Edificio Advo. San Caetano, s/n-bloque 5-4ºplanta Santiago de Compostela

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1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁN EN LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, DEL CONTRATO DE SERVICIO PARA EL DESARROLLO DE UNA CAMPAÑA PUBLICITARIA CENTRADA EN EL NUEVO MODELO INDUSTRIAL Y EN LA CREACIÓN DE EMPLEO Expediente 02/2017 SXT HOJA DE ESPECIFICACIONES A.- OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES Este contrato tiene por objeto la contratación de una campaña publicitaria de ámbito gallego que se centre en el nuevo modelo industrial y en la creación de empleo. En concreto, los servicios a contratar son los siguientes: - Desarrollo de una estrategia, investigación y planificación de medios publicitarios para la campaña publicitaria. - Adquisición de espacios publicitarios en todos los medios/soportes que se determinen. - Ejecución, justificación y evaluación de la campaña de medios durante la vigencia del contrato. Las creatividades a insertar en los medios serán entregadas por la Xunta de Galicia a la empresa adjudicataria. Todo esto, se llevará a cabo con estricta sujeción al pliego de prescripciones técnicas (PPT) que rige en esta contratación que se une como anexo VII de este pliego. Código CPA: 73.1 (servicios de publicidad) Código CPV: (servicios de publicidad) Necesidades que hay que satisfacer: - Poner en valor y promover actuaciones que contribuyan a sentar las bases para un nuevo modelo para la Galicia del futuro, con una industria competitiva, innovadora y generadora de empleo estable y de calidad. 1

2 B.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN, TRAMITACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES La adjudicación se realizará a través del sistema de procedimiento abierto, al amparo de lo previsto en los artículos 138 y 157 a 161 del Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público (TRLCSP). El contrato está sujeto la regulación armonizada de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del TRLCSP y el artículo 4 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DN). La tramitación del procedimiento será ordinaria. Presentación de proposiciones: o Plazo: el plazo de presentación de proposiciones se indicará en los anuncios de licitación y será de 40 días naturales a contar desde la fecha de envío del correspondiente anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). o Lugar (en las condiciones previstas en la cláusula 6 de este pliego): Oficina del registro general de la Xunta de Galicia (San Caetano, s/n; ). C.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, APLICACIÓN PRESUPUESTARIA Y OFERTA ECONÓMICA El importe total del presupuesto es de un millón doscientos noventa y siete mil quinientos veinte euros y sesenta y seis céntimos ( ,66 ) al que se le añaden doscientos setenta y dos mil cuatrocientos setenta y nueve euros y treinta y cuatro céntimos ( ,34 ) que corresponden al 21% de IVA, lo que supone un presupuesto total del expediente de gasto de un millón quinientos setenta mil euros ( ), con cargo a la aplicación A de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para la anualidad El expediente de contratación se tramitará al amparo de lo dispuesto en el artículo del TRLCSP y en la Orden de 11 de febrero de 1998 sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2000 y por la Orden de 25 de octubre de 2001, por el que la adjudicación del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato. 2

3 El desglose del presupuesto es el siguiente: PRESUPUESTO (IVA EXCLUIDO) 21 % IVA PRESUPUESTO TOTAL (IVA INCLUIDO) Inserción en medios , , ,69 Comisión de agencia (2% sobre ,69 ) , , ,31 TOTAL , , ,00 El importe de la comisión de agencia oscilará entre el 0,00% y el 2,00% sobre el importe de la inserción en medios. El importe destinado a la inserción en medios ( ,08, IVA excluido) se ejecutará en su totalidad. El presupuesto incluye el coste de la estrategia, investigación, planificación, ejecución, justificación y evaluación de la campaña de medios durante la vigencia del contrato, así como el coste de la adquisición de espacios publicitarios en todos los medios/soportes que se determinen y todos los gastos, tasas e impuestos derivados de la compra de los espacios publicitarios. El valor estimado del contrato es coincidente con el presupuesto de licitación, de conformidad con lo previsto en el artículo 88.1 del TRLCSP. En la oferta económica los licitadores deberán respetar los siguientes costes máximos de referencia: Medio Modalidad Formato Importe sin IVA (con dos decimales) TV Galicia (1) C/RP Spot 10" Galicia +16 (C/RP G+16) 80,00 Spot 20" Galicia +16 (C/RP G+16) 125,00 Spot 30" Galicia +16 (C/RP G+16) 175,00 TV Galicia (2) C/pase Momento interno 30" Galicia ,00 Otras TV Galicia (3) C/pase Spot 30" en otras cadenas Galicia 70,00 Radio (4) CPM +14 Cuña 20" mínimo 50% en mañanas (7-12 h) 7,00 Galicia Cuña 30" mínimo 50% en mañanas (7-12 h) 8,50 Radio (5) C/pase Mención 30" 500,00 Prensa generalista y especializada (6) CPM +14 Galicia 1/2 página color impar lunes a domingo 24,00 Doble columna vertical color impar lunes a domingo. Galicia 28,00 3

4 Ediciones digitales medios (7) CPM Robapáginas 4 x 8 impares lunes a domingos. Galicia 32,00 Página color impar lunes a domingo. Galicia 40,00 Banner gráfico (portada y rotación. Mix ofertado por el licitadores) 15,00 Para la realización de la oferta los licitadores deberán respetar las siguientes especificaciones: (1) Coste por Rating Point en TV Galicia para el grupo objetivo mayores de 16 años. Mínimo: 20% de los GRPs en primera o última posición del corte publicitario. Mínimo: 80% de los GRPs situados entre Prime Time e informativos de mediodía. (2) Coste por pase de momento interno 30" en TV Galicia para el grupo objetivo mayores de 16 años. (3) Coste por pase en otras TV Galicia. Mínimo: 20% de los pases en primera o última posición del corte publicitario. Mínimo: 100% de los GRPs situados entre Prime Time e informativos de mediodía. (4) Coste por millar de impactos en emisoras de radio de Galicia o con segmentación publicitaria para Galicia de lunes a domingo según el último Acumulado Móvil del Estudio General de Medios. Por lo menos, el 50% de las cuñas se emitirán en horario de mañana (7 a 12 h), un 25% de las cuñas se situarán en primera o segunda posición dentro del corte publicitario. No se admitirán cuñas de 1 a 7 h. (5) Coste por pase de mención 30" en emisoras de radio de Galicia o con segmentación publicitaria para Galicia de lunes a domingo según el último Acumulado Móvil del Estudio General de Medios. (6) Coste por millar de impactos en diarios (generalistas, especializados) de Galicia o con segmentación publicitaria para Galicia de lunes a domingo según el último Acumulado Móvil del Estudio General de Medios. Los anuncios estarán situados en el primer tercio del diario, en las páginas de información general o de Galicia. (7) Coste por millar de impresiones de banner gráfico en portada y rotación en las ediciones digitales de los medios de comunicación gallegos según mix ofertado por los licitadores. Reparto del presupuesto según la tipología de los medios de comunicación: el adjudicatario distribuirá el presupuesto destinado a la inserción en medios respetando los porcentajes que se establecen en la siguiente tabla y en la cláusula 5 del PPT: 4

5 MEDIO % DE INVERSIÓN MÍNIMO MÁXIMO Prensa 30,00% 50,00% Prensa especializada (Economía, deporte, etc.) 0,00% 5,00% Radio 15,00% 30,00% TV 10,00% 25,00% Ediciones digitales de los medios de comunicación 25,00% 45,00% En todo caso la suma de los porcentajes de reparto utilizado será el 100,00%. D.- SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del TRLCSP, el sistema de determinación del precio se basó en precios unitarios (sin IVA) teniendo en cuenta los precios máximos de referencia que para cada medio se fijan en la cláusula C de esta hoja de especificaciones y en la cláusula 4.2 del PPT (coste/rp en TV Galicia, coste/pase TV Galicia y otra TV Galicia, coste/cpm y coste/pase en radio en Galicia, coste/cpm en prensa y en ediciones digitales de los medios de comunicación en Galicia) y el importe máximo de la comisión de la agencia. E.- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA/ SOLVENCIA Los licitadores deberán acreditar su solvencia conforme con lo dispuesto en las cláusulas F y G de esta hoja de especificaciones. De acuerdo con lo establecido en el artículo b) del TRLCSP, no se exige clasificación, no obstante en el caso de tener la siguiente: Grupo T (servicios de contenido), Subgrupo 1 (servicios de publicidad), Categoría 5 -antigua categoría E-, esta será sustitutiva de la solvencia referida en dichas cláusulas de la hoja de especificaciones. En cuanto a las uniones temporales de empresarios se estará a lo dispuesto en la cláusula 5.5 de este pliego. F.- MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA De conformidad con lo establecido en el artículo 75.1 letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante: 5

6 Volumen anual de negocios. El licitador acreditará el volumen anual de negocios de los tres últimos ejercicios (2014, 2015 y 2016) por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro mercantil acreditarán su cifra anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se reputará solvente el licitador que acredite tener en el conjunto de los tres últimos ejercicios un volumen de negocios igual o superior al presupuesto de licitación (IVA excluido), esto es, ,66. G. -MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL De conformidad con lo establecido en el artículo 78, letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante: Una relación, sellada y firmada, de los principales servicios o trabajos, de igual o similar naturaleza a la del objeto del contrato, realizados en los últimos 5 años que incluya su importe, las fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. El citado período de 5 años abarcará: Respecto del año 2012, desde el día equivalente al siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones y hasta el 31/12. Los años 2013, 2014, 2015 y 2016 completos. Y el período transcurrido del año 2017 hasta el día de finalización del plazo de presentación de proposiciones. Dichos servicios o trabajos se acreditarán, necesaria y exclusivamente, adjuntando la siguiente documentación, según cual sea su destinatario: - Si fue una entidad del sector público, mediante certificaciones expedidas o visadas por el órgano competente (es decir, el órgano de contratación). - Si fue un sujeto privado, mediante una certificación expedida por este, o a falta de esta certificación, mediante una declaración del licitador. 6

7 Deberán estar correctamente identificados los respectivos objetos de los trabajos referidos a efectos de la valoración de su relación o no con el correspondiente a la contratación. Se reputará solvente el licitador que acredite a través de los documentos relacionados en el párrafo anterior, la ejecución durante los últimos 5 años de un conjunto de trabajos que guarden relación con el objeto del contrato y que su suma suponga un importe igual o superior al presupuesto de licitación (IVA excluido), esto es, ,66. H. -GARANTÍA PROVISIONAL No se exige su constitución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP. I.- GARANTÍA DEFINITIVA Los licitadores que presenten la oferta económicamente más ventajosa deberán constituir a disposición del órgano de contratación una garantía definitiva por cuantía del 5% del importe de adjudicación, IVA excluido, de conformidad con lo establecido en el artículo 95 del TRLCSP. J.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Los criterios de conformidad con los cuales se valorarán las ofertas a efectos de determinar la económicamente más ventajosa, de acuerdo con la ponderación atribuida a cada uno de ellos, serán los siguientes: CRITERIOS 1 Relativos a aspectos CUALITATIVOS (no evaluables mediante aplicación de fórmulas; documentación del sobre B) 1.1 Análisis y determinación del target. En base al ejercicio teórico-práctico referido en la cláusula 4.1. A) del PPT, se valorará la De 0 a 10 De 0 a 50 argumentación del grupo o grupos objetivos puntos puntos propuestos como target de la campaña así como investigación, análisis del comportamiento y 7

8 consumo de medios. La propuesta que mejor argumente la selección de targets a partir de los datos de investigación proporcionados conseguirá la máxima puntuación. - Se valorará la argumentación del grupo o grupos objetivo: De 0 a 5 puntos. - Se valorará la calidad en el análisis de medios consumidos por el target amplio y core target ofertado: De 0 a 5 puntos. 1.2 Objetivos, estrategia y mix de medios En base al ejercicio teórico-práctico referido en la cláusula 4.1. A) del PPT, se valorará la capacidad de estrategia global que permita la realización de una campaña eficaz y eficiente para ser desarrollada mediante la planificación y plan de medios. Para la valoración de este apartado se atenderá a la fijación de objetivos, medios principales y secundarios, tandas, porcentajes de inversión en los distintos medios y distribución temporal de la presión publicitaria a lo largo de la campaña en coherencia con las decisiones abordadas en el apartado anterior, ya que la propuesta debe estar fundamentada, ser equilibrada y resultar coherente con el target elegido. - Se valorarán los objetivos, medios principales y secundarios y porcentajes de inversión: de 0 a 5 puntos. - Se valorará la duración y tandas de la campaña, así como el reparto temporal de la presión: de 0 a 5 puntos. - Se valorará la pertinencia estratégica en relación al target de campaña: de 0 a 10 puntos. La propuesta que presente la mejor estrategia global conseguirá la máxima puntuación. De 0 a 20 puntos 8

9 1.3 Planificación táctica y mix de medios propuestos En base al ejercicio teórico-práctico referido en la cláusula 4.1. A) del PPT se valorará la propuesta, elección y combinación, de los medios, soportes, formatos y emplazamientos propuestos, atendiendo a la capacidad del plan de obtener el máximo rendimiento del mix propuesto y que consiga el mayor impacto entre los públicos objetivo de la campaña. La planificación debe estar fundamentada, ser equilibrada y coherente con el target elegido y la estrategia de la campaña. El licitador que proponga la mejor planificación táctica conseguirá la máxima puntuación. - Se valorarán la combinación de los medios y soportes publicitarios: De 0 a 5 puntos. - Se valora la calidad de la oferta en términos de formatos, emplazamientos y franjas de emisión: De 0 a 10 puntos. 1.4 Evaluación previa de resultados En base al ejercicio teórico-práctico referido en la cláusula 4.1. A) del PPT, se valorará la modelización del impacto de la campaña en términos de cobertura, frecuencia y presión para cada uno de los grupos objetivos formulados. La oferta que obtenga los resultados más adecuados en relación al target y planificación propuesta conseguirá la máxima puntuación. 1.5 Sistema de seguimiento y control Se valorarán los mecanismos de seguimiento y control del desarrollo de la campaña que se oferten a mayores de los previstos en la cláusula 4.1. B) del PPT. El licitador que proponga el mejor sistema conseguirá la máxima puntuación. De 0 a 15 puntos De 0 a 2,5 puntos De 0 a 2,5 puntos 9

10 De conformidad con lo establecido en el artículo del TRLCSP, para poder continuar en el proceso selectivo, los licitadores deberán obtener un mínimo de 25 puntos en la valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas matemáticas. 2 Relativos a aspectos CUANTITATIVOS (evaluables mediante aplicación de fórmulas; documentación del sobre C) Inserciones en medios. Los costes máximos permitidos para cada medio o soporte son los establecidos en las cláusulas C y R. -3º. Sobre C) de la hoja de especificaciones y en la cláusula 4.2 del PPT. Resultarán excluidas las ofertas que excedan de alguno de dichos costes. 2.1 Costes por Rating Point spot 10" en TV en Galicia De 0 a 1 punto 2.2 Costes por Rating Point spot 20" en TV en De 0 a 4 Galicia puntos 2.3 Costes por Rating Point spot 30" en TV en De 0 a 4 Galicia puntos 2.4 Costes por pase momento interno 30" en TV en Galicia De 0 a 1 punto 2.5 Costes por pase spot 30" en otra TV Galicia De 0 a 1 punto 2.6 Costes por millar de impactos de cuña 20" De 0 a 4 en emisoras de radio de Galicia puntos 2.7 Costes por millar de impactos de cuña 30" De 0 a 4 en emisoras de radio de Galicia puntos 2.8 Costes por pase mención 30" en emisoras De 0 a 1 punto de radio de Galicia De 0 a Costes por millar de impactos de media puntos De 0 a 4 página color impar de lunes a domingo en puntos De 0 a 50 diarios de Galicia puntos 2.10 Costes por millar de impactos de doble De 0 a 4 columna color impar de lunes a domingo en puntos diarios de Galicia 2.11 Costes por millar de impactos de De 0 a 4 robapáginas color impar de lunes a puntos domingo en diarios de Galicia 10

11 Costes por millar de impactos de página De 0 a color impar de lunes a domingo en diarios puntos de Galicia Costes por millar de impresiones de banner De 0 a gráfico (mix ofertado por los licitadores) puntos Para cada medio y formato de los señalados anteriormente las ofertas que igualen los costes máximos de referencia (los establecidos en las cláusulas C y R. -3º. Sobre C) de la hoja de especificaciones y en el apartado 4.2 del PPT) serán valoradas con 0 puntos. Para cada medio y formato se valorará con la máxima puntuación la oferta más favorable y el resto de manera proporcional. Una vez que se calcule la puntuación para cada medio y formato se suman las puntuaciones de los distintos medios y formatos para cada licitador. Lo que obtenga la mayor puntuación en la suma de los medios y formatos se valorará con la máxima puntuación (45 puntos) y el resto se valorará proporcionalmente. Criterio de oferta anormal o desproporcionada: Tendrán la consideración de ofertas anormales o desproporcionadas las proposiciones con una baja media de más del 10% sobre la media aritmética de los costes de todas las ofertas presentadas para cada medio y formato. Comisión de agencia 2.14 Valoración del porcentaje de la comisión de agencia (deberá oscilar entre el 0,00% y el 2,00%) Se otorgan 5 puntos a la oferta con 0,00% de comisión de agencia, distribuyéndose el resto de los De 0 a 5 puntos puntos de forma inversamente proporcional de acuerdo con la siguiente fórmula: Vi= 5 - ((% Comisión ofertada * 5) / 2) TOTAL PUNTUACIÓN De 0 a 100 puntos 11

12 Según lo reflejado en el Acuerdo del Consello de la Xunta de 8 de abril de 2010, en el caso de igualdad entre dos o más proposiciones, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la empresa que cuente en su cuadro de personal con un número de trabajadores fijos discapacitados superior al 2%. En el caso de que varias empresas se encuentren en las circunstancias expresadas, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos discapacitados en su cuadro de personal. Si tras la aplicación de lo expuesto en el párrafo anterior persistiera el empate, y de conformidad con lo establecido en los artículos 67 y 75 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, tendrá preferencia en la adjudicación aquella empresa que haya implantado un plan de igualdad o, si es el caso, haya obtenido la Marca Gallega de Excelencia en Igualdad (en este caso, durante el año natural siguiente al de su obtención). En el supuesto de que una vez aplicados dichos criterios existieran dos o más entidades con idéntica puntuación que, a su vez, acrediten lo especificado en los párrafos anteriores, la adjudicación se determinará acudiendo a la puntuación conseguida de acuerdo con cada uno de los criterios de adjudicación, y por su orden. K.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y, SI ES EL CASO, POSIBILIDAD DE PRÓRROGA El plazo de ejecución de las prestaciones objeto de esta contratación comenzará el día siguiente al de la firma del contrato y abarcará hasta el 15 de noviembre de La duración de la campaña publicitaria no podrá exceder de 15 semanas. El contrato no será susceptible de prórroga. No obstante se extinguirá por cumplimiento si la totalidad de su objeto se realizó de acuerdo con sus términos y a satisfacción de la Administración con anterioridad a tal plazo. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. 12

13 L. -FORMA DE PAGO El pago se realizará por oleadas, tras la finalización de la ejecución de la correspondiente oleada y después de la certificación por parte de los servicios de la Secretaría General Técnica de la consellería de que los trabajos se realizaron de conformidad con las estipulaciones del PCAP y del PPT que rige en la contratación, así como en las condiciones descritas en la oferta presentada por el adjudicatario, tras la presentación de la correspondiente factura y de los informes semanales de seguimiento de la campaña referidos en la cláusula 6 del PPT correspondientes a oleada ejecutada. La factura de la última oleada, además de los informes semanales de seguimiento que le correspondan, deberá ir acompañada del informe final de campaña con el objeto de comprobar su correcta ejecución. El contenido mínimo de dicho informe será el señalado en la cláusula 6 del PPT. La Administración tiene la obligación de abonar el precio en el plazo que establece el artículo del TRLCSP. Reconocido el valor legal de las facturas emitidas electrónicamente en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y en atención a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, con la forma establecida en el párrafo anterior referido al régimen de pagos, la presentación de las facturas en formato electrónico será obligatoria para las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, las uniones temporales de empresas, las agrupaciones de interés económico (Ley 12/1991, de 29 de abril, de Agrupaciones de Interés Económico), las agrupaciones de interés económico europeas (Reglamento (CEE) n 2137/85 del Consejo, del 25 de julio de 1985), las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española y para los establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria. Las restantes personas jurídicas y las personas físicas, aunque no están obligadas, presentarán también las facturas emitidas, preferentemente, en formato electrónico. No obstante, las Administraciones Públicas podrán excluir reglamentariamente de esta obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea de hasta euros y las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de las Administraciones Públicas hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de 13

14 Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios. Así, en el apartado 1 del artículo 4 de la Orden de 26 de febrero de 2015 por la que se regulan el Punto general de entrada de facturas electrónicas y el Registro Contable de Facturas de la Comunidad Autónoma de Galicia "se establece el Sistema Electrónico de Facturación de la Xunta de Galicia (SEF) como Punto general de entrada de las facturas electrónicas para todas las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden". Y según su apartado 3, "En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y su presentación a través del Punto general de entrada las siguientes entidades: a) Sociedades anónimas, b) sociedades de responsabilidad limitada, c) personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española, d) establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria, e) uniones temporales de empresas y f) agrupaciones de interés económico....". Sin embargo, en su apartado 4 se indica que "No obstante, quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas de importe igual o inferior a 5.000,00 euros y las emitidas por los proveedores de servicios prestados en el exterior." El acceso al Sistema electrónico de facturación de la Xunta de Galicia (regulado en la Orden de 12 de febrero de 2010, DOG nº 31) y a la información sobre el mismo será a través de las siguientes URL: ohttp:// De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésima tercera del TRLCSP el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo a quien corresponda la tramitación de la misma. A efectos de su inclusión en la factura correspondiente, el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia es la Intervención General de la Xunta de Galicia y el órgano de contratación el conselleiro de Economía, Empleo e Industria. M.- RECEPCIÓN O CONFORMIDAD La recepción exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de conformidad dentro del mes siguiente al que se haya producido la ejecución del objeto del contrato. 14

15 N.- PLAZO DE GARANTÍA El plazo de garantía será de un (1) mes que se contará a partir del día siguiente al de la fecha de la conformidad de los trabajos objeto del contrato. Ñ. -REVISIÓN DE PRECIOS (y, si es el caso, fórmula aplicable) De acuerdo con lo establecido en los artículos 89 a 94 del TRLCSP, en esta contratación no procede la revisión de precios. O.- VARIANTES (en el caso de admisión, elementos y condiciones en las que se autoriza la presentación) No se admiten. P.- ANUNCIO/S DE LICITACIÓN Y GASTOS DE PUBLICIDAD El anuncio de licitación se publicará en el DOUE, en el BOE y en el DOG y serán por cuenta del adjudicatario los gastos de publicación en el BOE y en el DOG. Q.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS, REPRESENTACIÓN Y RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN Sin perjuicio de lo que establecen las cláusulas 13 y 14 del pliego: La entidad adjudicataria deberá contar con un responsable de la ejecución del contrato que será el único interlocutor válido ante el responsable de la consellería. Por parte de la Administración y de conformidad con lo establecido en la cláusula 13.6 de este pliego, fue designada por el órgano de contratación la persona responsable del contrato, que supervisará la ejecución, adoptará decisiones y dictará las instrucciones necesarias. Dicho representante de la entidad adjudicataria deberá mantener reuniones con la persona responsable designada por la Administración, a efectos del seguimiento de la ejecución y de la resolución, si es el caso, de las incidencias que surjan. 15

16 El adjudicatario deberá presentar un plan de medios, en el plazo de 10 días naturales a contar desde la fecha en que se lo solicite la Consellería de Economía, Empleo e Industria, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 5 del PPT. El lugar de presentación de la documentación resultante de la ejecución, será la Oficina del registro general de la Xunta de Galicia (San Caetano, s/n; ) y aquella se dirigirá a la Secretaría General Técnica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (San Caetano, s/n; bloque 5, 4ª planta,). R.- DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITADORES Los licitadores que deseen tomar parte en esta contratación presentarán TRES SOBRES señalados con las letras A, B y C, respectivamente, en las condiciones y lugares establecidos en la cláusula 6 de este pliego. A efectos de lo dispuesto en el artículo 140 del TRLCSP, los licitadores podrán designar como confidencial la documentación que contenga información facilitada que consideren con tal carácter. La designación deberá realizarse mediante un sello, o similar, con el que se imprima la palabra "confidencial", en cada una de las páginas que contenga información de este tipo. La documentación se presentará en originales o copias compulsadas. En cuanto a las copias compulsadas, únicamente serán admitidas las realizadas por notario o por funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia. En cuanto a las copias realizadas por este último se estará a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. El contenido de cada uno de los sobres, será el siguiente: 1º. Sobre A (documentación general: administrativa) Deberá incluirse en él la documentación señalada en la cláusula 6.2 de este pliego. 16

17 2º. Sobre B (documentación técnica relativa a aspectos cualitativos; es decir, no cuantificables mediante la aplicación de fórmulas) En este sobre se incluirá la documentación relativa a aspectos cualitativos; es decir, no cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, sin que en ningún caso se pueda incluir en él información que permita conocer o determinar la puntuación que el licitador conseguiría en base a criterios evaluables automáticamente mediante aplicación de fórmulas. El incumplimiento de esta exigencia será causa de exclusión. Los licitadores deberán presentar, en el sobre B, lo siguiente: A) Un ejercicio teórico-práctico de estrategia y planificación de medios para una campaña con estas características: - Objeto: campaña publicitaria para la promoción del empleo en Galicia. - Duración máxima: 49 días (7 semanas) - Ámbito: Galicia - Presupuesto: entre ,00 y ,00 (IVA excluido). - Reparto del presupuesto según la tipología de los medios de comunicación: el presupuesto destinado a la inserción en medios se distribuirá por el licitador respetando los siguientes porcentajes: Medio % de inversión Mínimo Máximo Prensa generalista 30,00% 50,00% Prensa especializada (Economía, deporte, etc.) 0,00% 5,00% Radio 15,00% 30,00% TV 10,00% 25,00% Ediciones digitales de los medios de comunicación 25,00% 45,00% En todo caso la suma de los porcentajes de reparto utilizado será el 100,00 %. 17

18 Esta campaña EJEMPLO es un ejercicio teórico - práctico a efectos de valoración de los aspectos cualitativos de la oferta, que tiene por objeto evaluar la capacidad de estrategia y planificación de medios y, por lo tanto, no es una campaña que tenga que ser ejecutada. Con dicho ejercicio se aportará el anexo V del PCAP. Los precios de referencia a emplear en dicho ejercicio de estrategia y planificación se encuentran en el punto II "Precios" de este apartado A). I. Memoria del ejercicio El documento descriptivo de la propuesta de campaña, de máximo 25 páginas en DIN A4 (sin contar portada y contraportada), deberá incluir, como mínimo: 1. Análisis y definición del grupo (o grupos) objetivo propuesto para la planificación. 2. Estudio de las audiencias de medios para el grupo (o grupos) objetivo propuesto. 3. Estrategia y mix de medios formulada. 4. Planificación táctica. Incluyendo detalle de las inserciones (número y porcentajes de prime time, mañanas, número y porcentajes de pases posicionados, ubicaciones, etc.). 5. Evaluación previa de resultados de las campañas (cobertura, frecuencia e inserciones). Deberán utilizarse los últimos datos para EGM, Comscore, y Kantar Media, en su caso, disponibles el día de publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de Galicia (DOG). - Las herramientas aceptadas para la evaluación de prensa y radio son Tom Micro y Galileo. En la evaluación de prensa se usará el dato de la audiencia probabilizada de cada soporte. En la evaluación de radio para cada inserción se empleará el dato de audiencia probabilizada de la hora concreta de emisión planificada. - Las herramientas aceptadas para la evaluación de TV son TOM Micro y Infosys. - La herramienta aceptada para la evaluación de las ediciones digitales de los medios de comunicación es Comscore. II. Precios En la planificación de esta campaña ejemplo los licitadores, teniendo en cuenta las condiciones obligatorias de mix y formatos del siguiente punto III, deberán emplear obligatoriamente los siguientes precios, sin IVA: 18

19 Medio Modalidad Formato Importe sin IVA C/RP Spot 10" Galicia +16 (C/RP G+16) 65,00 TV Galicia C/RP Spot 20" Galicia +16 (C/RP G+16) 96,00 C/RP Spot 30" Galicia +16 (C/RP G+16) 145,00 C/pase Momentos internos 30" Galicia ,00 Otras TV Galicia C/pase Spot 30" en otras cadenas Galicia 50,00 CPM +14 Galicia Cuña 20" mínimo 50% en mañanas (7-12 h) 5,50 Radio CPM +14 Galicia Cuña 30" mínimo 50% en mañanas (7-12 h) 7,00 C/pase Mención 30" 300,00 CPM +14 Galicia 1/2 página color impar de lunes a domingo 20,00 Prensa Doble columna vertical color impar de lunes CPM +14 Galicia generalista y a domingo 22,00 especializada Robapáginas color impar de lunes a CPM +14 Galicia domingo 30,00 Ediciones digitales medios CPM +14 Galicia Página color impar de lunes a domingo 35,00 CPM Banner gráfico (portada y rotación. Mix ofertado por el licitadores) 12,00 Estos precios son sólo para uso estricto del ejercicio y no están vinculados con los precios de la oferta económica que serán los que se incluirán en el sobre C. Para este ejercicio no se considera la comisión de la agencia. III. Condiciones obligatorias (mix y formatos) En la propuesta de este ejercicio no podrán incluirse soportes ni formatos que no estén previstos en el siguiente listado, pero no será obligatorio emplearlos todos. 1. Televisión Formatos: spots 10", 20" y 30", momentos internos 30" +16 para TVG y 30" otras TV Galicia. Por lo menos un 20% de los GRP's propuestos en cada cadena estarán situados en la primera o última posición dentro del corte publicitario. Por lo menos, un 80% de los GRPs propuestos en cada cadena se emitirán entre Prime Time e informativos del mediodía y de la noche. En el caso de otras TV Galicia, el 100% de los spots serán emitidos en la franja prime time noche o informativos. Mix de cadenas: 19

20 a. Por lo menos, el 70% de la inversión para televisión se destinará a la cadena líder en Galicia con posibilidad de segmentación publicitaria para nuestra comunidad autónoma según Kantar Media. b. El resto de la inversión, en su caso, se destinará a cadenas regionales, por lo menos el 15% de la inversión justificada con datos de audiencia. 2. Prensa generalista y especializada Formato: página, robapáginas, doble columna vertical o ½ página color impar en domingo/festivo y laborable en el primer tercio del diario o en las páginas dedicadas a información de Galicia. Mix de soportes: se tendrá en cuenta la audiencia (EGM) en el ámbito gallego. Todos los diarios tendrán, por lo menos, una inserción del formato mínimo de página. 3. Radio: Formato: cuñas de 20" y 30"; menciones 30" de lunes a domingo. Por lo menos, un 25% de las cuñas de cada emisora estarán situadas en la primera o segunda posición del corte publicitario. Por lo menos, un 50% de las cuñas de cada emisora se emitirán en horario de mañana (7:00 la 12:00). No se admitirán inserciones de 1:00 a 7:00 AM. Mix de emisoras: todas las emisoras con audiencia y posibilidad de segmentación publicitaria para Galicia incluirán por lo menos 10 cuñas. Se tendrá en cuenta la audiencia (EGM) en el ámbito gallego. 4. Ediciones digitales de los medios de comunicación Formato: los licitadores detallarán un mix de formatos para banner gráfico animado, en portada y rotación, de las ediciones digitales de los medios de comunicación de Galicia. Formatos admitidos: robapáginas simple (300 x 300, 415x415...), robapáginas doble (300 x 300 o similar), megabanner superior (990 x 90), faldón superior (980 x 90) o skyscrappers portada (120 x 800). Mix de ediciones digitales de los medios de comunicación: todas las webs de los diarios digitales gallegos incluirán, por lo menos, impresiones en portada. La herramienta aceptada para la evaluación será ComScore. 20

21 C) Una propuesta de seguimiento, control y gestión de la ejecución de la campaña Esta propuesta se presentará en un documento independiente. En ningún caso esta propuesta incluirá información que permita conocer o determinar la puntuación que el licitador conseguiría en base a criterios evaluables automáticamente mediante la aplicación de fórmulas. Esta propuesta podrá incluir información puntual del desarrollo de la campaña empleando todas las herramientas cuantitativas necesarias específicas de medición de audiencias (EGM para prensa diaria y radio, Comscore para Internet y Kantar Media para televisión). Además, se valorará cualquier mejora de herramientas propias y/o propuestas de procesos que contribuyan a un mejor seguimiento y control del desarrollo de la campaña por parte de la empresa licitadora (incluida una propuesta de reuniones periódicas de seguimiento). Es ineludible que, además de la presentación de una copia en papel en tamaño DIN A4, todas las propuestas y anexos del sobre B se presenten también en formato digital (CD, DVD o pen drive). Del formato digital las empresas licitadores deberán adjuntar dos copias. El incumplimiento de lo establecido en relación con la manera de presentación de la documentación constituirá causa de exclusión de la proposición técnica, excepto lo relativo al número de copias. Será motivo de exclusión inmediata la aportación en el sobre B de datos que permitan conocer aspectos de carácter cuantitativo correspondientes al sobre C. 3º. Sobre C (documentación relativa a aspectos cuantitativos; es decir, cuantificables mediante la aplicación de fórmulas) Los licitadores deberán presentar, en el sobre C, su proposición económica (según el modelo que figura como anexo VI del PCAP) en la que deberán respetar los siguientes costes máximos de referencia: Medio Modalidad Formato Importe sin IVA (con dos decimales) TV Galicia (1) C/RP Spot 10" Galicia +16 (C/RP G+16) 80,00 Spot 20" Galicia +16 (C/RP G+16) 125,00 Spot 30" Galicia +16 (C/RP G+16) 175,00 TV Galicia (2) C/pase Momento interno 30" Galicia ,00 21

22 Otras TV Galicia (3) C/pase Spot 30" en otras cadenas Galicia 70,00 Radio (4) CPM +14 Cuña 20" mínimo 50% en mañanas (7-12 h) 7,00 Galicia Cuña 30" mínimo 50% en mañanas (7-12 h) 8,50 Radio (5) C/pase Mención 30" 500,00 1/2 página color impar de lunes a domingo 24,00 Doble columna vertical color impar de lunes a Prensa generalista y especializada (6) Ediciones digitales medios (7) CPM +14 Galicia CPM domingo. Galicia Robapáginas 4 x 8 impar de lunes a domingo. Galicia Página color impar de lunes a domingo. Galicia Banner gráfico (portada y rotación. Mix ofertado por el licitadores) 28,00 32,00 40,00 15,00 Para la realización de la oferta los licitadores deberán respetar las siguientes especificaciones: (1) Coste por Rating Point en TV Galicia para el grupo objetivo mayores de 16 años. Mínimo: 20% de los GRPs en primera o última posición del corte publicitario. Mínimo: 80% de los GRPs situados entre Prime Time e informativos de mediodía. (2) Coste por pase de momento interno 30" en TV Galicia para el grupo objetivo mayores de 16 años. (3) Coste por pase en otras TV Galicia. Mínimo: 20% de los pases en primera o última posición del corte publicitario. Mínimo: 100% de los GRPs situados entre Prime Time e informativos de mediodía. (4) Coste por millar de impactos en emisoras de radio de Galicia o con segmentación publicitaria para Galicia de lunes a domingo según el último Acumulado Móvil del Estudio General de Medios. Por lo menos, el 50% de las cuñas se emitirán en horario de mañana (7 a 12 h), un 25% de las cuñas se situarán en primera o segunda posición dentro del corte publicitario. No se admitirán cuñas de 1 a 7 h. (5) Coste por pase de mención 30" en emisoras de radio de Galicia o con segmentación publicitaria para Galicia de lunes a domingo según el último Acumulado Móvil del Estudio General de Medios. (6) Coste por millar de impactos en diarios (generalistas, especializados) de Galicia o con segmentación publicitaria para Galicia de lunes a domingo según el último Acumulado Móvil del Estudio General de Medios. Los anuncios estarán situados en el primer tercio del diario, en las páginas de información general o de Galicia. (7) Coste por millar de impresiones de banner gráfico en portada y rotación en las ediciones digitales de los medios de comunicación gallegos según mix ofertado por los licitadores. 22

23 S.- PERFIL DEL CONTRATANTE Forma de acceso al perfil del contratante: T.- CONSULTAS RELACIONADAS CON EXPEDIENTE 1) Consultas sobre el pliego de prescripciones técnicas (PPT) Secretaría General de Medios: Teléfono: Fax: ) Consultas sobre el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) Servicio de Contratación de la Consellería de Economía, Empleo e Industria: Teléfonos: ; Fax: licitacion.industria@xunta.gal U.- OBSERVACIONES El incumplimiento de lo establecido en relación con la manera de presentación de la documentación constituirá causa de exclusión de la proposición técnica, excepto en lo relativo al número de copias. Tampoco será causa de exclusión el hecho de no aportar el anexo V del PCAP. Los licitadores no podrán incluir en el sobre B información que permita determinar la puntuación que estos conseguirían en base a los criterios evaluables de forma automática, la cual debe incluirse en el sobre C. El incumplimiento de esta condición por parte de un licitador dará lugar a su exclusión automática del procedimiento de contratación. También será causa de exclusión automática la formulación de ofertas con costes máximos superiores a los señalados en las cláusulas C y R. -3º. Sobre C) de esta hoja de especificaciones y en el apartado 4.2 del PPT. 23

24 De conformidad con lo establecido en el artículo 115 del TRLCSP, el órgano de contratación acuerda aprobar esta hoja de especificaciones. Santiago de Compostela, El secretario general técnico Borja Verea Fraiz El conselleiro Por delegación (Orden del 10/06/2016, DOG núm. 131/2016) El secretario general técnico Borja Verea Fraiz 24

25 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁN EN LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y SUJETA LA REGULACIÓN ARMONIZADA, DEL CONTRATO DE SERVICIO PARA EL DESARROLLO DE UNA CAMPAÑA PUBLICITARIA CENTRADA EN EL NUEVO MODELO INDUSTRIAL Y EN LA CREACIÓN DE EMPLEO. EXPTE. 02/2017 SXT 1. CONDICIONES GENERALES 1.1. Este pliego constituye el conjunto de instrucciones, normas y especificaciones que, junto con las establecidas en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas, regirán en la contratación del servicio de referencia que, tras la autorización del órgano de contratación, se adjudicará por el procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada En todo lo no previsto en los anteriores pliegos, se estará a lo dispuesto en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DN), en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público (TRLCSP), en el Real decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre de contratos del sector público (en adelante, RPLCSP), en el Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por lo que se aprueba el Reglamento general de la Ley de contratos de las Administraciones públicas (en adelante, RGLCAP), en todo lo que no se contradiga al TRLCSP, en la Ley 14/2013, de 26 de diciembre de racionalización del sector público autonómico y en toda la demás normativa aplicable El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos o de los documentos anexos que forman parte de este, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento El contratista acepta de forma expresa su sumisión a la legislación y pliegos anteriormente citados y a la jurisdicción contencioso-administrativa respecto de las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse de este contrato de naturaleza administrativa El adjudicatario se obligará al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de las disposiciones vigentes sobre relaciones laborales, seguridad social, protección de datos de carácter personal y cualquier otra de carácter general. 25

26 2. OBJETO DEL CONTRATO 2.1. El objeto de la contratación es la ejecución de la prestación establecida en la cláusula A de la hoja de especificaciones de este pliego, que es considerada parte inseparable de este para todos los efectos. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril, la clasificación de productos por actividades (CPA) es la señalada en la cláusula A de la hoja de especificaciones. Además, cuando el valor estimado sea igual o superior al límite señalado en el artículo 16.1 b) del TRLCSP y en el artículo 4. c) de la DN, también constará en la citada cláusula la codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea Tanto este pliego de cláusulas administrativas y su hoja de especificaciones como el pliego de prescripciones técnicas en el que se describen las características peculiares del servicio revestirán carácter contractual, por el que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario, de forma simultánea a la formalización del contrato El órgano de contratación sólo podrá tomar en consideración las variantes o alternativas que ofrezcan los licitadores cuando en la cláusula O de la hoja de especificaciones se prevea expresamente esta posibilidad. En este supuesto, se precisará sobre qué elementos y en qué condiciones queda autorizada la presentación de variantes o alternativas. 3. PROCEDIMIENTO Y TIPO DE TRAMITACIÓN Son los determinados en la cláusula B de la hoja de especificaciones. 4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y EXISTENCIA DE CRÉDITO 4.1. El importe del presupuesto de licitación es el fijado en la cláusula C de la hoja de especificaciones, en la que figura como partida independiente el IVA. Para todos los efectos, se entenderá que dicho presupuesto de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del servicio y toda clase de impuestos directos o indirectos La formulación de las propuestas económicas tendrán carácter global, por lo que incluyen todos los factores de valoración e impuestos que se reivindiquen por razón del contrato, teniendo presente, en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido, que la oferta del licitador comprende no sólo el precio del servicio, sino también el importe de dicho impuesto. 26

27 4.3. El sistema de determinación del precio de este contrato es el referido en la cláusula D de la hoja de especificaciones El presupuesto del servicio será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria indicada en la cláusula C de la hoja de especificaciones, en la que se garantiza que existe crédito adecuado y suficiente. 5. CAPACIDAD PARA CONTRATAR 5.1. Podrán tomar parte en la licitación las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica financiera y técnica o profesional o, en los casos en los que se exija en el TRLCSP se encuentren debidamente clasificadas, según lo señalado en las cláusulas E, F y G de la hoja de especificaciones. Los empresarios deberán contar, asimismo con la habilitación empresarial y profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Asimismo, los licitadores deberán presentar declaración responsable de que no están incursos en prohibición de contratar, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del TRLCSP En ningún caso podrán contratar con la Administración las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 60 del TRLCSP Respecto de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea se estará a lo dispuesto en los artículos 58, 66.1, 72.2, 73.2 y 84 del TRLCSP y en el artículo 9 del RGLCAP Respecto de las empresas extranjeras no comunitarias, se estará a lo dispuesto en los artículos 55 y 72.3 del TRLCSP y en el artículo 10 del RGLCAP En cuanto a las uniones temporales de empresarios, se estará a lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP y en los artículos 24 y 52 del RGLCAP En los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provenga el patrimonio, empresas o ramas segregadas se responsabilicen solidariamente con aquella de la ejecución 27

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