Temuco, veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete. otros í: Por acompañado. VISTOS: a GRACE JULIETTE SAMUR RIQUELME,

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Temuco, veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete. otros í: Por acompañado. VISTOS: a GRACE JULIETTE SAMUR RIQUELME,"

Transcripción

1 C.A. de Temuco Temuco, veitiuo de diciembre de dos mil diecisiete. A lo pricipal y segudo otros í: Té gase presete. Al primer otros í: Por acompañado. VISTOS: Comparece doñ a GRACE JULIETTE SAMUR RIQUELME, abogada, e represetació de doñ a Daiela Macarea Vallejos Barrera, actualmete cesate, cédula acioal de idetidad ú mero k, iterpoiedo recurso de protecció e cotra de la Superitedecia de Seguridad Social (Itedecia de Beeficios Sociales, departameto de Licecias Médicas), persoa jurí dica de derecho pú blico, represetada legalmete por do Claudio Reyes Barrietos, o por la persoa quie le subrogue o supla e el cargo, ambos co domicilio e Claro Solar 835, Temuco, regió de La Araucaía, fudado e las cosideracioes: 1.- Que su represetada cocurri ó ate la SUSESO para que recosiderará las Licecias médicas rechazadas por la Comisió de Medicia Prevetiva e Ivalidez Subcomisió Cautí (COMPIN), a lo que esta Istitució le señal ó que faltaba atecedetes y que debía adjutar otro iforme médico complemetario, por lo que se presetó otro iforme médico, emitido por el mé dico psiquiatra Claudio Espejo Sa Cristóbal e mayo del presete año. 2.- Que co fechas 11 y 15 de septiembre de 2017 la Superitedecia de Seguridad Social (SUSESO) le otifica a su represetada por carta (15 de septiembre de 2017) y correo electró ico (11 de septiembre de 2017) la resolució 11479, que cofirma el rechaz ó de las licecias mé dicas N s , , y , por o ecotrarse suficietemete justificado el reposo y que los iformes aportados o permite establecer icapacidad laboral temporal más all á del periodo de reposo ya autorizado. 3.- Que la Superitedecia de Seguridad Social es u ó rgao de la Admiistració del Estado y por ede le so aplicables las disposicioes de la Ley sobre Bases de lo Procedimietos Admiistrativos de los Órgaos de Admiistració del Estado, cuyas resolucioes deteta la aturaleza jurí dica de acto admiistrativo, coforme lo dispoe los artículos 1,2 y 3 del citado cuerpo legal. 4.- A su vez, el artí culo 41 iciso 3 de la Ley de que se trata, señ ala que, e los procedimietos tramitados a solicitud del iteresado, la resolució deber á ajustarse a las peticioes formuladas por é ste, y el iciso 4 agrega que las resolucioes cotedrá la decisió, que será fudada. Los actos admiistrativos debe ser motivados o fudados, ya que cotiee ua declaració de volutad de la autoridad pú blica,

2 la que o puede ser arbitraria explicitá dose el imperativo de la razoabilidad y la motivació del actuar admiistrativo. 5.- Lo aterior, se hace ecesario para dar cumplimieto al pricipio de Trasparecia coteido e el artí culo 8 iciso segudo de la Carta Fudametal, que exige expresar los fudametos cosiderados por la autoridad e sus resolucioes, e este caso para rechazar las licecias N s , , y Es ecesario hacer presete que la SUSESO (i el COMPIN e la aterior etapa) uca realiz ó peritaje alguo e la persoa de su represetada, sus actuacioes se limitaro a solicitar iformes al médico tratate por las licecias mé dicas presetadas, iformes que fuero evacuados por el doctor Á lvaro Riquelme Cortés y los ú ltimos iformes (3) emitidos por el profesioal Claudio Espejo Sa Cristóbal. E dichos iformes la opiió del médico tratate ( Á lvaro Riquelme Corté s) es que su represetada sufre de trastoro de asiedad geeralizada, episodio depresivo mayor leve a moderado. Y e el último iforme psiquiá trico emitido por el doctor Claudio Espejo Sa Cristóbal señala: Me correspodi ó ateder a la paciete etre diciembre de 2015 y marzo de 2016, e cuatro ocasioes. Habí a estado siedo tratada por otro especialista Psiquiatra los meses previos co diagó stico de Trastoro de Asiedad Geeralizada y Trastoro Depresivo leve ha moderado. E la primera etrevista e Diciembre de 2015, parecí a haberse producido ua exacerbació de los sí tomas habiedo pasado de u cuadro de predomiio asioso, esto es co temores al lugar de trabajo, sítomas físicos de activació simpá tica (agustia), co taquicardia, sesació de icomodidad e alguos espacios, cotractura muscular, aumeto del trásito itestial, etc. A u cuadro má s bie de predomiio depresivo por desgaste por haber vivido u largo periodo de estré s. De este modo, e esa primera etrevista estaba: desaimada, triste, co tedecia al llato, frá gil, especialmete e lo relativo al lugar de trabajo. Se ecotraba, ademá s irritable e itolerate co persoas cercaas a ella: hijos que e ese mometo teía 5 y 3 añ os, sus padres co los que habitualmete había teido ua buea relació, etre otras cosas, porque ha sido hija úica y como ella señ ala muy querida por ambos, y co su esposo co quie estaba especialmete itolerate. U elemeto muy cetral que refiere como estresor, es la llegada y permaecia e el trabajo de u hermao del dueñ o, el cual desde hacía dos añ os ha ido amedretado a ella y otros trabajadores y que al parecer vedría co la misió de reducir gastos, bajar presupuestos a costa de cualquier cosa icluido el maltrato hacia distitos trabajadores. El iforme ates señ alado fue solicitado por la SUSESO y o fue cosiderado como suficiete para justificar el reposo prescrito a su

3 represetada, limitá dose la SUSESO a aseverar que los iformes o permite establecer icapacidad laboral temporal más all á del perí odo de reposo ya autorizado. Es más, Su Señoría Ilustrí sima, etre la primera resolució de la SUSESO (de fecha de eero de 2017), y la que se otific ó el 11 de septiembre del presete año, ví a correo electró ico ES EXACTAMENTE IGUAL, solo se diferecia e la fecha y que esta última agrega la siguiete lí ea el cual alcaza a 201 días por la misma patología psiquiátrica, e perí odos discotiuos, desde mayo del añ o 2015 Co lo cual se puede cocluir que la SUSESO y su supuesto equipo médico o realiz ó igua revisió de los atecedetes que solicit ó a la recurrete, SOLO SE LIMIT Ó A CORTAR Y PEGAR y as í rechazar arbitraria e ilegalmete, las licecias de su represetada, si hacer igua clase de aálisis de la situació i otorgar sus argumetos de que etedí a o e que se basaro para decidir que los iformes mé dicos era isuficietes para establecer icapacidad laboral. E efecto, los actos admiistrativos ateriormete mecioados o cumple co los requisitos propios de estas actuacioes, es sabido que el acto admiistrativo debe ser telegible para el ciudadao, etediédose para esto que de la simple lectura de la resolució los argumetos fácticos, médicos y jurídicos sea fá cilmete etedibles, situació que evidetemete o se cumple e las resolucioes citadas. Se repite tambié la falta total de argumetació por parte del ete estatal para justificar su resolució siedo su obligació legal presetar sus fudametos para emitir ua resolució. El acto recurrido es ademá s arbitrario e cuato o ha sido adoptado co criterios que pueda estimarse racioales de acuerdo a los hechos, sobre todo e la respuesta completamete vaga e ijustificada que se le cofiere al peticioario. Los actos referidos ifrige la garatí a costitucioal del derecho a la vida y a la itegridad física y psí quica cotemplada e el artí culo 19 N 1 de uestra Carta Fudametal, que preceptú a: La costitució asegura a todas las persoas: el derecho a la vida y a la itegridad física y psí quica. Se compreder á que el pago del subsidio que va aparejado co cada licecia médica suple la remueració del trabajador que se ecuetra afectado por ua determiada icapacidad laboral y que, e defiitiva, su rechazo implica e la praxis que el depediete que ha hecho uso de la licecia médica o cotar á co los medios ecoómicos para hacer frete a sus diarias ecesidades que va desde alimetarse hasta poder comprar los medicametos prescritos de acuerdo a la patología que padece, comprometiedo y coculcado claramete su derecho a la vida e itegridad física y psíquica. Igualmete, estima que se vulera e la especie co el acto recurrido el artí culo 19 N 3 de La Costitució Polí tica de la

4 Repú blica de Chile, la cual dispoe: La Costitució asegura a todas las persoas: toda setecia de u órgao que ejerza jurisdicció debe fudarse e u proceso previo legalmete tramitado. Correspoder á al legislador establecer siempre las garatí as de u procedimieto y ua ivestigació racioales y justos. E efecto el acto admiistrativo recurrido se ha dictado co ifracció a la garatí a costitucioal del debido proceso pues e su geeració o ha sido legalmete tramitado porque o se ha dado cumplimieto a las ormas de fudametació que debe ecesariamete coteer de acuerdo co el artí culo 3 y 40 de la Ley Por ú ltimo, e la especie se ifrige y vulera el derecho de propiedad cosagrado e el artí culo 19 N 24 de uestra Costitució, la cual expresa: La Costitució asegura a todas las persoas: el derecho de propiedad e sus diversas especies sobre toda clase de biees corporales e icorporales. Los actos recurridos matiee el rechazo de las licecias médicas ya referidas, lo que ha sigificado la o percepció por parte del recurrete del subsidio por efermedad respectiva, lo que implica u perjuicio patrimoial derivado del derecho de domiio que tiee sobre tal prestació, derecho el cual e la especie ha sido flagratemete vulerado. Por todo lo aterior, pide se deje si efecto la resolució 11479, que cofirma el rechaz ó de las licecias mé dicas N s , , y y declarado e su reemplazo que las licecias médicas ú meros , , y queda aceptadas, debiedo la recurrida pagar el subsidio por icapacidad correspodiete a ellas, o bie adopte las medidas que se estime pertietes para restablecer el imperio del derecho, todo ello co expresa codea e costas. Comparece TOMÁS GARRO GÓ MEZ, Abogado, e represetació de la recurrida la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Alega la extemporaeidad del recurso: Se ejerci ó por la recurrete e forma EXTEMPORÁ NEA, al haberse iterpuesto e forma subsidiaria y como u ú ltimo recurso para coseguir u resultado favorable a sus itereses y que o pudo obteer e el procedimieto establecido por uestro ordeamieto jurídico para dicha fialidad. E efecto, la extemporaeidad de esta acció costitucioal queda de maifiesto de la siguiete relació de hechos que da cueta de la iterveció de la Superitedecia de Seguridad Social e el caso de la Sra. Vallejos. 1.- Como costa e el expediete admiistrativo la Sra. Vallejos recurri ó a esta Superitedecia reclamado e cotra de la resolució de la COMPIN Subcomisió Cautí que, rechazado u recurso de reposició iterpuesto ate la misma, habí a decidido cofirmar el

5 rechazo de la licecia mé dica N , extedida por u total de 30 días de reposo, a cotar del 13 de septiembre del año Pues bie, mediate dictame coteido e el Oficio N 4528, de 25 de eero de 2016, esta Superitedecia, previo estudio de los atecedetes médicos del caso resolvi ó que el reposo prescrito estaba justificado por cuato se acredit ó icapacidad laboral durate la licecia médica reclamada, ordeado a la COMPIN la autorizació de la misma. 3.- E seguida, co fecha 31 de marzo del añ o 2016, la Sra. Vallejos recurri ó uevamete ate esta Superitedecia reclamado e cotra de la COMPIN Subcomisió Cautí, por cuato rechazado los recursos de recosideració presetado ate la misma, habí a cofirmado el rechazo de las licecias mé dicas N , N , N , N , N , N , extedidas por u total de 171 dí as de reposo a cotar del 12 de oviembre del año La causal esgrimida por dicha comisió médica es que cosider ó ijustificado por reposo o justificado. 4.- La atedicha reclamació de rechazos de licecias mé dicas fue resuelta por esta Superitedecia, previo estudio de los atecedetes por parte de profesioales mé dicos del Departameto de Licecias Médicas de la Itedecia de Beeficios Sociales, mediate Resolució Exeta IBS N 980, de 29 de juio del año 2016, señ alado que: "...el reposo prescrito por las licecias N s , , se ecotraba justificado. Esta coclusió se basa e que los iformes mé dicos aportados permite establecer la existecia de icapacidad laboral temporal. Si embargo, respecto de las licecias N"s , , , , o se ecotraba justificado. Esta coclusió se basa e que el iforme mé dico aportado o permite establecer icapacidad laboral temporal más all á del periodo de reposo ya autorizado. 5- Posteriormete, co fecha 19 de julio de 2016, la Sra. Vallejos solicit ó la recosideració de lo resuelto e el oficio ates sigularizado, e la parte que cofirm ó el rechazo de las cuatro licecias mé dicas que se sigulariza e el ya citado dictame. 6.- Esta Superitedecia, previo estudio de los atecedetes por parte de sus profesioales médicos, mediate Resolució Exeta I.B.S. N 11479, de 17 de octubre de 2016, señ alado al efecto que: "...las licecias mé dicas N , N , N" , N , o se ecotraba justificado. Esta coclusió se basa e que el iforme mé dico aportado o permite establecer icapacidad laboral temporal más all á del periodo de reposo ya autorizado." 7'.- Posteriormete, co fecha 18 de mayo de 2017, es decir, 7 meses después del aterior prouciamieto, la Sra. Vallejos solicit ó la recosideració del dictame N 11479, y que cofirm ó a su vez lo resuelto e el dictame N 980, de 29 de juio de 2016.

6 7- Pues bie, la atedicha solicitud de recosideració fue resuelta por esta Superitedecia, previo estudio de profesioales mé dicos del Dpto. de Licecias Médicas, mediate Resolució Exeta I.B.S. N 23404, de 7 de septiembre de 2017, declar ó que:"...e/ reposo prescrito por las licecias N s , , , , o se ecotraba justificado. Esta coclusió se basa e que los iformes mé dicos aportados, que fuero revisados por uestros profesioales médicos, o permite establecer icapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado, el cual alcaza a 201 dí as por la misma patología psiquiátrica, e perí odos discotiuos, desde mayo del año 2015". 8.- De acuerdo co lo expuesto, esta Superitedecia, por tercera vez, cofirm ó el rechazo de las cuatro últimas licecias mé dicas extedidas a la recurrete, rechazos que previamete fuero dispuestos por la COMPIN Subcomisió Cautí, de acuerdo co las ormas del D.S. 3, de 1984, que establece el reglameto para la autorizació de las licecias médicas 9.- Del relato aterior, surge que el recurso de protecció de autos se iterpuso ua vez vecido co creces el plazo de 30 dí as corridos y há biles que se cotempla para hacerlo valer. E efecto, el acto admiistrativo que resolvi ó la presetació de la recurrete ate este Servicio es de fecha 29 de juio del año 2016, y respecto de é ste la recurrete tom ó coocimieto cierto, a más tardar, el mismo dí a e que pidi ó recosideració ate este Servicio, esto es, el 19 de julio de A mayor abudamieto, el 18 de mayo de 2017, volvi ó a solicitar recosideració de lo resuelto mediate resolució exeta N 11479, de 17 de octubre de De acuerdo co lo expuesto, al haber ejercido la acció costitucioal de autos recié co fecha 11 de octubre de 2017, es decir, más de u año despué s del primer prouciamieto (29 de juio de 2016), que cofirm ó lo obrado por la COMPIN Subcomisió Cautí, resulta que se ha ejercido e forma evidetemete extemporáea. EN SUBSIDIO DE LO ANTERIOR, INFORMA RESPECTO AL FONDO DEL ASUNTO DEBATIDO. Si perjuicio que por la acció de protecció de autos se ha recurrido solo e cotra de la Superitedecia de Seguridad Social, resulta del todo ecesario distiguir etre las actuacioes de m í represetada y aquellas e que tuvo participació la COMPIN Subcomisió Cautí, como orgaismo admiistrador del derecho deomiado licecia mé dica respecto de los trabajadores cotizates del Fodo Nacioal de Salud (COMPIN). E relació a las licecias mé dicas , , , , esta Superitedecia resuelve mateer su rechazo, cofirmado lo dictamiado por esa COMPIN. Posteriormete, co fecha 19 de julio de 2016, la Sra. Vallejos solicit ó la recosideració de lo resuelto e el oficio ates sigularizado,

7 e la parte que cofirm ó el rechazo de las cuatro licecias mé dicas que se sigulariza e el ya citado dictame. Pues bie, la atedicha solicitud de recosideració fue resuelta por esta Superitedecia, previo estudio de profesioales mé dicos del Dpto. de Licecias Médicas, mediate Resolució Exeta IBS N 11479, de 17 de octubre de 2016, establecié dose que el reposo prescrito por las licecias ates sigularizadas o resultaba justificado por cuato el iforme mé dico aportado o permite establecer icapacidad laboral temporal más all á del periodo de reposo ya autorizado. Lo aterior, por cuato al iformar sobre el caso de la Sra. Vallejos, el médico tratate Dr. Álvaro Riquelme señal ó que la paciete realiz ó ú ltimo cotrol co fecha 14 de oviembre de 2015, e el que se costat ó remisió parcial de la sitomatologí a asiosa y depresiva y se prescribi ó mateer farmacoterapia co escitalopram 15 mg/día y u ú ltimo periodo de reposo laboral (LM N ), co idicació de permaecer co cotrol y tratamieto psiquiá trico. Al respecto, cabe hacer presete que e base a este iforme se orde ó a la COMPIN autorizar dicha licecia médica y la que le precedi ó (L.M. N ). Respecto de las restates licecias prescritas por otro facultativo (Dr. Espejo), el iforme aportado o etrega mayores atecedetes respecto del estado de salud metal de la paciete, haciedo referecia, ademá s, a u juicio laboral por u supuesto acaso laboral e su trabajo e el que le habría ido bie. Posteriormete, co fecha 18 de mayo de 2017, es decir, 7 meses después del aterior prouciamieto, la Sra. Vallejos solicit ó la recosideració del dictame N 11479, el que, a su vez, habí a cofirmado lo resuelto por esta Superitedecia mediate el dictame N 980, de 29 de juio de La atedicha solicitud de recosideració fue resuelta por esta Superitedecia, previo estudio de profesioales mé dicos del Dpto. de Licecias Médicas, mediate Resolució Exeta IBS N 23404, de 7 de septiembre de 2017, declar ó que:"...e/ reposo prescrito por las licecias N s , , , , o se ecotraba justificado. Esta coclusió se basa e que los iformes mé dicos aportados, que fuero revisados por uestros profesioales médicos, o permite establecer icapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado, el cual alcaza a 201 dí as por la misma patología psiquiá trica, e periodos discotiuos, desde mayo del año 2015.". Lo ateriormete expuesto, descarta, e cosecuecia, que la actuació de esta Superitedecia e el caso de la Sra. Vallejos sea ilegal y arbitraria, esto es cotraria a algua disposició legal o carete de fudametació racioal, pues como ha quedado demostrado o se basa e el mero capricho de los profesioales que iterviiero e el mismo, si o que emitiero sus pareceres de orde té cico, fudado e

8 el aá lisis de los atecedetes correspodietes, pricipalmete los iformes de los médicos tratates de la Sra. Vallejos. E el caso e cometo, aalizados todos los atecedetes del caso, e las distitas istacias que cotempla el procedimieto al que se ajusta la autorizació, rechazo o modificació de licecias mé dicas, se cocluy ó que e cosideració al reposo previamete otorgado, icluidas las tres licecias mé dicas ordeadas autorizar por esta Superitedecia, o result ó mé dicamete procedete autorizar las cuatro últimas licecias mé dicas cuestioadas, por cuato el iforme del Dr. Espejo Sa Cristóbal, quie e los últimos 5 añ os ha emitido más de oce mil licecias mé dicas, muy por sobre el promedio de las 120 licecias médicas que al año emite el 92% de los médicos del paí s, o etreg ó atecedetes como para acreditar icapacidad laboral temporal, mediate la realizació del correspodiete exame de salud metal que debe existir como parte de la aamesis o etrevista clíica. Coforme a lo expuesto, e el caso de la Sra. Vallejos jamá s aci ó a la vida jurídica la prestació pecuiaria (subsidio por icapacidad laboral) que e defiitiva solicita la recurrete, como tampoco igú otro derecho respecto del cual proceda la cautela costitucioal de la acció de protecció. Ahora bie, explicada la actuació que correspodi ó a esta Superitedecia e el caso de la Sra. Vallejos, correspode referirse al marco legal que regula el derecho deomiado "Licecia Mé dica", como aquellas e virtud de las cuales esta Superitedecia actúa como istitució fiscalizadora de las istitucioes de previsió social. Pues bie, e el caso e cometo, la recurrete hizo uso de todas las istacias que cotempla la ormativa a la que se ajusta la autorizació, modificació o rechazo de licecias mé dicas, icluyedo la revisió de esta Superitedecia, como istitució de fiscalizació de las COMPIN, y se cocluy ó que o era mé dicamete procedete la autorizació de las licecias médicas cuestioadas. d) Ausecia de derechos vulerados E esta parte, cabe hacer presete que la pretesió del recurrete, e orde a que se le autorice las licecias mé dicas y se le pague el subsidio por icapacidad laboral, fuera de o teer fudameto alguo, ciertamete, desborda claramete los lí mites de aplicació de la Acció de Protecció, la que fue pesada por el costituyete como ua herramieta de protecció de derechos idubitados, preexistetes, tal como se colige claramete de la expresió utilizada por el mismo, al dispoer e el artículo 20 que é sta es procedete cuado ua persoa, por u acto ilegal o arbitrario "...sufra privació, perturbació o ameaza e el legí timo ejercicio de los derechos y garatías establecidos e el artí culo 19...". E este caso, claramete la recurrete o es titular del "derecho a licecia mé dica", por cuato o se ha cumplido los requisitos legales para que é ste azca

9 a la vida del derecho y produzca sus efectos, de tal forma que o reú e la codició de u derecho preexistete, idubitado, cuyo ejercicio resulte legí timo, por el cotrario, tras las sucesivas revisioes de la COMPIN de esa Regió y esta Superitedecia se lleg ó a la coclusió que o era procedete seguir autorizado sus licecias médicas y el fudameto de esta decisió es que o se acredit ó la existecia de icapacidad laboral temporal durate el perí odo de reposo prescrito por las licecias médicas. Por todo lo aterior, pide teer por evacuado el iforme solicitado respecto de la acció de protecció iterpuesta por la Sra. DANIELA MACARENA VALLEJOS BARRERA, solicitado sea desestimado e todas sus partes, co costas. CON LO RELACIONAD O Y CONSIDE RA ND O: PRIMERO: Que el recurso de protecció de garatí as costitucioales establecido e el artículo 20 de la Costitució Polí tica de la República costituye jurídicamete ua acció de evidete carácter cautelar, ecamiada y destiada a amparar el legí timo ejercicio de las garatí as y derechos preexistetes que e esa misma disposició se eumera, mediate la adopció de medidas de resguardo que se debe tomar ate u acto arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. SEGUNDO: Que e estos autos ha acudido a sede jurisdiccioal, e cotra de la Superitedecia de Seguridad Social, por el rechazo de 4 licecias mé dicas cursadas e favor de la recurrete quie aduce padecer de Trastoro de Asiedad Geeralizada y Trastoro Depresivo leve ha moderado. TERCERO: Que, resulta ecesario hacerse cargo de la alegació de extemporaeidad formulada la recurrida. E este setido huelga señalar que la actora deduce la presete acció e cotra de la Resolució Exeta IBS N 11479, de 17 de octubre de 2016, que estableci ó que el reposo prescrito por las licecias ates sigularizadas o resultaba justificado por cuato el iforme mé dico aportado o permite establecer icapacidad laboral temporal más all á del periodo de reposo ya autorizado; respecto de la cual pide sea dejada si efecto y, e su lugar, se ordee el pago de las referidas licecias mé dicas, segú costa e la parte petitoria del libelo recursivo. CUARTO: Que, segú costa e el expediete admiistrativo la Sra. Vallejos recurri ó a la Superitedecia reclamado e cotra de la resolució de la COMPIN Subcomisió Cautí que, rechazado u recurso de reposició iterpuesto ate la misma, habí a decidido cofirmar el rechazo de la licecia mé dica N , extedida por u total de 30 días de reposo, a cotar del 13 de septiembre del añ o Pues bie, mediate dictame coteido e el Oficio N 4528, de 25 de eero de 2016, esta Superitedecia, previo estudio de los atecedetes médicos del caso resolvi ó que el reposo prescrito estaba justificado por cuato se acredit ó icapacidad laboral durate la

10 licecia médica reclamada, ordeado a la COMPIN la autorizació de la misma. E seguida, co fecha 31 de marzo del añ o 2016, la Sra. Vallejos recurri ó uevamete ate esta Superitedecia reclamado e cotra de la COMPIN Subcomisió Cautí, por cuato rechazado los recursos de recosideració presetado ate la misma, habí a cofirmado el rechazo de las licecias mé dicas N , N , N , N , N , N , extedidas por u total de 171 dí as de reposo a cotar del 12 de oviembre del año La causal esgrimida por dicha comisió médica es que cosider ó ijustificado por reposo o justificado. La atedicha reclamació de rechazos de licecias mé dicas fue resuelta por la recurrida, mediate Resolució Exeta IBS N 980, de 29 de juio del año 2016, señ alado que: "...el reposo prescrito por las licecias N s , , se ecotraba justificado. Esta coclusió se basa e que los iformes mé dicos aportados permite establecer la existecia de icapacidad laboral temporal. Si embargo, respecto de las licecias N"s , , , , o se ecotraba justificado. Esta coclusió se basa e que el iforme mé dico aportado o permite establecer icapacidad laboral temporal más all á del periodo de reposo ya autorizado. QUINTO: Que, debe cocluirse e cosecuecia que la acció costitucioal deducida, ha sido iterpuesta de maera extemporá ea, respecto de ua decisió admiistrativa que data a lo meos de octubre de 2016 y el recurso fue recié presetado e octubre de 2017, ecotrádose fuera del térmio de 30 dí as fijado por el Auto Acordado que rige la materia. Por estas cosideracioes, y atedido lo dispuesto e el artí culo 20 de la Costitució Política de la Repú blica y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitació y Fallo del Recurso de Protecció, se declara: Que se acoge la aleg ac ió de extempora eidad y e cosecuecia SE RECHAZ A el recurso de protecció iterpuesto por doñ a GRACE JULIETTE SAMUR RIQUELME, abogada, e represetació de doñ a Daiela Macarea Vallejos Barrera, y e cotra de la Superitedecia de Seguridad Social Regí strese, comuíquese y archívese e su oportuidad. N Protecció

11

12 Prouciado por la Seguda Sala de la C.A. de Temuco itegrada por los Miistros (as) Aer Ismael Padilla B., Alejadro Vera Q., Maria Elea Llaos M. Temuco, veitiuo de diciembre de dos mil diecisiete. E Temuco, a veitiuo de diciembre de dos mil diecisiete, otifiqué e Secretaría por el Estado Diario la resolució precedete. Este documeto tiee firma electróica y su origial puede ser validado e o e la tramitació de la causa. A cotar del 13 de agosto de 2017, la hora visualizada correspode al horario de verao establecido e Chile Cotietal. Para Chile Isular Occidetal, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más iformació cosulte

Rancagua, veintidós de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos y consideran do: Primero: Con fecha 16 de agosto de 2017, don Jos é Miguel

Rancagua, veintidós de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos y consideran do: Primero: Con fecha 16 de agosto de 2017, don Jos é Miguel Racagua, veitidós de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos y cosidera do: Primero: Co fecha 16 de agosto de 2017, do Jos é Miguel Agüero Agü ero, recurre de protecció e cotra de la Superitedecia de

Más detalles

C.A. de Temuco Temuco, cinco de octubre de dos mil diecisé is. VIS TOS: A fojas 10 comparece doña

C.A. de Temuco Temuco, cinco de octubre de dos mil diecisé is. VIS TOS: A fojas 10 comparece doña Foja: 58 Cicueta y Ocho C.A. de Temuco Temuco, cico de octubre de dos mil diecisé is. VIS TOS: A fojas 10 comparece doña YARELY LIZBETH MOENNE-LOCOZ NAVARRO, empleada, deduciedo recurso de protecció e

Más detalles

rechazadas por la Superintendencia mediante Resol ució n Exenta IBS N de 26 de mayo de 2017 y habiendo intentado la presente acció

rechazadas por la Superintendencia mediante Resol ució n Exenta IBS N de 26 de mayo de 2017 y habiendo intentado la presente acció Racagua, cuatro de octubre de dos mil diecisiete. Vistos y cosiderado: Primero: Co fecha 06 de julio de 2017, do Carlos Patricio Suarez Gaete, e favor de Erique Miguel Gutié rrez Caales, recurre de protecció

Más detalles

cter administrativo para poder revertir el rechazo,

cter administrativo para poder revertir el rechazo, Racagua, veititré s de oviembre de dos mil diecisiete. VISTOS Y TENIEND O PRESENTE: Que mediate escrito de fecha 12 de octubre de dos mi diecisiete, comparece doñ a Fracesca Giaia Sefaii Araya, quie iterpoe

Más detalles

Santiago, veintidós de diciembre de dos mil diecisiete.-

Santiago, veintidós de diciembre de dos mil diecisiete.- Satiago, veitidós de diciembre de dos mil diecisiete.- VISTOS: PRIMERO: Comparece SARA LARA ESPINOZA, abogado, co domicilio e calle Suecia 939, Depto. 1002, comua de Providecia e iterpoe recurso de protecció

Más detalles

C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de febrero de dos mil diecisiete. Vistos:

C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de febrero de dos mil diecisiete. Vistos: C.A. de Temuco Temuco, veitiocho de febrero de dos mil diecisiete. Vistos: 1.-Que, a fojas 10, comparece doña María Ié s Gatica Cerda, profesora jubilada, domiciliada e calle Los Pitores N 0463, sector

Más detalles

Seguridad Social. ala que la Superintendencia de Seguridad Social no ha dado la. fundamentos tenidos a la vista para adoptar la medida.

Seguridad Social. ala que la Superintendencia de Seguridad Social no ha dado la. fundamentos tenidos a la vista para adoptar la medida. Racagua, veitiséis de octubre de dos mil diecisiete. Vistos y cosidera do: Primero: Co fecha 09 de agosto de 2017, Pedro Pablo Corejo Moreo, co domicilio e Torado N 03235, Villa do Mateo, Racagua, recurre

Más detalles

argumentos de hecho y de derecho que pasa a exponer: 1) Con fecha 26 de Octubre del año 2016 se emiti ó respuesta ante la interposició

argumentos de hecho y de derecho que pasa a exponer: 1) Con fecha 26 de Octubre del año 2016 se emiti ó respuesta ante la interposició C.A. de Temuco Temuco, siete de juio de dos mil diecisiete. VISTO: Comparece doña Daiela Díaz Herá dez, abogada, domiciliada e Mauel Mott N 920, oficia 201, Temuco, e represetació segú se acreditar á e

Más detalles

1Rancagua, dieciocho de agosto de dos mil diecisiete. Vistos: Con fecha 10 de julio de 2017, comparece Jos é Eduardo Leiva Lara,

1Rancagua, dieciocho de agosto de dos mil diecisiete. Vistos: Con fecha 10 de julio de 2017, comparece Jos é Eduardo Leiva Lara, 1Racagua, dieciocho de agosto de dos mil diecisiete. Vistos: Co fecha 10 de julio de 2017, comparece Jos é Eduardo Leiva Lara, domiciliado e Regidor Á lvarez N 550, Copequé, comua de Coico, quie deduce

Más detalles

y , por cuanto con fecha 23 de mayo de 2015, la

y , por cuanto con fecha 23 de mayo de 2015, la C.A. de Cocepció Cocepció, cuatro de julio de dos mil diecisiete. VIS TO: Comparece doñ a Paulia Eugeia Catero Huerta, domiciliada e calle O Higgis N 1186, Oficia N 1202, Cocepció, deduciedo recurso de

Más detalles

C.A. de Temuco Temuco, cinco de julio de dos mil diecisiete. Vistos: mil diecisiete, comparece ante esta Corte Tamara Elizabeth Flores

C.A. de Temuco Temuco, cinco de julio de dos mil diecisiete. Vistos: mil diecisiete, comparece ante esta Corte Tamara Elizabeth Flores C.A. de Temuco Temuco, cico de julio de dos mil diecisiete. Vistos: 1.- Que, mediate presetació de fecha cuatro de mayo de dos mil diecisiete, comparece ate esta Corte Tamara Elizabeth Flores Gó mez, chilea,

Más detalles

Alejandra Del Pilar Pacheco Castillo, secretaria, domiciliada en calle Sergio. interpuso recurso de protección en contra de la

Alejandra Del Pilar Pacheco Castillo, secretaria, domiciliada en calle Sergio. interpuso recurso de protección en contra de la C.A. de Temuco Temuco, siete de septiembre de dos mil diecisiete. VIS TOS: Co fecha 01 de julio de 2017, compareci ó doñ a Carolia Elizabeth Fuetes Peñ a, abogado, co domicilio e calle Atoio Varas N 989

Más detalles

diagnostic ó con "Personalidad premórbida hipergnómica", destacá

diagnostic ó con Personalidad premórbida hipergnómica, destacá C.A. de Temuco Temuco, quice de septiembre de dos mil diecisiete. Al folio 45511: Tégase presete. VISTOS: A folio 1-2017, co fecha 30 de juio del añ o 2017, comparece doñ a DANIELA ALEJANDRA SALAMANCA

Más detalles

denunciados y, el tercero, fija el plazo de seis meses, contados desde que se

denunciados y, el tercero, fija el plazo de seis meses, contados desde que se Satiago, treita de agosto del año dos mil diecisiete Vistos y teiedo presete: Primero: Que comparece doña María Veróica Rojas Herá dez, domiciliada e calle Catedral 1837, departameto 418 B, Satiago Cetro

Más detalles

Fonasa C, a quien se le ha diagnosticado un trastorno ansioso por

Fonasa C, a quien se le ha diagnosticado un trastorno ansioso por C.A. de Temuco Temuco, siete de septiembre de dos mil diecisiete. VISTOS: Co fecha 08 de juio de 2017, compareci ó doñ a Marcela Paz Carvajal Vera, psicó loga, co domicilio e Escorial parcela 9 Sector

Más detalles

1.- Causal del artículo 478, letra c) del C ó digo del

1.- Causal del artículo 478, letra c) del C ó digo del 1 Satiago, trece de oviembre de dos mil diecisiete. Vistos: Se substaci ó esta causa RIT T-1052-2016, del Segudo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulada Villaueva co Club de Polo Equitació

Más detalles

Santiago, quince de diciembre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo present e: Primero: Que comparece Pamela Pérez Quiroz,

Santiago, quince de diciembre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo present e: Primero: Que comparece Pamela Pérez Quiroz, Satiago, quice de diciembre de dos mil diecisiete. Vistos y teiedo preset e: Primero: Que comparece Pamela Pérez Quiroz, igeiero comercial, domiciliada e calle Sa Fracisco N 335, departameto 1009, de la

Más detalles

Santiago, veintiséis de julio de dos mil diecisiete. VISTOS:

Santiago, veintiséis de julio de dos mil diecisiete. VISTOS: Satiago, veitiséis de julio de dos mil diecisiete. VISTOS: Deduce recurso de protecció doñ a Karla Reyes Pio e cotra de la Superitedecia de Seguridad Social, do Re é de La Vega, por el acto ilegal y arbitrario

Más detalles

por la Isapre Consalud. De los rechazos de las licencias en cuestió interpuso respecto de cada una de ellas el respectivo recurso de

por la Isapre Consalud. De los rechazos de las licencias en cuestió interpuso respecto de cada una de ellas el respectivo recurso de Foja: 0 Cero C.A. de Temuco Temuco, treita de agosto de dos mil diecisiete. Al escrito de fecha veitiueve de agosto del Abogado do Mauel Espioza Torres: Tégase presete. VIS TOS: A folio 1-2017, co fecha

Más detalles

C.A. de Temuco Temuco, treinta de junio de dos mil diecisiete. VIS TOS: A folio , con fecha 03 de mayo del añ comparece doña

C.A. de Temuco Temuco, treinta de junio de dos mil diecisiete. VIS TOS: A folio , con fecha 03 de mayo del añ comparece doña C.A. de Temuco Temuco, treita de juio de dos mil diecisiete. VIS TOS: A folio 20034-2017, co fecha 03 de mayo del añ o 2017, comparece doña MARIA CRISTINA MOLINA PADILLA, profesora, cé dula acioal de idetidad

Más detalles

Santiago, diez de octubre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo present e: Primero: Que a fojas 1 comparece el abogado Mauricio Navarro

Santiago, diez de octubre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo present e: Primero: Que a fojas 1 comparece el abogado Mauricio Navarro Satiago, diez de octubre de dos mil diecisiete. Vistos y teiedo preset e: Primero: Que a fojas 1 comparece el abogado Mauricio Navarro Salias, e represetació de Eric Germá Figueroa Cea, e iterpoe recurso

Más detalles

de imposibilidad de trabajar.

de imposibilidad de trabajar. Satiago, diez de octubre de dos mil diecisiete. Vistos y teiedo preset e: Primero: Que e estos autos se iterpoe recurso de protecc ió por do Jorge Atoio Ortiz Seguel, e cotra de SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD

Más detalles

infracción al artí culo 46 letra f) del DFL N 2 DE 2009 del Ministerio de Educación.

infracción al artí culo 46 letra f) del DFL N 2 DE 2009 del Ministerio de Educación. C.A. de Satiago Satiago, oce de julio de dos mil diecisiete. Vistos y teiedo presete: PRIMERO: Que comparece Re é de la Vega Fuetes, e su calidad de alcalde y presidete del directorio de la Corporació

Más detalles

Avenida Francisco de Aguirre N º 490, La Serena. ndose prestando servicios para Constructora Excom

Avenida Francisco de Aguirre N º 490, La Serena. ndose prestando servicios para Constructora Excom Liquitay Liquitay, Palmeia Cecilia Comisió de Medicia Prevetiva e Ivalidez y otra Recurso de Protecció Rol N 524-2017.- La Serea, trece de juio de dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSID ERA ND O. PRIMERO:

Más detalles

Sobreseimiento definitivo. Ei juez de garantía decretar á el

Sobreseimiento definitivo. Ei juez de garantía decretar á el Satiago, veitiocho de abril de dos mil diecisiete. Vistos y teiedo presete: 1.- Que recurre de protecció el abogado do Pedro José Cotreras Herrera e represetació del ciudadao peruao do PEDRO MIGUEL QUISPIRINA

Más detalles

CARMEN GAMONAL LOYER, egresada de psicologí 1401 dpto. 25, comuna de San Miguel, e interpone

CARMEN GAMONAL LOYER, egresada de psicologí 1401 dpto. 25, comuna de San Miguel, e interpone E Satiago, treita de agosto de dos mil diecisiete. VISTOS: PRIME RO: Comparece doña MÓ NICA PATRICIA DEL CARMEN GAMONAL LOYER, egresada de psicologí a, domiciliada e Jos é Joaquí Vallejos N 1401 dpto.

Más detalles

por sus médicos tratantes. Indica que es madre soltera, de un hijo adolescente, jefe

por sus médicos tratantes. Indica que es madre soltera, de un hijo adolescente, jefe Foja: 0 Cero C.A. de Temuco Temuco, cuatro de agosto de dos mil diecisiete. VISTOS: A folio N 25654-2017 comparece Susaa Cristia García Avilés, quie iterpoe recurso de protecció de garatí as costitucioales

Más detalles

n por despido injustificado, RIT T , el abogado Con fecha 24 de noviembre pasado se procedi ó a la vista

n por despido injustificado, RIT T , el abogado Con fecha 24 de noviembre pasado se procedi ó a la vista Satiago, ueve de febrero de dos mil dieciocho. Vistos: E causa seguida ate el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Satiago, e procedimieto de tutela laboral por vuleració de derechos fudametales co

Más detalles

emitida por el empleador Supermercado Hiper. Con fecha 17 de Julio de 2017, evacua informe la recurrida, presentando en primer término la excepció

emitida por el empleador Supermercado Hiper. Con fecha 17 de Julio de 2017, evacua informe la recurrida, presentando en primer término la excepció C.A. de Temuco Temuco, doce de agosto de dos mil diecisiete. Vistos: Co fecha 14 de Juio de 2017, comparece doña MARÍ A GU ME RC INDA VE RA QUILODRÁ N, cajera de supermercado, co domicilio e Temuco, iterpoiedo

Más detalles

personal publicado sin el consentimiento del recurrente, la que por lo demás indica ha caducado, debiendo ser eliminada dicha publicación.

personal publicado sin el consentimiento del recurrente, la que por lo demás indica ha caducado, debiendo ser eliminada dicha publicación. Foja: 69 Seseta y Nueve Llg C.A. de Valparaíso Valparaí so, veitisé is de eero de dos mil diecisiete. VIS TOS Valparaíso, veitiséis de eero de dos mil dieciséis. A fojas 5 comparece Susaa Elisa Ferá dez

Más detalles

última licencia fue en octubre por 15 días. Actualmente vive sola, ya no estoy viviendo con sus Padres y

última licencia fue en octubre por 15 días. Actualmente vive sola, ya no estoy viviendo con sus Padres y C.A. de Temuco Temuco, veite de febrero de dos mil diecisiete. A escritos de fecha veite de febrero de dos mil diec isiete: Tégase presete. VIS TO: A fojas 1, compareci ó doña Solage del Pilar Aguilera,

Más detalles

C.A. de Concepción Concepción, diez de octubre de dos mil diecisiete.

C.A. de Concepción Concepción, diez de octubre de dos mil diecisiete. C.A. de Cocepció Cocepció, diez de octubre de dos mil diecisiete. Vis to: Comparece doña Móica Rodrí guez Saavedra, abogada, por do Christia Edgardo Jerez Torres, igeiero, domiciliado e Lago Rupaco N 429,

Más detalles

pertinentes, y fueron autorizados a instalar la pantalla en el lugar señ la venia del propietario del inmueble.

pertinentes, y fueron autorizados a instalar la pantalla en el lugar señ la venia del propietario del inmueble. Racagua, trece de septiembre de dos mil dieciséis. Vistos: A fs. 7 comparece Wara Ortiz Mella y Fracisco Javier Areas Herá dez, domiciliados e Bueras N 141, Racagua, deduciedo recurso de protecció e cotra

Más detalles

en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, con domicilio en rfanos Nro. 1376, Santiago, por el acto ilegal y arbitrario en que

en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, con domicilio en rfanos Nro. 1376, Santiago, por el acto ilegal y arbitrario en que Cocepció, veitiueve de juio de dos mil diecisiete. VISTO Y TENIE ND O PRESE NTE: Comparece doñ a Ada Margarita Salazar Navarrete, igeiera e admiistració de empresas, domiciliada e Corralco N º 816, Parque

Más detalles

Jessica Margarita Vergara Cáceres, empleada, domiciliada en Calle Valdivia N 408 de la comuna de San Fernando, interponiendo recurso de protecció

Jessica Margarita Vergara Cáceres, empleada, domiciliada en Calle Valdivia N 408 de la comuna de San Fernando, interponiendo recurso de protecció Racagua, veitisiete de julio de dos mil diecisiete. Vistos: Co fecha 27 de abril del año e curso, comparece Judith Gozá lez Areas, abogada, e represetació de doña Jessica Margarita Vergara Cáceres, empleada,

Más detalles

a, entregadas las firmas de asistencia, pago de previsión

a, entregadas las firmas de asistencia, pago de previsión C.A. de Temuco Temuco, dos de mayo de dos mil diecisiete. Vistos y cosiderado: 1.- Que, comparece do Marco Cadia Oliva, chileo, profesor, cé dula de idetidad N 8.013.298-0, domiciliado e Aveida Los Olivos

Más detalles

exigiendo informes médicos complementarios del médico tratante.- Agrega que su representada adjunto la documentació

exigiendo informes médicos complementarios del médico tratante.- Agrega que su representada adjunto la documentació C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de junio de dos mil diecisiete. Vistos: Que, mediante presentació n de fecha cuatro de mayo de dos mil diecisiete, comparece ante esta Corte don Rodrigo Gajardo Toro,

Más detalles

arriendo por horas con el uso de la plataforma AIRBNB, en habitaciones para huéspedes o unidades de renta, bajo la supervisió

arriendo por horas con el uso de la plataforma AIRBNB, en habitaciones para huéspedes o unidades de renta, bajo la supervisió Satiago, seis de agosto de dos mil dieciocho. Vistos: Comparece do Edmudo Lira Vá squez, abogado, quie deduce acció de protecció costitucioal a favor de Marí a Caroli a Verlu ys Ovalle, cotra la Comuidad

Más detalles

y con una evidente inequidad en la aplicación de la ley.

y con una evidente inequidad en la aplicación de la ley. Fojas 43. Cuareta y tres. C.A. de Copiap ó Copiap ó, oce de julio de dos mil dieciseis. VISTOS: A fojas 17, el 9 de juio del año e curso, compareci ó el abogado do Pablo Ortíz de Zárate, e represetació

Más detalles

Y teniendo en su lugar y, además, presente:

Y teniendo en su lugar y, además, presente: Satiago, dieciueve de abril de dos mil dieciséis. Dado cumplimieto a lo dispuesto e el artículo 483-C del Có digo del Trabajo, se dicta la siguiete setecia de reemplazo e Uificació de Jurisprudecia. Vistos:

Más detalles

Expone que la Comisión recurrida deneg ó el beneficio de manera

Expone que la Comisión recurrida deneg ó el beneficio de manera C.A. de Satiago Satiago, uo de febrero de dos mil diecisiete. Al folio 48134: tégase presete. Al folio 48136: a lo pricipal, té gase como parte e calidad de tercero. Al primer otros í, tégase presete.

Más detalles

C.A. de Temuco Temuco, cuatro de marzo de dos mil diecisiete. VIS TOS:

C.A. de Temuco Temuco, cuatro de marzo de dos mil diecisiete. VIS TOS: Foja: 0 Cero C.A. de Temuco Temuco, cuatro de marzo de dos mil diecisiete. VIS TOS: A fojas 1, comparece don Daniel Muñ oz Rivera, guardia de seguridad, con domicilio en Temuco, interponiendo recurso de

Más detalles

1Rancagua, ocho de febrero de dos mil diecisiete. Vistos: Con fecha 3 y 7 de noviembre del año 2016 comparece don

1Rancagua, ocho de febrero de dos mil diecisiete. Vistos: Con fecha 3 y 7 de noviembre del año 2016 comparece don 1Racagua, ocho de febrero de dos mil diecisiete. Vistos: Co fecha 3 y 7 de oviembre del año 2016 comparece do Marcelo Ayuso Marmole jo, mé dico cirujao, domiciliado e Astorga N º 56, Racagua, deduciedo

Más detalles

1.- Causal del artículo 478, letra b) del Código del Trabajo

1.- Causal del artículo 478, letra b) del Código del Trabajo 1 Satiago, ocho de mayo de dos mil diecisiete. Vistos: Se substaci ó esta causa RIT T-913-2016, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulada Sidicato de Profesores, Admiistrativos

Más detalles

Rancagua (COMPIN) y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).

Rancagua (COMPIN) y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). 1Rancagua, veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete. Vistos: Con fecha 28 de noviembre del presente año, comparece Sofía Á vila Espinoza, cé dula nacional de identidad N 12.293.184-6, domiciliada en

Más detalles

Javiera Moreno, abogada, en representació n de don Gilles Mathieu Delgado y deduce recurso de n en contra de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE

Javiera Moreno, abogada, en representació n de don Gilles Mathieu Delgado y deduce recurso de n en contra de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE Satiago, oce de octubre de dos mil diecisiete. Vistos y teiedo presete: Primero: Que comparece doña Javiera Moreo, abogada, e represetació de do Gilles Mathieu Delgado y deduce recurso de protecció e cotra

Más detalles

Santiago, trece de marzo de dos mil dieciocho.

Santiago, trece de marzo de dos mil dieciocho. Satiago, trece de marzo de dos mil dieciocho. Vistos y teiedo preset e: Primero: Que comparece Marí a Pilar Iturriet a Cuevas, abogado, e represetació de s í misma y de su hija meor de tres añ os de edad,

Más detalles

tener desistida a una parte, en base a un apercibimiento que no está

tener desistida a una parte, en base a un apercibimiento que no está Satiago, tres de agosto de dos mil diecisiete. Vistos: Se substaci ó esta causa RIT Trabajador T-71-2017, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulada Guzmá co SWT S.A., sobre tutela

Más detalles

Rancagua, once de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos:

Rancagua, once de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos: Racagua, oce de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos: Co fecha 25 de julio del presete añ o comparece Claudio Barrios Corejo, e represetació del Comit é de Agua Potable Rural de Larmahue, ambos domiciliados

Más detalles

los beneficios establecido por la Ley N , especialmente las prestaciones de supervivencia.

los beneficios establecido por la Ley N , especialmente las prestaciones de supervivencia. Satiago, veitiuo de abril de dos mil diec isiete. Vistos: Primero: Que comparece do Alejadro Rojas Flores, abogado, e represetació de doñ a Elizabeth Jae Silva Geisel, domiciliada e Pasaje Victorio Lastarria

Más detalles

5Región de Murcia. EI caravàca 2017 AñoJubilar. fllìì. Orden

5Región de Murcia. EI caravàca 2017 AñoJubilar. fllìì. Orden fllìì 5Regió de Murcia CosejerÍa de Hacieda EI caravàca 2017 AñoJubilar EXTRACTO DE DOCUMENTOS CONTENIDOS EN EL EXPEDIENTE RETATIVO A: PROPUESTA DE LA CONSEJERíA DE HAcIENDA y ADMtNtsrRActoNEs púbucas

Más detalles

so, dos de mayo de dos mil diecisiete. VIS TOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepció

so, dos de mayo de dos mil diecisiete. VIS TOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepció Foja: 311 Trescietos Oce Jbl C.A. de Valparaíso Valparaí so, dos de mayo de dos mil diecisiete. VIS TOS: Se reproduce la setecia e alzada, co excepció de los últimos cuatro párrafos del fudameto dé cimo

Más detalles

Concepción, cuatro de mayo de dos mil diecisiete. Visto:

Concepción, cuatro de mayo de dos mil diecisiete. Visto: Concepción, cuatro de mayo de dos mil diecisiete. Visto: Comparece Erika Andrea Ló pez Cariz, secretaria, domiciliada en Almirante Rivera Sur N 2272 Lorenzo Arenas, Concepció n, y recurre de protecció

Más detalles

Santiago, siete de diciembre de dos mil diecisiete. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

Santiago, siete de diciembre de dos mil diecisiete. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Santiago, siete de diciembre de dos mil diecisiete. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIME RO: Que, doñ a Karen Parra Sanhueza recurre de protecció n en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (en

Más detalles

Que, se acompaña al informe de la SUSESO, copias de los antecedentes administrativos del caso de la recurrente.

Que, se acompaña al informe de la SUSESO, copias de los antecedentes administrativos del caso de la recurrente. Puerto Montt, veintiocho de junio de dos mil diecisiete. Vistos: Que, con fecha 26 de mayo del presente año, comparece doña Jessica Paola Merino Henríquez Silva, cédula de identidad N 14.450.695-2, domiciliada

Más detalles

septiembre de 2015, se hizo cargo de la sección carnicería en condició de jefe. Agrega el recurrente, como antecedentes del recurso que,

septiembre de 2015, se hizo cargo de la sección carnicería en condició de jefe. Agrega el recurrente, como antecedentes del recurso que, Satiago, seis de abril de dos mil diecisiete. VISTOS: E estos autos RUC 1640044617-6, RIT O-5100-2016 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Satiago, por setecia de fecha dieciséis de diciembre de

Más detalles

Asimismo, recurren contra la exigencia abusiva e ilegal de requerir cada vez

Asimismo, recurren contra la exigencia abusiva e ilegal de requerir cada vez Cocepció, veitiueve de septiembre de dos mil diecisiete. VISTO: E estos atecedetes rol 4782-2017, de recursos civil de esta Corte comparece do Gerardo Lisadro Neira Carrasco, abogado, domiciliado e calle

Más detalles

de autores, en grado de consumado, hecho que se dio conocer en todos los diarios y prensa de la Región.

de autores, en grado de consumado, hecho que se dio conocer en todos los diarios y prensa de la Región. Cetro Nacioal de Capacitacioes Global Ltda. Carabieros de Chile Recurso de Protecció Rol N 1679-2017.- C.A. de La Serea La Serea, cico de octubre de dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSIDE RA ND O: PRIMERO:

Más detalles

Bascuñan Pinto, Luz Erika Isapre Cruz Blanca S.A. y otros Recurso de Protección Rol N

Bascuñan Pinto, Luz Erika Isapre Cruz Blanca S.A. y otros Recurso de Protección Rol N Bascuñan Pinto, Luz Erika Isapre Cruz Blanca S.A. y otros Recurso de Protección Rol N 2075-2017.- La Serena, veinte de diciembre de dos mil diecisiete. Comparece doña Luz Erika Bascuñán Pinto, quien interpone

Más detalles

la SEC prejuzg ó a DIRECTV, la sancion ó con una multa fuera de rango legal, en tanto una supuesta conducta ilícita leve se castig ó como grave, y

la SEC prejuzg ó a DIRECTV, la sancion ó con una multa fuera de rango legal, en tanto una supuesta conducta ilícita leve se castig ó como grave, y Satiago, dos de octubre de dos mil diecisiete. Vistos y teiedo preset e: Primero: Que a fojas 60 comparece el abogado Giapaolo Peirao Bustos, e represetació de DIRECTV Chile Televisió Limitada, ambos domiciliados

Más detalles

CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO:

CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: C.A. de Concepción Concepción, veintisiete de junio de dos mil diecisiete. VISTO: Comparece don Víctor Hugo Angulo Ruiz, domiciliado en calle Fragata de Chile N 967, Chiguayante Sur, Concepción, en contra

Más detalles

so, uno de agosto de dos mil diecisiete. VIS TOS: A fojas 7, comparece doña

so, uno de agosto de dos mil diecisiete. VIS TOS: A fojas 7, comparece doña Foja: 150 Cieto Cicueta S.f.g. C.A. de Valparaíso Valparaí so, uo de agosto de dos mil diecisiete. VIS TOS: A fojas 7, comparece doña Vilma Urbia Rouse, abogado, domiciliada e Prat 865 oficia 34, Valparaíso,

Más detalles

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION. Disposición Nº 24/2013

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION. Disposición Nº 24/2013 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION Disposició Nº 24/203 Bs. As., 3/4/203 VISTO el Decreto Nº 88 de fecha 7 de

Más detalles

fisiatra el cual debía enseñarle el manejo del dolor, recomendá logo dos veces a la semana y tomando medicamentos para aminorar el dolor.

fisiatra el cual debía enseñarle el manejo del dolor, recomendá logo dos veces a la semana y tomando medicamentos para aminorar el dolor. Rancagua, veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete. Vistos: Con fecha 21 de julio de 2017, comparece Ana Doraliza Soto Donoso, domiciliado en Villa El Cortijo N 008 comuna de Peumo, quien deduce recurso

Más detalles

diciembre de Indica que en agosto de 2007 ingres ó a prestar servicios en la

diciembre de Indica que en agosto de 2007 ingres ó a prestar servicios en la Cordoes Astudillo, Alejadro Aroldo Istituto Nacioal del Deporte y otros Recurso de Protecció Rol N 2106-2016 La Serea, catorce de febrero de dos mil diecisiete. VISTOS: Que do Alejadro Aroldo Cordoes Astudillo,

Más detalles

anular el fallo y en el de reemplazo rechazar la demanda, por ajustarse el despido a derecho.

anular el fallo y en el de reemplazo rechazar la demanda, por ajustarse el despido a derecho. Satiago, diecisiete de julio de dos mil diecisiete. Vistos: E estos atecedetes RIT O-5631-2016 del Segudo Juzgado de Letras de Satiago, por setecia de diecisiete de febrero del añ o e curso, se acogi ó

Más detalles

Santiago, veintisiet e de septiembre de dos mil diec isiete. Comparece don Jos é Aedo Monsalve, en representación

Santiago, veintisiet e de septiembre de dos mil diec isiete. Comparece don Jos é Aedo Monsalve, en representación Santiago, veintisiet e de septiembre de dos mil diec isiete. VISTOS: Comparece don Jos é Aedo Monsalve, en representación Silverio Astroza Aquevedo, jubilado, domiciliado en Los Benedictinos N 691, Rancagua

Más detalles

n con la Ruta S - 36, el mejoramiento del camino de acceso a nuestra comunidad, represent ó una esperanza concreta

n con la Ruta S - 36, el mejoramiento del camino de acceso a nuestra comunidad, represent ó una esperanza concreta C.A. de Temuco Temuco, veitiuo de juio de dos mil dieciocho. VIS TOS Y TENIENDO PRESE NTE: Comparece Estela Nahuelpá Burg os, Profesora, Cé dula Nacioal de Idetidad N 12.738.627-7, compareciedo por s í

Más detalles

a favor de su representado, en contra de la resolució

a favor de su representado, en contra de la resolució C.A. de Temuco Temuco, veititré s de oviembre de dos mil diecisiete. Visto: Que comparece doñ a Vaia Parodi Figueroa, Defesora Peal Mapuche, domiciliada e la ciudad de Collipulli, Saavedra Sur 1365, actuado

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Lima, 17 de diciembre de 2009 Que, co fecha 15 de octubre de 2009, el Orgaismo Supervisor de la Iversió e Eergía y Miería (e adelate OSINERGMIN

Más detalles

no es solo un conflicto entre autoridades, sino que afecta seriamente el

no es solo un conflicto entre autoridades, sino que afecta seriamente el Satiago, dieciséis de octubre de dos mil dieciocho. Vistos y teiedo preset e: Primero: Que co fecha veitisiete de agosto del presete añ o, compareciero los abogados señores Ciro Colombara y Aldo Dí az

Más detalles

afectando las garantías constitucionales del artí culo 19 n º 3 inciso 5 º y n º 7 letra b) de nuestra Carta Fundamental.

afectando las garantías constitucionales del artí culo 19 n º 3 inciso 5 º y n º 7 letra b) de nuestra Carta Fundamental. C.A. de Temuco Temuco, ueve de octubre de dos mil dieciocho. Visto y teied o preset e: Que co fecha dos de octubre de dieciocho, comparece do JAIME OMA R MORA LES TOLEDO y do JOS É LUIS AND RÉS ALARCÓ

Más detalles

Cheuquem ó Limitada, representada por Marcelo Oscar Pé rez Passeron, en contra de N Automotores SpA, respecto de las constituidas en favor de este

Cheuquem ó Limitada, representada por Marcelo Oscar Pé rez Passeron, en contra de N Automotores SpA, respecto de las constituidas en favor de este Satiago, treita y uo de eero de dos mil dieciocho. Vistos: E causa Rol C-1464-2015, vetilada ate el Segudo Juzgado de Letras de Osoro, sobre alzamieto de preda, caratulada Imobiliaria Cheuquem ó Limitada

Más detalles

HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO

HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO gfcre TAR IA QE VIC15 iat VU ` JURlDlcos LEU5 P1-00-05 390 PODER JUDICIAL DEL ESTADO HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO PRESENTE.- E ejercicio de las facultades que a mi cargo cofiere los artículo 68, fracció

Más detalles

PROYECTO CONDOMINIOS RIVIERA DEL IRAZÚ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA

PROYECTO CONDOMINIOS RIVIERA DEL IRAZÚ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA Miisterio l Ambiete y Eergía Secretaría Técica Nacioal Ambietal SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setea.go.cr Resolució Nº 214-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA

Más detalles

CAPÍTULO IV: CONSTRUCCIÓN DE LA TABLA DE MORTALIDAD. Es un hecho bien conocido que la probabilidad de que un individuo fallezca en un periodo

CAPÍTULO IV: CONSTRUCCIÓN DE LA TABLA DE MORTALIDAD. Es un hecho bien conocido que la probabilidad de que un individuo fallezca en un periodo CAPÍTULO IV: CONSTRUCCIÓN DE LA TABLA DE MORTALIDAD 4.1 Geeralidades Es u hecho bie coocido que la probabilidad de que u idividuo fallezca e u periodo determiado de tiempo depede de muchos factores, etre

Más detalles

LISTADO DE EXCLUSIONES

LISTADO DE EXCLUSIONES 07/03/2016 14:16 JUS00GR28 Usuario : Report Página : 1 de 13 LISTADO DE EXCLUSIOES EJERCICIO: 2014 TIPO DE AYUDA: PERSOAL DE AYUDA: 16 AYUDA POR DISCAPACIDAD () JUTA DE ADALUCIA LISTADO DE EXCLUSIOES :

Más detalles

CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO PRIMERO

CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO PRIMERO Antofagasta, a diecinueve de marzo de dos mil dieciocho. VISTOS: Francisca Ahumada Orio, abogada, en representación de Germana Alejandra Sepúlveda Herrera, cédula nacional de identidad N 15.017.553-4,

Más detalles

Santiago, veintisiete de junio de dos mil dieciocho.

Santiago, veintisiete de junio de dos mil dieciocho. Satiago, veitisiete de juio de dos mil dieciocho. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que e este procedimieto seguido ate el 7 Juzgado Civil de Satiago bajo el Rol Nº 13542-2013, caratulado Corporació

Más detalles

Foja: 60 Sesenta. Valparaí

Foja: 60 Sesenta. Valparaí Foja: 60 Seseta. Cgv C.A. de Valparaíso Valparaí so, catorce de mayo de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO : PRIMERO: Que la setecia dictada e los atecedetes RIT O-109-2017 por la juez suplete doña

Más detalles

parcializado, sesgado y arbitrario, puesto que en los considerandos

parcializado, sesgado y arbitrario, puesto que en los considerandos Satiago, veitiséis de abril de dos mil dieciocho. VISTOS: Se substaci ó esta causa RIT T-406-2017, del Segudo Juzgado de Letras del Trabajo de Satiago caratulada Lastra co Alimetos Sata Emilia SpA sobre

Más detalles

domicilio, quien interpone recurso de protecció Superintendencia de Seguridad Social (en adelante SUSESO),

domicilio, quien interpone recurso de protecció Superintendencia de Seguridad Social (en adelante SUSESO), C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete. Al escrito de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil diecis iet e: Téngase presente. Vistos: 1.- Que, mediante presentació n de

Más detalles

Puerto Montt, treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete.

Puerto Montt, treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete. Puerto Montt, treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha cinco de mayo del presente, comparece doña Cynthia Alejandra Aravena Castillo, Rut 15.374.528-5,

Más detalles

Santiago, diez de enero de dos mil diecisiete. Vistos: En autos RIT T , RUC K, del Juzgado del Trabajo de Valparaíso, doña

Santiago, diez de enero de dos mil diecisiete. Vistos: En autos RIT T , RUC K, del Juzgado del Trabajo de Valparaíso, doña Satiago, diez de eero de dos mil diecisiete. Vistos: E autos RIT T-175-2015, RUC 15-4-0032693-K, del Juzgado del Trabajo de Valparaíso, doña Deisse Alejadra Varas Oyaedel, doñ a Noem í Marlee Ceballos

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea. de 21 de abril de por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados

Diario Oficial de la Unión Europea. de 21 de abril de por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados 30.4.2004 L 143/15 REGLAMENTO (CE) N o 805/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 21 de abril de 2004 por el que se establece u título ejecutivo europeo para créditos o impugados EL PARLAMENTO EUROPEO

Más detalles

paciente, siguiéndose el tratamiento indicado por la madre en su estado.

paciente, siguiéndose el tratamiento indicado por la madre en su estado. Foja: 278 Doscietos seteta y ocho C.A. de Cocepció Cocepció, seis de oviembre de dos mil diecisiete. VIS TO: Se reproduce la setecia e alzada de 28 de julio de 2016, co excepció de sus cosiderados 10 º.-

Más detalles

ETAPAS GENERALES. Etapa 1. PASO 1 PARA COORDINADORES. Consentimiento informado. ETAPA 1. ETAPA 4 Entrega de resultados ETAPA 2

ETAPAS GENERALES. Etapa 1. PASO 1 PARA COORDINADORES. Consentimiento informado.  ETAPA 1. ETAPA 4 Entrega de resultados ETAPA 2 ETAPAS GENERALES PARA COORDINADORES EVALUACIÓN DOCENTE DE CARÁCTER DIAGNÓSTICO FORMATIVA (ECDF) 2016 Las cuatro etapas geerales que hace parte de la ECDF so las siguietes: ETAPA 1 Práctica educativa ETAPA

Más detalles

el cual señ ala Plazo y forma de interposición. La acción deber á ser

el cual señ ala Plazo y forma de interposición. La acción deber á ser Satiago, cuatro de juio de dos mil dieciocho. Vistos: E autos Rol C-18353-2015, del Primer Juzgado Civil de Racagua, sobre acció de o discrimiació arbitraria, caratulados Poblete co Uiversidad Tecoló gica

Más detalles

ETAPAS GENERALES PARA RECTORES Y DIRECTORES RURALES

ETAPAS GENERALES PARA RECTORES Y DIRECTORES RURALES ETAPAS GENERALES PARA RECTORES Y DIRECTORES RURALES EVALUACIÓN DOCENTE DE CARÁCTER DIAGNÓSTICO FORMATIVA (ECDF) 2016 Las cuatro etapas geerales que hace parte de la ECDF so las siguietes: ETAPA 1 Práctica

Más detalles

Santiago, nueve de marzo de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de

Santiago, nueve de marzo de dos mil diecisiete. Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de 1 Santiago, nueve de marzo de dos mil diecisiete. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto a séptimo, que se suprimen. Y se tiene en su lugar, además, presente:

Más detalles

deber á ser rechazada, ya que si bien los contratos de trabajo terminaron el a 28 de mayo de 2015, al haberse sometido la empresa a un

deber á ser rechazada, ya que si bien los contratos de trabajo terminaron el a 28 de mayo de 2015, al haberse sometido la empresa a un Satiago, veitisiete de septiembre de dos mil dieciséis. Vistos: E autos úmero de RIT O-700-2015, caratulados "Vilugró y otras co I.B. Alimetació S.A. y Juta Nacioal de Auxilio Escolar y Becas, seguidos

Más detalles

Importancia de las medidas de tendencia central.

Importancia de las medidas de tendencia central. UNIDAD 5: UTILICEMOS MEDIDAS DE TENDENCIA CENTRAL. Importacia de las medidas de tedecia cetral. Cuado recopilamos ua serie de datos podemos resumirlos utilizado ua tabla de clases y frecuecias. La iformació

Más detalles

Paso 6. Recopilar información

Paso 6. Recopilar información Paso 6. Recopilar iformació Ua vez determiado el tipo de ivestigació que se llevará a cabo, se revisará la bibliografía pertiete al respecto del tema de estudio para coocer los procedimietos y las técicas

Más detalles

AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 2017 PROGRAMA DE TRABAJO

AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 2017 PROGRAMA DE TRABAJO Nombre del programa o actividad. Autorizar el Programa de Trabajo de la Direcció someterlo a cosideració del Auditor Superior así como las adecuacioes modificacioes correspodietes. 2. Proporcioar la iformació

Más detalles

Premios a la Conservación de la. Biodiversidad 2013

Premios a la Conservación de la. Biodiversidad 2013 Premios a la Coservació de la Biodiversidad 2013 PRESENTACIÓN Los Premios Fudació BBVA a la Coservació de la Biodiversidad so expresió del compromiso de resposabilidad social del Grupo BBVA co la protecció

Más detalles

C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de abril de dos mil diecisiete. VIS TOS: A fojas 7 comparece doña

C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de abril de dos mil diecisiete. VIS TOS: A fojas 7 comparece doña C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de abril de dos mil diecisiete. VIS TOS: A fojas 7 comparece doña ANDREA HUNTER ECHEVERRÍ A, abogada, domiciliada en calle Antonio Varas 687, oficina 1301, en la ciudad

Más detalles

ALGUNAS NOTAS RELATIVAS AL COSTO Y PRECIO DE LAS OBLIGACIONES

ALGUNAS NOTAS RELATIVAS AL COSTO Y PRECIO DE LAS OBLIGACIONES ALGUNAS NOTAS RELATIVAS AL COSTO Y PRECIO DE LAS OBLIGACIONES M.A. Martha Oliva Zárate * I. INTRODUCCIÓN La ecesidad de fiaciamieto a largo plazo por las empresas se da geeralmete cuado desea implemetar

Más detalles

Sistemas de Ecuaciones Lineales. M. en I. Gerardo Avilés Rosas

Sistemas de Ecuaciones Lineales. M. en I. Gerardo Avilés Rosas Sistemas de Ecuacioes Lieales M. e I. Gerardo Avilés Rosas Octubre de 206 Tema 5 Sistemas de Ecuacioes Lieales Objetivo: El alumo formulará, como modelo matemático de problemas, sistemas de ecuacioes lieales

Más detalles

AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 2016 PROGRAMA DE TRABAJO

AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 2016 PROGRAMA DE TRABAJO Nombre del programa o actividad. Autorizar el Programa de Trabajo de la Direcció someterlo a cosideració del Auditor Superior así como las adecuacioes modificacioes correspodietes. 2. Proporcioar la iformació

Más detalles