PROYECTO. Programa Alcoholímetro en el Estado de México

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1 PROYECTO Programa Alcoholímetro en el Estado de México 1

2 Proyecto PROGRAMA ALCOHOLÍMETRO EN EL ESTADO DE MÉXICO CEVECE Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades 2

3 Antecedentes Se sabe que dependiendo de la cantidad consumida de alcohol, sus efectos inmediatos sobre el cerebro pueden ser depresivos o estimulantes, pero en cualquiera de estos efectos, existe una disminución de las facultades que incrementa el riesgo de sufrir un accidente, pues perjudica la capacidad de discernimiento, torna los reflejos más lentos y reduce la atención y agudeza visual. Fisiológicamente, el alcohol disminuye la presión arterial y deprime la conciencia y la respiración, por lo que pueden considerarse propiedades analgésicas y anestésicas generales. Se piensa incluso, que el alcohol también afecta aspectos de la seguridad del conductor, como el uso del cinturón de seguridad y de casco, y la elección de la velocidad. En 2010, los accidentes de carretera causaron 1.24 millones de muertos en el mundo. El número de muertos en carretera sigue siendo muy elevado, se trata de la octava causa de muerte en el mundo y de la primera en el periodo de edad que comprende entre los 15 y los 29 años. Al respecto, la OMS ha mostrado su preocupación por los escasos esfuerzos realizados en general pues sólo 28 países, es decir, el 7.0 % de la población mundial, poseen una legislación adecuada e integral de seguridad vial sobre los cinco principales factores de riesgo: conducción bajo los efectos del alcohol, exceso de velocidad, no utilización del casco, no utilización del cinturón de seguridad y desuso de sistemas de retención para niños, fenómenos que causan más de un millón de muertes al año. El 59 por ciento de las personas que mueren en accidentes de tráfico tienen una edad entre 15 y 44 años, de los cuales de cada cuatro personas que mueren, tres son hombres. El Manual Beber y conducir de la Organización Mundial de la Salud, refiere que entre los motociclistas, un nivel de alcoholemia superior a 0,05 g/100 ml aumenta hasta 40 veces el riesgo de sufrir un accidente, en comparación con una alcoholemia equivalente a cero. Según la OMS, las tendencias actuales muestran que para el 2030 los accidentes de carretera se convertirán en la quinta causa de muerte en el mundo si no se lleva a cabo ninguna acción. A nivel mundial, sólo 89 países (66% de la población mundial) tienen leyes integrales sobre la conducción bajo los efectos del alcohol y establecen la alcoholemia máxima permitida en 0,05 g/dl. México ocupa el séptimo lugar en el mundo en la lista de países que presentan mayor cantidad de muertos por accidentes de tránsito y la segunda posición en América Latina, según la tasa de fallecidos por cada 100,000 habitantes. Anualmente, México registra más de 24,000 muertes generadas por lesiones en el tránsito, lo que la ubica como la primera causa de muerte en la población de 5 a 34 años de edad. Datos del INEGI refieren que en el año 2011 se registraron a nivel nacional 387,185 accidentes de tránsito terrestre en zonas urbanas y suburbanas, de los cuales el 4.4% correspondieron al Estado de México, es decir 16,966, siendo este año el más bajo, ya que para 2010 la ocurrencia fue de 25,161. Se estima que los costos totales que generan los accidentes de tránsito en México superan los 120 mil millones de pesos anualmente (1.8% del Producto Interno Bruto). Alrededor de 190 mil personas 3

4 resultaron hospitalizadas como resultado de esos accidentes y entre 30 y 40 mil con discapacidad. Por grupo etario, la ENA 2011 refiere que el consumo de alcohol entre los jóvenes (15 a 29 años) es un problema de salud pública y aun cuando existen restricciones de venta y consumo para la población menor de 18 años, en 2012 la edad promedio en México en la que los jóvenes reportan haber tomado su primera bebida alcohólica fue a los 16 años, siendo mínima la diferencia de edad entre hombres y mujeres (15.7 y 16.5 años, respectivamente). En ese mismo año, la prevalencia más alta de consumo de alcohol entre los jóvenes se ubica en aquellos de 25 a 29 años (64.6 de cada 100); y por sexo, en los varones de 25 a 29 años (79 de cada 100 hombres de ese grupo de edad), tanto en hombres como en mujeres, la prevalencia aumenta con la edad. También refiere que la percepción de riesgo por consumo de alcohol entre la población, ha venido disminuyendo en tanto que la tolerancia social se ha incrementado, lo cual explica la tendencia al incremento del consumo aunque el consumo diario sigue siendo muy poco frecuente en el país, solamente 0.8% de la población con 6% que desarrolló dependencia (4.9 millones de personas); y poco más de la mitad (55%) que ha consumido alcohol, inició antes de los 17 años. La sobremortalidad masculina es una característica de las defunciones en este segmento de la población, a nivel nacional fallecen 335 hombres por cada 100 mujeres de 15 a 29 años. Las desigualdades observadas en los niveles de la mortalidad entre hombres y mujeres reflejan diferencias en los riesgos a los cuales se exponen, las tres principales causas de muerte en los varones son provocadas por agresiones (33%), accidentes de transporte (16.2%) y por lesiones autoinfligidas intencionalmente (6.6%), todas ellas catalogadas como violentas y que en conjunto representan 55.8% de las defunciones totales de este grupo de población. Durante 2012 en México, 11.6% de jóvenes reportaron haber tenido un accidente de tránsito bajo los efectos del alcohol; en los hombres (15.6%) es mayor el número de accidentes en estas circunstancia que en las mujeres (1.8 por ciento). En población de 12 a 65 años de edad, la Encuesta Nacional de Adicciones (ENA) 2011 refiere que la dependencia al alcohol, se incrementó de 5.0% en el 2008 a 6.2% en el La región Centro, donde se encuentra el Edo. Méx., presenta consumo alguna vez en la vida, superior al promedio nacional (76.9%) y en el último año (57%). En el Estado de México, en consumo de alcohol alguna vez, la prevalencia observada en estudiantes fue de 70.8%. Con relación a la mortalidad, el alcohol sigue siendo la sustancia adictiva de más consumo y que causó más muertes en el 2010 en esta entidad, siendo la primera causa de muertes violentas en jóvenes. Así, en 2012 de cada 100 conductores jóvenes involucrados en accidentes de tránsito, 12 estaban bajo los efectos del alcohol. La alcoholemia se puede medir a partir de una pequeña muestra de sangre o de orina, o mediante el análisis del aliento. La cantidad de alcohol en la sangre es descrita en términos de la CAS, que por lo general se mide como: 4

5 gramos de alcohol por cada 100 mililitros de sangre (g/100 ml) miligramos de alcohol por cada 100 mililitros de sangre (mg/100 ml) gramos de alcohol por cada decilitro de sangre (g/dl) miligramos de alcohol por cada decilitro de sangre (mg/dl) Los niveles de CAS autorizados para conducir varían de un país a otro, o de un estado a otro, y fluctúan entre 0,02 g/100 ml y 0,10 g/100 ml. La concentración de alcohol en el aire espirado se expresa como la cantidad de alcohol, medida en gramos, en 210 litros de aire espirado, o, medida en miligramos, en 210 mililitros de aire. La relación entre la concentración de alcohol en la sangre y en el aliento, se utiliza para convertir el resultado de alcohol en el aire espirado en tasa de alcoholemia, lo que permite establecer el grado de intoxicación alcohólica. En actividades relativas al cumplimiento de normatividad, es más frecuente estimar la CAS a partir de la concentración de alcohol en el aire espirado, medida con un alcoholímetro, de los cuales existen diversos modelos con diferentes factores de conversión para relacionar las dos medidas. Al existir relación directa entre las concentraciones de alcohol presentes en la sangre y en el aire espirado, es más frecuente que la alcoholemia se mida en el aliento ya que se trata de un procedimiento más sencillo y rápido de conocer sus resultados, por lo que es más utilizado para evaluar el cumplimiento de normatividad, y aunque el grado de intoxicación alcohólica también puede ser evaluado por personal médico capacitado, en los servicios de urgencia de las unidades médica, mediante examen de signos y síntomas clínicos, la transparencia con la cual se desea manejar el tema de la alcoholemia, infiere el juicio de la tecnología sobre el del ser humano, aunque éste sea un profesional de la salud. La Clasificación Internacional de Enfermedades (versión 10) refiere los grados de intoxicación alcohólica en: intoxicación alcohólica leve: aliento alcohólico, alteración leve del comportamiento en las funciones y las respuestas o ligera dificultad para la coordinación; intoxicación alcohólica moderada: aliento alcohólico, alteración moderada del comportamiento en las funciones y las respuestas o dificultad moderada para la coordinación; intoxicación alcohólica severa: alteración severa de las funciones y las respuestas, gran dificultad para la coordinación o deterioro de la capacidad de cooperar; intoxicación alcohólica muy severa: alteración muy severa de las funciones y las respuestas, dificultad muy grande para la coordinación o pérdida de la capacidad de cooperar. Estudios de la Organización Panamericana de la Salud 1, refieren que en la población general de conductores, cuando la CAS sobrepasa el cero, el riesgo de sufrir un accidente comienza a aumentar considerablemente con una CAS de 0,04 g/100 ml. Los adultos jóvenes sin experiencia que conducen con una CAS de 0,05 g/100 ml están expuestos a un riesgo 2,5 veces mayor de sufrir un accidente, en comparación con los conductores más experimentados. Los adultos jóvenes (20 a 29 años de edad) corren un riesgo tres veces mayor al de los conductores de 30 o más años de edad, en todos 5

6 los niveles de CAS. Los conductores adolescentes están expuestos al riesgo de sufrir un accidente mortal cinco veces superior al de los conductores de 30 o más años de edad, en todos los niveles de CAS y con uno de 0,03 g/100 ml que llevan dos o más pasajeros están expuestos al riesgo de accidentes 34 veces más que los que no habían consumido alcohol y que circulaban con un solo pasajero. En resumen, los conductores de vehículos motorizados que consumen bebidas alcohólicas, ponen en peligro a los peatones y a los motociclistas. Otro punto a considerar, es la generación de accidentes por peatones ebrios, toda vez que es más probable que los casos en que están involucrados peatones alcoholizados se produzcan en las horas de oscuridad, en zonas industriales o comerciales, en vías públicas con límites de velocidad superiores a los 50 km/h, en sitios ubicados a mitad de la cuadra o como resultado de la desobediencia de las leyes de tránsito. El Gobierno del D.F. informa que desde su inicio en el año 2003, el Programa Conduce sin alcohol conocido como Alcoholímetro, a la fecha, ha contribuido a reducir en 30% el índice de accidentes fatales asociados con el consumo de alcohol, principalmente entre jóvenes. En Francia, se logró una reducción del 32% de las defunciones en accidentes de tránsito para el período del 2002 a 2004 disminuyendo el nivel de alcoholemia permitido de 0,08 g/100 ml (establecido en 1978) a 0,05 g/100 ml (y a 0,02 g/100 ml para los conductores de autobuses) e incrementando en 15% las pruebas del aire espirado. En Australia, en un período de 30 años, la presencia del alcohol como factor causal en los accidentes de tránsito se ha reducido casi a la mitad y se registró un cambio sustancial en las actitudes de la comunidad respecto a conducir bajo los efectos del alcohol, que hoy es considerado como un comportamiento socialmente irresponsable. Entre las estrategias mundiales para reducir la mortalidad e incapacidad por accidentes de tránsito, el Decenio de acción de la Seguridad Vial , impulsado por las Naciones Unidad, se basa en cinco pilares que son: Administración de la Seguridad vial, Seguridad vial y morbilidad, Vehículos más seguros, Seguridad vial de los usuarios y Respuesta postchoque. Marco normativo La Ley General de Salud define como materia de Salubridad General a la atención médica, preferentemente en beneficio de grupos vulnerables como niños y jóvenes,, por lo cual sus programas y acciones serán emitidos y normados desde el nivel federal. En cuanto al consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, la Secretaría de Salud establece y vigila que en las actividades y mensajes se promuevan la moderación en el consumo de bebidas alcohólicas, especialmente en la niñez, la adolescencia y la juventud, así como la advertencia contra los daños a la salud que ocasiona el abuso en el consumo de bebidas alcohólicas. Por otra parte, el Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales establece en su art. 84 la prohibición para conducir un vehículo a cualquier persona que se encuentre en estado de ebriedad o bajo la acción de cualquier enervante, aunque por prescripción médica esté autorizada para su uso. 6

7 En el Estado de México, su Reglamento de Tránsito señala en el art. 47 que a ninguna persona se le expedirá o reexpedirá una licencia y/o permiso para conducir vehículos y la tarjeta de identificación personal para operadores de transporte público, cuando la autoridad compruebe que el solicitante es adicto a las bebidas alcohólicas o a los estupefacientes, psicotrópicos u otras substancias tóxicas, en su caso, son causas de cancelación de la licencia y/o permiso y tarjeta de identificación personal para operadores de transporte público, el manejar bajo el efecto de drogas enervantes o psicotrópicos y conducir en estado de ebriedad (artículo 49), así mismo, se impedirá la circulación de cualquier vehículo, poniéndolo de inmediato junto con su conductor a disposición del Ministerio Público cuando el conductor que cometa alguna infracción, muestre síntomas inequívocos de ebriedad, o de estar bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias tóxicas (art. 117) Justificación La Asamblea General de las Naciones Unidas, predice alrededor de 1,9 millones de muertes anuales por accidentes automovilísticos relacionados con el consumo de alcohol para el año 2020 si no se toman medidas eficientes y de impacto. Los accidentes automovilísticos representan la primera causa de muerte y orfandad de niños entre los cinco y los 14 años de edad, siendo éste grupo etáreo el considerado entre los más vulnerables; y la primera de fallecimientos entre los jóvenes del país. Compete a la Secretaría de Salud, a través de sus instancias en materia de adicciones y de control sanitario, así como a los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, la operación del Programa contra el Alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas. En el ámbito nacional, el Programa de Acción de la COFEPRIS no define un esquema específico para la vigilancia sanitaria de la venta y consumo de bebidas alcohólicas, encuadrándola en el ámbito de la Exposición a riesgos sanitarios por otros productos y servicios de consumo, en donde se ubica al tabaco y alcohol. A nivel estatal, la Coordinación de Regulación Sanitaria tampoco cuenta con un programa específico para la vigilancia de la prohibición de venta de alcohol a menores de edad, que obligue al cumplimiento de metas relativas a visitas de verificación a los giros relacionados con la venta y consumo de bebidas alcohólicas, por lo que actualmente participa con la Secretaría de Seguridad Ciudadana y otras instancias administrativas, en las revisiones coordinadas que tienen por objeto descubrir irregularidades en el funcionamiento de los establecimientos mercantiles con venta o suministro de bebidas alcohólicas, así como la revisión de personas, bienes, objetos, cosas o indicios para prevenir delitos y/o infracciones administrativas, por lo que su finalidad no es materia de salud y mucho menos la prevención de las adicciones. Considerando que los accidentes de tránsito causados por el consumo de alcohol se producen con más frecuencia en la noche (cuando se ingieren más bebidas alcohólicas) y por lo general en los fines de semana o en periodos de muchas actividades de esparcimiento, las medidas de amplio alcance para hacerlos cumplir, deben incluir una serie de intervenciones, como la difusión, los avisos al público, los programas de actividades comunitarias y las modificaciones a las disposiciones sobre concesión de licencias para la venta y la distribución de bebidas alcohólicas. También se debe 7

8 incluir la vigilancia permanente del desempeño de los conductores, que incluye la realización de pruebas para determinar la CAS en las personas involucradas en accidentes y las que abandonan los establecimientos comprendidos en el giro de Centros Nocturnos. La gente debe saber que beber y conducir se ha considerado un comportamiento temerario y antisocial, amén de la violación a las leyes vigentes y a partir de ello, modificar su percepción sobre el alto riesgo a la salud y de ser sancionados inmediatamente por las instancias correspondientes. Objetivo Contribuir a la disminución de la mortalidad y discapacidad por accidentes viales asociados al consumo de alcohol, mediante la aplicación del Programa Alcoholímetros en giros clasificados como centros nocturnos ubicados en el Estado de México. Estrategias Capacitación a propietarios de establecimientos para la venta y consumo de alcohol. Restricciones para los conductores jóvenes o inexpertos. Conductores designados que se abstengan de ingerir bebidas alcohólicas. Implementación de servicios de transporte seguro y eficiente. Dispositivos para bloquear encendido del motor de vehículos. Lineas de acción Firma de acuerdos de coordinación entre las instancias del sector salud cuya competencia se centra en las acciones de prevención de las adicciones y de control sanitario de establecimientos. Cumplir las disposiciones concernientes a la CAS, mediante la realización de pruebas para determinar el contenido de alcohol en aliento. Instrumentación de un programa de comunicación de riesgos en materia de alcoholismo y accidentes de tránsito, dirigido a propietarios de establecimientos. Generar un programa de difusión dirigido a población en general con énfasis en jóvenes y estudiantes. Intensificar acciones de promoción de la salud en escuelas, centros comerciales y sitios de concentración masiva, respecto a la venta y consumo de bebidas alcohólicas. Vinculación con autoridades municipales para la vigilancia del horario de funcionamiento y para el servicio de transporte seguro. Actividades Diseño y aplicación de encuesta de percepción de riesgos en materia de alcoholismo, para orientar la capacitación y el material didáctico requerido. Generación de un programa de capacitación a través del cual se dé a conocer a los propietarios de establecimientos para la venta y consumo de alcohol, el panorama epidemiológico del alcoholismo y la normatividad sanitaria relativa a la venta y consumo de alcohol en giros sujetos de control sanitario. 8

9 Diseño e impresión de un manual para la seguridad vial, que oriente a los propietarios de establecimientos para la venta y consumo de alcohol, sobre la identificación de factores de riesgo e informe a los usuarios de los servicios, mediante señalamientos que, el establecimiento está obligado a aplicar la prueba de alcohol en aliento, así como a dar aviso a familiares o amigos cercanos sobre la imposibilidad de manejar si ha excedido el nivel de CAS. Detección de los conductores que beben en sitios, horas y circunstancias específicas, en establecimientos en los que se distribuyen bebidas alcohólicas, como hoteles, lugares de esparcimiento, clubes nocturnos, instalaciones deportivas y locales de juego, para la aplicación de la prueba de alcohol en aliento. Instrumentar la intervención en una localidad piloto para probar su efectividad y en su caso, aplicar reingeniería de procesos para localidades específicas. Organización Se requiere del trabajo colegiado que involucre grupos con ciertas responsabilidades como las referidas en el siguiente esquema: Grupo de Trabajo Subgrupo 1 Legislación Subgrupo 2 Información al público Subgrupo 3 Cumplimiento de la ley Evaluar la legislación Evaluar los conocimientos de población Asegurar la cooperación con autoridades Evaluar el conocimiento de las leyes y su cumplimiento Elaborar y poner en práctica campañas de información Identificar las necesidades de adiestramiento, equipamiento. Fortalecer las medidas para hacer cumplir la ley 9

10 A través de estos grupos de deberán establecer los objetivos específicos, metas e indicadores del programa, que tienen que ver con: 1. Resultados de la encuesta de percepción de riesgos por consumo de alcohol. 2. Número de cursos de capacitación realizados. 3. Número de establecimientos capacitados, verificados y que cumplen con la normatividad. 4. Número de mediciones de CAS que deben realizar los establecimientos en períodos específicos. 5. Tasa de accidentes en la localidad. 6. Tasa de mortalidad por accidentes en la localidad. Bibliografía 1. INEGI. Estadísticas de vehículos de motor registrados en circulación. Disponible en bd/consulta.asp?p=14745&c=23717&s=est&cl=4# 2. SCT. Disponible en 3. GDF. Disponible en 4. IMJUVE. Encuesta Nacional de Valores en Juventud COFEPRIS. Disponible en 6. OMS/OPS. Beber y Conducir. Manual de Seguridad Vial para decisores y Profesionales. Washington, D.C

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