Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral"

Transcripción

1 Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Reglamento aprobado por la Comisión Ejecutiva el 15 de octubre de 2015 en la ciudad de San Salvador (El Salvador) DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Normativa aplicable Las elecciones de la Comisión Ejecutiva: la Presidencia, la Vicepresidencia Primera, las cuatro Vicepresidencias y las catorce vocalías, se regirán por lo dispuesto en los Estatutos, en el presente Reglamento General Orgánico y en las Resoluciones que dicten, en uso de sus respectivas competencias, el Presidente y la Junta Electoral. Artículo 2. Derecho de voto Uno. Podrán ejercer el derecho de voto los representantes legales de las instituciones asociadas o sus representantes en la Asamblea General debidamente acreditados. Dos. Para poder ejercer el derecho de voto será necesario que la institución esté al corriente del pago de las cuotas anuales a la fecha de publicación del Censo Electoral definitivo. Tres. El voto será libre, personal y secreto. Artículo 3. Personas e instituciones elegibles. Representación geográfica Uno. Sólo podrán ser candidatos a la Comisión Ejecutiva los Rectores, Presidentes o representantes legales de las instituciones asociadas. Para la designación de los candidatos se deberá tener en cuenta el principio de una adecuada representación geográfica. Dos. Para poder ser candidato a la Presidencia o Vicepresidencias, será necesario que la institución de la que se es representante tenga una antigüedad mayor de cinco años en la asociación. Tres. Las posiciones de Presidente, Vicepresidente Primero y las Vicepresidencias deberán ser ocupadas por instituciones que representen al menos a tres de los países presentes en la asociación. Artículo 4. Permanencia en la Comisión Ejecutiva Uno. Las elecciones a la Comisión Ejecutiva deberán asegurar su paulatina renovación. Ninguna institución podrá formar parte de la Comisión Ejecutiva, en la misma posición, durante más de tres mandatos consecutivos. De esta condición estarán exentas las instituciones que correspondan a países en los que el número de socios sea igual o inferior a cinco. Artículo 5. Situación de los órganos de gobierno durante el periodo de elecciones Uno. Durante el transcurso del periodo de elecciones, y en tanto en cuanto no se elijan los nuevos miembros de la Comisión Ejecutiva, se garantizará el normal desarrollo de las actividades de la asociación con la permanencia en funciones del Presidente, Vicepresidentes y los Vocales. Dos. Los miembros de la Comisión Ejecutiva que se presenten a la reelección perderán su condición durante el momento en que se desarrolle la sesión de elección. Si este fuera el caso del Presidente, ocuparía su condición el Vicepresidente Primero y si éste estuviera en la misma condición el Vicepresidente más antiguo y así sucesivamente con los Vocales. Página 1 de 5

2 ÓRGANOS ELECTORALES Y CENSO Artículo 6. Junta Electoral Uno. La organización del proceso electoral corresponderá a la Junta Electoral, que se constituirá a tal fin. Dos. La Junta Electoral estará compuesta por el Presidente, El Presidente Anterior, el Director General, y tres Vocales elegidos por sorteo de entre todas las instituciones asociadas. Tres. En el caso de que el Presidente se presentara a la reelección, actuará como Presidente de la Junta Electoral el Presidente Anterior. En su ausencia, el Vicepresidente Primero. Si éste también fuera candidato, el Vicepresidente más antiguo y así sucesivamente con los Vocales. Cuatro. La Junta Electoral deberá estar constituida en el momento en que se convoque la Asamblea General y las correspondientes elecciones en su seno y será responsabilidad del Director General constituirla. Tendrá como funciones: a) Elaborar y aprobar el Censo Electoral provisional y el Censo Electoral definitivo. b) Resolver, en última instancia, las quejas, impugnaciones, reclamaciones y recursos en todos los asuntos relativos a la formación, rectificación y compulsa del Censo, así como de todos los actos electorales. c) Elaborar el calendario electoral. d) Supervisar el proceso electoral, velando por el correcto desarrollo del mismo. e) Proclamar los resultados de las elecciones. f) Resolver y gestionar todos los asuntos relacionados con las elecciones en su ámbito de competencia. Artículo 7. Mesa Electoral Uno. Se constituirá una única Mesa Electoral integrada por un Presidente y dos Vocales. Los tres deben ser miembros de la Junta Electoral y designados por ésta. Dos. No podrán ser componentes de la Mesa Electoral quienes hayan sido proclamados oficialmente como candidatos. Tres. Serán funciones de la Mesa Electoral: a) Custodiar el proceso de votación y asegurar su adecuado procedimiento. b) Realizar el recuento de votos. c) Informar a la Junta Electoral de los resultados de la votación. Artículo 8. Censo Electoral Uno. El Censo Electoral lo conforman todos los representantes legales de las instituciones asociadas que en la fecha de la convocatoria de la Asamblea estén al corriente de los pagos de las cuotas de asociación correspondientes. Dos. El Censo Electoral provisional se hará público en la convocatoria de la Asamblea que haya de elegir a los miembros de la Comisión Ejecutiva. Tres. El Censo Electoral provisional les será enviado, junto con la convocatoria de la Asamblea correspondiente, a cada uno de los representantes legales de las instituciones asociadas, quienes tendrán diez días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de éste, para realizar las reclamaciones oportunas que se habrán de dirigir al Director General de la asociación. Cuatro. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones al Censo provisional, la Junta Electoral aprobará el Censo Electoral definitivo y lo hará público. Página 2 de 5

3 REGLAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO Artículo 9. Convocatoria y apertura del periodo electoral Uno. La convocatoria de elecciones se realizará junto a la convocatoria de la Asamblea General correspondiente y en esta se establecerá el calendario electoral. Artículo 10. Presentación de candidaturas y elaboración de listas Uno. El periodo de presentación de candidaturas se cerrará en el momento de finalización de la primera sesión de la Asamblea en la que se ha de elegir la Comisión Ejecutiva. Dos. Las candidaturas deberán presentarse ante el Presidente de la Junta Electoral, mediante un formato que se elaborará con tal fin. Se hará constar nombre y apellidos del candidato y se identificará la institución a la que representa. Tres. Al presentar la candidatura deberá especificarse a que posición de la Comisión Ejecutiva se opta: Presidencia, Vicepresidencia Primera, Vicepresidencia o Vocalía. Cuatro. Los candidatos podrán presentar candidatura a más de una de las posiciones anteriormente referidas. Cinco. Las candidaturas podrán realizarse, individual o colectivamente, mediante una lista completa para las distintas posiciones de la Comisión Ejecutiva: Presidencia, Vicepresidencia Primera, cuatro Vicepresidencias y las catorce Vocalías. Seis. En el caso de la presentación de una lista completa, la candidatura deberá presentarse ante el Presidente de la Junta Electoral haciendo constar el nombre, apellidos e institución que representa de cada uno de los candidatos y la posición a la que opta, con la expresa aceptación de cada uno de los componentes. Las listas que se propongan deberán contemplar la renovación de los miembros de la Comisión Ejecutiva en al menos un cuarto por defecto (5) de su anterior composición. Siete. La Junta Electoral proclamará la lista oficial de candidatos exponiendo públicamente la lista alfabéticamente ordenada de los que se presenten para cada una de las posiciones a partir de la letra que determine la Junta Electoral que habrá sido establecida aleatoriamente. Artículo 11. Ejercicio del voto Uno. Los votantes, para ejercitar el derecho de voto, deberán identificarse adecuadamente e identificar la institución a la que representan. La Mesa Electoral señalará en el Censo de forma clara a quienes hayan ejercido el derecho de voto. Dos. La sesión de elecciones tendrá lugar durante el desarrollo de la Asamblea General correspondiente y deberá haber sido señalada en el orden del día explicitando con claridad la fecha, el lugar y la hora a la que se iniciará la sesión de votación que no podrá tener una duración inferior a 30 minutos. Tres. En el caso de que el número y posición de candidaturas presentadas coincidiera con el de posiciones a cubrir, no será necesario proceder a la votación y los distintos candidatos serán proclamados por asentimiento de la Asamblea. Cuatro. Cada elector podrá votar, como máximo, un número igual de candidatos igual que los que haya que cubrir en cada de una las posiciones de la Comisión Ejecutiva. En el caso de que el número de candidatos señalados sea superior, el voto será considerado nulo. Cinco. Para ejercer el voto, los electores dispondrán de un listado general de los candidatos en el que se especificará la posición a la que optan. El elector deberá señalar con un aspa el recuadro que identifica al candidato elegido. Página 3 de 5

4 Seis. Se podrán votar listas completas a las posiciones a cubrir. En este caso no se podrán hacer excepciones en el voto, entendiéndose que se vota la totalidad de la lista. Las listas completas de candidatura tendrán que haber sido validadas por la Junta Electoral mediante una papeleta general de voto perfectamente identificable. Siete. Los votos habrán de emitirse utilizando papeletas de los modelos oficiales que apruebe la Junta Electoral. Ocho. Los componentes de la Mesa Electoral votarán en último lugar, dándose por cerrada la votación con la emisión de sus votos. Nueve. No se admitirá el voto por correo pero si por delegación. De acuerdo a lo establecido en los Estatutos, se podrá ostentar la representación de hasta tres instituciones además de la suya y podrá ejercer el derecho de voto por cada una de ellas. Para ello, deberá identificar, mediante escrito remitido al Director General, cada una de las representaciones que ostente y deberá votar tantas veces como instituciones represente. Diez. Cuando, por circunstancias extraordinarias no pueda celebrarse el acto electoral en los plazos marcados, la Junta Electoral establecerá una modificación de fechas y horarios, y lugar si procede, teniendo que transcurrir como mínimo dos horas para el nuevo proceso de elección. Artículo 12. Escrutinio. Proclamación de candidatos electos Uno. El escrutinio tendrá carácter público y será realizado por los componentes de la Mesa Electoral. Dos. Serán declaradas nulas las papeletas en las que se dé algunas de las siguientes circunstancias: a) No ajustarse al modelo oficial. b) Votar a un número de candidatos superior al establecido. c) Incluir votos a favor de personas que no hayan sido proclamadas oficialmente candidatos. d) Resultar ilegibles. e) Contener cualquier clase de manifestaciones o expresiones añadidas o en sustitución del nombre de los candidatos. Tres. Terminado el escrutinio, la Mesa Electoral levantará el correspondiente Acta, en la que figurarán necesariamente el número total de electores en el Censo, el número de votos válidos, en blanco y nulos emitidos, así como la relación de candidatos, con la indicación expresa del número de votos obtenidos por cada uno de ellos. El Acta será firmada por todos los componentes de la Mesa y entregada a la Junta Electoral, quien confeccionará a su vez el Acta de los resultados habidos, y la harán pública. Cuatro. Juntamente con las Actas, el Presidente de Mesa hará entrega a la Junta Electoral de las papeletas de votación debidamente clasificadas, así como del listado del Censo Electoral. Cinco. Una vez contabilizados los votos, la Junta Electoral proclamará provisionalmente electos, en cada uno de los puestos a cubrir, en orden de preferencia de mayor a menor jerarquía, aquella relación de candidatos, que habiendo obtenido el mayor número de votos en cada una de las posiciones, permita cumplir con los preceptos de representación establecidos en los artículos tres y cuatro de esta normativa. Seis. En caso de empate entre varios candidatos, se proclamará electo aquel que represente a la institución de mayor antigüedad en la asociación. Cuando la aplicación de este criterio no resuelva el empate, se proclamará electo aquel que represente a la institución que no haya formado parte de la Comisión Ejecutiva o lo haya hecho durante menor tiempo. Y, si recurriendo a dicha fórmula se mantuviera el empate, se decidirá por sorteo quién debe ser proclamado electo. Página 4 de 5

5 Siete. Hechos públicos los resultados se abrirá un turno cuya duración será determinada por la Junta Electoral para la presentación de impugnaciones que deberán hacerse por escrito y debidamente firmadas. Transcurrido dicho plazo si no hubieran existido impugnaciones o éstas hayan sido resueltas por la Junta Electoral, los resultados se considerarán definitivos y se producirá la proclamación definitiva de candidatos electos y por ende, de la nueva Comisión Ejecutiva. Ocho. El Presidente de la Junta Electoral hará entrega del Acta al Director General de la Asociación dada su condición de Secretario General de la misma, quien se encargará de su archivo y custodia. Una vez realizado este proceso, la Junta Electoral procederá a la destrucción de las papeletas de votación y de toda la documentación en relación con la misma. NORMATIVA TRANSITORIA Artículo único. El cómputo de la antigüedad de las distintas instituciones en la Comisión Ejecutiva se contabilizará a partir de la aprobación de este Reglamento. Página 5 de 5

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:

Más detalles

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017 REGLAMENTO DE RÉGIMEN ELECTORAL (Adaptación a los Estatutos del Colegio de Geógrafos) Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio

Más detalles

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS

Más detalles

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE

Más detalles

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014 1 ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014 De conformidad con el artículo 14 de los Estatutos de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social

Más detalles

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018) NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Octubre de 2017- Enero de 2018) De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá

Más detalles

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ESTUDIANTES DELEGADO/AS DE CURSO ESCUELA DE ARQUITECTURA

REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ESTUDIANTES DELEGADO/AS DE CURSO ESCUELA DE ARQUITECTURA REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ESTUDIANTES DELEGADO/AS DE CURSO ESCUELA DE INTRODUCCIÓN: Los representantes de estudiantes en los órganos colegiados de la ULPGC están contemplados en los Estatutos de la ULPGC

Más detalles

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE DA CORUÑA Aprobado en Xunta de Escola o día 2 de marzo

Más detalles

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES Pág.: 1/5 Los Estatutos de la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística (FESABID) regulan la composición, las funciones y el procedimiento de constitución

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

ANEXO - I. Durante el citado curso deben realizar elecciones a Consejo Escolar:

ANEXO - I. Durante el citado curso deben realizar elecciones a Consejo Escolar: ANEXO - I ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA CONSTITUCIÓN Y RENOVACIÓN DE CONSEJOS ESCOLARES EN ESCUELAS INFANTILES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE LA COMUNIDAD DE MADRID DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2016-2017

Más detalles

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC Elecciones para la renovación del sector de: 1) Los Profesores de los programas

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA)

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA) REGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA) Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos, 60 días de antelación, expresando los puestos

Más detalles

Centro Asociado Madrid-Sur

Centro Asociado Madrid-Sur NORMATIVA ELECTORAL DE CONVOCATORIA DEL CLAUSTRO DEL CENTRO ASOCIADO DE MADRID-SUR COMPLEMENTARIA AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ASOCIADO TÍTULO I: ELECCIONES DE LOS MIEMBROS

Más detalles

CONSEJERÍA EDUCACIÓN Y CULTURA BO. Comunidad de Madrid 22 noviembre 1996, núm. 279, [pág. 19];

CONSEJERÍA EDUCACIÓN Y CULTURA BO. Comunidad de Madrid 22 noviembre 1996, núm. 279, [pág. 19]; LCM 1996\354 Legislación (Disposición Vigente a 1/6/2006) Orden 2979/1996, de 13 noviembre CONSEJERÍA EDUCACIÓN Y CULTURA BO. Comunidad de Madrid 22 noviembre 1996, núm. 279, [pág. 19]; CONSEJOS ESCOLARES.

Más detalles

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS OVIEDO / Noviembre de 2013 La elección del presidente de la federación se inicia con la promoción

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento regula el régimen de conformación de la Asamblea General y la elección del Presidente

Más detalles

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL REGLAMENTO ELECTORAL 1 CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos 1 mes de antelación a su fecha de celebración, expresando los puestos a cubrir si se

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES Abril 2009-1 - ÍNDICE 1. Objetivo Pág. 3 2. Extensión Pág. 3 3. Documento de Apoyo Pág. 3 4. Definiciones Pág. 3 5. Método Operativo Pág. 3 6. Documentación Pág. 5-2 - 1.- OBJETIVO

Más detalles

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo

Más detalles

ANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL

ANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL ANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL Podrá promoverse el proceso electoral: Con tres meses de antelación a la extinción del periodo de cuatro años

Más detalles

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente

Más detalles

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES 19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL (ANEXO 2 RRI)

REGLAMENTO ELECTORAL (ANEXO 2 RRI) REGLAMENTO ELECTORAL (ANEXO 2 RRI) EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS El objetivo fundamental del reglamento electoral es fijar el marco de actuación bajo el cual se reglamentarán las elecciones a los diferentes

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGRUPACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL REGLAMENTO ELECTORAL PREAMBULO Los estatutos de la Asociación Nacional de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil (ANAV),

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL CLUB DEPORTIVO BASICO GIJON MARINERS FUTBOL AMERICANO

REGLAMENTO ELECTORAL CLUB DEPORTIVO BASICO GIJON MARINERS FUTBOL AMERICANO REGLAMENTO ELECTORAL CLUB DEPORTIVO BASICO GIJON MARINERS FUTBOL AMERICANO De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos, se convocan elecciones a Presidente del club. COMISIÓN ELECTORAL Y MESA ELECTORAL

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad NORMAS ELECTORALES

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad NORMAS ELECTORALES CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Sociedad Española de Fertilidad, aprobados por la Asamblea General Extraordinaria

Más detalles

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 ACUERDO PARA LA RENOVACIÓN DE JUNTAS DE FACULTAD O ESCUELA DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA La disposición transitoria 7.2 de los Estatutos

Más detalles

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Convocatoria de elecciones 2016-2020 Junta de Gobierno y Junta de Garantías Murcia, 1 de abril de 2016 La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, en sesión celebrada

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. De conformidad con el artículo 62 y capítulo VI de los Estatutos del Colegio

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017 REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017 Elaborado por el Dpto. Presidencia. Aprobado por el Comité Ejecutivo de la SEC (26 de mayo de 2017) El presente Reglamento ( Reglamento

Más detalles

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Convocatoria de elecciones para cubrir la presidencia y secretaría de la Junta de Garantías del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Murcia, 22 de noviembre de 2016 La Junta de Gobierno

Más detalles

Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Esta Normativa tiene por objeto determinar la composición del próximo Consejo

Más detalles

PROTOCOLO DEL PROCESO ELECTORAL PARA ELECCIONES A PRESIDENCIA, Y JUNTA DIRECTIVA DE LA PLATAFORMA DEL VOLUNTARIADO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

PROTOCOLO DEL PROCESO ELECTORAL PARA ELECCIONES A PRESIDENCIA, Y JUNTA DIRECTIVA DE LA PLATAFORMA DEL VOLUNTARIADO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA PROTOCOLO DEL PROCESO ELECTORAL PARA ELECCIONES A PRESIDENCIA, Y JUNTA DIRECTIVA DE LA PLATAFORMA DEL VOLUNTARIADO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Con el fin de garantizar la transparencia y confiabilidad de

Más detalles

II. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación

II. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación CONVOCATORIA DE ELECCIONES A JUNTA DE GOBIERNO 2016 En cumplimiento del acuerdo de la Junta de Gobierno del 18 de diciembre de 2015 y de orden del señor presidente, se convocan Elecciones a Junta de Gobierno

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE TRIATLÓN. Disposiciones generales

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE TRIATLÓN. Disposiciones generales REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE TRIATLÓN Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento regula el régimen de conformación de la Asamblea General y la elección del Presidente

Más detalles

No tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior.

No tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior. REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PERIODISTAS DE ANDALUCÍA Artículo 1. Objeto El objeto del presente Reglamento Electoral es la regulación del procedimiento de elección de la junta de gobierno

Más detalles

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Santiago Gangotena G. RECTOR CONSEJO UNIVERSITARIO Fecha:

Más detalles

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES 1.- PROCEDIMIENTO. El procedimiento será el previsto en los Estatutos de la ACP, complementado por las normas aprobadas por la Junta

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA 2013 1.- CALENDARIO ELECTORAL 16 Febrero Publicación del Censo Electoral 19 Febrero Plazo de reclamaciones al Censo 20 Febrero Resolución

Más detalles

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL Por Resolución del Rector de 24 de septiembre de 2015 se convocan elecciones

Más detalles

ANEXO - I ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA

ANEXO - I ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA ANEXO - I ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA CONSTITUCIÓN Y RENOVACIÓN E CONSEJOS ESCOLARES EN ESCUELAS INFANTILES E PRIMER Y SEGUNO CICLO E LA COMUNIA E MARI URANTE EL CURSO ESCOLAR 2018-2019 La Orden

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL REGLAMENTO ELECTORAL AÑO 2014 FEDERACIÓN DE DEPORTES DE INVIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Federación de Deportes de Invierno del Principado de Asturias,

Más detalles

NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006.

NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006. NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006. Artículo 1. Derecho de sufragio activo. Tienen derecho de sufragio

Más detalles

NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO

NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO CAPITULO I.- DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO Art.1.- La condición de elector corresponde a las Asociaciones

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

NORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL NORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La presente normativa tiene por objeto regular el procedimiento electoral de las elecciones a la Comisión Ejecutiva

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL REGLAMENTO ELECTORAL PREAMBULO Los estatutos de la Asociación de la Asociación Española de Gerentes de Golf no regulan el régimen electoral general por lo que en la asamblea celebrada el día 25 de octubre

Más detalles

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Título I: De la Elección de Delegados/as de Titulación en la Universidad de huelva. Capítulo I: Normas Generales.

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL 1 REGLAMENTO ELECTORAL Abril 2018 2 REGLAMENTO ELECTORAL PREÁMBULO. Este Reglamento Electoral regula la elección del Comité Ejecutivo de la Federación de Asociaciones de Empresas de Tecnologías de la Información,

Más detalles

ANEXO III. 1. Mesas electorales Ubicación

ANEXO III. 1. Mesas electorales Ubicación ANEXO III CLAUSTRO UNIVERSITARIO INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES EN LA JUNTA ELECTORAL GENERAL, COMISIÓN DE PROYECTOS NORMATIVOS, COMISIÓN DE DOCTORADOS HONORIS CAUSA, CONSEJO DE GOBIERNO,

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación Acta 1ª de la reunión de la Mesa electoral de las elecciones a Director/a de la de la Universidad Politécnica de Cartagena Según acuerdo de la Junta Extraordinaria de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura

Más detalles

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. Artículo 127 (LOMCE) Competencias del Consejo Escolar. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título

Más detalles

(Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de 2003, BOCYL nº 198 de 13 de octubre)

(Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de 2003, BOCYL nº 198 de 13 de octubre) REGLAMENTO POR EL QUE SE RIGE PROVISIONALMENTE LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES EN FACULTADES, ESCUELAS, DEPARTAMENTOS E INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado en Consejo de Gobierno

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE PÁDEL ELECCIONES 2016

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE PÁDEL ELECCIONES 2016 REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE PÁDEL ELECCIONES 1 Disposiciones generales Artículo 1 El presente Reglamento regula el proceso electoral de la Federación Vasca de Pádel. El proceso electoral

Más detalles

NORMAS ELECTORALES COMITÉ DE EMPRESA

NORMAS ELECTORALES COMITÉ DE EMPRESA ELECCIÓN DE LA MESA CONSTITUCIÓN DE LA MESA Fecha indicada en el preaviso. ESTARÁ FORMADA POR: Presidente: el trabajador más antiguo. Vocal Secretario: el trabajador más joven. Vocal: el trabajador de

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS FELIPE RINALDI DEL COLEGIO SALESIANO SAN FRANCISCO DE SALES DE CÓRDOBA

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS FELIPE RINALDI DEL COLEGIO SALESIANO SAN FRANCISCO DE SALES DE CÓRDOBA REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS FELIPE RINALDI DEL COLEGIO SALESIANO SAN FRANCISCO DE SALES DE CÓRDOBA La renovación de la Junta Directiva de la Asociación de Madres

Más detalles

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria Página1 INSTRUCCIONES ELECTORALES ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I De la convocatoria Artículo 1. Las Asambleas Locales y de Distrito podrán ser ordinarias o extraordinarias. La Asamblea

Más detalles

ORDEN SOBRE ELECCIONES Y CONSTITUCIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE LOS CENTROS DE LA RED PÚBLICA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ORDEN SOBRE ELECCIONES Y CONSTITUCIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE LOS CENTROS DE LA RED PÚBLICA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ORDEN SOBRE ELECCIONES Y CONSTITUCIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE LOS CENTROS DE LA RED PÚBLICA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Orden 2979/1996, de 13 de noviembre, de la Consejería de

Más detalles

ACUERDO. Segundo.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno

ACUERDO. Segundo.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS Y SUBDELEGADOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO, MÁSTER Y DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA Los

Más detalles

APROBADO EN LA 8ª ASAMBLEA 7 DE MARZO DE Convocatoria de elecciones y establecimiento de la Junta Electoral 7 de marzo

APROBADO EN LA 8ª ASAMBLEA 7 DE MARZO DE Convocatoria de elecciones y establecimiento de la Junta Electoral 7 de marzo CALENDARIO ELECTORAL Elecciones presidente HDSES 2015 APROBADO EN LA 8ª ASAMBLEA 7 DE MARZO DE 2015 Convocatoria de elecciones y establecimiento de la Junta Electoral 7 de marzo Comienzo del proceso electoral

Más detalles

Art. 1. Procedimiento

Art. 1. Procedimiento 1 Reglamento electoral para la elección de los dos miembros y los miembros suplentes del consejo de la fundación Conterganstiftung für behinderte Menschen designados por el Ministerio Federal de Familia,

Más detalles

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 La Mesa del Claustro de la Universidad Politécnica de Cartagena, en ejercicio de las funciones

Más detalles

División de Psicología de la Actividad Física y el Deporte

División de Psicología de la Actividad Física y el Deporte División de Psicología de la Actividad Física y el Deporte Convocatoria Electoral 2015 ELECCIONES 15 de abril de 2015 Normativa Electoral Conforme se establece en el Reglamento de Régimen Interno de la

Más detalles

ANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA "JUNTA DIRECTIVA" DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016.

ANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016. ANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA "JUNTA DIRECTIVA" DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016. En Madrid, a 5 de Noviembre de 2015. Estimados Socios de la Sección, Por

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO. ÍNDICE CAPÍTULO I: NATURALEZA Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN. Artículo 1. Naturaleza. Artículo 2. Funciones.

Más detalles

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte BORRADOR de la RESOLUCIÓN de X de XX del 2015, de la Dirección General

Más detalles

El consejo escolar. 2. El consejo escolar de los institutos estará compuesto por los siguientes miembros:

El consejo escolar. 2. El consejo escolar de los institutos estará compuesto por los siguientes miembros: COMPOSICIÓN:(BOE 21-02-1996) El consejo escolar 2. El consejo escolar de los institutos estará compuesto por los siguientes miembros: a) El director del instituto, que será su presidente. b) El jefe de

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE TERUEL.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE TERUEL. CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE TERUEL. Transcurrido el periodo de mandato de la Junta Directiva actual, del Colegio de Médicos de Teruel, se convocan elecciones

Más detalles

Reglamento de Régimen Interno

Reglamento de Régimen Interno Reglamento de Régimen Interno L Hospitalet de Llobregat 16 de enero de 2009 1. Introducción...3 2. Asamblea General...3 3. Elección de los miembros del Comité Ejecutivo...4 4. Disposición final transitoria...6

Más detalles

CLUB DEPORTIVO AZUATIL CONVOCATORIA ELECCIONES.

CLUB DEPORTIVO AZUATIL CONVOCATORIA ELECCIONES. CLUB DEPORTIVO AZUATIL CONVOCATORIA ELECCIONES. De conformidad con lo previsto en nuestros Estatutos, una vez finalizado el mandato de 4 años y para cumplir el compromiso adquirido por la Junta Directiva

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A CONSEJO DE DEPARTAMENTO

PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A CONSEJO DE DEPARTAMENTO PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A CONSEJO DE DEPARTAMENTO ÍNDICE 1 COMPOSICIÓN DEL CONSEJO... 3 2 CENSO ELECTORAL... 3 3 DETERMINACIÓN DE PLAZAS VACANTES...5 4 CANDIDATURAS... 6 5 MESAS ELECTORALES...

Más detalles

ANEXO CALENDARIO ELECTORAL - PERIODO PRIMERA FASE - ASAMBLEAS Y PRESIDENTES DE FEDERACIONES INTERINSULARES

ANEXO CALENDARIO ELECTORAL - PERIODO PRIMERA FASE - ASAMBLEAS Y PRESIDENTES DE FEDERACIONES INTERINSULARES 1 de 5 ANEXO CALENDARIO ELECTORAL - PERIODO 2018-20 PRIMERA FASE - ASAMBLEAS Y PRESIDENTES DE FEDERACIONES INTERINSULARES MES DIA ACTO Convocatoria por parte de la FCF de elecciones a las Asambleas y Presidencias

Más detalles

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG)

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG) REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG) CAPITULO I. DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1. Fuentes normativas y prelación de normas 1. La Asociación

Más detalles

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. 1. Convocatoria para la designación, mediante sorteo público, de la Junta Electoral. 2. Convocatoria

Más detalles

Reglamento asambleas congresuales

Reglamento asambleas congresuales Reglamento asambleas congresuales 1. Colegios electorales El órgano convocante (sección sindical o Comisión Ejecutiva de la FSS-CCOO Madrid, en el caso de las Asambleas Agrupadas) se constituirá en colegio

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID APROBADO EN JUNTA DE GOBIERNO DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Preámbulo.- La Disposición Adicional Primera de los vigentes Estatutos

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación Acta 1ª de la reunión de la Mesa electoral de las elecciones a los Representantes de Estudiantes a Consejo de Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación. Según acuerdo de Consejo del Departamento

Más detalles

NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR

NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO Artículo 1. Objeto (Aprobado en Junta de Facultad de 3 de marzo de 2015) TÍTULO PRELIMINAR Esta Normativa tiene por

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA TITULO I: DE LOS DELEGADOS DE ESTUDIANTES DEL CENTRO Artículo 1. Adquisición y perdida

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA

CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA CLUB ESCUELA DE FUTBOL CONCEPCIÖN CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA Con motivo de concluir el mandato de la actual Junta Directiva del Club Escuela de Fútbol Concepción el próximo mes de

Más detalles

1. La presente Resolución será de aplicación a centros públicos de Enseñanzas Artísticas que deban: - Elegir por primera vez sus Consejos Escolares.

1. La presente Resolución será de aplicación a centros públicos de Enseñanzas Artísticas que deban: - Elegir por primera vez sus Consejos Escolares. RESOLUCIÓN 438/2016, de 18 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las instrucciones para la elección, renovación parcial y constitución de los Consejos Escolares de los centros

Más detalles

NORMAS ELECTORALES CONSEJO ESCOLAR

NORMAS ELECTORALES CONSEJO ESCOLAR NORMAS ELECTORALES CONSEJO ESCOLAR Descripción breve Normas electorales para la elección de representantes de familias, alumnado, profesorado y personal de administración y servicios en el Consejo Escolar

Más detalles

2. La composición de estos Consejos Escolares será la siguiente: ( / )

2. La composición de estos Consejos Escolares será la siguiente: ( / ) ELECCIONES CONSEJO ESCOLAR EE.OO.II. 2010 BORM Lunes, 31 de enero de 2005 Número 24 Páginas 2423-2437 (EXTRACTO) Artículo 2.- Composición de los Consejos Escolares. 1. El Consejo Escolar en los centros

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Federación de Deportes para Personas

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTICULO 1. El presente Reglamento Electoral se aplicará

Más detalles

CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO

CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO 1 CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO Artículo 1.- FECHA DE LAS ELECCIONES: La elección de los vocales principales y suplentes del directorio se realizará la tercera

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ORDENACIÓN ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ORDENACIÓN ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ORDENACIÓN ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (Aprobado por la Junta de Facultad el 15 de noviembre de 2004; modificado por la Junta

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE PIRAGÜISMO

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE PIRAGÜISMO REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE PIRAGÜISMO En vigor desde el 10 de julio del 2012 REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE PIRAGÜISMO Disposiciones generales Artículo 1. El presente

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 1 2 3 4 Disposiciones Generales CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es

Más detalles

NORMATIVA DE VOTO ELECTRÓNICO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

NORMATIVA DE VOTO ELECTRÓNICO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS NORMATIVA DE VOTO ELECTRÓNICO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Disposición Adicional del Reglamento Electoral de la Universidad de Alicante (BOUA de 4 de diciembre de 2013) establece

Más detalles

ANEXO - II. Durante el citado curso deben realizar elecciones para elegir a todos los representantes del Consejo Escolar:

ANEXO - II. Durante el citado curso deben realizar elecciones para elegir a todos los representantes del Consejo Escolar: ANEXO - II ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA CONSTITUCIÓN Y RENOVACIÓN DE CONSEJOS ESCOLARES EN LAS CASAS DE NIÑOS DE LA RED PÚBLICA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE MADRID DURANTE EL CURSO

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE MEDICOS DE ESPAÑA Enero, 2007 REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1. Condiciones generales. 1.

Más detalles