CONSEJO DIRECTIVO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL. . EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUA TaRtANa DE SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO:
|
|
- Joaquín Lagos Ojeda
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 INSTITUTO! tus,!._, RESOLUCiÓN No. C.D.OO5. EL DEL INSTITUTO ECUA TaRtANa DE SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO: Que. la ex Comisión Interventora. mediante la Resolución N C.I. 150 del 21 de enero del fijó las tablas de distribución de las tasas de aportación. personal y patronal. al Seguro General Obligatorio. las mismas que se debieron aplicar a partir del 1 de abril de 2003; Que, el Art. 228 del Estatuto delless, derogado con la Resolución N C.I. 149 de la ex Comisión Interventora el 21 de enero de 2003, establecia una contribución patronal de 1,2% de los sueldos de los asegurados para financiar los gastos administrativos del IESS; Que, la Disposición Transitoria Decimosexta de la ley de Seguridad Social, fija en el cero punto ochenta por ciento (0.80%) de la materia gravada de todos los afiliados obligados con relación de dependencia, para financiar el funcionamiento de los seguros generales obligatorios administrados por eiiess; Que, la decisión de ex Comisión Interventora de rebajar los aportes para gastos administrativos del 1.20% al 0.44% a los afiliados al Seguro General Obligatorio del IESS, no fue tomada en base a la información actualizada sobre los gastos administrativos a diciembre de 2002, hecho que dificulta al actual Consejo Directivo mantener en forma operativa todos los servicios que se prestan a los asegurados; Que, además con la Resolución N C.I. 150 disminuyó la aportación para financiar la Cooperativa Mortuoria de una tasa del uno por ciento (1.0%), al cincuenta y cinco centésimas de uno por ciento (0,55%), siendo necesario ajustar esta aportación al sesenta y cuatro de uno por ciento (0.64%) conforme a los últimos cálculos realizados por la Dirección Actua na I y Dirección Nacional Económica Financiera, mediante informe N del 28 de abril de 2003; Que, es necesario por lo tanto restablecer los porcentajes de aportación patronal y personal al Seguro General Obligatorio a los niveles anteriores a la Resolución N C.I. 150 del 21 de enero de 2003; Y. En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 27. letra c). de la ley de Seguridad Social, RESUELVE: ART. 1 Apruébase las siguientes modificaciones de las tasas de aportación para el (\ \,nanciamiento de la Cooperativa Mortuoria contemplada en la Resolución N C.I. 150 'í'l:e121 de enero de 2003:,,.., -..c_'
2 INSTITUTO COSEJO DIRECTIVO ECUATORIAlO DE SEGURIDAD SOCIAL Resolución No. C.D.OO5 Página Primera.- En la aportación personal que pagan todos los afiliados al Seguro General Obligatorio, excepto los trabajadores temporales de la industria azucarera, sustitúyase la tasa de cincuenta y cinco centésimas de uno por ciento (0,55%), por la de sesenta y cuatro centésimas de uno por ciento (0.64%). Segunda.- En la aportación personal que pagan los trabajadores temporales de la industria azucarera, sustitúyase la tasa de uno y ochenta y siete centésimas por ciento (1,87%) con la tasa de uno y veinte y uno centésimas por ciento (1,21%). ART. 2 Apruébase las siguientes modificaciones de las tasas de aportación para el financiamiento de gastos administrativos del IESS contempladas en la Resolución N C.I. 150 del 21 enero de 2003: Primera.- En la aportación personal que pagan todos los afiliados al Seguro General Obligatorio, excepto los afiliados a los regimenes de afiliación voluntaria, continuación voluntaria, profesionales con titulo universitario o politécnico, artistas profesionales, choferes profesionales sin relación de dependencia, maestros de taller y artesanos autónomos incorpórese la tasa del treinta y seis centésimas del uno por ciento (0.36%). Segunda.- En la aportación que pagan los afiliados a los regímenes de afiliación voluntaria, continuación voluntaria, profesionales con título universitario o politécnico, artistas profesionales, choferes profesionale sin relación de dependencia, maestros de taller y artesanos autónomos, se modificará la tasa del cuarenta y cuatro centésimas de uno por ciento (%), por la de ochenta centésimas de uno por ciento (0.80%), para gastos administrativos del IESS; así como modifiquese la tasa de cincuenta y cinco centésimas de uno por ciento (0,55%) por la de sesenta y cuatro de uno por ciento (0.64%), para la Cooperativa Mortuoria. ART. 3 Modificase las tablas de distribución de las tasas de aportación, personal y patronal al Seguro General Obligatorio, prevista en el Art. 5 de la Resolución N C.I. 150 del 21 de enero de 2003, por las siguientes, las mismas que el IESS cobrará a partir del 1 de mayo de 2003: Primera.- De los empleados y obreros, trabajadores del servicio doméstico, trabajadores de la construcción, trabajadores agrfcolas, operarios y aprendices de artesanfa, aprendices sujetos a contrato de aprendizaje, trabajadores a prueba, \ bajadores a domicilio, trabajadores de iglesias, miembros del clero secular: / -
3 CONSEJO DIREafIVO. INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD 'SOCIAL Resolución No. C.D.OO5 Página Conceptos: 'PERSONAL PATRONAL TOTAL : I XIII Y XIV Enfennedad y maternidad, general 6,00 O36 3,15 2,39 2,00 I Total Aportes 9,35 11,15 2 Segunda.- De los empleados bancarios, municipales y de entidades públicas descentralizadas; notarios, registradores de la propiedad y registradores mercantiles: Conceptos: XIII y XIV Enfem1edad y maternidad, general Enfem1edad, riesgos 'PERSONAL IPATRONAL 8,00 7,00 3, 2, O, 5, 3, 1, , 00 O, 44 O, 50 O, 40 O, 10 O, 35 2,00 TOTAL , , l' :;,,,'
4 INSnTUTO Resolución No. C.D.OO5 Página - 4;- T ercera.- De los servidores públicos, incluidos los funcionarios y empleados de la Función Judicial u otras dependencias que prestan servicios públicos, mediante remuneración variable, en forma de aranceles o similares: Conceptos: I PERSONAL --- PATRONAL TOTAL XIII y XIV 8,00 7,00 1,15 0,39 2,00 I Total Aoortes Cuarta.- De los funcionarios del servicio exterior residentes en el extranjero: ndtos : XIII y XIV I PERSONAL IPATRONAL 6,00 3,15 2,39 3,71 1,41 2,00 TOTAL 3,71 1, TotalADOrtes 9.35 _f Á ". '..
5 INSTTrUTO Resolución No. C.D.OOS Página - 5- Quinta.- Del Magisterio Fiscal: Conceptos: PERSONAL 'PATO_ TOTAl i, SEGURO Invalidez GENERAL Vejez y Muerte DE PENSIONES XIII y XIV 8,00 7,00 1,15 0, ,00 I SEGURO ADICIONAL DE PENSIONES \ I Total Acortes ,15!Qm Sexta.- De los trabajadores gráficos sin seguro adicional ConceDt-os: PERSONAL IPATRONAl TOTAl XIII Y XIV I Enfennedad, riesgos Apartes 6,00 3,15 2,39 2, , )i.. oial
6 INSTITUTO Resolución No. C.D.OO5 Página - 6- Séptima.- De los trabajadoresgráficoscon seguroadicionaly los trabajadoresen actividades insalubres: Conceotos: I PERSONAL IPATRONAL XIII y XIV I SEGURO ADICIONAL 6, DE PENSIONES I 'Total Aportes j. 3,15 2,39 1Lj 15 TOTAL Octava.- De los trabajadores temporales de la industria azucarera: Conceptos: lpersól 1!B9 XIII y XIV 11,13 9,26 1,87 Enfermedady maternidad,general : 1,21 4,00 17,05 3,94 2,69 1,25 10,42 6,38 1,87 2,17 0,94 0,75 0,19 -TOTAL - 2,
7 INSTITUTO Resolución No. C.D.O05 Página - 7- Novena.- De los maestros de taller y artesanos autónomos; choferes profesionales miembros de alguna organización gremial. sin relación de dependencia: Décima.- Del trabajador contratado por hora: Undécima.- De los afiliados voluntarios, de continuación voluntaria para afiliados cesantes de los seguros general y especiales, profesionales con titulo universitari o fécnico. al1istas profesionales, trabajadores autónomos e independientes:
8 1 IES5 INSTITUTO Resolución No. C.D.OO5 Página DISPOSICIONES GENERALES.- PRIMERA.- El pago de aportes de los afiliados al Seguro General se sujetará a los porcentajes de aportación, patronal y personal, consignados en la respectiva tabla de distribución. SEGUNDA.- La Dirección General delless acreditará a cada seguro y prestaciones el aporte total que le corresponda, según la presente Resolución. TERCERA.- Es responsabilidad del Director General def IESS la ejecución de" esta Resolución y su oportuna difusión entre los empteadores y asegurados. DISPOSICiÓN FINAL- Esta Resolución entrará en vigencia desde la fecha de su aprobación. PublÍquese en el Registro Oficial COMUN(QUESE.- Quito, Distrito Metropolitano. a 29 de abril de 2003 Dr. Fa Aviles PRESIDENTE '" v A I / I 1/ RarnfrezAguirre REPRESENTANTE ASEGURADOS ES FIEL :/ DIRECTIVO
SIE Seguridad Social, SIE-SS-09/14
SIE Seguridad Social, SIE-SS-09/14 FUENTE: Registro Oficial 615, 18-VI-2009 FECHA: 18 de junio de 2009 ASUNTO: Nuevas Tablas de Aportación al IESS Resolución No. C.D. 261 del Consejo Directivo del Instituto
Más detallesTABLAS DE DISTRIBUCION DE LAS TASAS DE APORTACION AL IESS Resolución del IESS 501 Registro Oficial 703 de 02-mar.-2016
TABLAS DE DISTRIBUCION DE LAS TASAS DE APORTACION AL IESS Resolución del IESS 501 Registro Oficial 703 de 02-mar.-2016 No. C.D. 501 EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL Considerando:
Más detallesRÉGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN PROVISIONAL
RÉGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN PROVISIONAL 2009-0012 Obra: Legislación Laboral y de Seguridad Social TOMO II Tema afectado: Dispónese que a partir del 1 de enero del 2009, de aplicarán
Más detallesSIE Seguridad Social, SIE-SS-13-02
SIE Seguridad Social, SIE-SS-13-02 FUENTE: Registro Oficial 890, 13-II-2013. FECHA: 13 de febrero de 2013 ASUNTO: Dispónese que a partir del 1 de enero de 2013, se aplicarán las categorías de remuneraciones
Más detallesINSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL. Resolución No. C.D.501
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL Resolución No. C.D.501 SE CONSOLIDAN LAS TABLAS DE DISTRIBUCIÓN DE LAS TASAS DE APORTACIÓN AL IESS Instrucciones de Ubicación: CORPORACIÓN EDI-ABACO: Sistema Equal:
Más detallesCompilado y editado por PUDELECO S. A. RÉGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN PROVISIONAL
RÉGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN PROVISIONAL 2010-0027 Obra: Legislación Laboral y de Seguridad Social TOMO II Tema afectado: Regímenes de afiliación del sector privado, de trabajadores
Más detallesAUTORIDADES DEL IESS CONSEJO DIRECTIVO DIRECTORES INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL. BOLETÍN ESTADÍSTICO No. 13
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL BOLETÍN ESTADÍSTICO No. 13 AUTORIDADES DEL IESS CONSEJO DIRECTIVO PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO
Más detallesLEGISLACION LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO II ACTUALIZACIÓN
LEGISLACION LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO II Correo legal / Martes 13 de mayo del 2014 1 ACTUALIZACIÓN 2014-001 016 Quito, 13 de mayo del 2014 OBRA: LEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO
Más detallesSIE Seguridad Social, SIE-SS-11-17
SIE Seguridad Social, SIE-SS-11-17 FUENTE: Registro Oficial 559, 19-X-2011. FECHA: 19 de octubre de 2011 ASUNTO: Refórmase la Codificación del Reglamento de Afiliación, Recaudación y Control Contributivo.
Más detallesLEGISLACION LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO II ACTUALIZACIÓN
LEGISLACION LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO II Correo legal / Viernes 14 de marzo del 2014 1 ACTUALIZACIÓN 2014-0006 006 Quito, 14 de marzo del 2014 OBRA: LEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO
Más detallesPUBLICADO EN R.O. Nº 400 DEL 10-MAR-2011 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL: RESOLUCION Nº C.D.357
PUBLICADO EN R.O. Nº 400 DEL 10-MAR-2011 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL: RESOLUCION Nº C.D.357 Expídense las regulaciones en la normativa interna relacionada con el Seguro
Más detallesLEY DEL SEGURO SOCIAL
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Ingeniería División de Ingenierías Civil y Geomática Departamento de Construcción Profesor: Ing. Heriberto Esquivel Castellanos CÁMARA DE DIPUTADOS DEL
Más detallesCONTENIDO FUNCIÓN LEGISLATIVA LEY ASAMBLEA NACIONAL Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social
CONTENIDO FUNCIÓN LEGISLATIVA LEY ASAMBLEA NACIONAL Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL EL PLENO CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 3 de la Constitución
Más detallesINSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO DIRECTIVO EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO:
RESOLUCiÓN No. C.D.448 EL DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO: Que, el Seguro Adicional del Magisterio Fiscal administrado por el se sustentó en los Decretos Supremos No. 719 de
Más detallesPOR UNA EDUCACIÓN NACIONAL, CIENTÍFICA Y DEMOCRÁTICA AL SERVICIO DEL PUEBLO LA SEGURIDAD SOCIAL DEL MAGISTERIO FISCAL DEL ECUADOR
LA SEGURIDAD SOCIAL DEL MAGISTERIO FISCAL DEL ECUADOR El magisterio fiscal ecuatoriano durante décadas ha sido maltratado por los diferentes gobiernos neoliberales y dictatoriales al estipular los sueldos
Más detallesLEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO II ACTUALIZACIÓN
LEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO II Correo Legal / Miércoles 11 de julio de 2012 1 ACTUALIZACIÓN 2012-0067 Quito, 11 de julio de 2012 OBRA: Tema Afectado: Legislación Laboral y de Seguridad
Más detallesCONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:
Resolución C.D.338 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL: RO 332 de 1 de Diciembre del 2010 Expídense la regulaciones para la aplicación de la Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad
Más detallesREGISTRO OFICIAL NO MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2010
REGISTRO OFICIAL NO. 332 - MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2010 Expídense la regulaciones para la aplicación de la Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social, expedida por la Asamblea Nacional el 21 de
Más detallesANÁLISIS DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
ANÁLISIS DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL Enrique Gortaire Experto ANDESTAD-CAN Quito-Ecuador 11/12/2009 CONTENIDO Antecedentes Breve historia de la seguridad social Servicios y prestaciones
Más detallesACTUALIZACIÓN
LEGISLACION LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO II Correo legal / Lunes 11 de julio del 2016 1 ACTUALIZACIÓN 2016-00 0016 Quito, 11 de julio del 2016 OBRA: LEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO
Más detallesREFORMA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, Ley 55, Registro Oficial Suplemento 465, 30/11/2001 Ley 0 Registro Oficial Suplemento 720 de 28-mar.
REFORMA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, Ley 55, Registro Oficial Suplemento 465, 30/11/2001 Ley 0 Registro Oficial Suplemento 720 de 28-mar.-2016 Art. 3.- RIESGOS CUBIERTOS. - El Seguro General Obligatorio protegerá
Más detallesTax Alert. Ecuador. Agosto Resumen ejecutivo. Fuente legal. A. De la recaudación. B. De la solicitud del Seguro de Desempleo y la Cesantía
Agosto 2016 Tax Alert Ecuador Fuente legal Resolución No. C.D. 515, publicada el 11 de julio de 2016, en el Registro Oficial No.794. Resumen ejecutivo El Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de
Más detallesArtículo 1.- Apruébanse los índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en
Resolución 176 de septiembre 4 de 2017 - Seguridad Social. Aportes y Contribuciones. Tareas en Relación de Dependencia. Remuneraciones Mensuales. Índices de Actualización. Aprobación (B.O.: 19/09/2017).
Más detallesCONTENIDO GENERAL DE LA OBRA
CONTENIDO GENERAL DE LA OBRA CONTENIDO DEL LIBRO Presentación Guía de Instalación del Sistema Informático DOCTUS SECCIÓN I CODIFICACIÓN 1. Ley de Seguridad Social (L. 2001-55. RO-S 465: 30-nov-2001) 2.
Más detallesCompilado y editado por PUDELECO S. A. RÉGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN PROVISIONAL
RÉGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN PROVISIONAL 2010-0033 Obra: Legislación Laboral y de Seguridad Social TOMO II Tema afectado: Reglamentos del Seguro Social Resolución: Expídese el Reglamento
Más detallesCONTENIDO GENERAL DE LA OBRA
CONTENIDO GENERAL DE LA OBRA Presentación SECCIÓN I CODIFICACIÓN MARCO LEGAL 1. Normas pertinentes de la Constitución de la República del Ecuador Documento eliminado por la aprobación de la Nueva Constitución
Más detallesSIE Seguridad Social, SIE-SS-12-12
SIE Seguridad Social, SIE-SS-12-12 FUENTE: Registro Oficial 743, 11-VII-2012. FECHA: 11 de julio de 2012. ASUNTO: Expídese el instructivo para la aplicación del Reglamento para la entrega de la Prestación
Más detallesADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SEGURIDAD SOCIAL RESOLUCIÓN GENERAL 3534
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SEGURIDAD SOCIAL RESOLUCIÓN GENERAL 3534 Aportes de Trabajadores Autónomos. Empleados en relación de dependencia. Límites mínimo y máximo de la base imponible
Más detallesTRANSPARENCIA NORMATIVIDAD DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
DIRECTOR DE PROFESIONALIZACION Y DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO 16-510-1-CFMB002-0000445-E-C-M Tema TRANSPARENCIA ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS DISPOSICIONES GENERALES PARA LA TRANSPARENCIA Y LOS ARCHIVOS
Más detalleslamento del Plan de Prestaciones del Personal de La Universidad de San Carlo
lamento del Plan de Prestaciones del Personal de La Universidad de San Carlo aprobadas en Punto Tercero del Acta 21-2008; en Punto Tercero, Inciso 3.1 del Acta 17-2011 y en Punto Cuarto, Inciso 4.1 del
Más detalles} Ahorrar e invertir antes de quedes cesante o te acojas a la jubilación. } Afiliarte voluntariamente al IESS
} Ahorrar e invertir antes de quedes cesante o te acojas a la jubilación } Afiliarte voluntariamente al IESS } Afiliarte a un Fondo de Ahorro Voluntario } Es un seguro de carácter público que constituye
Más detallesVISTO la Ley Nº y la Resolución Nº 266 del 15 de agosto de 2013 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y
Resolución General 3534/2013. AFIP. Seguridad Social. Aportes y Contribuciones. Límites. Trabajadores Autónomos. Categorías. Escalas. Sus incrementos Se determinan los nuevos límites mínimo y máximo de
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO. Resolución General 2673
B.O. 10/09/09 - Resolucion General 2673 - AFIP - SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO - SEGURIDAD SOCIAL. APORTES DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS. Empleados en relación de dependencia. Límites mínimo y máximo
Más detallesQue, en tal sentido, la Resolución ANSES Nº 34 E/2017 aprobó los
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 176-E/2017 Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2017 VISTO el Expediente Nº EX-2017-17070635-ANSES-DGP#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL
Más detallesRESOLUCION Nº 39, J.D. (De 1 de marzo de 2007)
1 RESOLUCION Nº 39,470-2007-J.D. (De 1 de marzo de 2007) La Junta Directiva de la Caja de Seguro Social en uso de sus facultades legales y reglamentarias, CONSIDERANDO: Que conforme a lo previsto en los
Más detallesINSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO DIRECTIVO
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL EL DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL C O N S I D E R A N D O: Que el inciso primero del articulo 34 de la Constitución de la República establece que
Más detallesSu afiliación, ahora más simple con más beneficios
Su afiliación, ahora más simple con más beneficios NO necesita presentar exámenes médicos. NO existe límite de edad para afiliarse. Ahora usted ahorra el fondo de cesantía, importante para mejorar sus
Más detallesINDICE. Primera Parte. 9 Ley del Seguro Social Campo de aplicación I. Contingencias Cubiertas
INDICE Primera Parte. 9 Ley del Seguro Social Campo de aplicación I. Contingencias Cubiertas 9 Artículos 1 y 2 II. Personas Sujetas al Seguro Social Obligatorio 10 Artículos 3 al 15 III. Continuación facultativa
Más detallesSIE Seguridad Social, SIE-SS-11-21
SIE Seguridad Social, SIE-SS-11-21 FUENTE: Registro Oficial 581, 22-XI-2011. FECHA: 22 de noviembre de 2011 ASUNTO: Expídense las normas para la recaudación y pago del cero punto cinco por ciento (0.5%)
Más detallesCompilado y editado por PUDELECO S. A. CATEGORÍAS DE REMUNERACIONES E INGRESOS MÍNIMOS DE APORTACIÓN AL SEGURO GENERAL OBLIGATORIO
Nº 204 del 1 al 15 de marzo CATEGORÍAS DE REMUNERACIONES E INGRESOS MÍNIMOS DE APORTACIÓN AL SEGURO GENERAL OBLIGATORIO El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social mediante la Resolución C. D. 305 publicado
Más detallesIdentificará los componentes de las percepciones del personal relacionado con la producción.
Licenciatura en Informática-Costos- Página 1 de 6 Objetivos particulares: Identificará los componentes de las percepciones del personal relacionado con la producción. Calculará las cuotas relacionadas
Más detallesSIE Seguridad Social, SIE-SS-11-23
SIE Seguridad Social, SIE-SS-11-23 FUENTE: Registro Oficial 592, 8-XII-2011. FECHA: 8 de diciembre de 2011 ASUNTO: Expídese el Reglamento para la entrega de la prestación del Seguro de Cesantía General
Más detallesEstablécense normas reglamentarias y complementarias para hacer operativa la Ley N
SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Decreto 313/2007 Establécense normas reglamentarias y complementarias para hacer operativa la Ley N 26.222. Bs. As., 29/3/2007 VISTO la Ley N 24.241 y sus
Más detallesNORMAS QUE REGULAN EL CALCULO DE LA JUBILACION PATRONAL Acuerdo Ministerial 99 Registro Oficial Suplemento 732 de 13-abr.-2016
NORMAS QUE REGULAN EL CALCULO DE LA JUBILACION PATRONAL Acuerdo Ministerial 99 Registro Oficial Suplemento 732 de 13-abr.-2016 No. MDT-2016-0099 EL MINISTRO DEL TRABAJO Considerando: Que, el numeral 9
Más detallesCOMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD ACUERDO NÚMERO2 3DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD CONSIDERANDO:
REPÚBLICA DE COLOMBIA COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD ACUERDO NÚMERO2 3DE E1.6 MAYO 2011. Por el cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación del Plan Obligatorio de Salud de los LA COMISIÓN
Más detallesADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 34-E/2017 Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2017 VISTO el Expediente Nº 024-99-81827191-0-790-0 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
Más detallesRESOLUCION Nº 40, J.D. (De 4 de marzo de 2008) CONSIDERANDO:
1 RESOLUCION Nº 40,378-2008-J.D. (De 4 de marzo de 2008) La Junta Directiva de la Caja de Seguro Social en uso de sus facultades legales y reglamentarias, CONSIDERANDO: Que conforme a lo previsto en los
Más detallesEstablécense normas reglamentarias y complementarias para hacer operativa la Ley Nº
Decreto Nº 313/2007 SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN Fecha de Emisión: 29 de Marzo de 2007 Boletín Oficial: 03 de Abril de 2007 Boletín AFIP
Más detallesDE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIA
ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIA Información en este número Gaceta Oficial No. 43 Extraordinaria de 16 de diciembre de 2016 MINISTERIOS Ministerio de la Agricultura Resolución
Más detallesServicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 33582 10 de marzo de 2017 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 34-E/2017 Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2017 VISTO el Expediente Nº 024-99-81827191-0-790-0 del Registro
Más detallesPENSIONISSSTE PENSIONISSSTE
PENSIONISSSTE EVOLUCIÓN HISTÓRICA 1959-1960 1972 1992 1997 2002 2007 SE PUBLICA LA LEY DEL ISSSTE, Y AL AÑO SIGUIENTE ENTRA EN OPERACIÓN SE CREAN LOS ISTITUTOS DE VIVIENDA FOVISSSTE PARA QUIENES CITIZAN
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PAGO DE LA PENSIÓN A LA JUBILACIÓN PATRONAL EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Concejo
Más detallesPUBLICADO EN SUP.2 R.O. Nº 618 DEL 23-JUN-2009
PUBLICADO EN SUP.2 R.O. Nº 618 DEL 23-JUN-2009 C.D. 266 Expídense varias reformas al Reglamento General de Préstamos Hipotecarios para la adquisición de unidades de vivienda terminada, construcción, remodelación
Más detallesModificaciones en la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones para la seguridad social - Res.
Modificaciones en la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones para la seguridad social - Res. Gral 3189 AFIP VISTO la Actuación SIGEA Nº 15235-201-2011/1 del Registro de esta Administración
Más detallesTEMARIO CONVOCATORIA Temario Dirección General Adjunta de Recursos Humanos. Te ma- Leyes.
OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS TEMARIO CONVOCATORIA 02-2016 Temario Dirección General Adjunta de Recursos Humanos. Te Leyes. 1 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Más detallesADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESOLUCIÓN 28/2016 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Fecha: Bs. As., 18/02/2016. Fecha de publicación: B.O. 25/02/2016. VISTO el Expediente N 024-99-81731557-3-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN
Más detallesOFICIALÍA MAYOR Y SECRETARÍA DE FINANZAS
8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 20 de Noviembre de 2015 OFICIALÍA MAYOR Y SECRETARÍA DE FINANZAS JORGE SILVA MORALES, OFICIAL MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL; EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA,
Más detallesREGLAMENTO DE JUBILACIÓN PATRONAL COMPLEMENTARIA DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO.
EL CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO Que, es necesario velar por el bienestar social de los servidores politécnicos, que se encuentren en condiciones de
Más detallesBoletín Jurídico Marzo 2016
2. CONSULTA LABORAL DEL SEGURO DE DESEMPLEO El Seguro de Desempleo es la prestación económica que protege a los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, bajo relación de dependencia por
Más detallesResolución 2224/ Bs. As., 5/9/2014 Boletín Oficial 11/9/2014
#I4662511I# SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Resolución 2224/2014 - Bs. As., 5/9/2014 Boletín Oficial 11/9/2014 VISTO el Expediente Nº 99.636/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
Más detallesEsta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUPERINTENDENCIA
Más detallesREGISTRO OFICIAL NO JUEVES 18 DE NOVIEMBRE DE 2010 SUPLEMENTO
REGISTRO OFICIAL NO. 323 - JUEVES 18 DE NOVIEMBRE DE 2010 SUPLEMENTO ASAMBLEA NACIONAL EL PLENO Considerando: Que, el Estado garantizará sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos
Más detallesTabla de correspondencias BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Tabla de correspondencias DE ANTEPROYECTO DE LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO SUBSECRETARÍA DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO de la Directiva
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI. ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013)
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL SALARIO DE LA ALCALDESA, EL PERSONERO, SE FIJAN LAS ESCALAS MAXIMAS DE
Más detallesFONDO DE CESANTÍA TAME FCPC
FONDO DE CESANTÍA TAME FCPC PROGRAMA DE EDUCACIÓN FINANCIERA MÓDULO II TEMA: LA SEGURIDAD SOCIAL EN ECUADOR QUÉ ES LA SEGURIDAD SOCIAL? Es un derecho que le asiste a toda persona a acceder a la protección
Más detallesGACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 29 DE NOVIEMBRE DE 2013 No. 1744 Bis Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Más detallesCompilado y editado por PUDELECO S. A. RÉGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN PROVISIONAL
RÉGIMEN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN PROVISIONAL 2010-0030 Obra: Legislación Laboral y de Seguridad Social TOMO II Tema afectado: Fondos de Reserva Resolución: Expídese el Reglamento para
Más detallesInfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina
Page 1 of 20 Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 47/2012 Apruébanse los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales
Más detallesServicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades
Más detallesCOMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD AC U E R D O N Ú M E R O 0 30 DE ( 28 DE DICIEMBRE DE 2011)
REPÚBLICA DE COLOMBIA COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD AC U E R D O N Ú M E R O 0 30 DE 2 0 1 1 ( 28 DE DICIEMBRE DE 2011) Por el cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación del Plan Obligatorio
Más detalles,-~j , 1 HOV EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA, 1998,y CONSIDERANDO:
~ REPUBLlCA,-~j DE COLOMBIA i';'~ ~.j( ~)( Xl li&i /~l~:~i ~:~:~:~:~ \ :._,, ~1(zft~ifARIA m~mé~;.,. 1 ~.. _----.-"".--. "'"'~"'" :J.,,'1.01 ~.,.,..~....,..'. ~---,.,.. '-h,,,,,,,,l MINISTERIO DE LA PROTECCION
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 13 de julio de 2009 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO RESOLUCION mediante la cual se modifican los artículos primero, tercero, quinto, sexto, séptimo, octavo
Más detallesADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades de pago. Resolución General N 3.827
Más detallesPÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral
Actualidad Jurídico Laboral Número 1/2015 Enero 2015 REFORMAS LEGALES NOVEDADES LEGISLATIVAS EN MATERIA SOCIO LABORAL GABINETE ESTUDIOS JURÍDICOS CC.OO.. 1 Concepción, 12-1ºDcha. 02002 Albacete Teléfono:
Más detallesQue en el artículo 3o de la citada Resolución 2359 de 2016, y una vez aplicado el procedimiento
RESOLUCIÓN 5885 DE 2016 (noviembre 30) Diario Oficial No. 50.073 de 30 de noviembre de 2016 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Por la cual se modifican los artículos 2o y 3o de la Resolución 2359
Más detallesRedacta el Juez ALFARO GONZALEZ; y, RESULTANDO:
Voto No 451-2011. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL REGIMEN DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de junio de dos mil once.- Visto el recurso
Más detallesDECRETO SUPREMO N EF
Aprueban disposiciones y fijan montos por concepto de Bonificación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad, Bonificación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo y Bonificación
Más detallesEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO: Que el inciso primero del artículo 34 de la Constitución de la República establece que la seguridad social es un derecho
Más detallesA N T E C E D E N T E S
- - EN LA CIUDAD DE MÉXICO, a de de dos mil, se hece constar: - - EL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, que celebran de una parte, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada en este acto por su Apoderado
Más detallesCómo definir las bases de cálculo para determinar los aportes y contribuciones del personal
Pág. 1 de 6 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 44/2015 Bs. As., 10/2/2015 VISTO el Expediente N 024-99-81619573-6-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD
Más detallesCómo definir las bases de cálculo para determinar los aportes y contribuciones del personal
Pág. 1 de 6 Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 298/2016 Índice de actualización de remuneraciones. Aprobación. Buenos Aires, 31/08/2016
Más detallesPor ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
Res. Gral. AFIP 3870/16 Ref. Régimen de facilidades de pago - Modificaciones. 22/04/2016 (BO 26/04/2016) VISTO la Res. Gral. AFIP 3827/16 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO: Que mediante la citada norma
Más detallesINSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN DEL SISTEMA DE PENSIONES TRÁMITE JUBILACIÓN ORDINARIA DE VEJEZ Fecha: Mayo 2009 Versión: 1.0 La Jubilación Ordinaria por Vejez consiste en la entrega
Más detallesRegistro Electrónico de Planillas de Pago. 1.- Vigencia de la norma y ámbito de aplicación
Informe Legal ESTUDIO GALVEZ CONSULTORES ASOCIADOS www.galvezconsultores.com Registro Electrónico de Planillas de Pago El día sábado 15 de Julio 2006 ha sido publicado en el Diario Oficial el Peruano el
Más detallesORDENANZA METROPOLITANA No. EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO:
T ORDENANZA METROPOLITANA No. O U 3 U EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la disposición contenida en el artículo 265 de la Constitución de la República "el sistema público
Más detallesCómo definir las bases de cálculo para determinar los aportes y contribuciones del personal
Pág. 1 de 6 Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 448/2011 Apruébanse los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales
Más detallesDECRETO 1743 DE 1966 ( Julio 9) Diario oficial No , de 26 de julio de 1966
DECRETO 1743 DE 1966 ( Julio 9) Diario oficial No 31.989, de 26 de julio de 1966 MINISTERIO DE TRABAJO Por el cual se reglamenta la Ley 4a. de
Más detallesCOMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD ACUERDO NÚMERO 19 DE ( DICIEMBRE 29 DE 2010 )
REPÚBLICA DE COLOMBIA COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD ACUERDO NÚMERO 19 DE ( DICIEMBRE 29 DE 2010 ) Por el cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación del Plan Obligatorio de Salud de los
Más detallesSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 - Versión 2.0 y el PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601
Más detallesRESOLUCIÓN 225 DE 2015
RESOLUCIÓN 225 DE 2015 (enero 29) Diario Oficial No. 49.410 de 30 de enero de 2015 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Más detallesEN ESTA EDICIÓN INSTRUCTIVO PARA CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SOBRE CAMPAÑAS ELECTORALES. DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAN AL DAU
BOLETIN TRIBUTARIO C O N T E N I D O : Notificaciones a través l Porta l SRI Instructivo para cumplimiento obligaciones tributarias sobre campañas electorales Documentos que acompañan a al DAU Importación
Más detallesREFORMA A LA ORDENANZA MUNICIPAL. (Publicado en el Registro Oficial 486, del )
REFORMA A LA ORDENANZA MUNICIPAL (Publicado en el Registro Oficial 486, del 07-07-2011) EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON QUININDE CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República
Más detallesGOBIERNO MUNICIPAL
GOBIERNO MUNICIPAL 20122015 AYUNTAMIENTO DE MONTERREY PRESENTE: Los integrantes de la Comisión de Hacienda Municipal del Ayuntamiento de Monterrey, con fundamento en lo establecido por los artículos 29,
Más detallesResolución 266/2013. Administración Nacional de la Seguridad Social. Bs. As., 15/08/2013. Fecha de Publicación: B.O. 3/09/2013
Resolución 266/2013 Administración Nacional de la Seguridad Social Bs. As., 15/08/2013 Fecha de Publicación: B.O. 3/09/2013 VISTO el Expediente Nº 024-99-81463143-1-790 del Registro de esta ADMINISTRACION
Más detallesDECRETO No}i u U. Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA.
RE PUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL.,'1 (> e DECRETO No}i u U >. lu '08. Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario
Más detallesINFORMATIVO TRIBUTARIO No
INFORMATIVO TRIBUTARIO No. 17-08-22 CONTENIDO SRI, Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000435. Reformar la Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000383 de 08 de septiembre de 2016, publicada en el Suplemento del Registro
Más detallesDECRETO SUPREMO Nº EF
Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo y la Asignación Extraordinaria por Navidad del Año 2009 y autorizan transferencia de partidas a favor de diversas entidades en el
Más detallesREGLAMENTO DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
REGLAMENTO DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Las organizaciones sujetas a esta Ley, fijarán sus propios mecanismos de control interno, incluyendo la solución de conflictos
Más detalles