Resolución Nº SETENA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Resolución Nº SETENA"

Transcripción

1 Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Resolución Nº SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 50 MINUTOS DEL 07 DE AGOSTO DEL PROYECTO REMODELACION Y AMPLIACION DE SERVICIO DE EMERGENCIAS HOSPITAL DE SAN CARLOS EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA Conoce la Comisión Plenaria informe del proyecto REMODELACION Y AMPLIACION DE SERVICIO DE EMERGENCIAS HOSPITAL DE SAN CARLOS, al cual se le asignó el expediente administrativo D SETENA, presentado por el Jorge Alberto Granados Soto cedula representante legal Caja Costarricense del Seguro Social cedula jurídica RESULTANDO PRIMERO: El día 15 de junio del 2015 es recibido por esta Secretaría el Documento de Evaluación Ambiental (D-1) con una Declaración Jurada de Compromisos Ambientales del proyecto REMODELACION Y AMPLIACION DE SERVICIO DE EMERGENCIAS HOSPITAL DE SAN CARLOS, al cual se le asignó el expediente administrativo D SETENA, presentado por el Jorge Alberto Granados Soto cedula representante legal Caja Costarricense del Seguro Social cedula jurídica CONSIDERANDO PRIMERO: Que se tiene por legitimado al señor Jorge Alberto Granados Soto cedula representante legal Caja Costarricense del Seguro Social cedula jurídica para solicitar la evaluación ambiental del proyecto REMODELACION y AMPLIACION DE SERVICIO DE EMERGENCIAS HOSPITAL DE SAN CARLOS, al cual se le asignó el expediente administrativo D SETENA SEGUNDO: Que el artículo 19 de la Ley Orgánica del Ambiente señala "Las resoluciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental deberán ser fundadas y razonadas. Serán obligatorias tanto para los particulares como para los entes y organismos públicos." TERCERO: Que de conformidad con el criterio del Departamento de Evaluación Ambiental y de la documentación que consta en el expediente administrativo, se ha determinado lo siguiente: CUARTO: Que el artículo 6 de la Modificación del Artículo 45 al Reglamento General sobre los Procedimientos de EIA, del Decreto Ejecutivo No MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, indica sobre la Cláusula de Compromiso Ambiental Fundamental, lo siguiente: La Presente 1

2 Viabilidad (licencia) Ambiental se otorga en el entendido de que el desarrollador del proyecto, obra o actividad cumplirá de forma íntegra y cabal con todas las regulaciones y normas técnicas, legales y ambientales vigentes en el país y a ejecutarse ante otras autoridades del Estado Costarricense. El incumplimiento de esta cláusula por parte del desarrollador no solo lo hará acreedor de las sanciones que implica el no cumplimiento de dicha regulación, sino que además, al constituir la misma, parte de la base fundamental sobre el que se sustenta la VLA, hará que de forma automática dicha VLA se anule con las consecuencias técnicas, administrativas y jurídicas que ello tiene para la actividad, obra o proyecto y para su desarrollador, en particular respecto a los alcances que tiene la aplicación del artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente. QUINTO: De conformidad con el Artículo Resolución y otorgamiento de la Viabilidad (o Licencia) Ambiental del reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental Decreto Ejecutivo No MINAE-MAG-MOPT,MEIC,S, señala: Los lineamientos o directrices ambientales de compromiso que enmarcan el otorgamiento de la viabilidad (licencia) ambiental, y que estarán basadas en todo el proceso de EIA, así como una serie de condiciones e instrumentos de control y seguimiento ambiental, que incluyen los siguientes elementos: Desarrollo e implementación de los Instrumentos de Control y Seguimiento Ambiental (ICOS), que comprenden 3 aspectos básicos como son: Nombramiento de un Responsable Ambiental, una Bitácora Ambiental y la Garantía Ambiental de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica del Ambiente, cuyo monto será fijado por este acto administrativo. Los cuales deberán ser presentados ante la SETENA, un mes antes de iniciar las obras, lo anterior de conformidad con el acuerdo de la Comisión Plenaria, en su sesión ordinaria No , en el artículo 43, emitido por la Resolución No SETENA, con fecha del 16 de agosto del 2004, donde se acuerda: Permitir al Desarrollador (público o privado) la presentación de lo indicado anteriormente, un mes antes de iniciar las obras, actividades o proyectos. POR TANTO LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE En sesión Ordinaria Nº de esta Secretaría, realizada el 06 de agosto del 2015, en el Artículo No. 13 Acuerda: PRIMERO: Se aprueba el documento de evaluación ambiental D1, la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales y las matrices de impacto ambiental, presentados junto al Documento D1, los cuales fueron sometidos a evaluación por el proyectista. SEGUNDO: Se le ordena al Jorge Alberto Granados Soto cedula representante legal Caja Costarricense del Seguro Social cedula jurídica , expediente administrativo D SETENA, a depositar el monto de garantía ambiental por la suma de ,00 equivalente al 0,1% del monto de inversión total del proyecto), en la cuenta Custodia de Valores número CV-7297-SETENA-MINAE del Banco Nacional de Costa Rica. Deberá aportar a esta Secretaría el comprobante del depósito respectivo. Este monto puede ser ajustado dependiendo del resultado de la Evaluación Ambiental, el depósito debe ser por un periodo mínimo de un año, de acuerdo al artículo 21 de la Ley Orgánica del Ambiente. Nombrar un Responsable Ambiental, con su inscripción vigente en el Registro de 2

3 Consultores de la SETENA, mediante el envío de una nota firmada por el propietario con la aceptación del profesional asignado y presentar un Libro de Actas para habilitarlo como Bitácora, la misma deberá permanecer en las instalaciones del proyecto durante el tiempo de vigencia de la regencia ambiental, antes del inicio de las obras, debiendo presentar los documentos indicados a esta Secretaría en ese mismo plazo. En caso de no presentar los documentos indicados en el tiempo establecido, se procederá a aplicar lo que establece la legislación vigente. TERCERO: Con base en las características ambientales del AP y su interacción con las actividades que realizará el proyecto, la Comisión Plenaria, establece la periodicidad de presentación de informes regenciales, cada SEIS meses durante la fase constructiva y un informe final de cierre de dicha fase. Los informes regenciales deberán ser presentados en un plazo máximo de 10 días posteriores a la finalización del periodo que cubren. En el momento de iniciar actividades se inicia el periodo del primer informe de regencia ambiental. Para la elaboración de estos informes, de acuerdo al formato establecido por esta Secretaría, será responsabilidad del regente ambiental realizar el número de visitas necesarias, dependiendo de las características del proyecto. Con base en estos informes y al programa de monitoreo, la SETENA podrá ajustar el monto de garantía y dictar medidas de acatamiento obligatorio para mantener al proyecto, obra o actividad dentro de un margen de impacto ambiental controlado. El responsable y el propietario deberán brindar apoyo a las labores de la SETENA, en las inspecciones que esta efectúe. CUARTO: El incumplimiento de los requerimientos de esta Secretaría, así como de cualquiera de las obligaciones contraídas en la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, las matrices de impacto ambiental, junto con el Documento D1, podrán ser sancionados de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley Orgánica de Ambiente, así como la demás legislación vigente. QUINTO: Se le comunica al interesado que, de conformidad con los artículos 17,18 y 19 de la Ley Orgánica del Ambiente, se ha cumplido con el procedimiento de evaluación ambiental del proyecto que tiene las siguientes características: REMODELACION y AMPLIACION DE SERVICIO DE EMERGENCIAS HOSPITAL DE SAN CARLOS Caja Costarricense del Seguro Social Jorge Alberto Granados Soto Provincia Alajuela Cantón San Carlos Distrito Ciudad Quesada Hoja cartográfica ,089 3

4 Coordenadas ,257 Plano catastrado Número de matricula Medida finca según plano 34999m2 (m 2 ) DESCRIPCION DEL PROYECTO: Actualmente, el Servicio de Emergencias dispone de un área de 729 m 2 de construcción. Cuenta con 4 consultorios (1 para Triage y 3 para Valoración de pacientes adultos y niños), 8 camas de observación para adultos y 4 para niños, 7 Sillas para Inhaloterapia de Adultos y 2 para niños, una Sala de Shock, una Sala de Cirugía Menor, un Área de REDES, una sala de espera y 2 áreas para cuidados críticos (1 de Medicina y otra de Cirugía). Este servicio es atendido por Médicos Generales, sin embargo, realizan interconsultas a médicos especialistas. El proyecto pretende ampliar las instalaciones para brindar un mejor servicio a la población El proyecto se pretende ejecutar en dos etapas, en la primera se abarcará la construcción de la Sede de EBAIS siguiendo los diseños propuestos por los profesionales en diversas ramas de la ingeniería, dejando para una etapa posterior la adquisición del equipo médico. Ambas etapas se han planificado para que las recepciones tanto de obra como de equipo, converjan en el tiempo. Por lo que se le otorga la VIABILIDAD AMBIENTAL al proyecto, quedando abierta la etapa de Gestión Ambiental y en el entendido de cumplir con la Cláusula de Compromiso Ambiental fundamental. SEXTO: La vigencia de esta viabilidad será por un período de DOS Años para el inicio de las obras. En caso de no iniciarse las actividades en el tiempo establecido, se procederá a aplicar lo que establece la legislación vigente. SETIMO: Se le previene al desarrollador el Jorge Alberto Granados Soto cédula representante legal Caja Costarricense del Seguro Social cédula jurídica , sólo contempla lo indicado en la descripción del proyecto y el diseño presentado (que se adjunta en el Formulario D1), antes en proceso de construcción o ya construido, que cualquier modificación, debe ser informada a la SETENA, para que realice la evaluación ambiental de dicha modificación, de lo contrario se procederá conforme a la normativa vigente. OCTAVO: Se le previene al desarrollador que de acuerdo al Artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº MINAE-S-MOP-MAG-MEIC Alcance del trámite de EIA ante la SETENA, el cumplimiento del procedimiento de EIA no exime al desarrollador de una actividad, obra o proyecto, del trámite a cumplir ante otras autoridades de la Administración, de conformidad con las competencias y normativa vigentes, ni de cumplir con sus obligaciones o responsabilidades que de su gestión deriven. 4

5 NOVENO: Contra esta resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días a partir del día siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria ante la SETENA, y el de apelación ante el Ministro de Ambiente y Energía, de conformidad con los artículos 342 y siguientes de la Ley General de Administración Pública y 87 de la Ley Orgánica del Ambiente. DÉCIMO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicarse claramente el número de expediente, el número de resolución y el nombre completo del proyecto. Atentamente, ING. FREDDY BOLAÑOS CESPEDES SECRETARIO GENERAL EN REPRESENTACION DE LA COMISION PLENARIA 5

6 En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó copia de la Resolución Nº de las 07 horas 50 minutos del 07 de AGOSTO NOTIFÍQUESE: Jorge Alberto Granados Soto Caja Costarricense del Seguro Social / / Firma: cédula A las horas y minutos del de del Notifica 6

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0435-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2365-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0827-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0457-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2198-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 172-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1729-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1762-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1537-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1822-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1805-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1802-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 469-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1506-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 013-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2184-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA. PROYECTO CONDOMINIO VILLAREAL HOUSE Nº 21 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO No. D SETENA

Resolución Nº SETENA. PROYECTO CONDOMINIO VILLAREAL HOUSE Nº 21 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO No. D SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 015-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0420-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº 1401-2014-SETENA

Resolución Nº 1401-2014-SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1401-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0582-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 021-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

PROYECTO GENERACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICO JUANILAMA EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D SETENA

PROYECTO GENERACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICO JUANILAMA EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2558-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA PROYECTO REMODELACIÓN GENERAL DEL ESTADIO ELADIO ROSABAL CORDERO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D SETENA

Resolución Nº SETENA PROYECTO REMODELACIÓN GENERAL DEL ESTADIO ELADIO ROSABAL CORDERO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2470-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 036-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 08 HORAS 10 MINUTOS DEL 08 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO RED DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA INVERSIONES FINCA MIGUEL DE MIRAVALLES

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 40 MINUTOS DEL 13 MARZO DEL 2018. PROYECTO APARTAMENTOS CAMINOS DE ARANJUEZ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21518-2017-SETENA

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2377-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 008-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2305-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1121-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1297-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles