BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA. N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 1.

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2 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 2 I. Administración del Estado MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE ZAMORA Notificación de la iniciación de los expedientes para declarar la pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de la que es titular Jorge Rolando Torres Vera. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 26 de noviembre, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes para declarar la pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de las que son titulares las personas que a continuación se relacionan, y que son instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido esta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que a su defensa estimen conveniente, con aportación de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones. Zamora, 17 de agosto de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno Sánchez. Expediente: Conductor: Jorge Rolando Torres Vera. DNI/NFI: X A. Localidad: Pinto. Fecha: 08/06/2010. R

3 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 3 I. Administración del Estado MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE ZAMORA Notificación de la iniciación de los expedientes para declarar la pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de las que son titulares Miguel Ángel Llamas García y Eduardo Salazar Giménez. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 26 de noviembre, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes para declarar la pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de las que son titulares las personas que a continuación se relacionan, y que son instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido esta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que a su defensa estimen conveniente, con aportación de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones. Zamora, 16 de agosto de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno Sánchez. Expediente: Conductor: Miguel Ángel Llamas García. DNI/NFI: Localidad: Asturianos. Fecha: 02/08/2010. Expediente: Conductor: Eduardo Salazar Giménez. DNI/NFI: Localidad: Benavente. Fecha: 28/07/2010. R

4 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 4 I. Administración del Estado JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES Notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores a los interesados que figuran en la relación adjunta, que comienza con Galo Representaciones A Li y finaliza con Mounaji, Abdeslam. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indica, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la provincia. Si en la columna Requerimiento aparece el número (1), se requiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto de la denuncia, para que identifique al conductor del mismo en la fecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obligación legal de identificación del conductor del vehículo se iniciará expediente sancionador por infracción al artículo 72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto legislativo 339/1990 (BOE 63, de 14 de marzo), según redacción dada por la Ley 17/2005, de 19 de julio (BOE 172, de 20 de julio). Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictará las oportunas Resoluciones. Zamora, 13 de agosto de La Jefa de Sanciones, María Jesús Martín Acevedo. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto Legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión. REQ=Requerimiento. PTOS=Puntos R

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6 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 6 I. Administración del Estado JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES Notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores a los interesados que figuran en la relación adjunta, que comienza con Jover Sanz Distribuciones, S.L. y finaliza con Codesal Santos, Carlos E. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indica, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la provincia. Si en la columna Requerimiento aparece el número (1), se requiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto de la denuncia, para que identifique al conductor del mismo en la fecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obligación legal de identificación del conductor del vehículo se iniciará expediente sancionador por infracción al artículo 72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto legislativo 339/1990 (BOE 63, de 14 de marzo), según redacción dada por la Ley 17/2005, de 19 de julio (BOE 172, de 20 de julio). Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictará las oportunas Resoluciones. Zamora, 6 de agosto de La Jefa de Sanciones, María Jesús Martín Acevedo. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto Legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión. REQ=Requerimiento. PTOS=Puntos R

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9 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 9 I. Administración del Estado JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES Notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores a los interesados que figuran en la relación adjunta, que comienza con Prieto Iglesias, Nicanor y finaliza con Jiménez Jiménez, Jesús. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente (1), según lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 68 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 (BOE 63 de 14 de marzo), y 3.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones, que no son firmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o diario oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 80 de la citada Ley. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los quince días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio. Los expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Zamora, 13 de agosto de La Jefa de Sanciones, María Jesús Martín Acevedo. (1) OBS=(a) Jefe Provincial de Tráfico, (b) Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, (c) El Delegado del Gobierno; ARTº=Artículo; RDL=Real Decreto Legislativo; RD=Real Decreto; SUSP=Meses de suspensión; PTOS=Puntos R

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11 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 11 I. Administración del Estado JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES Notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores a los interesados que figuran en la relación adjunta, que comienza con Asarta Navascues, José María y finaliza con Fernández Martín, Enrique. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente (1), según lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 68 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 (BOE 63 de 14 de marzo), y 3.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones, que no son firmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o diario oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 80 de la citada Ley. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los quince días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio. Los expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Zamora, 6 de agosto de La Jefa de Sanciones, María Jesús Martín Acevedo. (1) OBS=(a) Jefe Provincial de Tráfico, (b) Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, (c) El Delegado del Gobierno; ARTº=Artículo; RDL=Real Decreto Legislativo; RD=Real Decreto; SUSP=Meses de suspensión; PTOS=Puntos R

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14 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 14 I. Administración del Estado JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO ZAMORA Notificación de las resoluciones recaídas en los recursos de alzada de los expedientes sancionadores a los interesados que figuran en la relación adjunta, que comienza con José Ángel Prieto García y finaliza con José Manuel Vázquez Hernández. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los recursos de alzada de los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad Sancionadora a las personas o entidades sancionadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones, que agotan la vía administrativa, puede interponerse, previa comunicación a esta Jefatura de Tráfico, conforme establece el artículo de la Ley 30/92, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los quince días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementando con el recargo del 20% de su importe por apremio. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico. Zamora, 11 de agosto de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno Sánchez. R

15 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 15 I. Administración del Estado MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS Información pública de solicitud de la modificación de características de dos concesiones de aguas subterraneas, en término municipal de Morales de Toro (Zamora). Titular: Marceliano Corbella Domínguez. Expte: MC/CP-3695/2009- ZA (ALBERCA-CHD). Don Marceliano Corbella Domínguez ( P), solicita de la Confederación Hidrográfica del Duero la modificación de características de dos concesiones que consiste en la unificación de dos aprovechamientos de aguas subterráneas, en el término municipal de Morales de Toro (Zamora). Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes: - Sondeo de 100 m. de profundidad, 300 mm. de diámetro, situado en la parcela 92, del polígono 9, en el término municipal de Morales de Toro (Zamora). - La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: Riego de una superficie de 12,1210 Ha, repartida entre las siguientes parcelas: PARCELA POLÍGONO TÉRMINO MUNICIPAL PROVINCIA SUPERFICIE DE LA PARCELA RIEGO 84 9 Morales de Toro Zamora 4,0760 Ha 92 9 Morales de Toro Zamora 8,0450 Ha - El caudal medio equivalente es de 7,27 l/s. - El volumen máximo anual solicitado de m 3 /año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 68 CV de potencia. - Las aguas captadas se prevén tomar de la Unidad Hidrogeológica 02.06: Región Del Esla-Valderaduey. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, ante el Ayuntamiento de Morales de Toro (Zamora), ante la oficina de esta Confederación Hidrográfica del Duero en Avda. Tres Cruces, 18 de Zamora, donde se halla de manifiesto la documentación técnica del expediente de referencia MC/CP- 3695/2009-ZA (ALBERCA-CHD), o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Valladolid, 21 de junio de El jefe del Área de Gestión del D.P.H., Rogelio Anta Otorel. R

16 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 16 I. Administración del Estado MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS Competencia de proyectos para un aprovechamiento de aguas, a instancia de Moralbuena Sociedad Cooperativa Limitada, en el término municipal de Pozoantiguo (Zamora). Expte.: CP-100/2010-ZA (ALBERCA-CHD). Peticionario: Moralbuena Sociedad Cooperativa Limitada (F ). Destino del aprovechamiento: Riego de 31,423 ha, desde las 18,0203 ha, que tiene otorgadas. Caudal de agua solicitado: 10,42 l/s., desde 10,44 l/s., que ya tiene otorgado. Unidad hidrogeológica de donde se han de derivar las aguas: 02.06: Región del Esla-Valderaduey. Término municipal donde radican las obras: Pozoantiguo (Zamora). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, se abre un plazo de un mes a contar desde la publicación de esta nota en el Boletín Oficial de la Provincia. Durante este plazo, el peticionario presentará su petición, por cuadriplicado, admitiéndose también otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean incompatibles con aquella, en las condiciones y con la documentación prevista con carácter general y para los supuestos que se establecen en el artículo 106 del citado Reglamento. La presentación, mediante instancia, se hará ante esta Confederación Hidrográfica del Duero, C/ Muro, 5, de Valladolid, o ante cualquier registro administrativo (de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble del que figure en la petición inicial sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del artículo antes citado. El desprecintado de los documentos técnicos, a que se refiere el artículo 107 del mismo Reglamento, se realizará a las trece horas del séptimo día hábil tras la conclusión del plazo de presentación de peticiones. Se levantará acta del resultado, que deberán firmar los interesados presentes. Valladolid, 18 de junio de El Jefe del Área de Gestión del D.P.H., Rogelio Anta Otorel. R

17 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 17 II. Administración Autonómica JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ZAMORA SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Trámite de información pública del expediente 112/00, en materia de adecuación del Coto Privado de Caza ZA , seguido por el "Club Deportivo Quintanilla del Monte", en el término municipal de Quintanilla del Monte. Se está tramitando en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora, el expediente n.º 112/00, seguido por el "Club Deportivo Quintanilla del Monte", con domicilio en C/ Santo Tomé, 3, Quintanilla del Monte (Zamora), con el objeto de solicitar la adecuación del Coto Privado de Caza, ZA , que afecta a una superficie de 1.938,3542 ha, en el término municipal de Quintanilla del Monte, en la localidad de Quintanilla del Monte, de la provincia de Zamora, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León y en el Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV " de los terrenos", de la Ley de Caza de Castilla y León. Procede ahora, de acuerdo con lo establecido en los artículos 18, 19, y Disposición Transitoria Primera, del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV "de los terrenos", de la Ley 1/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, la apertura de un periodo de información pública de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. El expediente podrá ser consultado por las personas interesadas en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora, C/ Leopoldo Alas Clarín, n.º 4-planta 5.ª, de 9:00 a 14:00 horas, pudiendo formular las alegaciones que estimen procedentes. Zamora, 2 de agosto de El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente, P.A. Jefa de la Unidad de Secretaría Técnica, Noelia Liquete de las Heras. R

18 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 18 III. Administración Local DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA SERVICIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Corrección de errores del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, n.º 95, de fecha 13 de agosto, y relativo a la convocatoria para la concesión de subvenciones de las pequeñas y medinas empresas dedicadas al sector comercio de la provincia de Zamora. Corrección de error en la publicación de bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones de la pequeñas y medianas empresas dedicadas al sector comercio en la provincia de Zamora, aprobadas por la Junta de Gobierno en fecha 28 de julio de Advertido error en el texto remitido de la convocatoria para la concesión de subvenciones a pequeñas y medianas empresas, cuyas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, n.º 95, de fecha 13 de agosto de Donde dice: Decimoquinta Fecha de emisión. Todas las facturas deberán tener fecha del año 2009, que es el periodo subvencionable. Debe decir: Decimoquinta Fecha de emisión. Todas las facturas deberán tener fecha del año 2010, que es el periodo subvencionable. Zamora, 17 de agosto de El Presidente, Fernando Martínez Maíllo. R

19 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 19 III. Administración Local DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA SERVICIO DE CULTURA Y DEPORTES Sección de Deportes Modificación de las Bases de la Convocatoria Subvenciones a Clubes Deportivos para Actividades Deportivas año Modificación de las bases de la convocatoria de concurso público para la concesión de subvenciones a clubes deportivos de ámbito federado de la provincia para la realización de actividades deportivas durante el ejercicio 2010 La Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 12 de mayo de 2010 aprobó las Bases de la convocatoria pública de subvenciones a Clubes Deportivos de ámbito federado de la provincia para la realización de actividades deportivas durante el ejercicio 2010, convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 59, de fecha 21 de mayo de La Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el día 11 de agosto de 2010, adoptó el siguiente acuerdo: Primero. Modificar la base segunda de la convocatoria pública de subvenciones a Clubes Deportivos de la provincia para la realización de actividades deportivas anualidad Base segunda. Crédito presupuestario. Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación de la partida presupuestaria de los Presupuestos Generales de la Corporación para el ejercicio 2010, de la que se destinarán a este objeto la siguiente cantidad: Partida presupuestaria: Concepto: Transferencias corrientes a familias e instituciones sin ánimo de lucro. Cantidad: euros. Dicha cantidad podrá variar mediante las oportunas modificaciones presupuestarias debidamente autorizadas. Segundo. Publíquese esta modificación en el Boletín Oficial de la Provincia. Zamora, 19 de agosto El Presidente, Fernando Martínez Maíllo. R

20 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 20 III. Administración Local AYUNTAMIENTO ZAMORA SERVICIOS SOCIALES C.E.A.S. ESTE Notificación de resolución al interesado no localizado Andrés Ramos García. "Conforme con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a don Andrés Ramos García, con DNI P la siguiente Resolución: Visto el escrito de fecha 8 de julio de 2010, presentado por don Andrés Ramos García (actuando en nombre propio) en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, y que ha sido registrado con el n , el día 9 de julio de 2010, solicitando de la Excma. Corporación municipal de Zamora la bonificación en el precio público por la utilización de autobuses urbanos, y examinada la documentación aportada con la solicitud, se observa que, al objeto de poder resolver conforme a lo establecido en el Reglamento del Servicio de Autobuses Urbanos (Boletín Oficial de la Provincia núm. 120, de miércoles 7 de octubre de 1998), la misma debe de completarse con los siguientes documentos: DNI, original y copia de todos los miembros de la unidad familiar. Certificado de prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social de todos los miembros de la unidad familiar (INSS). Certificado de la última declaración del IRPF o de no estar obligado a presentarla. Certificado original de Minusvalía, para su cotejo y compulsa. Autorización de los/as miembros de la familia distintos/as del solicitante para que desde el Departamento de Servicios Sociales del Excmo. Ayto. de Zamora se lleven a cabo todas aquellas actuaciones y consultas en esta u otras administraciones públicas (CEAS). Declaración jurada del solicitante (CEAS). En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre) se le requiere para que, en el plazo de diez días hábiles (excluir domingos y festivos), contados a partir del siguiente a que reciba la notificación de la presente resolución, subsane los defectos señalados y acompañe los documentos preceptivos que se le han indicado, advirtiéndole de que, si no lo hiciera dentro de este plazo, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución declarando las circunstancias que concurran en este caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables, en los términos establecidos en los artículo 42 y 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, ya citada. Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento a que se ha hecho referencia, el interesado puede utilizar los siguientes medios: lla- R

21 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 21 mar al número de teléfono , o acudir a la dirección calle Jiménez de Quesada, n. 5 (CEAS Este). Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y a los efectos que estime oportunos. El Secretario General. R

22 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 22 III. Administración Local AYUNTAMIENTO ZAMORA Aprobación inicial e información pública de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Prestación de Servicios en el Cementerio Municipal. Aprobación inicial e información pública de Modificación Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Prestación de Servicios en el Cementerio Municipal. Aprobada inicialmente mediante acuerdo plenario de fecha 31 de mayo de 2010, la Ordenanza Fiscal de las tasas por Prestación de Servicios del Cementerio Municipal de Zamora, se expone al público por un plazo de treinta días hábiles para la presentación durante el mismo de las alegaciones que se estimen convenientes. A los efectos de la Consulta del expediente, el mismo se encuentra en el departamento de Salud Pública ubicado en calle Sancho IV, n. 43-bajo, de este municipio, en horario de 9:00 a 14:00 horas. Zamora, a 16 de agosto de El Alcalde en funciones. R

23 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 23 III. Administración Local AYUNTAMIENTO ZAMORA Aprobación inicial e información pública de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Cementerio Municipal de Zamora. Aprobada inicialmente mediante acuerdo plenario de fecha 31 de mayo de 2010, la Ordenanza Reguladora del Servicio de Cementerio Municipal de Zamora, se expone al público por un plazo de treinta días hábiles para la presentación durante el mismo de las alegaciones que se estimen convenientes. A los efectos de la consulta del expediente, el mismo se encuentra en el departamento de Salud Pública ubicado en calle Sancho IV, n 43-bajo, de este municipio, en horario de 9:00 a 14:00 horas. Zamora, 16 de agosto de El Alcalde en funciones. R

24 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 24 III. Administración Local AYUNTAMIENTO ROALES Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Recogida de Residuos Sólidos Urbanos. El Pleno del Ayuntamiento de Roales del Pan, en sesión Ordinaria celebrada el día 13 de agosto de 2010, acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, de la Ordenanza fiscal reguladora de la recogida de residuos sólidos urbanos., cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos y 142 de la Constitución Española, y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 20 a 27 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por recogida domiciliaria de basuras, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo dispuesto en el artículo 57 del citado texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 2. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación y recepción obligatoria del servicio de recogida de basuras domiciliaria y de residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejerza cualquier actividad. A tal efecto, se consideran basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos, los restos y desperdicios de alimentación o detritus procedentes de la limpieza normal de viviendas o establecimientos. La recogida de residuos especiales, industriales y similares estará sometida a lo establecido en la Normativa específica reguladora. Artículo 3. Sujeto pasivo. Son sujetos pasivos de esta tasa, todas las personas físicas o jurídicas y las Entidades, que ocupen o utilicen las viviendas y locales ubicados en los lugares, plazas, calles o vías públicas en que se preste el servicio, ya sea a título de propietario o de usufructuario, habitacionista, arrendatario, o, incluso, de precario. Tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, el propietario de las viviendas o locales, que podrá repercutir, en su caso, las cuotas satisfechas sobre los usuarios de aquellas, beneficiarios del servicio. Artículo 4. Responsables. Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto a otras per- R

25 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 25 sonas o entidades. A estos efectos se considerarán deudores principales los obligados tributarios del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria. En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria se estará a lo establecido en los artículos 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Artículo 5. Exenciones y bonificaciones. Se establecen las siguientes bonificaciones: - Una bonificación del 50 % para viviendas con personas acogidas a la Ley de dependencia. - Una bonificación de hasta el 50% para locales donde se desarrollen actividades sociales. Las bonificaciones se otorgarán previa petición por los interesados y una vez se acredite estar en alguno de los supuestos recogidos en la Ordenanza. Artículo 6. Cuota tributaria. Las cuotas semestrales se determinaran con arreglo al siguiente cuadro de tarifas: - Viviendas: 12 euros/semestre. - Locales comerciales, industriales y otros establecimientos: De 0 a 50 m 2 : 40 euros/semestre. De 50 a 200 m 2 : 105 euros/semestre. De 200 a 500 m 2 : 210 euros/semestre. De más de 500 m euros/semestre. - Las empresas que gestionen sus residuos directamente con el C.T.R realizarán un único pago de 100 euros/semestre. El servicio extraordinario y ocasional de recogida de residuos sólidos urbanos, previa petición del interesado u orden de la Alcaldía por motivos de interés público, se facturará al coste del mismo. Artículo 7. Devengo. 1. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se inicie la prestación del servicio, entendiéndose iniciada, dada la naturaleza de recepción obligatoria del mismo, cuando esté establecido y en funcionamiento el servicio municipal de recogida domiciliaria de basuras en las calles o lugares donde figuren las viviendas o locales utilizados por los contribuyentes sujetos a la tasa. 2. Establecido y en funcionamiento el referido servicio, las cuotas se devengarán el primer día de cada ejercicio. En el caso de primer establecimiento y con independencia del día en que se solicite, la tasa se devengará el primer día del semestre correspondiente al que se produzca el alta del servicio. Artículo 8. Normas de gestión. Dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que se devengue por R

26 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 26 vez primera la tasa, los sujetos pasivos formalizarán su inscripción en matrícula, presentando al efecto la correspondiente declaración de alta. En los tributos de cobro periódico por recibo, una vez notificada la liquidación correspondiente al alta en la respectiva matrícula, podrán notificarse colectivamente las sucesivas liquidaciones mediante edictos que así lo adviertan. No obstante, cuando se verifique por parte del servicio administrativo correspondiente que la vivienda puede ser habitada, se procederá de oficio a dar de alta la vivienda en el correspondiente Padrón, sin perjuicio de que se pueda instruir expediente de infracciones tributarias. Cuando se conozca, ya de oficio o por comunicación de los interesados, cualquier variación de los datos figurados en la matrícula, se llevarán a cabo en esta las modificaciones correspondientes, que surtirán efectos a partir del período de cobranza siguiente al de la fecha en que se haya efectuado la declaración. El cobro de las cuotas se efectuará semestralmente mediante recibo derivado de la matrícula, en período voluntario durante los dos meses naturales completos siguientes a la fecha de expedición del recibo. Transcurrido dicho período se procederá al cobro de las cuotas en vía de apremio. La prestación del servicio comprenderá la recogida de basuras en la puerta de la calle de la fachada de los edificios, o en el lugar que previamente se indique, y su carga en los vehículos correspondientes. A tal efecto, los usuarios vienen obligados a depositar previamente las basuras en el correspondiente lugar, en recipientes adecuados y en el horario que se determine. Artículo 9. Infracciones y sanciones. En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen. Disposición final única. La presente Ordenanza fiscal, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2011, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas. Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Roales del Pan, 18 de agosto de El Alcalde. R

27 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 27 III. Administración Local AYUNTAMIENTO ALFARAZ DE SAYAGO Aprobación inicial e información pública del Presupuesto General, relativo al ejercicio El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 24 de junio de 2010, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de En cumplimiento de lo dispuesto en el art del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazo de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2 del citado último artículo, ante el Pleno de este Ayuntamiento. En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del predicho R.D.L., el Presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso. Alfaraz, 12 de agosto de El Alcalde. R

28 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 28 III. Administración Local AYUNTAMIENTO VIDEMALA DE ALBA Exposición pública de la Cuenta General, relativa al ejercicio En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2009, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. Videmala, 18 de agosto de El Alcalde. R

29 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 29 III. Administración Local AYUNTAMIENTO CAZURRA Aprobación definitiva del Presupuesto General, relativo al ejercicio En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el presupuesto general definitivo de este Ayuntamiento, para el ejercicio de 2010, conforme al siguiente Capítulo RESUMEN POR CAPÍTULOS Ingresos A) OPERACIONES NO FINANCIERAS Euros A.1) Operaciones corrientes 1 Impuestos directos ,00 2 Impuestos indirectos ,00 3 Tasas y otros ingresos ,00 4 Transferencias corrientes ,00 5 Ingresos patrimoniales ,00 A.2) Operaciones de capital 6 Enajenación de inversiones reales ,00 7 Transferencias de capital ,00 B) OPERACIONES FINANCIERAS 8 Activos financieros ,00 9 Pasivos financieros ,00 Total ingresos ,00 Capítulo Gastos A) OPERACIONES NO FINANCIERAS Euros A.1) Operaciones corrientes 1 Gastos en personal ,00 2 Gastos en bienes corrientes y servicios ,00 3 Gastos financieros ,00 4 Transferencias corrientes ,00 A.2) Operaciones de capital 6 Inversiones reales ,00 7 Transferencias de capital ,00 R

30 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 30 B) OPERACIONES FINANCIERAS 8 Activos financieros ,00 9 Pasivos financieros ,00 Total gastos ,00 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. legislativo 781/1986, de 18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento: Personal funcionario: Secretaria-Interventora, Grupo A. Grupo A. Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso. Cazurra, 18 de agosto de El Alcalde. R

31 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 31 III. Administración Local AYUNTAMIENTO SANTA MARÍA DE VALVERDE Aprobación inicial e información pública del presupuesto general, relativo al ejercicio El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de julio de 2010, ha aprobado inicialmente el presupuesto general para el ejercicio de En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina por plazo de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el artículo 170 de dicho Real Decreto Legislativo puedan presentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que se indican en el punto 2. de citado último artículo, ante el Pleno de este Ayuntamiento. En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 169 de predicho Real Decreto Legislativo, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso. Santa María de Valverde, 10 de agosto de El Alcalde. R

32 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 32 III. Administración Local AYUNTAMIENTO HERMISENDE Aprobación inicial e información pública del establecimiento de los precios públicos para viaje cultural. El Pleno del Ayuntamiento de Hermisende, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de julio de 2010, acordó la aprobación provisional del establecimiento y ordenanzas de los precios públicos siguientes: - Viaje cultural de los niños. Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. Hermisende, 12 de agosto de El Alcalde. R

33 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 33 III. Administración Local AYUNTAMIENTO FERMOSELLE Información pública de solicitud de licencia ambiental, a instancia de don José Antonio Elizalde Varas, para instalación de un almacén de maquinaria agrícola y productos agrícolas. Solicitada licencia ambiental, expediente 04/10, por Don José Antonio Elizalde Varas, con DNI n.º G y para la instalación de un almacén de maquinaria agrícola y almacén de productos agrícolas en la parcela 233, del polígono 23, del término municipal de Fermoselle. En cumplimiento con la legislación vigente sobre actividades clasificadas, se procede a abrir periodo de información pública por término de veinte días desde la inserción del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presenten las observaciones que consideren pertinentes. El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependencias del este Ayuntamiento, pudiéndose consultar en las mismas durante horario de oficina. Fermoselle, 9 de agosto de El Alcalde. R

34 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 34 III. Administración Local AYUNTAMIENTO FERMOSELLE Información pública relativa a solicitud de licencia ambiental, a instancia de doña María Amparo Mateos Hernández, para instalación de asentamiento apícola. Solicitada licencia ambiental, expediente 03/10, por doña María Amparo Mateos Hernández, con DNI n D y para la instalación de un asentamiento apícola integrado por 120 colmenas, en la parcela 416, del polígono 8, del término municipal de Fermoselle. En cumplimiento con la legislación vigente sobre actividades clasificadas, se procede a abrir período de información pública por término de veinte días desde la inserción del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presenten las observaciones que consideren pertinentes. El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependencias del este Ayuntamiento, pudiéndose consultar en las mismas durante horario de oficina. Fermoselle,18 de junio de El Alcalde. R

35 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 35 III. Administración Local AYUNTAMIENTO LA TORRE DEL VALLE Aprobación inicial e información pública del proyecto Pavimentación en La Torre del Valle. Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 17 de agosto de 2010, aprobó el proyecto denominado "Pavimentación en la Torre del Valle", redactado por el ingeniero técnico de obras públicas, don Francisco Javier Manteca Benéitez, con un presupuesto de ejecución de ,35 euros, obra a incluir en el Plan Provincial, de Obras y Servicios, para la anualidad Queda expuesto al público por espacio de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que durante el expresado plazo pueda ser examinado por cuantos tengan interés y puedan formular por escrito en la Secretaría de este Ayuntamiento, las observaciones que tengan por pertinentes. Finalizado el plazo de exposición pública sin la interposición de reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso. La Torre del Valle, 17 de agosto de La Alcaldesa. R

36 N.º MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010 Pág. 36 III. Administración Local AYUNTAMIENTO LA TORRE DEL VALLE Aprobación definitiva del Presupuesto General, relativo al ejercicio En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de este Ayuntamiento, para el ejercicio de 2010, conforme al siguiente: RESUMEN POR CAPÍTULOS Capítulo Ingresos Euros A) OPERACIONES NO FINANCIERAS A.1) Operaciones corrientes 1 Impuestos directos ,00 2 Impuestos indirectos ,00 3 Tasas y otros ingresos ,32 4 Transferencias corrientes ,68 5 Ingresos patrimoniales ,00 A.2) Operaciones de capital 6 Enajenación de inversiones reales ,00 7 Transferencias de capital ,00 B) OPERACIONES FINANCIERAS 8 Activos financieros ,00 9 Pasivos financieros ,00 Total ingresos ,00 Capítulo Gastos Euros A) OPERACIONES NO FINANCIERAS A.1) Operaciones corrientes 1 Gastos en personal ,00 2 Gastos en bienes corrientes y servicios ,00 3 Gastos financieros ,00 4 Transferencias corrientes ,00 A.2) Operaciones de capital 6 Inversiones reales ,00 7 Transferencias de capital ,00 R

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