Resumen SEGURO PARA EXPLOTACIONES DE CÍTRICOS

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1 Documento de apoyo a la contratación, elaborado por el área de Seguros Agrarios. NO TIENE VALOR CONTRACTUAL. En caso de error u omisión, siempre prevalecerá la información incluida en las Condiciones Generales, Condiciones Especiales o incluso la norma de suscripción. Línea 301. Explotaciones de Cítricos. Resumen SEGURO PARA EPLOTACIONES DE CÍTRICOS NOVEDADES IMPORTANTES PLAN 2017 Fechas de final de garantías de la variedades de MANDARINA: Mioro o Capola: final de garantía elegible - 31/10 y 30/11. Clemensoon: final de garantía del 31/10. Se modifica el final de garantías elegibles en LIMA: - 30/09 y 31/10. Inclusión de NUEVAS VARIEDADES asegurables: MANDARINA: Gold Nugget: final de garantía elegible, 28/02 y 31/03 Orogrós: fin de garantías 31/10 Sando: fin de garantías para tratadas: 28/02, Castellón y Tarragona; 31/01, resto ámbito. No. 31/01 para todo el ámbito. Owari: final de garantías elegible, 31/10, 30/11 y 31/12 NARANJA: M7: fin de garantías 31/12. Revisión de la Zonificación del riesgo de Helada: VALENCIA: Polígonos 8 y 9 en TM de Villamarchante: de zona V, pasan a zona II. CASTELLÓN: Nules: Pasan los polígonos 10 y 11 de zona III a Zona II y los polígonos 27 y 28 de zona III a Zona IV. Precios asignados a las nuevas variedades en producción convencional para fresco: Naranja: M7 0,35 /kg Mandarina: Gold Nugget 0,45 /kg; Orogrós 0,45 /kg, Sando 0.45 /kg y Owari, 0,20 /kg. Incremento de precios máximos: Naranja: Navelina, Newhall, Navel Fukumoto y Naves de Foyos de 0,16 a 0,19 /kg. Mandarina: Nules, Esball, Orogrande, Tomatera y Otras mandarinas de recolección anterior a Clementard de 0,23 a 0,26 /kg / Hernandina y Otras mandarinas de recolección posterior a Clementard de 0,34 a 0,37 /kg / Orri de 0,70 a 0,80 /kg. Nota: En producción ecológica, también se han asignado precios en variedades nuevas, así como incremento de los precios en las anteriores variedades de naranja y mandarina. 1

2 Entidades Asociativas: Tendrán derecho a extensión de garantías, las parcelas de la misma variedad aseguradas en el año anterior por la Entidad Asociativa y son aseguradas en la presente por el socio. No se aplicará el período de carencia en parcelas aseguradas el año anterior por la Entidad Asociativa y son aseguradas en la presente por el socio. Pago de la Prima: Fraccionamiento de Pago: Para este Plan el coste a cargo del tomador será igual o superior a 1.000, el año pasado era de BIENES ASEGURABLES. OBJETO DEL SEGURO. CULTIVOS NARANJA MANDARINA LIMÓN POMELO LIMA Son asegurables en cualquiera de los módulos todas las explotaciones citrícolas correspondientes cuyos cultivos se indican en el cuadro. Se tienen que asegurar todos los cultivos en una única póliza. Excepcionalmente, en explotaciones con parcelas situadas en distintas comarcas, se podrán contratar en más de una declaración (máximo una por comarca) siempre y cuando cada una de ellas tenga un valor de producción asegurado mayor de en el seguro principal y se contraten en módulos distintos. 2. PERIODOS DE SUSCRIPCIÓN INICIO DE CONTRATACIÓN FIN DE CONTRATACIÓN ÚLTIMO DIA DE PAGO Principal 01/04/ /09/ /09/2017 Complementario 20/07/ /09/ /09/2017 Periodo de modificación de la declaración de Seguro Principal: Se admitirán altas de nuevas parcelas hasta 30 días después de haber finalizado el plazo de suscripción siempre y cuando dichas parcelas no hayan tenido siniestro por los riesgos cubiertos. Periodo de modificación del Seguro Complementario: En las declaraciones con un capital asegurado en el seguro principal > , se admitirá la declaración del seguro complementario sin incorporar todas las parcelas, y, posteriormente, con la fecha límite del final de suscripción, se permitirá efectuar una modificación incorporando el resto de parcelas. 3. GARANTÍAS. a. GARANTÍA A LA PRODUCCIÓN. Para todas las plantaciones en producción, se cubren los siguientes daños ocasionados en el fruto por los siguientes riesgos cubiertos dependiendo del destino elegido a nivel de parcela: RIESGOS CUBIERTOS FRESCO CALIDAD ESTÁNDAR DAÑOS CUBIERTOS FRESCO CALIDAD ALTA INDUSTRIA Pedrisco Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad Helada (1) Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad y calidad Viento Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad Excepcionales Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad Resto Adver. Climáticas. Cantidad y calidad Cantidad y calidad Cantidad (1) La calidad se valorará según las tablas de las CCEE. 2

3 b. GARANTÍA A LA PLANTACIÓN. Para todas las plantaciones se compensarán las pérdidas que se especifican a continuación ocasionadas por los riesgos cubiertos en la garantía a la producción: Muerte del árbol o pérdida de más del 70% de su estructura de sostén y productiva. En el caso de los plantones además, la pérdida de masa foliar. Pérdida de cosecha del año siguiente, como consecuencia de la muerte por helada en la hoja vieja o por el tronchado por viento de las ramas principales. Tanto la garantía a la producción como la de plantación incluirán en las parcelas que cuenten con instalaciones, la cobertura de los daños e imposibilidad de recolección que pudieran producirse por la caída o derrumbamiento de dichas estructuras a consecuencia de los riesgos cubiertos. c. GARANTÍA A LAS INSTALACIONES. Se cubren los daños ocasionados sobre las instalaciones por los riesgos cubiertos en la garantía a la producción. La cobertura adicional sobre las instalaciones (Estructuras antigranizo, invernaderos, cortavientos, cabezal de riego y red de riego localizado), tiene carácter opcional y adicional a la garantía a la producción. Siempre que se opte por esta cobertura se aseguraran todas las instalaciones del mismo tipo que se posea en la explotación que cumpla con las características mínimas descritas en el ANEO V de las CCEE. 4. PERIODO DE GARANTÍAS. a. INICIO DE GARANTIAS Y PERIODO DE CARENCIA. Se establece un periodo de carencia de seis días complementos contados desde la fecha de entrada en vigor (las 00:00 horas del día siguiente al día del pago de la prima del seguro. No se aplicará periodo de carencia en las declaraciones de seguro de aquellos asegurados que contrataron este seguro la campaña anterior y en las declaraciones de seguro complementario y en el caso de Entidades Asociativas que suscriban por primera vez, no se aplicará la carencia en las parcelas que fueron aseguradas por los socios de la entidad en la campaña anterior y tampoco en el caso de socios que salen de la Entidad Asociativa en las parcelas que fueron aseguradas en la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio. Las garantías se inician con la toma de efecto y nunca antes de las fechas que figuran en la siguiente tabla: GARANTIA RIESGOS INICIO Pedrisco 20 abril Excepcionales Fauna Silvestre Incendio Inundación-Lluvia torrencial Helada 20 abril 1 julio (1) Viento Resto de Adversidades Climáticas 1 agosto (1) Todos los de Toma de efecto Instalaciones Todos los de Toma de efecto 3

4 (1) Para el cultivo del limón, las garantías de helada, viento y resto de adversidades climáticas en la producción, comenzarán en dichas fechas y no antes de que los frutos alcancen un diámetro de 3 cm. Extensión de garantías del riesgo de pedrisco: Para siniestros acaecidos a partir del 20/04 y hasta el 15/06 quedan cubiertos los daños ocasionados por el pedrisco en las producciones de las parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior, siempre y cuando se aseguren a nombre del mismo asegurado en los 20 días siguientes a la ocurrencia del pedrisco con fecha límite 30/06. b. FINAL DE GARANTÍAS para todas las especies. Las garantías finalizaran en la fecha más próxima de las siguientes: En el momento de la recolección. En el momento en que sobrepase la madurez comercial del producto. Cuando sobrepase la fecha límite de garantías especificado para cada uno de los cultivos que se indican en los cuadros adjuntos: POMELO LIMÓN GARANTÍA VARIEDAD ÁMBITO Todas Alicante, Murcia, Valencia Resto ámbito FINAL DE GARANTÍAS Todas Todo 12 meses Instalaciones Todas Todo 12 meses GARANTÍA VARIEDAD ÁMBITO Mesero o fino o Primofiori, Eureka, Lisbón FINAL DE GARANTÍAS Todo Verna, Real, Común, Lunario. Todo Todas Todo 12 meses Instalaciones Todas Todo 12 meses LIMA GARANTÍA VARIEDAD ÁMBITO FINAL DE GARANTÍAS Todas Todo Todas Todo 12 meses Instalaciones Todas Todo 12 meses 4

5 NARANJA GARANTÍA VARIEDAD ÁMBITO FECHA FINAL DE GARANTÍAS 31/12 31/01 15/02 28/02 15/03 31/03 30/04 31/05 M7 Todo Navel Fukumoto Todo Navelina Newhall Caracara Navel Navel Foyos Tarocco Rosso Salustiana Campos de Liria (Valencia) Baleares Resto ámbito No tratada Todo (*) Todo No tratada Todo (*) Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla Resto ámbito No tratada Todo Navelate (*) Todo Naranja amarga Cadenera Malta Todo Castellana Blancas comunes Lane Late Sanguinas Todo Sanguineli Barberina Chislett Summer Midknight Navel Barnfield Powel Summer Valencia Delta Seedless Verna Valencia Late Todo Todas Todo 12 meses Instalaciones Todas Todo 12 meses (*)Los tratamientos para evitar la caída del fruto al final del ciclo se deberán realizar con fitorreguladores autorizados por el Registro de Productos Fitosanitarios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a estos efectos. La realización del tratamiento será acreditada por el asegurado cuando para ello sea requerido por AGROSEGURO. No obstante, en caso de detectarse la ausencia de tratamiento, se considerará a todos los efectos, como asegurada en el final de garantías anterior más cercano al final de garantías elegido correspondiente a esa variedad como no tratada. 5

6 MANDARINA GARANTÍA VARIEDAD ÁMBITO Cultifort, Clauselina, Clemenrubí Hasimoto, Iwasaki, Marisol, Oiktsu, Orogros Todo Mioro Arrufatina, Beatriz, Bekia, Clemenpons, Clemensoon, Loretina, Mioro, Oronules Oroval,Satsuma Todo FECHA FINAL DE GARANTÍAS 31/10 30/11 31/12 15/01 31/01 15/02 28/02 31/03 Común Clementina Fina Esbal Monreal Nules Orogrande Tomatera Otras Mandarinas de maduración anterior a Hernandina No (**) Todo Valencia: Alto Turia, Campos de Liria Sagunto y Hoya de Buñol (Términos de Alborache, Buñol, Cheste, Chiva, Godelleta y Turis). Castellón Tarragona Resto ámbito Nova (Clemenvilla) Clementard, Hernandina, Nour, Sando Otras Mandarinas de maduración entre Hernandina y Clementard No (**) No (**) Todo Castellón Resto ámbito Todo Castellón, y Tarragona Resto ámbito Ellendale,Garbi, Kara, Gold Nugget Mandalate, Murcott, Nadorcott, Mineola, Orri, Ortanique, Queen, Safor, Tangelo Fortune, Tang gold, Wilking Winnola Otras Mandarinas de maduración posterior a Clementard Todo Todas Todo 12 meses Instalaciones Todas Todo 12 meses 6

7 (**)Los tratamientos para prevenir el envejecimiento de la piel se deberán realizar con ácido giberélico. La realización del tratamiento será acreditada por el asegurado cuando para ello sea requerido por AGROSEGURO. No obstante, en caso de detectarse la ausencia de tratamiento, se considerará a todos los efectos, como asegurada en el final de garantías anterior más cercano al final de garantías elegido correspondiente a esa variedad como no tratada. Exclusivamente para el módulo P, las variedades no tratadas con ácido giberélico, pueden optar a las mismas fechas de garantías que las variedades tratadas. 5. CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN. MODALIDADES DE CONTRATACIÓN. a. GARANTIA A LA PRODUCCIÓN MÓDULO 1: Todos los riesgos por explotación Condiciones de cobertura Tipo Garantía cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización Mínimo indemnizable Franquicia en Pedrisco Excepcionales Helada Viento Resto Adversidades Climáticas Todos los cubiertos en la garantía a la 100% Explotación Elegible (1) 100% Explotación : MÓDULO 2: por explotación y riesgos por parcela Condiciones de cobertura Tipo Garantía cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización Mínimo indemnizable Franquicia en Pedrisco 100% Parcela (2) Excepcionales Helada Viento Resto Adversidades Climáticas Todos los cubiertos en la garantía a la Elegible Daños 100% Parcela 100% Explotación Elegible 100% Parcela Elegible (1) (1) 7

8 MÓDULO 3: Todos los riesgos por parcela Condiciones de coberturas Tipo Garantía cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización Mínimo indemnizable Franquicia en Pedrisco 100% Parcela Excepcionales Helada Viento Resto de Adversidades Climáticas Todos los riesgos cubiertos en la garantía a la 100% Parcela Elegible 100% Parcela Elegible (2) 15% (1) Elegible: Daños 15% (1) MÓDULO P: nominados por parcela Tipo en Garantía (5) cubiertos Capital asegurado Condiciones de cobertura Cálculo Indemn. Mínimo indemnizable Pedrisco 100% Parcela (2) Excepcionales Elegible (3) Helada + Viento Todos los cubiertos en la garantía a la 100% Parcela 80% Parcela Franquicia Elegible: Daños Helada Daños Viento: Naranja, Mandarina y Pomelo 15% (4) Viento: Limón y Lima 100% Parcela Elegible 15% (4) (1) Elegible únicamente para los asegurados que tengan derecho a bonificación y para los del grupo E (según lo establecido en la CE 14ª). (2) para los daños en cantidad ocasionados por los siniestros ocurridos con anterioridad al 15/06. (3) Entre las diferentes parcelas a las que se les haya asignado un fin de garantías hasta el 31/12 podrá elegirse para cada una de ellas si se garantizan, o no, estos riesgos. Entre las parcelas a las que se les haya asignado un fin de garantías posterior al 31/12, la elección de la cobertura, o no, de estos riesgos deberá realizarse de forma conjunta para todas las parcelas del mismo cultivo y variedad en el mismo término municipal. 8

9 Para las declaraciones de seguro suscritas en el módulo P, si en las parcelas con final de garantías posterior al 31/12, figuran para el mismo cultivo, variedad y término municipal, parcelas aseguradas con helada más viento y parcelas sin helada más viento, se entenderán como aseguradas sin helada más viento. (4) Para los asegurados que tengan derecho a bonificación del o mayor se considerará un Siniestro mínimo indemnizable del y una Franquicia del. (5) En los plantones se garantizan todos los riesgos, incluidos la helada y el viento, aunque no se hayan elegido estos riesgos en las plantaciones en producción. b. GARANTÍA A LAS INSTALACIONES. Para que un siniestro sea indemnizable en cada instalación debe cumplir las dos condiciones siguientes: Que por causa de los riesgos cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático se hayan producido daños en los elementos de las instalaciones. Que el daño sea al menos, la cantidad menor entre el del C.A. y el valor de: o Invernaderos: o Cortavientos de obra: o Cortavientos de tela plástica: 500 o Estructuras antigranizo: 600 o Cabezal de riego: o Red de riego localizado: 300 La valoración del daño se realizará teniendo en cuenta: los gastos por extinción y salvamento (con un máximo del 5% del capital asegurado). los gastos por desescombro. La valoración de los daños del material de cerramiento y red del cortaviento se determinará a Valor Real en el momento del siniestro. Resto de elementos e instalaciones. Se valorarán sta partida se valoraran de diferentes modo si se va a proceder a la reconstrucción de la misma (valor de reposición a nuevo) con los límites establecidos en el condicionado dependiendo de la edad de la instalación o si no se va a reconstruir (se indemnizará a valor real en el momento del siniestro). 6. CUESTIONES A TENER EN CUENTA EN LA CONTRATACION. CARACTERÍSTICAS DE LA EPLOTACIÓN. Se establecen 9 tipos de explotación teniendo en cuenta todas las parcelas declaradas en la solicitud, independientemente del ámbito de las mismas. Este factor marca la tasa a aplicar dependiendo del modulo elegido: CARACTERÍSTICAS DE LA EPLOTACIÓN TIPO DE VP Total Variedades Tempranas VP Total Variedades Tardías EPLOTACIÓN (1) (2) A A A A A A

10 (1) Vp Total Variedades Tempranas: es el total del valor de la producción asegurada en la explotación del seguro principal más el seguro complementario, correspondiente a las variedades con finales de garantías hasta el 31/12, expresado en euros. (2) Vp Total Variedades Tardías: es el total del valor de la producción asegurada en la explotación del seguro principal más el seguro complementario, correspondiente a las variedades con finales de garantías posteriores el 31/12, expresado en euros. Si no se fijara el tipo de explotación correcta o variara ésta al hacer el Seguro Complementario, Agroseguro procederá a corregirla automáticamente, recalculándose la prima. En los valores de producción especificados anteriormente, no se computarán para su cálculo el Tipo de Capital 001 Plantones y los Tipo de Capital correspondientes a las Instalaciones (100, 101, 105, 113 y 114). MEDIDAS PREVENTIVAS. Si el asegurado dispone de medidas preventivas contra helada, pedrisco o viento, deberá reflejarlo en la declaración de seguro para poder disfrutar de la bonificación prevista. REDUCCIÓN DEL CAPITAL ASEGURADO. Se podrá solicitar la reducción del capital asegurado, cuando la producción declarada en el seguro principal se vea mermada por riesgos ocurridos durante los periodos que se indican en las CCEE. Únicamente podrán ser admitidas por Agroseguro aquellas solicitudes que sean recibidas dentro de los 10 días siguientes a la fecha de finalización del periodo de carencia. OBLIGACIONES MAS DESTACADAS DEL TOMADOR Y ASEGURADO Incluir en la declaración de seguro todos los bienes asegurables de la misma clase que posea en su explotación y tendrán que estar en concordancia con los declarados en: Organización de Productores de Cítricos (O.P.C.). Explotación Agraria Prioritaria. Solicitud Única de Ayudas de la U.E. Registro de Explotaciones de carácter oficial establecido por la Administración. Incumplir esta obligación dará lugar a las penalizaciones recogidas en las CCEE. Indicar para cada una de las parcelas incluidas en la declaración de seguro, la correspondiente referencia de la parcela SIGPAC incluyendo el recinto. Incumplir esta obligación dará lugar a las penalizaciones recogidas en las CCEE. Reflejar en la declaración del seguro, para cada parcela, la superficie real cultivada, el número de árboles y su edad. Si durante la vigencia de la declaración del seguro el asegurado detectase algún error en la superficie reflejada comunicará a Agroseguro dicha circunstancia para su subsanación sin ningún tipo de penalización. Si durante la tasación del perito designado por Agroseguro detectara la existencia de dolo o culpa grave del asegurado, se reducirá la indemnización neta en proporción al porcentaje resultante de la diferencia para el conjunto de la explotación entre la (Sasegurada Sreal)/ Sreal. 10

11 7. SINIESTROS COMUNICACIÓN DE SINIESTROS Para tener derecho a los daños en cantidad por la extensión de garantías para el riesgo de pedrisco, se deberá recibir en Agroseguro la declaración de siniestro con fecha límite 30/06. Para acogerse a la garantía de la cobertura por resto de adversidades climáticas, se limitará el periodo máximo de recepción de partes, con fecha de entrada en Agroseguro, a los 10 días posteriores a la finalización del periodo de garantías asegurado. Cuando la comunicación del siniestro de helada, Adversidades Climáticas o Inundación lluvia torrencial tenga entrada en Agroseguro después del final de garantías asegurado se aplicará un coeficiente de 0,5 sobre la producción asegurada. No se aplicará este coeficiente en aquellos siniestros acaecidos en los 5 días anteriores al final de garantías y siempre que la entrada en Agroseguro de la comunicación de siniestro, se produzca como máximo en las 48 horas siguientes a la fecha de finalización de garantías. MUESTRAS TESTIGO Si llegado el momento fijado para la recolección no se hubiera realizado la peritación o acuerdo en ésta, siguiéndose el procedimiento señalado para la tasación contradictoria, el asegurado podrá recolectar, aunque obligándose a dejar muestras testigo. Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por parcela, las muestras testigo se dejarán solamente en las parcelas afectadas. Si los siniestros han sido causados por riesgos en los que el cálculo de la indemnización se hace por explotación se dejarán muestras testigo en todas las parcelas de la misma clase y situadas en la misma comarca agraria efectos de indemnización. Las muestras testigo deberán tener las siguientes características: (Ver Agronota - MUESTRAS TESTIGO en la biblioteca de la web) Unidad: Árboles completos sin ningún tipo de manipulación posterior al siniestro. El tamaño de las muestras testigo será como mínimo del 5% del número del total de árboles de las parcelas afectadas, con un mínimo de 3 árboles. Las muestras deberán ser representativas del estado del cultivo y repartidas uniformemente, dejando 1 árbol de cada 20 a partir de 1 elegido aleatoriamente y contabilizando en todas las direcciones. También podrá dejarse una fila completa de cada 20. Para los siniestros que produzcan daños evolutivos en la producción (helada, pixat, etc), si el perito se persona para realizar la tasación antes de la fecha de recolección fijada en el parte de siniestro, y el asegurado ya hubiera recolectado dejando muestras testigo, se determinará sobre ellas la producción real esperada, pero los daños se determinarán sólo sobre la producción que queda en campo, considerándose sin daños la producción ya recolectada. Por tanto, se recomienda no recolectar antes de la fecha de recolección declarada en el siniestro para que el daño reflejado en campo corresponda con las pérdidas reales que ha tenido el asegurado. 11

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AGENDA DEL ASEGURADO: AGENDA DEL ASEGURADO: SEGURO PARA EPLOTACIONES CITRÍCOLAS PERIODO DE SUSCRIPCIÓN INICIO SUSCRIPCIÓN FINAL SUSCRIPCIÓN PRINCIPAL 01/04/2015 15/09/2015 COMPLEMENTARIO 20/07/2015 PERIODO DE GARANTÍAS INICIO

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