EXPERIENCIAS EXTRANJERAS DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL AUTOMÁTICA Y OBLIGATORIA Y DE SUFRAGIO VOLUNTARIO. ANÁLISIS DE PARTICIPACIONES ELECTORAL
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- María Rosario Calderón Juárez
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1 EXPERIENCIAS EXTRANJERAS DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL AUTOMÁTICA Y OBLIGATORIA Y DE SUFRAGIO VOLUNTARIO. ANÁLISIS DE PARTICIPACIONES ELECTORAL VALPARAÍSO junio de 2004 Documentos UAPROL/BCN/AÑO IV Nº071
2 TABLA DE CONTENIDO I. INTRODUCCIÓN 1 II. SISTEMA DE INSCRIPCIÓN Y DERECHO DE SUFRAGIO 3 III. ANÁLISIS PAÍSES INSCRIPCIÓN AUTOMÁTICA Y OBLIGATORIA 5 A. Países con un sistema de inscripción automática 5 B. Países con un sistema de inscripción obligatoria 10 IV. CONCLUSIONES 13
3 Informe elaborado por Susana Cabello Escudero y Guido Williams Obreque I. INTRODUCCIÓN En Chile, el número de personas inscritas en los registros electorales, ha disminuido. Basta considerar que de acuerdo a los datos oficiales del Servicio Electoral el número de inscritos en el padrón electoral entre, las elecciones de concejales del año 2000 y las parlamentarias de , bajo en personas. Por otra parte, el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) estimó la población al año 2001 en 15,4 millones de habitantes, de los cuales 10,1 millones eran mayores de 18 años. A dicha fecha, el padrón electoral contaba con inscritos. De tal forma, más de 2 millones quedaron voluntariamente fuera de participar en el último proceso eleccionario. Ello representa, el 20% del universo total de potenciales votantes. Esta información no incluye además el número de personas que pese a estar inscritos no votaron en el año 2001, esto es aproximadamente ciudadanos y, los que habiendo participado sufragaron en blanco o anularon su voto. En resumen sumando, los datos reseñados y transformándolos en porcentajes, es posible concluir que respecto del universo total de posibles votantes al año 2001, sólo el 60% emitió sufragios válidos. 1 El número de inscritos en el padrón electoral, al año 2001, ascendía a personas. Fuente: Página web del Servicio Electoral. Ver: (junio, 2004)
4 2 Los datos indicados han motivado, desde hace un tiempo 2, a los diversos partícipes del sistema político nacional a estimar que debe modificarse el sistema de inscripción y sufragio vigente. El objetivo que la reforma procura conseguir es aumentar la participación de los mayores de 18 años, especialmente los más jóvenes, que hoy sólo representan el 15% del electorado nacional 3. Así, el Presidente de la República, en su discurso ante el Congreso Nacional de 21 de mayo pasado, señaló que el ejecutivo propondría al poder legislativo, reformar el actual mecanismo de inscripción en los registros electores. El sistema de inclusión sería automático, es decir de cargo del Estado. Conjuntamente, planteó que el ejercicio del derecho de sufragio debería ser voluntario y, por ende sin sanciones por el hecho de estar inscrito y no votar. El presente trabajo pretende mostrar la experiencia de ocho países que cuentan con sistemas de inscripción electoral automático y obligatorio. En cada caso, se gráfica el porcentaje de participación electoral, en relación al universo electoral total, ya sea para elecciones presidenciales o parlamentarias y según el sistema político imperante. Se consideró, en general, los datos electorales anteriores a la implementación de estos tipos de inscripción y también los posteriores a este hito. Asimismo, se hace una breve referencia a factores coyunturales nacionales que podrían alterar los resultados mencionados. 2 Los Boletines 1848 y 2179, que dan cuenta de proyectos de ley, pretendieron legislar, ya sea estableciendo la obligatoriedad de la inscripción o el carácter automático de éste. 3 De acuerdo a una encuesta de INJUV, sólo el 29,9% de los jóvenes mayores de 18 años se declaró inscrito. Ver: (junio, 2004)
5 3 II. SISTEMA DE INSCRIPCIÓN Y DERECHO DE SUFRAGIO El derecho de todo ciudadano adulto a participar en los asuntos de su gobierno es una de las premisas de la democracia. Quizá la forma fundamental de participación reside en el derecho a votar en elecciones libres y justas. Para poder ser partícipe de un proceso de esta naturaleza y poder ejercer el derecho a sufragio, es necesario ser parte del listado de personas que cumplen los requisitos legales para votar. Esta inclusión en la lista es la inscripción electoral. La inscripción electoral puede ser de tres tipos, básicamente, obligatoria, voluntaria y automática o de oficio. La inscripción electoral obligatoria es aquella en que la persona debe procurar ser incluido en la lista de electores. La carga del procedimiento pesa sobre él, bajo apercibimiento legal. Por el contrario, en la inscripción voluntaria, el habilitado legalmente para votar no tiene deber alguno y por lo mismo queda a su voluntad incluirse o no. La inscripción automática o de oficio de los electores, implica, en teoría, que todos los ciudadanos que cumplen los requisitos establecidos en la Constitución y en la ley electoral, pueden participar en los procesos eleccionarios o plebiscitarios, sin tener que concurrir a inscribirse, puesto que es deber del Estado o de sus órganos incluir a la persona en la lista electoral 4. 4 Puede ser el registro civil nacional o los gobiernos locales, en caso que ellos manejen los censos de población en su territorio.
6 4 En el fondo, se pretende lograr que el universo de votantes aumente considerablemente en proporción al crecimiento de la población, logrando mayor participación y legitimidad de los procesos 5. En esta línea, de acuerdo a FLACSO Chile 6, en los países con inscripción automática, la participación electoral aumenta, hasta en un 14% más. El proceso de inscripción automática, normalmente, se complementa con la creación de un censo o padrón de electores 7. Este es creado y mantenido con la finalidad, fundamental, de determinar con certeza las personas habilitadas legalmente para votar, excluir a quienes han sido inhabilitados y, controlar la legitimidad del procedimiento de votación, evitando así el doble sufragio. Asimismo, estos censos facilitan la gestión del proceso eleccionario, por cuanto ayudan a determinar la residencia de los electores y la distribución territorial de los recursos necesarios para cumplir exitosamente con la elección. Todo proceso eleccionario lleva, a los operadores del sistema político, a determinar si, el sufragio de los inscritos, tiene que ser voluntario u obligatorio. En el primer caso, el inscrito no tiene el deber de votar, su abstención no le significa responsabilidad infraccional o administrativa. En cambio, en el segundo existe una carga de votar. El hecho de no cumplir con el deber produce, al elector, el efecto de ser sujeto de sanción. 5 De acuerdo a Claudio Fuentes, la mayor participación de la ciudadanía, además requiere otras políticas. Por ejemplo, permitir que los chilenos en el extranjero puedan votar, promover plebiscitos ciudadanos vinculantes, permitir la iniciativa de ley por recolección de firmas, modernizar los programas de educación cívica introduciendo el tema desde la enseñanza básica, establecer facilidades para que personas discapacitadas puedan ejercer su derecho a sufragio, implementar el voto electrónico, establecer elecciones concurrentes y, finalmente, cambiar el día de las elecciones desde el domingo a miércoles, manteniéndolo como día feriado. En Seminario organizado por CEP Chile, Registro automático y democracia. Junio, Inscripción electoral automática y calidad de la democracia. Foro organizado por FLACSO Chile. 12 de mayo de Al igual que el actual sistema electoral nacional.
7 5 III. ANÁLISIS PAÍSES INSCRIPCIÓN AUTOMÁTICA Y OBLIGATORIA A. Países con un sistema de inscripción automática Gráfico 1: España Elecciones Senadores y Diputados 90,0 70,0 50,0 30, Diputado 78,8 68,3 80,0 70,5 69,7 76,4 77,4 68,7 75,7 Senadore 10,3 37,4 70,3 69,9 76,8 77,3 68,8 75,8 La gran reforma electoral del año tuvo por fin establecer un sistema electoral para las elecciones de las Cortes Generales del año 1977, como parte del proceso de transición tras la muerte de Francisco Franco. Luego en el año 1985 se realiza una nueva reforma que instaura el sistema electoral actual que se funda en un sistema de inscripción automática 9 y de sufragio voluntario. De acuerdo, al gráfico 1, podemos constatar que la participación electoral se mantiene alta y constante, salvo en sus inicios en la elección de senadores 10 del año Esta reforma electoral es incorporada en la Constitución Española de De acuerdo a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General Nº 5 del año 1985 se establece que serán los Municipios los que tramitarán de oficio la inscripción en el Censo Electoral de los residentes en su municipio. 10 Esta situación se debió al malestar que provocó en la ciudadanía el establecimiento de senadores designados, los cuales fueron directamente elegidos por el Rey don Juan Carlos I.
8 6 Gráfico 2: Brasil Brasil: Elecciones Presidenciales 90,0 70,0 50,0 30, Votantes 59,7 81,0 88,1 82,2 78,5 94,0 El sistema electoral brasileño instaurado a partir de la reforma electoral de 1988 se basa en un sistema de inscripción automática y de sufragio voluntario para ciertos sectores de la población como: los analfabetos, los mayores de 70 años y los mayores de 16 y menores de 18 años. Posteriormente, a partir del año 1996 se ha implementado un sistema de votación electrónica, el cual ha tendido a masificar más aún la participación ciudadana. De acuerdo al gráfico 2, se aprecia que la reforma electoral aumentó la participación en las votaciones de las elecciones presidenciales, en forma considerable. Debe hacerse presente que durante los años 1960 a 1990, no hubo elecciones presidenciales, puesto que en dicho período se sucedieron una serie de gobiernos de carácter militar.
9 7 Gráfico 3: Perú Perú: Elecciones Presidenciales 90,0 70,0 50,0 30, ª vuelta 73,5 99,8 82,3 2ª vuelta 81,2 81,4 La reforma electoral del año 1994 instaura un sistema de inscripción automática y sufragio obligatorio 11. De acuerdo a los datos arrojados por el gráfico 3 esta reforma sólo ha provocado un aumento en las elecciones presidenciales del año 2000, puesto que el 2001 se aprecia, nuevamente, una leve baja en la participación electoral. 11 Ley Orgánica de Elecciones Nº de 1997.
10 8 Gráfico 4: Italia Italia: Elecciones Senadores y Diputados 60, Diputados 86,0 82,9 81,1 Senadores 86, ,2 70,0 La reforma electoral en Italia se implementa a partir del año 1967, mediante el Decreto del Presidente de la República Nº 223, el cual instaura un sistema electoral automático 12 y de votación obligatoria, lo que ha tendido a aumentar considerablemente su universo electoral. Según lo que puede constatarse en el gráfico 4 las votaciones para Diputados y Senadores en los últimos años ha sido constante y altísima, puesto que sobrepasan el 80%. 12 Al igual que en el caso español, en Italia son los municipios los que deben realizar la inscripción de oficio de los ciudadanos con derecho a sufragio en las listas electorales respectivas.
11 9 Gráfico 5: Costa Rica Costa Rica: Elecciones Presidenciales 90,0 70,0 50,0 30, Votantes 67,2 64,7 80,9 81,4 83,3 79,9 81,3 78,8 81,8 81,8 81,1 La reforma electoral del año instaura un sistema de inscripción automática y un sufragio de carácter obligatorio. Como puede apreciarse de acuerdo al gráfico 5, la tendencia de la participación electoral en Costa Rica se ha mantenido alta y constante, fundamentalmente porque el universo electoral ha aumentado y, además, porque se ha establecido el derecho a voto como una función cívica primordial y obligatoria. 13 Esta reforma se lleva a efecto mediante la reforma constitucional Ley Nº 4763 del 17 de marzo de 1971.
12 10 B. Países con un sistema de inscripción obligatoria. Gráfico 6: Francia Francia: Elecciones Presidenciales 100,0 55, ª vuelta 84,2 81,1 81,4 78,4 71,6 2ª vuelta 87,3 85,9 84,1 79,7 79,7 El sistema electoral francés se funda en un sistema de inscripción obligatoria y de sufragio voluntario. Este sistema fue creado a partir de la reforma Código Electoral en el año De acuerdo a los resultados de las elecciones presidenciales del Gráfico 6, debemos señalar que la participación electoral no ha sufrido grandes variaciones, por el contrario se ha mantenido constante y alta, incluso puede concluirse que no ha variado mayormente desde la implementación de esta reforma electoral, pese al sistema de sufragio voluntario.
13 11 Gráfico 7: Alemania Alemania: Elecciones Bundestag 90,0 70,0 50,0 30, Votantes 79,0 77,8 84,3 89,1 88,6 90,7 91,1 86,7 86,8 87,7 87,8 86,0 78,5 82,2 79, El gráfico 7, arroja información sobre los porcentajes de participación en las elecciones del Congreso Alemán (Bundestag) desde el año 1949 en adelante. En general, puede constatarse que el sistema de inscripción obligatoria y de sufragio voluntario que se ha instaurado 14 en Alemania ha tenido una recepción positiva, puesto que existe un alto nivel de participación ciudadana, que se ha mantenido constante en el tiempo. Por otra parte, debe señalarse que el rango mínimo de participación es de un 77,8%, porcentaje notablemente más alto que el promedio de participación electoral de Chile para la década de los noventa La Ley Fundamental de la República Federal Alemana de 1949 en su artículo 38 instaura un sistema de inscripción obligatoria y de votación voluntaria. 15 De acuerdo a cifras arrojadas por FLACSO CHILE, la participación electoral de Chile para la década de 1990 ascendió a un 64%. Fuente: (junio 2004).
14 12 Gráfico 8: Reino Unido. Reino Unido: Elecciones Generales 90,0 70,0 50,0 30, Porcentaje de Votantes 76,4 71,1 72,8 83,9 76,8 78,7 77,1 75,8 72,0 78,8 76,0 76,7 71,3 61,4 En el año 1969 se estableció una reforma electoral con el fin el establecer un sistema de inscripción obligatoria, respecto a todos los posibles ciudadanos con derecho a voto que hayan cumplido 18 años de edad. En relación, al sufragio debemos señalar que ya desde la Edad Media se estableció un sistema en que este derecho es voluntario, característica que se ha mantenido inalterable hasta nuestros días. Según el gráfico 8 podemos apreciar que la votación para la elección del Parlamento es alta y constante y, en general, dentro del sigo XX no ha sufrido mayores variaciones, salvo en las últimas elecciones del año 2001.
15 13 IV. CONCLUSIONES Del análisis de los gráficos y de las tendencias de votación es posible concluir lo siguiente: 1. En general, los sistemas con inscripción electoral automática, presentan una participación electoral alta y constante, superior a la media nacional. 2. Esta tendencia se ha mantenido en el tiempo, desde que se implemento la respectiva reforma. 3. Del total de países con inscripción automática analizados, el porcentaje menor, en las últimas elecciones, es de 75,7%, en el caso de las elecciones de Diputados en España y el mayor es de 94% en las presidenciales de Brasil, en donde, además el voto es voluntario para ciertos sectores de la población 4. En los tres sistemas con inscripción electoral obligatoria estudiados todos establecen el sufragio voluntario. 5. La participación electoral, en estos casos, es alta, nuevamente, por sobre la media nacional, salvo en Reino Unido, donde extraordinariamente, en la última elección del año 2001 el porcentaje bajo a 61,4 %, 10 puntos menos que en la elección anterior. En general, en éste país, la participación se ha mantenido sobre el 70%. 6. El promedio de participación de los tres países con inscripción obligatoria, en relación a sus última elecciones, es de 73,2% del universo total de electores quienes concurrieron a ejercer su derecho a sufragio, pese a no estar obligados, por cuanto el voto es voluntario.
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