Programa de Ayudas para la Formación de Personal Investigador de La Salle Campus Barcelona. Bases Reguladoras de las Convocatorias de Ayudas
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- Mariano Páez Camacho
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1 Programa de Ayudas para la Formación de Personal Investigador de La Salle Campus Barcelona. Bases Reguladoras de las Convocatorias de Ayudas Preámbulo La Salle Campus Barcelona se ha distinguido por su interés en dar soporte a las actividades de sus grupos de investigación y por la promoción de las acciones para la captación de recursos que sustentasen esta actividad. Uno de los puntos centrales para el desarrollo de la investigación es disponer del personal necesario en todas las etapas de la carrera investigadora. En este sentido, es preocupación principal de la Dirección General de La Salle Campus Barcelona disponer de unas bases para que se pueda desarrollar la formación del personal investigador a través de los programas de doctorado y de los estudios orientados a la formación investigadora. Este programa de bases para otorgar ayudas para la formación del personal investigador se sustenta en el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, para proporcionar un marco de actuación para aquellos grupos de investigación que deseen promover la formación en investigación en su actividad y cuenten con los fondos para hacerlo. 1. Objeto. 1.1 El objeto de este programa de bases es proporcionar a los grupos de investigación y otros estamentos propulsores de la investigación en La Salle (Unidad convocante), el marco adecuado para que puedan proponer sus convocatorias de ayudas para el personal de investigación en formación. Las ayudas que se adjudicarán estarán sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006 por el cual se aprobó el Estatuto del Personal Investigador en Formación. La persona beneficiaria de la ayuda participará en un plan de formación que le permitirá adquirir las competencias básicas para desarrollar tareas de investigación en un entorno académico o empresarial. 1.2 Estas bases reguladoras contemplan la publicación de un número indefinido de convocatorias de ayudas, financiadas por grupos de investigación, dirigidas a estudiantes de postgrado, que realicen o vayan a realizar el doctorado o un Máster Universitario Oficial, orientado al doctorado o a la investigación, en La Salle Campus Barcelona bajo la tutoría de uno de sus profesores (en adelante, tutor) Las convocatorias derivadas de estas bases se regirán por el principio de publicidad y concurrencia competitiva independiente para cada una de las ayudas que se financien de acuerdo con las mismas. 1.4 Estas ayudas se estructuran en dos etapas. a) De beca, que comprenderá los dos primeros años desde la concesión de la ayuda. b) De contrato, que una vez superado el período de beca y obtenidos los requisitos para acceder al período de dirección de tesis, comprenderá, como máximo, los dos años siguientes. Para esta etapa el personal investigador en formación formalizará un contrato laboral en prácticas con la finalidad de realizar su tesis doctoral. 1
2 1.5 La ayuda tiene una duración máxima de 48 meses a partir de la fecha de incorporación al programa de la persona beneficiaria. La ayuda se renueva cada 12 meses, hasta un máximo de tres renovaciones, según las condiciones especificadas en estas bases reguladoras. 2. Convocatoria de las ayudas y órganos para su gestión 2.1 La Unidad convocante que desee financiar alguna ayuda en las condiciones indicadas en estas bases reguladoras deberá realizar una propuesta de convocatoria de ayuda a la Dirección de Gestión Corporativa de La Salle Campus Barcelona. La propuesta deberá incluir la información que se indica en el Anexo I. 2.2 Dirección de Gestión Corporativa analizará la oportunidad de la convocatoria de ayuda y resolverá sobre su conveniencia en un período de dos semanas. Dirección de Gestión Corporativa recabará, a su discreción, la opinión de los órganos de coordinación de investigación de La Salle Campus Barcelona para decidir sobre la conveniencia de la convocatoria. a) Cada convocatoria podrá definir un conjunto de requisitos para los solicitantes que complementen los especificados en estas bases (ver Anexo I) b) Estos requisitos complementarios deberán respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad y, en ningún caso, podrán alterar los especificados en estas bases. 2.3 Una vez Dirección de Gestión Corporativa haya proclamado la validez de la convocatoria, ésta se publicitará a través de la web de La Salle Campu Barcelona, para su difusión. 2.4 Soporte a la convocatoria a) Toda solicitud de convocatoria de ayuda, de manera individualizada, deberá ser avalada por un profesor en activo de La Salle Campus Barcelona que actuará como tutor. b) La solicitud de la convocatoria de ayuda debe estar soportada por fondos disponibles en un proyecto o programa. c) El origen de los fondos deberá especificarse en la convocatoria de la ayuda y deberá estar avalada por el responsable económico de la Unidad que haya realizado la convocatoria. d) Dirección de Gestión Corporativa y Dirección General confirmarán la disponibilidad de los recursos económicos para la ayuda. 2.5 Los órganos competentes para la gestión de las ayudas son Dirección de Gestión Corporativa y el Área de Gestión de la Unidad que haya realizado la convocatoria. 2.6 El órgano para la resolución de la convocatoria es Dirección de Gestión Corporativa con la propuesta previa de la Unidad convocante de la ayuda. 2
3 3. De la selección y admisión de los candidatos 3.1 Requisitos de los solicitantes a) En el momento de solicitar la ayuda, las personas candidatas deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a la misma, de acuerdo con alguna de las siguientes condiciones: a.1) Estar matriculado en la fase de dirección de tesis de un programa de doctorado de La Salle Campus Barcelona. a.2) Cumplir los requisitos para poder acceder a la fase de dirección de tesis de un programa de doctorado de La Salle Campus Barcelona. a.3) Estar matriculado de todos los créditos de un Master Universitario Oficial que le permita, al finalizarlo, el acceso a la fase de dirección de tesis de un programa de doctorado. b) Para la admisión a las convocatorias, las personas candidatas deberán cumplir los siguientes requisitos b.1) Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero con residencia legal en España. b.2) En el caso de no estar matriculado en un programa de doctorado de La Salle Campus Barcelona, la persona candidata deberá acreditar el compromiso de admisión al doctorado, una vez superados los requisitos para la matriculación en el mismo, emitido por el responsable del programa de doctorado en que se vaya a matricular. b.3) No tener el título de doctor o doctora. 3.2 Período y presentación de solicitudes. Cada convocatoria que se adhiera a estas bases reguladoras especificará el calendario de desarrollo de las mismas, según se indica en el Anexo I, y se desarrollará bajo las siguientes directrices a) Cada persona deberá rellenar un formulario de solicitud (ver Anexo II) por cada convocatoria de ayuda a la que desee optar. b) Los formularios de solicitud y la documentación asociada se presentarán en la Unidad convocante de la ayuda. c) Las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación: c.1) Fotocopia del documento oficial de identificación del solicitante. c.2) Currículum vitae actualizado. c.3) Toda aquella documentación que sea precisa para asegurar que se cumplen los requisitos del apartado 3.1. c.4) Si la información existe en un idioma distinto de los habituales en la comunidad de La Salle Campus Barcelona, el solicitante podrá ser requerido para que aporte una traducción jurada de la misma. d) Las solicitudes admitidas para su evaluación se harán públicas en la web de La Salle. 3
4 3.3 Criterios de evaluación y selección a) La Unidad convocante de la ayuda será la única responsable de la valoración de los méritos de las personas candidatas de acuerdo con el expediente académico y el currículum que presenten. En la valoración de los méritos se deberán respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad de los participantes. b) La Unidad convocante emitirá una propuesta de resolución dirigida a Dirección de Gestión Corporativa. En la propuesta de resolución figurará la lista priorizada de las solicitudes valoradas. c) La valoración del expediente académico y del currículum se realizará siguiendo las directrices de las agencias de calidad y acreditación universitaria con las que La Salle Campus Barcelona debe interactuar. d) La Unidad convocante podrá dejar desierta una convocatoria individualizada si, mediante informe razonado, ninguno de los candidatos elegibles resulta apropiado para la misma. 3.4 Período y publicidad de la resolución a) Direcció de Gestión Corporativa emite la resolución que aprueba la relación provisional de las personas seleccionadas y las de la lista de espera, junto con la fecha prevista de incorporación. b) La lista de personas seleccionadas y la lista de espera se hará pública en la web de La Salle. c) Las personas seleccionadas recibirán una comunicación en la dirección electrónica que se haya indicado en el formulario de solicitud (ver Anexo II). 3.5 Aceptación de la ayuda a) Las personas seleccionadas deberán entregar, en el plazo máximo de 10 días, en Dirección de Gestión Corporativa los documentos de aceptación o de renuncia de la ayuda (ver Anexo III). b) La aceptación de la ayuda implica el compromiso de cumplir con las condiciones generales que se derivan de estas bases reguladoras y de las propias de la convocatoria a la que se hayan presentado. c) La no presentación del documento de aceptación en los plazos establecidos, se entenderá como renuncia a la ayuda. d) Si las personas seleccionadas no realizan la aceptación de la ayuda en los plazos establecidos, Dirección de Gestión Corporativa seleccionará a las siguientes personas en la lista de espera. e) En el plazo de 10 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de las listas provisionales de personas seleccionadas, las personas interesadas podrán presentar, a Dirección de Gestión Corporativa, las alegaciones que consideren oportunas. 4
5 3.6 Formalización de la ayuda a) Para la formalización de la ayuda, la persona beneficiaria deberá entregar a Dirección de Gestión Corporativa, a través de la Unidad convocante, los documentos necesarios para poder completar el convenio de becario o becaria. b) La incorporación podrá realizarse cuando se haya podido completar el convenio de becario o becaria. 3.7 Substituciones a) Las bajas que se produzcan por no haber concluido la formalización de la ayuda, pueden cubrirse por personas de la lista de espera. b) Las personas que accedan a las ayudas por baja de otras dispondrán de un período de 48 meses a partir de su incorporación. 4. Aspectos propios de las ayudas en lo que se refiere al personal investigador en formación 4.1 Plan de formación del personal investigador en formación a) Las personas beneficiarias de las ayudas deberán seguir un plan de formación cuyo objetivo sea adquirir las competencias para poder realizar tareas de investigación. El punto culminante de esta formación es, en todos los casos, la consecución del título de doctor por parte de la persona beneficiaria de la ayuda. b) Las tareas del plan de formación se especificarán en la convocatoria de la ayuda (ver I.2 en Anexo I) y serán determinadas y coordinadas por el tutor que se asignará a la persona beneficiaria desde el momento de su incorporación. Las tareas del plan de formación serán tareas propias de investigación y podrán incluir, también, tareas de colaboración en actividades docentes según queda especificado en 4.4. c) Las tareas de investigación se realizarán en el seno de un grupo de investigación de La Salle Campus Barcelona. Las personas beneficiarias de la ayuda serán consideradas, a todos los efectos, miembros del grupo de investigación en que se hallen adscritos. 4.2 Derechos del personal investigador en formación. Son derechos del personal investigador en formación: a) Percibir el importe correspondiente a la ayuda en la forma establecida en el artículo 5.2. b) Obtener la colaboración de y el soporte necesarios de La Salle Campus Barcelona para desarrollar con normalidad la formación en investigación de la convocatoria, según las disponibilidades de la Unidad convocante de la ayuda. c) Disfrutar de los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de su actividad de investigación, según su contribución y de acuerdo con la legislación vigente y la normativa propia de La Salle Campus Barcelona, tal y como se menciona en el artículo 6.1. d) Utilizar los servicios que ofrece La Salle Campus Barcelona a su personal académico. 5
6 e) Disfrutar de los derechos y ventajas sociales que disfruta el personal académico de La Salle Campus Barcelona. f) Participar en las convocatorias de ayudas complementarias para estancias breves en otros centros de investigación. g) Participar en las convocatorias de ayudas complementarias para la publicación de sus trabajos científicos en conferencias o revistas. h) Poder cambiar de tutor dentro de la misma Unidad convocante de la ayuda, con el acuerdo por escrito del tutor inicial y del nuevo. i) Tener los derechos de representación que se especificiquen en las normativas de los órganos colegiados de La Salle Campus Barcelona. j) La persona beneficiaria de la ayuda en la etapa de contrato disfrutará de los derechos de carácter laboral, así como los de Seguridad Social que se deriven de su contrato. k) Previo informe del tutor y autorización de Dirección de Gestión Corporativa, las personas beneficiarias podrán, para completar su formación, realizar estancias temporales de hasta seis meses de duración en otra universidad o institución de investigación. La disponibilidad presupuestaria para el disfrute de estas estancias temporales deberá ser justificado por el grupo de investigación al que pertenzca la persona beneficiaria. 4.3 Las obligaciones del personal investigador en formación son las siguientes a) Incorporarse, con dedicación a tiempo completo, a la Unidad que ha convocado la ayuda. b) Seguir el plan de formación propio de la ayuda (ver Anexo I), bajo la supervisión del tutor, con la dedicación y aprovechamiento que éste considere adecuados. Más concretamente b.1) Desarrollar las actividades de investigación que haya delimitado el tutor. b.2) Impartir el programa de colaboración docente establecido por el tutor. c) Cumplir con la normativa interna de La Salle Campus Barcelona. d) Facilitar toda la información solicitada y someterse a las actuaciones de comprobación y control que se le pueda requerir a lo largo de la vigencia de la ayuda, entre ellas, d.1) Enviar, en las fechas debidas, los informes anuales para realizar el seguimiento de su plan de formación. d.2) Las personas que no pertenezcan a un estado de la Unión Europea, deberán tramitar y conseguir, para la etapa de contrato, la autorización de trabajo para que se las pueda contratar. d.3) Realizar y enviar un informe final. e) Cursar, con aprovechamiento, estudios de doctorado en un programa de doctorado de La Salle Campus Barcelona. f) Incorporarse en la fecha señalada en la resolución, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la ayuda. 6
7 g) Asumir las obligaciones que le correspondan en razón de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. 4.4 Colaboraciones en actividades docentes a) La aceptación de la ayuda implica la participación, con finalidad formativa, de la persona beneficiaria en actividades docentes en un programa formativo de La Salle Campus Barcelona. En ningún caso esta actividad docente representará remuneración adicional alguna. b) La dedicación máxima en actividades docentes será el equivalente a 60 horas anuales de clase magistral. La actividad docente del primer año de la ayuda estará concentrada, prioritariamente, en la segunda parte del año. c) Cada convocatoria individualizada especificará las tareas docentes que deberán realizar las personas beneficiarias. El tutor realizará las propuestas de actualización de la actividad docente de cada beneficiario o beneficiaria. d) En ningún caso la actividad docente de la persona beneficiaria tendrá una tipología docente heterogénea, ni representará ningún tipo de responsabilidad sobre la asignatura o materia ni sobre su programación. e) Estas colaboraciones docentes serán certificadas, a efectos de currículum, por las unidades pertinentes. 4.5 Seguimiento y evaluación de la actividad de formación en investigación a) Para la renovación de la ayuda se requerirá un informe favorable de renovación del director o directora del departamento o grupo de investigación, del tutor o tutora de la persona beneficiaria y del director o directora de la tesis doctoral, cuando éste exista. Dirección de Gestión Corporativa recabará, a su discreción, la opinión de los órganos de coordinación de investigación de La Salle Campus Barcelona para decidir sobre la renovación. b) Los informes de renovación se enviarán a Dirección de Gestión Corporativa. c) La persona beneficiaria elaborará una memoria anual de su actividad formativa en el ámbito de la ayuda. d) La renovación de la ayuda estará supeditada a la no existencia de informes desfavorables en ninguna de las actividades desarrolladas por la persona beneficiaria. e) Las ayudas podrán ser revocadas por Dirección de Gestión Corporativa, previo informe desfavorable del tutor o tutora, y con el visto bueno del responsable del departamento o del grupo de investigación. Dirección de Gestión Corporativa recabará, a su discreción, la opinión de los órganos de coordinación de investigación de La Salle Campus Barcelona para decidir sobre la revocación. 4.6 Incompatibilidades de las ayudas a) Las personas beneficiarias de las ayudas no podrán tener vinculaciones contractuales o estatutarias que pueden restar exclusividad a la dedicación a la formación y la investigación. 7
8 b) La percepción de una ayuda en régimen de beca o de contrato al amparo de estas bases es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos españoles o comunitarios, salvo las derivadas de las convocatorias indicadas en los apartados 4.2 f) y 4.2 g) o ayudas equivalentes de las administraciones públicas, y con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del adjudicatario. c) Las personas beneficiarias de la ayuda suscribirán declaración responsable de no estar acogidos a un régimen de incompatibilidad que impida legalmente la adjudicación de la ayuda. d) En el supuesto de incompatibilidad sobrevenida, La Salle Campus Barcelona procederá a revocar la ayuda. e) El hecho de haber disfrutado de una ayuda, ya sea en forma de contrato o de beca, no determina ningún tipo de compromiso de La Salle Campus Barcelona en relación a la incoporación posterior de la persona beneficiaria a su plantilla laboral. 4.7 Interrupciones a) Dirección de Gestión Corporativa podrá suspender temporalmente el disfrute de la ayuda, a petición razonada del interesado, con informe positivo del tutor o tutora. La interrupción será de un máximo de un año. b) Durante el período de interrupción de la ayuda la persona beneficiaria será dada de baja de la seguridad social. c) El período de interrupción de la ayuda no podrá ser recuperado. d) La reincorporación se deberá comunicar con un mínimo de 15 días de antelación a la fecha de alta. e) La no incorporación al final del período de interrupción se considerará como renuncia y será baja automática. f) Las ayudas podrán suspenderse por cualquiera de los supuestos contemplados por la legislación laboral vigente y, en estos casos, la reanudación se realizará de acuerdo, también, con la normativa laboral vigente. En estos supuestos, las personas beneficiarias deben realizar los trámites y gestiones de acuerdo con las normas de la Seguridad Social. 5. De las características propias de las ayudas 5.1 Estructura propia de las ayudas a) Las ayudas se concederán por un período de 12 meses, y se podrán obtener hasta un máximo de tres renovaciones. Para la renovación se requerirá el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.5. Las ayudas finalizarán en la anualidad en que se obtenga el título de doctor. b) Las ayudas se estructuran en dos etapas de 24 meses cada una, como máximo. b.1) En la primera etapa, etapa de beca, el personal investigador en formación dispone de la ayuda en régimen de beca. 8
9 b.2) En la segunda etapa, etapa de contrato, el personal investigador en formación firmará un contrato laboral en prácticas con FUNITEC. c) Etapa de Beca c.1) La etapa de beca es obligatoria para cualquier beneficiario de las ayudas. c.2) El objetivo de la etapa de beca es elaborar y defender una propuesta de tesis doctoral que sea aceptada por el programa de doctorado en que se halle matriculado el beneficiario o beneficiaria. d) Etapa de Contrato d.1) La etapa de contrato comprenderá, como máximo, los dos años siguientes a la etapa de beca. d.2) Para acceder a la etapa de contrato, el beneficiario o beneficiaria debe cumplir los requisitos para acceder a la fase de dirección de tesis (según la legislación vigente de los estudios de tercer ciclo) o similar de un programa de doctorado de La Salle Campus Barcelona y haber defendido una propuesta de proyecto de tesis. Se necesitará el informe favorable del tutor o tutora y del director o directora de la tesi, cuando se dé el caso. d.3) Cuando el beneficiario de la ayuda en periodo de beca haya finalizado la etapa de beca y cumpla los requisitos para pasar a la etapa de contrato, este deberá formalizarse de forma inmediata sin que exista interrupción en la actividad. d.4) Si se ha obtenido el título de doctor en la etapa de beca, se habrá conseguido el objetivo de la ayuda, y no podrá formalizarse la etapa de contrato. d.5) Si al término del período de beca el beneficiario o beneficiaria no cumpliera con los requisitos para formalizar el contrato en prácticas de la etapa de contrato, tendrá un período de hasta cuatro meses para poder acreditarlo. Durante este período no recibirá ningún tipo de ayuda. Dicho período no será recuperable en la etapa de contrato. Si transcurridos los cuatro meses no se ha podido acretidar los requisitos para formalizar el contrato en pràcticas, se perderán los derechos de la ayuda. 5.2 Conceptos económicos propios de las ayudas a) El importe íntegro de la ayuda se especificará en la convocatoria de la misma (ver anexo I) e incluirá todos los costes asociados a la ayuda (ver apartado 5.2 d)). b) El importe mínimo de la ayuda será fijado por la Dirección de Gestión Corporativa de la Salle Campus Barcelona de acuerdo con las directrices vigentes del Convenio Colectivo Nacional de Universidades Privadas, Centros Universitarios Privados y Centros de Formación de Postgraduados. c) Los importes de la remuneración se liquidan en 12 mensualidades para las dos etapas, de beca y de contrato. d) Las ayudas incluyen adicionalmente los precios de la matrícula en los másters universitarios oficiales, matrícula para dirección de tesis y la matrícula para los complementos formativos que se realicen en los programas de doctorado de La Salle Campus Barcelona. e) En ningún caso se cubren los importes de las tasas de los precios de los cursos que superen los complementos formativos de los programas de doctorado de La Salle o los que superen los 60 ECTS en el caso 9
10 de los Másters Universitarios Oficiales, durante el período de la ayuda. Tampoco se subvencionan los precios de gestión del expediente académico, ni se cubre el importe de los créditos convalidados de másters o programas de doctorados de otras instituciones distintas de La Salle Campus Barcelona. f) El personal investigador en formación está incluido en el régimen general de la seguridad social, de acuerdo con lo que prevé el RD 63/2006, de 27 de Enero (BOE 3/2/2006). g) El pago de las ayudas se efecturará cada mes, por meses vencidos, directamente a la persona beneficiaria y se le aplicarán las retenciones correspondientes de acuerdo con la normativa vigente. h) El beneficiario de estas ayudas queda asimilado a trabajador por cuenta ajena, a los efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión, durante el periodo de beca, de la protección por desempleo, tal como se establece en la disposición adicional primera del R.D. 63/2006. i) Las personas beneficiarias en la etapa de contrato tendrán derecho a los beneficios de las prestaciones de la Acción Social de FUNITEC. 5.3 Son obligaciones de La Salle Campus Barcelona, las siguientes a) Formalizar el contrato en prácticas correspondiente para el personal investigador en formación que cumpla los requisitos para acceder a la etapa de contrato. b) Proporcionar a las personas beneficiarias el soporte necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos y equipos que sean necesarios para desarrollar su actividad con normalidad. c) Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación de personal investigador en formación. d) Velar por el régimen de incompatibilidades. e) El resto de obligaciones que establece que el artículo 7 del RD 63/ El incumplimiento total o parcial, por parte de la persona beneficiaria, de los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes bases y demás normas aplicables, dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar lugar a la revocación de la ayuda concedida parcial o totalmente y a la obligación de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y los intereses de demora correspondientes. 6. Aspectos jurídicos generales 6.1 Protección de datos y propiedad intelectual a) Los datos personales de las personas solicitantes serán incorporados en un fichero de FUNITEC con la finalidad de gestionar el proceso de selección y formalización de las ayudas convocadas. Las personas solicitantes podrán ejercer los derechos contemplados en la ordenación vigente sobre protección de datos personales. 10
11 b) A la persona beneficiaria de estas ayudas le corresponden los derechos de propiedad intelectual (incluidos los posibles de propiedad industrial) derivados de su propia actividad formativa en la investigación, y de acuerdo con su contribución, establecidos en el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/96 de 12 de abril, en la Ley 11/1986 de 20 de marzo, de Patentes y modelos de utilidad, según indica el Art. 5 e) y f) del Estatuto del Personal Investigador en Formación, Real Decreto 63/2006. c) La persona beneficiaria de estas ayudas, en el momento de su incorporación, suscribirá un documento de cesión de derechos de explotación a favor de FUNITEC, sin perjuicio de los derechos económicos que les correspondan según la normativa sobre Propiedad Intelectual. d) Las actividades de difusión y divulgación de los resultados de la actividad desarrollada por el beneficiario se ajustarán al tipo de proyectos asociados a la ayuda. En todo caso, se citará siempre la condición de persona beneficiaria de una ayuda para la formación del personal investigador del programa propio de La Salle Campus Barcelona. 6.2 Otros Aspectos jurídicos a) Las presentes bases reguladoras se mantendrán en vigor desde la fecha de la presente Resolución hasta que sea sustituida por otra Resolución que indique explícitamente su finalización. b) Las personas solicitantes podrán recurrir ante la Dirección General de La Salle Campus Barcelona las decisiones propias del proceso de evaluación y selección de las convocatorias de ayudas que se acojan a estas bases. 11
12 Anexo I. Información necesaria para especificar la convocatoria de ayudas siguiendo estas bases reguladoras. I.1 Identificación de la convocatoria de ayudas En cada convocatoria de ayuda se especificará Número de ayudas. Unidad que las convoca. Tutor y Director de la tesis (si existe) que van a acoger a las personas beneficiarias. Condiciones particulares, adicionales a las generales formuladas en estas bases reguladoras, para la selección de los beneficiarios / as. Estas condiciones adicionales no podrán limitar los principios de igualdad, mérito y capacidad. Condiciones laborales específicas de los beneficiarios / as (jornada laboral, horario de presencia, etc). I.2 Descripción del plan de formación para el personal investigador en formación que sea beneficiario de la ayuda Actividades de investigación: Tema de investigación propuesto, Proyecto de investigación al que se adscribirá. Actividades docentes: Programas docentes en los que está previsto que participe: Materias en las que se propone participar. I.3 Calendario del Proceso de selección Se detallará la fecha máxima en que se admitirán candidatos / as. Se incluirá un período para la reclamación de información incompleta. Se indicará la fecha prevista de resolución. Se especificará un período para alegaciones. Se especificará la fecha prevista de incorporación del beneficiario / a. Se nombrará un comité de selección de los beneficiarios / as. I.4 Condiciones económicas Se detallará el importe de la ayuda a recibir por el beneficiario / a, que en ningún caso será menor que el especificado en estas bases reguladoras. Se detallará el importe global de la ayuda que incluirá el importe bruto a percibir por el beneficiario o beneficiaria, los costes empresariales de la seguridad social y los costes de matriculación en los programas formativos de La Salle Campus Barcelona a los que se refiere el apartado 5.2 d). Se especificará la disponibilidad de fondos (Proyecto, programa, o fondo de investigación), por parte del responsable del mismo, con el que se cubrirá la ayuda. Acuerdo adjunto del responsable económico de la Unidad que propocione los fondos. Se indicará el acuerdo de Dirección de Gestión Corporativa y de la Dirección General para la disponibilidad de este fondo. I.5 Otras condiciones 12
13 Condiciones particulares respecto a los Artículos 5 e) y f) del EPIF (RD 63/2006) en lo que se refiere a Derechos de Propiedad Intelectual y Propiedad Industrial y otras que sean de aplicación en la convocatoria relacionadas con restricciones relativas a protección o salvaguarda de información. 13
14 Anexo II. Formulario de solicitud de las ayudas de una convocatoria individualizada Persona solicitante, identificación y contacto, Documentación que certifique el cumplimiento de los requisitos en el artículo 3.1. Indicar cuál de las siguientes situaciones aplica al caso del solicitante 1. Matriculación en la fase de dirección de tesis de un programa de doctorado de La Salle Campus Barcelona. Especificar número de identificación como alumno de La Salle Campus Barcelona. 2. Cumplir los requisitos para poder acceder a la fase de dirección de tesis de un programa de doctorado de La Salle Campus Barcelona. Aportar la documentación para verificar estos requisitos. Esta documentación se encuentra en las condiciones de admisión al programa de doctorado. 3. Estar matriculado o matriculada de todos los créditos de un Máster Universitario Oficial que permita el acceso a la fase de dirección de tesis de un programa de doctorado. Si es alumno o alumna de La Salle Campus Barcelona, especificar número de identificación como alumno de La Salle Campus Barcelona. Si no es alumno, aportar la documentación para verificar estos requisitos. Esta documentación se encuentra en las condiciones de admisión al programa de doctorado. Documentación especificada en el artículo Documento de identificación de la nacionalidad. Si no es nacional de la Unión Europea, aportar documentación de residencia legal en España. 2. En los casos 2 y 3 del punto anterior, se deberá aportar compromiso de admisión al programa de doctorado, una vez superados los requisitos para la matriculación en el mismo, emitido por el responsable del programa de doctorado en que se vaya a matricular. 3. Declaración de no estar en posesión de un título de doctor o doctora por ninguna universidad. 14
15 Anexo III. Documento de aceptación o renuncia de la ayuda El solicitante, adjudicatario de una ayuda de la convocatoria, Acepta la concesión de la ayuda, obligándose a cumplir las condiciones generales que se derivan de las bases reguladoras del Programa de Formación de Personal Investigador de La Salle Campus Barcelona. a cumplir las condiciones propias de la convocatoria mencionada anteriormente a presentar la documentación para poder completar el convenio de becario o becaria propio de la ayuda a incorporarse en la Unidad convocante en la fecha establecida por la convocatoria. Renuncia, por los siguientes motivos 15
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