- En la Cláusula 13 `Acreditación de la capacidad para contratar y efectos de la propuesta de adjudicación. Desistimiento del PCAP,

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1 RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN REFERIDO AL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ACCESORIOS ELECTROSOLDABLES PARA ACOMETIDAS DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO Y PARA AGUA REGENERADA Nº 78/2016 En relación al Contrato de SUMINISTRO DE ACCESORIOS ELECTROSOLDABLES PARA ACOMETIDAS DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO Y PARA AGUA REGENERADA (nº 78/2016), se ha observado un error material en las siguientes cláusulas y apartados del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante, PCAP ): - En la Cláusula 13 `Acreditación de la capacidad para contratar y efectos de la propuesta de adjudicación. Desistimiento del PCAP, - En el apartado 5 `Solvencia económica y financiera, y técnica o profesional del Anexo I del PCAP, y - En el apartado 6 `Formato de las Especificaciones técnicas del Anexo I del PCAP. El error apreciado en la Cláusula 13 y en los apartados 5 y 6 del Anexo I al PCAP, consiste en que no se ha tenido en cuenta en los mismos que los productos objeto del contrato son homologables y que, por ello, es necesario hacer mención al Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A., y establecer requisitos de solvencia técnica tanto para los licitadores que tengan sus productos homologados como para aquéllos que no los tengan homologados. De conformidad con todo lo anterior, se propone el siguiente cambio en la Cláusula 13 del PCAP, así como en los apartados 5 y 6 del Anexo I al PCAP: 1) Cláusula 13. Acreditación de la capacidad para contratar y efectos de la propuesta de adjudicación. Desistimiento. Donde dice: [ ] 4.- Solvencia económica, financiera y técnica (solvencia de grupos 1 y 2). Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica (solvencia de grupo 1 y 2), en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 5 del Anexo I. El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios. Asimismo, el licitador presentará una muestra de cada uno de los componentes indicados en la tabla siguiente, perfectamente identificadas con el modelo de que se trate. La totalidad de estas muestras se entregarán en el lugar indicado a continuación. Las muestras se acompañarán de una relación detallada y sin cargo de las mismas. Se entregarán, sin embargo, embaladas y precintadas con referencia expresa al procedimiento de licitación. Página 1 de 18

2 Lugar de entrega: Almacén de Majadahonda de Canal de Isabel II Gestión, S.A. en la Carretera de Majadahonda a Boadilla del Monte Km. 0,800. RELACIÓN DE MUESTRAS A PRESENTAR PARA: Nº DE MUESTRAS CÓDIGO Y DESCRIPCIÓN ARTÍCULO UDS. MUESTRA A ENTREGAR BRIDAS PARA PORTABRIDA 80I/90E BRIDAS PARA PORTABRIDA 100I/110E CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 20/25 EX CODOS 90º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 30/40EXT CODOS 45º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 30/40EXT CODOS 90º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 40/50EXT CODOS 45º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 40/50EXT CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 50/65 EX CODOS 45 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 50/65 EX CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 65/75 EX CODOS 45 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 65/75 EX CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 80/90 EX CODOS 45 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 80/90 EX CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT.100/110 E CODOS 45 º ELECTROS. POLI. M.D. INT.100/110 E MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 20/25 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 30/40 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 40/50 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 50/63 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 65/75 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 80/90 EX MANGUITOS ELECT. POLI.M.D. INT 100/110EX PORTABRIDAS ELECT. POLI. M.D. 80I/90E PORTABRIDAS ELECT. POLI. M.D. 100I/110E TOTAL MUESTRAS 24 Página 2 de 18

3 Para ser adjudicatario todas las muestras entregadas deberán cumplir con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El licitador que finalmente no resulte adjudicatario, podrá recoger las muestras presentadas una vez formalizado el Contrato. 5.- [ ] 6.- [ ] 7.- [ ] 8.- [ ] 9.- Presentación de muestras Se calificará la documentación presentada y se remitirá al licitador, si existen defectos subsanables en la citada documentación, una comunicación, mediante la dirección de correo electrónico referida en el apartado 8 de la presente Cláusula, en la que: (i) se informará de los defectos encontrados y de la forma de subsanarlos, (ii) se requerirá al licitador para que los corrija o subsane o para que presente aclaraciones o documentos complementarios, en un plazo no superior a tres (3) días hábiles a contar desde la recepción de la comunicación, (iii) se indicará que, si los defectos no fueran subsanados, no se tendrá en consideración la oferta presentada entendiéndose que ha retirado la misma y que ha imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor, incurriendo, en su caso, en la causa de prohibición de contratar establecida en el artículo 60.2 a) del TRLCSP, o en la causa de prohibición de contratar establecida en el artículo 60.1 e) del TRLCSP. Asimismo, si faltase alguna de las muestras o se comprobase que alguna de ellas no se encuentra entre las solicitadas en la tabla del apartado 4 de esta Cláusula, se notificará a los interesados del mismo modo, concediéndoles el mismo plazo para la entrega o subsanación de las muestras. Si el licitador no presenta la documentación requerida en el plazo señalado, si no la subsana, si del examen de la aportada se comprueba que no cumple los requisitos establecidos en este pliego, o en caso de que las muestras no resultaran conformes con lo exigido, se entenderá que ha retirado su oferta y que ha imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor, incurriendo, en su caso, en la causa o causas de prohibición de contratar indicadas con anterioridad, y se podrá proceder a la incautación de la garantía provisional que, en su caso, haya sido exigida en el apartado 10.7 del Anexo I. En estos supuestos la Mesa de contratación propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, previa acreditación de su capacidad para contratar con Canal de Isabel II Gestión, S.A., mediante la presentación de la documentación correspondiente en el plazo establecido para ello. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a Canal de Isabel II Gestión, S.A., mientras no se le haya adjudicado el Contrato por acuerdo del órgano de contratación. Página 3 de 18

4 Canal de Isabel II Gestión, S.A. podrá desistir del procedimiento con anterioridad a su adjudicación, siempre que exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a las empresas que hubieran presentado una oferta. Debe decir: [ ] 4.- Solvencia económica, financiera y técnica (solvencia de grupos 1 y 2). Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica (solvencia de grupo 1 y 2), en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en los apartados 5.1.A) o 5.1.B) del Anexo I, según corresponda, y en los apartados 5.2.A) o 5.2.B) del Anexo I, según corresponda. El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios. Asimismo, el licitador presentará una muestra de cada uno de los componentes indicados en la tabla siguiente, perfectamente identificadas con el modelo de que se trate. La totalidad de estas muestras se entregarán en el lugar indicado a continuación. Las muestras se acompañarán de una relación detallada y sin cargo de las mismas. Se entregarán, sin embargo, embaladas y precintadas con referencia expresa al procedimiento de licitación. Lugar de entrega: Almacén de Majadahonda de Canal de Isabel II Gestión, S.A. en la Carretera de Majadahonda a Boadilla del Monte Km. 0,800. RELACIÓN DE MUESTRAS A PRESENTAR PARA: Nº DE MUESTR AS CÓDIGO Y DESCRIPCIÓN ARTÍCULO UDS. MUESTR A A ENTREG AR BRIDAS PARA PORTABRIDA 80I/90E BRIDAS PARA PORTABRIDA 100I/110E CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 20/25 EX CODOS 90º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 30/40EXT CODOS 45º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 30/40EXT CODOS 90º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 40/50EXT Página 4 de 18

5 La totalidad de las muestras deberán cumplir con la Especificación Técnica de Acometidas de Agua para Consumo Humano. Versión 2011, así como con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El licitador que finalmente no resulte adjudicatario, podrá recoger las muestras presentadas una vez formalizado el Contrato. 5.- [ ] CODOS 45º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 40/50EXT CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 50/65 EX CODOS 45 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 50/65 EX CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 65/75 EX CODOS 45 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 65/75 EX CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 80/90 EX CODOS 45 º ELECTROS. POLI. M.D. INT. 80/90 EX CODOS 90 º ELECTROS. POLI. M.D. INT.100/110 E CODOS 45 º ELECTROS. POLI. M.D. INT.100/110 E MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 20/25 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 30/40 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 40/50 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 50/63 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 65/75 EX MANGUITOS ELECT. POLI. M.D. INT 80/90 EX MANGUITOS ELECT. POLI.M.D. INT 100/110EX PORTABRIDAS ELECT. POLI. M.D. 80I/90E PORTABRIDAS ELECT. POLI. M.D. 100I/110E TOTAL MUESTRAS 24 Página 5 de 18

6 6.- [ ] 7.- [ ] 8.- [ ] 9.- Presentación de muestras Se calificará la documentación presentada y se remitirá al licitador, si existen defectos subsanables en la citada documentación, una comunicación, mediante la dirección de correo electrónico referida en el apartado 8 de la presente Cláusula, en la que: (i) se informará de los defectos encontrados y de la forma de subsanarlos, (ii) se requerirá al licitador para que los corrija o subsane o para que presente aclaraciones o documentos complementarios, en un plazo no superior a tres (3) días hábiles a contar desde la recepción de la comunicación, (iii) se indicará que, si los defectos no fueran subsanados, no se tendrá en consideración la oferta presentada entendiéndose que ha retirado la misma y que ha imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor, incurriendo, en su caso, en la causa de prohibición de contratar establecida en el artículo 60.2 a) del TRLCSP, o en la causa de prohibición de contratar establecida en el artículo 60.1 e) del TRLCSP. Asimismo, si faltase alguna de las muestras o se comprobase que alguna de ellas no se encuentra entre las solicitadas en la tabla del apartado 4 de esta Cláusula, se notificará a los interesados del mismo modo, concediéndoles el mismo plazo para la entrega o subsanación de las muestras. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de solvencia (grupos 1 y 2), y realizada la verificación técnica de las muestras de los productos, se procederá del siguiente modo: a) En el supuesto de que los productos del licitador que haya presentado la oferta con el precio más bajo, se encuentren inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A., una vez verificado que el producto propuesto cumple los requisitos técnicos exigidos, se procederá a la adjudicación del Contrato a dicho licitador. b) En el supuesto de que los productos del licitador cuya oferta tenga el precio más bajo NO se encuentren inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A., se verificará que el producto propuesto cumple los requisitos técnicos exigidos. Una vez se haya verificado que los requisitos técnicos del producto cumplen con lo exigido se procederá a la adjudicación del Contrato a dicho licitador. Si el licitador no presenta la documentación requerida en el plazo señalado, si no la subsana, si del examen de la aportada se comprueba que no cumple los requisitos establecidos en este pliego, o en caso de que las muestras no resultaran conformes con lo exigido, se entenderá que ha retirado su oferta y que ha imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor, incurriendo, en su caso, en la causa o causas de prohibición de contratar indicadas con anterioridad, y se podrá proceder a la incautación de la garantía provisional que, en su caso, haya sido exigida en el apartado 10.7 del Anexo I. En estos supuestos la Mesa de contratación propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las Página 6 de 18

7 ofertas, previa acreditación de su capacidad para contratar con Canal de Isabel II Gestión, S.A., mediante la presentación de la documentación correspondiente en el plazo establecido para ello. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a Canal de Isabel II Gestión, S.A., mientras no se le haya adjudicado el Contrato por acuerdo del órgano de contratación. Canal de Isabel II Gestión, S.A. podrá desistir del procedimiento con anterioridad a su adjudicación, siempre que exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a las empresas que hubieran presentado una oferta. 2) Apartado 5 del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares: Donde dice: En el presente procedimiento de licitación se distinguen requisitos de solvencia de grupo 1 (apartado 5.1) y requisitos de solvencia de grupo 2 (apartado 5.3), en función, respectivamente, de que se refieran a la propia empresa licitadora o al producto ofertado por ésta. 5.1 Requisitos y criterios de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional de grupo A) Las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen como mínimo por sí mismas los siguientes requisitos de solvencia: 1. Requisitos y criterios de solvencia económica y financiera: o Los licitadores deberán acreditar en los tres últimos ejercicios económicos un volumen acumulado de negocios en el ámbito objeto del contrato ("accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada") por importe igual o superior a euros. En caso de UTE, al menos una de las empresas que forman la misma deberá cumplir por sí misma el requisito de solvencia económica establecido. 2. Experiencia en la ejecución de suministros análogos: los licitadores deberán haber realizado suministros análogos a los del presente Contrato ejecutados en los cinco (5) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II Gestión, S.A, ( con las siguientes unidades mínimas: o unidades de accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada. 3. Los licitadores deberán contar con la certificación ISO-9001 en el proceso de distribución de los productos objeto del contrato. Página 7 de 18

8 En caso de UTE, será necesario que dispongan de dicha certificación al menos la empresa o empresas que constituyan el 50% de la UTE. 4. Los licitadores deberán presentar una declaración responsable indicando que son los fabricantes de los productos ofertados. En el supuesto de que los licitadores no sean fabricantes de los productos ofertados, deberán acreditar que son distribuidores autorizados del fabricante que corresponda. 5.1 B) Las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen asimismo los siguientes requisitos de solvencia que podrán integrar en la forma prevista en el artículo 63 del TRLCSP (Integración de la solvencia con medios externos). De conformidad con lo previsto en el citado artículo, la integración de la solvencia con medios externos se admitirá siempre y cuando quede totalmente garantizada la ejecución del contrato. En este sentido, los licitadores que acudan a esta posibilidad deberán (i) demostrar, mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso, que para la ejecución del contrato dispondrán de los medios aportados a través de otra entidad y (ii) declarar que en caso de resultar adjudicatario del contrato el licitador se compromete a ejecutar el mismo con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. En el contrato que se formalice con Canal de Isabel II Gestión, S.A. se recogerá el compromiso anteriormente referido. Esta obligación tendrá carácter esencial de conformidad con lo previsto en el artículo 223 f) del TRLCSP y cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 1. Los licitadores deberán acreditar que el proceso de fabricación se ha desarrollado siguiendo un sistema de aseguramiento de calidad conforme a la norma UNE-EN ISO Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia económica y financiera, y de solvencia técnica o profesional de grupo 1 Se deberá entregar un juego en formato papel y un juego en formato digital (doc o pdf) de la documentación referida a la solvencia económica y financiera, y solvencia técnica o profesional. 5.2 A) Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia que las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen como mínimo por sí mismas: 1. Los requisitos y criterios de solvencia económica y financiera indicados en el apartado 5.1 A) 1 anterior se acreditarán mediante la aportación de los siguientes documentos: o Declaración responsable del licitador sobre su volumen acumulado de negocios en los tres últimos ejercicios económicos cerrados en el ámbito objeto del contrato ("accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada") de conformidad con lo establecido en el apartado 5.1 A) 1 anterior. En caso de UTE, al menos una de las empresas que forman la misma deberá cumplir por sí misma los requisitos de solvencia económica establecidos. Página 8 de 18

9 2. Para acreditar la realización de suministros análogos a los del presente Contrato ejecutados en los cinco (5) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II Gestión, S.A. ( los licitadores deberán presentar una declaración responsable que relacione los suministros análogos realizados y en la que conste la fecha de realización, el importe y las características del suministro. Las unidades mínimas requeridas son las referidas en el apartado 5.1 A) 2 anterior. 3. Certificación ISO-9001 en el proceso de distribución de los productos objeto del contrato. En caso de UTE, será necesario que dispongan de dicha certificación al menos la empresa o empresas que constituyan el 50% de la UTE. 4. Declaración responsable del licitador indicando que es el fabricante de los productos ofertados. En el supuesto de que el licitador no sea fabricante de los productos ofertados, deberá presentar certificado acreditativo de la autorización como distribuidor emitida por el fabricante que corresponda. 5.2 B) Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia que las empresas licitadoras podrán integrar en la forma prevista en el artículo 63 del TRLCSP (Integración de la solvencia con medios externos). La integración de la solvencia con medios externos se admitirá siempre y cuando quede totalmente garantizada la ejecución del contrato. En este sentido, los licitadores que acudan a esta posibilidad deberán (i) demostrar, mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso, que para la ejecución del contrato dispondrán de los medios aportados a través de otra entidad y (ii) declarar que en caso de resultar adjudicatario del contrato el licitador se compromete a ejecutar el mismo con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. En el contrato que se formalice con Canal de Isabel II Gestión, S.A. se recogerá el compromiso anteriormente referido. Esta obligación tendrá carácter esencial de conformidad con lo previsto en el artículo 223 f) del TRLCSP y cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 1. Certificado que acredite que el proceso de fabricación de los distintos productos objeto del contrato se ha desarrollado siguiendo un sistema de aseguramiento de calidad conforme a la norma UNE-EN ISO En caso de que el licitador no sea el fabricante de los productos ofertados, el certificado podrá aportarse mediante simple fotocopia, junto a una declaración responsable firmada por el fabricante de los productos ofertados, señalando que existe un acuerdo con el licitador para suministrar los productos objeto del presente contrato, en caso de que éste resulte adjudicatario del mismo. 5.3 Criterios de solvencia de grupo 2 Se deberá aportar la siguiente documentación: 1. Identificación del centro de producción de todos y cada uno de los modelos. 2. Catálogo técnico de descripción del producto, incluyendo todos y cada uno de los modelos presentados. Se indicará la página web de consulta de dicho catálogo. Página 9 de 18

10 3. Relación de las muestras del producto a suministrar según se indica en la Cláusula Ficha Técnica de producto que incluyan todos y cada uno de los modelos presentados según formato incluido en los Anexos III y IV del Pliego de Prescripciones Técnicas. 5. Relación de características de todos los materiales utilizados en la fabricación de los elementos constitutivos de los modelos presentados. Se encuentran incluidos todos aquellos documentos que permitan verificar la composición química y características físicas, químicas o mecánicas de los materiales constitutivos, haciendo referencia a la norma específica del material y al proveedor del mismo. Debe decir: 6. Documento que garantice el cumplimiento del Real Decreto 140/2003, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Adicionalmente, se adjuntará documentación de aptitud positiva de los materiales en contacto con agua para consumo humano. 7. Certificado de producto vigente: a. Emitido por empresa certificadora acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) u organismo equivalente para la norma de producto de referencia (UNE-EN 12201). Adicionalmente, se podrá solicitar el informe de ensayos efectuados para la obtención de dicho certificado. b. Emitido por empresa certificadora no acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) u organismo equivalente para la norma de producto de referencia (UNE-EN 12201). Adicionalmente, se podrá solicitar el informe de ensayos efectuados para la obtención de dicho certificado. El certificado de producto deberá estar en vigor en el momento del suministro del material. En el certificado se deberá demostrar la trazabilidad del producto a que se hace referencia así como la identificación del fabricante tanto en las muestras como en el resto de la documentación. NOTA: Los licitadores no tendrán que presentar la documentación acreditativa de la solvencia referida a continuación al presentar sus ofertas. Únicamente deberán presentar las declaraciones referidas en la cláusula 11 A) 1 del presente pliego. Podrán presentarse al presente procedimiento de contratación todos aquellos licitadores que oferten productos inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Página 10 de 18

11 Gestión, S.A. En este caso, será necesario acreditar los requisitos de solvencia previstos en los siguientes apartados 5.1.A) y 5.2.A). Asimismo, podrán presentarse aquellos licitadores que oferten productos NO inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. En este caso, será necesario acreditar los requisitos de solvencia previstos en el apartado 5.1.B) y los previstos en el apartado 5.2.B). En el presente procedimiento de licitación se distinguen requisitos de solvencia de grupo 1 (apartados 5.1, A) y B)) y requisitos de solvencia de grupo 2 (apartados 5.2, A) y B)), función, respectivamente, de que se refieran a la propia empresa licitadora o al producto ofertado por ésta. 5.1 Requisitos y criterios de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional de grupo A) Requisitos de solvencia de grupo 1 para los licitadores que oferten productos inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. I) Las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen como mínimo por sí mismas los siguientes requisitos de solvencia: 1. Requisitos y criterios de solvencia económica y financiera: o Los licitadores deberán acreditar en los tres últimos ejercicios económicos un volumen acumulado de negocios en el ámbito objeto del contrato ("accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada") por importe igual o superior a euros. En caso de UTE, al menos una de las empresas que forman la misma deberá cumplir por sí misma el requisito de solvencia económica establecido. 2. Experiencia en la ejecución de suministros análogos: los licitadores deberán haber realizado suministros análogos a los del presente Contrato ejecutados en los cinco (5) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II Gestión, S.A, ( con las siguientes unidades mínimas: o unidades de accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada. 3. Los licitadores deberán contar con la certificación ISO-9001 en el proceso de distribución de los productos objeto del contrato. En caso de UTE, será necesario que dispongan de dicha certificación al menos la empresa o empresas que constituyan el 50% de la UTE. 4. Los licitadores deberán presentar una declaración responsable indicando que son los fabricantes de los productos ofertados. En el supuesto de que los licitadores no sean Página 11 de 18

12 fabricantes de los productos ofertados, deberán acreditar que son distribuidores autorizados del fabricante que corresponda. II) Las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen asimismo los siguientes requisitos de solvencia que podrán integrar en la forma prevista en el artículo 63 del TRLCSP (Integración de la solvencia con medios externos). De conformidad con lo previsto en el citado artículo, la integración de la solvencia con medios externos se admitirá siempre y cuando quede totalmente garantizada la ejecución del contrato. En este sentido, los licitadores que acudan a esta posibilidad deberán (i) demostrar, mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso, que para la ejecución del contrato dispondrán de los medios aportados a través de otra entidad y (ii) declarar que en caso de resultar adjudicatario del contrato el licitador se compromete a ejecutar el mismo con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. En el contrato que se formalice con Canal de Isabel II Gestión, S.A. se recogerá el compromiso anteriormente referido. Esta obligación tendrá carácter esencial de conformidad con lo previsto en el artículo 223 f) del TRLCSP y cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 1. En caso de que los productos ofertados estén inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A., los licitadores deberán presentar declaración al efecto. 2. Los licitadores deberán acreditar que el proceso de fabricación de los distintos productos objeto del contrato se ha desarrollado siguiendo un sistema de aseguramiento de calidad conforme a la norma UNE-EN ISO Documentación acreditativa de los Requisitos de solvencia de grupo 1 para los licitadores que oferten productos inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. Se deberá entregar un juego en formato papel y un juego en formato digital (doc o pdf) de la documentación referida a la solvencia económica y financiera, y solvencia técnica o profesional. I) Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia que las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen como mínimo por sí mismas: 1. Los requisitos y criterios de solvencia económica y financiera indicados en el apartado 5.1 A) 1 anterior se acreditarán mediante la aportación de los siguientes documentos: o Declaración responsable del licitador sobre su volumen acumulado de negocios en los tres últimos ejercicios económicos cerrados en el ámbito objeto del contrato ("accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada") de conformidad con lo establecido en el apartado 5.1 A) 1 anterior. En caso de UTE, al menos una de las empresas que forman la misma deberá cumplir por sí Página 12 de 18

13 misma los requisitos de solvencia económica establecidos. 2. Para acreditar la realización de suministros análogos a los del presente Contrato ejecutados en los cinco (5) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II Gestión, S.A. ( los licitadores deberán presentar una declaración responsable que relacione los suministros análogos realizados y en la que conste la fecha de realización, el importe y las características del suministro. Las unidades mínimas requeridas son las referidas en el apartado 5.1 A) 2 anterior. 3. Certificación ISO-9001 en el proceso de distribución de los productos objeto del contrato. En caso de UTE, será necesario que dispongan de dicha certificación al menos la empresa o empresas que constituyan el 50% de la UTE. 4. Declaración responsable del licitador indicando que es el fabricante de los productos ofertados. En el supuesto de que el licitador no sea fabricante de los productos ofertados, deberá presentar certificado acreditativo de la autorización como distribuidor emitida por el fabricante que corresponda. II) Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia que las empresas licitadoras podrán integrar en la forma prevista en el artículo 63 del TRLCSP (Integración de la solvencia con medios externos). La integración de la solvencia con medios externos se admitirá siempre y cuando quede totalmente garantizada la ejecución del contrato. En este sentido, los licitadores que acudan a esta posibilidad deberán (i) demostrar, mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso, que para la ejecución del contrato dispondrán de los medios aportados a través de otra entidad y (ii) declarar que en caso de resultar adjudicatario del contrato el licitador se compromete a ejecutar el mismo con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. En el contrato que se formalice con Canal de Isabel II Gestión, S.A. se recogerá el compromiso anteriormente referido. Esta obligación tendrá carácter esencial de conformidad con lo previsto en el artículo 223 f) del TRLCSP y cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 1. Declaración responsable manifestando que los productos ofertados están inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. 2. Certificado que acredite que el proceso de fabricación de los distintos productos objeto del contrato se ha desarrollado siguiendo un sistema de aseguramiento de calidad conforme a la norma UNE-EN ISO En caso de que el licitador no sea el fabricante de los productos ofertados, el certificado podrá aportarse mediante simple fotocopia, junto a una declaración responsable firmada por el fabricante de los productos ofertados, señalando que existe un acuerdo con el licitador para suministrar los productos objeto del presente contrato, en caso de que éste resulte adjudicatario del mismo. 5.1.B) Criterios de solvencia de grupo 1 para los licitadores que oferten productos NO inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. Página 13 de 18

14 I) Las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen como mínimo por sí mismas los siguientes requisitos de solvencia: 1. Requisitos y criterios de solvencia económica y financiera: o Los licitadores deberán acreditar en los tres últimos ejercicios económicos un volumen acumulado de negocios en el ámbito objeto del contrato ("accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada") por importe igual o superior a euros. En caso de UTE, al menos una de las empresas que forman la misma deberá cumplir por sí misma el requisito de solvencia económica establecido. 2. Experiencia en la ejecución de suministros análogos: los licitadores deberán haber realizado suministros análogos a los del presente Contrato ejecutados en los cinco (5) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II Gestión, S.A, ( con las siguientes unidades mínimas: o unidades de accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada. 3. Los licitadores deberán contar con la certificación ISO-9001 en el proceso de distribución de los productos objeto del contrato. En caso de UTE, será necesario que dispongan de dicha certificación al menos la empresa o empresas que constituyan el 50% de la UTE. 4. Los licitadores deberán presentar una declaración responsable indicando que son los fabricantes de los productos ofertados. En el supuesto de que los licitadores no sean fabricantes de los productos ofertados, deberán acreditar que son distribuidores autorizados del fabricante que corresponda. II) Las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen asimismo los siguientes requisitos de solvencia que podrán integrar en la forma prevista en el artículo 63 del TRLCSP (Integración de la solvencia con medios externos). De conformidad con lo previsto en el citado artículo, la integración de la solvencia con medios externos se admitirá siempre y cuando quede totalmente garantizada la ejecución del contrato. En este sentido, los licitadores que acudan a esta posibilidad deberán (i) demostrar, mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso, que para la ejecución del contrato dispondrán de los medios aportados a través de otra entidad y (ii) declarar que en caso de resultar adjudicatario del contrato el licitador se compromete a ejecutar el mismo con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. En el contrato que se formalice con Canal de Isabel II Gestión, S.A. se recogerá el compromiso anteriormente referido. Esta obligación tendrá carácter esencial de conformidad con lo previsto en el artículo 223 f) del TRLCSP y cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Página 14 de 18

15 Particulares. 1. Los licitadores deberán acreditar que el proceso de fabricación de los distintos productos objeto del contrato se ha desarrollado siguiendo un sistema de aseguramiento de calidad conforme a la norma UNE-EN ISO Documentación acreditativa de los Requisitos de solvencia de grupo 1 para los licitadores que oferten productos NO inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. Se deberá entregar un juego en formato papel y un juego en formato digital (doc o pdf) de la documentación referida a la solvencia económica y financiera, y solvencia técnica o profesional. I) Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia que las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen como mínimo por sí mismas: 1. Los requisitos y criterios de solvencia económica y financiera indicados en el apartado 5.1 A) 1 anterior se acreditarán mediante la aportación de los siguientes documentos: o Declaración responsable del licitador sobre su volumen acumulado de negocios en los tres últimos ejercicios económicos cerrados en el ámbito objeto del contrato ("accesorios electrosoldables para acometidas de agua para consumo humano y para agua regenerada") de conformidad con lo establecido en el apartado 5.1 A) 1 anterior. En caso de UTE, al menos una de las empresas que forman la misma deberá cumplir por sí misma los requisitos de solvencia económica establecidos. 2. Para acreditar la realización de suministros análogos a los del presente Contrato ejecutados en los cinco (5) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II Gestión, S.A. ( los licitadores deberán presentar una declaración responsable que relacione los suministros análogos realizados y en la que conste la fecha de realización, el importe y las características del suministro. Las unidades mínimas requeridas son las referidas en el apartado 5.1 A) 2 anterior. 3. Certificación ISO-9001 en el proceso de distribución de los productos objeto del contrato. En caso de UTE, será necesario que dispongan de dicha certificación al menos la empresa o empresas que constituyan el 50% de la UTE. 4. Declaración responsable del licitador indicando que es el fabricante de los productos ofertados. En el supuesto de que el licitador no sea fabricante de los productos ofertados, deberá presentar certificado acreditativo de la autorización como distribuidor emitida por el fabricante que corresponda. Página 15 de 18

16 II) Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia que las empresas licitadoras podrán integrar en la forma prevista en el artículo 63 del TRLCSP (Integración de la solvencia con medios externos). La integración de la solvencia con medios externos se admitirá siempre y cuando quede totalmente garantizada la ejecución del contrato. En este sentido, los licitadores que acudan a esta posibilidad deberán (i) demostrar, mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso, que para la ejecución del contrato dispondrán de los medios aportados a través de otra entidad y (ii) declarar que en caso de resultar adjudicatario del contrato el licitador se compromete a ejecutar el mismo con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. En el contrato que se formalice con Canal de Isabel II Gestión, S.A. se recogerá el compromiso anteriormente referido. Esta obligación tendrá carácter esencial de conformidad con lo previsto en el artículo 223 f) del TRLCSP y cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 1. Certificado que acredite que el proceso de fabricación de los distintos productos objeto del contrato se ha desarrollado siguiendo un sistema de aseguramiento de calidad conforme a la norma UNE-EN ISO En caso de que el licitador no sea el fabricante de los productos ofertados, el certificado podrá aportarse mediante simple fotocopia, junto a una declaración responsable firmada por el fabricante de los productos ofertados, señalando que existe un acuerdo con el licitador para suministrar los productos objeto del presente contrato, en caso de que éste resulte adjudicatario del mismo. 5.2 Requisitos y criterios de solvencia de grupo A) Criterios de solvencia de grupo 2 para los licitadores que oferten productos inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. I) Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia de grupo 2 para los licitadores que oferten productos inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. 1. Catálogo técnico de descripción del producto, incluyendo todos y cada uno de los modelos presentados. Se indicará la página web de consulta de dicho catálogo. 2. Las muestras del producto a suministrar según se indica en la Cláusula 13.4 del presente Pliego. 5.2.B) Criterios de solvencia de grupo 2 para los licitadores que oferten productos NO inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. I) Documentación acreditativa de los requisitos de solvencia de grupo 2 para los licitadores que oferten productos NO inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A. 1. Identificación del centro de producción de todos y cada uno de los modelos. Página 16 de 18

17 2. Catálogo técnico de descripción del producto, incluyendo todos y cada uno de los modelos presentados. Se indicará la página web de consulta de dicho catálogo. 3. Relación de las muestras del producto a suministrar según se indica en la Cláusula Ficha Técnica de producto que incluyan todos y cada uno de los modelos presentados según formato incluido en los Anexos III y IV del Pliego de Prescripciones Técnicas. 5. Relación de características de todos los materiales utilizados en la fabricación de los elementos constitutivos de los modelos presentados. Se encuentran incluidos todos aquellos documentos que permitan verificar la composición química y características físicas, químicas o mecánicas de los materiales constitutivos, haciendo referencia a la norma específica del material y al proveedor del mismo. 6. Documento que garantice el cumplimiento del Real Decreto 140/2003, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Adicionalmente, se adjuntará documentación de aptitud positiva de los materiales en contacto con agua para consumo humano. 7. Certificado de producto vigente: a. Emitido por empresa certificadora acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) u organismo equivalente para la norma de producto de referencia (UNE-EN 12201). Adicionalmente, se podrá solicitar el informe de ensayos efectuados para la obtención de dicho certificado. b. Emitido por empresa certificadora no acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) u organismo equivalente para la norma de producto de referencia (UNE-EN 12201). Adicionalmente, se podrá solicitar el informe de ensayos efectuados para la obtención de dicho certificado. El certificado de producto deberá estar en vigor en el momento del suministro del material. En el certificado se deberá demostrar la trazabilidad del producto a que se hace referencia así como la identificación del fabricante tanto en las muestras como en el resto de la documentación. 3) Apartado 6 del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares: Donde dice: Incluirá obligatoriamente para todos los licitadores en el Sobre Nº 1, los siguientes documentos aquí detallados: Página 17 de 18

18 - Declaración de compromiso de garantía de las piezas durante 3 años desde la entrega de cada suministro (Anexo I al Pliego de Prescripciones Técnicas). - Declaración de compromiso de suministro en los plazos de entrega establecidos (Anexo II al Pliego de Prescripciones Técnicas). La oferta que no cumpla con los apartados definidos anteriormente o las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas no será tomada en consideración en el presente procedimiento de licitación. Debe decir: Incluirá obligatoriamente para todos los licitadores, estén o no inscritos en el Registro de Productos Homologados de Canal de Isabel II Gestión, S.A., en el Sobre Nº 1, los siguientes documentos aquí detallados: - Declaración de compromiso de garantía de las piezas durante 3 años desde la entrega de cada suministro (Anexo I al Pliego de Prescripciones Técnicas). - Declaración de compromiso de suministro en los plazos de entrega establecidos (Anexo II al Pliego de Prescripciones Técnicas). La oferta que no cumpla con los apartados definidos anteriormente o las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas no será tomada en consideración en el presente procedimiento de licitación. Debido a esta rectificación de error material y a la cercanía de la fecha de presentación de ofertas al procedimiento de licitación de este Contrato, se ha modificado dicha fecha y se ha pasado al día 7 de octubre de 2016 a las 14:00 horas. Asimismo, se modificado la fecha de apertura de proposiciones económicas, establecida inicialmente para el día 14 de octubre de 2016 a las 9:30 horas, fijándola el día 28 de octubre de 2016 a las 9:30 horas. De acuerdo con lo anterior se ha modificado el referido error material en la Cláusula 13 del PCAP y en los apartados 5 y 6 del Anexo I del PCAP. Los licitadores tienen a su disposición el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares modificado en la página web de Canal de Isabel II Gestión, S.A.: Madrid, 19 de septiembre de Página 18 de 18

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