PROYECTO COMÚN DE FUSION POR ABSORCION DE GEROKOA E.P.S.V. (EPSV Absorbente) Y CREDIT AGRICOLE MERCAPENSION E.P.S.V.
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- José Gil Benítez
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1 PROYECTO COMÚN DE FUSION POR ABSORCION DE GEROKOA E.P.S.V. (EPSV Absorbente) Y CREDIT AGRICOLE MERCAPENSION E.P.S.V. (EPSV Absorbida) 1
2 1. INTRODUCCION La fusión proyectada es una fusión por absorción de CREDIT AGRICOLE MERCAPENSION ENTIDAD DE PREVISION SOCIAL VOLUNTARIA (en adelante, MERCAPENSION o la EPSV Absorbida ) por GEROKOA ENTIDAD DE PREVISION SOCIAL VOLUNTARIA (en adelante, GEROKOA o la EPSV Absorbente ). En adelante, MERCAPENSION y GEROKOA serán referidas conjuntamente con las EPSVs Participantes. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria (en adelante, Ley 5/2012 ), la fusión proyectada implica la extinción de la EPSV Absorbida y la transmisión de la totalidad de su patrimonio social a la EPSV Absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la EPSV Absorbida. Asimismo, los socios y beneficiarios de la EPSV Absorbida se incorporarán a la EPSV Absorbente. Asimismo, y de conformidad con los artículos 38 y 36 de la Ley 5/2012, la fusión proyectada implicará la disolución sin liquidación de la EPSV Absorbida. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 5/2012, en el Decreto 87/1984, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria (en lo sucesivo, Decreto 87/1984 ), especialmente en sus artículo 53 y 54 y demás normativa concordante, las juntas de gobierno de las EPSVs Participantes (GEROKOA y MERCAPENSION), previa conformidad de sus respectivos socios promotoresprotectores, proceden a formular y suscribir, de forma conjunta, el presente proyecto de fusión por absorción (en lo sucesivo, el Proyecto de Fusión ) en virtud de los acuerdos adoptados por dichos órganos en las reuniones celebradas con fecha 9 de junio de IDENTIFICACION DE LOS REDACTORES Y SUSCRIPTORES DEL PROYECTO Redactan y suscriben el presente Proyecto de Fusión, todos los miembros de las respectivas Juntas de Gobierno de las dos EPSVs Participantes en la misma, según la relación siguiente: Por GEROKOA: Presidente: Bankoa, S.A., representada por D. José María Gastaminza Lasarte Secretario: D. Tomás Ubiria Zubizarreta Vocal: D. Iñaki Urcelay Uranga Por MERCAPENSION: Presidente: D. Alberto Zumárraga Sánchez Vicepresidente: D. Angel María Marcos Robles Secretario: Dª Miren Garbiñe Amuchategui Ortega Vocal: D. Ignacio Uriarte Gorostiaga Vocal: D. Carmelo Bilbao Urrutia Vocal: Dª Sofía Saracibar Ramos 2
3 3. DATOS DE IDENTIFICACION DE LAS ENTIDADES INTERVINIENTES 3.1. GEROKOA EPSV (EPSV Absorbente) GEROKOA es una entidad de previsión social voluntaria de la modalidad individual constituida el día 9 de diciembre de 1988, mediante Acuerdo adoptado por su Socio promotor, Bankoa, S.A. Tiene fijado actualmente su domicilio en Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa), avenida de la Libertad nº5. Así mismo, figura inscrita en el Registro de EPSV de Euskadi, dependiente del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco, bajo el número 92G, así como en el Registro Mercantil de Gipuzkoa al tomo 1645, libro 0, folio 70, hoja SS y tiene asignado el CIF V BANKOA, S.A. (en lo sucesivo, Bankoa ) es el socio promotor de GEROKOA. Bankoa es una sociedad anónima con domicilio en Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa), avenida de la Libertad nº5, CIF A , que se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa al tomo 1.186, folio 1, hoja SS y en el Registro de Entidades del Banco de España con el número CREDIT AGRICOLE MERCAPENSION EPSV (EPSV Absorbida) MERCAPENSION es una entidad de previsión social voluntaria de la modalidad individual constituida el día 7 de agosto de 1990, mediante Acuerdo adoptado por su Socio promotor protector, Mercapatrimonio, S.A., Sociedad Gestora de Cartera. Posteriormente, la Asamblea General Extraordinaria de 27 de mayo de 1996 aprobó la sustitución de Mercapatrimonio, S.A., Sociedad Gestora de Cartera por Caisse Regionale de Crédit Agricole Mutuel Pyrénées Gascogne como socio Protector. Tiene fijado actualmente su domicilio en Bilbao (Bizkaia), calle Gran Vía nº2-5º. Así mismo, figura inscrita en el Registro de EPSV de Euskadi, dependiente del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco, bajo el número 115V, así como en el Registro Mercantil de Bizkaia al tomo BI-358, folio 123, hoja BI-45-C y tiene asignado el CIF V CAISSE REGIONALE DE CRÉDIT AGRICOLE MUTUEL PYRÉNÉES GASCOGNE (en lo sucesivo, CAMPG), socio protector de MERCAPENSION, es una sociedad cooperativa de crédito con domicilio en Tarbes (Francia) 11 Boulevard du Président Kennedy, número Siret DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO 4.1. DESCRIPCION DE LA OPERACION Como se ha indicado anteriormente, la fusión proyectada consiste en la absorción de MERCAPENSION, como EPSV Absorbida, por parte de GEROKOA, como EPSV Absorbente. 3
4 Como consecuencia de la fusión se producirá la extinción sin liquidación de la EPSV Absorbida (MERCAPENSION), así como la transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio a la EPSV Absorbente (GEROKOA), adquiriendo esta última, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones correspondientes a la EPSV Absorbida. MERCAPENSION es una entidad de previsión social voluntaria que integra en la actualidad dos planes de previsión individuales con un patrimonio de 8,45 millones de euros y 171 socios al GEROKOA es una entidad de previsión social voluntaria que integra en la actualidad siete planes de previsión individuales que en total suman socios con un patrimonio de 134,58 millones de euros al DESCRIPCION DETALLADA DEL PROYECTO 5.1. SITUACION ACTUAL En MERCAPENSION (EPSV Absorbida) están integrados actualmente dos planes de previsión individuales no garantizados. Los dos planes individuales no garantizados son los siguientes: - Crédit Agricole Mercapensión Renta Fija Mixta - Crédit Agricole Mercapensión Renta Variable En GEROKOA (EPSV Absorbente) están integrados actualmente siete planes de previsión individuales, de los cuales dos son garantizados y cinco no. Los dos planes individuales garantizados son los siguientes: - Gerokoa Interés Garantizado - Gerokoa Garantizado 10 Los cinco planes individuales no garantizados son los siguientes: - Gerokoa RF Corto Plazo - Gerokoa Crecimiento - Gerokoa Patrimonio - Gerokoa Bolsa - Gerokoa Objetivo SITUACION RESULTANTE En la situación final resultante de la fusión proyectada, en GEROKOA (EPSV Absorbente) quedarán integrados siete planes de previsión individuales, de los cuales dos serán garantizados y cinco no (pudiendo variar en función de los vencimientos o nuevas creaciones de planes que se produzcan en el futuro). Los dos planes individuales garantizados serán los siguientes: - Gerokoa Interés Garantizado - Gerokoa Garantizado 10 Los cinco planes individuales no garantizados serán los siguientes: - Gerokoa RF Corto Plazo 4
5 - Gerokoa Crecimiento - Gerokoa Patrimonio (absorberá a Crédit Agricole Mercapensión Renta Fija Mixta) - Gerokoa Bolsa (absorberá a Crédit Agricole Mercapensión Renta Variable) - Gerokoa Objetivo IDENTIFICACION Y CARACTERISTICAS DE LOS PLANES DE PREVISION SOCIAL A FUSIONAR Las características de los planes de previsión social que se fusionarán por absorción son las siguientes: a) Plan de Previsión Individual Crédit Agricole Mercapensión Renta Fija Mixta (Absorbido). Se integrará en GEROKOA y se fusionará con el Plan de Previsión Gerokoa Patrimonio (Absorbente). Se trata de planes de previsión individual de aportación definida y con vocación de renta fija mixta. La Declaración de Principios de Inversión de ambos planes es muy similar, con una exposición máxima a renta variable en ambos casos del 30%. La fusión proyectada consiste en la transmisión en bloque al plan Absorbente de la totalidad de los socios y beneficiarios así como los activos afectos al plan de previsión Absorbido, adquiriendo el Absorbente, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones correspondientes al plan de previsión Absorbido. Por su parte, los socios y beneficiarios del plan de previsión Crédit Agricole Mercapensión Renta Fija Mixta que se traspasen al plan de previsión Gerokoa Patrimonio se regirán por el Reglamento correspondiente a este último, y sus gastos de administración pasarán a ser del 1,60% anual sobre el patrimonio. Al 31 de diciembre de 2014 las magnitudes de ambos planes son las siguientes: Plan de Previsión Gerokoa Patrimonio: socios y 12 beneficiarios con unos derechos económicos (Provisiones Técnicas) de ,72 euros. Plan de Previsión Crédit Agricole Mercapensión Renta Fija Mixta: 156 socios y 1 beneficiario con unos derechos económicos (Provisiones Técnicas) de ,06 euros. Como resultado de la fusión el Plan de Previsión Gerokoa Patrimonio sumará, con los datos al , socios (existen 3 socios comunes) y 13 beneficiarios y unos derechos económicos (Provisiones Técnicas) de ,78 euros. b) Plan de Previsión Individual Crédit Agricole Mercapensión Renta Variable (Absorbido). Se integrará en GEROKOA y se fusionará con Plan de Previsión Gerokoa Bolsa (Absorbente). Se trata de planes de previsión individual de aportación definida y con vocación de renta variable. La Declaración de Principios de Inversión de ambos planes es muy similar, con una exposición a renta variable superior al 75% en ambos casos. La fusión proyectada consiste en la transmisión en bloque al plan Absorbente de la totalidad de los socios y beneficiarios así como los activos afectos al plan de previsión Absorbido, adquiriendo el Absorbente, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones correspondientes al plan de previsión Absorbido. Por su parte, los socios y beneficiarios del plan de previsión Crédit 5
6 Agricole Mercapensión Renta Variable que se traspasen al plan de previsión Gerokoa Bolsa se regirán por el Reglamento correspondiente a este último, y sus gastos de administración serán del 2,00% anual sobre el patrimonio. Al 31 de diciembre de 2014 las magnitudes de ambos planes son las siguientes: Plan de Previsión Gerokoa Bolsa: 691 socios y 0 beneficiarios con unos derechos económicos (Provisiones Técnicas) de ,64 euros. Plan de Previsión Crédit Agricole Mercapensión Renta Variable: 37 socios y 1 beneficiario con unos derechos económicos (Provisiones Técnicas) de ,80 euros. Como resultado de la fusión el Plan de Previsión Gerokoa Patrimonio sumará, con los datos al , 728 socios y 1 beneficiario y unos derechos económicos (Provisiones Técnicas) de ,44 euros CRITERIOS ADOPTADOS PARA LA VALORACIÓN DEL PATRIMONIO PARA CALCULAR LA ECUACIÓN DE CANJE Los planes involucrados en la fusión valoran su patrimonio conforme a los principios contables y normas de valoración recogidos en la normativa aplicable a las EPSV MÉTODO DE CÁLCULO DE LA ECUACIÓN DE CANJE La ecuación de canje será el resultado del cociente entre el valor de la parte alícuota del plan absorbido y el valor de la parte alícuota del plan absorbente. La ecuación de canje definitiva se determinará con los valores de las respectivas partes alícuotas al cierre del día anterior al de la fecha de eficacia de la fusión, prevista para el día 9 de octubre de 2015 conforme a lo señalado en el apartado 15. Dicha ecuación garantizará que cada socio de los planes de previsión fusionados reciba un número de partes alícuotas del plan absorbente de forma que el valor de sus derechos económicos en la fecha de eficacia de la fusión no sufra alteración alguna, ya que el patrimonio del plan resultante de la fusión es la suma exacta de los patrimonios de los planes antes de la fusión. 6. SINTESIS DE LAS RAZONES QUE LLEVAN A LAS JUNTAS DE GOBIERNO DE LAS EPSVs PARTICIPANTES A LA FORMULACION DEL PRESENTE PROYECTO 6.1. ANTECEDENTES Las dos Entidades de Previsión, absorbente y absorbida, están promovidas por entidades del mismo Grupo económico. CAISSE REGIONALE DE CRÉDIT AGRICOLE MUTUEL PYRENÉES GASCOGNE ( CAMPG ), socio protector de MERCAPENSION, es una sociedad cooperativa de crédito que pertenece al Grupo financiero y asegurador francés Crédit Agricole. Concretamente, se trata de una de las 39 Cajas Regionales integradas en el Grupo, cuya zona de actuación es limítrofe con el territorio de nuestra Comunidad Autónoma. 6
7 MERCAPENSION tiene un tamaño reducido, carece de personal propio y su gestión se encuentra encomendada a MERCAGENTES, S.A., SOCIEDAD DE VALORES (en adelante, MERCAGENTES ), participada al 100% por CAMPG. GEROKOA es una EPSV que con el paso de los años ha ido adquiriendo un volumen muy superior al de la absorbida, como consecuencia de la comercialización llevada a cabo entre sus clientes por su socio Promotor. BANKOA, socio promotor de GEROKOA, se encuentra también participada por CAMPG en un 94,804%. Esta última Entidad socio protector de la absorbida y accionista de control del socio promotor de la absorbente- ha acordado recientemente iniciar un proceso de integración de todos los negocios que mantiene bajo su control a este lado de la frontera, en el que se inscribe la fusión que desarrolla el presente Proyecto JUSTIFICACION La decisión de llevar a cabo la fusión proyectada persigue los siguientes objetivos: - Simplificación de la administración y gestión de los patrimonios de dichas EPSVs Participantes, al unificar en una única entidad, GEROKOA, todas las actividades que con la organización actual tienen que llevarse de forma separada e individual. - Homogeneización de la oferta de productos de previsión social ofrecidos por las EPSVs Participantes. - Aprovechamiento de las sinergias derivadas de la racionalización de los procedimientos de gestión y control administrativos. - Ahorro de costes, aprovechamiento de sinergias y mejoras en eficiencia. 7. INCIDENCIA DEL PROYECTO EN EL REGIMEN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS Y BENEFICIARIOS DE LOS PLANES DE PREVISION INTERVINIENTES Y DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS FRENTE A TERCEROS El presente proyecto no comportará una alteración sustancial del régimen de derechos y obligaciones de los socios y beneficiarios de las EPSVs Participantes en la medida en que: Los planes de previsión individuales Crédit Agricole Mercapensión Renta Fija Mixta y Crédit Agricole Mercapensión Renta Variable serán absorbidos por Gerokoa Patrimonio y Gerokoa Bolsa, respectivamente, manteniendo estos planes (los absorbentes) sus reglamentos y sus DPIs (Declaración de Principios de Inversión) sin cambios. Los reglamentos de los planes absorbentes y absorbidos no difieren sustancialmente entre sí y tampoco en lo relativo a los derechos y obligaciones de los socios. la información histórica relativa a cada plan individual y a cada socio individual de MERCAPENSION se traspasará a GEROKOA. Los socios de la EPSV Absorbida que causen baja antes de la inscripción registral tendrán los derechos que para el caso de baja voluntaria se establecen en los estatutos de dicha EPSV, no perdiendo por razón de este cambio los derechos que tuvieran establecidos en dichos supuestos. Asimismo, los cambios proyectados no comportarán una alteración de las obligaciones contraídas frente a terceros dado que, como consecuencia de los mismos, la EPSV Absorbente (GEROKOA) adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones correspondientes a los planes de previsión individual de la EPSV Absorbida (MERCAPENSION) que se movilizan a GEROKOA. 7
8 8. COMPOSICION, REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO Y FACULTADES ATRIBUIDAS A LAS PERSONAS U ORGANOS QUE SE DESIGNEN PARA LA COORDINACION DEL PROCESO Las personas designadas para coordinar el proceso de fusión serán: Por parte de GEROKOA, los miembros de la Junta de Gobierno José María Gastaminza Lasarte y Tomás Ubiria Zubizarreta. Por parte de MERCAPENSION, los miembros de la Junta de Gobierno Alberto Zumarraga Sánchez y Miren Garbiñe Amuchategui Ortega. Las cuatro personas designadas quedarán tan ampliamente facultadas como se precise para llevar a cabo y ejecutar cuantas actuaciones se requieran a lo largo del proceso de fusión, y para representar a las entidades participantes ante los socios y ante cualquier tercero, incluido el Departamento del Gobierno Vasco competente para la autorización de la fusión y su inscripción en el Registro de Entidades de Previsión Social de Euskadi. 9. BALANCES DE FUSION Los balances que han de servir como referencia del presente proyecto y serán sometidos a la aprobación de las asambleas generales de GEROKOA y MERCAPENSION serán los balances anuales de dichas EPSVs Participantes, cerrados a 31 de diciembre de Los citados balances han sido sometidos a la verificación de los auditores de las EPSVs Participantes. Los balances de las EPSVs Participantes cerrados a 31 de diciembre de 2014 serán puestos a disposición de los socios y beneficiarios de cada una de las EPSVs Participantes al tiempo de la convocatoria de las asambleas generales de las EPSVs que hayan de deliberar y adoptar, en su caso, los correspondientes acuerdos. 10. EFECTOS CONTABLES DE LA FUSION Las actuaciones correspondientes a la EPSV Absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la EPSV Absorbente, a los exclusivos efectos contables, desde el 9 de octubre de ADOPCION DE LOS ACUERDOS DE FUSION POR LAS ASAMBLEAS GENERALES DE LAS EPSVs INTERVINIENTES La fusión proyectada habrá de ser necesariamente aprobada por las asambleas generales de cada una de las EPSVs participantes, ajustándose estrictamente al contenido del presente proyecto, con los requisitos y formalidades establecidos en la normativa aplicable y en los estatutos de cada una de las EPSVs que se fusionan. 12. PUESTA A DISPOSICION DE INFORMACION A FAVOR DE SOCIOS Y BENEFICIARIOS Al tiempo de la convocatoria de las asambleas generales de GEROKOA y MERCAPENSION que hayan de decidir sobre el presente proyecto, se pondrá a disposición de los socios y beneficiarios la siguiente información: 8
9 Copia del proyecto de fusión. Informes redactados por los administradores de cada una de las EPSVs Participantes sobre la conveniencia y efectos de la fusión que se proyecta. Copia de las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2012, 2013 y 2014 junto con los correspondientes informes de gestión y de los auditores de cuentas de las EPSVs Participantes. Copia de los estatutos vigentes de las EPSVs Participantes. Copia de los reglamentos y declaración de principios de inversión de los planes de previsión absorbentes y absorbidos. La relación de nombres, apellidos y domicilio de los administradores de las EPSVs Participantes, fecha desde la que desempeñan sus cargos y, en su caso, las mismas indicaciones de quienes vayan a ser propuestos administradores como consecuencia de la fusión. A fin de garantizar adecuadamente el derecho de información de todos los socios y beneficiarios de las EPSVs Participantes, se les enviará una carta informativa sobre el proyecto, en la que se hará constar de forma expresa la puesta a disposición a favor de socios y beneficiarios de la información señalada en el párrafo anterior, tanto en el domicilio social de las EPSVs Participantes como en las páginas web de BANKOA y MERCAGENTES. Además, se comunicará a los socios de los planes de previsión individuales de MERCAPENSION que la EPSV de destino será GEROKOA y que disponen de un plazo de treinta días, a contar desde la recepción de la carta, para movilizar sus derechos económicos a otra Entidad de Previsión Voluntaria. 13. COMPOSICION DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA EPSV ABSORBENTE TRAS LA OPERACIÓN PROYECTADA La fusión se reflejará también en la composición de la Junta de Gobierno de la EPSV Absorbente (GEROKOA). Está previsto que en la misma reunión de la Asamblea General de la EPSV absorbente en la que se acuerde la fusión se adopte también el acuerdo de ampliar la composición de su Junta de Gobierno, mediante el nombramiento de D. Alberto Zumárraga y de Dª Garbiñe Amuchategui, actuales miembros de la Junta de Gobierno de la EPSV absorbida, con lo que también en este Órgano de Gobierno se materializará la efectiva integración de ambas Entidades. Por otro lado, el Socio Promotor Bankoa, S.A. propondrá a la Asamblea la designación de D. Javier Hoyos Oyarzábal, agotando con ello la capacidad de proponer el nombramiento de la mitad de los miembros de la Junta de Gobierno que le atribuye el artículo 27 de los Estatutos de la Entidad. 14. ESTATUTOS DE LA EPSV ABSORBENTE La EPSV Absorbente (GEROKOA) cambiará su denominación por la de CRÉDIT AGRICOLE GEROKOA, EPSV, con la que se resalta la pertenencia de su Socio Promotor al Grupo Crédit Agricole. Por otro lado, con ocasión de la reunión de la Asamblea General se someterá a aprobación otra modificación estatutaria (artículo 8-Bis) que no guarda ninguna relación con la fusión, sino con la consideración de Beneficiarios en defecto de designación expresa. 9
10 15. AUTORIZACION ADMINISTRATIVA Y FECHA DE EFICACIA DE LA FUSION Con arreglo a los dispuesto en la normativa específicamente aplicable, la efectividad de los acuerdos de fusión a adoptar por las asambleas generales de las EPSVs Participantes estará sujeta a la preceptiva autorización administrativa por parte del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco, u órgano administrativo competente y a su consecuente inscripción en el Registro de EPSVs de Euskadi. En todo caso, se propondrá al Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco que la fusión proyectada sea inscrita en el Registro de EPSVs de Euskadi y adquiera plena eficacia desde el 9 de octubre de Sin perjuicio de lo anterior, la eficacia de la integración proyectada estará condicionada a que los órganos de gobierno de las EPSVs Participantes adopten los acuerdos necesarios para la formalización de dichas operaciones. 16. OTROS ASPECTOS REGIMEN FISCAL La presente operación de fusión de las EPSVs Participantes, regulada en el artículo 36 de la Ley 5/2012, se acogerá al Régimen Fiscal Especial previsto en el Capítulo VII del Título VI (artículos 101 a 114) de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Bizkaia, por el que se regula el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, cesiones globales de activo y pasivo y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un estado miembro a otro de la Unión Europea y, en los mismos términos, en el Capítulo VII del Título VI (artículos 101 a 114) de la Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa. El acogimiento a dicho Régimen Fiscal Especial será comunicado a las autoridades competentes en la forma y plazo establecidos en el artículo 43 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado por el Decreto Foral 203/2013, de 23 de diciembre, así como en el artículo 43 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa, aprobado por el Decreto Foral 45/1997, de 10 de junio POSIBLES CONSECUENCIAS DE LA FUSION SOBRE EL EMPLEO La fusión proyectada no comporta consecuencias sobre el empleo, en la medida en que las EPSVs Participantes no tienen trabajadores contratados IMPACTO DE GENERO E INCIDENCIA DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA EPSV ABSORBENTE La fusión no tendrá impacto de género ni afectará a la responsabilidad social empresarial de la EPSV Absorbente. 10
11 16.4. PRESENTACION E INSCRIPCION EN EL REGISTRO MERCANTIL Si se precisara, se presentarán para su inscripción los acuerdos y documentos susceptibles de ser registrados en los Registros Mercantiles donde cada una de las EPSVs Participantes tiene su domicilio (Bizkaia y Gipuzkoa). ***** El presente Proyecto ha sido formulado y suscrito, de forma conjunta por las Juntas de Gobierno de las EPSVs Participantes (GEROKOA y MERCAPENSION) con fecha 9 de junio de 2015, en once (11) folios de papel común escritos sólo por su anverso (sin incluir cuadro de firmas) 11
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