TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL POLIDEPORTIVO.
|
|
- Juan Francisco Castro Coronel
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL POLIDEPORTIVO. 1.- ABONOS: a) ANUALES: EMPADRONADAS EN ARRASATE NO EMPADRONADAS EN ARRASATE* PISCINA Individual: niñas y niños 80,30 96,36 Individual: personas adultas 134,75 161,70 Familiar 215,15 258,18 POLIDEPORTIVO Individual: niñas y niños 80,30 96,36 Individual: personas adultas 134,75 161,70 Familiar 215,15 258,18 PLUS Individual: niñas y niños 120,60 144,72 Individual: personas adultas 202,20 242,64 Familiar 322,75 387,30 ABONO DE VERANO Individual: niñas y niños 40,10 48,12 Individual: personas adultas 67,35 80,82 Familiar 107,50 129,00 BOULDER Individual: Niñas/niños y personas adultas 34,00 40,80 Las personas socias del boulder, en todo caso, deberán adquirir la tarjeta electrónica para acceder a la instalación. b) MENSUALES NO EMPADRONADOS EN EMPADRONADOS EN ARRASATE ARRASATE PLUS Mes Matrícula (nuevas altas) Mes Matrícula (nuevas altas) Niñas y niños 11,56 14,45 13,90 14,45 Pers adultas 19,38 24,20 23,25 24,20 Familia 30,93 38,65 37,10 38,65
2 2.- ENTRADAS PISCINA O ZONA SECA Niños y niñas... 3,40 Personas adultas... 6,00 PLUS ENTRADA Niños y niñas... 5,10 Personas adultas... 8,55 ENTRADA PARA EL ROCODROMO... 3,40 BONOS DE 10 ENTRADAS A LA PISCINA O ZONA SECA Niños y niñas... 27,35 Personas adultas...54,60 BONO PLUS DE 10 ENTRADAS Niños y niñas... 40,70 Personas adultas...75,35 GRUPOS Normales: 20 personas...%50 Especiales: 10 personas...% OTROS Tarjeta magnética/electrónica... 5,10 Llave... 2,45 Ducha... 3, ALQUILERES PARA FINES NO DEPORTIVOS Canchas de Musakola e Iturripe, y frontón de Uarkape (IVA no incluido) Medio día (6 horas) ,20 Día entero (12 horas) ,50 Hora (máximo 3 horas) ,65
3 CANCHA EXTERIOR DE ITURRIPE, FRONTONES Y PISTAS (IVA NO INCLUIDO) Medio día (6 horas) ,80 Día entero (12 horas) ,65 Hora (máximo 3 horas) ,65 PARA FINES DEPORTIVOS RESERVA MUSAKOLA Abonados Sin luz Con luz No abonados / Entidade s: (además de la entrada de día) Cancha de Musakola ,75 Cancha de Antoña ,15 Frontones 1 2 5,10 Tenis 1 2 5,10 Padel 2 3 5,10 Luz - - 3,45 Squash (45 min) 1 2 5,60 Medio campo de Fútbol/Rugby ,55 Campo entero de Fútbol/Rugby ,55 *Pista de atletismo 35,55 *Gimnasio (salas) 28,60 * Piscina (fuera de temporada, previa autorización) Grande 165,30 Pequeña 88,20 Una calle 27,55 ITURRIPE Cancha ,80
4 Frontón grande 1 2 4,90 Frontón pequeño 1 2 3,80 Luz - - 2,20 Cancha exterior 3 5 9,90 Tenis 1 2 3,80 UARKAPE Frontón ,00 Luz, fase ,90 Rebotillo 1 2 6,00 *Boulder 28,60 * Podrán reservar solamente las entidades 1.- ANEXO OBSERVACIONES Niñas y niños menores de 2 años, gratis. Niñas y niños: nacidos entre 1997 y 2012, ambos incluidos. Personas adultas: nacidos en 1997 o anteriores. Familiar: con hijas e hijos nacidos en el año 1997 o posteriores. En el caso de que no haya hijos e hijas, deberá presentarse el libro de familia o bien documento que se recoja que son pareja de hecho.. La modalidad entrada para piscina autoriza a utilizar la piscina, sauna y baño de vapor. Los colectivos especiales (centros docentes, MU, empresas...) abonarán las cantidades previstas en el oportuno convenio suscrito. Dentro de la política de Deporte del Ayuntamiento, se aplicará una reducción del 100% en el precio de alquiler respecto de a tasa de las instalaciones de zona húmeda utilizadas por los centros de enseñanza en horas lectivas, y cuando hagan una reserva relacionada con su actividad habitual, no pagarán entrada de día. Se aplicará el precio de colectivo especial a los colectivos constituidos (centro de día, pisos tutelados, Aita Menni, etc). Para hacer reserva trimestral es imprescindible que todos los componentes del colectivo sean abonados en las modalidades de Abono de polideportivo o Abono Plus. Como excepción, para poder jugar con personas abonadas que tienen reserva, las no abonadas tendrán que pagar la entrada al polideportivo. El alquiler de las reservas de día se cobrará en la entrada. Sin embargo, la reserva trimestral se cobrará por domiciliación: Previamente se cobrará el total del trimestre y los
5 días que no sean utilizados en el trimestre (si se avisa con una antelación de 24 horas) se devolverán al final del trimestre. No se cobrará a los clubes deportivos la reserva para entrenamientos y partidos oficiales. Las personas no abonadas podrán hacer reserva puntual el día anterior al de la reserva. Las bonificaciones se aplicará n solamente a las personas abonadas para todo el año. Para el alquiler del rebotillo de Uarkape el tiempo mínimo será de hora y media. En los demás casos, de hora y media. b) BONIFICACIONES NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA LA CONCESION DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE LAS TASAS DE LOS ABONOS DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES CONSIDERACIONES GENERALES La Ley 7/85, de 2 de abril, atribuye en el capítulo III, Artículo 25, a los Ayuntamientos, competencias de desarrollo en cuanto a fomento de actividades y programas de deportes. La Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco, en sus principios rectores reconoce el fundamental derecho de todas las personas a la práctica del deporte de forma libre y voluntaria; así mismo, señala que las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán el adecuado ejercicio del citado derecho mediante una política deportiva basada en: la aprobación y ejecución de programas especiales para la extensión de la práctica del deporte a todos los sectores sociales, especialmente a los más desfavorecidos Por ello, el departamento de Deportes del ayuntamiento de Arrasate, por medio de la siguiente normativa, pretende regular la concesión de ayudas económicas para el pago de las tasas de los distintos abonos que dan derecho al uso de los servicios que oferta. La normativa recoge tres tipos de subvenciones: una para conceder a aquellas personas con escasos recursos; otra destinada a fomentar la practica deportiva de los jóvenes entre 18 y 26 años que se encuentran estudiando; y por último la concesión de subvenciones encaminada a subvencionar la tarjeta deportiva a todos aquellos federados que utilicen las instalaciones deportivas municipales para sus competiciones oficiales. ARTÍCULO 1º: OBJETO El objeto de la presente Normativa es la regulación del acceso y concesión de las ayudas económicas a aquellas personas empadronadas en Arrasate con escasos recursos; fomentar la practica deportiva de los jóvenes entre 19 y 26 años que se encuentran estudiando; y por último la concesión de subvenciones encaminada a subvencionar la tarjeta deportiva a
6 todos aquellos federados que utilicen las instalaciones deportivas municipales para sus competiciones oficiales. ARTÍCULO 2º: PERSONAS BENEFICIARIAS Todas aquellas personas que cumplan los requisitos exigidos en alguno de los anexos de esta normativa. ARTÍCULO 3º: EVALUACIÓN Y CONCESIÓN Las solicitudes serán examinadas y evaluadas por el departamento de Deportes del Ayuntamiento de Arrasate, y el acuerdo será adoptado por la Junta de Gobierno Local. En la propuesta de subvención, en caso de ser positiva, se hará constar la cuantía de la subvención, la forma de pago y las condiciones y requisitos que debe cumplir la persona subvencionada. ARTÍCULO 4º: LÍMITE DE LA CUANTÍA El importe de las ayudas económicas reguladas por esta normativa no podrá, por sí sólo, ser superior al 75% de la tasa correspondiente, y en todos los casos será solamente para aquel que realice el abono anual. ARTÍCULO 5º: INCUMPLIMIENTO El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones que se fijan en la presente normativa o en la resolución de concesión de la subvención, supondrá la revisión de la misma y, en su caso, la anulación o disminución de la cantidad otorgada. ARTÍCULO 6º: CONTROL DE LAS SUBVENCIONES El departamento de Deportes del Ayuntamiento de Arrasate se reserva el derecho a hacer cuantas comprobaciones estime oportunas para verificar la fiabilidad de los datos. ARTÍCULO 7º: INTERPRETACIÓN Cualquier duda que pudiera surgir en torno a la interpretación de esta normativa, será resuelta por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Arrasate. ARTÍCULO 8º: DISPOSICIÓN FINAL La presente normativa tendrá efectos para la concesión de ayudas económicas del año 2016 y seguirá en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación. ANEXO I: NORMATIVA ESPECIFICA QUE REGULA LA CONCESION DE AYUDAS ECONOMICAS PARA EL PAGO DE LAS TASAS DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS A AQUELLAS PERSONAS CON RECURSOS ESCASOS EMPADRONADAS EN ARRASATE. 1.- OBJETO
7 Es objeto de la presente normativa la concesión de ayudas económicas a aquellas personas empadronadas en Arrasate que teniendo ingresos económicos escasos quieran hacer deporte. 2.- PERSONAS BENEFICIARIAS Podrán solicitar las ayudas económicas que se regulan por la presente normativa, las personas que cumplan los siguientes requisitos: a.- Estar empadronado en Arrasate. b.- Tener ingresos económicos inferiores a los establecidos en este anexo. c.- Haber pagado el abono del año completo. 3.- SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN Las solicitudes podrán presentarse entre el 15 de diciembre y 31 de enero para aquellos recibos que estén domiciliados y pretendan ser objeto de subvención. Transcurrido este plazo, en ningún caso se admitirán solicitudes de ayuda. Para los abonos que se realicen con posterioridad la solicitud, se deberá de realizar previamente o al momento de darse de alta. En ningún caso se admitirán solicitudes de ayudas si ha transcurrido más de un mes de la fecha de abono del recibo. Todas las solicitudes deberán presentarse en el BAZ. Las solicitudes de ayuda económica para el pago de las tasas de AUKEA deberán de acompañarse de la siguiente documentación: a) En todos los casos se deberá presentar: Toda la documentación que constituya la unidad familiar: - Fotocopia del documento DNI (NIE, pasaporte ). - Certificado de convivencia. - Certificado de vida laboral, expedido por el INSS. - Una copia de la declaración del impuesto sobre la renta de personas físicas del ejercicio anterior o certificado que acredite la no obligatoriedad de presentarlo. Además, quienes dispongan de ingresos deberán presentar también: Los ingresos de la unidad familiar, es decir, ingresos de todas las personas mayores de 18 años residentes en la vivienda. Se acreditarán mediante alguno de estos documentos: - Certificación de ingresos por salario, expedido por la empresa. - Certificación de la prestación o subsidio de desempleo emitido por la Oficina de Empleo. - Certificación de la pensión de jubilación expedido por el INSS. - Certificación de las prestaciones que recibe desde el Ayuntamiento o Diputación Foral. Deberán contemplar el ingreso bruto del año.
8 Quienes no tengan ingresos, además de la documentación a presentar en todos los casos, deberán presentar también: - Certificación expedida por la Oficina de Empleo en la que se contemple que está buscando trabajo y que no percibe ninguna prestación o subsidio de desempleo. - Certificación expedida por el INSS en el que se recoja que no percibe ninguna pensión o ayuda. - Certificación en la que se acredite que no percibe ningún tipo de ayuda desde el Ayuntamiento o Diputación Foral. En el caso de que en la instancia de solicitud o la documentación correspondiente hubiera algún defecto o falta, se concederá un plazo de diez días para la corrección de los defectos o errores, y pasado dicho plazo sin la correspondiente subsanación, se archivará la solicitud. De igual manera, la ocultación o falseamiento de los datos, supondrá la pérdida del derecho a dichas subvenciones y, en su caso, a posteriores. CONSIDERACIÓN DE UNIDAD FAMILIAR A efectos de ser persona beneficiaria de las bonificaciones del departamento de Deportes del Ayuntamiento de Arrasate, a los efectos de computar solamente los ingresos, tendrán la consideración de unidad familiar aquellas personas que están empadronas en Arrasate y conviviendo en la misma vivienda: Para el cómputo de los ingresos de la unidad familiar, se tendrán en cuenta los ingresos brutos mensuales, sin deducir impuestos y prorrateadas las pagas extras, obtenidos por todos los miembros integrantes de la misma. 5.- REVISIÓN DE LA SOLICITUD La solicitud de subvención con la documentación presentada será examinada por los servicios técnicos del departamento de Deportes del Ayuntamiento de Arrasate, que aplicarán el baremo establecido en esta normativa, proponiendo la resolución que corresponda en función de los ingresos declarados. La Comisión de Deportes dictaminará sobre cada solicitud, y el acuerdo será adoptado por la Junta de Gobierno Local. BAREMO A APLICAR PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS El baremo a aplicar es el siguiente: 1. Unidad familiar constituida por 1 persona Ingresos familiares inferiores al 150% del SMI: bonificación del 75% Ingresos familiares inferiores al 175% del SMI: bonificación del 50% Ingresos familiares inferiores al 200% del SMI: bonificación del 25% 2.- Unidad familiar constituida por 2 o 3 personas Ingresos familiares inferiores al 175% del SMI: bonificación del 75%
9 Ingresos familiares inferiores al 200% del SMI: bonificación del 50% Ingresos familiares inferiores al 225% del SMI: bonificación del 25% 3.- Unidad familiar constituida por 4 o 5 personas Ingresos familiares inferiores al 225% del SMI: bonificación del 75% Ingresos familiares inferiores al 250% del SMI: bonificación del 50% Ingresos familiares inferiores al 275% del SMI: bonificación del 25% 4.- Unidad familiar constituida por 6 o más personas Ingresos familiares inferiores al 250% del SMI: bonificación del 75% Ingresos familiares inferiores al 275% del SMI: bonificación del 50% Ingresos familiares inferiores al 300% del SMI: bonificación del 25% 7.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN Aceptada la concesión de la subvención, se procederá a la deducción correspondiente de la cuota del abono abonado por la persona solicitante. ANEXO II: NORMATIVA ESPECIFICA QUE REGULA LA CONCESION DE AYUDAS ECONOMICAS PARA EL PAGO DE LAS TASAS DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS A LOS JÓVENES ESTUDIANTES ENTRE 19 Y 26 AÑOS. 1.- OBJETO Es objeto de la presente normativa la concesión de ayudas económicas para el pago de las tasas del departamento de Deportes del Ayuntamiento de Arrasate a jóvenes entre 19 y 26 años (ambos inclusive) que se encuentren estudiando. 2.- PERSONAS BENEFICIARIAS Podrán solicitar las ayudas económicas que se regulan por la presente normativa, los jóvenes que cumplan los siguientes requisitos: a.- Tener entre 19 y 26 años. b.- Estar estudiando, una titulación oficial, de un año de duración mínimo. c.-.estar empadronado en Arrasate. 3.- SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN Las solicitudes podrán presentarse entre el 15 de diciembre y 31 de enero, en le caso de solicitantes que ya son abonados desde el ejercicio anterior, para aquellos recibos que estén domiciliados y pretendan ser objeto de subvención. Para los abonos que se realicen con posterioridad, la solicitud se deberá de realizar previamente o al momento de darse de alta.
10 En ningún caso se admitirán solicitudes de ayudas si ha transcurrido más de un mes de la fecha de abono del recibo. Las solicitudes de ayuda económica para el pago de las tasas de AUKEA deberán de acompañarse de la siguiente documentación. - Fotocopia del DNI de la persona solicitante. - Justificante de abono de matrícula. Las solicitudes se presentarán en el polideportivo y se tramitarán de forma directa. En el caso de que en la instancia de solicitud o la documentación correspondiente hubiera algún defecto o falta, se concederá un plazo de diez días para la corrección de los defectos o errores, y pasado dicho plazo sin la correspondiente subsanación, se archivará la solicitud. De igual manera, la ocultación o falseamiento de los datos, supondrá la pérdida del derecho a dichas subvenciones y, en su caso, a posteriores. 4.- EXAMEN DE LA SOLICITUD La solicitud de subvención con la documentación presentada será examinada por el departamento de Deportes del Ayuntamiento de Arrasate, concediendo una subvención del 25% a aquellos jóvenes cuya solicitud cumpla los requisitos exigidos. 5.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN Aceptada la concesión de la subvención, se procederá a la deducción correspondiente de la cuota del abono del polideportivo. ANEXO III: NORMATIVA ESPECIFICA QUE REGULA LA CONCESION DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE LAS TASAS DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS A LOS DEPORTISTAS FEDERADOS DE LOS CLUBES DEPORTIVOS POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES EN ENTRENAMIENTOS Y EN COMPETICIONES OFICIALES. 1.- OBJETO. Es objeto de la presente normativa la concesión de ayudas económicas a los deportistas federados de los clubes deportivos para el pago de las tasas de las instalaciones deportivas, por la utilización de las instalaciones deportivas municipales en entrenamientos y en competiciones oficiales. 2.- PERSONAS BENEFICIARIAS. Para solicitar las ayudas económicas que se regulan en la presente normativa, deberán reunirse los siguientes requisitos:
11 a.- Estar federado. b.- Ser miembro de un club deportivo de Arrasate, que utiliza las instalaciones deportivas de Arrasate en entrenamientos y competiciones oficiales. Tramitación del abono por parte del club del deportista. No se cobrara la tarjeta a entrenadores, delegados y miembros del staf. Estas personas se encargarán de la utilización de las tarjetas en cumplimiento de sus funciones. 3.- SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN Temporada de un año para otro: Las solicitudes podrán ser presentadas desde el 1 de agosto hasta el 30 de septiembre. Para los abonos que se realicen con posterioridad, la solicitud se deberá de realizar previamente o al momento de darse de alta. Temporada del año: Las solicitudes podrán presentarse desde el 1 de diciembre al 1 de enero. Para los abonos que se realicen con posterioridad, la solicitud se deberá de realizar previamente o al momento de darse de alta. Las solicitudes de ayudas económicas, para el pago de las tasas del departamento de Deportes del Ayuntamiento de Arrasate, serán tramitadas por los clubes deportivos: El club se encargará de aportar los datos necesarios al departamento de Deportes, para realizar las altas de los deportistas: por una lista que contemple el nombre y apellidos, fecha de nacimiento y domicilio del deportista. Asimismo, el club dará fe de que los deportistas de esta lista poseen la licencia de federado. Obtenida la lista de la correspondiente federación, el club presentará una copia de ella al departamento de Deportes. En el caso de que en la instancia de solicitud o la documentación correspondiente hubiera algún defecto o falta, se concederá un plazo de diez días para la corrección de los defectos o errores, y pasado dicho plazo sin la correspondiente subsanación, se archivará la solicitud. De igual manera, la ocultación o falseamiento de los datos, supondrá la pérdida del derecho a dichas subvenciones y, en su caso, a posteriores. EXAMEN DE LA SOLICITUD Las solicitudes de subvención con la documentación presentada serán examinadas por el departamento de Deportes del Ayuntamiento de Arrasate, concediendo una subvención del 90%, respecto de la tarifa del recinto de las instalaciones necesarias para la práctica de cada deportista (zona seca o zona húmeda), si los deportistas cumplen los requisitos de la solicitud, y si se coge la modalidad de cuota individual ABONO DE LA SUBVENCIÓN El precio de los abonos tramitados por el club se cobrará al club, cuando las listas sean definitivas.
12 En caso de pretender participar en la convocatoria de ayudas que otorga el Ayuntamiento, para llevar a cabo la actividad ordinaria de los clubes deportivos, podrá ser cobrada por descuento realizado a dicha ayuda, si así lo solicita el club. La vigencia de la licencia de la federación deberá coincidir con la vigencia del abono de polideportivo que ha percibido subvención. 6.- ÓRGANO COMPETENTE. La concesión de ayudas económicas corresponde a la Junta de Gobierno Local, en el Ayuntamiento de Arrasate, a propuesta del departamento de Deportes.
Ayuntamiento de Medina de Pomar
(2.14) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES (publicado en el BON nº 23 de 1 de febrero de 2018) Artículo 1.º Fundamento y naturaleza. Las tasas
Más detallesNORMAS REGULADORAS DE LA CONCESION DE AYUDAS PARA EL PAGO DE LAS TASAS MUNICIPALES
NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESION DE AYUDAS PARA EL PAGO DE LAS TASAS MUNICIPALES Artículo 1. La unidad económica que constituye el sujeto del beneficio fiscal será el núcleo familiar en el que el solicitante
Más detalles15.-ORDENANZA DE PRECIOS PUBLICOS PARA LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
15.-ORDENANZA DE PRECIOS PUBLICOS PARA LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ARTÍCULO 1.- CONCEPTO La presente exacción se establece de acuerdo con lo dispuesto en la subsección 2ª de la sección 2ª,
Más detallesCiudad Deportiva Municipal Tasas 2017 Tasas por prestación de servicios en CDM
ABONADOS A LA CIUDAD DEPORTIVA MUNICIPAL (Tasa anual) (1) 1 Abonado Familiar (pareja sin hijos o con hijos menores de 15 años y monoparental con hijos menores de 15 años) 66,35 2 Suplemento por cada hijo
Más detallesSólo se concederá una ayuda por solicitud, aplicándose en todo caso la de mayor cuantía. DUK Página 139
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACION Y PRESTACION DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES GESTIONADOS POR EL ORGANISMO AUTONOMO "DERIOKO UDAL KIROLDEGIA'' Artículo 1.Fundamento y naturaleza
Más detallesORDENANZA NUM. 45 PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y RECREATIVOS MUNICIPALES
ORDENANZA NUM. 45 PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y RECREATIVOS MUNICIPALES Artículo 1º. Concepto. De conformidad con lo previsto en el art. 127, en relación con el art. 41, del
Más detallesAYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES. (Salamanca)
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 15, REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y PISCINAS. B.O.P Nº 248 Fecha: 29/12/2017 Artículo 1. Fundamento legal De conformidad con lo dispuesto en los
Más detallesEl objeto último de la concesión de subvenciones es promover la oferta de unos servicios deportivos y culturales que no tengan afán de lucro.
BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y GRUPOS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL DEPORTE, LA CULTURA, LA JUVENTUD Y EL TIEMPO
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
2009-11-04 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA El Excelentísimo Ayuntamiento de Méntrida de acuerdo
Más detallesLas tarifas llevan incluido, en su caso, el IVA correspondiente al momento de su aprobación.
ORDENANZA NÚMERO 15 DE PRECIOS PÚBLICOS PARA LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Artículo 1. Concepto La presente exacción se establece de acuerdo con lo dispuesto en la subsección 2.ª de la sección
Más detalles- Abono individual nacidos antes del 1 de enero de ,00 154,00 57,00 85,00
TARIFAS LOGROÑO DEPORTE 2017 1.- ABONOS A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES. - ABONOS EMPADRONADO DISCAPACITAD NO O EMPADRONAD EMPADRONAD O O* DISCAPACITADO NO EMPADRONADO* - Abono individual nacidos
Más detallesBoletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 86 Martes, 9 de mayo de 2017 Pág. 14 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO Gestión Tributaria APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS
Más detallesAYUNTAMIENTO DE AGURAIN
II - ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA AYUNTAMIENTO DE AGURAIN Aprobación definitiva de la modificación del epígrafe b) tasa de los abonados a las instalaciones deportivas municipales,
Más detallesC.13.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS
C.13.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS Artículo 1 TASA POR LA UTILIZACION DE CASAS DE BAÑO,
Más detallesFuente Álamo de Murcia
Página 33783 IV. Administración Local Fuente Álamo de Murcia 12636 Aprobación definitiva del Reglamento de Funcionamiento del Banco de Alimentos del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia. En relación
Más detalles- Abono individual nacidos antes del 1 de enero de ,60 157,00 58,00 87,00
TARIFAS LOGROÑO DEPORTE 2018 1.- ABONOS A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES. - ABONOS EMPADRONADO NO EMPADRONADO DISCAPACITADO EMPADRONADO* DISCAPACITADO NO EMPADRONADO* - Abono individual nacidos antes
Más detalles- Abono individual nacidos antes del 1 de enero de ,00 131,00 57,00
TARIFAS LOGROÑO DEPORTE 2016 1.- ABONOS A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES. - ABONOS EMPADRONADO NO EMPADRONADO DISCAPACITADO* - Abono individual nacidos antes del 1 de enero de 1.998 103,00 131,00
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL DE LA TASA POR UTILIZACION DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
2017-07-03 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL DE LA TASA POR UTILIZACION DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Artículo 1. Fundamento y naturaleza El Excelentísimo Ayuntamiento de Méntrida,
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚMERO 21
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 21 TASA POR LA PRESTACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ARTICULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
Más detallesARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y CURSOS DE LA PISCINA CLIMATIZADA MUNICIPAL Y CLASES COLECTIVAS EN EL PABELLÓN MULTIUSOS CIUDAD DE AZUQUECA. ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ARTÍCULO 1. NATURALEZA Y FUNDAMENTO. De conformidad con lo establecido en
Más detallesTARIFAS LOGROÑO DEPORTE ABONOS A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES. - Abono individual nacidos antes del 1 de enero de 1.
TARIFAS LOGROÑO DEPORTE 2017 1.- ABONOS A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES. - ABONOS - Abono individual nacidos antes del 1 de enero de 1.999 - Abono Individual Menor, Nacidos despues del 1 de enero
Más detallesORDENANZA Nº 23, REGULADORA DE LAS TASAS POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE LAS INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS
ORDENANZA Nº 23, REGULADORA DE LAS TASAS POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE LAS INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS ARTICULO 1.- CONCEPTO Este ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral de
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES POLIDEPORTIVO MUNICIPAL I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Esta Entidad Local, de acuerdo con la Norma
Más detallesO R D E N A N Z A Núm. 10
, A Y U N T A M I E N T O D E A L M A Z A N O R D E N A N Z A Núm. 10 PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS Aprobada el 27 de Noviembre de 1990 Modificada el 9 de Noviembre de 1998 Modificada el 10 de Noviembre
Más detallesORDENANZA FISCAL NUM. 26 TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL NUM. 26 TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES I - CONCEPTO Artículo 1º En uso de las facultades reconocidas
Más detallesCONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA 2014.
CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA 2014. Este Ayuntamiento ha solicitado la participación en el Programa de
Más detallesACTIVIDADES DEPORTIVAS EN INSTALACIONES MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN INSTALACIONES MUNICIPALES FECHA DE APROBACIÓN INICIAL POR EL PLENO MUNICIPAL: 6/NOVIEMBRE/1998 (BOP Nº 260, DE 12/11/998). FECHA DE
Más detalles1.- ABONADOS A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES. A: Individual nacidos antes del 1 de enero de 1.994
1.- ABONADOS A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES. A: Individual nacidos antes del 1 de enero de 1.994 - Empadronado 88,40 - No Empadronado 112,40 - Discapacitado (*) 54,20 (*) Deberán acreditar mediante
Más detallesPISCINAS E INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS
A Y U N T A M I E N T O D E SEVILLA LA NUEVA. -MADRID- Año 2.013 O R D E N A N Z A FISCAL Núm.7. PISCINAS E INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS Aprobada en el Pleno 11 de diciembre de 2008 Publicada inicialmente
Más detallesORDENANZA FISCAL NUM. 26 TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL NUM. 26 TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES I - CONCEPTO Artículo 1º En uso de las facultades reconocidas
Más detallesPRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS ÍNDICE
PRECIO PÚBLICO NÚM. 3.21 O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS ÍNDICE CAPÍTULO I Fundamento y Naturaleza... 2 CAPÍTULO II Concepto y modalidades de precios públicos... 2 CAPÍTULO III Obligados al pago...
Más detallesORDENANZA Nº 50, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.
ORDENANZA Nº 50, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. CONCEPTO Artículo 1º.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41
Más detallesTASA POR UTILIZACION SERVICIOS DEPORTIVOS EN EL POLIDEPORTIVO Y PISCINAS MUNICIPALES.
ORDENANZA FISCAL Nº 24. TASA POR UTILIZACION SERVICIOS DEPORTIVOS EN EL POLIDEPORTIVO Y PISCINAS MUNICIPALES. Fundamento legal, objeto y hecho imponible. Art. 1.- Ejercitando las facultades reconocidas
Más detallesBASES REGULADORAS DEL PLAN DE GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DEUDORES DE LOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL RECIBO MUNICIPAL DEL CICLO INTEGRAL
Concejalía de Servicios Sociales R.S. BASES REGULADORAS DEL PLAN DE GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DEUDORES DE LOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL RECIBO MUNICIPAL DEL CICLO INTEGRAL El objeto de la presente
Más detallesO R D E N A N Z A Núm. 14
A Y U N T A M I E N T O D E Ajofrín (TOLEDO) Año 2.015 O R D E N A N Z A Núm. 14 PISCINAS E INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS Aprobada el de de Modificada el 6 de Noviembre de 2015. Consta de 5 folios Plaza
Más detallesORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES
ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES ARTÍCULO 1.- CONCEPTO De conformidad con lo previsto en el art. 127, en relación
Más detallesAYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO ORDENANZA FISCAL NUM. 16
AYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO ORDENANZA FISCAL NUM. 16 TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES I - CONCEPTO Artículo 1º En uso de
Más detalles22) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE JUVENTUD Y DEPORTES.
B) TASAS: 22) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE JUVENTUD Y DEPORTES. APROBACIÓN INICIAL POR PLENO: PUBLICACIÓN APROBACIÓN INICIAL: Modificación:
Más detallesAYUNTAMIENTO DE ENGUERA ORDENANZAS FISCALES 2016
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Artículo 1.- Fundamento Legal. Esta Entidad local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 106, apartado
Más detallesORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES
Página 1 de 5 NO REQUIERE ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES ARTÍCULO 1.- CONCEPTO De conformidad con lo previsto
Más detallesORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES
ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES ARTÍCULO 1.- CONCEPTO De conformidad con lo previsto en el art. 127, en relación
Más detallesILUSTRE AYUNTAMIENTO DE OSUNA HACIENDA MUNICIPAL
PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELATIVOS A LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS MUNICIPALES. ARTICULO 1. Fundamento y naturaleza. De conformidad con lo dispuesto en el
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS.
ORDENANZA REGULADORA DE TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS. ARTÍCULO 1. CONCEPTO.- En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO SOBRE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
AYUNTAMIENTO DE CABRA PROVINCIA DE CORDOBA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO SOBRE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Artículo 1º. En uso de las facultades concedidas por los
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
ORDENANZA REGULADORA DE PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Artículo 1. De conformidad con lo previsto en el artículo 117, en relación con el artículo 41.B, ambos
Más detallesORDENANZA Nº. 13 FUNDAMENTO Y RÉGIMEN.-
ORDENANZA Nº. 13 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL CASAS DE BAÑOS, DUCHAS E INSTALACIONES ANÁLOGAS FUNDAMENTO Y RÉGIMEN.- ARTÍCULO
Más detallesTASA Nº 11 ORDENANZA REGULADORA DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS.
TASA Nº 11 Ref: F/Ordenanza/tasa 11 IDM ORDENANZA REGULADORA DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS. Artículo 1.- Concepto De conformidad con lo previsto en el artículo 20.3.o) del RDL
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS DE PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS, 2014
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS DE PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS, 2014 EPIGRAFE A).- UTILIZACIÓN DE MAQUINARIA MUNICIPAL. Por cada hora de servicio desde que la máquina sale de las dependencias
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL FUNCIONAMIENTO DEL BANCO DE ALIMENTOS DEL AYUNTAMIENTO DE TERRADILLOS (SALAMANCA)
ORDENANZA REGULADORA DEL FUNCIONAMIENTO DEL BANCO DE ALIMENTOS DEL AYUNTAMIENTO DE TERRADILLOS (SALAMANCA) Artículo 1.- Objeto El Objeto de la presente Ordenanza es regular los requisitos y condiciones
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Artículo 1º. Establecimiento y Concepto El Excmo. Ayuntamiento de Santa Pola, conforme al artículo 20 de
Más detallesTASA POR LA UTILIZACIÓN DE PISCINAS E INSTALACIONES ANÁLOGAS
Ordenanza nº 10 TASA POR LA UTILIZACIÓN DE PISCINAS E INSTALACIONES ANÁLOGAS Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los arts. 4 y 106 de la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las bases
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚMERO 21
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 21 TASA POR LA PRESTACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ARTICULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS PRESTADOS POR EL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL ASTIUNERAKO UDAL ERAKUNDEA
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS PRESTADOS POR EL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL ASTIUNERAKO UDAL ERAKUNDEA INDICE I.- Disposiciones generales....3 II.- Hecho
Más detallesAYUNTAMIENTO DE Abarán (MURCIA) Nº Rgto. E.L CONVOCATORIA DE AYUDAS A PENSIONISTAS PARA EL PAGO DE RECIBOS DE BASURA 2007/2008
CONVOCATORIA DE AYUDAS A PENSIONISTAS PARA EL PAGO DE RECIBOS DE BASURA 2007/2008 1 CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL RECIBO DE BASURA DEL AYUNTAMIENTO DE ABARAN BASES DE LA CONVOCATORIA 1.- OBJETO DE LA
Más detalles- Empadronado 85,80 - No Empadronado 109,20 - Discapacitado (*) 52,60. - Empadronado 53,60 - No Empadronado 68,60 - Discapacitado (*) 41,60
1.- A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES A: Individual nacidos antes del 1 de enero de 1.991 - Empadronado 85,80 - No Empadronado 109,20 - Discapacitado (*) 52,60 B: Individual Menor, Nacidos entre el
Más detallesIII. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE RÉGIMEN ECONÓMICO
Pág. 153 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 54 VALDEMORO RÉGIMEN ECONÓMICO El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de abril de 2018, aprobó por mayoría, con los votos
Más detallesORDENANZA Nº 7-P PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS Y UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER ORDENANZA Nº 7-P PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS Y UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES (Ejercicio 2.009) (Pleno 23 de diciembre de
Más detallesII. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA 2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
Página 1 de 6 Número 55 - Fecha: 08/05/2006 II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA 2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES ANSOAIN EDICTO De conformidad con lo establecido en el Artículo 325.1 de
Más detallesORDENANZA Nº 34 PRECIO PÚBLICO POR UTILIZACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA Nº 34 PRECIO PÚBLICO POR UTILIZACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Artículo 1. 1 Artículo 2.- 1 Artículo 3.- 2 Artículo 4.- 4 Artículo 5.- 6 DISPOSICIÓN ADICIONAL 6 APROBACIÓN Y VIGENCIA
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS DE PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS, 2016
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS DE PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS, 2016 EPIGRAFE A).- UTILIZACIÓN DE MAQUINARIA MUNICIPAL. Por cada hora de servicio desde que la máquina sale de las dependencias
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PISCINAS MUNICIPALES
ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PISCINAS MUNICIPALES Artículo Primero.- Objeto De conformidad con lo previsto en el artículo
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LAS INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LAS INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS MUNICIPALES Articulo 1.- Concepto. De conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Norma
Más detallesBoletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 46 Martes, 25 de febrero de 2014 Pág. 83 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO GESTIÓN TRIBUTARIA. Transcurrido el plazo de exposición al público del Acuerdo del Ayuntamiento
Más detallesANEXO IV - ORDENANZA FISCAL
ANEXO IV - ORDENANZA FISCAL BONOS Matrícula 81,35 BONO ANUAL Familiar 429,60 Familiar reducida 257,76 Familiar reducida especial 0,00 Individual, adulto (>16 años) 256,44 Individual, adulto (> 16 años)
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA H. CIUDAD DE ALCAÑIZ (Teruel)
Nº 13.- TASA POR LA UTILIZACIÓN DE PISCINAS Y PABELLÓN POLIDEPORTIVO Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza Al amparo de lo previsto en los artículos 57 y 20.4.o) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
Más detallesPRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PABELLÓN CUBIERTO, POLIDEPORTIVO E INSTALACIONES ANÁLOGAS.
PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PABELLÓN CUBIERTO, POLIDEPORTIVO E INSTALACIONES ANÁLOGAS. Artículo 1. CONCEPTO. En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 41 al 47 y 127 del
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE PISCINAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS Artículo 1º.- FUNDAMENTO Y REGIMEN Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo
Más detallesAYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE SUMINISTROS PARA FAMILIAS CON MENORES Y ESCASOS RECURSOS 2014
AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE SUMINISTROS PARA FAMILIAS CON MENORES Y ESCASOS RECURSOS 2014 NORMAS PARA SU VALORACIÓN 1. OBJETO CUANTIA Y PARTIDA PRESUPUESTARIA. 1.1. OBJETO La falta de ingresos o
Más detallesTEXTO REFUNDIDO DE ORDENANZA DE PRECIOS PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES DE LA CONCEJALÍA DE DEPORTES DE TORREVIEJA.
La Junta Local de Gobierno en sesión celebrada el viernes 28 de abril de 2017, aprobó el siguiente punto del orden del día: TEXTO REFUNDIDO DE ORDENANZA DE S PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES DE
Más detallesAyuntamiento de Istán
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA El Pleno del, en sesión ordinaria celebrada el día 01/12/16, acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de la reclamación presentada, de la imposición de la
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS DE PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS, 2018
Aprobación: BOB: Última modificación: BOB: ORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS DE PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS, 2018 ORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS DE PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION
Más detallesREGISTRO DE SOLICITUDES (Del 7 al 11 de mayo de 2018)
CONVOCATORIA PUBLICA MUNICIPAL PARA LA CONCESION DE AYUDAS ECONOMICAS 2017 NIÑOS/AS Y JÓVENES DE 8 A 17 AÑOS PARA PRÁCTICA DEPORTIVA FUERA DEL HORARIO ESCOLAR, EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES DEPORTIVAS
Más detallesORDENANZA Nº 23, REGULADORA DE LAS TASAS POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE LAS INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS
ORDENANZA Nº 23, REGULADORA DE LAS TASAS POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE LAS INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS ARTICULO 1.- CONCEPTO Este ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral de
Más detallesANEXO I EXPONE DATOS DE LOS BENEFICIARIOS Y DE LAS CUOTAS ABONADAS: NOMBRE Y APELLIDOS DEL SOLICITANTE DNI TELEFONO
ANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCION A LAS FAMILIAS PARA EL PAGO DE LAS CUOTAS DE SOCIO (INDIVIDUAL O FAMILIAR) DE LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO.
Más detallesExcmo. Ayuntamiento de Ciudad Real. INSTALACIONES DEPORTIVAS Tarifa de Precios 2018 Ciudad Real
Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real INSTALACIONES DEPORTIVAS Tarifa de Precios 2018 Ciudad Real TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS La Tarifa de esta Tasa
Más detallesO R D E N A N Z A Núm. 8
A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO Año 2017 O R D E N A N Z A Núm. 8 PISCINAS E INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS TASA POR LA UTILIZACION DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y RÉGIMEN Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE MANISES
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE MANISES ARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad con lo previsto en el art. 41
Más detallesANEXO VII: TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
ANEXO VII: TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL ARTICULO 1º.- CONCEPTO De conformidad con la Norma Foral reguladora de las Haciendas Locales del Territorio Histórico de Bizkaia,
Más detallesArtículo 2. CRITERIOS Y CONDICIONES PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS
AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA Servicios Sociales Sanidad y Consumo NORMAS PARA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA EL ABONO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y LAS TASAS MUNICIPALES
Más detallesBOP Cáceres. Ayuntamiento
Número 104 Miércoles 1 de Junio de 2016 Página 65 Ayuntamiento Valencia de Alcántara ANUNCIO Aprobación definitiva Ordenanza de la tasa por el uso y la prestación de servicios en las instalaciones deportivas
Más detallesACTIVIDADES DEPORTIVAS (Duración temporada completa: septiembre-junio)
227 TASA INSTALACIONES DEPORTIVAS PDM Número 23: Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por la Utilización de Instalaciones, Servicios y Actividades del Patronato Deportivo Municipal de Alcorcón. Artículo
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE RÉGIMEN ECONÓMICO
Pág. 135 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 59 PINTO RÉGIMEN ECONÓMICO La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinto, en sesión celebrada el día 15 de junio de 2016, adoptó acuerdo de establecimiento
Más detallesAJUNTAMENT DE BENIFLÀ C/ Sant Jaume nº BENIFLÀ C.I.F. P H Telf Fax
ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS. ÍNDICE DE ARTÍCULOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ARTÍCULO 1-. FUNDAMENTO Y OBJETO ARTÍCULO 2.- NATURALEZA DE LA
Más detallesDECRETO FORAL 126/2003, DE 20 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULAN AYUDAS ECONÓMICAS POR MATERNIDAD 1
DECRETO FORAL 126/2003, DE 20 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULAN AYUDAS ECONÓMICAS POR MATERNIDAD 1 (Publicado en el Boletín Oficial de Navarra de 21 de mayo de 2003) 1 Este Decreto Foral fue derogado por
Más detallesPRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS ÍNDICE
PRECIO PÚBLICO NÚM. 3.21 O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS ÍNDICE CAPÍTULO I Fundamento y Naturaleza... 2 CAPÍTULO II Concepto y modalidades de precios públicos... 2 CAPÍTULO III Obligados al pago...
Más detalles