BONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
|
|
- Salvador Salinas Ramos
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 BONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES HECHOS IMPONIBLES DEVENGADOS A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE ADQUISICIONES POR CAUSA DE MUERTE En las adquisiciones por causa de muerte (herencia, legado, etc.) Se pueden aplicar las reducciones de la base imponible siguientes: 1.1 Por parentesco, en función de los grupos de parentesco siguientes: Grupo Concepto Reducción I II III Hijos y adoptados - Otros descendientes Cónyuge o pareja estable euros, més euros per cada any de menys de 21 que tingui el causahavent, fins a un límit de euros Hijos y adoptados Otros descendientes Ascendientes Situaciones convivenciales de ayuda mutua Colaterales y afinidad Por minusvalía, según los grados de minusvalía siguientes: -Igual o superior al 33% y hasta el 64%: euros. -Igual o superior al 65%: euros. 1.3 Para personas mayores del grupo II de parentesco de 75 años o más, por importe de euros. Esta reducción es incompatible con la reducción por minusvalía. 1.4 Por la percepción de cantidades derivadas de contratos de seguro sobre la vida, cuando el parentesco con la persona causante es
2 de cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado o adoptante, por importe del 100% del importe recibido, con el límite de euros. 1.5 Por la adquisición de elementos patrimoniales afectos a una empresa individual o actividad profesional del causante o de su cónyuge, cuando éste es el adjudicatario de los bienes, por parte del cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, por importe del 95% de su valor neto. La reducción también es aplicable cuando el adquirente, sin tener la relación de parentesco, tiene una vinculación laboral o de prestación de servicios con la empresa o negocio con una antigüedad mínima de 10 años, con tareas de responsabilidad en la gestión o dirección con una antigüedad mínima de 5 años. mantenimiento, por parte de la persona adquirente, del ejercicio de la actividad y de la titularidad y afectación de los bienes o sus subrogados 1.6 Por la adquisición de participaciones en entidades, por parte del cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, por importe del 95% (97% si se trata de sociedades laborales) del valor correspondiente a la parte que corresponda a la proporción entre los activos necesarios para el ejercicio de la actividad, minorados en el importe de las deudas, y el valor del patrimonio neto de la entidad, y siempre que ésta no tenga por actividad principal la gestión de un patrimonio, la persona causante tuviera una participación igual o superior al 5% del capital de forma individual o del 20% junto con su cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, y hubiera ejercido, dicha persona o alguna de las mencionadas anteriormente, funciones de dirección por las que percibiera una remuneración que representara más del 50% de sus rendimientos de actividades económicas y del trabajo personal. La reducción también es aplicable cuando el adquirente, sin tener la relación de parentesco, tiene una vinculación laboral o de prestación de servicios con la entidad con una antigüedad mínima de 10 años, con tareas de responsabilidad en la gestión o dirección con una antigüedad mínima de 5 años, y tiene una participación en la entidad superior al 50% de su capital (superior al 25% si se trata de sociedades laborales).
3 1.7 Por la adquisición de la vivienda habitual del causante por parte del cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado (en este caso, mayor de 65 años y que hubiera convivido con la persona causante durante los dos años anteriores al fallecimiento), por importe del 95% del valor del inmueble, con el límite de euros por el valor del inmueble, límite que se prorrateará entre los sujetos pasivos en proporción a su participación sin que el límite individual no pueda ser inferior a euros. 1.8 Por la adquisición de fincas rústicas de dedicación forestal que dispongan de un instrumento de ordenación forestal aprobado por el departamento competente, o sean gestionadas en el marco de un convenio, acuerdo o contrato de gestión forestal, o estén ubicados en terrenos que han sufrido incendios en los 25 años anteriores al fallecimiento o han sido declarados zonas de actuación urgente por razón de incendio, por parte del cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, por importe del 95% de su valor. durante el plazo de 10 años. 1.9 Por la adquisición de bienes culturales de interés nacional y bienes muebles catalogados e inscritos, así como la obra propia de los artistas, cuando el causante era el propio artista, por parte del cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, por importe del 95% de su valor Por la adquisición de bienes utilizados en la explotación agraria de la persona causahabiente adjudicataria, por parte del
4 cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, cuando tengan la condición de agricultor profesional, por importe del 95% del valor neto de los elementos patrimoniales adquiridos. y de su utilización exclusiva en la explotación agraria, así como la condición de agricultor profesional, durante el plazo de 5 años Por la adquisición de fincas rústicas de dedicación forestal situadas en terrenos de un espacio de interés natural del Plan de espacios de interés natural o de la Red Natura 2000, por parte del cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptando o colateral hasta el tercer grado, por importe del 95% de su valor. durante el plazo de 10 años Por sobreimposición decenal, cuando unos mismos bienes o derechos, en un periodo máximo de 10 años, fueran objeto de dos o más transmisiones por causa de muerte a favor del cónyuge, descendientes, adoptados, ascendientes o adoptantes, por las que se hubiera producido una tributación efectiva, por el importe mayor entre los siguientes: -El importe de las cuotas del impuesto satisfechas en las transmisiones anteriores. -El 50% del valor real de los bienes y derechos, cuando la segunda o ulterior transmisión se ha producido dentro del año natural posterior a la anterior transmisión. -El 30% del valor real de los bienes y derechos, cuando la segunda o ulterior transmisión se ha producido después del primer año y antes del transcurso de 5 años naturales desde la anterior transmisión. -El 10% del valor real de los bienes y derechos, cuando la segunda o ulterior transmisión se ha producido después de los 5 años naturales desde la anterior transmisión.
5 2. ADQUISICIONES GRATUITAS ENTRE PERSONAS VIVAS En las adquisiciones gratuitas entre personas vivas (donaciones) se pueden aplicar las reducciones de la base imponible siguientes: 2.1 Por la adquisición de elementos patrimoniales afectos a una empresa individual o actividad profesional de la persona donante por parte del cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, por importe del 95% de su valor, siempre que la persona que da tenga 65 años o más o se encuentre en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta o gran invalidez, ejerciera de forma habitual y directa la actividad percibiendo unos rendimientos que representen como mínimo el 50% de sus rendimientos de actividades económicas y del trabajo personal, ya la fecha de la donación cese en la actividad y deje de percibir estos rendimientos. La reducción también es aplicable cuando el adquirente, sin tener la relación de parentesco, tiene una vinculación laboral o de prestación de servicios con la empresa o negocio con una antigüedad mínima de 10 años, con tareas de responsabilidad en la gestión o dirección con una antigüedad mínima de 5 años. y su afectación a la actividad, así como su ejercicio, durante el plazo de 5 años. 2.2 Por la adquisición de participaciones en entidades, por parte del cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, por importe del 95% (97% en el caso de sociedades laborales) del valor correspondiente a la parte que corresponda a la proporción entre los activos necesarios para el ejercicio de la actividad, minorados en el importe de las deudas, y el valor del patrimonio neto de la entidad, y siempre que ésta no tenga por actividad principal la gestión de un patrimonio, la persona donante tenga 65 años o más o se encuentre en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta o gran invalidez, tuviera una participación igual o superior al 5% del capital de forma individual o del 20% junto con su cónyuge, descendiente, ascendiente, adoptado, adoptante o colateral hasta el tercer grado, y hubiera ejercido, dicha persona o alguna de las mencionadas anteriormente, funciones de dirección por las que percibiera una remuneración que representara más del 50 % de sus rendimientos de actividades económicas y del trabajo personal. La reducción también es aplicable cuando el adquirente, sin tener la
6 relación de parentesco, tiene una vinculación laboral o de prestación de servicios con la entidad con una antigüedad mínima de 10 años, con funciones de dirección con una antigüedad mínima de 5 años, y tiene una participación en la entidad superior al 50% de su capital. y del cumplimiento de los requisitos para aplicar la reducción durante el plazo de 5 años. 2.3 Por la donación de dinero para constituir o adquirir una empresa o negocio o participaciones en entidades, con domicilio social y fiscal en Cataluña, cuando la donación se formaliza en escritura pública, la persona donataria es descendiente de la persona donante y es menor de 41 años con un patrimonio no superior a euros, por importe del 95% del importe donado, hasta un máximo de euros, o si la persona donataria tiene una discapacidad igual o superior al 33%. El disfrute definitivo de esta deducción queda condicionado a que la persona donataria constituya o adquiera la empresa, negocio o participaciones en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de la primera donación, y mantenga la adquisición así como la ejercicio de funciones de dirección 2.4 Por la adquisición de bienes del patrimonio histórico español o catalán, por parte del cónyuge o descendiente, por importe del 95% de su valor. 2.5 Por la donación de cantidades destinadas a la adquisición de la primera vivienda habitual, cuando se cumplen los requisitos siguientes: a) La donación debe formalizarse en escritura pública, en la cual hay que hacer constar de manera expresa que el dinero se dona para que se destine a la adquisición de la primera vivienda habitual de la persona donataria.
7 b) La persona donataria tiene que ser descendiente de la donante, y no puede tener más de 36 años, salvo que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%. c) La base imponible total en la última declaración del IRPF presentada por la persona donataria no puede ser superior, restando los mínimos personal y familiar, a euros, o si la persona donataria tiene una discapacidad igual o superior al 65%. El disfrute definitivo de esta deducción queda condicionado a que la persona donataria adquiera el inmueble en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de la primera donación. 2.6 Por la donación de un inmueble destinado a constituir la primera vivienda habitual, cuando se cumplen los requisitos siguientes: a) La donación debe formalizarse en escritura pública, en la cual se tiene que hacer constar de manera expresa que la vivienda se dona para que se convierta en vivienda habitual de la persona donataria. b) La persona donataria tiene que ser descendiente de la donante, y no puede tener más de 36 años, salvo que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%. c) La base imponible total en la última declaración del IRPF presentada por la persona donataria no puede ser superior, restando los mínimos personal y familiar, a euros, o si la persona donataria tiene una discapacidad igual o superior al 65%. 2.7 Por aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados, por importe del 90% del importe que excede la cantidad máxima que tiene la consideración de rendimiento del trabajo.
VALENCIA CAPÍTULO II. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos.. CAPÍTULO II Impuesto
Más detallesBONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
BONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES HECHOS IMPONIBLES DEVENGADOS DEL 1 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2009 1. ADQUISICIONES POR CAUSA DE MUERTE En las adquisiciones por causa
Más detallesLEY 16/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat
LEY 16/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat (BOE 23, 27/01/2011, DOCV 6429/31/12/2010) TITULO II. Otros tributos cedidos
Más detallesCASTILLA Y LEÓN. Capítulo III. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sección 1. Concepto sucesiones
Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos Artículo
Más detallesBONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
BONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES HECHOS IMPONIBLES DEVENGADOS DEL 1 DE ENERO DE 2003 A 31 DE DICIEMBRE DE 2007 1. ADQUISICIONES POR CAUSA DE MUERTE En las adquisiciones por
Más detallesB & V A B O G A D O S B & V ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L.
Circular 08/11 MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID La Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para la Comunidad de Madrid, publicada en el Boletín
Más detallesIndice. (Documento actualizado a 07/02/2016) 1. TARIFA
Indice P-2185 P-2135 1. TARIFA 2. PATRIMONIO PREEXISTENTE 3. REDUCCIONES EN BASE IMPONIBLE 4. DEDUCCIONES EN CUOTA 5. MEDIDAS TRIBUTARIAS PLAN LORCA 6. NORMATIVA (Documento actualizado a 07/02/2016) 1.
Más detallesGUÍA PRÁCTICA 6/2013 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
GUÍA PRÁCTICA 6/2013 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Como explicamos en la anterior parte de la guía, el ISD es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas,
Más detallesCONSULTA OTROS TRIBUTOS CONSULTA NÚM: 35 (04/06/14) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE
CONSULTA OTROS TRIBUTOS CONSULTA NÚM: 35 (04/06/14) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Reducción donación de participaciones en entidades en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Más detallesARAGÓN. CAPÍTULO III Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Sección 1 Concepto «Sucesiones»
Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos
Más detalles(BOCL 190, 01/10/2008)
Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado (BOCL
Más detalles2.1.1.- Por PARENTESCO (a favor parientes Grupos I y II):
MODIFICACIONES IMPUESTO SUCESIONES y DONACIONES e IMPUESTO TP Y AJD introducidas por el DECRETO- LEY 4/2013, de 2 de agosto, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit público y la
Más detallesI. INTRODUCCIÓN 1. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se configura como un tributo cedido a las
LA TRIBUTACIÓN DE LAS ADQUISICIONES INTER VIVOS EN EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES: TERRITORIO COMÚN VERSUS TERRITORIOS FORALES DEL PAÍS VASCO LOURDES SERNA BLANCO (*) I. INTRODUCCIÓN 1 El Impuesto
Más detallesher Cambios Legales 2016 a3asesor doc Gestor Documental Guía de usuario
her Cambios Legales 2016 a3asesor doc Gestor Documental Guía de usuario Sumario Cambios Legales 2016 Nuevo indicador No aplicar la reducción por parentesco... 2 Cambios Legales en las Comunidades Autónomas...
Más detallesLey de Medidas Fiscales de la Generalitat Valenciana; El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 16 mayo 2007. *connectedthinking
Ley de Medidas Fiscales de la Generalitat Valenciana; El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 16 mayo 2007 *connectedthinking Agenda Introducción Beneficios fiscales en la Comunidad Valenciana Principales
Más detallesRENTA 2014 BENEFICIOS FISCALES AUTONÓMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA...2 DEDUCCIONES PARA EL APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD...
RENTA 2014 BENEFICIOS FISCALES AUTONÓMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA...2 Para beneficiarios de ayudas familiares en aplicación de la normativa de la Comunidad Autónoma Andaluza. 2 Por adopción de hijos
Más detallesTÍTULO II. NORMAS SUSTANTIVAS SOBRE TRIBUTOS CEDIDOS DE NATURALEZA DIRECTA CAPÍTULO II IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos
Más detallesAsesor Fiscal. IRPF e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Prueba de evaluación Asesor Fiscal. IRPF e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Datos del alumno: Firma del alumno: Fecha de envío: Recuerde: Cumplimente la prueba de evaluación (sin olvidar firma y
Más detallesEl Gobierno reduce a la mitad el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
El Gobierno reduce a la mitad el Impuesto de Sucesiones y Donaciones ANTECEDENTES La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) tiene competencias en materia tributaria para gestionar y regular determinados
Más detallesBENEFICIOS FISCALES DE LA RIOJA POR COLECTIVOS
BENEFICIOS FISCALES DE LA RIOJA POR COLECTIVOS MEDIDAS DIRIGIDAS A LAS FAMILIAS: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Rebaja de un uno por ciento en la escala autonómica para los contribuyentes
Más detallesPlanificación Fiscal en la sucesión de Empresa Familiar
Planificación Fiscal en la sucesión de Empresa Familiar Fernando Cabeza Deloitte Asesores Tributarios Diciembre de 2011 SUCESION EN EMPRESA FAMILIAR Objetivos básicos Exención en IP Bonificación 95% en
Más detallesMADRID CAPÍTULO III. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. SECCIÓN I. REDUCCIONES DE LA BASE IMPONIBLE.
Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por
Más detallesNovedades de la Ley 1/2008, de 27 de diciembre.
Grupo Asesur-Tropic SL Avda Juan Carlos I EdifMiami, 8 Tel 958-88 00 54 Fax 958-88 03 52 info@asesurtropiccom Medidas fiscales de la C A de Andalucía para el ejercicio 2008 (Disposiciones cuarta y quinta
Más detallesDEDUCCIONES DE LA CUOTA ÍNTEGRA IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
DEDUCCIONES DE LA CUOTA ÍNTEGRA IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EJERCICIO 2014 y 2015 De acuerdo con las competencias normativas de Cataluña en relación con el Impuesto sobre la Renta de
Más detalles09:00 12:00 16:00 20:00 21:00 UN DÍA NORMAL: EL TRABAJO PASA FACTURA ESTÁ CONTENTO CON SU COMPAÑÍA? PUNTOS SUSPENSIVOS LA SANCIÓN DEL VERANO
Guía Práctica: Impuesto de Sucesiones y Donaciones ARAG SE, Sucursal en España, advierte que queda absolutamente prohibido cualquier tipo de reproducción total o parcial de todos los contenidos o elementos
Más detallesSUMARIO NORMATIVA APLICABLE, FUNDAMENTO Y OBJETO DEL IMPUESTO, HACIENDA COMPETENTE, INTEGRACIÓN EN EL SISTEMA IMPOSITIVO.
SUMARIO CAPÍTULO I. NORMATIVA APLICABLE, FUNDAMENTO Y OBJETO DEL IMPUESTO, HACIENDA COMPETENTE, INTEGRACIÓN EN EL SISTEMA IMPOSITIVO. REGLAS GENERALES 1. 2. 3. 4. 5. EL ISD COMO TRIBUTO CEDIDO.......................................
Más detallesGUÍA IMPUESTO SOBRE DONACIONES
GUÍA IMPUESTO SOBRE DONACIONES Actualizada a 30/09/2013 www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia ÍNDICE I. NORMATIVA...1 II. HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO...1 III. BASE IMPONIBLE...1 IV.
Más detallesComunidad Autónoma de Cataluña
604 Comunidad Autónoma de Cataluña Los contribuyentes que en 2014 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
Más detallesLey 9/2008, de 28 de julio, gallega de medidas tributarias en relación con el impuesto sobre sucesiones y donaciones
Ley 9/2008, de 28 de julio, gallega de medidas tributarias en relación con el impuesto sobre sucesiones y donaciones (BOE 227, 19/09/2008, DOG 152, 07/08/2008) Exposición de motivos El eje central en el
Más detallesLECCIÓN 2: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS CASOS RESUELTOS SOBRE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO
LECCIÓN 2: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Supuestos prácticos elaborados por Luis Malvárez Pascual CASOS RESUELTOS SOBRE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO Clases de renta. Determinar el tipo
Más detallesComunidad Autónoma de la Región de Murcia
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de
Más detallesDEDUCCIONES DE LA CUOTA ÍNTEGRA IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
DEDUCCIONES DE LA CUOTA ÍNTEGRA IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EJERCICIOS 2011 I 2012 De acuerdo con las competencias normativas de Cataluña en relación con el Impuesto sobre la Renta
Más detallesJunta de Castilla y León
Com. 01-04 MODIFICACIONES TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2004 QUE AFECTAN A LOS TRIBUTOS CEDIDOS GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 (Ley 61/2003), y de
Más detallesLey 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por
Más detallesSUJECCIÓN AL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
SUJECCIÓN AL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES Artículo 3 Ley 29/1987. Hecho imponible. 1. Constituye el hecho imponible: a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro
Más detallesEjercicio de poder testatorio y donación. Tratamiento fiscal (28.07.2005)
Ejercicio de poder testatorio y donación. Tratamiento fiscal (28.07.2005) Cuestión La consultante es comisaria foral de la herencia de su difunto esposo. Entre los bienes de la comunidad de bienes constituida
Más detallesCONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE
CONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Bonificación en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones NORMATIVA APLICABLE
Más detallesNOVEDADES FISCALES ARAGÓN 2015
NOVEDADES FISCALES ARAGÓN 2015 La Ley 14/2014 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón establece para 2015 una serie de modificaciones del Decreto Legislativo
Más detallesModelo 651. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Instrucciones
Modelo 651 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Instrucciones Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Modelo 651 Quien debe presentar la autoliquidación Estarán obligados a presentar autoliquidación,
Más detallesImpuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones CUMPLIMENTACIÓN MODELOS 650 Y 651 HOJA DE PARÁMETROS APLICABLES EN LOS HECHOS IMPONIBLES DEVENGADOS DESDE EL AÑO 2013 Reducciones por parentesco con el causante.-
Más detallesCOMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA DECRETO LEGISLATIVO 1/2010, DE 5 DE NOVIEMBRE, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES
Más detalles12/09/2013. Hecho imponible: Otros títulos sucesorios:
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y Ley 29/1987 de 18 de diciembre del Impuesto Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que
Más detallesBaleares. Ley 22/2006, de 19 de diciembre, de reforma del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Baleares Ley 22/2006, de 19 de diciembre, de reforma del impuesto sobre sucesiones y donaciones. TÍTULO I. ADQUISICIONES POR CAUSA DE MUERTE. CAPÍTULO I. REDUCCIONES DE LA BASE IMPONIBLE. Artículo 1. Régimen
Más detallesimpuesto de transmisiones patrimoniales (itp) de la compra (segunda mano)
álava 4% andalucía -10% 2,5%, las siguientes transmisiones: - viviendas cuya superficie construida no sea superior a 120 m2 - viviendas unifamiliares cuya superficie construida no sea superior a 120 m2
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS PUBLICADAS
NOVEDADES TRIBUTARIAS PUBLICADAS En el BOB de 13 de Diciembre se han publicado importantes novedades tributarias que se exponen a continuación; con efectos desde 01-01-2.014. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES
Más detallesCasos de exámenes de convocatorias anteriores sobre otros impuestos estatales directos (con soluciones actualizadas a 1 de diciembre de 2015)
Casos de exámenes de convocatorias anteriores sobre otros impuestos estatales directos (con soluciones actualizadas a 1 de diciembre de 2015) Sumario con hipervínculos: Impuesto sobre la Renta de no Residentes
Más detallesDeducciones de carácter estatal en el IRPF 2015
Deducciones de carácter estatal en el IRPF 2015 Con la entrada en vigor de la nueva Reforma Fiscal se han introducido una serie de cambios que afectan a las deducciones en el IRPF para este año 2015 que,
Más detallesTema 15 IMPOSICIÓN SOBRE LA RIQUEZA. Hacienda Pública I. 2010/11-3º Lic. Derecho Grupo 2. Pablo Gutiérrez Junquera
Tema 15 IMPOSICIÓN SOBRE LA RIQUEZA Hacienda Pública I. 2010/11-3º Lic. Derecho Grupo 2. Pablo Gutiérrez Junquera Imposición sobre la Riqueza Impuesto Patrimonio (suprimido) Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Más detallesComunidad Autónoma de Cantabria
Capítulo 17. Deducciones autonómicas de la cuota aplicables en el ejercicio 2014 Comunidad Autónoma de Cantabria (Decreto Legislativo 62/2008) Los contribuyentes que en 2014 hayan tenido su residencia
Más detallesManual de FONDOS de PENSIONES
Manual de FONDOS de PENSIONES Séptima edición, revisada y actualizada Con los cambios que introduce el Real Decreto 3/2000, de 23 de junio, de medidas fiscales urgentes de estímulo de ahorro familiar,
Más detallesMEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
NOTA INFORMATIVA. DECRETO LEY 4/2013, DE 2 DE AGOSTO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DEL DÉFICIT PÚBLICO Y LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL EN LA COMUNITAT
Más detallesCuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?
4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál
Más detallesGuía Fiscal 2012-2013
Guía Fiscal 2012-2013 Plan Universal de la Abogacía Fiscalidad de las cuotas y prestaciones del Plan Universal de la Abogacía Edición enero de 2012 MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACÍA Mutualidad de Previsión
Más detallesImpuesto Renta 2012. País Vasco. Información de tu interés.
Impuesto Renta 2012 País Vasco Información de tu interés. A continuación te informamos, de forma resumida, de la normativa a aplicar en los diferentes productos financieros para la declaración de los Impuestos
Más detallesRégimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas
Régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002 Página1 Régimen
Más detallesDESGRAVACIONES FISCALES 2015
DESGRAVACIONES FISCALES 2015 En el articulo 7, Ley IRPF y otras disposiciones( rentas exentas y no sujetas), el apartado h. La cuantía exenta tiene como límite en el importe de la prestación máxima que
Más detallesDEL GOBIERNO DE CANTABRIA 2012-2015
CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO NOVEDADES FISCALES DEL GOBIERNO DE CANTABRIA 2012-2015 Torrelavega, 25 de febrero de 2015 Novedades fiscales Año 2012 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: obonificación
Más detallesa) Que el donante tuviese sesenta y cinco o más años o se encontrase en situación de incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez.
RESOLUCIÓN 2/1999, de 23 de marzo, de la Dirección General de Tributos, relativa a la aplicación de las reducciones en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en materia de vivienda
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 29674 I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Consejo de Gobierno 8951 Decreto-Ley 1/2015, de 6 de agosto, de medidas para reducir la carga tributaria en el Impuesto sobre Sucesiones y
Más detallesModelo 651. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones INSTRUCCIONES
Modelo 651 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones AUTOLIQUIDACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES POR DONACIÓN INSTRUCCIONES CUESTIONES GENERALES Normativa reguladora Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto
Más detalles1. Disposiciones generales... 3 Articulo 1... 3. 2. Tipos de gravamen... 3 Articulo 2... 3. 3. Base imponible y cuotas... 3 Articulo 3...
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Vigencia: desde el día 1 de enero de 2015 Aprobada por el Pleno el día 28 de octubre de 2014 (Publicada BOG nº 244, fecha 23-12-2014) Índice
Más detalles1.DISPOSICIONES GENERALES
1.DISPOSICIONES GENERALES PARLAMENTO DE Corrección error la Ley Cantabria 6/2009, 28 diciembre, medidas fiscales y contenido financiero, publicada en el BOPCA nº 314, 23 diciembre 2009 y en el BOC extraordinario
Más detallesFISCALES EN EL IRPF. asociación de personas con discapacidad física de álava. arabako gutxitasun fisikoa duten pertsonen elkartea
G U Í A e s p e c i a l i d a d e s FISCALES EN EL IRPF asociación de personas con discapacidad física de álava arabako gutxitasun fisikoa duten pertsonen elkartea Qué especialidades fiscales existen para
Más detallesLOS IMPUESTOS «PLAYEROS» DEL DECRETO LEY 4/2013 DEL GOBIERNO VALENCIANO
CIRCULAR 06/0 - IMPUESTOS VARIOS LOS IMPUESTOS «PLAYEROS» DEL DECRETO LEY 4/0 DEL GOBIERNO VALENCIANO El Gobierno valenciano vuelve a la carga subiendo los impuestos que deben pagar los residentes en la
Más detallesLos depósitos bancarios
Depósitos bancarios 2012 Guías 12 Depósitos bancarios Los depósitos bancarios se caracterizan por ser contratos por los cuales una de las partes (una persona o una entidad) entrega a la otra, generalmente
Más detallesArtículo 3. Modalidades de mecenazgo cultural, científico o de desarrollo tecnológico
Anteproyecto de ley por el cual se regula el consumo cultural y el mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y sus incentivos fiscales en la comunidad autónoma de las Illes Balears Exposición
Más detallesREGLAMENTO Plan de Previsión Dinero
REGLAMENTO Plan de Previsión Dinero Actualizados: ASAMBLEA GENERAL 22 DE MARZO 2013 ÍNDICE Página Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES... 1 Artículo 1. DENOMINACIONES... 1 Artículo 2. OBJETO SOCIAL... 1
Más detallesTodo el conocimiento a un click
Todo el conocimiento a un click Junio de 2014 Las líneas maestras de la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre la Renta de No Residentes y Otras Normas Tributarias.
Más detallesDECLARACIÓN DE LA RENTA: NOVEDADES QUE AFECTAN A LA MAYORÍA DE LOS CIUDADANOS
DECLARACIÓN DE LA RENTA: NOVEDADES QUE AFECTAN A LA MAYORÍA DE LOS CIUDADANOS Viernes, 26 de Abril de 2013 Dolores Salas Vázquez Abogado del Área de Fiscal Número de colegiada 55.573 En los últimos meses
Más detallesReal Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. MODIFICACIONES AL REAL DECRETO-LEY 6/2012, de medidas urgentes
Más detallesLos depósitos bancarios
Depósitos Bancarios 2014 Guías 14 Depósitos bancarios Los depósitos bancarios se caracterizan por ser contratos por los cuales una de las partes (una persona o una entidad) entrega a la otra, generalmente
Más detallesDONACIONES 1. ACTOS GRAVADOS. HECHO IMPONIBLE. 2. DEVENGO Y PRESCRIPCIÓN. 3. OBLIGADOS AL PAGO. SUJETO PASIVO. 4. BASE IMPONIBLE. 5. 6.
DONACIONES 1. ACTOS GRAVADOS. HECHO IMPONIBLE. 2. DEVENGO Y PRESCRIPCIÓN. 3. OBLIGADOS AL PAGO. SUJETO PASIVO. 4. CUANTIFICACIÓN DE LOS HECHOS GRAVADOS. BASE IMPONIBLE. 5. REDUCCIONES DE LA BASE IMPONIBLE.
Más detallesGUÍA IMPUESTO SOBRE SUCESIONES
GUÍA IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Actualizada a 30/09/2013 www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia ÍNDICE I. NORMATIVA...1 II. HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO...1 III. BASE IMPONIBLE...1 IV.
Más detallesJornada sobre protección patrimonial y fiscal de las personas con discapacidad
Jornada sobre protección patrimonial y fiscal de las personas con discapacidad Carlos de Pablo Varona Catedrático acreditado de Derecho Financiero y Tributario. UC A) Introducción Le protejo o dejo que
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 251 de 29x2014 1/19 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s Consejería de Hacienda y Sector Público DECRETO LEGISLATIVO 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
Más detallesCODIGO DE BUENAS PRACTICAS DE CAJA RURAL DE GIJON
BENEFICIARIOS DEL CÓDIGO DE BUENAS PRACTICAS Podrán beneficiarse de las medidas contenidas en este Código de Buenas Prácticas los deudores hipotecarios situados en riesgo de exclusión, siendo considerados
Más detallesOBJETO REQUISITOS BENEFICIARIOS
OBJETO Prestación de modalidad no contributiva del Sistema de Seguridad Social destinada a: GARANTIZAR UNOS INGRESOS ADECUADOS A PERSONAS CON DISPONIBILIDAD PARA TRABAJAR que carecen de: Empleo. Recursos
Más detallesLey Foral de reforma de la normativa fiscal y de medidas de incentivación de la actividad económica
Ley Foral de reforma de la normativa fiscal y de medidas de La Ley Foral 29/2014, de reforma de la normativa fiscal y de medidas de incentivación de la actividad económica acomete una serie de modificaciones
Más detallesImpu mp e u sto sobr sob e Su S ce u sione sion s y Donaciones
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS: Naturaleza: directa y subjetiva. Fundamento: redistribución de riqueza acumulada Grava incrementos de patrimonio obtenidos de forma lucrativa.
Más detallesComunidad Autónoma de Aragón
Comunidad Autónoma de Aragón (Decreto Legislativo 1/2005) Los contribuyentes que en 2014 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán aplicar las siguientes
Más detallesPUBLICACIONES CIRCULAR FISCAL
PUBLICACIONES CIRCULAR FISCAL Nº 5/2003 Febrero DEPARTAMENTO FISCAL COMENTARIOS SOBRE NORMATIVA FISCAL AUTONOMICA INTRODUCCIÓN En esta Circular se van a comentar las modificaciones legales que han aprobado
Más detallesIRPF efectos a partir 01-01-2010
MEDIDAS TRIBUTARIAS REACTIVACION ECONÓMICA ANDALUCIA INDICE enlazado con texto íntegro Ley 8/2010 (BOJA 23-07-2010) Las modificaciones del Decreto Legislativo 1/2009 (tributos cedidos) contenidas en el
Más detallesEL RESTABLECIMIENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO. Joan Pons Barcelona, 29 de noviembre 2011
EL RESTABLECIMIENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO Joan Pons Barcelona, 29 de noviembre 2011 ÍNDICE DEL DESAYUNO FISCAL A. EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO B. CASO PRÁCTICO C. RUEGOS Y PREGUNTAS 2 A.
Más detallesAula de Formación FISCALIDAD EN LOS PLANES DE PENSIONES. 5 de junio de 2012
Aula de Formación FISCALIDAD EN LOS PLANES DE PENSIONES 5 de junio de 2012 Índice 1 Introducción 2 Fiscalidad de aportaciones 3 Fiscalidad de prestaciones 4 Ventajas fiscales de un plan de pensiones de
Más detallesExcma. Sra. Dña. Susana Díaz Pacheco PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA. Sevilla, 5 de noviembre de 2015. Señora Presidenta:
Excma. Sra. Dña. Susana Díaz Pacheco PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA Señora Presidenta: Sevilla, 5 de noviembre de 2015 Como V.E. sabrá, uno de los principales problemas que afecta al
Más detallesBOLETIN DE NOVEDADES FISCALES 2003 REFORMA DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. Enero de 2003
BOLETIN DE NOVEDADES FISCALES 2003 REFORMA DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES Enero de 2003 DIVISION DE GESTION DE PRODUCTOS ASESORÍA JURÍDICO - FISCAL ASESORIA ALTAE JURIDICO-FISCAL BANCO www.altae.es
Más detallesREFORMA DEL IRPF PARA 2015 PROYECTO DE LEY
REFORMA DEL IRPF PARA 2015 PROYECTO DE LEY El 6 de agosto de 2014 se publicó el Proyecto de ley por el que se modifica la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre la Renta
Más detallesRÉGIMEN FISCAL DE LAS DONACIONES Y APORTACIONES TRAS LA REFORMA FISCAL
RÉGIMEN FISCAL DE LAS DONACIONES Y APORTACIONES TRAS LA REFORMA FISCAL Sevilla, Febrero de 2015 ÍNDICE 1. ANTECEDENTES NORMATIVOS Y MODIFICACIONES 2. RÉGIMEN FISCAL DE LOS a. DEDUCCIONES EN EL IRPF b.
Más detallesRESUMEN DE LA PROPOSICIÓN ILP PARA UNA PRESTACION DE INGRESOS MINIMOS
2015 RESUMEN DE LA PROPOSICIÓN ILP PARA UNA PRESTACION DE INGRESOS MINIMOS (10 de abril de 2015) SECRETARÍA DE IGUALDAD 1 OBJETO Prestación de modalidad no contributiva del Sistema de Seguridad Social
Más detallesLA DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL EN EL PAIS VASCO JAVIER ARMENTIA BASTERRA (*)
LA DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL EN EL PAIS VASCO JAVIER ARMENTIA BASTERRA (*) I. INTRODUCCIÓN Las Juntas Generales de cada uno de los Territorios Históricos han aprobado una nueva Norma
Más detallesSección I - Comunidad Autónoma Illes Balears
BOIB Num. 75 EXT. 30-05-2008 75 Sección I - Comunidad Autónoma Illes Balears 3.- Otras disposiciones CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN Num. 8842 Orden del Consejero de Economía, Hacienda e
Más detallesMEDIDAS URGENTES REDUCCIÓN DÉFICIT PÚBLICO Y LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL EN LA COMUNITAT VALENCIANA Decreto Ley 4/2013 DOCV 06-08-2013
MEDIDAS URGENTES REDUCCIÓN DÉFICIT PÚBLICO Y LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL EN LA COMUNITAT VALENCIANA Decreto Ley 4/2013 DOCV 06-08-2013 ENTRADA EN VIGOR: 06-08-2013, salvo excepciones que se comentan
Más detallesFiscalidad Operaciones Financieras. Fernando Marcos Gómez
Fiscalidad Operaciones Financieras Fernando Marcos Gómez Operaciones financieras Rendimientos de trabajo: Qué dice el IRPF? a) Prestaciones pasivas: 1. Sistemas públicos de pensiones 2. Mutualidades generales
Más detallesRESEÑA 5/2013. REDUCCIÓN DEL DÉFICIT PÚBLICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Decreto Ley 4/2013, de 2 de agosto, del Consell 13 de agosto de 2013
REDUCCIÓN DEL DÉFICIT PÚBLICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Decreto Ley 4/2013, de 2 de agosto, del Consell 13 de agosto de 2013 1. Objeto 1.1 El objeto de esta reseña es analizar las novedades fiscales en
Más detallesGUÍA SEGUROS SOBRE LA VIDA
GUÍA SEGUROS SOBRE LA VIDA Actualizada a 30/09/2013 www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia ÍNDICE I. NORMATIVA...3 II. HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO...3 III. BASE IMPONIBLE...3 IV. REDUCCIONES...3
Más detallesACTUALIDAD INFORMATIVA
MODIFICACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE PROTECCIÓN POR DESEMPLEO, DEL REAL DECRETO LEY 20/2012 DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD
Más detallesDistinguidos clientes,
Distinguidos clientes, El pasado 28 de enero de 2014, se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, (DOGC, en adelante), la Llei 2/2014, de mesures fiscals, adminsitratives i financeres
Más detallesASESORIA FISCAL INFORMACION FISCAL
ASESORIA FISCAL INFORMACION FISCAL CIRCULAR 04/2010 DECLARACIÓN DE LA RENTA 2.009 0.- ANTECEDENTES. Debido a la coyuntura actual, la Agencia Tributaria se ha centrado especialmente, en favorecer a los
Más detallesCANTABRIA TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE MEDIDAS FISCALES EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS POR EL ESTADO TÍTULO I.
Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado. TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE MEDIDAS FISCALES
Más detalles