESTABILIDAD

DIRECTRICES PARA LA APROBACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ESTABILIDAD ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 4 ALBERT EMBANKMENT LONDRES SE1 7SR Teléfono: 0207 735 7611 Facsímil: 0207 587 3210 OMI S Ref: T1/2.04 MSC.1/Circ.1229 11 enero 2007 DIRECTRICES PARA LA APROBACIÓN DE

Más detalles

Mercancías peligrosas en el transporte multimodal

Mercancías peligrosas en el transporte multimodal Mercancías peligrosas en el transporte multimodal 1 correafj@unican.es Bloque temático 3. Transporte marítimo de mercancías peligrosas. Estiba y segregación. Bloque temático 3. Mercancías peligrosas en

Más detalles

RESTRICTED ORGANIZACIÓN MUNDIAL G/TMB/N/146 6 de marzo de 1996 ACUERDO SOBRE LOS TEXTILES Y EL VESTIDO

RESTRICTED ORGANIZACIÓN MUNDIAL G/TMB/N/146 6 de marzo de 1996 ACUERDO SOBRE LOS TEXTILES Y EL VESTIDO RESTRICTED ORGANIZACIÓN MUNDIAL G/TMB/N/146 6 de marzo de 1996 DEL COMERCIO (96-0812) Original: inglés ACUERDO SOBRE LOS TEXTILES Y EL VESTIDO Notificación de conformidad con el apartado b) del párrafo

Más detalles

Reglamento del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen. Registro internacional

Reglamento del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen. Registro internacional Reglamento del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional (texto en vigor el 1 de enero de 2012) LISTA DE REGLAS Capítulo 1: Regla 1: Regla 2:

Más detalles

Marco normativo CNDH ARTÍCULO I ARTÍCULO II

Marco normativo CNDH ARTÍCULO I ARTÍCULO II PROTOCOLO QUE MODIFICA EL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES Y NIÑOS, CONCLUIDO EN GINEBRA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1921 Y EL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES MAYORES DE EDAD,

Más detalles

OBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACI0N

OBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACI0N OBJETIVO ESTRATÉGICO: RECONOCIMIENTO Y CERTIFICACIÓN DE EMBARCACIONES DE NUEVA CONSTRUCCIÓN Y EXISTENTES PARA SU MATRICULACIÓN Y ABANDERAMIENTO COMO MEXICANAS GARANTIZAR QUE EL SISTEMA PORTUARIO Y EL TRANSPORTE

Más detalles

DOCUMENTO DE CONSENSO: REQUISITOS EXIGIBLES A LOS PRINCIPIOS ACTIVOS (APIs) DESTINADOS A FORMULACIÓN MAGISTRAL LEGISLACIÓN

DOCUMENTO DE CONSENSO: REQUISITOS EXIGIBLES A LOS PRINCIPIOS ACTIVOS (APIs) DESTINADOS A FORMULACIÓN MAGISTRAL LEGISLACIÓN DOCUMENTO DE CONSENSO: REQUISITOS EXIGIBLES A LOS PRINCIPIOS ACTIVOS (APIs) DESTINADOS A FORMULACIÓN MAGISTRAL LEGISLACIÓN El ámbito de aplicación del presente documento hace referencia exclusivamente

Más detalles

INTERPRETACIÓN UNIFICADA DE LAS DISPOSICIONES DE LOS CONVENIOS DE LA OMI RELATIVOS A LA SEGURIDAD, LA PROTECCIÓN Y EL MEDIO AMBIENTE

INTERPRETACIÓN UNIFICADA DE LAS DISPOSICIONES DE LOS CONVENIOS DE LA OMI RELATIVOS A LA SEGURIDAD, LA PROTECCIÓN Y EL MEDIO AMBIENTE S SUBCOMITÉ DE TRANSPORTE DE CARGAS Y CONTENEDORES 4º periodo de sesiones Punto 7 del orden del día CCC 4/7/4 7 julio 2017 Original: INGLÉS INTERPRETACIÓN UNIFICADA DE LAS DISPOSICIONES DE LOS CONVENIOS

Más detalles

PROTOCOLO PARA LA REPRESION DE ACTOS ILICITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS PLATAFORMAS FIJAS EMPLAZADAS EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL

PROTOCOLO PARA LA REPRESION DE ACTOS ILICITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS PLATAFORMAS FIJAS EMPLAZADAS EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL PROTOCOLO PARA LA REPRESION DE ACTOS ILICITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS PLATAFORMAS FIJAS EMPLAZADAS EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL Los Estados Partes en el presente Protocolo, SIENDO PARTES en el Convenio

Más detalles

Propuesta conjunta de REGLAMENTO DEL CONSEJO

Propuesta conjunta de REGLAMENTO DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA ALTA REPRESENTANTE DE LA UNIÓN EUROPEA PARA ASUNTOS EXTERIORES Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Bruselas, 14.4.2014 JOIN(2014) 16 final 2014/0127 (NLE) Propuesta conjunta de REGLAMENTO DEL CONSEJO

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. REGLAS EN MATERIA DE CERTIFICACIÓN DE ORIGEN DEL ACUERDO DE INTEGRACIÓN COMERCIAL ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero

Más detalles

Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares

Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISOS DE OPERACIONES AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMA La Autoridad Maritima de Panamá a través de la Dirección General de Puertos e Industrias, reglamenta el Ingreso de Personas

Más detalles

5.3.2 Panel naranja Disposiciones generales relativas al panel naranja

5.3.2 Panel naranja Disposiciones generales relativas al panel naranja 5.3.2 Panel naranja 5.3.2.1 Disposiciones generales relativas al panel naranja 5.3.2.1.1 Las unidades de transporte que lleven mercancías peligrosas llevarán, dispuestos en un plano vertical, dos paneles

Más detalles

LA ORGANIZACIÓN MARITIMA INTERNACIONAL BREVE REFERENCIA AL CONVENIO SOLAS JORNADA SOBRE VERIFICACIÓN DEL PESO DE LOS CONTENEDORES FUNCEPT

LA ORGANIZACIÓN MARITIMA INTERNACIONAL BREVE REFERENCIA AL CONVENIO SOLAS JORNADA SOBRE VERIFICACIÓN DEL PESO DE LOS CONTENEDORES FUNCEPT LA ORGANIZACIÓN MARITIMA INTERNACIONAL BREVE REFERENCIA AL CONVENIO SOLAS JORNADA SOBRE VERIFICACIÓN DEL PESO DE LOS CONTENEDORES FUNCEPT Lorenzo Fernández López Dirección General de la Marina Mercante

Más detalles

Prefectura Naval Argentina

Prefectura Naval Argentina Prefectura Naval Argentina -------------------- ORDENANZA Nº 2/04 (DPSN) -------------------- TOMO 2 RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE www.prefecturanaval.gov.ar info@prefecturanaval.gov.ar Buenos Aires,

Más detalles

ADR Tacti-K, Barcelona, 14 de abril de 2005

ADR Tacti-K, Barcelona, 14 de abril de 2005 ADR 2005 Paloma Iribas Forcat Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Jefe del Gabinete de Ordenación y Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas Tacti-K, Barcelona, 14 de abril de 2005 1 La

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 288 Martes 29 de noviembre de 2016 Sec. I. Pág. 83193 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 11250 Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en

Más detalles

CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMATICOS

CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMATICOS CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMATICOS NACIONES UNIDAS 1973 CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO

Más detalles

El 7 de julio de 1995 se aprobó en el

El 7 de julio de 1995 se aprobó en el El Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros, 1995 (STCW-F), de la OMI y su futura aplicación en España ARÁNZAZU MORALA DEL CAMPO*

Más detalles

Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas.

Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas. Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas. Enero del 2014 ANTECEDENTES El 17 de enero del 2014 publicación en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de Vertimientos

Más detalles