MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS

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1 1 MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE DIRECCIÓN GENERAL DE Y DESARROLLO URBANO SEPTIEMBRE, 20

2 2 I N D I C E TEMA PAG I. Marco Jurídico 9 II. Definiciones 12 III. Objeto 13 IV. Estructura 14 V. Integración 15 V.1 Con derecho a Voz y Voto V.2 Con derecho a Voz V.3 Invitados VI. Atribuciones del Subcomité de Obras 16 VI.1 Elaborar y proponer al Comité correspondiente, el Manual de Integración y Funcionamiento, para su aprobación. VI.2 Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos. VI.3 Aplicar los lineamientos generales y las políticas que emita en el ámbito de sus atribuciones el Comité Central y el Comité Delegacional. VI.4 Promover la estricta observancia de la normatividad en materia de obra pública, aplicar y difundir las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y coadyuvar a su debido cumplimiento. VI.5 Solicitar al Comité correspondiente sobre la procedencia de celebrar licitaciones públicas, así como en los casos de excepción previstos en el artículo 63 de la Ley Local y artículo 42 de la Ley Federal. VI.6 Autorizar los acuerdos que se presenten para limitar la participación de las personas físicas o morales, que hayan incurrido en lo establecido en el artículo 37, fracciones III y IV de la Ley Local y artículo 51, fracción III de la Ley Federal.

3 3 VI.7 VI.8 Supervisar que se integren y remitan al Comité correspondiente, el expediente de las personas físicas o morales, para efectos de las limitaciones establecidas en el artículo 37, fracciones III y IV de la Ley Local y artículo 51, fracción III de la Ley Federal. Atender las consultas relacionadas con la obra pública, que sean solicitadas por las diferentes áreas administrativas de la Delegación Iztapalapa. VI.9 Solicitar en su caso, informes de las áreas administrativas de la Delegación Iztapalapa sobre las obras públicas que se realicen. VI.10 VI.11 Dar a conocer el Programa Anual de Obras autorizado para cada área administrativa en materia de obra pública. Conocer de la autorización que en su caso haga el Titular de la Dependencia, sobre la celebración de convenios conforme a la Ley Local y Federal. VI.12 Promover que las áreas encargadas de la contratación, control y seguimiento de las obras publicas y de servicios relacionados con las mismas, cumplan con los programas y metas establecidos. VI.13 Turnar a los Órganos de Fiscalización correspondientes, aquellos casos en los que se detecten inobservancia a la normatividad, así como deficiencias en el control y seguimiento de las obras. VI.14 Establecer en su caso, grupos de trabajo para la atención de asuntos que requieran soluciones detalladas. VI.15 Las demás que le confieran las disposiciones aplicables en la materia. VII. Funciones del Subcomité de Obras 18 VII.1 En Materia de Normas VII.2 En Materia de Organización VII.3 En Materia de Programación y Presupuesto VII.4 En Materia de Control y Supervisión VII.5 En Materia de Información VII.6 En materia de Licitación y de Excepción a la Misma

4 4 VIII. VIII.1 VIII.2 VIII.3 VIII.4 VIII.5 VIII.6 IX. IX.1 IX.2 IX.3 Responsabilidades de los Integrantes del Subcomité de Obras 22 del Presidente del Secretario Técnico de los Vocales de los Representantes de la Contraloría Ciudadana del Asesor e invitados de los Invitados Términos bajo los cuales se celebrarán las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Subcomité de Obras 27 Las Sesiones Ordinarias tendrán verificativo por lo menos una vez al mes y en el caso de no haber asuntos que tratar, se deberá informar a sus miembros del seguimiento de acuerdos, así como los avances físicos financieros de obra pública y de servicios relacionados con la misma. En casos debidamente justificados, se podrán realizar Sesiones Extraordinarias a través de Convocatoria emitida por el Secretario Técnico del Subcomité, para tratar exclusivamente asuntos para dictaminar y en el Orden del Día no se incluirá la presentación de actas, seguimiento de casos, seguimiento de acuerdos, ni asuntos generales. En las sesiones ordinarias el orden del día incluirá los siguientes apartados: lista de asistencia y declaratoria de quórum, lectura y firma de actas, seguimiento de casos, seguimiento de acuerdos, presentación de casos para su autorización y asuntos generales. Las Sesiones Ordinarias sólo se llevarán a cabo cuando se integre el quórum, el cual se formara cuando asista más del 50% de los miembros con derecho a voto, excepto los contralores ciudadanos. En el caso de no reunirse el quórum, se emitirá una segunda convocatoria, para efectuar la sesión en un plazo que no exceda de cinco días hábiles posteriores a la fecha prevista en la primera convocatoria. Las decisiones durante el desarrollo de las sesiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos y en estas intervendrán los

5 5 IX.4 IX.5 IX.6 IX.7 IX.8 IX.9 miembros asistentes con ese derecho, incluyendo los contralores ciudadanos, debiendo asentarse en el acta correspondiente el sentido del voto de cada miembro, ya sea a favor, en contra o abstención. Para llevar a cabo las sesiones ordinarias y extraordinarias, se debe contar invariablemente con la presencia del Presidente del Subcomité o su Suplente Único y en caso de ausencia de éste, el Secretario Técnico procederá a la cancelación de la Sesión. Las Sesiones Extraordinarias se realizarán en la fecha y hora previstas en la respectiva convocatoria con los miembros que asistan, excepto, cuando no estén presentes el Presidente del Subcomité, el Secretario Técnico y el servidor público responsable de exponer al asunto a tratar. La convocatoria y la carpeta de trabajo, que invariablemente debe contener el orden del día, junto con sus documentos correspondientes, deben entregarse a los miembros del subcomité cuando menos con dos días hábiles de anticipación para las sesiones ordinarias y con un día hábil para las extraordinarias. Los casos que se sometan a consideración del subcomité, deberán presentarse a través del formato correspondiente, anexando la justificación del caso, la suficiencia presupuestal, documentación técnica, legal y administrativa requerida. (Se anexará Formato de Casos de acuerdo al Apartado X.1 de este Manual). Una vez que el caso sea analizado y aprobado por el Subcomité, el formato a que se refiere el punto anterior, deberá ser firmado antes de concluir la sesión por cada miembro con derecho a voz y voto presente, para su debida formalización. La responsabilidad del subcomité, quedara limitada al dictamen o dictámenes que en forma colegiada emita respecto del asunto o asuntos sometidos a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada.

6 6 IX.11 IX.12 IX.13 IX.14 IX.15 IX.16 IX.17 IX.18 Las especificaciones y justificaciones técnicas de cada caso, deberán estar firmadas por los responsable de las áreas respectivas, incluyendo nombre, cargo y firma. Se hará la trascripción de cada Sesión Ordinaria y Extraordinaria lo más apegado a lo mencionado en ella para la elaboración del acta y el Presidente del Subcomité someterá a la consideración de los integrantes el acta de la Sesión Ordinaria o Extraordinaria y si no existen observaciones al contenido de la(s) misma (s), se procederá a declararla aprobada y la firmarán los funcionarios que en ella intervinieron. En caso de existir algún comentario al acta presentada, el Secretario Técnico tomará nota de las modificaciones correspondientes y se presentará nuevamente en la siguiente Sesión Ordinaria para su formalización. El Secretario Técnico previo a la sesión, deberá revisar e integrar la totalidad de los documentos de respaldo requeridos para la presentación de los casos. En cada Sesión Ordinaria se presentarán los informes de Avance Físico Financiero de cada proyecto ejecutivo, obra pública y servicios relacionados con la misma, correspondiente a la quincena inmediata anterior. En el punto correspondiente a Asuntos Generales, sólo podrán incluirse asuntos de carácter informativo y no se tomará acuerdo alguno. Se iniciarán las Sesiones en el mes de enero y en la primera sesión se instalará formalmente el subcomité. El Presidente del Subcomité presentará para su consideración y aprobación de los miembros el calendario anual de Sesiones Ordinarias, así como la inversión total autorizada para la realización de obra pública. El presidente del Subcomité acreditará oficialmente a los servidores públicos de la Delegación Iztapalapa para integrar el Subcomité, los cuales deberán designar mediante oficio a su suplente

7 7 IX.19 IX.20 para en caso de ausencia, esté sea suplido por el funcionario que haya designado para tal efecto, el cual deberá contar con un nivel jerárquico inmediato inferior al del titular. Los demás integrantes del Subcomité que no pertenezcan a la Delegación Iztapalapa, deberán presentar su acreditación oficial correspondiente y no tendrán suplencia en este Subcomité. Los representantes de la Contraloría Ciudadana deberán presentar su acreditación oficial de la Dirección Ejecutiva de Contraloría Ciudadana de la Contraloría General del Distrito Federal y no tendrán suplencia en este Subcomité. X. Presentación de Casos al Subcomité de Obras 30 X.1 Los casos que sean sujetos a evaluación y aprobación por los miembros del Subcomité, se presentaran en el formato denominado Formato de Casos. X.2 El Formato tendrá el objetivo de mostrar en forma detallada para su aprobación los requerimientos de Obra Pública. X.3 Cada caso presentado al Subcomité, deberá incluir lo siguiente: X.4 Las investigaciones, asesorías, consultas y estudios de campo que se requieran, incluyendo los anteproyectos de urbanismo, de arquitectura e ingeniería necesarios. X.5 Estudios técnicos financieros, de impacto ambiental, de impacto urbano y de impacto social que se requieren para definir la factibilidad en la realización de la obra. X.6 En caso de efectuarse la obra en un predio de reciente adquisición o asignación por parte del Comité de Patrimonio Inmobiliario, deberá acreditarse la adquisición correspondiente, liberada de impuesto y gravámenes y en su caso la documentación que determine la regulación de la tenencia de la tierra, así como la obtención de los permisos necesarios ante otras instituciones del

8 8 propio Gobierno del Distrito Federal para la ejecución de los trabajos. X.7 Los casos presentados a la consideración del Pleno, serán integrados al Seguimiento de Casos, el cual se presentara como un apartado de la carpeta de trabajo, dándoles a cada caso un número consecutivo para su control, seguimiento y solventación. XI. Instructivo de llenado del Formato de Casos 32 XI.1 Formato de Casos (Anexo)

9 9 I. MARCO JURÌDICO A continuación se enlistan los ordenamientos que constituyen el Marco Jurídico de actuación del Subcomité de Obras Públicas de la Delegación Iztapalapa comprendiendo Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Circulares entre otros. Este documento es enunciativo más no limitativo. Asimismo, se precisa que se presentan hasta el mejor conocimiento en el mes de elaboración del mismo, las fechas y referencias de la última publicación, reforma o actualización de los ordenamientos legales referidos. Con apego a la Ley de Austeridad del gobierno del Distrito Federal y a la Circular Uno en Materia de Administración de Recursos, este Manual no contiene una impresión completa de todos los ordenamientos, ya que éstos pueden ser consultados en los siguientes portales electrónicos: I.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos I.2 Estatuto de Gobierno del Distrito Federal I.3 Ley de Obras Públicas del Distrito Federal I.4 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas (Federal) I.5 Ley de Protección Civil para el Distrito Federal I.6 Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal

10 10 I.7 Ley de Coordinación Fiscal I.8 Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal I.9 Ley de Participación Ciudadana I.10 Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal I.11 Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal I.12 Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo I.13 Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal I.14 Reglamentó de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas (Federal) I.15 Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal I.16 Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal I.17 Código Financiero del Distrito Federal I.18 Decreto del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito Federal para el ejercicio Fiscal correspondiente. I.19 Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública I.20 Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Estructuras Metálicas. ( I.21 Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Estructuras de Madera. ( I.22 Normas Técnicas Complementarias para Diseño por Sismo ( I.23 Normas Técnicas Complementarias para Diseño por Viento (

11 11 I.24 Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Cimentaciones ( I.25 Normas Técnica Complementarias para Diseño y Construcción de Estructuras de Concreto ( I.26 Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Estructuras de Mampostería.( I.27 Normas Técnicas Complementarias para el Diseño y Ejecución de Obras e Instalaciones Hidráulicas. ( I.28 Normas Técnicas Complementarias para el Proyecto Arquitectónico ( I.29 Normas Técnicas Complementarias sobre Criterios y Acciones para el Diseño Estructural de las Edificaciones. ( I.30 Reglas de carácter general para hacer efectivas las fianzas otorgadas en los procedimientos y celebración de contratos para garantizar la participación y cumplimiento de los compromisos adquiridos ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de la Administración Pública del distrito Federal.

12 12 II. DEFINICIONES Para el manejo y aplicación de este Manual se entenderá por: II.1 G.D.F.: Gobierno del Distrito Federal II.2 Comité Central: Comité Central II.3 Comité Delegacional: Comité Delegacional II.4 Subcomité: Subcomité de Obras de la Delegación Iztapalapa II.5 Ley Federal: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas II.6 Reglamento Federal Reglamentó de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas II.7 Ley Local: Ley de Obras Públicas del Distrito Federal II.8 Reglamentó Local: Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal II.9 Obra Pública: A la definida como tal en el Artículo 3º de la Ley Local y de la Ley Federal II.10 Políticas Administrativas: Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública.

13 13 III. OBJETO Llevar a cabo la toma de decisiones, emisión de dictámenes, generación de directrices y políticas internas dentro de su competencia, con la finalidad de promover que las obras públicas se realicen de manera racional, óptima, eficiente y transparente y que cumplan con lo establecido en las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones aplicables.

14 14 IV. ESTRUCTURA. Con objeto de dar cumplimiento a las facultades, funciones y objetivos, el Subcomité de Obras tendrá la siguiente estructura: Un Presidente Un Secretario Técnico Vocales Dos Contralores Ciudadanos Asesores Invitados

15 15 V. INTEGRACIÓN El Subcomité de Obras de la Delegación Iztapalapa del Gobierno del Distrito Federal, deberá integrarse como a continuación se indica. V.1 Con Derecho a Voz y Voto Presidente: El Jefe Delegacional en Iztapalapa (en caso de empate le corresponde el voto de calidad Secretario: Vocales : Contralores: El Director General de Obras y Desarrollo Urbano (únicamente con Técnico derecho a voz) El Director General de Administración El Director General Jurídico y de Gobierno El Director General de Servicios Urbanos El Director General de Desarrollo Social El Director General de Desarrollo Delegacional Dos Ciudadanos designados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal debidamente acreditados por la Dirección Ejecutiva de la Contraloría Ciudadana. V.2 Con derecho a voz Asesores: El Contralor Interno en la Delegación Iztapalapa V.3 Invitados (Los que designe el Presidente y únicamente con derecho de voz)

16 16 VI. VI.1 VI.2 VI.3 VI.4 VI.5 VI.6 VI.7 VI.8 VI.9 VI.10 ATRIBUCIONES DEL SUBCOMITÉ DE Elaborar y proponer al Comité correspondiente, el Manual de Integración y Funcionamiento, para su aprobación. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos. Aplicar los lineamientos generales y las políticas que emita en el ámbito de sus atribuciones el Comité Central y el Comité Delegacional. Promover la estricta observancia de la normatividad en materia de obra pública, aplicar y difundir las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y coadyuvar a su debido cumplimiento. Solicitar al Comité correspondiente sobre la procedencia de celebrar licitaciones públicas, así como en los casos de excepción previstos en el artículo 63 de la Ley Local y artículo 42 de la Ley Federal. Autorizar los acuerdos que se presenten para limitar la participación de las personas físicas o morales, que hayan incurrido en lo establecido en el artículo 37, fracciones III y IV de la Ley Local y artículo 51, fracción III de la Ley Federal. Supervisar que se integren y remitan al Comité correspondiente, el expediente de las personas físicas o morales, para efectos de las limitaciones establecidas en el artículo 37, fracciones III y IV de la Ley Local y artículo 51, fracción III de la Ley Federal. Atender las consultas relacionadas con la obra pública, que sean solicitadas por las diferentes áreas administrativas de la Delegación Iztapalapa. Solicitar en su caso, informes de las áreas administrativas de la Delegación Iztapalapa sobre las obras públicas que se realicen. Dar a conocer el Programa Anual de Obras autorizado para cada área administrativa en materia de obra pública.

17 17 VI.11 Conocer de la autorización que en su caso haga el Titular de la Dependencia, sobre la celebración de convenios conforme a la Ley Local y Federal. VI.12 Promover que las áreas encargadas de la contratación, control y seguimiento de las obras publicas y de servicios relacionados con las mismas, cumplan con los programas y metas establecidos. VI.13 VI.14 VI.15 Turnar a los Órganos de Fiscalización correspondientes, aquellos casos en los que se detecten inobservancia a la normatividad, así como deficiencias en el control y seguimiento de las obras. Establecer en su caso, grupos de trabajo para la atención de asuntos que requieran soluciones detalladas. Las demás que le confieran las disposiciones aplicables en la materia.

18 18 VII. VII.1 FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ DE En Materia de Normas VII.1.1 Elaborar y proponer al Comité correspondiente, el Manual de Integración y Funcionamiento, para su aprobación. VII.1.2 Promover la estricta observancia de la normatividad en materia de obra pública, aplicar y difundir las Leyes y Reglamentos y demás disposiciones aplicables y coadyuvar a su debido cumplimiento. VII.1.3 Realizar en su caso, propuestas sobre normas que regulen las obras, observando las disposiciones legales y normativas en materia de obra pública. VII.1.4. Emitir su opinión respecto a proyectos de obra, cuando le sea solicitada. VII.1.5. Aplicar los lineamientos generales y las políticas que emita en el ámbito de sus atribuciones el Comité Central. VII.1.6. Aclarar en su caso, las dudas que se presenten por parte de las áreas operativas y dar solución a las consultas de obra pública. VII.1.7. Promover en su caso, iniciativas para agilizar el marco legal en que encuadra la obra pública y los servicios relacionados con la misma. VII.1.8. Dictaminar sobre los procedimientos de adjudicación de las obras públicas y de servicios relacionados con la misma que se sometan a su consideración. VII.1.9. Promover el estricto cumplimiento de las normas vigentes en materia de obra pública y de servicios relacionados con la misma. VII.1.10 Cumplir con las políticas y lineamientos establecidos por el Comité correspondiente, en materia de obra pública y de servicios relacionados con la misma.

19 19 VII.2 En materia de Organización VII.2.1 Establecer el calendario anual para las sesiones del Subcomité. VII.2.2 Proponer al Comité correspondiente, la creación de Subcomités Técnicos que se requieran para asuntos específicos. VII.2.3 Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos. VII.2.4 Organizar el Subcomité, observando las normas y disposiciones legales que establezca el Comité de Obras Delegacional. VII.2.5 En su caso, promover la integración de equipos de trabajo, de conformidad a los lineamientos establecidos por el propio Subcomité, para la atención de asuntos que requieran soluciones detalladas. VII.2.6 Comunicar de manera formal a los integrantes del Subcomité de Obras, sobre la incorporación de nuevos integrantes con la modificación de los que se encontraban acreditados. VII.3 En Materia de Programación y Presupuesto VII.3.1 Conocer el Programa Anual de Obras de la Delegación Iztapalapa, así como su congruencia con el programa a mediano y corto plazo, en materia de obra pública. VII.3.2 Difundir los lineamientos para la formulación e integración del Programa Anual de Obras, acordando lo relativo a su ejercicio. VII.3.3 Promover en su caso, que se programen oportunamente las acciones correspondientes para la contratación de obra publica en la modalidad de Licitación Publica, Adjudicación Directa e Invitación Restringida, así como verificar que se lleven a cabo conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos por la Ley Local y en su caso Federal, su Reglamento Local y en su caso Federal, Normas de Construcción del Distrito Federal, y Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública. VII.3.4 Promover que se mantenga actualizado el Programa Anual de Obras.

20 20 VII.3.5 Promover acciones para la agilización de modificaciones o adecuaciones al Programa Anual de Obras. VII.3.6 Conocer y evaluar el avance y cumplimiento de las metas físicas y financieras a contratos de obra pública y de servicios relacionados con las mismas. VII.4 En Materia de Control y Supervisión VII.4.1 Analizar la evolución del ejercicio del presupuesto de obras públicas y proponer las acciones necesarias, para garantizar su avance conforme al programa establecido. VII.4.2 Promover que se establezcan sistemas de control e información adecuados a las políticas que defina el Comité correspondiente. VII.4.3 Supervisar que se integren y remitan al Comité correspondiente, el expediente de las personas físicas o morales, para efectos de las limitaciones establecidas en el artículo 37, fracciones III y IV de la Ley Local y artículo 51, fracción III de la Ley Federal. VII.4.4 Promover que se atiendan oportunamente las observaciones que emitan los diversos Órganos de Fiscalización. VII.4.5 Establecer mecanismos de seguimiento para que los acuerdos emitidos en el Subcomité y los compromisos que adquiera, sean cumplidos oportunamente. VII.5 En Materia de Información VII.5.1 El Subcomité deberá estar informado de las obras que sean contratadas en la modalidad de Licitación Pública, Invitación Restringida y Adjudicación Directa, de conformidad a los artículos 25 inciso A, 62 y 63 de la Ley Local. VII.5.2 El Subcomité deberá estar informado de las obras que sean contratadas en la modalidad de Licitación Pública, Invitación Restringida y

21 21 Adjudicación Directa, de conformidad a los artículos 27, 41, 42 y 43 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas. VII.5.3 El Subcomité deberá estar informado de los convenios que se celebren a contratos de obra publica y de servicios relacionados con la misma, que rebasen el 25% del monto y/o tiempo pactado contractualmente, los que deberán estar firmados por el titular de la dependencia, así también se deberá informar al Subcomité de aquellos convenios que no rebasen este porcentaje. VII.5.4 Informar con oportunidad al Comité correspondiente de aquellos contratistas que hayan incumplido los contratos de obra publica y de servicios relacionados con la misma que les fueron adjudicados, de conformidad a lo establecido en los artículos 37, fracciones III, IV y 68 de la Ley Local. En su caso, para los artículos 51 y 78 de la Ley Federal, debiendo verificar los procedimientos correspondientes. VII.6 En Materia de Licitación y de Excepción a las Mismas. VII.6.1 Verificar que las Licitaciones Públicas, así como los casos en que no se celebren por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción, previstos en los artículos 62 o 63 de la Ley Local y 42 de la Ley Federal, se realicen de acuerdo a lo estipulado en la normatividad vigente en la materia.

22 22 VIII. RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL SUBCOMITÉ DE. VIII.1 VIII.1.1 VIII.1.2 VIII.1.3 VIII.1.4 VIII.1.5 VIII.1.6 VIII.1.7 VIII.1.8 VIII.1.9 VIII 1.10 Del Presidente Asistir puntualmente a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Subcomité. Presidir y conducir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Subcomité. En la Primera Sesión Ordinaria del año correspondiente, instalará el Subcomité de Obras para Sesiones Ordinarias y Extraordinarias que se celebren. Acreditara oficialmente a los funcionarios de la Delegación Iztapalapa que integrarán el Subcomité de Obras. Dar a conocer y propiciar el estricto apego a la normatividad emitida en materia de obra publica y de servicios relacionados con la misma y orientar las acciones del Subcomité respecto al cumplimiento de las normas jurídicas que regulen la ejecución de las mismas. Someter a consideración del Pleno el orden del Día para la celebración de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias. Someter a votación de los integrantes del Subcomité los puntos de acuerdo a tomar. Emitir su voto de calidad, en casos de empate en votaciones sobre asuntos específicos. Firmar las actas de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias que tengan verificativo. De ser el caso, designar a los invitados del Subcomité de Obras.

23 23 VIII.1.11 VIII.1.12 VIII.1.13 VIII.1.14 Presentar en la última Sesión Ordinaria a la consideración del Pleno, la propuesta del Calendario Anual de Sesiones Ordinarias para el siguiente año. En la primera Sesión Ordinaria, presentara a la consideración del Pleno el Programa Anual de Obras del año correspondiente. Presentar en cada Sesión Ordinaria a la consideración del Pleno el informe de Avance Físico-Financiero de las obras contratadas. Las demás atribuciones que determine el Reglamento de la Ley de obras Públicas del Distrito Federal, el Comité correspondiente, el Manual de Integración y Funcionamiento y otros ordenamientos legales aplicables. VIII.2 VIII.2.1 VIII.2.2 VIII.2.3 VIII.2.4 VIII.2.5 VIII.2.6 VIII.2.7 Del Secretario Técnico Asistir puntualmente a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Subcomité. Formular el Orden del Día de cada sesión y someterlo a la consideración del Presidente, previamente al envío de las convocatorias. Suscribir las convocatorias a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Subcomité y remitir las carpetas de trabajo correspondientes a las mismas. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos establecidos por el Subcomité. Participar en las diferentes sesiones que se celebren con derecho únicamente a voz. Elaborar las actas de sesiones del Subcomité y asegurar la custodia de las mismas. Resguardar la documentación que avala las resoluciones emitidas por el Subcomité.

24 24 VIII.2.8 VIII.2.9 VIII.2.10 VIII.2.11 Presentar en cada Sesión Ordinaria a la consideración del Pleno, el informe Avance Físico-Financiero de las Obras. Coordinar con el Presidente del Subcomité la elaboración del Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité. Coordinar con el Presidente del Subcomité la elaboración del calendario de sesiones para el siguiente año. Realizar las demás funciones a su cargo previstas en las disposiciones aplicables y aquellas que le encomiende el Presidente o el Subcomité. VIII.3 VIII.3.1 VIII.3.2 VIII.3.3 VIII.3.4 VIII.3.5 VIII.3.6 De los Vocales Asistir puntualmente a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Subcomité. Analizar y votar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones, de acuerdo con la normatividad aplicable en la materia. Entregar con oportunidad al Secretario Técnico la documentación de los asuntos de sus áreas, que requieran ser sometidos a la atención del Subcomité. Emitir su voto para cada uno de los asuntos que sean sometidos a votación y firmar el caso correspondiente de aprobación. Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración del Subcomité, de acuerdo a la normatividad aplicable en la materia. Firmar las actas de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias a las que asistan.

25 25 VIII.3.7 Realizar las demás funciones a su cargo previstas en las disposiciones aplicables y aquellas que le encomiende el Presidente o el Subcomité. VIII.4 VIII.4.1 VIII.4.2 VIII.4.3 VIII.4.5 VIII.4.7 De los representantes de la Contraloría Ciudadana. Asistir puntualmente a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Subcomité. Analizar y votar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones, de acuerdo con la normatividad aplicable en la materia. Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración del subcomité, de acuerdo a la normatividad aplicable en la materia. Firmar las actas de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias a las que asistan. Las demás que le otorgue la normatividad aplicable en la materia. VIII.5 VIII.5.1 VIII.5.2 VIII.5.3 Del Asesor Asistir puntualmente a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias del subcomité. Analizar los asuntos que sean sometidos a la consideración del subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones. Opinar y formular recomendaciones respecto de los asuntos que se presenten a la consideración del subcomité.

26 26 VIII.5.4 VIII.5.5 VIII.5.6 VIII.5.7 VIII.5.8 Informar al Subcomité las observaciones de obra pública, determinadas por los diferentes órganos de fiscalización, que estén pendientes de atención. Sugerir al Presidente del Subcomité la suspensión en su caso, de cualquier acto en el que observe alguna irregularidad que no sea convalidable. Asesorar al Subcomité para la correcta interpretación y aplicación de la Ley, su Reglamento, Normas, Sistemas, procedimientos e instructivos que emita la Contraloría General del Distrito Federal y el Propio Comité de Obras Delegacional. Informar al Subcomité de los problemas relevantes que se observen en las revisiones que efectúe, tratando de evitar su recurrencia. Las demás que le encomiende el subcomité y que le corresponda conforme a sus atribuciones. VIII.6 VIII.6.1 VIII.6.2 VIII.6.3 VIII.6.4 VIII.6.5 De los Invitados Asistir puntualmente a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias del subcomité. Analizar los asuntos que sean sometidos a la consideración del subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones. Opinar y formular recomendaciones respecto de los asuntos que se presenten a la consideración del subcomité. Informar al Subcomité de los problemas relevantes que se observen en las revisiones que efectúe, tratando de evitar su recurrencia. Las demás que le encomiende el subcomité y que le corresponda conforme a sus atribuciones.

27 27 IX. TÉRMINOS BAJO LOS CUALES SE CELEBRARÁN LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL SUBCOMITÉ DE. IX.1 IX.2 IX.3 IX.4 IX.5 Las Sesiones Ordinarias tendrán verificativo por lo menos una vez al mes y en el caso de no haber asuntos que tratar, se deberá informar a sus miembros del seguimiento de acuerdos, así como los avances físicos financieros de obra pública y de servicios relacionados con la misma. En casos debidamente justificados, se podrán realizar Sesiones Extraordinarias a través de Convocatoria emitida por el Secretario Técnico del Subcomité, para tratar exclusivamente asuntos para dictaminar y en el Orden del Día no se incluirá la presentación de actas, seguimiento de casos, seguimiento de acuerdos, ni asuntos generales. En las sesiones ordinarias el orden del día incluirá los siguientes apartados: lista de asistencia y declaratoria de quórum, lectura y firma de actas, seguimiento de casos, seguimiento de acuerdos, presentación de casos para su autorización y asuntos generales. Las Sesiones Ordinarias sólo se llevarán a cabo cuando se integre el quórum, el cual se formara cuando asista más del 50% de los miembros con derecho a voto, excepto los contralores ciudadanos. En el caso de no reunirse el quórum, se emitirá una segunda convocatoria, para efectuar la sesión en un plazo que no exceda de cinco días hábiles posteriores a la fecha prevista en la primera convocatoria. Las decisiones durante el desarrollo de las sesiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos y en estas intervendrán los miembros asistentes con ese derecho, incluyendo los contralores ciudadanos, debiendo asentarse en el acta correspondiente el sentido del voto de cada miembro, ya sea a favor, en contra o abstención. Para llevar a cabo las sesiones ordinarias y extraordinarias, se debe contar invariablemente con la presencia del Presidente del Subcomité o su Suplente Único y en caso de ausencia de éste, el Secretario Técnico procederá a la cancelación de la Sesión. Las Sesiones Extraordinarias se realizarán en la fecha y hora previstas en la respectiva convocatoria con los miembros que asistan, excepto,

28 28 cuando no estén presentes el Presidente del Subcomité, el Secretario Técnico y el servidor público responsable de exponer al asunto a tratar. IX.6 IX.7 IX.8 IX.9 IX.11 IX.12 IX.13 La convocatoria y la carpeta de trabajo, que invariablemente debe contener el orden del día, junto con sus documentos correspondientes, deben entregarse a los miembros del subcomité cuando menos con dos días hábiles de anticipación para las sesiones ordinarias y con un día hábil para las extraordinarias. Los casos que se sometan a consideración del subcomité, deberán presentarse a través del formato correspondiente, anexando la justificación del caso, la suficiencia presupuestal, documentación técnica, legal y administrativa requerida. (Se anexará Formato de Casos de acuerdo al Apartado X.1 de este Manual). Una vez que el caso sea analizado y aprobado por el Subcomité, el formato a que se refiere el punto anterior, deberá ser firmado antes de concluir la sesión por cada miembro con derecho a voz y voto presente, para su debida formalización. La responsabilidad del subcomité, quedara limitada al dictamen o dictámenes que en forma colegiada emita respecto del asunto o asuntos sometidos a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada. Las especificaciones y justificaciones técnicas de cada caso, deberán estar firmadas por los responsable de las áreas respectivas, incluyendo nombre, cargo y firma. Se hará la trascripción de cada Sesión Ordinaria y Extraordinaria lo más apegado a lo mencionado en ella para la elaboración del acta y el Presidente del Subcomité someterá a la consideración de los integrantes el acta de la Sesión Ordinaria o Extraordinaria y si no existen observaciones al contenido de la(s) misma (s), se procederá a declararla aprobada y la firmarán los funcionarios que en ella intervinieron. En caso de existir algún comentario al acta presentada, el Secretario Técnico tomará nota de las modificaciones correspondientes y se presentará nuevamente en la siguiente Sesión Ordinaria para su formalización.

29 29 IX.14 IX.15 IX.16 IX.17 IX.18 IX.19 IX.20 El Secretario Técnico previo a la sesión, deberá revisar e integrar la totalidad de los documentos de respaldo requeridos para la presentación de los casos. En cada Sesión Ordinaria se presentarán los informes de Avance Físico Financiero de cada proyecto ejecutivo, obra pública y servicios relacionados con la misma, correspondiente a la quincena inmediata anterior. En el punto correspondiente a Asuntos Generales, sólo podrán incluirse asuntos de carácter informativo y no se tomará acuerdo alguno. Se iniciarán las Sesiones en el mes de enero y en la primera sesión se instalará formalmente el subcomité. El Presidente del Subcomité presentará para su consideración y aprobación de los miembros el calendario anual de Sesiones Ordinarias, así como la inversión total autorizada para la realización de obra pública. El presidente del Subcomité acreditará oficialmente a los servidores públicos de la Delegación Iztapalapa para integrar el Subcomité, los cuales deberán designar mediante oficio a su suplente para en caso de ausencia, esté sea suplido por el funcionario que haya designado para tal efecto, el cual deberá contar con un nivel jerárquico inmediato inferior al del titular. Los demás integrantes del Subcomité que no pertenezcan a la Delegación Iztapalapa, deberán presentar su acreditación oficial correspondiente y no tendrán suplencia en este Subcomité. Los representantes de la Contraloría Ciudadana deberán presentar su acreditación oficial de la Dirección Ejecutiva de Contraloría Ciudadana de la Contraloría General del Distrito Federal y no tendrán suplencia en este Subcomité.

30 30 X. PRESENTACIÓN DE CASOS AL SUBCOMITÉ DE X.1 Los casos que sean sujetos a evaluación y aprobación por los miembros del Subcomité, se presentaran en el formato denominado Formato de Casos. X.2 El Formato tendrá el objetivo de mostrar en forma detallada para su aprobación los requerimientos de Obra Pública. X.3 Cada caso presentado al Subcomité, deberá incluir lo siguiente: X.3.1. X.3.2. X.3.3 X.3.4 X.3.5 X.3.6 X.3.7 Número de la Sesión y carácter de la Sesión (Ordinaria ò Extraordinaria). Planteamiento claro, concreto y completo en el formato correspondiente, donde se incluya la descripción de la obra, unidad de medida, cantidad y monto propuesto. Fundamento Legal requerido. Acreditación de la Suficiencia Presupuestal, indicando el Programa, Partida Presupuestal, Actividad Institucional y tipo de recursos. En su caso, solicitud del área usuaria. En su caso, detección de necesidades y problemática. Justificación Técnica y Económica. X.3.8 Antecedente y hechos que se relacionen con el caso específico. X.3.9 Anteproyecto o Proyecto Ejecutivo debidamente autorizado por servidor público responsable de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano o la Dirección General de Servicios Urbanos, según corresponda el caso. X.3.10 Factibilidad Técnica y Económica X.3.11 Catálogo de Conceptos y Programa de Obra.

31 31 X.3.12 En caso de contratos bianuales, solicitud autorizada por la Secretaria de Finanzas. X.3.13 Memoria Descriptiva y Técnica del Proyecto. X.3.14 Justificación en torno al caso sometido a la consideración del Subcomité. X.3.15 Tratándose de adjudicación directa, se deberá argumentar los motivos para utilizar el procedimiento y el fundamento legal de acuerdo con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. X.3.16 El Presidente del Subcomité, tendrá voto de calidad para en caso (s) de empate. Será necesario que además de lo anterior a la presentación del Caso al Subcomité y según lo establecido en los artículos 17 y 23 de la Ley y lo dispuesto en las Políticas Administrativas Bases y Lineamiento en Materia de Obra Publica, se cuente con lo siguiente, según corresponda: X.4 Las investigaciones, asesorías, consultas y estudios de campo que se requieran, incluyendo los anteproyectos de urbanismo, de arquitectura e ingeniería necesarios. X.5 Estudios técnicos financieros, de impacto ambiental, de impacto urbano y de impacto social que se requieren para definir la factibilidad en la realización de la obra. X.6 En caso de efectuarse la obra en un predio de reciente adquisición o asignación por parte del Comité de Patrimonio Inmobiliario, deberá acreditarse la adquisición correspondiente, liberada de impuesto y gravámenes y en su caso la documentación que determine la regulación de la tenencia de la tierra, así como la obtención de los permisos necesarios ante otras instituciones del propio Gobierno del Distrito Federal para la ejecución de los trabajos. X.7 Los casos presentados a la consideración del Pleno, serán integrados al Seguimiento de Casos, el cual se presentara como un apartado de la carpeta de trabajo, dándoles a cada caso un número consecutivo para su control, seguimiento y solventación.

32 32 XI. INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE CASOS (Numeral XI.1) N de Descripción de la Anotación Espacio (1) Indicar el número de la Sesión que corresponda. (2) y (3) Indicar en el espacio si la Sesión es Ordinaria o Extraordinaria. (4) Registrar la fecha de realización de la Sesión, anotando día, mes y año. (5) Nombre de la Unidad Administrativa que somete el caso a la consideración de los integrantes del Subcomité. (6) Indicar si el procedimiento se realiza por Licitación Publica, Invitación Restringida o por Adjudicación Directa. (7), (8), Especificar si se ejecutará obra civil, supervisión de obra o si (9) realizaran proyectos. (10) Indicar con cargo a que programa se efectuaran los trabajos o servicios (11) Indicar la clave presupuestal en la que se clasifican las obras o los trabajos a realizar, conforme a la estructura programática vigente. (12) Anotar el presupuesto total disponible del concepto a efectuar, a la fecha en que se presente el caso al Subcomité. (13) Especificar el origen de los recursos con los que se financiaran los trabajos a realizar ( recursos fiscales, de crédito o federales) (14) Indicar el monto total presupuestal del caso. (15) Anotar el presupuesto total disponible, una vez aprobado el caso. (16) Indicar el numero de oficio de autorización de inversión que le fue comunicado a la Unidad responsable por parte de la Dirección de Programación y Presupuesto. (17) Anotar el número de caso que se somete al Subcomité para su aprobación (la numeración deberá ser consecutiva). (18) Especificar la cantidad de obras o servicios a realizar. (19) Considerar la unidad de medida, en función de la cual se realizaran las obras o servicios. (20) Descripción concreta de la obra o servicios, indicando el periodo de ejecución correspondiente. (21) Indicar el monto estimado de la obra o servicios a ejecutar, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (pesos Mexicanos). (22) Indicar el monto que corresponde al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.)

33 33 (23) Indicar el monto total estimado de la obra o servicios a ejecutar, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (pesos Mexicanos) (24) Explicar en forma breve y concisa las razones que justifiquen los trabajos o servicios a ejecutar. (25) Anotar el o los artículos aplicables para el procedimiento solicitado de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal. (26) Anotar el Acuerdo o Dictamen tomado por el pleno. (27) Nombre y firma del funcionario que elaboró la solicitud. (28) Nombre y firma del funcionario responsable de certificar la suficiencia presupuestal. (29) Nombre y firma de los integrantes del Subcomité responsables de la aprobación del caso.

34 34 ANEXO I FORMATO DE PRESENTACIÓN DE CASOS

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