I. COMUNIDAD DE MADRID

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1 B.O.C.M. Núm. 3 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación 4 ORDEN 5689/2009, de 16 de diciembre, por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos. Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder a su inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Primero Aprobar la convocatoria para la provisión de varios puestos de trabajo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómica que se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistema de Concurso de Méritos. Segundo La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; en la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFI- CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Tercero Los participantes deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la relación de puestos de trabajo en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida, en su caso. Cuarto 4.1. De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria, en el Registro General de la Comunidad de Madrid (plaza de Chamberí, número 8, y Gran Vía, número 3), en el Registro de la Consejería de Educación (Gran Vía, número 20), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas solicitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas, y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: a) El Certificado de Registro de Personal que se publica como Anexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto). En el supuesto de funcionarios integrados en la Comunidad de Madrid y procedentes de otras Administraciones Públicas, deberán aportar Certificado de Registro de su Administración de origen cuando el tiempo de servicios prestados en la Administración de la Comunidad de Madrid sea inferior a cinco años, al objeto de poder valorar el trabajo desarrollado. b) El historial académico y profesional, que se publica como Anexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio. c) Para la valoración de los méritos preferentes y no preferentes alegados, los interesados deberán aportar fotocopias cotejadas u originales de documentación acreditativa de los mismos. d) Certificado firmado por el Secretario General Técnico o Gerente de la Consejería u Organismo donde el funcionario preste servicios en la fecha de la convocatoria del Concurso de Méritos, acreditativo de los períodos de ausencia motivada por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinando si dichas ausencias superan o no el 20 por 100 de la jornada prevista según el calendario laboral, dentro de cada año natural a partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, y durante un período máximo de cinco años Finalizada la presentación de las solicitudes y con carácter previo al fallo de la Junta de Méritos, se publicará en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación y en la Oficina de Atención e Información al Ciudadano de dicha Consejería, la relación de aspirantes admitidos y no admitidos al proceso de provisión, con indicación de la puntuación reconocida para cada uno de los méritos preferentes y no preferentes alegados, así como la puntuación obtenida por ambos conceptos. Contra esta publicación se podrán formular alegaciones al respecto en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a su publicación en los tablones de anuncios. Quinto Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo e historial académico y profesional serán los regulados en la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE- TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto). Sexto Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 4/1989, de 6 de abril, no se podrá adjudicar puestos con una puntuación inferior a 10 puntos. No obstante, la Junta de Méritos podrá adjudicar excepcionalmente algún puesto de trabajo con puntuación inferior, de conformidad con lo establecido en el punto 4 de la base undécima de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFI- CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 1989).

2 Pág. 6 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 Séptimo Los funcionarios con adscripción provisional están obligados a participar en esta convocatoria, debiendo solicitar todos los puestos de trabajo a que puedan acceder. Octavo Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de re- B.O.C.M. Núm. 3 posición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dado en Madrid, a 16 de diciembre de La Consejera de Educación, PD (Orden 5547/2007, de 25 de octubre, de la Consejera de Educación), el Secretario General Técnico, Manuel Pérez Gómez. ANEXO LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE MÉRITOS EN LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN (03/43.413/09) Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ORDEN 4986/2009, de 17 de diciembre, por la que se resuelve la Orden 2294/2009, de 17 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio), por la que se convocaban puestos de trabajo para su provisión mediante el sistema de Concurso de Méritos. 5 Aprobada mediante Orden de 2294/2009, de 17 de junio (BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio), convo- TÍN catoria de puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería. Considerando que en el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes

3 B.O.C.M. Núm. 3 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 Pág. 7 convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria ya mencionadas. Considerando que esta Consejería tiene competencia para proceder a la adjudicación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, según la redacción dada por la Ley 14/2001, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía y Hacienda, RESUELVO Primero Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios que se expresan en el Anexo. A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el dato de la puntuación obtenida por los adjudicatarios en el concurso se entiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expuso en su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dado que en el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propuestas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vinculantes. Segundo Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990). Tercero Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dado en Madrid, a 17 de diciembre de La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008, de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. ANEXO RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS EN LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

4 Pág. 8 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 B.O.C.M. Núm. 3 (03/43.057/09)

5 B.O.C.M. Núm. 3 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 Pág. 9 Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio 6 ORDEN 4987/2009, de 17 de diciembre, por la que se resuelve la Orden 3894/2009, de 16 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de octubre de 2009), por la que se convocaba un puesto de trabajo para su provisión por el sistema de Libre Designación. Aprobada mediante Orden de 16 de octubre de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de octubre de 2009), convocatoria para la provisión del puesto de trabajo número 25439, mediante el sistema de Libre Designación, en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria. En virtud de la competencia atribuida a esta Consejería para proceder a la adjudicación, de conformidad con el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por esta Consejería, y una vez emitido informe favorable por la Consejería de Economía y Hacienda, RESUELVO Primero Declarar asignado el puesto de trabajo número a la funcionaria que se expresa en el Anexo. Segundo Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre). Tercero Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE- TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dado en Madrid, a 17 de diciembre de La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008, de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. ANEXO RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN EN LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Puesto adjudicado Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Dirección General Vivienda y Rehabilitación. Subdirección General Adjudicaciones y Apoyo al Ciudadano. Área Adjudicaciones. Puesto de trabajo: Denominación: Jefe de Área de Adjudicaciones. Grupo: A. NCD: 29. C. específico: ,96 Adjudicataria Cód. identificación: L0. Apellidos y nombre: Sánchez Fernández, Ana. Puesto liberado Organismo Autónomo Instituto de la Vivienda de Madrid. Dirección del Área Económico-Administrativa. Subdirección General Administración e Inspección de Vivienda. Área de Inspección de Vivienda. Puesto de trabajo: Denominación: Jefe de Área de Inspección de Vivienda. Grupo: A. NCD: 29. C. específico: ,96. (03/43.059/09) Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio 7 ORDEN 4988/2009, de 17 de diciembre, por la que se resuelve la Orden 3959/2009, de 20 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de octubre de 2009), por la que se convocaba un puesto de trabajo para su provisión por el sistema de Libre Designación. Aprobada mediante Orden de 20 de octubre de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de octubre de 2009), convocatoria para la provisión del puesto de trabajo número 40551, mediante el sistema de Libre Designación, en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria. En virtud de la competencia atribuida a esta Consejería para proceder a la adjudicación, de conformidad con el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por esta Consejería, y una vez emitido informe favorable por la Consejería de Economía y Hacienda, RESUELVO Primero Declarar asignado el puesto de trabajo número a la funcionaria que se expresa en el Anexo. Segundo Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre). Tercero Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE- TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6 Pág. 10 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 B.O.C.M. Núm. 3 Dado en Madrid, a 17 de diciembre de La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008, de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. ANEXO RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN EN LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Puesto adjudicado Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Dirección General Urbanismo y Estrategia Territorial. Área Actuación Administrativa. Puesto de trabajo: Denominación: Jefe de Área de Actuación Administrativa. Grupo: A. NCD: 29. C. específico: ,96 Adjudicataria Cód. identificación: F0. Apellidos y nombre: Morales Gil, Josefa Teresa. (03/43.030/09) Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio 8 ORDEN 4989/2009, de 17 de diciembre, por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos. Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder a su inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Primero Aprobar la convocatoria para la provisión de varios puestos de trabajo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómica que se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistema de Concurso de Méritos. Segundo La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Tercero Los participantes deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la relación de puestos de trabajo en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida, en su caso. Cuarto De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según modelo regulado en la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto). Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas solicitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas, y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: a) El Certificado de Registro de Personal que se publica como Anexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de septiembre). b) El historial académico y profesional, que se publica como Anexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que se hará constar: Los títulos académicos. Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, especialmente referidos a los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria. Estudios y cursos realizados y conocimientos de idiomas. Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante poner de manifiesto. Quinto Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 4/1989, de 6 de abril, no se podrá adjudicar puestos con una puntuación inferior a 10 puntos. No obstante, la Junta de Méritos podrá adjudicar excepcionalmente algún puesto de trabajo con puntuación inferior, de conformidad con lo establecido en el punto 4 de la base undécima de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFI- CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 1989). Sexto Los funcionarios con adscripción provisional están obligados a participar en esta convocatoria, debiendo solicitar todos los puestos de trabajo a que puedan acceder. Sexto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dado en Madrid, a 17 de diciembre de La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008, de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

7 B.O.C.M. Núm. 3 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 Pág. 11 ANEXO LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A LA PROPUESTA NÚMERO 2534

8 Pág. 12 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 B.O.C.M. Núm. 3 (03/43.055/09) C) Otras Disposiciones Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno 9 ORDEN 2778/2009, de 9 de diciembre, por la que se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos, en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional de carácter no profesional. Vista la Propuesta de Resolución elevada a través de la Directora General de Deportes y formulada por la Comisión de Evaluación, encargada del estudio de las solicitudes presentadas de acuerdo con la Orden 1691/2009, de 27 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2009, de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños, por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 264, de 6 de noviembre de 2009) y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes: DISPONGO Conceder las subvenciones a los clubes deportivos madrileños y las cuantías que se relacionan en el Anexo de la presente Orden. Las solicitudes no incluidas en el citado Anexo se entenderán desestimadas. El pago de estas subvenciones se realizará con cargo a la partida por un importe de euros del Programa 827 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año Las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios, previa presentación de la documentación establecida en el artículo 22 de la Orden 1691/2009, de 27 de octubre, ya citada, quedando los beneficiarios sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la referida Orden. La justificación de la ayuda concedida se realizará dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Orden. La presente resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dada en Madrid, a 9 de diciembre de El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ ANEXO IMPORTE NOMBRE DEL CLUB/ EQUIPO CONCEDIDO (euros) A.D. TENIS DE MESA LEGANÉS D.Honor masculina ,30 C. BALONMANO ALCOBENDAS. D. Honor femenina ,87 C. BALONMANO ALCOBENDAS. D. Honor masculina ,87 CAPITAL BOWILING. D. Honor masculino 2.131,81 CAPITAL BOWILING. 1ª División masculina 1.947,00 CAPITAL BOWLING. D. Honor femenina 2.178,97 REAL CANOE NATACIÓNN CLUB. Waterpolo ,00 D.Honor masculina REAL CANOE NATACIÓNN CLUB ,50 BALONCESTO FEMENINO Liga femenina 2ª C.N. MOSCARDÓ. Waterpolo D. Honor femenina ,00 C.N. MOSCARDÓ. Waterpolo 1ª División femenina ,00 INTERVIU FÚTBOL SALA. D. Honor masculina ,70 CLUB PATÍN ALCORCÓN P.L. D. Honor femenina ,00 CLUB PATÍN ALCORCÓN OK LIGA ,00 D. Honor femenino CLUB PATÍN ALCORCÓN P.L. D. Honor masculina ,00 CLUB BALONMANO MÓSTOLES.1ª D. femenina ,00 C.R.C. MADRID. Rugby Div.Honor ,70 LOS MOLINOS FÚTBOL SALA FEMENINO ,00 MÓSTOLES C.D.D. HERCESA Baloncesto Silla Ruedas 1ª B ,33 C.D. TENIS DE MESA RIVAS Div.Honor femenina ,00 MAJADAHONDA FÚTBOL SALA 1ª Div. Femenina ,00 A.D.CONCEPCIÓN CIUDAD LINEAL.1ª Div. femenina ,95 DRIDMA RIVAS Sofbol Div.Honor ,78 CLUB RIVAS VACIAMADRID BEISBOL Y SOFBOL ,30 Div. Honor femenina CLUB BALONMANO S.S. DE LOS REYES ,53 1ª Div. femenina SPV CLUB DE HOCKEY 1ª Div. femenina ,58 HOCKEY BÁSICO COMPLUTENSE ,33 Div. Honor masculina C.F. POZUELO DE ALARCÓN Futbol Fem 1ª Div ,70 LICEO FRANCÉS Rugby 1ª Div ,81 TRES CANTOS PATÍN CLUB Div. Honor masulina ,19 A.D. MARATHON. Atletismo D. Honor masculina ,60 A.D. MARATHON.Atletismo D. Honor femenina ,90 CLUB ATLETISMO ALCORCÓN ,98 1ª Div. Nacional masculina C.N. ONDARRETA WATERPOLO.D. Honor masculina ,53 C.N. ONDARRETA WATERPOLO.1ª División masculina ,67 C.N. ONDARRETA WATERPOLO. D. Honor femenina ,25 C.D. SANTA MARÍA DEL PILAR.Hockey Patines ,82 D. Honor femenina CLUB CARNICER TORREJÓN F.S. D.Honor ,81 CLUB HOCKEY POZUELO. 1ª D. masculina ,87 POZUELO MADRID MAPOMA.1ª Div. femenina ,36 CASA MURCIA GETAFE. Baloncesto S.Ruedas 1ª Div ,70

9 B.O.C.M. Núm. 3 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 Pág. 13 IMPORTE NOMBRE DEL CLUB/ EQUIPO CONCEDIDO (euros) ATLÉTICO DE MADRID FÉMINAS. Futbol ,26 1ª D. Nacional ATLÉTICO DE MADRID FÉMINAS.Futbol. Superliga ,24 C.NATACIÓN LA LATINA. Waterpolo ,19 D. Honor femenina C.NATACIÓN LA LATINA. Waterpolo 1ª Div. masculina ,33 CLUB VALLEHERMOSO RETIRO. Kayak-Polo 2.700,00 1ª División femenina CLUB VALLEHERMOSO RETIRO. Kayak-Polo 2.800,00 1ª División masculina C.D.E.MADRID VELOCIDAD. Kayak-Polo ,30 1ª División femenina CLUB MADRILEÑO CIENCIAS. Kayak-Polo ,00 1ª División masculina CLUB MADRILEÑO CIENCIAS. Kayak-Polo 6.550,00 1ª División femenina FÚTBOL SALA CIUDAD DE ALCORCÓN FEMENINO ,00 1ª Nacional C.TENIS DE MESA S.S.REYES. Superdivisión masculina ,00 C.TENIS DE MESA S.S.REYES ,09 División Honor masculina CLUB BÁDMINTON LEGANÉS. Div. Honor ,00 C.RUGBY CISNEROS. Div Honor ,22 C.D.CREF ALAMEDA DE OSUNA. Baloncesto ,81 2ª Div. femenina C.D.FUTSI AT. FÉMINAS FÚTBOL SALA ,00 D. Honor femenina A.D. TORREJÓN-B. Futbol femenino 1ª Nacional ,98 A.D. TORREJÓN-A Futbol Femenino. Super Liga ,19 ALCOBENDAS RUGBY. División de Honor ,98 C.BALONCESTO ALCOBENDAS LIGA FEMENINA ,81 2ª División SPORTING VALLECAS Hockey ,77 Liga Nacional femenina CLUDENOR-FUNDOSA ONCE Baloncesto ,90 Silla de Ruedas. Div. Honor CLUB DE CAMPO VILLA DE MADRID. Hockey ,45 D. Honor femenina CLUB DE CAMPO VILLA DE MADRID. Hockey ,07 D. Honor masculina POZUELO MADRID MAPOMA. Atletismo ,19 1ª Div. masculina C.D.E. PEGASSO H30 RIVAS. Triatlón 2ª Div. femenina ,00 C.PATÍN ALCOBENDAS. 1ª Nacional masculina ,78 CLUB PATÍN RIVAS LAS LAGUNAS ,78 Liga OK femenina VIRGEN DEL PUERTO FÚTBOL SALA. Div. Honor fem ,30 SAD HIELO MAJADAHONDA MASCULINO ,33 Liga Nacional SAD HIELO MAJADAHONDA FEMENINO ,50 Liga Nacional BÁDMINTON PARACUELLOS. Liga Nacional ,82 C. TRIATLON DIABLILLOS RIVAS 1ª masculina 7.110,00 C. TRIATLON DIABLILLOS RIVAS 1ª femenina 7.110,00 TOTAL ,00 (03/41/2010) Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno 10 RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, por la que se acuerda el inicio de la fase de alegaciones en el procedimiento de elaboración de la disposición de carácter general por la que se crean, modifican y suprimen varios ficheros de datos de carácter personal vinculados a la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano. A instancias de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno se ha elaborado un proyecto de disposición de carácter general por la que se crean, modifican y suprimen varios ficheros de datos de carácter personal. Conforme establecen el artículo 5.5 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones generales de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, elaborado el proyecto de disposición de carácter general, se abrirá una fase de alegaciones durante un plazo no inferior a quince días hábiles, relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad del fichero, con el objeto de que las organizaciones o asociaciones legalmente constituidas y con intereses legítimos en el proyecto se pronuncien sobre el mismo. Por todo lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 18 del Decreto 78/2009, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, RESUELVO Someter a fase de alegaciones, por término de quince días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, el proyecto de disposición de carácter general por la que se crean, modifican y suprimen varios ficheros vinculados a la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano. A tal efecto, las personas interesadas podrán examinar el citado proyecto en la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano (Gran Vía, número 18, Madrid) y presentar, dentro del plazo indicado, las alegaciones que estimen convenientes. Madrid, a 1 de diciembre de El Director General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, Amador Sánchez Sánchez. (03/43.073/09) Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno 11 RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2009, por la que se somete a fase de alegaciones el Proyecto de Orden por el que se crean los ficheros mixtos de datos de carácter personal de la Dirección General de Medios de Comunicación, denominados Acreditación, Comunicación, Concursos y Premios, Noticias y Relaciones Institucionales. Se ha elaborado el proyecto de disposición de carácter personal por el que se crean los ficheros mixtos de datos de carácter personal denominados Acreditación, Comunicación, Concursos y Premios, Noticias y Relaciones Institucionales, adscritos a la Dirección General de Medios de Comunicación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.5 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, se abre una fase de alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal que se pretende solicitar en relación con la finalidad del fichero que se crea.

10 Pág. 14 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 B.O.C.M. Núm. 3 En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, RESUELVO Someter el proyecto de Orden por el que se crean los ficheros mixtos de datos de carácter personal denominados Acreditación, Comunicación, Concursos y Premios, Noticias y Relaciones Institucionales, adscritos a la Dirección General de Medios de Comunicación, a la fase de alegaciones, por el plazo de quince días hábiles, mediante la inscripción del correspondiente anuncio en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que los interesados podrán solicitar un ejemplar del citado Proyecto de Orden en la Dirección General de Medios, sita en la Puerta del Sol, número 7, primera planta, Madrid, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes. Durante el mismo plazo podrán presentar alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretenden solicitarse en relación con la finalidad del fichero, las organizaciones o asociaciones legalmente constituidas, cuyo objeto estatutario tenga como finalidad principal la defensa de derechos e intereses relacionados con los protegidos mediante la citada Ley 8/2001, de 13 de julio, o cuyos miembros resulten especialmente afectados por los datos cuya recogida se pretende. Las alegaciones que, en su caso, se formulen se dirigirán a la Secretaría General Técnica de Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, y se presentarán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 4 de diciembre de El Secretario General Técnico, Borja Sarasola Jáudenes. (03/43.070/09) Consejería de Presidencia, Justicia e Interior 12 RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Justicia, por la que se resuelve publicar el inicio de la fase de alegaciones relativa al proyecto de disposición de carácter general por el que se aprueba la creación de los ficheros de videovigilancia de los edificios e instalaciones al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 5 regula el procedimiento para la aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos de carácter personal en la Comunidad de Madrid. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.5 de la citada Ley y en el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, por el que se regula el procedimiento de elaboración de disposiciones de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, elaborado el proyecto de disposición, se abrirá una fase de alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal de los ficheros que se pretendan crear. En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, RESUELVO Publicar para general conocimiento el inicio de la fase de alegaciones relativas al proyecto de disposición, por el que se crean los ficheros de videovigilancia de los edificios e instalaciones al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. Dicha fase de alegaciones tendrá una duración de quince días hábiles a contar desde el siguiente día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. A tal efecto, las personas interesadas podrán solicitar un ejemplar del citado proyecto en la Dirección General de Justicia, dependiente de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, sita en la Gran Vía, número 18, cuarta planta, de Madrid, en horario de nueve a catorce, que será objeto de respuesta razonada en cumplimiento de lo exigido por el artículo 86.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 3 de diciembre de El Director General de Justicia, Gonzalo Quiroga Churruca. (03/43.071/09) Consejería de Presidencia, Justicia e Interior AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID 13 RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2009, del Director de la Agencia de Protección de Datos, por la que se aprueba la modificación de los ficheros Registro, Horawin, Acceso a la APDCM, Correo electrónico, Asistentes, Expedientes de personal, Suscriptores Revista Española de Protección de Datos y Registro de ficheros de carácter personal. El artículo 14 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, establece que la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid es un ente de derecho público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, actuando en el ejercicio de sus funciones con plena independencia de la Administración de la Comunidad. En este sentido, el artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID o en el diario oficial que corresponda. La modificación de estos ficheros se ajusta a los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, y responde a las exigencias relativas a medidas de seguridad que establece el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999. El procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros ha sido desarrollado por el Decreto 99/2002, de 13 de junio. De conformidad con el citado decreto se elabora el proyecto de resolución de modificación de los ficheros Registro, Horawin, Acceso a la APDCM, Correo electrónico, Asistentes, Expedientes de personal, Suscriptores Revista Española de Protección de Datos y Registro de ficheros de carácter personal. En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 11 del Decreto 40/2004, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, y a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, el Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. RESUELVE Primero Proceder a declarar la modificación de los ficheros de datos de carácter personal denominados Registro, Horawin, Acceso a la APDCM, Correo electrónico, Asistentes, Expedientes de personal, Suscriptores Revista Española de Protección de Datos y Registro de ficheros de carácter personal, cuyo contenido se describe en el Anexo Único. Segundo La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 2 de diciembre de El Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Antonio Troncoso Reigada.

11 B.O.C.M. Núm. 3 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 Pág. 15 ANEXO FICHEROS QUE SE MODIFICAN Fichero: REGISTRO. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Director Agencia Protección de Datos. 6. Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico. Fichero: HORAWIN. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Director Agencia Protección de Datos. 6. Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico. Fichero: ACCESO A LA APDCM. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Director Agencia Protección de Datos. 6. Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico. Fichero: CORREO ELECTRÓNICO. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Director Agencia Protección de Datos. 6. Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico. Fichero: ASISTENTES. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Director Agencia Protección de Datos. 6. Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico. Fichero: EXPEDIENTES DE PERSONAL. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Director Agencia Protección de Datos. 6. Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Alto. Fichero: SUSCRIPTORES REVISTA ESPAÑOLA DE PD. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Director Agencia Protección de Datos. 6. Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico. Fichero: REGISTRO FICHEROS DE C. PERSONAL. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Director Agencia Protección de Datos. 6. Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico. (03/42.918/09) Consejería de Presidencia, Justicia e Interior AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID 14 RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2009, por la que se acuerda publicar el inicio de la fase de alegaciones relativa al proyecto de disposición de carácter general por el que se aprueba la creación de un fichero que contiene datos de carácter personal: Cámaras de vigilancia del edificio Cardenal Marcelo Spínola 14. La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid ha elaborado un proyecto de disposición de carácter general por la que se aprueba la creación de un fichero que contiene las imágenes recogidas por las cámaras de vigilancia del edificio Cardenal Marcelo Spínola 14. La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 5 regula el procedimiento para la aprobación de disposiciones de carácter general por la que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos de carácter personal en la Comunidad de Madrid. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la citada Ley y en el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, se abre una fase de alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia y proporcionalidad de los datos de carácter personal de los ficheros que se pretenden crear o suprimir. En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, RESUELVO Publicar para general conocimiento el inicio de la fase de alegaciones relativas al proyecto de disposición por el que se crea el fichero denominado Cámaras de vigilancia del edificio Cardenal Marcelo Spínola 14. Dicha fase de alegaciones tendrá una duración de quince días hábiles a contar desde el siguiente día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. A tal efecto, las personas interesadas podrán solicitar un ejemplar del citado proyecto en la Secretaría General, presentando alegaciones al respecto, alegaciones que serán objeto de respuesta razonada en cumplimiento de lo exigido por el artículo 86.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 9 de diciembre de El Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Antonio Troncoso Reigada. (03/43.072/09) Consejería de Economía y Hacienda 15 RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convocan pruebas selectivas para la obtención de los carnés profesionales para el año 2010 de instalador y mantenedor autorizados en las ramas que se indican, y de maquinistas y palistas mineros. La Orden 351/1991, de 16 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO- MUNIDAD DE MADRID de 25 de enero de 1991), de la Consejería de Economía, establece las normas de las convocatorias de exámenes para la obtención de los carnés profesionales de instalador y/o mantenedor en las diversas ramas de actividad y de maquinistas y palistas mineros, en materia de industria, energía y minas. De acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de la citada Orden, por la presente Resolución se resuelve convocar las pruebas de los exámenes para la obtención en el año 2010 de los carnés profesionales en las diversas especialidades que se detallan, conforme a las bases de las convocatorias señaladas en la misma. Se destaca, en primer lugar, en cuanto a la aplicación del nuevo Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas

12 Pág. 16 MARTES 5 DE ENERO DE 2010 B.O.C.M. Núm. 3 complementarias (ITC EP), aprobados por Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, que en dichas disposiciones no se regula de forma expresa que los profesionales dispongan de carnés específicos en materia de seguridad industrial, al objeto de desarrollar su actividad en el seno de las empresas instaladoras y reparadoras establecidas en el Anexo I de dicho Reglamento, cuyo ámbito de aplicación se extiende tanto a las nuevas ITC EP como a aquellas ITC AP que desarrollan el antiguo Reglamento aprobado por Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, y que permanecen en vigor por no estar sustituidas por las ITC EP. Todo ello a excepción del carné de operador industrial de calderas, que se mantiene en el nuevo Reglamento de equipos a presión, y cuya obtención se regula en el artículo 13.3 de la ITC EP1, previa solicitud del interesado, una vez superado un curso de capacitación de cincuenta horas de duración mínima impartido por entidades de formación reconocidas en la Comunidad de Madrid, sobre los conocimientos mínimos señalados en el apartado 1 del Anexo II de la citada ITC EP1 y, asimismo, superado un examen teórico-práctico ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas en las correspondientes convocatorias. En la primera convocatoria del año 2010 no se exigirá curso previo al no estar inscritas oportunamente las entidades de formación que impartirán los cursos. En cualquier caso, para el citado carné de operador industrial de calderas no será de aplicación en el ámbito de la Comunidad de Madrid la forma de acceso establecida en el apartado 2 de la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por las especiales dificultades derivadas de su aplicación. En consecuencia, de acuerdo con la citada normativa estatal se suprimen en la Comunidad de Madrid los carnés de instalador de aparatos sometidos a presión, que se venían expidiendo en este sector específico, así como los carnés de instalador-mantenedor de máquinas de preparación rápida de café relativos a la ITC AP14 del Reglamento de aparatos sometidos a presión, por lo que no se incluirán en las convocatorias de exámenes. Todo ello sin perjuicio de que los titulares de los citados carnés ya otorgados o de que quienes los obtengan por haber aprobado en recientes convocatorias, puedan utilizarlos en el seno de una empresa instaladora y/o reparadora legalmente establecida, sin que ello signifique en modo alguno que sus atribuciones sean necesariamente las de los responsables técnicos o técnicos titulados competentes con que deben contar en plantilla, respectivamente, las empresas instaladoras y reparadoras EIP-1 y ERP-1, por una parte, y las empresas instaladoras y reparadoras EIP-2 y ERP-2, por otra, de acuerdo con lo establecido en el nuevo Reglamento. En cuanto a los citados carnés profesionales de operador industrial de calderas obtenidos en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Aparatos a Presión, aprobado por el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, o en curso de tramitación, se consideran equivalentes a los carnés de operador industrial de calderas regulados en el nuevo Reglamento de equipos a presión, aprobado por el Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre. En consecuencia, no es necesario que los titulares de los carnés de operador obtenidos al amparo del Reglamento de 1979 efectúen tramitación alguna de convalidación o canje de los citados carnés ni curso alguno o examen. No obstante, se adaptarán dichos carnés profesionales, con ocasión de la tramitación de sus renovaciones, a la nueva normativa. En lo relativo a los carnés de instalador de fontanería se ha decidido por esta Dirección General suspender la primera convocatoria anual de exámenes del año 2010 con anuncio posterior oportuno, en su caso, sobre la segunda convocatoria, una vez que se establezca el criterio definitivo sobre la permanencia o no del citado carné profesional en el ámbito de competencias de esta Dirección General. Visto lo que antecede y de acuerdo con las disposiciones legales y demás concordantes de general aplicación, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, DISPONE Convocar para el año 2010 las pruebas selectivas para la obtención de los carnés profesionales de instalador y mantenedor autorizados en las ramas que se indican, y de maquinistas y palistas mineros. BASES DE LAS CONVOCATORIAS Primera Normas generales Se convocan pruebas para la obtención de los carnés profesionales de instalador y mantenedor en las especialidades que se detallan en los Anexos III, IV, V, y en el VI relativo a maquinista y palista minero. Segunda Interesados 2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser mayor de edad. b) Estar en posesión o en condiciones de obtener una de las titulaciones que se indican en los correspondientes Anexos referidos a las especialidades convocadas para instalador o mantenedor. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación. c) Haber superado los cursos de formación exigibles previos a la obtención del carné profesional mediante certificado de la entidad de formación correspondiente y cumplir los demás requisitos particulares indicados para el carné de que se trate. d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica para el desempeño de las funciones para las que habilite el carné solicitado. Esta condición habrá de justificarse, mediante el correspondiente certificado médico, en el caso de ser aprobado y en el momento de solicitar el carné. e) Para los maquinistas y palistas mineros deberán reunirse además los requisitos particulares señalados en el Anexo VI Los requisitos establecidos en la base 2.1, puntos a), b) y c), para el acceso a las pruebas deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias. Tercera Solicitudes 3.1. El modelo de solicitud para tomar parte en las presentes pruebas, que deberá ser una para cada tipo de carné, es el que se acompaña en los Anexos I y II, y será facilitado gratuitamente en la Dirección General de Industria, Energía y Minas, en la calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, edificio F-4, Madrid Las solicitudes de admisión a examen, debidamente cumplimentadas, se presentarán preferiblemente en la Dirección General de Industria, Energía y Minas y en los lugares y por los medios previstos en la Ley 30/1992, durante el plazo comprendido entre los días, ambos inclusive, que figuran en los Anexos III, IV, V y VI Deberán presentar solicitud expresa, de acuerdo con los Anexos I o II, quienes por tener aprobado el examen teórico en la anterior convocatoria, se presenten únicamente a la prueba práctica y en el caso de los maquinistas y palistas mineros, aquellos aspirantes que tengan el carné de una especialidad y quieran presentarse a otras especialidades Se presentará junto con la documentación descrita en los puntos anteriores fotocopia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente en vigor. Cuarta Tasa por derecho de examen 4.1. Junto con la solicitud de admisión a examen el interesado deberá presentar justificante del pago de la tasa correspondiente por cada una de las especialidades en que se pretenda examinar, conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA- DRID de 29 de octubre de 2002), y sucesivas actualizaciones El ingreso del pago de la tasa puede efectuarse mediante el modelo 030 de pago, en cualquiera de las seis entidades de crédito colaboradoras en la prestación de los servicios de tesorería y recau-

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