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- Luis Murillo García
- hace 8 años
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1 NOVEDADES LEGISLATIVAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA LEY 14/ diciembre 2013
2 NORMATIVA ANTERIOR EN RELACIÓN A EMPRENDEDORES Ley 3/2012, de 6 de julio (BOE 8-VII-12) de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Ley 17/2012, de 27 de diciembre, (BOE 28-XII-12) de Presupuestos Generales del Estado para Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, (BOE 23-II-13) de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. Ley 11/2013, de 26 de julio, (BOE 27-VII-13) de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE 28-IX-13) de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
3 Ley 3/2012, de 6 de julio (procedente del Real Decreto Ley 3/2012, de 10 febrero) Artº 4 Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores. Objetivo: promover la contratación por PYMES y de jóvenes. Características: 1) Empresas que tengan menos de 50 trabajadores. 2) Indefinido y a jornada completa. 3) Periodo de prueba de UN AÑO 4) Incentivos fiscales 5) Bonificaciones cuota empresa para jóvenes 16 a 30 y mayores 45 6) Compatibilidad prestaciones desempleo
4 Ley 3/2012, de 6 de julio (procedente del Real Decreto Ley 3/2012, de 10 febrero) Disposición adicional 11. Bonificaciones por nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos El cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive que se incorporen como nuevas altas al Régimen Especial de la Seguridad Social de Autónomos, y colaboren con ellos, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, tendrán derecho a una bonificación durante los 18 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento en el Régimen Especial de trabajo por cuenta propia que corresponda. Inclusión pareja de hecho
5 Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013 Transitoria Vigésima quinta. Modificación de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. Con efectos de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida, se modifica la letra c) del apartado 1 de la disposición final duodécima, de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, que a su vez modifica la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo que queda redactada como sigue: «c) El apartado Tres del artículo 3 y la disposición final décima, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2014.»
6 Disposición final décima. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. Se modifica la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo en los siguientes términos: 1. Se modifica el primer párrafo del apartado 1 del artículo 1, que queda redactado de la siguiente manera: «1. La presente Ley será de aplicación a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. Esta actividad autónoma o por cuenta propia podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial.» 2. Se adiciona un nuevo párrafo al artículo 24, con el siguiente redactado: «Los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial estarán incluidos, en los supuestos y conforme a las condiciones reglamentariamente establecidas, en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos.» 3. Se adiciona un nuevo apartado al artículo 25, con el siguiente redactado: «4. Considerando los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera, la Ley podrá establecer un sistema de cotización a tiempo parcial para los trabajadores autónomos, para determinadas actividades o colectivos y durante determinados periodos de su vida laboral. En su defecto, se aplicarán la disposición adicional séptima del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social sobre normas aplicables a los trabajadores contratados a tiempo parcial.»
7 Ley 27/2011 Disposición adicional trigésima primera. Complementariedad de ingresos con la pensión de jubilación. Se incorpora un apartado 4 en el artículo 165 de la Ley General de la Seguridad Social, con el siguiente contenido: «4. El percibo de la pensión de jubilación será compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el Salario Mínimo Interprofesional, en cómputo anual. Quienes realicen estas actividades económicas no estarán obligados a cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social. Las actividades especificadas en el párrafo anterior, por las que no se cotice, no generarán nuevos derechos sobre las prestaciones de la Seguridad Social.»
8 Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013 Art. 113 cinco 7 Los trabajadores autónomos que, en razón de su trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen, respecto de las contingencias comunes, en régimen de PLURIACTIVIDAD y lo hagan en el año 2013, teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el Régimen Especial, por una cuantía igual o superior a ,68 euros, tendrán derecho a una devolución del 50 por 100 del exceso en que sus cotizaciones superen la mencionada cuantía, con el tope del 50 por 100 de las cuotas ingresadas en el citado Régimen Especial, en razón de su cotización por las contingencias comunes de cobertura obligatoria. La devolución se efectuará a instancias del interesado, que habrá de formularla en los cuatro primeros meses del ejercicio siguiente.
9 Ejemplos: Trabajador con un salario de por 14 pagas Base de cotización Simultanea actividad por cuenta propia Base de cotización (mínima) 858, x 28,30%= 759,38 x 12= 9112,56 858,60 x 26,50 = 227,53 x 12= 2730, , , ,68 = 209,23 209,23 x 50% = 104,61
10 Ejemplos: Trabajador con un salario de 4000 x 14 pagas Base de cotización (topada) 3.425,70 Simultanea actividad por cuenta propia Base de cotización (mínima) 858, ,70 x 28,30% = 969,47 x 12 =11633,68 858,60 x 26,50 = 227,53 x 12= 2730, , ,35 x 50% = 1.365,18
11 Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, (BOE 23-II-13)y Ley 11/2013 (BOE ) de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. Establecimiento de la tarifa plana para jóvenes menores de 30 que causen alta inicial en RETA o que no hubieran estado de alta en los cinco años anteriores y que no empleen trabajadores. 80% seis primeros meses 50 (base min) 50% seis meses siguientes % dieciocho meses 180
12 Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, (BOE 23-II-13)y Ley 11/2013 (BOE ) de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. Reducción y bonificación de cuotas para personas con discapacidad igual o superior al 33% menores de 35 que se establezcan por cuenta propia por alta inicial o no alta cinco años anteriores y no empleen trabajadores. 80% 12 primeros meses 50% cuatro años siguientes
13 Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, (BOE 23-II-13)y Ley 11/2013 (BOE ) de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. Compatibilización por los menores de 30 de la percepción de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia, que no empleen trabajadores. Máximo 270 días. Debe solicitarse en el plazo de 15 días.
14 Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, (BOE 23-II-13)y Ley 11/2013 (BOE ) de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. Posibilidad de capitalización de la prestación por desempleo de menores de treinta hasta el 100% del importe para destinarlo como aportación de capital a una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de doce meses anteriores a la aportación. Siempre que desarrollen una actividad profesional o laboral de carácter indefinido (mínimo 18 meses).
15 Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, (BOE 23-II-13)y Ley 11/2013 (BOE ) de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo Suspensión y reanudación del cobro de la prestación por desempleo por realización de trabajo por cuenta propia inferior a 60 meses para trabajadores menores de 30 por alta inicial. La cobertura de AT y EP tendrá carácter voluntario para trabajadores por cuenta propia menores de 30.
16 Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE 28-IX-13) de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Artículo 3. Emprendedores. Se consideran emprendedores aquellas personas, independientemente de su condición de persona física o jurídica, que desarrollen una actividad económica empresarial o profesional, en los términos establecidos en esta Ley.
17 Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE 28-IX-13) de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Art. 28 Cotización aplicable a los trabajadores incluidos en el Régimen de Trabajadores por cuenta propia o autónomos en los casos de PLURIACTIVIDAD con jornada laboral a tiempo completo o a tiempo parcial superior al 50% TIEMPO COMPLETO entre 50% base mínima (113,76) hasta la máxima establecida 18 meses Entre 75% base mínima (170,74) hasta la máxima establecida 18 meses sig. TIEMPO PARCIAL Entre 75% base mínima (170,74) hasta la máxima establecida 18 meses Entre 85% base mínima (193,40) hasta la máxima establecida 18 meses sig. INCOMPATIBLE CON CUALQUIER OTRA REDUCCIÓN O BONIFICACIÓN Y CON LO DISPUESTO EN EL ART. 113 CINCO 7 DE LA LEY 17/2012
18 Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE 28-IX-13) de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Art. 29 Establecimiento de la tarifa plana para MAYORES de 30 que causen alta inicial en RETA o que no hubieran estado de alta en los cinco años anteriores y que no empleen trabajadores. 80% seis primeros meses 50 (base min) 50% seis meses siguientes % seis meses siguientes 180
19 Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE 28-IX-13) de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Art. 30 Reducción y bonificación de cuotas para personas con discapacidad igual o superior al 33% de cualquier edad que se establezcan por cuenta propia y no empleen trabajadores. 80% de la cuota 6 primeros meses 50% de la cuota 54 meses siguientes Si menores de 35 80% de la cuota 12 primeros meses 50% de la cuota cuatro años siguientes
20 Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE 28-IX-13) de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Art. 39 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS PYMES Modifica el art de la Ley 31/1995 para AMPLIAR los supuestos en que el empresario podrá asumir PERSONALMENTE las funciones de prevención de riesgos laborales. HASTA 25 TRABAJADORES SIEMPRE QUE LA EMPRESA DISPONGA DE UN ÚNICO CENTRO DE TRABAJO
21 Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE 28-IX-13) de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Art. 40 Creación del Libro de Visitas Electrónico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se pondrá a disposición de las empresas de oficio y sin necesidad de solicitud de alta por cada uno de sus centros de trabajo. Se desarrollará por Orden Ministerial
22 Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE 28-IX-13) de apoyo a los emprendedores y su internacionalización Disposición final quinta Modifica las condiciones para la ejecución del embargo de la vivienda que constituya la residencia habitual del trabajador autónomo ampliando a DOS años el plazo que debe mediar entre la primera diligencia de embargo y la realización de la subasta.
23 Muchas gracias por su atención Mª DEL CARMEN FERNÁNDEZ JANÉ
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