BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL RESERVADA PRESENCIAL. No PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN:

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1 BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL RESERVADA PRESENCIAL No PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: ARRENDAMIENTO DE ANDAMIOS QUE SE UTILIZARAN EN LA REHABILITACION DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 3 y 4 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 3, 4, 5, 51, 53, 54, 55 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante Ley ); 41,, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 55, 56, 57, 58 de su Reglamento (en adelante Reglamento ) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1, 3, 14, 15, 16, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 60 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante DAC S ), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera ubicada Km 10 carretera Coatzacoalcos - Villahermosa, CP 96400,Coatzacoalcos, Veracruz, con teléfonos EXT , y correos electrónicos:felipe.bautista@pemex.com; carlos.lopezso@pemex.com y aurora.huizar@pemex.com en adelante Convocante o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las BASES de Licitación que establece las BASES en las que se desarrollará la Licitación Pública nacional Reservada Presencial No , (en adelante BASES ), Solicitud de Pedido Núm A , que tiene por objeto los Servicios consistentes en : Arrendamiento de Andamios que se utilizaran en la Rehabilitacion de la Planta de Etileno del Complejo Petroquimico Cangrejera (en adelante Los Arrendamientos, que se describen en el Documento 01. Estas BASES constan de 19 Documentos. Página 1

2 CRONOGRAMA ACTO FECHA Y HORA LUGAR FECHA LÍMITE PARA ADQUIRIR LAS BASES VISITA(S) A INSTALACIONES JUNTA(S) DE ACLARACIÓN(ES) A LA CONVOCATORIA FECHA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS PLAZOS PARA QUE LA CONVOCANTE SOLICITE ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS Y/O PARA QUE LOS LICITANTES SUBSANEN OMISIONES EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LAS DAC S JUNTA PÚBLICA PARA DAR A CONOCER EL FALLO DE LA LICITACIÓN (FECHA ESTIMADA) SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO (FECHA ESTIMADA). 15-JUL JUL JUL :00 HORAS 22-JUL :00 HORAS 23-JUL-2013 AL 29-JUL AGO :00 HORAS 16-AGO-2013 A través del sistema de pago en banco, mediante depósito en firme en BBVA BANCOMER, en la cuenta No , con Clave Interbancaria No a nombre de PEMEX PETROQUIMICA CANGREJERA Ó transferencia electrónica en la cuenta BBVA Bancomer misma cuenta y clabe interbancaria. Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10, Col Centro. C.P , Coatzacoalcos, Veracruz, México. Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10, Col Centro. C.P , Coatzacoalcos, Veracruz, México. Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10, Col Centro. C.P , Coatzacoalcos, Veracruz, México. Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10, Col Centro. C.P , Coatzacoalcos, Veracruz, México. Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10, Col Centro. C.P , Coatzacoalcos, Veracruz, México. Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10, Col Centro. C.P , Coatzacoalcos, Veracruz, México. REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO AL CENTRO DE TRABAJO.- LOS REPRESENTANTES DE LOS LICITANTES QUE INGRESEN A LOS CENTROS DE TRABAJO E INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUÍMICA, DEBERÁN CUMPLIR CON LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD ESTABLECIDAS EN LAS OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. ANEXO SSPA. SIN EL CUMPLIMIENTO DE LO ANTERIOR, NO LE SERÁ PERMITIDO EL ACCESO A LAS INSTALACIONES. Página 2

3 RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO 01 Especificaciones Técnicas. 02 Aspectos Administrativos. 03 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta. 04 Formato para acreditar la nacionalidad, y personalidad jurídica del licitante Formato en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, 04-A que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. 05 Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los Servicios. 06 Formato de propuesta Técnica. 06-A Formato de propuesta Económica. 07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC S. Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para: A Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos. Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para: Garantizar los defectos y vicios ocultos de los Servicios y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad. NO APLICA Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. NO APLICA Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. NO APLICA Formato del documento de Compromisos con la Transparencia. Nota Informativa para incluir en las BASES de Licitación del Gobierno Federal. Modelo-Guía del Contrato. Causas de Desechamiento. 17 Niveles de supervisión de los Servicios. 18 ANEXO SSPA OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. Página 3

4 DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO Formato de manifestación escrita de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Fiscales Formato de solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitaciones. PARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA LICITACIÓN PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A ESTAS BASES DE LICITACIÓN, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS. PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO. Página 4

5 DOCUMENTO 01 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ARRENDAMIENTO DE ANDAMIOS PARA LA REHABILITACION DE LA PLANTA ETILENO EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA No. DE PARTIDA CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA 1 15 SERVICIO DESCRIPCIÓN ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 1.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X / METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 2.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X / METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 3.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X / METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 4.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 5.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 6.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 7.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 8.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE 9.00 METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS. Página 5

6 10 25 SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS. Página 6

7 22 3 SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS SERVICIO ARRENDAMIENTO DE ANDAMIO TUBULAR DE ALTA RESISTENCIA, CON SISTEMA DE CUÑAS Y ROSETAS PARA ARMAR SECCIONES COMPLETAS DESPLANTADAS A NIVEL DE PISO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ALCANCES DE LAS PARTIDAS REPARACIÓN DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA. METROS DE ALTURA X / METROS DE ANCHO, X /- METROS DE LARGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, MANO DE OBRA, ACARREO DE ANDAMIOS, COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO, ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE 04 CUADRILLAS COMPUESTAS POR 5 ARMADORES, 5 AYUDANTES 1 SUPERVISOR. CADA CUADRILLA LABORANDO 12 HORAS EN HORARIO DE 8:00 A 20:00 HORAS DE LUNES A DOMINGO. EL ARRENDAMIENTO INCLUYE HERRAMIENTA, EQUIPOS, Y ACCESORIOS QUE GARANTICE LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL SERVICIO DENTRO DEL PROGRAMA DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO. 1.-VIGENCIA DEL CONTRATO. EL ARRENDAMIENTO SERÁ EJECUTABLE EN 74 DÍAS NATURALES, DE ACUERDO A LAS NECESIDADES REALES DE LA PLANTA. PARA ATENDER OPORTUNAMENTE LOS TRABAJOS DE LA REPARACIÓN DE LA PLANTA. 2.-LA UNIDAD DE MEDIDA PARA ESTA SOLICITUD ES CANTIDAD DE ARRENDAMIENTOS Y NO POR CANTIDAD DE ANDAMIOS. 3.-EL CONCEPTO DE ARRENDAMIENTO INCLUYE: ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS, COLOCACIÓN, ARMADO, DESARMADO, ACARREO DE ANDAMIOS Y MANO DE OBRA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO. 4.-LOS ANDAMIOS ARRENDADOS DEBEN ESTAR DISPONIBLES EN EL LUGAR DONDE LO INDIQUE EL SUPERVISOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE ESTE CENTRO DE TRABAJO, DE ACUERDO AL PROGRAMA DE REPARACIÓN DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA. 6.-LAS MEDIDAS DE LOS ANDAMIOS SIRVEN SOLO COMO REFERENCIA DE CALIDAD DE UNA MARCA DETERMINADA, SE PODRÁ SUMINISTRAR EQUIVALENTE, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAN CON LA CALIDAD Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ALCANCES DE LAS PARTIDAS. 7.-EL PROVEEDOR DEBE PRESENTAR EL EQUIPO SOLICITADO, EN SUS INSTALACIONES, PARA SU REVISIÓN POR PARTE DEL SUPERVISOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, QUE CONSTATARA EL CUMPLIMIENTO DE LO ACORDADO. 8.-EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR EN TIEMPO LOS EQUIPOS ARRENDADOS, ASÍ COMO, REALIZAR LOS TRÁMITES NECESARIOS PARA EL INGRESO DEL PERSONAL QUE LABORARA EN EL INTERIOR DEL C. P. CANGREJERA A PARTIR DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO. 9.-SE DEBE DE CONSIDERAR QUE AL MOMENTO DEL PLAZO DEL ARRENDAMIENTO, SE EFECTUARAN OTROS TRABAJOS EN LA REPARACIÓN, CON OTRAS CONTRATISTAS, QUE EN EL RUBRO DE EQUIPOS SE LES ESTA SOLICITANDO ANDAMIOS POR CONSIGUIENTE, LOS ACCESORIOS DE LOS Página 7

8 ANDAMIOS ARRENDADOS DEBEN DE PRESENTARSE BIEN IDENTIFICADOS POR EL PROVEEDOR DEL ARRENDAMIENTO Y TOMAR MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EVITAR CUALQUIER DISCREPANCIA AL MOMENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. NORMATIVIDAD QUE DEBE CUMPLIR NRF-237-PEMEX-2009 ESTRUCTURAS METÁLICAS PARA TRABAJOS EN ALTURA (ANDAMIOS) APLICA PARA TODOS LOS COMPONENTES. NRF-024-PEMEX-2009 CINTURONES, ARNESES, LÍNEAS DE SUJECIÓN Y LÍNEAS DE VIDA. APLICA PARA EL IZAGE DE LOS ANDAMIOS. NOM-009-STPS-2011 "CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA" 400-GCSIPA-PO-14 PROCEDIMIENTO CRÍTICO DE PREVENCIÓN DE CAÍDAS TERCERA REVISIÓN 400-GCSIPA-PO-12 PROCEDIMIENTO CRÍTICO PARA LA COLOCACIÓN DE BARRERAS Y BARRICADAS ÚLTIMA REVISIÓN 400-GCSIPA-PO-15 PROCEDIMIENTO CRÍTICO SELECTIVO DE EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL TERCERA REVISIÓN 400-GCSIPA-PO-17 PROCEDIMIENTO CRÍTICO PARA EL TRÁMITE Y USO DE LOS PERMISOS DE TRABAJO. TERCERA REVISIÓN NOTAS PARA EL LICITANTE A) EL LICITANTE DEBE PRESENTAR PARA EL ANÁLISIS, INFORMACIÓN TÉCNICA, CLARA, LEGIBLE Y CON ILUSTRACIONES DE LOS ANDAMIOS QUE PROPONE, DONDE ACREDITE LAS ESPECIFICACIONES REQUERIDAS Y QUE DEBE IDENTIFICAR CLARAMENTE DE ACUERDO A LO SOLICITADO EN LAS NOTAS DE LA REQUISICIÓN, TODO EN DOCUMENTACIÓN ORIGINAL O FOTOCOPIA SIMPLE LEGIBLE. B) LOS CATÁLOGOS Y/O FICHAS TÉCNICAS PROPORCIONADAS PARA ANÁLISIS DE SU PROPUESTA, DEBEN INDICAR CLARAMENTE EL CONTENIDO DE LAS PARTIDAS CORRESPONDIENTE. C) DEBE ENTENDERSE QUE LA UNIDAD DE MEDIDA "SERVICIO" SE REFIERE A UNA SECCIÓN COMPLETA DE ANDAMIO (POSTE, LARGUERO, CONTRAVIENTO, PLATAFORMA, ESCALERA, ETC.) QUE PODRÁN SER COLOCADOS Y DESMANTELADOS CUANTAS VECES LO REQUIRA EL SUPERVISOR DEL COMPLEJO. D) SE VERIFICARA LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA DE LOS CATÁLOGOS, FICHAS TÉCNICAS O DIBUJOS DE LOS BIENES PROPUESTOS, LOS CUALES EN CASO DE ESTAR EN OTRO IDIOMA DIFERENTE AL ESPAÑOL, DEBE PRESENTAR UNA TRADUCCIÓN SIMPLE A ESTE IDIOMA, CON LA FINALIDAD DE REALIZAR LA EVALUACIÓN TÉCNICA. E) EL LICITANTE DEBE INDICAR EN SU PROPUESTA LA MARCA Y MODELO DE LOS ANDAMIOS A UTILIZAR EN EL ARRENDAMIENTO. F) EL LICITANTE DEBE INDICAR EN SU OFERTA TÉCNICA EL GRADO DE INTEGRACIÓN DE LOS BIENES, EL CUAL DEBE SER MÍNIMO EL 65% CONTENIDO NACIONAL. G) EL LICITANTE DEBE INDICAR EN SU OFERTA TÉCNICA QUE LOS BIENES QUE PROPONE SE ENCUENTRAN EN BUENAS CONDICIONES Y NO SER HECHIZOS. I) EN CASO DE QUE EL LICITANTE HUBIESE ACORDADO CON OTRO U OTROS ELEVAR LOS COSTOS DE LOS TRABAJOS, DESVIRTUAR EN CUALQUIERA OTRA FORMA LOS PROPÓSITOS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN, O CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS DEMÁS LICITANTES. J) LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS, CÓDIGOS. PROCEDIMIENTOS O ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES. K) PARA LOS CASOS DE TRABAJOS DE ALTURA Y/O ESPACIOS CONFINADOS, REFERIDOS EN LOS PROCEDIMIENTOS CRÍTICOS DE PEMEX PETROQUIMICA, EL LICITANTE DEBE DE CONSIDERAR COPIA SIMPLE DE LA CEDULA PROFESIONAL DEL PROFESIONISTA DE LA SALUD, QUIEN VALORARA A LOS TRABAJADORES DE APTITUD PARA LABORAR EN LOS CASOS DESCRITOS. L).-EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER REQUISITO SOLICITADO EN LAS BASES DE LICITACIÓN. M).-EL NO CUMPLIR A LO ANTERIOR Ó CON LA DOCUMENTACIÓN Y REQUISITOS SOLICITADOS SERÁ CAUSA DE DESCALIFICACIÓN. NOTAS PARA EL PROVEEDOR 1.-EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR INFORMACIÓN Y FICHA TÉCNICA EN ORIGINAL, LEGIBLE Y CON ILUSTRACIONES, EXPEDIDA POR EL FABRICANTE, DONDE ESPECIFIQUE LAS CARACTERÍSTICAS REQUERIDAS DE LOS ANDAMIOS. 2.-EL TRANSPORTE DE LOS ANDAMIOS PARA EL ARRENDAMIENTO DE LOS ANDAMIOS HASTA LA PLANTA DE ETILENO EN EL INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, ES POR CUENTA Y RIESGO DEL PROVEEDOR, ASÍ COMO LAS MANIOBRAS. 3.-SI SE PRESENTAN FALLAS EN LOS ANDAMIOS QUE IMPIDAN SU OPERACIÓN DE MANERA SEGURA, EN EL DADO CASO QUE SE REQUIERA EL REMPLAZO DEL MISMO, EL REMPLAZO DEBE SER DE INMEDIATO, CON EL ANDAMIO DE LAS CARACTERÍSTICAS SOLICITADAS, POR LO QUE SE HARÁN LAS DEDUCTIVAS EN LA ORDEN DE ACEPTACIÓN. 4.-EL PROVEEDOR SE OBLIGA A CONTAR CON UN REPRESENTANTE TÉCNICO ADMINISTRATIVO, EXCLUSIVAMENTE PARA ESTE CONTRATO, PARA REALIZAR LAS FUNCIONES DE SUPERVISIÓN DE SUS EQUIPOS Y EFECTUAR LABORES RELACIONADAS CON LA ADMINISTRACIÓN DEL MISMO, Página 8

9 QUIEN ESTARÁ AUTORIZADO Y CAPACITADO PARA RESOLVER CUALQUIER SITUACIÓN ANTE EL SUPERVISOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA. 5.-EL PROVEEDOR DEBE CONTAR CON UNA BODEGA MÓVIL, PARA EL ALMACENAJE DE LOS ANDAMIOS Y PARA SU LOCALIZACION, MISMA QUE SE COLOCARÁ EN EL LUGAR DESTINADO PARA CONTRATISTAS EN EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA O DONDE LO INDIQUE EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA. EL TRANSPORTE DE LA BODEGA HASTA LA PLANTA DE ETILENO EN EL INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, ES POR CUENTA Y RIESGO DEL PROVEEDOR, ASÍ COMO LAS MANIOBRAS. 6.-EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LABORAR EN UN TURNO CONTINUO DE 12 HORAS, DE 08:00 A 20:00 HRS. DE LUNES A DOMINGO. DEBE DE TENER DISPONIBILIDAD PARA LABORAR LAS 24 HORAS DEL DÍA SEGÚN SE REQUIERA Y SE INDIQUE POR EL SUPERVISOR DEL C.P. CANGREJERA 7.-EL PROVEEDOR AL TÉRMINO DEL PLAZO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, DEBE RETIRAR SUS ANDAMIOS DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, CASO CONTRARIO EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA NO SE HARÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS O PERJUICIOS QUE SUFRAN LOS ANDAMIOS. 8.-EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DEBE TOMAR PLATICAS DE SEGURIDAD CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LOS SERVICIOS, LAS CUALES SON IMPARTIDAS POR PERSONAL DE LA SUBGERENCIA DE CALIDAD, SEGURIDAD INDUSTRIAL PROTECCIÓN AMBIENTAL. 9.-PREVIO AL INICIO DE LA JORNADA DE TRABAJO, EL REPRESENTANTE POR PARTE DEL PROVEEDOR EN COORDINACIÓN CON EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, SE REUNIRÁN PARA EVALUAR EL PERMISO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE. 10.-ES RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR REALIZAR LOS SERVICIOS DE ESTE CONTRATO SIN OCASIONAR NINGÚN TIPO DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, NI DAÑOS A TERCEROS QUE GENEREN DETERIORO ECOLÓGICO. 11.-EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON LA REGLAMENTACIÓN DE SEGURIDAD DE HIGIENE INDUSTRIAL TANTO FEDERAL, NORMAS DE LA S.T.P.S COMO DE PETRÓLEOS MEXICANOS, ASÍ COMO LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA. 12.-EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO SSPA "OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS". 13.-EL PROVEEDOR DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO PROPORCIONARA TODAS LAS REFACCIONES, ACCESORIOS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES QUE SE REQUIERAN PARA MANTENER EN CONDICIONES OPTIMAS, LA OPERACIÓN DE LOS ANDAMIOS, Y EL DESARROLLO DE ESTE ARRENDAMIENTO. 14.-EL PROVEEDOR NO PODRÁ SUBCONTRATAR EL O LOS EQUIPOS(S), PREVIA AUTORIZACIÓN DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO, CUANDO ESTOS PRESENTEN FALLAS MECÁNICAS QUE IMPOSIBILITEN LA CONTINUIDAD OPERATIVAS DE LOS MISMOS, POR UN EQUIPO DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS AL EQUIPO QUE PRESENTO LA FALLA, DEBIENDO PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE EVIDENCIE EL CUMPLIMIENTO DE LAS CARACTERÍSTICAS SOLICITADAS. 15.-EL PROVEEDOR DEBE PROPORCIONAR LOS EQUIPOS ARRENDADOS CON IDENTIFICACIÓN DE SU EMPRESA, CON EL PROPÓSITO DE QUE AL RETIRARLOS NO SE CONFUNDAN CON LOS EXISTENTES EN EL CENTRO DE TRABAJO. EQUIPO QUE NO CUENTE CON ESTE DISTINTIVO SE RECHAZARA AL MOMENTO DE LA CONFRONTA FÍSICA ANTES DE SU RECEPCIÓN, ASÍ COMO AL FINAL DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO NO PODRÁ RETIRARLOS DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA SIN LA IDENTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE. 16.-EL SUPERVISOR DESIGNADO POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA EN COLABORACIÓN CON EL PROVEEDOR DE LOS EQUIPOS ARRENDADOS, RECEPCIONARA LOS ANDAMIOS REALIZANDO UN LISTADO DE LOS EQUIPOS INGRESADOS A ESTE CENTRO DE TRABAJO, MISMO QUE SE UTILIZARA PARA SU RETIRO UNA VEZ QUE LO INDIQUE EL SUPERVISOR AL TÉRMINO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO. 17.-EL PROVEEDOR DEBE INSTRUIR A SU PERSONAL PARA DAR CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD DE ESTE CENTRO DE TRABAJO. 18.-EL PROVEEDOR DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO DEBE MANTENER EL PERSONAL NECESARIO PARA LA INSTALACIÓN, ARAMADO, DESARMADOS DESMANTELAMIENTO Y ACARREO DE LOS ANDAMIOS, PARA ATENDER LAS NECESIDADES REQUERIDAS. 19.-EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR PARA LAS ORDENES DE SURTIMIENTO UNA CANTIDAD MAXIMA DE 60 SERVICIOS Y UNA MINIMA DE 15 SERVICIOS. 20.-EL PROVEEDOR DEBE PROPORCIONAR AL MOMENTO DEL INICIO DEL ARRENDAMIENTO, GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO AL CONTRATO CON VIGENCIA MÍNIMA DE 6 MESES. 21.-EL PROVEEDOR DEBE CONTAR CON VIGILANTE PARA RESGUARDO DE SUS EQUIPOS YA QUE LA EMPRESA NO SE HACE RESPONSABLE DE LOS MISMOS. 22.-EL PROVEEDOR DEBE TRAMITAR LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE NECESARIA PARA QUE LOS EQUIPOS ARRENDADOS, HERRAMIENTAS Y EL PERSONAL QUE EJECUTARÁ LOS TRABAJOS, TENGAN ACCESO AL INTERIOR DEL C. P. CANGREJERA AL INICIAR LA VIGENCIA DEL CONTRATO. 23.-EL PROVEEDOR DEBE OBSERVAR LAS RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD QUE SE ESTABLEZCAN EN LAS ORDENES ESCRITAS PROPORCIONADAS POR EL SUPERVISOR PARA REALIZAR LA COLOCACIÓN, DESMANTELAMIENTO Y EL ACARREO DE LOS ANDAMIOS. Página 9

10 NOTAS GENERALES 1.-PARA EL TRASLADO DE LOS ANDAMIOS EN EL INTERIOR DEL C.P CANGREJERA, SERÁ INDICADO POR EL SUPERVISOR DEL ARRENDAMIENTO ASIGNADO POR EL C.P.CANGREJERA. 2.-EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA SE EXIME DE RESPONSABILIDAD ALGUNA, RESPECTO DE PERDIDA TOTAL O PARCIAL DE LOS EQUIPOS, PROPIEDAD DEL PROVEEDOR EN LOS EVENTOS DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. SE DEBE DE CONSIDERAR QUE PARA ESTE PLAZO DE EJECUCIÓN EN LA PLANTA DE ETILENO SE TIENEN CONTEMPLADOS, OTROS TRABAJOS CON DIFERENTES CONTRATISTAS SOLICITÁNDOLES ANDAMIOS TUBULAR POR CONSIGUIENTE DEBEN DE ESTAR BIEN IDENTIFICADOS LAS PIEZAS DE LOS ANDAMIOS A UTILIZARSE EN ESTE ARRENDAMIENTO. 3.-EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA NO SUMINISTRARA MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA MANO DE OBRA Y MATERIALES, PARA EL PRESENTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. 4.-ESQUEMAS DE PENAS CONVENCIONALES: RESPECTO DE CADA ORDEN, LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE EL PROVEEDOR SE HAGA ACREEDOR POR EL ATRASO EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, SE CALCULARAN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL PLAZO PACTADO PARA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS, O EN SU CASO MODIFICADO MEDIANTE CONVENIO Y SERÁN DETERMINADAS SOBRE EL VALOR DE LOS ARRENDAMIENTOS PENDIENTES DE EJECUTAR, A RAZÓN DEL 0.5% POR CADA DÍA CALENDARIO DE ATRASO Y HASTA EL 10% DEL IMPORTE DE ORDEN DE QUE SE TRATE. 5.-CONDICIÓN DE PRECIO: PRECIO FIJO. 6.-LAS ORDENES DE SURTIMIENTO SERÁN POR 15 DÍAS MAXIMO. 7-CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: TOTALIDAD DE LAS PARTIDAS 8.-CONDICIÓN DE ENTREGA: LA ENTREGA DEL ARRENDAMIENTO DEBE SER EN LA PLANTA DE ETILENO CANGREJERA. A DONDE LO MANIFIESTE EL SUPERVISOR DEL ARRENDAMIENTO. DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO 9.-LA ENTREGA DEBE SER POR TOTALIDAD DE LAS PARTIDAS 10.-SOLICITUD DE SUPERVISIÓN: DOCUMENTO QUE DEBEN ENTREGAR LOS PROVEEDORES DE LOS BIENES, ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS AL ÁREA O PERSONAL DESIGNADO PARA REALIZAR LA SUPERVISIÓN ASIGNADO POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO RESPECTIVO, DEBIÉNDOSE ENTREGAR DICHA SOLICITUD DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE CUALQUIER VÍA VIGENTE. DICHO DOCUMENTO DEBE CONTENER EL MEMBRETE, LA RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA, NÚMERO DE TELÉFONO, NOMBRE, NÚMERO DE CONTRATO O EN SU CASO, LAS ÓRDENES DE SERVICIO Y FIRMA DE UN REPRESENTANTE, LOS DATOS PARA RELACIONAR ARRENDAMIENTO O SERVICIO CON EL CONTRATO ESPECÍFICO, ASÍ COMO INDICAR LUGAR, FECHA, HORARIO DE ATENCIÓN, PERSONAL FACULTADO POR EL PROVEEDOR PARA ATENDER LA INSPECCIÓN. 11.-NO SE ACEPTA LA SUBCONTRATACIÓN PARA ESTE ARRENDAMIENTO 12.-LA ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO SE REALIZARA A TRAVÉS DEL SUPERVISOR ASIGNADO POR PEMEX PETROQUÍMICO PARA ESTE CONTRATO. 13.-LOS ANDAMIOS ARRENDADOS DEBEN REUNIR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, CALIDAD Y FUNCIONALIDAD REQUERIDAS, POR LO QUE NO SE ACEPTARAN COMPONENTES QUE SE ENCUENTREN EN MALAS CONDICIONES PARA BRINDAR EL SERVICIO Y SE DEBEN REPONER LOS COMPONENTES RECHAZADOS DE MANERA INMEDIATA. 14.-PARA LOS CASOS DE TRABAJOS DE ALTURA Y/O ESPACIOS CONFINADOS, REFERIDOS EN LOS PROCEDIMIENTOS CRÍTICOS DE PEMEX PETROQUIMICA, EL LICITANTE DEBE DE CONSIDERAR EN SUS COSTOS INDIRECTOS LOS SERVICIOS MÉDICOS DE UN PROFESIONISTA DE LA SALUD QUE CUENTE CON CÉDULA PROFESIONAL, LO ANTERIOR PARA EFECTUAR LAS VALORACIONES A LOS TRABAJADORES DE APTITUD PARA LABORAR EN LOS CASOS DESCRITOS.DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO OPERATIVO CRITICO PARA TRABAJOS EN ALTURA 400- ACSIPAPO-14-REV. 03 Y COMPLETARA EL FORMATO 400-GCSIPA-FO-19 PARA CADA TRABAJADOR ANTES DE INICIAR SUS ACTIVIDADES DIARIAS, EL FORMATO DEBE DE ENTREGARSE AL SUPERVISOR DEL CONTRATO PARA SU REVISIÓN Y CONTROL, AL MOMENTO DE RECOGER LA ORDEN DE TRABAJO DIARIAMENTE. A LOS TRABAJADORES QUE REALICEN TRABAJOS EN ALTURA SE LES DEBE PRACTICAR EXÁMEN MÉDICO AL INICIO DE LA JORNADA : 1) EL NOMBRE DEL TRABAJADOR 2) LA EVALUACIÓN MÉDICA DEL TRABAJADOR, Y 3) EL NOMBRE DEL MÉDICO, SU FIRMA Y NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL. EL ÚLTIMO EXAMEN PRACTICADO DEBERÁ CONSERVARSE MIENTRAS EL TRABAJADOR SE MANTENGA ACTIVO EN LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS EN ALTURA Y/O ESPACIOS CONFINADOS.TENER DISPONIBLE Y VIGENTE UNA LISTA DEL PERSONAL APTO PARA DESARROLLAR EN ACTIVIDADES DE TRABAJOS DE ALTURA Y/O ESPACIOS CONFINADOS. 15.-NO EXISTE LA POSIBILIDAD DE OPCIÓN DE COMPRA DE ESTOS ANDAMIOS AL TERMINO DEL PRESENTE ARRENDAMIENTO. 16.-EL SUPERVISOR SE ENCARGARA DE REALIZAR LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES PARA ENTREGAR LOS ANDAMIOS QUE INGRESADOS CON LA IDENTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE DE LA COMPAÑÍA QUE PROPORCIONO EL ARRENDAMIENTO, QUIENES LOS RECOGERÁN UNA VEZ QUE EL SUPERVISOR LO INDIQUE. 17.-ESTE ARRENDAMIENTO SE EFECTUARA POR CANTIDAD DE SERVICIOS. Página 10

11 DOCUMENTO 02 MODELO ADMINISTRATIVO I N D I C E 1. Consulta y/u obtención de las BASES de la Licitación. 1.1 Para consulta y /u obtención 1.2 Pago de Bases. 2. Información General sobre el Procedimiento. 2.1 Condiciones Generales de la Licitación. 2.2 Participación de Testigos Sociales. NO APLICA 3. Eventos previos a la presentación de propuesta. 3.1 Visitas a los sitios de instalación de los Servicios. 3.2 Junta(s) de aclaraciones a las bases de Licitación. 3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación 3.4 Etapa de precalificación del licitante. NO APLICA. 4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. NO APLICA Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuesta Indicaciones generales para el desarrollo de los actos Acto de presentación y apertura de propuesta Métodos de evaluación Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio Negociación de precios. NO APLICA Ofertas subsecuentes de descuentos. NO APLICA. 5 Criterios de adjudicación Abastecimiento simultáneo. NO APLICA. 6. Casos en que se declarará desierta la licitación. 7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas. 8. Causas de desechamiento de propuesta. Página 11

12 9. Fallo. 10. Inconformidades. 11. Firma del Contrato. 12. Aspectos contractuales básicos Contrato Vigencia Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato Ordenes de Servicio Condición, plazo y lugar de entrega de los Servicios Recepción de los Servicios Supervisión de los servicios 12.4 Garantías Anticipo. NO APLICA Condiciones y forma de pago Ajuste de Precios. NO APLICA Facturación Penalizaciones Rescisión Administrativa del Contrato Información Reservada y Confidencial Seguros Fuentes de Financiamiento. NO APLICA Propiedad Industrial y Derechos de Autor ANEXO SSPA, Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que Realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, 1ra. Versión Junio Compromisos con la Transparencia. Página 12

13 Este procedimiento de contratación de arrendamientos se convoca: LICITACION PÚBLICA NACIONAL RESERVADA PRESENCIAL Este procedimiento de contratación se realiza bajo la Cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio Siguientes: TLC México-América del Norte, TLC México- Costa Rica, TLC México-Colombia (G-3), TLC México-Israel, TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC-México-Japón y bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio Siguientes: TLC México Chile. Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería. 1. Consulta y/u obtención de las BASES de la Licitación. La publicación de las BASES de la Licitación Pública se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica Asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente: 1.1 Para consulta y/u obtención A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, en la Ventanilla de Atención a Proveedores localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, C.P Coatzacoalcos, Ver. México. B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica: Pago de BASES: El pago de las BASES de la Licitación se realizará en cualquiera de las opciones que se indican a continuación: a) A través del sistema de pago en banco, mediante deposito en firme en BBVA BANCOMER, en la cuenta No , con Clave Interbancaria No a nombre de PEMEX PETROQUIMICA CANGREJERA y tienen un costo de $2, (Dos mil ciento cuarenta y dos Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. b) En transferencia electrónica en la cuenta BBVA Bancomer cuenta No , Con Clabe interbancaria No a nombre de Pemex Petroquímica Complejo Petroquímico Cangrejera y tienen un costo de $2, (Dos mil ciento cuarenta y dos Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. Página 13

14 Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. Las BASES de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica: siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido. 1. En el caso de propuestas conjuntas (consorcios), bastará que alguno de los integrantes del consorcio, realice el pago de BASES de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores. La fecha límite de pago de BASES de licitación será el día: 15 de julio de Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite:15 de julio de Para el caso de pago a través del sistema en banco, Pemex Petroquímica se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante cumpla con lo establecido en estas BASES, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de BASES, que se indica en las presentes BASES. 2. Información General sobre el Procedimiento Condiciones Generales de la Licitación. No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC S. 3. Eventos previos a la presentación de propuesta. 3.1 Visitas a los sitios donde se prestaran los Arrendamientos. La visita al sitio donde se prestaran los Servicios se llevará a cabo el día 08 de julio del 2013 a las 10:00 horas en: la Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales del complejo Petroquímico Cangrejera, la cual únicamente tendrá por objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los Servicios a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico, misma que será coordinada por el Ing. Julio Cesar Lagunas López adscrito a la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento. Reglas para la visita a los sitios donde se prestaran los Arrendamientos: Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios donde se prestaran Arrendamientos, preferentemente entregarán un escrito libre al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos: Número de la licitación. Objeto de la licitación. Nombre de la persona física o Moral. Página 14

15 Nombre y firma del Representante. En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración en el acto de junta de aclaraciones conforme a lo indicado en el segundo y tercer párrafos del numeral 3.2 de estas BASES de Licitación. Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de petróleos mexicanos y organismos subsidiarios, anexo SSPA revisión vigente; sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones. 3.2 Junta(s) de aclaraciones a las BASES de Licitación. La(s) junta(s) de aclaración a las BASES de Licitación se llevará a cabo el día 11 de julio de 2013 a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P Coatzacoalcos, Ver. México, siendo optativa la asistencia de los licitantes a las reuniones que, en su caso, se realicen. Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las BASES de licitación, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en las siguientes direcciones: carlos.lopezso@pemex.com y aurora.huizar@pemex.com o entregarlas personalmente en interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, en el domicilio de la convocante ubicado en en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P Coatzacoalcos, Ver. México, a más tardar (48) cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones. Solo podrán hacer preguntas, planteamientos y solicitudes de modificación los licitantes que hayan pagado las BASES de licitación, debiendo entregar copia simple del recibo correspondiente. Preferentemente indicar el numeral de las BASES de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación. Después de la fecha y hora indicada no se recibirán preguntas o solicitudes de aclaración. De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica. 3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación. Pemex Petroquímica podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones Página 15

16 en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación. El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales, dicha difusión se llevará a cabo el día 12 de julio de Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivadas de la o la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta. Pemex Petroquímica entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, el día hábil siguiente de la última junta de aclaraciones; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que se entregarán y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica: Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de licitación, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet independientemente de que pueda acudir a solicitarla al domicilio de la convocante. 3.4 Etapa de precalificación del licitante. NO APLICA. 4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento. El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación: A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. Debiendo Acreditar la nacionalidad y personalidad jurídica, mediante: EL DOCUMENTO 04, en original en papel membretado de su empresa bajo protesta de decir verdad y firmado por el representante legal que firma la propuesta. En el caso de presentar una propuesta conjunta, se deberá entregar la información que acredite la nacionalidad y personalidad jurídica de cada una de las personas físicas y/o morales que integran el consorcio. Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las BASES de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta. B) Elaborar y entregar la propuesta, la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas BASES de licitación, en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, así como en los documentos 04, 06, 06A y 07. Página 16

17 Las propuestas se presentarán dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información: Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación. Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las propuestas foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta de acuerdo al Documento 03. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta. C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley y el artículo 12 de las DAC S, conforme al Documento 07. D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Servicios que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01. Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español. La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas BASES de licitación. En el Documento 06 se deberán describir los Servicios propuestos para cada una de las partidas y no se aceptarán indicaciones tales como: marca o similar o equivalente, marca propia cotizo mi marca, cotizo de acuerdo a lo solicitado, incluido, sin costo y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo Servicios o que no indique la marca de las refacciones o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta. E) Elaborar su propuesta económica en moneda nacional conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables. F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con los incisos a), b), c) y e) del artículo 24 de las DAC S. Observando los términos establecidos a continuación: a) En la propuesta se indicará la forma en que pretendan organizarse las personas que la presenten, pero no será necesario constituir una persona jurídica distinta de dichas personas; Página 17

18 b) La propuesta establecerá las actividades a que se obliga cada una de las personas participantes conforme al convenio que al efecto celebren y que adjunten a la misma; asimismo, deberá señalar a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos; c) Se exige que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente; e) Se requiere la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran. F.1) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas; b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación; c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran. d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente; En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios; f) En la propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control Página 18

19 del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos; F.2) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al numeral 4 inciso A), de estas BASES de Licitación. F.3) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo. F.4) Presentar el escrito a que se hace referencia en el numeral 4 inciso C) de estas BASES de Licitación, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta. F.5) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, calidad, defectos y vicios ocultos de los Servicios, la cual deberá otorgarse conforme al numeral F.6) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del numeral 11 de estas BASES, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato, debiendo contener como mínimo lo indicado en el Documento 11. F.7) La experiencia en la prestación de los Servicios, deberá acreditarse por el representante común en base a la experiencia de cada persona que integra la propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4 inciso K), de estas BASES. F.8) La capacidad técnica y financiera se acreditará por cada integrante del grupo de personas que integran la propuesta conjunta. G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas, preferentemente entregar el Documento 03, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuestas. H) Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes, preferentemente entregar el Documento XXX, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. -NO APLICA- I) No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería. J) El licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS que se incluye como documento 05, la información de la integración nacional de la mano de obra utilizada en Página 19

20 la prestación de los servicios que oferte, expresada en porcentaje, así como la marca de los bienes que utilice como refaccionamiento. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo. K) Contar con experiencia en la prestación de los Servicios, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el numeral 4.2 del Documento 01. L) Contar con la capacidad técnica necesaria, lo cual deberá acreditarse con lo indicado en el Documento 01. M) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los Arrendamientos que se oferten en la presente licitación, deberá ser mínimo de 65%. N) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de ejecución de los Arrendamientos. O) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden. Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios: Tamaño Sector Estratificación Rango de número de trabajadores Rango de monto de ventas anuales (mdp) Tope máximo combinado* Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6 Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 Desde $4.01 hasta $ Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $ Servicios Desde 51 hasta 100 hasta $250 Industria Desde 51 hasta 250 Desde $ hasta $ *Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%. El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría. Página 20

21 Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la propuesta, el licitante ganador deberá entregar previo a la firma del contrato dicho manifiesto. P) El licitante deberá manifestar que los bienes que utilice como refaccionamiento en la realización de los Arrendamientos serán nuevos Q) Los Servicios que integran las presentes BASES de Licitación podrán ser subcontratados de acuerdo a lo indicado en el Documento 01. (NO APLICA) 4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. NO APLICA. 4.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuesta. Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento Indicaciones generales para el desarrollo de los actos. A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que el licitante, presente el recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al Documento 04-A. No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. En caso de que el licitante presente el original del comprobante de pago de las Bases y no incluya copia del mismo, el comprobante original se le devolverá una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, previa obtención de la copia correspondiente. B) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas BASES de Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas. C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto. Página 21

22 D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente. E) En el acto de presentación y apertura de propuesta, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. F) En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuesta, por causas ajenas a la voluntad de Petróleos Mexicanos o la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas. NO APLICA. G) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuesta, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de publicaciones, a un lado de la portada helipuerto sito en el interior del Complejo Petroquímico Cangrejera, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. H) A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. 4.4 Acto de presentación y apertura de propuesta. El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC S, el día 22 de julio de 2013 a las 10:00 horas, ubicada en la Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P , Coatzacoalcos, Ver., México. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura. Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran Página 22

23 sean identificados con los nombres indicados en el Documento 0X Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas Las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente de la misma forma bajo el método: Binario, El cual consiste en verificar si las propuestas recibidas cumplen con base a los Métodos y Criterios de evaluación que se indican en el Numeral del Documento 02 de estas bases de licitación. Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales. A. Se verificará que los aspectos técnicos de los Arrendamientos cumpla con lo solicitado en el DOCUMENTO 01, y en su caso, haber considerado todas las aclaraciones y modificaciones a la Convocatoria o a las Bases de Licitación las que estarán consideradas en la Versión Final de estas Bases de Licitación, conforme a lo estipulado en los artículos 25 y 26 de las DAC S B. Los aspectos técnicos deberán cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el numeral 4 incisos A, B), C), D) así como con el DOCUMENTO 06 de estas bases de licitación. C. En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el Numeral 4 inciso F) del numeral 4 por lo que, el incumplimiento de cualquier de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada. D. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la capacidad técnica serán: Las indicadas en el DOCUMENTO 01 E. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: Los Indicados en el DOCUMENTO 01 Criterios de evaluación de aspectos económicos. A) La base para evaluar la oferta será por el total de las partidas del Arrendamiento. (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma B) Los aspectos económicos de la propuesta deberán cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el Numeral 4 inciso E) así como con el DOCUMENTO 06-A de estas bases de licitación C) En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, en tal caso la proposición será desechada. Página 23

24 Precio no aceptable: es aquél que derivado de la investigación de mercado realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación. Pemex Petroquímica podrá llevar a cabo en la evaluación de las propuestas la verificación del importe total de la oferta solvente que ofertó el importe total más bajo y resulta conveniente, en caso de que los importes totales resulten no convenientes la propuesta podrá ser desechada, para lo cual la convocante aplicará la siguiente operación El cálculo del precio conveniente del importante total únicamente se llevará a cabo cuando se requiera acreditar que los precios ofertados se desechan por inconvenientes, porque se encuentra por debajo del precio determinado conveniente, conforme a lo siguiente: Para calcular cuándo un precio es conveniente, se aplicará la siguiente operación: I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en una licitación pública, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña; II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos; III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento (40%), y IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a este apartado serán considerados precios convenientes. De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de las DAC S, Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de las propuestas podrán ser aclaradas o subsanadas, si así lo determina PEMEX PETROQUIMICA durante la etapa de evaluación. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de PEMEX PETROQUIMICA, no será motivo para desechar sus propuestas. PEMEX PETROQUIMICA fijará un plazo para que se realicen las aclaraciones y para que en su caso se subsane la omisión que corresponda. Para tal efecto PEMEX PETROQUIMICA solicitará las aclaraciones por escrito y las respuestas de los Licitantes también serán por escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso se solicitarán que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances. Página 24

25 4.4.2 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuesta, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren. 4.5 Negociación de Precios. NO APLICA Ofertas subsecuentes de descuentos. NO APLICA. 5. Criterios de adjudicación. Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a: I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo. li. La adjudicación del Contrato será por: TOTAL DE LAS PARTIDAS. 6. Casos en que se declarará desierta la licitación. Con fundamento en el Artículo 36 de las DAC S, la Convocante podrá declarar desierta esta licitación pública, cuando: La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los siguientes casos: I. No se presenten propuestas; II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados; III. Las propuestas económicas no resulten aceptables, ó IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las presentes bases de licitación.. 7. Cancelación de la licitación, totalidad de las partidas. La Convocante, podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, por cualquier causa. Conforme a los supuestos previstos en el artículo 37 de las DAC S Página 25

26 La convocante podrá cancelar la licitación o uno o varias solicitudes de pedido o posiciones cuando se presente: a) Caso fortuito o fuerza mayor; b) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas por escrito por el área requirente que provoquen la extinción de la necesidad de adquirir o arrendar los bienes o contratar la prestación de los servicios; c) Se acredite que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a Petróleos Mexicanos o PEMEX Petroquímica; La determinación de dar por cancelada la licitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme lo establece el artículo 35 de la Ley. Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan de acuerdo a lo siguiente: Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos: Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda. 8. Causas de desechamiento de propuestas. Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta. 9. Fallo. El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC S, el día 06 de agosto del 2013 a las 14:00 horas, en la Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales ubicada en la Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km. 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P , Coatzacoalcos, Ver., México. En dicho acto, se levantará el Acta de Fallo de la licitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún licitante, no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación en las oficinas de la Superintendencia de Recursos Materiales de las 8:00 a 16:00 horas en días hábiles, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, sito en Carretera Coatzacoalcos Página 26

27 Villa hermosa KM 10, CP 96400, Coatzacoalcos, Ver., siendo de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta incluyendo el fallo, en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación, a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. 10. Inconformidades. En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, Coatzacoalcos, Veracruz, a la atención del C.P. ALEJANDRO VALENCIA LOPEZ, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO. 11. Firma del Contrato. La firma del Contrato se hará a mas tardar el día 16 de agosto del año 2013, y en defecto de tales previsiones, dentro de los 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: la Superintendencia de Recursos Materiales localizada en Km 10 carretera Coatzacoalcos - Villahermosa, CP 96400, Coatzacoalcos, Veracruz y en el horario comprendido de las 08:00 a las 14:00 horas. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A) así como el manifiesto bajo protesta de decir verdad indicando la estratificación a la cual pertenece de acuerdo a lo indicado en el numeral 4 inciso O) de las presentes BASES de licitación. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300, M.N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente: o Documento vigente a la firma del contrato expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ( acuse de respuesta ), en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo de conformidad con la Regla II , de la Página 27

28 Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2012; o Escrito en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que el acuse de respuesta fue obtenido de la página de Internet del SAT utilizando su clave CIECF, derivado de la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla II (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de en apego al modelo de manifestación que se presenta en el Documento 20. o Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente, la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la regla II Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales: II Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento: I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción Mi Portal, con la clave CIECF. II. Una vez elegida la opción de la del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta. a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante: 1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, que la clave del RFC esté activa y el domicilio localizado. 2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior, así como las declaraciones informativas de IEPS a que se refieren las reglas II , II , II , II , II , II , II , II , II y II No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de Página 28

29 declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales. 4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF. Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con la clave del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente. La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en la fracción I que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión. Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados. Si PEMEX PETROQUÍMICA, en la fecha de formalización del contrato, no recibe por parte del licitante adjudicado el acuse de respuesta, o bien, si la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroja inconsistencias, PEMEX PETROQUÍMICA se abstendrá de formalizar el contrato con dicho licitante, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar el procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC S. En caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del artículo 52 de las DAC S, salvo que el consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en un plazo de 01 día hábil posterior a la notificación del fallo, en este caso entregara toda la documentación del nuevo miembro para acreditar las capacidades técnicas, financieras y demás requeridas para el adecuado cumplimiento del contrato, la cual estará sujeta a su revisión y en su caso Página 29

30 autorización de PEMEX PETROQUÍMICA. De no autorizarla, se considerara que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador. 12. Aspectos contractuales básicos. Como Documento 15 se incluye el modelo de contrato La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes Cantidades del Contrato. Las cantidades a ejercer son las indicadas en el documento 06-A Ordenes de Servicio. PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de órdenes de servicio (en adelante ORDEN u ÓRDENES ), mismas que deberán contener la referencia del contrato. La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción. El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro del plazo de ejecución del contrato. Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales del contrato Plazo, lugar, anticipo y forma de pago. A) El plazo máximo de prestación de los servicios es de 15 días en cada evento de acuerdo al programa incluido en el documento 01. B) El plazo de ejecución incluye los siete días naturales para la INSPECCIÓN por parte de PEMEX Petroquímica. C) El Arrendamiento deberá estar disponible durante el plazo de ejecución incluyendo: días hábiles, sábados, domingos y días festivos con la finalidad de cumplir con los tiempos establecidos para su ejecución. D) Lugar de prestación de los arrendamientos será en: la Planta de Etileno del complejo Petroquímico Cangrejera. Página 30

31 E) Para esta Licitación Pemex-Petroquímica NO otorgara anticipo. F) Los pagos que se deriven por la prestación de los (Arrendamientos) objeto de esta licitación, se realizaran a máximo (20) (veinte) días naturales a partir de la recepción y aceptación de la factura acompañada de la documentación soporte, conforme a los términos establecidos en estas BASES y en el contrato Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato El nivel de supervisión que aplicará será nivel V numerales 1, 2, 3, 4, y 6 de conformidad con lo indicado en el Documento 17. El área responsable que realizará la Administración y Supervisión de la ejecución será: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento, la supervisión estará a cargo del: Ing. Julio Cesar Lagunas López y se llevará a cabo en la Planta de Etileno del Complejo Petroquímico Cangrejera, de conformidad con el Documento 01. El Proveedor acepta que el Supervisor de PEMEX PETROQUÍMICA vigilará, controlará y revisará en todo tiempo los Servicios y dará al Proveedor por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de Servicios ejecutados y que sean presentados por el Proveedor. La supervisión que realice PEMEX PETROQUÍMICA a los Servicios, no libera al Proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el Contrato. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de ésta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los Servicios, ni libera al Proveedor de las obligaciones que contrae en el Contrato. De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en estas BASES, pudiendo solicitar a PEMEX PETROQUÍMICA y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Por su parte, el proveedor se obliga a tener en el lugar de los Servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los Servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los mismos. El responsable del proveedor previamente a su intervención en los Servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUÍMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados en esta licitación. En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del proveedor y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos antes señalados. La inspección del arrendamiento se realizará de conformidad con lo indicado en el procedimiento institucional para la inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos ó servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales. El cual tiene por número de clave PA Rev. 01 de fecha 10 de septiembre de Página 31

32 12.4 Garantías. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO De acuerdo al Documento 15 Modelo de Contrato, el PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a 6 (seis) meses a partir de los plazos que para tal efecto se establecieron en el mismo, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.DOCUMENTO Anticipo. NO APLICA-. Para la realización de los otorgará anticipo. Servicios objeto de esta licitación PEMEX PETROQUÍMICA NO Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley) PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los servicios concluidos y aceptados a los (20) días naturales máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el certificado de aceptación de los servicios, fecha de la aceptación, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos, en la Ventanilla única de PEMEX-Petroquímica ubicada y en el horario comprendido de las 8:30 horas A las 14:30 horas. De conformidad con las disposiciones normativas en materia de pago en PEMEX-PETROQUÍMICA, cuando la fecha de vencimiento sea día hábil bancario en la plaza de pago se aplicara el siguiente criterio: VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO: Domingo Día hábil posterior. Sábado Día hábil anterior. Lunes a Jueves Día hábil posterior. Viernes Día Hábil anterior. El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago. Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago. Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente Página 32

33 manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta. Para la aplicación de la condición de Pronto Pago, se observaran las siguientes premisas: a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor. b) Que los Servicios y hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA. c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Cangrejera, en el horario de 8:30 horas a 14:30 horas., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero. d) Cada operación de descuento por Pronto Pago, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de descuento por pronto pago, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c). e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal. f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163. g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de validación de contra-recibos no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema. Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: -federal/cadenas-productivas.html. Página 33

34 Ajuste de remuneraciones. NO APLICA Facturación. COPADE El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única. Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en la ventanilla única de la superintendencia de recursos financieros del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicado en carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km 10, Col. Centro, C.P , Coatzacoalcos, Veracruz, México. El plazo que transcurra entre la notificación de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente a la ORDEN y/o a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Servicios. En caso de que existan arrendamientos faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente Facturación Electrónica por compra de bases de licitación. Para los licitantes que requieran la facturación por compra de bases de licitación, se les comunica, que en cumplimiento a las reformas fiscales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011 en la fracción V del artículo 29 del CFF, es necesario que el Formato (Documento 20) de Solicitud de Emisión de Comprobantes Fiscales por concepto de "Otros Ingresos, esté debidamente requisitado (firmado por su representante legal y escaneado) y sea enviado a los correos carlos.lopezso@pemex.com y/o aurora.huizar@pemex.com con la finalidad de tramitar ante los siguientes funcionarios públicos de la Subgerencia de Crédito y Cobranza; Francisco Javier Duhalt Página 34

35 Hernández y Rey David Jiménez Manzanilla a las direcciones de correo electrónico: francisco.javier.duhalt@pemex.com y rey.david.jimenez@pemex.com, en la misma fecha del día en que se realice el pago, con la finalidad de cumplir en tiempo con las 72 horas de plazo para el envío al Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), a fin de que les sea elaborada la factura correspondiente. Es importante mencionar que el pago deberá efectuarse en días hábiles y en el siguiente horario: de 8:30 A.M. a 14:30 P.M., con la finalidad de que se elaboren las facturas el mismo día en que se reciban las solicitudes, para que cuando se genere el proceso de "Transferencia al Repositorio de Bóveda Electrónica" estas se conviertan en facturas electrónicas y posteriormente sean enviados los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI). Los licitantes que requieran Facturas, deberán estar registradas en el Sistema de Facturación, en caso contrario deberán solicitar su alta a los correos citados anteriormente, con 24 horas de anticipación al pago de las Bases. En caso de recibir las solicitudes para la generación de la factura por la compra de bases de la presente licitación pública, posterior a la fecha de que se realice el depósito, dichas facturas serán emitidas por PEMEX Petroquímica, pero ya no se podrán incluir como deducibles de impuestos ante la SHCP Penalizaciones NOTA: de conformidad con el artículo 61 Fracción V de la ley de PEMEX, las penalizaciones se podrán pactar por diversos incumplimientos o impactos negativos de las actividades del PROVEEDOR. Adicionalmente, conforme al artículo 60 de las DAC S, las penalizaciones considerarán los incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad, tales como: I.- En caso de que el arrendador no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el formato 4 del anexo SSPA del presente contrato, Pemex Petroquímica aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido anexo SSPA, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo SSPA siguientes: guía de llenado, reglas de aplicación del Formato 6 de Anexo SSPA y clasificación de consecuencia a los requisitos con base a su riesgo. II.- Las penas convencionales a las que el arrendador se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calculará, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso, cuando éstos se hubieran cotizado en forma unitaria, a razón de 0.5% por cada día de atraso. III.- El arrendador se hará acreedor a la aplicación de una pena en caso de que incurra en atraso en la reparación o reposición de los bienes, la que se calculará, a partir del día siguiente de la notificación de la necesidad de la reparación o reposición de los mismos y será equivalente al 0.5% del valor de la renta de los bienes reparados o repuestos con atraso por cada día calendario de atraso. IV.- En caso de que se interrumpa el arrendamiento por fallas de los bienes, Pemex Petroquímica aplicará una pena convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) del bien de que se Página 35

36 trate, esta pena convencional es aplicable sin perjuicio de las demás penas establecidas en este contrato. El monto de las penalizaciones no podrá exceder de 10% del monto del contrato. El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones: - Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción. Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR Rescisión Administrativa del Contrato. PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue los Arrendamientos de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; Página 36

37 h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada Contenido Nacional del contrato; j) Se ubique en los supuestos de la cláusula Anticorrupción del contrato; k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los Servicios; l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula Modificaciones al Contrato del contrato; En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de XX () días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. (NO APLICA) En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, una vez que le haya comunicado al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de rescisión, PEMEX PETROQUIMICA precautoriamente, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los trabajos ejecutados aún no liquidados, hasta que las partes se otorguen el finiquito correspondiente; así mismo procederá a suspender la ejecución de los trabajos y a tomar inmediata posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas. Para tales efectos el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, con o sin la comparecencia del PROVEEDOR, levantará un acta circunstanciada del estado en que se encuentre la instalación y/o puesta en marcha, la cual servirá de base para el finiquito del Contrato. El levantamiento del acta circunstanciada deberá realizarse invariablemente ante la presencia de fedatario público. Cuando proceda Página 37

38 El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los Servicios INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL. Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario FUENTES DE FINANCIAMIENTO. NO APLICA PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero. Página 38

39 Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de (05) (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que Realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, ANEXO SSPA, 1ra. Versión Junio El licitante deberá apegarse a lo establecido en el FORMATO 4 LISTADO DE REQUERIMIENTOS QUE DEBE CUMPLIR EL PROVEEDOR O CONTRATISTA POR MOTIVO DEL CONTRATO del ANEXO "SSPA" Primera Versión Junio 2011, Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que Realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, que se integra a estas bases de licitación señalado como DOCUMENTO Compromisos Con La Transparencia En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado Compromisos con la Transparencia conforme al Documento 13. El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada. Página 39

40 DOCUMENTO 03 FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTA PUNTOS DEL NOMBRE DEL ARCHIVO ENTREGO No. DOCUMENTO DOCTO. 02 DE LAS BASES (TRATÁNDOSE DE PROPUESTA ENVIADAS POR MEDIOS DONDE SE EXIGE REMOTOS DE COMUNICACIÓN SI NO ELECTRONICA) Dentro o fuera del sobre de la proposición a elección del licitante 1 Copia de comprobante de pago de BASES de Licitación Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, mediante la cual acredite la nacionalidad y 4 INCISO A) DOC_4 personalidad jurídica (DOCUMENTO 04). 3 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley 4 INCISO C) DOC_07 de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC S (Documento 07). 4 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante. DOC-11 La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición. Formato para la constancia de recepción de 5 documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de 4 INCISO G) DOC_03 propuesta (Documento 03). 6 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, mediante la cual que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al (DOCUMENTO 04-A). 4.3 INCISO A) DOC-4-A Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición. 7 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. 4 INCISO F) CONVENIO 8 Formato de propuesta técnica Documento 06 4 INCISO D) DOC_06 9 Formato de propuesta económica Documento 06-A 4 INCISO E) DOC_06-A 10 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los Servicios Documento INCISO J) DOC_05 11 Acreditación de la experiencia Documento 01 DOC_01 Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las BASES de licitación será verificado y evaluado por la Convocante. La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta. Página 40

41 DOCUMENTO 04 FORMATO PARA ACREDITAR LA NACIONALIDAD, Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE PEMEX PETROQUIMICA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES P R E S E N T E. (Lugar y Fecha) Yo, (nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente Licitación, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral). DEL LICITANTE: Nacionalidad Clave del Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio.- Calle y Número: Colonia: Código Postal: Teléfonos: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Delegación o Municipio: Entidad Federativa: Fax: Fecha: Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s ) Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional: Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio. DEL APODERADO O REPRESENTANTE: Nombre: Clave del Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio.- Calle y Número: Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó: Lugar y fecha Protesto lo necesario. (Firma autógrafa original)_ Notas: 1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado. 2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral. 3.- El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados. Página 41

42 DOCUMENTO 04-A ESCRITO EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA. (Lugar y Fecha) Pemex petroquímica P r e s e n t e. Licitación Pública Nacional de Servicios No.: (indicar número de convocatoria). Yo, (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), de la empresa (denominación o razón social), y en cumplimiento de lo solicitado en inciso A) del numeral 4.2 Indicaciones Generales para el desarrollo de los actos o en el inciso F.1) del numeral (propuestas conjuntas) 4 Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada, sin que resulte necesario acreditar mi personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas de la presente Licitación Pública. Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar. A T E N T A M E N T E (NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADOLEGAL DE LA EMPRESA) Nota: 1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente. Página 42

43 DOCUMENTO 05 FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS. de de PEMEX-PETROQUÍMICA. P R E S E N T E Licitación Pública Nacional No. (indicar numero de licitación) Descripción de los trabajos a realizar Mano de obra total (horas hombre totales (Y)) Mano de obra nacional (horas hombre (X)) Porcentaje de participación nacional en servicios (PPNS) Cantidad (hrs) Costo PPNS=(X/Y)*100 Y=Costo de la mano de obra (horas hombre) total requerida o utilizada en la prestación del servicio. X=Costo de la mano de obra nacional (horas hombre) utilizada en la prestación del servicio Para los casos en que la prestación de los servicios involucre bienes, el licitante deberá requisitar adicionalmente lo siguiente: Con fundamento en lo establecido en el artícuo 23 de las DAC S, los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante), en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), manifiesto bajo protesta de decir verdad y entrego con el carácter de [confidencial o pública -SELECCIONAR CARÁCTER-] la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es) que propone. No. de partida Descripcion % Integracion Nacional (0 a 100%) Marca Campos adicionales, unicamente para distribuidores o comercializadores Nombre o razon social del fabricante Origen del bien La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos. NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: FIRMA: CARGO: FECHA: Página 43

44 DOCUMENTO 06 FORMATO DE PROPUESTA TECNICA No. Partida Cantidad Unidad de Medida Descripción 1 servicio VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. X. Describir los servicios propuestos para cada una de las partidas, indicando la marca y modelo o Nombre del Fabricante de las refacciones y/o materiales a utilizar, características de la mano de obra así como de los equipos a utilizar en la realización de los servicios. En su caso mencionar las normas con las que cumplen los Servicios que propone. ANEXAR A ESTE DOCUMENTO TODOS LOS REQUISITOS SOLICITADOS DEL DOCUMENTO 01. LO ANTERIOR DEBE ESTAR DE ACUERDO A LAS BASES TÉCNICAS INDICADAS EN EL DOCUMENTO LUGAR DE ENTREGA EN LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA 2.-PLAZO DE ENTREGA xx DIAS POR CADA EVENTO DE ACUERDO AL PROGRAMA INCLUIDO EN EL DOCUMENTO 01. NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: FIRMA: CARGO: FECHA: Nota al Licitante: Se deberán describir los Servicios propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: marca o similar o equivalente, marca propia cotizo mi marca, cotizo de acuerdo a lo solicitado, incluido, sin costo y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Servicios o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta. Página 44

45 DOCUMENTO 06-A FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA No. Partida Cantidad Unidad de Medida Descripción Genérica de los Servicios Precio Unitario sin I.V.A. ($) Importe sin I.V.A. ($) Moneda 1 00 SERVICIO XXXXXXX VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. X. MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA: Condiciones Económicas 1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA 60 DIAS 2.- LUGAR DE EJECUCION SERVICIOS: EN LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA 3.- PLAZO DE EJECUCION DE LOS SERVICIOS: xx DIAS POR CADA EVENTO DE ACUERDO AL PROGRAMA INCLUIDO EN EL DOCUMENTO CONDICION DE PRECIO FIJO ( x ) VARIABLE ( ) NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: FIRMA: CARGO: FECHA: Página 45

46 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 07 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARACTER PRODUCTIVO DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPTCIA DE RECURSOS MATERIALES P R E S E N T E EN CASO DE SER PERSONA MORAL (Lugar y Fecha) (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. A T E N T A M E N T E (NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA) EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento (Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Página 47

47 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante (Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. A T E N T A M E N T E (NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DEL APODERADO LEGAL) NOTA: 2 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante. Página 48

48 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 08 MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) PROVEEDOR(ES) ADJUDICADO(S) PARA: GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO DE FECHA Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO $ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS. HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA 'SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. Página 49

49 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. A INSTITUCION DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACION PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRA UN PLAZO HASTA DE 30 DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LSO TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE Página 50

50 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, 0 ANTE AUTORIDAD JUDICIAL 0 TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE, ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO. Página 51

51 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 08-A (NO APLICA) PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES. ) LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S). LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO. EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO: EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES 0 REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS 0 LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE Página 52

52 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,- O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO 0 ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODÓS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL Página 53

53 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE 'EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO Página 54

54 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 11 (MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE) (Lugar y Fecha) PEMEX PETROQUÍMICA. P R E S E N T E Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos (Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que integran la propuesta, presentadas en el proceso de Licitación Pública No., se entrega con carácter confidencial, reservada o comercial reservada. LISTA DE DOCUMENTOS Documento Sección Carácter Fundamento Legal Atentamente, [NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL] La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición. Página 55

55 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 13 COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR, EN SU CARÁCTER DE SERVIDOR PUBLICO DE ADQUISICIONES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX- PETROQUÍMICA Y, REPRESENTADA POR EN SU CARÁCTER DE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL LICITANTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS: CONSIDERACIONES I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA. II. III. IV. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES. V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. VI. VII. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES: COMPROMISOS I.- DEL LICITANTE 1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS. 2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL. 3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION. Página 56

56 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. 5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO. 6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN. 7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS. II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA 1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN. 2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. 3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO. 4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES. 5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN. EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN, A DE POR PEMEX-PETROQUÍMICA ING. CARLOS LÓPEZ SOLÍS. Nombre y Cargo del Servidor Público. Nombre de la Empresa POR EL LICITANTE Nombre y Cargo. Página 57

57 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 14 NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL. El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros: La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en: Profundizar las reformas legales que inició en Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición). Las responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o los (Servicios o Arrendamientos) a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa. Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales. Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas. Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o los (Servicios o Arrendamientos). Página 58

58 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: Artículo 222 Cometen el delito de cohecho: I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones. Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en los (Servicios o Arrendamientos) o servicios: I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; Página 59

59 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno II. III. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral. * Fuente http//: Página 60

60 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES DOCUMENTO 15 MODELO DE CONTRATO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno MODELO 19 DE ABRIL DE 2013 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE PEMEX- PETROQUIMICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ PETROQUIMICA, REPRESENTADO POR, EN SU CARÁCTER DE, Y POR LA OTRA, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ ARRENDADOR (PUDIÉNDOSE TAMBIÉN UTILIZAR LOS TÉRMINOS DE PROVEEDOR O PRESTADOR DE SERVICIOS), REPRESENTADO POR, EN SU CARÁCTER DE (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINICIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S 1. PETROQUIMICA declara a través de su apoderado que: 1.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo conforme al Artículo Segundo del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo. 1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. 1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante de fecha. 1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato. 1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos (Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario). DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS. 1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dadiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien. 2 El ARRENDADOR declara, a través de su apoderado que: 2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS. Página 61

61 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS., y (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No., de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO: Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del ARRENDADOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO. Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No., de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO: Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE. Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.) 2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN ARRENDADOR DE NACIONALIDAD MEXICANA. Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato. B).- TRATÁNDOSE DE UN ARRENDADOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA. Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato. 2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS. Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del ARRENDADOR) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave. B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS. Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del ARRENDADOR) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del ARRENDADOR). 2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Página 62

62 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 2.8 TRATÁNDOSE DE UN ARRENDADOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PETROQUIMICA el (la) (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL ARRENDADOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", ACUSE DE RESPUESTA, OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES, ETC.), con el que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. TRATÁNDOSE DE UN ARRENDADOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS: Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos. TRATÁNDOSE DE UN ARRENDADOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que PETROQUIMICA le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa. 2.9 Ni él, ni sus empleados, Subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s), en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato. 3. Declaración conjunta: Las Partes manifiestan que durante las negociaciones y para la celebración del presente Contrato se han conducido con apego a las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y que durante la ejecución del Contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula Anticorrupción. DEFINICIONES Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: Área Administradora del Proyecto : GERENCIA DE MANTENIMIENTO Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato : Página 63

63 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno SUPERINTENDENCIA DE PLANEACION DE MANTENIMIENTO Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes: PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO C L Á U S U L A S El objeto del presente contrato es el arrendamiento de los bienes muebles (en adelante bienes ) por parte de PETROQUIMICA consistentes en:, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el Anexo A de este contrato, mismo que forma parte integrante del mismo. EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN: Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de ARRENDADOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo que forma parte del mismo. SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes. TERCERA.- PLAZO DEL ARRENDAMIENTO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES Los bienes arrendados al amparo de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el lugar o los lugares que se especifican en el anexo que forma parte integrante del presente contrato según aplique-), a la atención de, el día, conforme a las condiciones descritas en el Anexo, mismo que forma parte integrante de este contrato. Si el ARRENDADOR no entrega los bienes en esa fecha, comenzará la aplicación de penas convencionales. PETROQUIMICA devolverá los bienes arrendados el día, en el mismo estado en que los recibió, salvo lo que hubiere perecido o se hubiere menoscabado por el tiempo o por causa inevitable. CUARTA.- REMUNERACIÓN EL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC. 4.1 Renta La renta del presente contrato es de $ ( 00/100.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado por plazos vencidos, de manera (establecer plazo ej: quincenal, mensual, trimestral, semestral). La renta será fija desde su inicio hasta la conclusión del arrendamiento. La renta [quincenal, mensual, trimestral, semestral será por la cantidad de [ $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el Anexo de este contrato]. La(s) referencia(s) (MXP, USD ó Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.) 4.2 Facturación El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite el arrendamiento de los bienes. La firma en la bóveda de documentos electrónicos permitirá la generación de una notificación electrónica al ARRENDADOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES ARRENDADOS SE INCLUIRÁ EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Página 64

64 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno El ARRENDADOR presentará sus facturas abarcando periodos quincenales, de conformidad con lo establecido en el Anexo. El ARRENDADOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la partida que corresponda y, en su caso, al precio unitario. Cuando el ARRENDADOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única. Cuando la facturación se emita en forma documental, el ARRENDADOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en. El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el ARRENDADOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. 4.3 Condiciones y Forma de Pago OPCIÓN 1. PETROQUIMICA pagará al ARRENDADOR el monto del arrendamiento de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite el arrendamiento. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio: VENCIMIENTO INHÁBIL Domingo Sábado Lunes a jueves Viernes PAGO Día hábil posterior Día hábil anterior Día hábil posterior Día hábil anterior Los pagos al ARRENDADOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PETROQUIMICA. En caso de que el ARRENDADOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PETROQUIMICA a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al ARRENDADOR, este tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PETROQUIMICA, a solicitud del ARRENDADOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del ARRENDADOR. El ARRENDADOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y el arrendamiento haya sido ejecutados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el ARRENDADOR solicite el adelanto del pago. Página 65

65 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con (número ) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero, y presentar Nota de Crédito a favor de PETROQUIMICAbajo el concepto de descuento por pronto pago misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PETROQUIMICA. TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE UTILIZARÁN LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS: Las obligaciones de pago de nominadas en dólares de los EE.UU.A., para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio que Banco de México, publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago. Tratándose de otras monedas extranjeras, el tipo de cambio se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el Dólar de los Estados Unidos de América. PARA LOS CASOS DE CONTRATOS DERIVADOS DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN EL QUE EL ARRENDADOR HAYA PRESENTADO SU PROPUESTA EN MONEDA EXTRANJERA Y SEÑALE PARA EFECTO DE COBRO UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO SE PODRÁ UTILIZAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Los pagos se efectuarán en (moneda extranjera), mediante depósito bancario en la cuenta señalada para tal efecto por el ARRENDADOR en el extranjero. EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. (Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato. OPCIÓN 2. CUALQUIER OTRA FORMA QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINAR CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO. 4.4 Pagos en exceso En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el ARRENDADOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al ARRENDADOR sobre el pago en exceso y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PETROQUIMICA. PETROQUIMICA procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el ARRENDADOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PETROQUIMICA. 4.5 Anticipo En el presente contrato PETROQUIMICA no otorgará anticipo al ARRENDADOR. QUINTA.- PENALIZACIONES Página 66

66 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno NOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL ARRENDADOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES: I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES; INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES; II. III. IV. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO; INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN. EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO. Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al ARRENDADOR, existan incumplimientos o atrasos en el arrendamiento, PETROQUIMICA, independientemente que no se pagará la parte proporcional de la renta, le aplicará penalizaciones en los siguientes supuestos: NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL ARRENDADOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES. I. Atraso en la Entrega de los Bienes Las penas convencionales a las que el ARRENDADOR se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos y serán determinadas en función de sobre el valor de los bienes entregados con atraso, cuando éstos se hubieran cotizado en forma unitaria, a razón de 0.5 % por cada día de atraso. II. Atraso en la reparación o reposición de los bienes El ARRENDADOR se hará acreedor a la aplicación de una pena en caso de que incurra en atraso en la reparación o reposición de los bienes, la que se calculará, a partir del día siguiente de la notificación de la necesidad de la reparación o reposición de los mismos y será equivalente al 0.5% del valor de la renta de los bienes reparados o repuestos con atraso por cada día calendario de atraso. (CUANDO ASÍ SE HAYA PACTADO) III. Incumplimiento en el servicio de mantenimiento de los bienes El ARRENDADOR se hará acreedor a la aplicación de una pena en caso de que incurra en incumplimiento en la prestación del servicio de mantenimiento de los bienes arrendados, la que se calculará, a partir día/hora siguiente de la notificación de la necesidad de la reparación o reposición de los mismos y será equivalente al % [del valor de la renta de los bienes que no fueron objeto de mantenimiento por cada día/hora de atraso]. IV. Por interrupción del arrendamiento por fallas de los bienes En caso de que se interrumpa el arrendamiento por fallas de los bienes, PETROQUIMICA aplicará una pena convencional equivalente al % ( por ciento) del bien de que se trate. Esta pena convencional es aplicable sin perjuicio de los demás penas establecidas en este contrato. LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL ARRENDADOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS V. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO SSPA En caso de que el ARRENDADOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo SSPA del presente contrato, PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo SSPA, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo SSPA siguientes: GUÍA DE LLENADO, REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA y CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO. El monto de las penalizaciones no podrá exceder de. no podrá exceder el monto del contrato Página 67

67 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno El ARRENDADOR acepta, que PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones: - Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Las facturas que genere el ARRENDADOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción. Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al ARRENDADOR. SEXTA.- CESIÓN El ARRENDADOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de PETROQUIMICA, con la intervención del área jurídica. El ARRENDADOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PETROQUIMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo. Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes. SÉPTIMA.- CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PETROQUIMICA realice, de los pagos que haga al ARRENDADOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR: Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del ARRENDADOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que PETROQUIMICA esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia. CUANDO EL ARRENDADOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES: Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta. Para que al ARRENDADOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a PETROQUIMICA el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato. Página 68

68 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno OCTAVA.- GARANTÍAS GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO El ARRENDADOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % (Diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA. El ARRENDADOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA. B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente. En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUIMICA. F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito 7. Cuantificación del importe reclamado. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10 % (Diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de PETROQUIMICA. El ARRENDADOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA. B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada. C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que Página 69

69 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro. NOVENA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O DEL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES. Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de: a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y c. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores. EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. d. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato. II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior. Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El ARRENDADOR deberá entregar a PETROQUIMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. DÉCIMA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas. EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO: Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) ; o (ii). La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba. En caso de terminación anticipada de los trabajos derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Terminación Anticipada. DÉCIMA PRIMERA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 11.1 Rescisión administrativa Página 70

70 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno PETROQUIMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el ARRENDADOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Si no entrega los bienes en el plazo establecido; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación; c) Si se niega a reponer los bienes que PETROQUIMICA hubiere recibido en arrendamiento como incompletos, averiados o discrepantes; d) Si los bienes no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en este contrato; e) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; f) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; g) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; h) Cuando sin autorización expresa de PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; ih) Cuando sin autorización expresa de PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del ARRENDADOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; j) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; k) Se ubique en los supuestos de la cláusula Anticorrupción ; l) Si no da a PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección y supervisión del arrendamiento; m) Si no entrega a PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula Modificaciones al Contrato ; EN LOS CONTRATOS EN LOS QUE APLIQUE EL ANEXO SSPA SE DEBERÁN AGREGAR LAS SIGUIENTES CAUSALES DE RESCISIÓN: n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo SSPA de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo SSPA, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento; o) Cuando el ARRENDADOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo SSPA de este contrato; p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el ARRENDADOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo SSPA, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al ARRENDADOR, no obstante dicha determinación, PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir; q) Cuando en el desarrollo del contrato el ARRENDADOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo SSPA, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el ARRENDADOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir; Página 71

71 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el ARRENDADOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PETROQUIMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo SSPA ; ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. En caso de que el ARRENDADOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PETROQUIMICA podrá otorgar al ARRENDADOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato. Si al concluir dicho periodo, el ARRENDADOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el ARRENDADOR estará obligado a devolver a PETROQUIMICA, en un plazo de ( ) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación para la ejecución del contrato. En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al ARRENDADOR, una vez emitida la determinación respectiva, PETROQUIMICA, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes de la renta aún no liquidada, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ( ) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PETROQUIMICA. PETROQUIMICA podrá, junto con el ARRENDADOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUIMICA hará constar en el finiquito, el plazo que efectivamente los bienes fueron dados en arrendamiento y las rentas pagadas al ARRENDADOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el ARRENDADOR no comparezca al finiquito, PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda Procedimiento de Rescisión Administrativa El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PETROQUIMICA notifique al ARRENDADOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. La determinación de PETROQUIMICA de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al ARRENDADOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES En caso de que PETROQUIMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PETROQUIMICA al ARRENDADOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo Rescisión por causas imputables a PETROQUIMICA El ARRENDADOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El ARRENDADOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PETROQUIMICA se actualice alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; Página 72

72 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno b) Por negligencia en el uso de los bienes arrendados; c) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo. DÉCIMA SEGUNDA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA PETROQUIMICA podrá terminar anticipadamente el presente contrato, por las siguientes causas: I. Por caso fortuito o fuerza mayor; II. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; III. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y IV. (DEPENDIENDO LA NATURALEZA Y LOS ALCANCES DEL CONTRATO, SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSALES QUE DEN LUGAR A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA) El ARRENDADOR tendrá el derecho de recibir de PETROQUIMICA, la renta hasta la fecha de terminación anticipada, así como el pago de los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente: CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 75 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL ARRENDADOR POR LA TERMINACIÓN ANTICIPADA Y LA.FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS. En caso de terminación anticipada el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ( ) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma. PETROQUIMICA podrá, junto con el ARRENDADOR, conciliar los saldos derivados de la terminación con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUIMICA hará constar en el finiquito, el plazo que efectivamente los bienes fueron dados en arrendamiento y las rentas pagadas al ARRENDADOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el ARRENDADOR no comparezca al finiquito, PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. DÉCIMA TERCERA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a PETROQUIMICA: Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato). Comunicaciones al ARRENDADOR: Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del ARRENDADOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato. Página 73

73 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del ARRENDADOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato. DÉCIMA CUARTA. DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, el ARRENDADOR deberá llevar a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que realizará por su cuenta sin que tenga derecho al pago de la renta ni a retribución por tal concepto. El ARRENDADOR deberá llevar a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones en el plazo que PETROQUIMICA determine, si el ARRENDADOR no da cumplimiento a lo anterior, se aplicarán las penas convencionales establecidas en la cláusula denominada Penalizaciones. DÉCIMA QUINTA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR El ARRENDADOR será el único responsable cuando el arrendamiento objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PETROQUIMICA; por lo que en estos casos PETROQUIMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el ARRENDADOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del ARRENDADOR; en tal supuesto, el ARRENDADOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión. Si el ARRENDADOR da en arrendamiento bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes o de mayor valor, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El ARRENDADOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el ARRENDADOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PETROQUIMICA para el arrendamiento. El ARRENDADOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a PETROQUIMICA por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados. DÉCIMA SEXTA.- OBLIGACIONES DE PETROQUIMICA PETROQUIMICA se obliga a conservar en buen estado y al término del arrendamiento, deberá devolver al ARRENDADOR los bienes arrendados en el mismo estado que los recibió, únicamente con el deterioro causado por el uso cotidiano y normal de los mismos. DÉCIMA SEPTIMA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS. El ARRENDADOR será el único responsable de la ejecución de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PETROQUIMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PETROQUIMICA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del ARRENDADOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin Página 74

74 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A CONTRATAR. PARA SU INCLUSIÓN, SE DEBERÁ SOLICITAR EL VISTO BUENO DE LAS ÁREAS EVALUADORA DE RIESGOS Y JURÍDICA. PETROQUIMICA será el único responsable de los daños ambientales que surjan con motivo de las actividades relacionadas con los hidrocarburos en los términos de los artículos 7 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y 3º de su Reglamento, sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. Conforme a lo anterior, en ningún caso el ARRENDADOR se considerará responsable por la pérdida de hidrocarburos, por pérdidas de producción en general o por daños causados a terceros o al medio ambiente como resultado de la propia operación de PETROQUIMICA, consecuentemente éste mantendrá libre de toda obligación al ARRENDADOR, por cualesquiera reclamaciones que resulten por filtraciones o cualesquiera otro flujo no controlado de petróleo, gas, agua o cualquier otra sustancia que provenga del subsuelo. No obstante lo anterior, en caso de que los daños causados al medio ambiente de conformidad con lo estipulado en esta cláusula sean consecuencia de actos ilícitos, dolosos o por mala fe cometidos por el ARRENDADOR, PETROQUIMICA repetirá en contra del ARRENDADOR por todo lo que haya tenido que pagar PETROQUIMICA como consecuencia de los daños ocasionados por su actuar ilícito, doloso o por mala fe en términos de lo dispuesto en el artículo 1910 del Código Civil Federal en vigor. El ARRENDADOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles, lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del ARRENDADOR, incluyendo el manejo integral de residuos peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la responsabilidad ambiental del ARRENDADOR, PETROQUIMICA podrá establecer los controles y las medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del ARRENDADOR en materia ambiental. Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el ARRENDADOR tendrá las siguientes obligaciones: a) Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a la propiedad pública o privada. b) Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de todos los empleados y las instalaciones. c) Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las mejores condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables. d) Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en general las más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud de la población y su personal. e) Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio ambiente. f) Asimismo el ARRENDADOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de la industria o los permisos ambientales, así como que sean responsables de las afectaciones o los daños que causen al medio ambiente en la ejecución del contrato. DÉCIMA OCTAVA.- PROPIEDAD INTELECTUAL El ARRENDADOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. Página 75

75 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno En caso de que la titularidad del ARRENDADOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el ARRENDADOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PETROQUIMICA en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, PETROQUIMICA dará aviso al ARRENDADOR y en su caso, a las autoridades competentes, el ARRENDADOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. El ARRENDADOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el ARRENDADOR se compromete a informar a PETROQUIMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PETROQUIMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. DÉCIMA NOVENA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El ARRENDADOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el ARRENDADOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como ARRENDADOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el ARRENDADOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PETROQUIMICA. Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el ARRENDADOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados. VIGÉSIMA.- SEGUROS El ARRENDADOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario. VIGÉSIMA PRIMERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES PETROQUIMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, la cual a través de su representante, que será el superintendente de planeación y mantenimiento dará al ARRENDADOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene PETROQUIMICA. CUANDO APLIQUE Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato. El ARRENDADOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público. En cualquier momento, por causas justificadas, PETROQUIMICA podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del ARRENDADOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes Página 76

76 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno VIGÉSIMA SEGUNDA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN PETROQUIMICA durante la ejecución del Contrato se obliga a rechazar dinero o cualquier tipo de compensación o dádiva que pudiera predisponerle a favorecer al ARRENDADOR u otorgarle ventajas inapropiadas; así como ejecutar actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o normas establecidas o simular el cumplimiento de éstas. El ARRENDADOR acuerda que durante la ejecución de este contrato, ni sus empleados, ni sus subcontratistas o empleados de éstos prometerá, ofrecerá o entregará dinero o cualquier otra dadiva con el fin de obtener o conservar un negocio u otra ventaja inapropiada, que puedan constituir un incumplimiento a la Ley; no ejecutará actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o normas establecidas o simular el cumplimiento de éstas; no obligará a ningún servidor público a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento destinado a favorecerle indebidamente; no presentar documentación o información falsa o alterada y en general cumplirá con lo establecido en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas. El ARRENDADOR, sus empleados, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir en actos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de PETROQUIMICA. En caso de que el ARRENDADOR incurra en cualquiera de los actos señalados en el párrafo que antecede, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional que cause ejecutoria, PETROQUIMICA podrá optar por la rescisión administrativa del Contrato conforme a lo establecido en la cláusula denominada Rescisión del contrato. Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. VIGÉSIMA TERCERA.- IDIOMA La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones. Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato. VIGÉSIMA CUARTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos. En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva. VIGÉSIMA QUINTA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato. VIGÉSIMA SEXTA.- ANEXOS Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA) Anexo.- Especificaciones y Condiciones de los Bienes Anexo.- Texto de la(s) garantía(s) Anexo.- Página 77

77 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Anexo SSPA Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (CUANDO APLIQUE) Anexo.- Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios (CUANDO APLIQUE) Anexo.- Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (CUANDO APLIQUE) Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. VIGÉSIMA SÉPTIMA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El ARRENDADOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello. El ARRENDADOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. VIGÉSIMA OCTAVA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el ARRENDADOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo. El ARRENDADOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula. Por cada controversia, el ARRENDADOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el ARRENDADOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión. Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el ARRENDADOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa. Si el ARRENDADOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente. Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el ARRENDADOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo. Si el ARRENDADOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original. El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera: Página 78

78 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno El ARRENDADOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que el ARRENDADOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo. La solicitud que al respecto haga el ARRENDADOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo: a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe; b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo; c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo. El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al ARRENDADOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al ARRENDADOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones. Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al ARRENDADOR dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión. Si el ARRENDADOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes. VIGÉSIMA NOVENA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS El ARRENDADOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el ARRENDADOR y PETROQUIMICA. TRIGÉSIMA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR. El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de Coatzacoalcos,Veracruz por lo tanto, el ARRENDADOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa..-obligaciones DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL ESTA CLÁUSULA APLICARÁ OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL ARRENDADOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS El ARRENDADOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo SSPA de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios..- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO Página 79

79 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PETROQUIMICA que no tienen implicaciones legales para el ARRENDADOR..- CONFIDENCIALIDAD LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL ARRENDADOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: El ARRENDADOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de PETROQUIMICA, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PETROQUIMICA. El ARRENDADOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de PETROQUIMICA. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el ARRENDADOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con PETROQUIMICA para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad. De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica. No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo..- FINIQUITO ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO Recibidos físicamente los bienes, PETROQUIMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el ARRENDADOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado. El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. Si procede, PETROQUIMICA solicitará al ARRENDADOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. Página 80

80 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno En caso de que el ARRENDADOR no comparezca al finiquito, PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que PETROQUIMICA podrá solicitar al ARRENDADOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, El ARRENDADOR se obliga a hacerla del conocimiento de PETROQUIMICA, inmediatamente después de que el ARRENDADOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato. El ARRENDADOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) ( Módulo(s) de Financiamiento ) de PETROQUIMICA la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: ( Si el ARRENDADOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable ( Módulo de Financiamiento ): a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el ARRENDADOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o b) emitirá el Comprobante de Seguimiento de Documentación, el cual formará parte de la documentación que el ARRENDADOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s). PETROQUIMICA no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el ARRENDADOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. PETROQUIMICA podrá solicitar al ARRENDADOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. De la misma forma, el ARRENDADOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PETROQUIMICA le indique oportunamente..- OBLIGACIÓN SOLIDARIA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de ARRENDADOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PETROQUIMICA. De acuerdo a la propuesta conjunta, el ARRENDADOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el ARRENDADOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del ARRENDADOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del ARRENDADOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder. APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO El ARRENDADOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PETROQUIMICA..- RETENCIONES ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL ARRENDADOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL. El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato Página 81

81 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de, el día de de. LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL ARRENDADOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES. POR PETROQUIMICA POR EL ARRENDADOR REVISIÓN JURÍDICA POR PARTE DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA DOCUMENTO 16 CAUSAS DE DESECHAMIENTO Página 82

82 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes: 1. No presentar DOCUMENTO 04 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad en el numeral 4 Inciso A) del documento 02 de estas bases. 2. No presentar copia del comprobante de pago de bases, de conformidad con el numeral 4 inciso A). Para el caso de pago a través del sistema en banco, si el pago de bases no se realizó en tiempo y forma, de conformidad con lo indicado en el numeral 1.3 ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del Documento 02 estas bases de licitación. 3. No presentar copia del comprobante de pago de bases, de conformidad con el numeral 4 inciso A). Para el caso de pago a través del sistema en banco, si el pago de bases no se realizó en tiempo y forma, de conformidad con lo indicado en el numeral 1.3 ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del Documento 02 estas bases de licitación. 4. Si la proposición no está firmada autógrafamente, por el apoderado o representante que firme el Documento 04, de conformidad con lo indicado el numeral 4 inciso A), del documento 02 de estas bases de licitación 5. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el numeral 4 inciso B), de estas BASES de licitación. 6. Si no cumple con cualquiera de los requisitos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las BASES de licitación. 7. Si incurre en alguno(s) de los supuestos siguientes: Que agregue la leyenda o similar a la marca que propone. Que indique marca propia o cotizo mi marca Que proponga más de una marca para un mismo refaccionamiento o equipo. Que no indique marca o nombre del fabricante. Que algún documento este firmado por ausencia o por atención 8. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta. 9. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas BASES de licitación. 10. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley y el artículo 12 de las DAC S, tal y como se solicita en el numeral 4 inciso C), de estas BASES de licitación. 11. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes que no se establezcan en estas BASES, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 inciso Q), de estas BASES de licitación. NO APLICA 12. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho convenio no reúna los requisitos señalados, numeral 4 inciso F.2). Página 83

83 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas. 14. Cualquier violación a la Ley y su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables. 15. El NO señalar dentro de su propuesta, que los bienes que utilice como refaccionamiento en la realización de los Arrendamientos que propone y entregará son nuevos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4 inciso P) de esta BASES de licitación. 16. Que proponga un plazo para la realización de los servicios mayor al plazo establecido en el numeral 12.2 de las presentes BASES de licitación. 17. En el caso de las propuestas enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán por no presentadas la propuesta y la demás documentación requerida en estas BASES de licitación, cuando el archivo en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. NO APLICA. 18. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la propuesta, solicitados en estas BASES de licitación, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias BASES de licitación. 19. No presentar los documentos 05, 06, 06-A y 07 debidamente requisitados. 20. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas BASES de licitación que afecte directamente la solvencia de su propuesta. 21. No ser claro, preciso y congruente en su propuesta, de acuerdo a lo solicitado 22. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren convenientes y aceptables de acuerdo al numeral Criterios de evaluación de aspectos económicos inciso E), del Documento 02 de estas bases. Página 84

84 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 17 NIVELES DE SUPERVISION DE LOS SERVICIOS Supervisión de los Servicios de acuerdo al Procedimiento Institucional Para la Inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, CLAVE: PA Se establece el siguiente nivel: Nivel IV Aplica a los arrendamientos o servicios terminados que se supervisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final. El cumplimiento de las especificaciones establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes: 1).-LAS ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES. -SI APLICA- 2).- PROGRAMA DE EJECUCION DEL SERVICIO. - NO APLICA- 3).- LA INGENIERIA APROBADA (ESTABLECIDA EN EL CONTRATO). -NO APLICA- 4).- LA COMPETENCIA (FORMACIO ACADEMICA PROFESIONAL O TECNICA, HABILIDADES Y EXPERIENCIA) DEL PERSONAL QUE INTERVENGA EN LA EJECUCION DEL SERVICIO. - SI APLICA- 5).- LOS REGISTROS QUE MUESTREN LA CALIBRACION VIGENTE DE LOS INSTRUMENTOS DE MEDICION. -NO APLICA- 6).- LA EJECUCION DEL SERVICIO CONFORME AL PROGRAMA. -NO APLICA- 7).- EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CODIGOS, PROCEDIMIENTOS Y ESPECIFICACIONES. -SI APLICA- 8).- LAS PRUEBAS Y/O EVALUCACIONES DURANTE EL PROCESO DE LA EJECUCION DEL SERVICIO. -NO APLICA- 9).- LAS PRUEBAS Y/O EVALUACIONES FINALES. -NO APLICA- 10).- MANUALES (OPERACION, MANTENIMIENTO Y CAPACITACION) Y MEMORIA TECNICA. -NO APLICA- 11).- LA DOCUMENTACION QUE ESTABLECE EL CONTRATO. -SI APLICA Documentación Requerida para la inspección del Servicio: Al realizar la inspección y supervisión de los servicios, el proveedor deberá entregar como mínimo, cuando aplique, copia de la siguiente documentación: a) Remisión de factura (no aplica) b) Pedimento de importación (no aplica) c) Certificado de origen (no aplica) d) Garantía comercial (no aplica) e) Certificados calidad e informes de resultados de laboratorio (no aplica) f) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso (no aplica) g) Protocolo de pruebas (no aplica) h) Documentación técnica (si aplica) i) Dos fotocopias del contrato y sus anexos (si aplica) Página 85

85 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 18 FORMATO 4 LISTADO DE REQUERIMIENTOS QUE DEBE CUMPLIR EL PROVEEDOR O CONTRATISTA POR MOTIVO DEL CONTRATO, DEL ANEXO "SSPA" (OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS) Y El ANEXO SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, podrá ser consultado en la página electrónica: Página 86

86 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 20 MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES TRATÁNDOSE DE LICITANTES NACIONALES. (Lugar y Fecha):, a de de. PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA PRESENTE en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave y correo electrónico de la Empresa denominada con Registro Federal de Contribuyentes clave,cuya actividad Preponderante es y con domicilio Fiscal en. Que como resultado de (señalar el procedimiento de Adjudicación utilizado) respecto del contrato número (adquisiciones de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obras públicas),con un monto de ( ) sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada: Ha realizado ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Diciembre de 2012 (de la cual anexo copia). Asimismo me obligo a entregar a esta Entidad, la opinión emitida por el SAT. A T E N T A M E N T E (NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA) Página 87

87 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno DOCUMENTO 21 SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES. No. de Solicitud: (1) Fecha: (2) SOLICITANTE: (3) R.F.C.: (4) DOMICILIO FISCAL: CALLE Y NÚMERO: (5) COLONIA: (6) LOCALIDAD Y MUNICIPIO: (7) ESTADO Y CÓDIGO POSTAL: (8) NÚMERO DE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN: (9) CANTIDAD: (10) TIPO DE MONEDA: (11) IMPORTE SIN IVA: (12) IMPORTE DEL IVA: (13) IMPORTE TOTAL: (14) TIPO DE PAGO: (15) CUENTA BANCARIA: (16) DEBERÁN ANEXAR COPIA DE LOS DOCUMENTOS: CORREO ELECTRÓNICO DEL SOLICITANTE: REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES (RFC) COMPROBANTE DEL DEPÓSITO DE PAGO LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE DOCUMENTO SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIÉN LOS PROPORCIONA Autorizó: (17) Recibe: (18) NOTAS: LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REQUIERAN COMPROBANTE FISCAL DEBERÁN ESTAR REGISTRADAS EN EL CATALOGO DE CLIENTES DEL ORGANISMO, EN CASO CONTRARIO DEBERÁN SOLICITAR SU ALTA CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN AL PAGO DE BASES. DEBERÁN ENVIAR LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL HORARIO DE 8:30 A 13:00 HORAS DEL DÍA EN QUE SE REALICE EL PAGO. Página 88

88 COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No Número Interno PARA SER LLENADO POR PEMEX-PETROQUÍMICA Instructivo para el llenado del documento NUMERO DESCRIPCIÓN NUMERO DESCRIPCIÓN 1 Anotar el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: Nombre completo de la persona física o moral que solicita el comprobante fiscal. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPE VÉRTICE, S.A. DE C.V. Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral completo. Ejemplo: CGV060808GH0. Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #301 Interior 03. Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar. Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos. Estado y código postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P Número de evento por el que se elabora el documento fiscal y deberá indicar la descripción del bien Se deberá indicar el número de licitaciones para la emisión del comprobante fiscal. Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.) y para dólares (USD) según sea el caso. Anotar el importe total por el que se elaborará el documento sin IVA. Anotar el importe del IVA que debe contener la factura. Anotar el total del importe de la operación que debe contener la factura. Anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT. Deberá anotar los 4 últimos números de la cuenta o de la tarjeta con que la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT. Nombre y firma de la persona Física o Moral que solicita la generación del documento. Nombre, firma y cargo del personal de Pemex-Petroquímica que recibe la solicitud del documento. Página 89

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