ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (MARZO 2007)
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- María Isabel Carrasco Poblete
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1 ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (MARZO 2007) Esta información se puede ampliar contactando con el Sepruma o visitando web. SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (SEPRUMA) Conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello a la UMA, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (CSSUMA) Órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la UMA en materia de prevención de riesgos laborales. DELEGADOS DE PREVENCIÓN Representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENEFERMEDAD PROFESIONAL Colabora en la gestión de las Contingencias de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (A. T. y E. P.). página 1 de 9
2 SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (SEPRUMA) La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre, ha venido a dar un nuevo enfoque a la prevención de los riesgos laborales, que en la nueva concepción legal no se limita a un conjunto de deberes de obligado cumplimiento empresarial o a la subsanación de situaciones de riesgo ya manifestadas, sino que se debe integrar en el conjunto de actividades y decisiones de la empresa. La nueva óptica de la prevención se articula así en torno a la planificación de la misma a partir de la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo, y la consiguiente adopción de las medidas adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados. Tales fases o aspectos han recibido un tratamiento específico por el Gobierno, procediendo a la regulación por la vía normativa reglamentaria. Siendo una de estas, la de los procedimientos de evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores y de las modalidades de organización, funcionamiento y control de los Servicios de Prevención, así como de las capacidades y aptitudes que han de reunir dichos Servicios y los trabajadores encargados de desarrollar la actividad preventiva. Al cumplimiento del mandato legal responde el Real Decreto 39/1997, en el que son objeto de tratamiento aquellos aspectos que hacen posible la prevención de los riesgos laborales, desde su nueva perspectiva, como actividad integrada en el conjunto de actuaciones de la empresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma, a partir de una planificación que incluya la técnica, la organización y las condiciones de trabajo, presidido todo ello por los mismos principios de eficacia, coordinación y participación que informan la Ley. Se aborda, por ello, la evaluación de los riesgos, como punto de partida que nos conduce a la planificación de la actividad preventiva necesaria, a través del Servicio de Prevención propio (SEPRUMA) constituido en nuestra Universidad, siguiendo el artículo 31 de la Ley. En relación con las capacidades o aptitudes necesarias para el desarrollo de la actividad preventiva en el seno del SEPRUMA, todos los técnicos adscritos en la actualidad, cuentan con la adecuada y necesaria formación mínima requerida para el desempeño de las funciones propias de la actividad preventiva, que se agrupan en tres niveles: básico, intermedio y superior, en el último de los cuales se incluyen las especialidades y disciplinas preventivas de medicina del trabajo, seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada. La estructura del SEPRUMA, de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo vigente, es la que recoge el organigrama anexo. página 2 de 9
3 Principios de la prevención El SEPRUMA, está promoviendo que la prevención de riesgos laborales, como actuación a desarrollar en el seno de la UMA, se integre en el conjunto de sus actividades y decisiones, tanto en los procesos técnicos, en la organización del trabajo y en las condiciones en que éste se preste, como en la línea jerárquica de la UMA, incluidos todos los niveles de la misma, por ello propone la implantación de un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales y de Calidad Ambiental. La integración de la prevención en todos los niveles jerárquicos de la UMA implica la atribución a todos ellos y la asunción por éstos de la obligación de incluir la prevención de riesgos en cualquier actividad que se realice u ordene y en todas las decisiones que se adopten. Competencias del SEPRUMA Evaluación de los riesgos laborales. Entendido como el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que la UMA esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse. Se parte de la evaluación inicial de los riesgos. De la evaluación citada ha resultado necesaria la planificación de medidas preventivas, encaminadas a eliminar, controlar o reducir los riesgos generales a los que están expuestos los trabajadores. Así mismo, se están evaluando los puestos de trabajo que puedan verse afectados por: a. La elección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías o la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo. b. el cambio en las condiciones de trabajo. c. el cambio en las características del trabajador o estado biológico conocido. d. la incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido lo hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto. página 3 de 9
4 Se adopta como criterio la revisión permanente de las evaluaciones realizadas. Por ese motivo, la evaluación inicial de riesgos se está viendo revisada y completada por evaluaciones específicas de condiciones de trabajo, las cuales profundizan más sobre los problemas concretos en los puestos de trabajo. Las evaluaciones están incluyendo la realización de las mediciones, análisis o ensayos necesarios, salvo en aquellas operaciones, actividades o procesos en los que la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de recurrir a aquéllos. En cualquier caso, si existe normativa específica de aplicación, el procedimiento de evaluación del SEPRUMA se ajusta a las condiciones concretas establecidas en la misma. La documentación para cada puesto de trabajo cuya evaluación ha puesto de manifiesto la necesidad de tomar alguna medida preventiva, refleja los siguientes datos: a. La identificación del puesto de trabajo. b. El riesgo o riesgos existentes y la relación de trabajadores afectados. c. La referencia de los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados, en los casos en que sea necesario d. El resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes, entre las que necesariamente se encuentran la formación e información al trabajador afectado. Planificación de la actividad preventiva. Es necesaria porque el resultado de la evaluación ha puesto de manifiesto situaciones de riesgo. El SEPRUMA en nombre de la UMA, debe planificar la actividad preventiva que proceda con objeto de eliminar o controlar y reducir los riesgos detectados, conforme a un orden de prioridades en función de su magnitud y número de trabajadores expuestos a los mismos. En la planificación de la actividad preventiva se ha tenido en cuenta la existencia, de disposiciones legales relativas a riesgos específicos, así como los principios de acción preventiva señalados en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, estos son: página 4 de 9
5 a. Evitar los riesgos b. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar c. Combatir los riesgos en su origen d. Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud e. Tener en cuenta la evolución de la técnica f. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro g. Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo h. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual i. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores La planificación de la actividad preventiva incluye, los medios humanos y materiales necesarios, así como la asignación de los recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos. También se incluyen en la Planificación Preventiva: las medidas de emergencia y autoprotección de los edificios la vigilancia de la salud la información y la formación de los trabajadores en materia preventiva la coordinación de todos los aspectos anteriores El SEPRUMA constituye una unidad organizativa específica y sus integrantes dedican de forma coordinada y exclusiva su actividad en la UMA a la finalidad del mismo que es la prevención de riesgos laborales. La actividad sanitaria, cuenta para el desarrollo de su función con la estructura y medios adecuados a su naturaleza específica y la confidencialidad de los datos médicos personales. En el tratamiento y protección de todos los datos, el SEPRUMA cumple con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación. página 5 de 9
6 COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (CSSUMA) De acuerdo con el artículo 38 de la Ley 31/1995, el CSSUMA es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la UMA en materia de prevención de riesgos laborales. Se constituyó en el año 1997 y está formado en la actualidad por 17 Delegados de Prevención, de una parte, y por representantes de la UMA en número igual al de los Delegados de Prevención. En las reuniones del CSSUMA participan, con voz pero sin voto, los Delegados Sindicales y los responsables técnicos de la prevención en la empresa que no estén incluidos en la composición a la que se refiere el párrafo anterior. En las mismas condiciones pueden participar trabajadores de la UMA que cuenten con una especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones que se debatan en este órgano y técnicos en prevención ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las representaciones en el Comité. El CSSUMA adoptó sus propias normas de funcionamiento aprobando un reglamento interno, el cual contempla la periodicidad de las reuniones que serán trimestrales. DELEGADOS DE PREVENCIÓN Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Los Delegados de Prevención son designados por y entre los representantes del personal, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas, estos son: Órganos de representación Delegados de prevención - Por la Junta de Personal (PDI) 5 - Por el Comité de Empresa (PDI) 4 - Por la Junta de Personal (PAS) 4 - Por el Comité de Empresa (PAS) 4 página 6 de 9
7 Entre las competencias y facultades de los Delegados de Prevención, se citan algunas: a. Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva. b. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. c. Ser consultados por la UMA, con carácter previo a la ejecución, de las decisiones sobre la organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa. d. Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. e. Están facultados para acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio ambiente de trabajo, así como, a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que realicen en los centros de trabajo. f. Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo. g. Etc. De acuerdo con el artículo 37 el delegado de prevención debe guardar sigilo profesional respecto de las informaciones de carácter reservado a que tuviesen acceso como consecuencia de su actuación en la UMA. MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL Qué son las Mutuas? - Asociaciones de Empresarios. - Autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. - Constituidas con el principal objeto de colaborar en la gestión de la Seguridad Social, sin perjuicio de la realización de otras prestaciones, servicios y actividades que les sean legalmente atribuidas. - Carecen de ánimo de lucro y actúan mancomunadamente, basándose en el principio de solidaridad. - Su colaboración en la gestión de la Seguridad Social comprende las siguientes actividades: o La colaboración en la gestión de las Contingencias de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (A. T. y E. P.). o La colaboración en la gestión de la prestación económica de Incapacidad Temporal (I.T.) derivada de Contingencias Comunes. página 7 de 9
8 Los recursos principales de la Mutua son: - Las cuotas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, que recauda para ellas la Tesorería General de la Seguridad Social y que son a cargo exclusivo de las empresas. - Un porcentaje de la cuota por Contingencias Comunes, que reciben como contra- prestación por la gestión de la prestación económica de Incapacidad Temporal derivada de las Contingencias Comunes que realizan. - Los recursos, distintos de las cuotas de Seguridad Social, destinados a financiar su actividad como Servicios de Prevención Ajenos, que proceden de las cantidades que perciban directamente las Mutuas como consecuencia de los conciertos que puedan suscribir con sus empresas asociadas. Las Mutuas de Accidentes otorgan las siguientes prestaciones en la cobertura de los riesgos profesionales en su actividad de colaboración con la Seguridad Social: - Pagan a los trabajadores las prestaciones económicas incluidas en la cobertura de la Seguridad Social. - Asistencia sanitaria. - Pago de prestaciones especiales. - Aportan un porcentaje de sus ingresos para el sostenimiento de los Servicios comunes y Sociales de la Seguridad Social. - Asignan el 80% del exceso de sus excedentes a fines generales de prevención y rehabilitación, un 10% a asistencia social y el restante 10% a constitución de reservas voluntarias, o a la finalidad anterior. página 8 de 9
9 ORGANIGRAMA DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA UMA (SEPRUMA) DIRECTOR SERVICIO DE PREVENCION MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES UNIDAD ADMINISTRATIVA: AREAS DE ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA, HIGIENE INDUSTRIAL Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (El Ejido) - 2 PUESTOS BASE AREA DE MEDICINA DEL TRABAJO (Teatinos) - JEFE DE NEGOCIADO - PUESTO BASE TÉCNICOS SUPERIORES PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES ESPECIALISTA EN ERGONOMIA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA ESPECIALISTA EN HIGIENE ESPECIALISTA EN SEGURIDAD EN EL TRABAJO ESPECIALISTA EN MEDICINA DEL TRABAJO + ATS/DUE DE EMPRESA 2 TÉCNICOS DE NIVEL INTERMEDIO ESPECIALISTAS EN PREVENCION DE RIESGOS LABORALES página 9 de 9
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