c.4) Distribución por sexo
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- Josefa Julia Cáceres de la Fuente
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1 Estado Civil Si bien el 65% se declara soltero, ello no expresa necesariamente la real situación familiar del encuestado, porque, en no pocos casos se trata de mujeres que son madres solteras, o se trata de relaciones de convivencia que no cumplen con la formalidad del matrimonio regulado por el Código Civil. Cabe mencionar como dato importante el bajo porcentaje de matrimonios binacionales registrados en la encuesta. No obstante ello, si se observa el número de personas que declaran tener hijos, la cifra asciende al 48% de los encuestados. De este porcentaje, un 30% declara tener hijos en Chile, o en Perú y Chile a la vez, lo cual puede indicar que el porcentaje de uniones familiares binacionales de hecho es bastante más alto que el de los matrimonios establecidos formalmente. 47
2 c.4) Distribución por sexo Mientras que en 1992 se registraba un predominio masculino dentro de la migración peruana, la encuesta nos muestra un importante cambio en la tendencia, ya que aparece un predominio femenino (55,64% frente al 44,36% de presencia masculina), con lo que la migración peruana se ubica claramente en la tendencia de feminización del fenómeno migratorio. En los datos del censo de 2002 esta tendencia es aún más clara, ya que registra en cifras nacionales cerca de un 60% de participación de mujeres. No obstante, la diferencia existente entre los datos del censo y los de la encuesta aplicada se deba probablemente al hecho de que, en alguna de las sedes en las que se llevaron a cabo las encuestas, hubo una mayor afluencia de varones. Este hecho reviste una particular importancia porque, por sus particulares características, las mujeres que migran son más vulnerables que los hombres; y más proclives a sufrir maltrato y explotación tanto física como sexual. La quiebra de los lazos familiares tradicionales, además, las obliga a asumir simultáneamente una doble condición: como madres y como jefes de hogar; en este último caso, en el rol de proveedoras del sustento familiar, lo cual las expone a condiciones de vida particularmente duras y extenuantes. 48
3 c.5) Niveles de educación El nivel educativo declarado por los encuestados muestra un promedio alto: el 94% ha terminado estudios secundarios, y un 42% ha seguido estudiando, lo que refuerza la imagen de las trabajadoras del hogar peruanas como personas bien educadas, y les otorga una ventaja competitiva respecto de sus pares chilenas. 49
4 c.6) Segmentación en el mercado de trabajo La ubicación de los migrantes peruanos en el mercado laboral muestra una tasa aparente de cesantía menor que la media de Santiago de Chile; sin embargo, una parte del porcentaje de encuestados que no respondieron debe corresponder a la categoría de cesantes, por lo que, al ser ésta una pregunta abierta, la dejaron en blanco. Los nichos laborales asignados a esta fuerza de trabajo se sitúan, en general, en el ámbito de los de menor calificación, peores retribuciones y mayores niveles de riesgo. Los trabajadores migrantes peruanos varones se concentran, así, en trabajos de operarios (muy posiblemente de la construcción) y como empleados de servicios; mientras que, en el caso de las mujeres, es ostensible su concentración en el rubro de trabajadoras del hogar, que abarca a un 55% de las entrevistadas que respondieron a la pregunta sobre el empleo que desarrollaban. En lo fundamental, como se aprecia al ver el cuadro anterior, estas ocupaciones no guardan relación con los niveles de calificación o educación previa de la mayoría de los migrantes peruanos antes de su arribo a Chile. 50
5 d) Realidad versus derechos: el proceso de migración de los peruanos hacia Chile El Convenio de la OIT N 97 sobre los trabajadores migrantes (revisado) se aplica a los trabajadores que emigran por motivos de empleo, y contiene diversas disposiciones para reglamentar las condiciones en que se dan las migraciones y garantizar la igualdad de trato de dichos trabajadores en múltiples aspectos. Estas disposiciones prevén, como ha sido referido en la sección 1.c.3, la información que los Estados deben poner a disposición unos de otros; la creación de servicios de asistencia e información gratuitos para los trabajadores migrantes; el otorgamiento de facilidades de salida, estadía y acogida de los mismos, así como de servicios médicos para ellos y sus familias; la obligación de cada Estado ratificante de aplicar a los inmigrantes que se encuentren lícitamente en su territorio, sin discriminación por motivos de nacionalidad, raza, religión o sexo, un trato no menos favorable que el que aplique a sus propios nacionales con respecto a determinadas cuestiones. El Convenio N 143 sobre los trabajadores migrantes, por su parte, impone a los Estados la obligación general de respetar los derechos humanos fundamentales de todos los trabajadores migrantes en el empleo, y de adoptar las medidas necesarias para detectar y suprimir las migraciones clandestinas y el empleo ilegal de migrantes. Los obliga, al mismo tiempo, a fomentar una auténtica igualdad de trato de los migrantes en lo que se refiere a empleo y ocupación, seguridad social, derechos sindicales y culturales, y libertades individuales y colectivas. Y, aunque ambos convenios aún no han sido ratificados por Chile, como hemos visto anteriormente, las obligaciones que emanan de los mismos surten efecto vinculante con respecto a las garantías que deben ser puestas al alcance de estos trabajadores para la protección de sus derechos fundamentales, tal como se vio al 51
6 revisar el significado y los alcances de la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, y su seguimiento. Según ésta, todos los Estados miembros de la OIT, aun los que no han ratificado los convenios fundamentales de la OIT - entre ellos los relativos a la protección de los trabajadores migrantes - tienen el deber, derivado de su pertenencia a la Organización, de velar por el cumplimiento de los principios relativos a los derechos fundamentales del trabajo que orientan dichos Convenios. Obligaciones que, por cierto, se complementan con aquellas otras derivadas de la ratificación por Chile de las normas del sistema universal y regional de derechos humanos, a las que nos hemos referido sucintamente en la sección 4.5 supra. d.1) Reclutamiento y preparación de la salida Los cuadros que recogen las respuestas relacionadas con el lugar de nacimiento y de procedencia de los migrantes peruanos encuestados, nos muestran un alto nivel de concentración de éstos en muy pocas ciudades. Así mismo, el hecho de que los lugares de origen se ubiquen en la zona de la costa centro y norte del Perú, y no en otras regiones diferentes de este mismo país, nos sugiere que en su mayor parte el flujo de migrantes es reclutado a través de vínculos generados por las redes sociales establecidas por ellos mismos a través de la familia, los amigos o los vecinos. No existe evidencia alguna que sugiera que, en el ámbito del Estado, de la Iglesia, de algún organismo de la sociedad civil o de alguna entidad internacional, se desarrolle una política destinada reclutar y orientar al migrante peruano que va a Chile. Los esfuerzos realizados en este aspecto parecen haber sido muy puntuales y sin mayor incidencia. Debido a este motivo, encontramos que la mayor parte de los migrantes peruanos que se traslada a Chile carece de una imagen precisa de las características socioculturales y/o políticas de la sociedad chilena, de las dificultades existentes para la inserción, de la documentación necesaria para viajar e instalarse (partidas de nacimiento, estudios, certificados de trabajo, posibilidades de obtener visa de trabajo desde su lugar de origen, etc.). Tampoco dispone de información relativa a los riesgos del ingreso irregular. Como veremos más adelante, son las redes sociales las que asumen esta tarea, pero con grandes debilidades. d.2) Condiciones de tránsito y arribo Más allá de contar con un pasaporte vigente, y de que en apariencia las normas que facultan el ingreso de los ciudadanos peruanos en Chile están claramente establecidas, lo cierto es que su aplicación queda librada la mayor parte de las veces al criterio discrecional del funcionario de la policía de migraciones a cargo del trámite de control de ingreso en los puestos fronterizos, siendo particularmente relevante la presencia alegada de situaciones de discriminación, fundadas en motivos de carácter económico y étnico. Los puntos de ingreso a Chile más recurridos desde el Perú son el puesto fronterizo de Chacalluta, ubicado en las inmediaciones de la ciudad de Arica, en la frontera norte, donde el ingreso se produce en forma vehicular y simplemente a pie; y a través del aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez en la capital, Santiago. Si bien quienes ingresan por el aeropuerto tienen una mayor capacidad económica, no dejan por ello, totalmente, de estar expuestos a situaciones de discriminación por razones étnicas. Las normas migratorias chilenas establecen que, además de contar con un pasaporte vigente, el turista que desee transitar por Chile deberá contar con medios suficientes para sostenerse en el país, fijándose para ello el requisito de contar con una bolsa de viaje equivalente a US $ 30 por día. El establecimiento de este condicionante en el ingreso dio origen al surgimiento de mecanismos 52
7 irregulares y no pocas veces delictivos, que afectan el libre transito de ciudadanos peruanos hacia Chile. Así, en el primer caso, se hace referencia a préstamos procurados a muy alto interés, con el objeto de constituir las bolsas de viaje en el momento del cruce de los controles; y, en el segundo, al surgimiento de mafias peruano-chilenas que falsifican los timbres de ingreso al país. La forma más común de ingreso a Chile se da a través de una visa de turista que, posteriormente y luego de obtener un contrato de trabajo, puede ser cambiada por una visa sujeta a contrato. El 76,18% de los encuestados señaló haber utilizado esta vía para ingresar a Chile. Otra forma de ingreso legalmente permitida se da a través de la utilización del documento nacional de identidad del ciudadano peruano que traspasa la frontera. No obstante, en este caso, la autorización de ingreso sólo le permite transitar en la Primera Región. Algunos ciudadanos peruanos utilizan esta posibilidad para llegar de manera irregular hasta la ciudad de Santiago, donde, tras la obtención de un empleo, procuran legalizar su situación migratoria. Los datos que se infieren del cuadro referido a la naturaleza de las visas de arribo a Chile deben ser leídos, sin embargo, con cierta precaución. Principalmente porque, al responder a la encuesta, varios de los encuestados tendían a confundir la visa con que ingresaron con la visa que tenían en aquel momento. En efecto, según la Ley de Extranjería, Decreto con Fuerza de Ley N 1.094, la visa temporaria se entrega a profesionales o inversionistas, o personas que pueden mostrar un determinado nivel de solvencia económica, sector que no fue incluido en el ámbito de la encuesta aplicada, por referirse ésta de modo exclusivo a trabajadores. Por otra parte, la obtención de la visa sujeta a un contrato celebrado en forma previa al viaje constituye un mecanismo que, si bien ya existía hasta hace poco, no era utilizado por los consulados chilenos en el Perú. Las organizaciones que trabajan con migrantes peruanos señalan haber tenido que atender a numerosos casos de peruanos que ingresaron irregularmente con sus documentos de identidad peruanos y que ahora deben regularizar su situación. Finalmente, cabe mencionar que, según refiere el Consulado General de Perú en Santiago, a mayo de 2003 existían 95 peruanos procesados por ingresar con timbres falsos. 53
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