12 Áreas Municipales encargadas del Desarrollo Urbano

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1 12 Áreas Municipales encargadas del Desarrollo Urbano Gestión Urbanística Arq. Alejandro Ruiz

2 El Gobierno municipal aplica lo dispuesto en la legislación y reglamentación urbana y temas afines, así como en los programas de desarrollo urbano. Tal aplicación va desde la formalización y divulgación del marco normativo, el control de procedimiento, la supervisión y fiscalización del cumplimiento, y la aplicación o trámite de sanciones, todo ello en los términos que disponga la respectiva legislación administrativa del gobierno y sus manuales de operación. (PPMUZR, 2014).

3 Tesorería Municipal Oficialía Mayor Secretaría General Seguridad Pública Protección Civil Bomberos Alcoholes Secretaría de Desarrollo Urbano / Administración Urbana / Ecología Control Urbano Obras Públicas Servicios Públicos Catastro Secretaría de Administración y Finanzas Secretaría de Relaciones Exteriores Direcciones de Desarrollo Social COPLADEM COTUCO IMPLAN / IMIP PRODEUR, IMPRODEUR, FIDUE IMJUVER INMUJER IMDER IMAC DIF Municipal

4 Tesorería Municipal Oficialía Mayor Secretaría General Seguridad Pública Protección Civil Bomberos Alcoholes Secretaría de Desarrollo Urbano / Administración Urbana / Ecología Control Urbano Obras Públicas Servicios Públicos Catastro Secretaría de Administración y Finanzas Secretaría de Relaciones Exteriores Direcciones de Desarrollo Social COPLADEM COTUCO IMPLAN / IMIP PRODEUR, IMPRODEUR, FIDUE IMJUVER INMUJER IMDER IMAC DIF Municipal

5 Secretarías de Desarrollo Urbano

6 Ejemplo 1: Secretaría de Administración Urbana (Playas de Rosarito). A la Secretaria de Administración Urbana le corresponde el despacho de los siguientes asuntos, de acuerdo con el ARTÍCULO 31.- Coordinar la articulación de los planes y programas estratégicos de planeación urbana, reordenamiento, control urbano, catastro, infraestructura urbana, urbanización y protección del medio ambiente del Municipio, desde la perspectiva de un desarrollo sustentable; Mantener actualizado un diagnóstico sobre las condiciones ambientales del Municipio, fuentes de contaminación y de riesgo ambiental, así como diseñar y gestionar la implementación de políticas y estrategias que permitan al Ayuntamiento intervenir en la gestión ambiental; Mantener actualizado un diagnóstico sobre el estado que guardan los servicios públicos, vivienda e infraestructura urbana y el déficit de los mismos;

7 Promover la ampliación de cobertura y la modernización tecnológica y operativa de los servicios municipales adscritos al sector, así como estimular programas para su desconcentración hacia las delegaciones; Diseñar los mecanismos de coordinación para el desarrollo y planeación del Municipio, con la participación que corresponda a la Federación, municipios vecinos y entidades federativas, en términos de las disposiciones aplicables; Promover e impulsar la realización de los planes y programas de competencia del Instituto Municipal de Planeación; Coordinar las acciones de la administración pública municipal centralizada, entidades descentralizadas y delegaciones del Municipio en materia desarrollo urbano; Promover convenios de coordinación en materia de desarrollo urbano, con enfoque regional y binacional;

8 Informar al Presidente, a través del Secretario de Administración y Finanzas, de los programas, proyectos y estudios relativos a seguridad, comunicación integral y educación viales; Para el cumplimiento de sus atribuciones la Secretaría de Administración Urbana contará con las siguientes unidades administrativas: Oficina del titular, Promotora del Desarrollo Urbano de Rosarito, Dirección de Obras y Servicios Públicos, Dirección de Control Urbano, Dirección de Planeación y Catastro; Las demás que expresamente le encomienden las leyes, reglamentos y acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Presidente Municipal (Reglamento interior de la SAU).

9 Ejemplo 2: Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (Tijuana) ARTICULO 4.- Para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, coordinará las siguientes dependencias y entidades: Dirección de Administración Urbana; Dirección de Protección al Ambiente; Dirección de Servicios Públicos Municipales; Dirección de Obras e Infraestructura Urbana Municipal; Dirección de Catastro* Coordinación de Control Urbano y Ambiental; Coordinación Operativa; Dirección de Administración y Contabilidad; Fideicomiso Inmobiliario Municipal de Tijuana. (Reglamento interior de la Secretaría).

10 Dirección de Administración Urbana

11 Dirección de Administración Urbana (DAU) Dpto. Uso de Suelo Subdirección de Control urbano Coordinación de Delegaciones Dpto. Acciones de Urbanización (Fraccionamientos) Dpto. Operatividad Mercantil Dpto. Acciones de Edificación Coordinación de Enlace para Promotores de Vivienda Dpto. Inspectores y verificadores

12 Dirección de Protección al Ambiente

13 ARTÍCULO 19.- La Dirección de Protección al Ambiente tendrá las siguientes funciones y atribuciones: Realizar las acciones necesarias para proteger el ambiente, preservar y restaurar el equilibrio ecológico, prevenir y controlar la contaminación, contingencias ambientales y atender las emergencias ecológicas dentro del Municipio; Prevenir y controlar la contaminación ambiental del suelo, agua y atmósfera, generada por toda clase de fuentes emisoras, públicas o privadas de competencia municipal; Autorizar o negar en su caso, las solicitudes de permisos para descargas de aguas residuales, operar o en su caso, autorizar y supervisar la operación y funcionamiento de los sistemas de tratamiento de aguas residuales de competencia municipal;

14 Realizar acciones de inspección, verificación y vigilancia del cumplimiento de las normas aplicables, adoptando las medidas de seguridad necesarias y aplicando las sanciones correspondientes a los infractores; Elaborar y aplicar las normas técnicas ecológicas de competencia municipal; Determinar los criterios ecológicos aplicables a la formulación de planes y programas municipales de desarrollo urbano y a la ejecución de acciones de urbanización; Establecer, impulsar y operar programas de educación para fomentar la protección del ambiente, y Las demás que expresamente le encomienden las Leyes, Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Secretario.

15 Dirección de Protección al Ambiente Subdirección de Protección al Ambiente Dpto. Análisis Ambiental Dpto. Regulación Ambiental Dpto. Proyectos y Educación Ambiental Dpto. Verificación Vehicular Dpto. Auditoría y Gestión Ambiental

16 Dirección de Servicios Públicos Municipales

17 ARTÍCULO 29.- La Dirección de Servicios Públicos Municipales tendrá las siguientes funciones y atribuciones: I. Prestar servicios públicos de limpia y recolección de residuos sólidos, bajo un esquema de metropolización y desarrollo sustentable; II. Realizar el mantenimiento de parques, jardines, panteones y rastros; III. El mantenimiento y supervisión de los servicios relacionados con el alumbrado público, señalización vial e ingeniería de tránsito; IV. Realizar mantenimiento a los bienes muebles e inmuebles del gobierno municipal; V. Administrar el uso de la vía pública en lo relativo a los sitios exclusivos de estacionamiento de vehículos; VI. Informar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, sobre necesidades futuras de recursos humanos y materiales, la para atención del servicio de limpia y mantenimiento urbano de la ciudad, por recepción de nuevos desarrollos habitacionales, y VII. Las demás que expresamente le encomiende las Leyes, Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Secretario.

18 Dirección de Servicios Públicos Municipales Subdirección de Limpia Subdirección de Mantenimiento Urbano Limpieza de Vialidades Recolección y Transferencia Forestación y Panteones Alumbrado Público y Semáforos Mantenimiento de maquinaria y equipo Señalamiento vial

19 Dirección de Obras e Infraestructura Urbana Municipal

20 ARTÍCULO 40.- La Dirección de Obras e Infraestructura Urbana tendrá las siguientes funciones y atribuciones: La ejecución directa de las obras relacionadas con la competencia de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología, así como la supervisión de trabajos de obra pública contratadas por el Municipio con terceras personas; La construcción y apertura de nuevas vías publicas, rectificación, ampliación, prolongación y mejoramiento de las ya existentes, así como las de seguridad relacionadas con el transito de vehículos, la construcción de plazas, jardines, parques, campos deportivos, edificios públicos, monumentos, patrimonio arquitectónico del Municipio y obras de ornato; El mejoramiento, conservación y mantenimiento de vialidades del Municipio; La planeación, construcción, mantenimiento, vigilancia y conservación del sistema de canalización y conducción de aguas pluviales dentro del Municipio;

21 La pavimentación, empedrado, banquetas, guarniciones, alcantarillado y drenaje pluvial, de las vías públicas; Las construcciones necesarias para dotar al centro de población de alumbrado público o mejorar el ya existente; Las obras de electrificación necesarias para dotar al centro de población del fluido eléctrico o mejorar las ya existentes; Diseñar y construir a través de una adecuada planeación, la semaforización y señalización de calles y avenidas; Brindar asesoría y apoyo a otras Direcciones y Delegaciones Municipales en la materia de su competencia; Cualquier otro tipo de obras y servicios tendientes a la integración y mejoramiento urbano del Municipio; y Las demás que expresamente le encomienden las Leyes, los Reglamentos, Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Secretario.

22 Dirección de Obras e Infraestructura Urbana Municipal Subdirección de Normatividad Subdirección de Construcción Subdirección de Programas Estratégicos de Pavimentación Subdirección de Proyectos

23 Organismos Paramunicipales

24 Promotoras de Desarrollo Urbano

25 Ejemplo 1: Del Fideicomiso Inmobiliario de Tijuana DEL SECTOR PARAMUNICIPAL Y SU VINCULACION CON LA SECRETARIA ARTÍCULO 81.- La Secretaría de Desarrollo Urbano será cabeza de Sector de las entidades que participan del Desarrollo Urbano de la Ciudad. Las entidades sectorizadas en esta Secretaría tendrán las funciones y atribuciones establecidas en su acuerdo de creación y en su Reglamento interior y las demás que expresamente le encomienden las Leyes, Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento, debiendo sin excepción coordinarse con ésta y acatar las políticas y lineamientos que determine. ARTICULO 82.- Para su funcionamiento, la Secretaría, se coordinará con el Fideicomiso Inmobiliario Municipal de Tijuana, el cual tendrá por objetivo, el establecer programas enfocados a fomentar y mejorar la vivienda básica social, administrar la reserva territorial del Ayuntamiento, recibir futuras aportaciones de bienes inmuebles para su desarrollo y aprovechamiento, así como para su enajenación a diversos promotores, tanto públicos como privados para la vivienda y el desarrollo urbano.

26 Ejemplo 2: PRODEUR (Playas de Rosarito) ARTÍCULO 2.- La PRODEUR promoverá la participación ciudadana en la realización de los programas de urbanización y vivienda, su autoconstrucción así como la explotación de fuentes de materiales para la construcción, localizados en las regiones donde se desarrollen sus programas, con adecuación a las características del medio. ARTÍCULO 5.- Para la atención, estudio, planeación y resolución de los asuntos de su competencia, la PRODEUR contará con las siguientes unidades administrativas: 1. Dirección General a. Departamento de contabilidad y presupuestos b. Departamento de recursos humanos y materiales 2. Coordinación de obras y proyectos a. Departamento de estudios y proyectos b. Departamento de supervisión y control de obras c. Departamento de licitación de obra 3. Coordinación de ventas de inmuebles y recaudación

27 Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio

28 Ejemplo: COPLADEM Ensenada. Artículo 9.- La Asamblea Plenaria es el órgano superior del COPLADEM y la integrarán todas aquellas personas, organizaciones, y asociaciones señaladas por el acuerdo de creación, y que serán convocadas para efectos de participación en los asuntos que interesan a la comunidad, ejerciendo las siguientes atribuciones: I.- Recoger las aspiraciones y demandas de la sociedad civil para que sean sistematizadas y jerarquizadas al formularse el Plan Municipal de Desarrollo; II.- Al iniciarse la gestión administrativa de cada Ayuntamiento, debe conocer de su programa básico de gobierno para dictaminar sobre su inclusión en el Plan Municipal de Desarrollo; ( ) VIII.- Servir de órgano de consulta de los gobiernos federal, y municipal, en materia de desarrollo económico y social del Municipio; ( )

29 Artículo 33.- Para la elaboración de los estudios, proyectos y propuestas que compete realizar al COPLADEM, se constituirán Subcomités Sectoriales. Artículo 34.- Con el fin de integrar en forma democrática y permanente a los sectores económicos y sociales en los procesos de la de la Planeación Municipal, se establecen los siguientes subcomités sectoriales: I.- Administración Pública Municipal; II.- Asistencia Social y Discapacitados; III.- Asuntos Indígenas; IV.- Atención a la Juventud; V.- Comunicación Social; VI.- Cultura; VII.- Desarrollo Económico; VIII.- Desarrollo Social; IX.- Desarrollo Urbano; X.- Desarrollo Rural; XI.- Deportes; XII.- Ecología; XIII.- Educación; XIV.- Obra Pública Municipal XV.- Protección Civil; XVI.- Salud; XVII.- Seguridad Pública; XVIII.- Servicios Públicos; XIX.- Turismo.

30 Instituto Municipal de Investigación y Planeación

31 Estructura típica: Son atribuciones del IMPLAN: Formular y proponer al Ayuntamiento políticas en materia de desarrollo urbano mediante la elaboración de planes, programas y normas técnica necesarias respecto de infraestructura urbana, vial, transporte, equipamiento, servicios, para instrumentar la zonificación urbana, la preservación, restauración ecológica y protección ambiental de los centros de población, Formular y proponer políticas y normas específicas para utilización del suelo y regularización de la tenencia de la tierra; Formular y proponer planes y programas para las reservas territoriales; Formular, evaluar y actualizar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, los Programas de Desarrollo Urbano de Centros de Población, Programas Sectoriales y Programas Parciales, sometiéndolos a consideración del Ayuntamiento para su revisión y aprobación; Realizar estudios y gestiones solicitadas por el Ayuntamiento respecto a la planeación y proyectos urbanos;

32 Formular y actualizar el sistema normativo de desarrollo urbano; Crear, actualizar, administrar y mantener la operación del Sistema Municipal de Información Geográfica; Realizar estudios e investigación de los fenómenos físicos, sociales, económicos y urbanos del municipio; Elaborar, evaluar y aprobar los proyectos de infraestructura urbana, vial, transporte, equipamiento y servicios, dando seguimiento a la ejecución de los mismos;

33 Dirección General IMPLAN/IMIP Dpto. de Estudios y Proyectos Dpto. de Planeación Urbana Dpto. de Normatividad Urbana Dpto. de Sistemas de Información Geográfica Dpto. de Planeación Socioeconómica Dpto. de Medio Ambiente Dpto. de Coordinación Administrativa

34 9 Áreas Municipales encargadas del Desarrollo Urbano Gestión Urbanística Arq. Alejandro Ruiz

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