GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

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1 Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 16 DE FEBRERO DE 2010 No. 780 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo Acuerdo mediante el cual se aprueban los días inhábiles de la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo correspondientes al periodo vacacional del personal encargado de la misma, del año 2010 y enero del 2011, para efectos de la tramitación de solicitudes de información pública 4 Consejería Jurídica y de Servicios Legales Lineamientos para otorgar el visto bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite, promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente, favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, para el año Lineamientos para otorgar el visto bueno previamente al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite o para el cumplimiento de sentencias definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contenciosoadministrativo, promovidos por la Administración Pública del Distrito Federal o en contra de ésta 11 Delegación Coyoacán Aviso por el que se sustituyen las Reglas de Operación del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social en la Delegación Coyoacán, ejercicio fiscal 2010, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 3 de febrero de CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS Secretaría de Finanzas.- Licitación Pública Nacional Número Convocatoria: Contratación de servicio de limpieza 37 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.- Licitación Pública Nacional Número Convocatoria: Servicio de limpieza de interiores y exteriores 38 Continúa en la Pág. 2

2 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010 Índice Viene de la Pág. 1 Delegación Coyoacán.- Licitación Pública Nacional Número Convocatoria No Contratación de servicios de limpieza 39 Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.- Licitación Pública Nacional Número LPN/CPPPDF/SA/02/ Convocatoria.- Adquisición de Box-Lunch y contratación del servicio de transporte para excursiones 41 Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal.- Licitación Pública Nacional Número RTP/LPN/001/ Convocatoria.- Contratación de un seguro colectivo de vida temporal con participación de utilidades 42 SECCIÓN DE AVISOS Inmobiliaria Nacional Mexicana, S. de R.L. de C.V. 43 Mobo Construcciones, S.A. de C.V. 48 Asesoría y Vigilancia en Seguridad Privada Hermes, S.A. de C.V. 49 Uniformes la Providencia S.A. de C.V. 50 Edictos 51 Aviso 58

3 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3

4 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACION PUBLICA DE LA SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO CORRESPONDIENTES AL PERIODO VACACIONAL DEL PERSONAL ENCARGADO DE LA MISMA, DEL AÑO 2010 Y ENERO DEL 2011, PARA EFECTOS DE LA TRAMITACION DE SOLICITUDES DE INFORMACION PUBLICA. CONSIDERANDO 1. Que la Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo es una dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 15 fracción 18, 17 y 23 ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, correspondiéndole el despacho de las materias relativas al Trabajo, Previsión Social y Protección al empleo, teniendo entre otras funciones las de promover y consolidar acciones de ocupación productiva, formular, fomentar coordinar y ejecutar políticas y programas en materia laboral en el Distrito Federal tendientes a la Protección y mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores así como fomentar el Servicio de Empleo capacitación y adiestramiento. 2. Con fecha 4 de Diciembre del 2009 el Lic. Justo Federico Escobedo Miramontes Director General de Administración y desarrollo de personal de la Oficialía mayor del Distrito Federal, envió circular DGADP/000090/2009 a los C.C. TITULARES DE DEPENDENCIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS ENTIDADES Y ÓRGANOS PILITICO- ADMINISTRATIVO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, en el que comunica que como Titulares responsables, mediante acuerdo se deberá determinar el periodo vacacional del personal encargado de las Oficinas de Información Publica apegándose al Programa de vacaciones escalonadas para el Primero y Segundo Semestre del año 2010, emitido por la Dirección General de Administración, haciéndolo del conocimiento del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y en términos de lo establecido por los artículos 11 y 71 fracción 9 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, publicarlo en la Gaceta Oficial de Distrito Federal. 3. Que en el acuerdo 0046/SO/28-01/2010 por el que se aprueban los días inhábiles del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal correspondientes al año 2010 y Enero del 2011, se establece en su considerando 15: Que durante los días declarados inhábiles para el INFODF, se suspenderán los plazos y términos relacionados con : 15.1 Los servicios brindados por el centro de atención telefónica (TEL-INFODF) La atención a las solicitudes de acceso a la información pública, y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de solicitudes de datos personales que son presentadas y tramitadas en el INFODF La recepción, substanciación, resolución y seguimiento de los recursos de revisión, revocación y denuncias interpuestos ante el INFODF Los demás actos y procedimientos competencia del INFODF. Asimismo se estableció en su Acuerdo Primero que: PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos establecidos en el considerando 15 del presente acuerdo, se aprueban como días inhábiles del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal: 1 de febrero en conmemoración del 5 de febrero; 15 de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 29, 30 y 31 de marzo; 1 y 2 de abril; 5 de mayo; 26, 27, 28, 29 y 30 de julio; 2, 3, 4, 5 y 6 de agosto; 16 de septiembre; 1, 2 de noviembre; 15 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y 24, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre, todos, de dos mil diez, así como 3, 4, 5 y 6 de enero de dos mil once. Que por las anteriores consideraciones he tenido a bien emitir el siguiente:

5 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 A C U E R D O PRIMERO. Para efectos de la tramitación de las solicitudes de información pública dirigidas a esta Dependencia, se considerarán inhábiles los días 29 de marzo al 2 de abril correspondientes a semana santa; 1, 5 y 10 de mayo para madres trabajadoras de base; 26, 27, 28, 29, y 30 de julio así como 2, 3, 4, 5 y 6 de agosto de 2010, correspondientes al primer periodo vacacional; 16 de septiembre; 1, y 2 de noviembre en conmemoración de los días de muertos; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; 24, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2010 así como el 3, 4, 5 y 6 de enero de 2011 correspondientes al segundo periodo vacacional. SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigor en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. A T E N T A M E N T E SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN EL SECRETARIO (Firma) LIC. BENITO MIRÓN LINCE.

6 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010 CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL AÑO 2010 LEÓN JAVIER MARTÍNEZ SÁNCHEZ, Director General de Servicios Legales y Presidente de la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 67, fracción II, y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 5, 7, 14 y 15, fracción XVI, 16, fracciones I y IV, y 35, fracciones I, VII y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, fracción XV, numeral 2, 37, fracciones I, VIII, XV y XVIII, 115, fracciones I, II, VIII y X, y 116, fracciones VI y XI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y el Acuerdo por el que se delega en el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar el Visto Bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el quince de febrero del año dos mil diez; y C O N S I D E R A N D O Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, se deben instrumentar acciones tendentes a simplificar los procedimientos administrativos mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna con las atribuciones correspondientes. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2010, Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán contar con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Que la Comisión de Estudios Jurídicos es un órgano colegiado de la Administración Pública Centralizada del Distrito Federal, debidamente establecida en el artículo 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, con atribuciones para preparar y, en su caso, expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio del Distrito Federal. Que fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Acuerdo por el que se delega en el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar el Visto Bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal. Que para la defensa de los intereses del Distrito Federal, el pago por las conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal y el cumplimiento de las resoluciones judiciales y administrativa dictadas por autoridad competente, es necesario establecer lineamientos que deberán cumplir las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal para solicitar el otorgamiento del Visto Bueno, en la materia de competencia de ésta Unidad Administrativa, he tenido a bien expedir los siguientes:

7 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL AÑO PRIMERO. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán presentar por oficio ante la Dirección General de Servicios Legales, solicitud de visto bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones por laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, a través del formato y su instructivo de llenado que forma parte de los presentes lineamientos (anexo 1) y que podrá ser obtenido a través de la página Web de la Consejería Jurídica y Servicios Legales, en la siguiente dirección electrónica: SEGUNDO. A la solicitud señalada en el punto anterior, se deberá acompañar la documentación que a continuación se precisa: I. Estado Procesal, desde el inicio hasta su conclusión, mencionando los recursos interpuestos en defensa de los intereses de la Administración Pública, de los cuales se desprenda que fueron agotados todos los medios de defensa, hasta llegar al laudo o sentencia definitiva. II. III. IV. Justificación de Conciliación, donde se señale los motivos y las consideraciones legales por los que se propone negociar y el beneficio que representa para la Administración Pública del Distrito Federal, debiendo ser firmado por el titular del área jurídica solicitante. Copia simple de la resolución administrativa relativa al acto impugnado, resolución definitiva o laudo emitido en el juicio, así como de las resoluciones dictadas en los recursos interpuestos; en caso de existir, la resolución incidental de liquidación. Copia simple de la identificación oficial del actor. V. Acreditar con documento expedido por el titular del área administrativa correspondiente, que se cuenta con la suficiencia presupuestal autorizada y comprometida para el ejercicio fiscal 2010, por la cantidad total a cubrir. VI. VII. VIII. IX. Documento Alimentario en caso de existir reinstalación. Plantilla de liquidación, con la cuantificación de los conceptos, cantidades y períodos a cubrir como cumplimiento total de la condena, así como las deducciones y retenciones de ley. Proyecto de convenio, para el cumplimiento de la condena o conciliación, que contenga las partes que lo suscriben, esto es, el actor y el funcionario facultado para celebrar dicho convenio; el antecedente del juicio; las cláusulas correspondientes en las que se especifique la situación laboral del actor; las prestaciones materia de la condena o conciliación que se pagan o se han pagado; indicando el total bruto, las retenciones correspondientes y el líquido a pagar. Constancia de aplicación del cese o sanción, donde deberá estar señalado en forma precisa la fecha de inicio y término de la misma, debiendo firmada por el titular de la Unidad Administrativa que la ejecutó. TERCERO. En caso de considerarse necesario, se citará a las partes a efecto de corroborar las condiciones en que se llevará a cabo el cumplimiento del laudo o sentencia y en su caso el convenio respectivo. CUARTO. La falta de cualquier requisito o presentación de documentos establecidos en el Acuerdo delegatorio y los presentes lineamientos será causa de devolución sin el correspondiente visto bueno, de conformidad con el Punto Quinto del Acuerdo Delegatorio. ANEXO 1.

8 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010

9 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9 INSTRUCTIVO PARA EL USO Y LLENADO DEL FORMATO PARA OBTENER EL VISTO BUENO QUE EMITE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS LEGALES. Es de carácter obligatorio adjuntar la documentación que se establece como requisito en los presentes lineamientos. En caso de omisión, la solicitud se devolverá para subsanar los faltantes. El llenado de la solicitud es responsabilidad exclusiva de la autoridad que lo presenta, así como los documentos que se anexan al formato. I. PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE ESTE APARTADO, LA DEPENDENCIA, ÓRGANO DESCONCENTRADO, DELEGACIÓN O ENTIDAD TOMARÁ COMO BASE LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES: DEPENDENCIA: Enunciar el nombre completo de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o Entidad, que solicita el visto bueno. ÁREA QUE LO REMITE: Enunciar de manera completa, el nombre del área jurídica y/o administrativa que solicita el visto bueno. FECHA DE SOLICITUD A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES: Enunciar el día, mes y año, así como precisar las referencias del oficio que se anexa a la presente solicitud. CLASE DE JUICIO: Se colocan las posibles opciones respecto a la materia de los juicios, que en este caso podrán ser laborales, de nulidad y de amparo. En este cuadro, sólo marcarán con una cruz la opción que corresponda, en el supuesto de que exista otro tipo de juicio, se deberá especificar. EXPEDIENTE: Anotar el número de expediente de la autoridad judicial. SALA O JUZGADO: Precisar la autoridad ante quien se promueve. ACTOR Y/O QUEJOSO: Señalar el nombre completo del actor y/o quejoso. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC) Y CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN (CURP): Se deberán citar y presenta copia de estos documentos para la debida identificación del actor. ACTO O PRESTACIÓN RECLAMADA: Precisar las prestaciones que demandó el actor el actor y/o el acto impugnado, según el actor y/o quejoso. FECHA DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA: Anotar en el espacio la fecha de la resolución administrativa, que motivó el cese o sanción del actor, asimismo, anexar copia del documento que soporte la información. FECHA DE APLICACIÓN DEL CESE, BAJA O SANCIÓN: Anotar la fecha en la que surtió efectos la aplicación del cese, baja o sanción del actor. SANCIÓN APLICADA: Precisar la opción que corresponda al caso concreto. PLAZO DE LA SANCIÓN: precisar días o meses o años, que correspondan al caso concreto; en el caso de que sea otra la opción, deberá especificar el tipo de sanción aplicada, así como aclarar el plazo de la misma. DENOMINACIÓN DEL PUESTO O ADSCRIPCIÓN: Precisar el tipo y la denominación de relación laboral que tenía el trabajador con la dependencia y el área en la que lo desempeñaba, esto con el objeto de tener el conocimiento del estado laboral al momento del cese, sanción o baja. TIPO DE PLAZA: Marcar con una cruz la opción que corresponda al caso concreto, debiendo especificar cuando se elija cualquier otro ajeno a la opciones señaladas en el formato.

10 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010 AUTORIDADES RESPONSABLES: Señalar las denominaciones de las autoridades condenadas u obligadas al cumplimiento, o señaladas como responsables de la emisión del acto. FECHA DE SENTENCIA, LAUDO O RESOLUCIÓN. Precisar fecha de emisión de la resolución, sentencia o laudo, emitido por la autoridad judicial. RECURSOS INTERPUESTOS: Señalar los medios de impugnación interpuestos dentro del proceso judicial. FECHA DE LA SENTENCIA EJECUTORIA O LAUDO FIRME: Precisar la fecha en que causo ejecutoria, la resolución, sentencia o laudo. EFECTOS DE LA SENTENCIA EJECUTORIA O LAUDO FIRME: Este punto versara sobre las consecuencias mismas que producen la resolución, sentencia o el laudo en cuanto a su cumplimiento, dando así opciones a elegir en el presente recuadro. La opción que corresponda deberá ser seleccionada con una cruz, de no coincidir ninguno de los efectos, será necesario especificar la situación que produjo tal efecto. SALARIO DIARIO Y SALARIO MENSUAL: Precisar los montos que percibía el trabajador, a efecto de tener conocimiento de sus percepciones. CUANTIA, IMPORTE BRUTO, IMPORTE NETO: Precisar los montos que justifiquen los importes a pagar, por los cuales se solicita el visto bueno, así mismo acreditar que existe suficiencia presupuestal, autorizada y comprometida, para el ejercicio 2009, con documento emitido por la autoridad administrativa del área correspondiente. Es responsabilidad del área solicitante el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en materia de deducciones y retenciones, en el pago que se realice, para que en los cálculos que realicen se tomen en cuenta tal circunstancia. DOCUMENTOS ANEXOS A LA SOLICITUD DEL VISTO BUENO: Debe anexarse la documentación señalada como requisito en el presente instrumento, la irregularidad o la omisión en la presentación de alguno de ellos, será causa de devolución la autoridad solicitante, para su debida integración. NOMBRE, CARGO, FIRMA Y SELLO DE LA AUTORIDAD QUE REMITE: Precisar claramente los datos. II. ESTE APARTADO ES DE LLENADO EXCLUSIVO PARA LOS INTEGRANTES DE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES Y EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES. T R A N S I T O R I O S PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en el presente Acuerdo. Dado en la Ciudad de México, a los quince días del mes de febrero del año dos mil nueve. EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES (Firma) LEÓN JAVIER MARTÍNEZ SÁNCHEZ.

11 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11 LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIAMENTE AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE O PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES, EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO, PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O EN CONTRA DE ÉSTA LEÓN JAVIER MARTÍNEZ SÁNCHEZ, Director General de Servicios Legales y Presidente de la Mesa de Asuntos Civiles de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 67, fracción II, y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 5, 7, 14 y 15, fracción XVI, 16, fracciones I y IV, 19 y 35, fracciones I, VII, IX y XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, fracción XV, numeral 2, 37, fracciones I, VIII, XV y XVIII y 116, fracciones VI y XI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y los puntos primero, segundo, tercero y cuarto parte final del Acuerdo por el que se establecen los criterios para la protección del patrimonio de la Administración Pública del Distrito Federal en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-administrativo, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Civiles de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de febrero de 2010; y C O N S I D E R A N D O Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, se deben instrumentar acciones tendentes a simplificar los procedimientos administrativos mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna con las atribuciones correspondientes. Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2010, las Dependencias y Órganos Desconcentrados que ejerzan recursos aprobados, y los servidores públicos encargados de la administración de los mismos, serán responsables del manejo y aplicación de éstos; así como que los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones, Entidades y Órganos de Gobierno y Autónomos, y los servidores públicos encargados de la administración de los recursos asignados, sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que se causen por otra causa que les sea imputable, conforme a sus funciones y las disposiciones legales correspondientes. Que fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de febrero del año 2010, el Acuerdo por el que se establecen los criterios para la protección del patrimonio de la Administración Pública del Distrito Federal en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-administrativo, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Civiles de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal. Que para la defensa de los intereses del Distrito Federal, el pago de las conciliaciones de juicios en trámite promovidos por la Administración Pública del Distrito Federal o en contra de ésta y el cumplimiento de sentencias definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-administrativo, es necesario establecer los lineamientos que deberán cumplir las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal para solicitar el otorgamiento del Visto Bueno, en la materia de competencia de ésta Unidad Administrativa, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo Quinto Transitorio del acuerdo por el que se establecen los criterios para la protección del patrimonio de la Administración Pública del Distrito Federal en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso administrativo, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Civiles de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, he tenido a bien expedir los siguientes: LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIAMENTE AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE O PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES, EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO, PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O EN CONTRA DE ÉSTA.

12 12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010 PRIMERO. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán presentar por oficio ante la Dirección General de Servicios Legales, solicitud de visto bueno previamente al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite o para el cumplimiento de sentencias definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-administrativo, promovidos por la Administración Pública del Distrito Federal o en contra de ésta, a través del formato y su instructivo de llenado que forma parte de los presentes lineamientos (anexo 1) y que podrá ser obtenido a través de la página Web de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, en la siguiente dirección electrónica: SEGUNDO. A la solicitud señalada en el punto anterior, se deberá acompañar la documentación que a continuación se precisa: I. Estado Procesal del asunto desde el inicio hasta su conclusión, señalando los recursos interpuestos en defensa de los intereses de la Administración Pública, de los cuales se desprenda que fueron agotados todos los medios de defensa, hasta llegar a la sentencia definitiva. II. III. IV. Justificación de Conciliación, donde se señalen los motivos y las consideraciones legales por los que se propone negociar y el beneficio que representa para la Administración Pública del Distrito Federal. Debiendo ser firmado por el titular del área jurídica solicitante. Copia simple de la resolución definitiva emitida en el juicio, así como de las resoluciones dictadas en los recursos interpuestos; en caso de existir, resolución incidental de liquidación y de la resolución administrativa relativa al acto impugnado. Copia simple de la identificación oficial del actor, del demandado o del tercero perjudicado, de su representante legal o bien la persona moral, según sea el caso. V. Acreditar con documento expedido por el titular del área administrativa correspondiente, que se cuenta con la suficiencia presupuestal autorizada y comprometida para el ejercicio fiscal 2010, por la cantidad total a cubrir. VI. VII. Para el caso de que exista una modalidad en el cumplimiento de la condena o para la conciliación, deberá adjuntarse el proyecto de convenio para dar por concluido el expediente. Cuantificación de los conceptos, cantidades y períodos a cubrir como cumplimiento total de la condena, así como las deducciones y retenciones de ley que procedan; en su caso, los pagos parciales efectuados. TERCERO. En caso de considerarse necesario, se citará a las partes a efecto de corroborar las condiciones en que se llevará a cabo el cumplimiento de la sentencia y en su caso el convenio respectivo. CUARTO. La falta de cualquier requisito o presentación de documentos establecidos en el Acuerdo y los presentes lineamientos será causa de devolución sin el correspondiente visto bueno, de conformidad con el Punto Séptimo del Acuerdo publicado el diecisiete de febrero del año dos mil nueve. ANEXO 1

13 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13

14 14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010 INSTRUCTIVO PARA EL USO Y LLENADO DEL FORMATO PARA OBTENER EL VISTO BUENO QUE EMITE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS LEGALES. Es de carácter obligatorio adjuntar la documentación que se establece como requisito en los presentes lineamientos. En caso de omisión, la solicitud se devolverá para subsanar los faltantes. I.- El llenado de la solicitud es responsabilidad exclusiva de la autoridad que lo presenta, así como los documentos que se anexan al formato. PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE ESTE APARTADO, LA DEPENDENCIA, ÓRGANO DESCONCENTRADO, ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO O ENTIDAD TOMARÁ COMO BASE LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES: DEPENDENCIA: enunciar el nombre completo de la Dependencia, órgano Desconcentrado, Órgano Político - Administrativo o Entidad, que solicita el visto bueno. ÁREA QUE LO REMITE: Enunciar de manera completa, el nombre del área Jurídica y/o administrativa que solicita el visto bueno. FECHA DE SOLICITUD A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES: Enunciar el día, mes y año, así como precisar las referencias del oficio que se anexa a la presente solicitud. CLASE DE JUICIO: Se colocan las posibles opciones respecto a la materia de los juicios, que en este caso podrá ser civil, mercantil, agrario, de nulidad y de amparo indirecto. En este cuadro, sólo marcarán con una cruz la opción que corresponda, en el caso de tratarse de amparo indirecto se deberá especificar la materia y en el supuesto de que exista otro tipo de juicio, se deberá especificar. EXPEDIENTE: Anotar el número de expediente de la autoridad judicial o administrativa. SALA O JUZGADO O TRIBUNAL: Precisar la autoridad ante quien se promueve. ACTOR Y/O DEMANDADO Y/O QUEJOSO Y/O TERCERO PERJUDICADO: Señalar el nombre completo delactor y/o demandado y/o quejoso y/o tercero perjudicado. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), DOMICILIO FISCAL Y CLAVE ÚNICA DEREGISTRO DE POBLACIÓN (CURP): Se deberán citar y presentar copia de estos documentos para la debida identificación del actor y/o demandado y/o quejoso y/o tercero perjudicado. ACTO O PRESTACIÓN RECLAMADA: Precisar el acto administrativo impugnado y/o acto reclamado y/o las prestaciones que se demandaron, según el actor y/o quejoso. NATURALEZA JURÍDICA DEL ACTO O PRESTACIÓN RECLAMADA: Precisar la naturaleza jurídica de la cual deriva el acto o prestación reclamada. FECHA DEL ACTO O PRESTACIÓN RECLAMADA: Anotar en el espacio la fecha del acto o prestación reclamada y en su caso fecha de conocimiento, asimismo, anexar copia del documento que soporte la información. MONTO DEL ACTO O PRESTACIÓN RECLAMADA A LA FECHA DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA: Anotar el monto del acto o prestación reclamada, cantidades determinadas, especificando montos y conceptos. DOCUMENTOS QUE EXHIBE PARA ACREDITAR EL ACTO O PRESTACIONES RECLAMADAS EN LA DEMANDA, CONTESTACIÓN O INFORME JUSTIFICADO: En este cuadro, sólo marcarán con una cruz la opción que corresponda, en el supuesto de que existan otros documentos, se deberá especificar. RECURSOS O INCIDENTES INTERPUESTOS: Señalar los medios de impugnación interpuestos dentro del proceso judicial y/o administrativo.

15 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 FECHA DE SENTENCIA O RESOLUCIÓN. Precisar fecha de emisión de la sentencia o resolución, emitido por la autoridad judicial o administrativa. FECHA DE LA SENTENCIA O RESOLUCIÓN QUE CAUSA EJECUTORIA: Precisar la fecha en que causo ejecutoria, la sentencia o resolución, así como la autoridad jurisdiccional que la emite. EFECTOS DEL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA EJECUTORIA: Este punto versará sobre las consecuencias mismas que producen la resolución o sentencia en cuanto a su cumplimiento, dando así opciones a elegir en el presente recuadro. La opción que corresponda deberá ser seleccionada con una cruz, de no coincidir ninguno de los efectos, será necesario especificar la situación que produjo tal efecto, así como el monto. DOCUMENTOS ANEXOS A LA SOLICITUD DEL VISTO BUENO: Debe anexarse la documentación señalada como requisito en el presente instrumento, la irregularidad o la omisión en la presentación de alguno de ellos, será causa de devolución a la autoridad solicitante, para su debida integración. PARA EL CASO DE CELEBRAR CONVENIO: En este punto se deberán especificar las prestaciones o conceptos que van a quedar cubiertos, así como el monto al que ascienden. NOMBRE, CARGO, FIRMA Y SELLO DE LA AUTORIDAD QUE REMITE: Precisar claramente los datos. II. ESTE APARTADO ES DE LLENADO EXCLUSIVO PARA LOS INTEGRANTES DE LA MESA DE ASUNTOS CIVILES Y EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES. T R A N S I T O R I O S PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en el presente Acuerdo. Dado en la Ciudad de México, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diez. EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES (Firma) LEÓN JAVIER MARTÍNEZ SÁNCHEZ

16 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010 DELEGACIÓN COYOACÁN AVISO POR EL QUE SE SUSTITUYEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL PARA UNIDADES HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL EN LA DELEGACIÓN COYOACÁN, EJERCICIO FISCAL 2010, PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL DÍA 3 DE FEBRERO DE 2010 DELEGACIÓN COYOACÁN AVISO POR EL QUE SE SUSTITUYEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL PARA UNIDADES HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL EN LA DELEGACIÓN COYOACÁN, EJERCICIO FISCAL RAÚL ANTONIO FLORES GARCÍA. JEFE DELEGACIONAL DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN COYOACÁN, con fundamento en los artículos 122, apartado C, BASE TERCERA, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 104, 105, 112, segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 2º, 3º fracción III, 10 fracción XV, 11 párrafo Décimo Quinto, 37, 38 y 39 fracciones XLIII, XLV Y LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 122 fracción V, 122 Bis fracción XV inciso E), 128 fracción VIII; del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 4, 6, 8, 11 fracción I, 25, 26, 27, 28, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 Y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y 501, 501-A, 502, 502-A 502-B y 502-C del Código Financiero del Distrito Federal 2010, se da a conocer las Reglas de Operación del Programa Social de Unidades Habitacionales de Interés Social, Ejercicio Fiscal 2010, a cargo de la Dirección General de Participación Ciudadana y Prevención del Delito de la Delegación Coyoacán, que a continuación se señala: 1. REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL PARA UNIDADES HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL EN LA DELEGACIÓN COYOACÁN, EJERCICIO FISCAL TRANSITORIOS. Primero. Las presentes Reglas de Operación reemplazan a las publicadas el día 3 de febrero de Segundo. La Contraloría Interna en el ámbito de sus facultades vigilará el cumplimiento de las Reglas de Operación del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social en la Delegación Coyoacán, ejercicio fiscal Tercero. Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. México, D.F., a 9 de febrero de (Firma) RAÚL ANTONIO FLORES GARCÍA, Jefe Delegacional del Órgano Político Administrativo en Coyoacán

17 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17 DELEGACIÓN COYOACAN REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL PARA UNIDADES HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL EN LA DELEGACIÓN COYOACÁN, EJERCICIO FISCAL EN EL MARCO DEL CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS UNIDADES HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL EN LA DELEGACIÓN COYOACÁN, FIRMADO ENTRE LA PROCURADURÍA SOCIAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y LA DELEGACIÓN COYOACÁN. Raúl Flores García. Jefe Delegacional del Órgano Político Administrativo en Coyoacán, con fundamento en los artículos 122, apartado C, BASE TERCERA, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 104, 105, 112, segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 2º, 3º fracción III, 10 fracción XV, 11 párrafo Décimo Quinto, 37, 38 y 39 fracciones XLIII, XLV Y LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 122 fracción V, 122 Bis fracción XV inciso E), 128 fracción VIII; del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 4, 6, 8, 11 fracción I, 25, 26, 27, 28, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 Y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y 501, 501-A, 502, 502-A 502-B y 502-C del Código Financiero del Distrito Federal ANTECEDENTES I.- En la Delegación Coyoacán, según datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), existen aproximadamente 49,500 viviendas particulares constituidas bajo el régimen de propiedad en condominio de las cuales poco más del 90% son de interés social y en ellas habitan alrededor de 250 mil habitantes, el 35% de los coyoacanenses. II.- Dichos conjuntos habitacionales, (promovidos y/o construidos por organismos públicos dedicados a la construcción y/o promoción de viviendas, algunos de los cuales fueron construidos hace más de 30 años) sufren un proceso gradual de deterioro, tanto en las zonas de propiedad exclusiva como en las áreas y bienes comunes. Dicho deterioro tiene como una de las causas la nula organización vecinal y la falta de sentido de pertenencia e identidad en estas comunidades. Por otro lado esta situación se ha profundizado como consecuencia de la constante crisis económica que vive el país. III.- La mayoría de los habitantes de estos conjuntos habitacionales sufren cotidianamente de diversos problemas, tales como, la inseguridad, la invasión del espacio público, el deterioro e insuficiente alumbrado público, problemas de arbolado; en general se observa la falta de mantenimiento de la infraestructura en áreas comunes y un notorio desconocimiento de la Ley en materia Condominal. Ante tal situación, y como una necesaria respuesta a las demandas y necesidades ciudadanas de este importante segmento de la población coyoacanense, la presente administración observa la imperiosa necesidad de apoyar a las unidades habitacionales de nuestra demarcación. El Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social en la Delegación Coyoacán tiene como finalidad la realización de trabajos de mantenimiento y mejora física de la infraestructura urbana en áreas comunes de dichas unidades habitacionales. Mediante el ejercicio fiscal 2010, se da cumplimiento a un compromiso y responsabilidad de mi administración con este importante sector de la población. CONSIDERANDOS I.- Que con fecha 6 de septiembre del año 2007, la Procuraduría Social del Distrito Federal y el Órgano Político- Administrativo en la Demarcación Coyoacán, celebraron el Convenio General de Colaboración para la Organización y el Desarrollo Integral de las Unidades Habitacionales de Interés Social de la Delegación Coyoacán, que tiene por objeto la articulación de las distintas acciones y programas con que cuenta tanto la Delegación como la Procuraduría Social con el fin de promover la realización de las obras de mantenimiento y mejora física, así como otras acciones sociales con las que cuenta cada una de las partes, en beneficio de los habitantes de este importante segmento de la sociedad coyoacanense. II.- Que con fecha 21 y 28 de agosto del año 2008 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las Reglas de Operación del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social en la Delegación Coyoacán, Ejercicio Fiscal 2008; Las cuales dan origen a la instrumentación del Programa, el cual se llevó a cabo entre los meses de agosto y diciembre del año pasado logrando un beneficio para 31 mil 380 viviendas en las cuales habitan casi 157 mil coyoacanenses de la zona de los culhuacanes.

18 18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de Febrero de 2010 III.- Que con fecha 30 de enero y 19 de febrero de 2009 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las Reglas de Operación del Programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social en la Delegación Coyoacán, Ejercicio Fiscal 2009; Dicho Programa se amplió a la totalidad del territorio delegacional logrando un beneficio para 46 mil 321 viviendas en las cuales habitan aproximadamente 228 mil habitantes. IV.- Que el citado programa tiene por objeto contribuir a mejorar la calidad de vida, fortalecer la cultura de la legalidad y la transparencia, la convivencia comunitaria, el uso eficiente de los recursos y la corresponsabilidad de los habitantes de las unidades habitacionales de interés social en la Delegación; Lo anterior, a través de la realización de acciones focalizadas tendientes al mantenimiento y mejora física de la infraestructura en áreas comunes generales. Así mismo, profundizar en la promoción de valores democráticos como la legalidad, tolerancia, libertad, igualdad y convivencia bajo un esquema de participación ciudadana. Con base en lo anteriormente expuesto tengo a bien expedir las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL PARA UNIDADES HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL EN LA DELEGACIÓN COYOACÁN, EJERCICIO FISCAL Las dependencias o entidades responsables del Programa. La Dirección General de Participación Ciudadana y Prevención del Delito, es la unidad administrativa responsable de la Coordinación General del Programa, vigilando puntualmente el cumplimiento de la normatividad aplicable durante el desarrollo del Programa, la cual lo instrumentará a través del Área Operativa del Programa. En los aspectos técnicos contará con el apoyo de la Dirección General de Obras, Servicios y Desarrollo Urbano. A. Objetivos. a) Desarrollar obras de mejora y mantenimiento de la infraestructura en las áreas comunes de las Unidades Habitacionales. b) Promover la participación de los residentes de las Unidades Habitacionales a través de la toma colectiva de decisiones, la administración y supervisión ciudadana de los recursos públicos. c) Articular las acciones sociales de los órganos de la Administración Pública del Distrito Federal, a fin de promover la participación ciudadana, el desarrollo social y la seguridad pública en las unidades habitacionales. d) Fortalecer una cultura de corresponsabilidad entre gobierno y sociedad en la solución de problemas comunes. e) Propiciar la recuperación de los espacios públicos deteriorados en la demarcación. f) Contribuir a la formalización de la organización interna de las Unidades Habitacionales B. Metas Físicas. Se tiene programado apoyar a 59 conjuntos o subconjuntos habitacionales, en los que se encuentran 43,950 viviendas y una población estimada de 219 mil 750 habitantes de la Delegación Coyoacán, con base en el listado establecido por la Comisión Técnica Delegacional. Dicho apoyo consiste en otorgar un recurso económico por vivienda para la ejecución de proyectos de mantenimiento y mejora de las áreas comunes de cada Unidad Habitacional en los rubros especificados en las presentes Reglas de Operación. (Anexo I, RELACIÓN DE UNIDADES HABITACIONALES BENEFICIARIAS DEL PROGRAMA SOCIAL DE UNIDADES HABITACIONALES DE LA DELEGACIÓN COYOACÁN, EJERCICIO FISCAL 2010) C. Instancias del programa. Para efectos del Programa se contará con la asesoría de la Comisión Técnica Delegacional, Presidida por el Lic. Raúl Antonio Flores García, Jefe Delegacional en Coyoacán e integrada por los titulares de las siguientes unidades administrativas de la Delegación: Dirección General Jurídica y de Gobierno, Dirección General de Administración, Dirección General de Obras, Servicios y Desarrollo Urbano, Dirección General de Participación Ciudadana y Prevención del Delito, Dirección General de Desarrollo Social, Dirección General de Desarrollo Económico Sustentable, Dirección General de Cultura, Coordinación de Asesores y la Contraloría Interna. Los titulares de estas nombrarán un representante operativo permanente que formará parte del Área Operativa del Programa, mientras que la operación del programa recae en la Coordinación General a través de dicha Área Operativa.

19 16 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 (ANEXO II. Composición y Funciones de las Instancias del Programa.) D. Programación Presupuestal. El monto asignado es de $17,778, (diecisiete millones setecientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta y siete pesos 00/100 M.N.), incluidos en el capítulo 4000 Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias del Clasificador por Objeto de Gasto del Gobierno del Distrito Federal. Del monto total presupuestado para este programa, equivalente a la cantidad de $17,778, (diecisiete millones setecientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta y siete pesos 00/100 M.N), se asignará a cada unidad habitacional, el producto de la operación que resulte de dividir el monto total del presupuesto $17,778, pesos M.N., entre el numero total de viviendas beneficiadas (43,950 viviendas, resultando la cantidad de $ (Cuatrocientos cuatro mil pesos 51/100 M.N.) la cual se multiplicará por la cantidad de viviendas de cada unidad habitacional contemplada en el Anexo I, cumpliendo en todo momento con el criterio de equidad. Dichos recursos se entregarán vía transferencia electrónica a los Comités de Administración, órgano de representación de los vecinos de las Unidades Habitacionales conformados para tal fin, con cargo a la Partida 4105 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal que tiene el carácter de Ayudas del Clasificador por Objeto de Gasto del Gobierno del Distrito Federal; es decir, Asignaciones que otorga la Administración Pública del Distrito Federal a los sectores social y privado, ya sea en forma directa o mediante fondos y fideicomisos. Incluye asignaciones para apoyar a la población, siguiendo el mecanismo establecido en el Capítulo III, artículos 501 A y 502 B del Código Financiero del Distrito Federal E. Asignación de recursos. Los Recursos destinados al programa serán otorgados en función de los siguientes criterios: I) Los recursos del Programa se distribuirán entre las Unidades Habitacionales de la Delegación Coyoacán seleccionadas como beneficiarias de este programa conforme al universo aprobado por la Comisión Técnica Delegacional. II) En los casos de aquellas unidades habitacionales que también estén consideradas en el Programa Ollin Callan, con unidad en movimiento que instrumenta la Procuraduría Social del Distrito Federal, las propuestas de conservación o mantenimiento deberán ser complementarias y sujetarse a las acciones contempladas en el Convenio General de Colaboración para la Organización y el Desarrollo Integral de las Unidades Habitacionales de Interés Social de la Delegación Coyoacán. III) La Delegación otorgará los recursos en calidad de Ayudas a las unidades habitacionales y establecerá las Reglas para su aplicación, para ello se firmará un Convenio de Corresponsabilidad entre los integrantes de los Comités de Administración y de Supervisión, electos en Asamblea vecinal del Programa y la Delegación. El objeto de este convenio es establecer un esquema de corresponsabilidad entre la Delegación Coyoacán y los vecinos de la unidad habitacional en el cual se manifieste expresamente la voluntad de los vecinos de participar en el Programa mediante el cual asuman compromisos que permitan la correcta y transparente aplicación de recursos públicos para las obras seleccionadas en Asamblea Vecinal. F. Conceptos en los que las unidades habitacionales podrán aplicar las Ayudas. I) Arreglo reparación e instalación de luminarias en áreas comunes, como estacionamientos, andadores, plazas y calles internas. II) Recuperación de áreas verdes a través de la realización de podas, talas y clareos*. III) Desazolve de la red de drenaje. IV) Bacheo y balizamiento de calles internas. V) Mejoramiento de la imagen urbana y señalización informativa. * NOTA: En caso de elegir esta opción, se deberá cumplir con lo estipulado en los ordenamientos de la Ley en la materia. G. Requisitos de acceso y procedimiento de instrumentación.

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