DISPOSICIONES GENERALES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DISPOSICIONES GENERALES"

Transcripción

1 2529 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN DECRETO 5/2013, de 5 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura. ( ) La Constitución Española, en el artículo 44.2, obliga a los poderes públicos a promover la Ciencia y la Investigación Científica y Técnica en beneficio del interés general, para, en el artículo , asignar la competencia exclusiva al Estado en el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, y el artículo , permitir a las Comunidades Autónomas el fomento de la misma, entre otras competencias. En aplicación del mandato constitucional, el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en el artículo atribuye competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y técnica en coordinación con el Estado. Coordinación de la actividad investigadora financiada con fondos públicos de la Comunidad Autónoma. Innovación y desarrollo tecnológico. La Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extre - ma dura, crea diversos órganos competentes implicados en la gobernanza del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante SECTI). Entre éstos, el Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, regulado en el Título II, como órgano específico que contribuirá con su labor de apoyo al resto de los órganos competentes para el fortalecimiento e impulso de nuestro tejido empresarial, a la mejora de la condiciones de vida de todos los ciudadanos, y, en definitiva, a la dinamización de la economía de la Comunidad Autónoma extremeña. Por todo ello, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Extremadura, a propuesta del titular de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2013, DISPONGO: Artículo 1. Naturaleza, adscripción y régimen jurídico. 1. Se constituye el Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extre ma - dura (en adelante Consejo Asesor), configurado como órgano específico en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación de la Comunidad Autó - noma extremeña y adscrito a la Consejería con competencia en I+D+i. 2. El Consejo Asesor es el órgano que asesora a la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en materia de las competencias que ésta última tiene atribuidas, conforme a lo dispuesto en la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura.

2 El Consejo Asesor se rige por lo establecido en el presente decreto, en la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, por las normas que se dicten en desarrollo de los mismos y por lo dispuesto, para los órganos colegiados, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en todo lo no dispuesto en el presente decreto. Artículo 2. Miembros del Consejo Asesor. 1. De acuerdo con lo previsto en la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, el Consejo Asesor estará integrado por un total de quince miembros distribuidos de la siguiente forma: Presidencia: El titular de la Consejería con competencias en materia de I+D+i. Vicepresidencia: El titular del órgano directivo que desempeñe las competencias en materia de I+D+i de la Consejería competente en esta materia. Trece Vocales, de los cuales: a) Dos vocales en representación de las centrales sindicales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de estas, que se identificarán como vocales 1 y 2. b) Dos vocales en representación de las organizaciones empresariales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de estas, que se identificarán como vocales 3 y 4. c) Nueve vocales nombrados, de entre personas de reconocido prestigio, en el campo de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación pertenecientes a los Agentes del SECTI, a propuesta del titular de la Consejería con competencias en I+D+i, que se identificarán como vocales del 5 al 13, ambos inclusive. 2. Los miembros del Consejo Asesor no percibirán retribución por el desempeño de sus funciones sin perjuicio, de las dietas o indemnizaciones que pueda corresponder, de conformidad con lo establecido en el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Artículo 3. Nombramiento y renovación de los miembros del Consejo Asesor. 1. Los miembros del Consejo Asesor serán nombrados mediante Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a propuesta del titular de la Consejería con competencias en I+D+i, a excepción del titular de la Presidencia y de la Vicepresidencia, que lo serán por razón del cargo que ostentan. 2. El nombramiento de los vocales del Consejo Asesor será por un período de cuatro años, no pudiendo permanecer en el cargo más de dos periodos consecutivos. Los vocales se renovarán por mitades cada dos años. 3. No obstante, en la primera renovación del Consejo Asesor, una vez transcurridos los dos primeros años desde su constitución, se procederá a la renovación de los vocales impares. Los miembros vocales pares serán renovados una vez transcurridos el período de los cuatro años desde su constitución.

3 2531 En las posteriores renovaciones, las mismas ya se efectuarán una vez transcurridos los cuatro años desde su nombramiento. 4. En caso de vacante de los miembros vocales que integren el Pleno del Consejo Asesor, se procederá a la designación de un sustituto que ostente la misma representación, en la misma forma que se proceda para el nombramiento de los vocales titulares. En ningún caso, la duración del cargo del miembro sustituido podrá exceder del tiempo que le restara al sustituido para cumplir el período de su mandato. 5. Los vocales del Pleno cesarán en su cargo, además de por el transcurso del plazo de sus mandatos, por renuncia o por revocación, que en el caso de los vocales propuestos por las centrales sindicales y las organizaciones empresariales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberán serlo a propuesta de las mismas. Artículo 4. Estructura y organización del Consejo Asesor. La estructura del Consejo Asesor estará compuesta por los siguientes órganos: a) Presidencia. b) Vicepresidencia. c) Secretaría. d) Pleno del Consejo Asesor. e) Comisión Delegada. f) Grupos de Trabajo. Artículo 5. La Presidencia. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, el Consejo Asesor será presidido, con carácter permanente, por el titular de la Consejería que en cada momento tenga atribuidas las competencias en materia de I+D+i. Artículo 6. Funciones de la Presidencia. Corresponden a la Presidencia del Consejo Asesor: a) Ostentar la representación del Consejo Asesor. b) Convocar las sesiones del Consejo Asesor y fijar el orden del día. c) Presidir, suspender y levantar las sesiones y dirigir las deliberaciones. d) Dirimir los empates con voto de calidad. e) Visar las actas de las sesiones y las certificaciones de los acuerdos adoptados. f) Legitimar con su firma los informes, propuestas y recomendaciones emitidos por el Con - sejo Asesor. g) Cuidar del cumplimiento de este reglamento y resolver las dudas sobre su interpretación. h) Disponer la ejecución de los acuerdos del Consejo Asesor. i) Desempeñar las funciones que le encomiende el Pleno del Consejo Asesor. j) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes al puesto.

4 2532 Artículo 7. La Vicepresidencia. 1. La Vicepresidencia corresponderá con carácter permanente al titular del órgano directivo de la Consejería que ostente las competencias en materia de I+D+i. 2. En caso de ausencia, vacante, enfermedad del Presidente u otra causa legal, presidirá las sesiones el Vicepresidente. 3. Asimismo, el Vicepresidente ejercerá, por delegación del Presidente, las funciones que en cada caso éste le delegue. Artículo 8. La Secretaría. La persona titular de la Secretaría del Consejo Asesor será elegida de entre los vocales que se designen para la composición del mismo, a propuesta del Presidente del Consejo Asesor. En caso de ausencia del Secretario del Consejo Asesor, éste será sustituido por un Vocal designado a propuesta del Presidente. Artículo 9. Funciones de la Secretaría. Serán funciones de la Secretaría del Consejo Asesor: a) Asistir a las sesiones, teniendo el Secretario voz y voto. b) Preparar las reuniones, el orden del día y las convocatorias de las sesiones del Pleno del Consejo Asesor, por orden de su Presidencia, y enviar a los miembros dichas convocatorias. c) Recibir las comunicaciones, notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquiera otra clase de actos jurídicos de los que deba tener conocimiento el Consejo Asesor. Así como, despachar la correspondencia y asegurar el envío de la documentación e información relativa al Consejo Asesor a todos los miembros y a las autoridades, organismos y entidades que proceda. d) Redactar y firmar las actas de las sesiones y conservar los documentos de trascripción de las mismas. e) Expedir, con el visto bueno de la Presidencia, las certificaciones del contenido de las actas. f) Archivar y custodiar toda la información y documentación relativa al Consejo Asesor. g) Llevar a cabo la adecuada tramitación de las decisiones del Consejo Asesor, según la naturaleza y destino de las mismas. h) Recopilar y elaborar información para facilitar la toma de decisiones por el Pleno del Con - se jo Asesor, la Comisión Delegada y los Grupos de Trabajo. i) Aquellas funciones que le encomiende la Presidencia. Artículo 10. El Pleno del Consejo Asesor. 1. El Pleno del Consejo Asesor estará integrado, además de las personas que ostenten la Presidencia y la Vicepresidencia, por el resto de los miembros contemplados en el artículo 2 de este decreto.

5 La Presidencia podrá convocar a los altos cargos y funcionarios competentes de la Junta de Extremadura o a expertos externos para el asesoramiento del Consejo Asesor o de alguno de sus miembros, cuando la naturaleza de las materias lo aconseje, y actuarán con voz, pero sin voto. Artículo 11. Funciones del Pleno del Consejo Asesor. Son funciones del Pleno del Consejo Asesor las siguientes: a) Asesorar a la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura en las materias de su competencia. b) Conocer el grado de cumplimiento del Plan Regional de I+D+i y proponer las modificaciones que estime oportunas. c) Proponer a la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura la adopción de medidas concretas para la promoción de la investigación científica y técnica, el desarrollo tecnológico y la innovación en Extremadura. d) Informar el anteproyecto de los sucesivos Planes Regionales de I+D+i. e) Emitir cuantos informes y dictámenes le sean solicitados por la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura. f) Elaborar y proponer su propio reglamento de funcionamiento interno para su aprobación por el Consejo de Gobierno. g) Aquellas otras funciones que le sean atribuidas por el presente decreto, la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, y demás normas que la desarrollen. Artículo 12. La Comisión Delegada. 1. Con objeto de planificar, impulsar y coordinar los asuntos que son competencia del Consejo Asesor, se crea una Comisión Delegada que, además, elaborará los documentos y realizará los estudios que le encargue el Pleno del Consejo Asesor. 2. La Comisión Delegada estará compuesta por los siguientes miembros: a) El Vicepresidente, o persona en quien delegue, que ejercerá de Presidente. b) El Secretario del Pleno del Consejo Asesor. c) Tres vocales designados por el Pleno del Consejo Asesor. 3. La Comisión Delegada elaborará los informes, propuestas, recomendaciones u otros documentos que se le encomienden y los remitirá al Pleno del Consejo Asesor para su aprobación. Además, emitirá aquellos informes y adoptará las decisiones, que en cada caso proceda, sobre aquellos asuntos que expresamente le delegue el Pleno del Consejo Asesor. 4. La Comisión Delegada se reunirá por decisión del Pleno del Consejo Asesor y siempre que así lo requiera la Presidencia o un tercio de sus miembros.

6 2534 Artículo 13. Grupos de Trabajo. 1. El Pleno del Consejo Asesor podrá acordar la constitución de Grupos de Trabajo, conforme a lo previsto en la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, con la misión de realizar tareas específicas de preparación, estudio y elaboración de propuestas, informes y recomendaciones sobre los asuntos que se les encomiende. 2. Los miembros del Grupo de Trabajo no percibirán retribución por el desempeño de sus funciones sin perjuicio, de las dietas o indemnizaciones que pueda corresponder, de conformidad con lo establecido en el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Artículo 14. Sesiones del Pleno del Consejo Asesor. 1. El Pleno del Consejo Asesor se reunirá un mínimo de dos sesiones ordinarias a lo largo del año, siendo convocadas por la Presidencia del Consejo Asesor, ya sea a iniciativa propia o a petición de cualquiera de sus miembros. 2. Se reunirán igualmente, conforme a lo previsto en el apartado anterior y cuando así se requiera por razones de urgencia, en las sesiones extraordinarias que sean necesarias. Artículo 15. Convocatoria y orden del día del Pleno del Consejo Asesor. 1. Las convocatorias de las sesiones del Pleno del Consejo Asesor indicarán el orden del día, el lugar, la fecha y la hora de reunión e incluirán la documentación necesaria para el estudio de los temas a tratar. 2. Las convocatorias de las sesiones serán notificadas a cada una de las personas que componen el Pleno del Consejo Asesor con una antelación mínima de siete días. La documentación sobre los temas que figuren en el orden del día estará a disposición de los miembros del Consejo Asesor en el mismo plazo. 3. El orden del día recogerá la aprobación del acta de la última sesión y los asuntos a tratar. Sólo podrán tratarse temas no incluidos si es declarada la inclusión del asunto por el voto favorable de la mayoría simple. 4. El Pleno del Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, de acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y a los efectos de la convocatoria y desarrollo de las sesiones, así como, del levantamiento del acta por parte de la Secretaría, podrá hacer uso de los medios electrónicos. Artículo 16. Adopción de acuerdos por el Pleno del Consejo Asesor. 1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. 2. Las votaciones serán secretas, cuando lo solicité algún miembro del Pleno del Consejo Asesor y así lo acuerden la Presidencia y la Vicepresidencia.

7 2535 Artículo 17. Medios técnicos y materiales. La Secretaría General de Ciencia y Tecnología, como órgano específico dependiente de la Consejería con competencias en materia de I+D+i, pondrá a su disposición los medios humanos y materiales necesarios para el funcionamiento del Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura. Disposición transitoria única. Asunción de funciones. Hasta la creación de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, referida en el artículo 17 de este Reglamento, asume las funciones el órgano directivo dependiente de la Consejería que tenga las competencias en materia de I+D+i. Disposición final primera. Habilitación normativa. Se faculta a la Consejera de Empleo, Empresa e Innovación para dictar cuantas disposiciones fueran necesarias para la ejecución del contenido del presente decreto. Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Mérida, a 5 de febrero de El Presidente de la Junta de Extremadura, JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA La Consejera de Empleo, Empresa e Innovación, CRISTINA ELENA TENIENTE SÁNCHEZ

Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura

Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura Artículo 1. Naturaleza y adscripción. Artículo 2. Composición.

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO El artículo 11 del REAL DECRETO 221/2008, de 15 de febrero, por el que

Más detalles

Sección 1ª Del Pleno

Sección 1ª Del Pleno DECRETO 64/2001, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CANARIO DE RESIDUOS.(BOC Nº 36, DE 21 DE MARZO DE 2001) CANARIAS. Consejería de Política

Más detalles

I.- DISPOSICIONES GENERALES

I.- DISPOSICIONES GENERALES AÑO XXIX Núm. 131 9 de julio de 2010 32514 I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Salud y Bienestar Social Decreto 183/2010, de 06/07/2010, del Consejo de las Personas Mayores de Castilla-La Mancha.

Más detalles

Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo

Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo Decretos de Alcalde Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo Marginal: ANM 2011\13 Tipo de Disposición: Decretos de Alcalde / Órganos Colegiados Fecha de Disposición: 21/03/2011 Publicaciones:

Más detalles

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud APROBADO EN LA SESIÓN PLENARIA DEL 23 DE JULIO DE 2003 PREÁMBULO La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad

Más detalles

Decreto Foral 32/2009 de 27 de octubre por el que se crea y regula el Consejo Asesor para la Inclusión Social del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Decreto Foral 32/2009 de 27 de octubre por el que se crea y regula el Consejo Asesor para la Inclusión Social del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Decreto Foral 32/2009 de 27 de octubre por el que se crea y regula el Consejo Asesor para la Inclusión Social del Territorio Histórico de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento de divulgación

Más detalles

Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto.

Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCION PUBLICA SECRETARIA DE ESTADO DE FUNCION PUBLICA DIRECCION GENERAL DE GOBERNANZA PUBLICA Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto.

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Aprobado por el Comité de Seguridad y Salud el 11-12-2007 y modificado con fecha 17-06-2015 REGLAMENTO DEL

Más detalles

Comunidad de Madrid N.º Y AÑO DEL EXPEDIENTE 2016

Comunidad de Madrid N.º Y AÑO DEL EXPEDIENTE 2016 Comunidad de Madrid N.º Y AÑO DEL EXPEDIENTE 2016 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE REFERENCIA NÚMERO DECRETO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE CREA EL OBSERVATORIO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Más detalles

CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA DOG Núm. 3 Martes, 7 de enero de 2014 Pág. 324 I. DISPOSICIONES GENERALES CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA DECRETO 190/2013, de 19 de diciembre, por el que se regula la composición

Más detalles

Decreto 277/1997, de 9 de diciembre, por el que se crea el Consejo Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales

Decreto 277/1997, de 9 de diciembre, por el que se crea el Consejo Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales Decreto 277/1997, de 9 de diciembre, por el que se crea el Consejo Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales CONSEJERÍA TRABAJO E INDUSTRIA Los artículos 149.1.7 de la Constitución Española y 17.2 del

Más detalles

Aprobado por Acuerdo 1/1981, de 20 de agosto.

Aprobado por Acuerdo 1/1981, de 20 de agosto. Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas Reglamento Aprobado por Acuerdo 1/1981, de 20 de agosto. Modificado por Acuerdos: 1/1983, de 29 de julio 1/2000 de 29 de noviembre 1/2001

Más detalles

Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación

Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación Continua del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga. La formación en su conjunto y en todas sus

Más detalles

BOLETÍN Nº de marzo de 2008

BOLETÍN Nº de marzo de 2008 Página 1 de 5 BOLETÍN Nº 41-31 de marzo de 2008 I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1.2. Decretos Forales DECRETO FORAL 14/2008, de 10 de marzo, por el que se regula la Comisión

Más detalles

DECRETO FORAL.../., DE., POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE LA VIVIENDA DE NAVARRA.

DECRETO FORAL.../., DE., POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE LA VIVIENDA DE NAVARRA. DECRETO FORAL.../., DE., POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE LA VIVIENDA DE NAVARRA. Preámbulo La Ley Foral 22/2016, de 21 de diciembre, por la que se adoptan

Más detalles

Decreto Foral 10/2012, de 20 de marzo, por el que se crea la Comisión Dinamizadora de Migración y Diversidad

Decreto Foral 10/2012, de 20 de marzo, por el que se crea la Comisión Dinamizadora de Migración y Diversidad 1 NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada. Decreto Foral 10/2012, de 20 de marzo, por el que se crea la Comisión Dinamizadora

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN (Aprobado por la Junta de Centro el 17 de junio de 2015) El artículo 150.3 de los Estatutos de la

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL Este reglamento rige el régimen interior del Consejo Editorial de la Universidad Pública de Navarra, cuya composición y funciones fue aprobada en sesión

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL OBSERVATORIO DE LA INFANCIA

REGLAMENTO INTERNO DEL OBSERVATORIO DE LA INFANCIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS OBSERVATORIO DE LA INFANCIA REGLAMENTO INTERNO DEL OBSERVATORIO DE LA INFANCIA El Observatorio de la Infancia, creado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de marzo

Más detalles

DECRETO 83/2013, de 21 de mayo, por el que se crea la Oficina Extremeña de Seguridad Alimentaria. ( )

DECRETO 83/2013, de 21 de mayo, por el que se crea la Oficina Extremeña de Seguridad Alimentaria. ( ) 11908 DECRETO 83/2013, de 21 de mayo, por el que se crea la Oficina Extremeña de Seguridad Alimentaria. (2013040094) La Constitución Española en su artículo 43 reconoce a todos los ciudadanos el derecho

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO Capítulo I. Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 1. Naturaleza y fines. El Consejo para la Unidad de Mercado,

Más detalles

Decreto Foral 18/2014, de 17 de junio, por el que se crea el Foro del Euskera en Gipuzkoa.

Decreto Foral 18/2014, de 17 de junio, por el que se crea el Foro del Euskera en Gipuzkoa. Decreto Foral 18/2014, de 17 de junio, por el que se crea el Foro del Euskera en Gipuzkoa. (BOG nº 120 de 26 de junio de 2014) NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter

Más detalles

NÚMERO 199 Lunes, 17 de octubre de 2016

NÚMERO 199 Lunes, 17 de octubre de 2016 26911 DECRETO 166/2016, de 11 de octubre, por el que se regula las funciones, composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales de Extremadura. (2016040191)

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO Capítulo I. Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 1. Naturaleza y fines. El Consejo para la Unidad de Mercado,

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA ÍNDICE CAPÍTULO I. Denominación. Ámbito de Actuación CAPÍTULO II. Objetivos y Funciones CAPÍTULO III. Composición y estructura CAPÍTULO IV CAPÍTULO V. Organización y competencias CAPÍTULO VI. Régimen de

Más detalles

Mediante el presente decreto se da cumplimiento al mandato de reglamento.

Mediante el presente decreto se da cumplimiento al mandato de reglamento. Comunidad de Madrid N.º Y AÑO DEL EXPEDIENTE 2016 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE REFERENCIA DECRETO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN

Más detalles

BORRADOR DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO CAPÍTULO I OBJETO, NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO

BORRADOR DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO CAPÍTULO I OBJETO, NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL JUEGO BORRADOR DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 12580 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA DECRETO 94/2009, de 30 de abril, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Comisión de Protección Civil

Más detalles

Reglamento del Consejo de Comercio de la Ciudad de Madrid

Reglamento del Consejo de Comercio de la Ciudad de Madrid Reglamentos Reglamento del Consejo de Comercio de la Ciudad de Madrid Marginal: ANM 2008\38 Tipo de Disposición: Reglamentos Fecha de Disposición: 28/11/2008 Publicaciones: - BO. Comunidad de Madrid 18/12/2008

Más detalles

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales Proyecto de Decreto --/2016, de ---de----------, por el que se regula las funciones, composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales de Extremadura. En

Más detalles

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales Proyecto de Decreto --/2017, de ---- de ------------, por el que se regula las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento de Renta Básica Extremeña de Inserción. La

Más detalles

I.- DISPOSICIONES GENERALES

I.- DISPOSICIONES GENERALES AÑO XXXIII Núm. 13 21 de enero de 2014 1076 I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales Decreto 4/2014, de 16/01/2014, del Consejo Asesor de Servicios Sociales. [2014/679] La Ley

Más detalles

PROPUESTA DE ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COMERCIO.

PROPUESTA DE ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COMERCIO. PROPUESTA ESTATUTOS L CONSEJO MUNICIPAL. EXPOSICIÓN MOTIVOS. El sector comercial de Paterna, se encuentra ante nuevos e ineludibles retos de futuro, y la creación de un consejo sectorial de comercio es

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y AYUDA AL DESARROLLO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y AYUDA AL DESARROLLO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y AYUDA AL DESARROLLO Capítulo I. NATURALEZA JURÍDICA Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico 1. El Consejo

Más detalles

DECRETO 135/2010, de 18 de junio, por el que se crea el Consejo Asesor de Educación para la Salud de Extremadura. ( )

DECRETO 135/2010, de 18 de junio, por el que se crea el Consejo Asesor de Educación para la Salud de Extremadura. ( ) 16703 DECRETO 135/2010, de 18 de junio, por el que se crea el Consejo Asesor de Educación para la Salud de Extremadura. (2010040152) La Constitución Española, en su artículo 43, establece la competencia

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres introduce como novedad la creación de un Consejo de Participación

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE PATRIMONIO DE LA CIUDAD DE ISLA CRISTINA.-

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE PATRIMONIO DE LA CIUDAD DE ISLA CRISTINA.- REGLAMENTO L CONSEJO LOCAL PATRIMONIO LA CIUDAD.- ARTÍCULO 1.- Definición El Consejo Local de Patrimonio es el órgano colegiado del Excmo. Ayuntamiento de que tiene como objeto informar y asesorar ante

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ASESORA DE LA AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ASESORA DE LA AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ASESORA DE LA AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA CAPÍTULO I. COMISIÓN ASESORA Sección primera. Funciones y composición Artículo

Más detalles

a) Analizar la situación del sector y formular propuestas de actuación en la materia.

a) Analizar la situación del sector y formular propuestas de actuación en la materia. REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DEL TAXI DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, DE 27 DE ENERO DE 2017 (BOP Nº 25/2017 DE 27 DE FEBRERO) TÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL PARA LA IGUALDAD Y LA NO VIOLENCIA DE ILLESCAS

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL PARA LA IGUALDAD Y LA NO VIOLENCIA DE ILLESCAS REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL PARA LA IGUALDAD Y LA NO VIOLENCIA DE ILLESCAS PREÁMBULO La Constitución Española de 1978, consagra el principio de igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico,

Más detalles

Conferencia de Educación

Conferencia de Educación Conferencia de Educación (Aprobado en el Pleno de la Conferencia de 22 de julio de 1999) to de la Conferencia de Educación 2 Artículo 1. La Conferencia de Educación, constituida en el marco de lo previsto

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNED

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNED REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNED PREÁMBULO La UNED reconoce el derecho a la negociación colectiva de su Personal Docente e Investigador

Más detalles

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN Publicado en el B.O.P. Nº 20 de 14 de Febrero de 1.997 Mediante la presente propuesta se pretende la creación del

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOVELDA

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOVELDA APROBACIÓN INICIAL: Pleno de fecha 12 de enero de 2016 FINAL: Pleno de fecha 12 de enero de 2016 PUBLICACIÓN BOP: nº 46 de fecha 8 de marzo de 2016 ENTRADA EN VIGOR 15 días de su publicación: 30 de marzo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 132 LUNES 5 DE JUNIO DE 2017 Pág. 15 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación, Juventud y Deporte 1 DECRETO 58/2017, de 30 de mayo, del Consejo de Gobierno,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE CULTURA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE CULTURA Núm. 124 Viernes 21 de mayo de 2010 Sec. I. Pág. 44481 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE CULTURA 8122 Real Decreto 497/2010, de 30 de abril, por el que se regulan los órganos de participación y

Más detalles

NCG110/1: Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Colegios Mayores

NCG110/1: Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Colegios Mayores Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 110. 27 de julio de 2016 NCG110/1: Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Colegios Mayores Aprobado en la sesión extraordinaria de Consejo de Gobierno

Más detalles

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO 24094 CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO DECRETO 224/2012, de 9 de noviembre, por el que se regula el Consejo Asesor de Vivienda (2012040246) El artículo 9.1.31 del Estatuto

Más detalles

En el apartado 7 del Anexo del citado Acuerdo, «Implantación y Seguimiento del Plan», se prevé la constitución de una

En el apartado 7 del Anexo del citado Acuerdo, «Implantación y Seguimiento del Plan», se prevé la constitución de una DECRETO 58/2005, DE 29 DE MARZO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DEPARTAMENTO DE MEDIOAMBIENTE POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE

Más detalles

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES (Texto aprobado por la Corporación Pleno en sesión celebrada el 8 de septiembre de 2006) (Publicación del Reglamento: B.O.C.M. nº 238 de 6 de octubre de

Más detalles

ESTATUTOS CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER

ESTATUTOS CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER ESTATUTOS CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER Artículo 1º.- NATURALEZA Y FINES: 1.- El Consejo Municipal de la Mujer es el Órgano de participación, Información y Propuesta de la Gestión municipal, de todos los

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO DE ARGAMASILLA DE CALATRAVA CAPITULO I. DENOMINACIÓN Y OBJETO DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO.

REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO DE ARGAMASILLA DE CALATRAVA CAPITULO I. DENOMINACIÓN Y OBJETO DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO. REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO DE ARGAMASILLA DE CALATRAVA CAPITULO I. DENOMINACIÓN Y OBJETO DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO. Articulo 1.- Denominación y Régimen General. El Consejo Local Agrario

Más detalles

COMISIÓN DE INFORMÁTICA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

COMISIÓN DE INFORMÁTICA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento de Régimen Interior tiene por objeto establecer las normas básicas de organización y funcionamiento

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, así como la Instrucción de 26-2-96,

Más detalles

Aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 22 de diciembre de 2006 Publicado en el BOR nº 29, de 3 de marzo de 2007

Aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 22 de diciembre de 2006 Publicado en el BOR nº 29, de 3 de marzo de 2007 Aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 22 de diciembre de 2006 Publicado en el BOR nº 29, de 3 de marzo de 2007 REGLAMENTO DE ESTATUTOS DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL DE CALAHORRA. El artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Título Preliminar OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN 1. El presente Reglamento regulará el

Más detalles

DECRETO 22/2005, DE 8 DE FEBRERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE REGULA EL CONSEJO DE RELACIONES LABORALES DE ARAGÓN Y SE CREA EL OBSERVATORIO

DECRETO 22/2005, DE 8 DE FEBRERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE REGULA EL CONSEJO DE RELACIONES LABORALES DE ARAGÓN Y SE CREA EL OBSERVATORIO DECRETO 22/2005, DE 8 DE FEBRERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE REGULA EL CONSEJO DE RELACIONES LABORALES DE ARAGÓN Y SE CREA EL OBSERVATORIO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN ARAGÓN (Publicado en

Más detalles

Publicación Definitiva: B.O.R.M. número 86 de 16/04/2005 REGLAMENTO ORGANICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SOCIAL DE MURCIA.

Publicación Definitiva: B.O.R.M. número 86 de 16/04/2005 REGLAMENTO ORGANICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SOCIAL DE MURCIA. Publicación Definitiva: B.O.R.M. número 86 de 16/04/2005 REGLAMENTO ORGANICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SOCIAL DE MURCIA. ARTICULO 1. Naturaleza. El Consejo Social de Murcia, CSM, es

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES

REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES Composición y estructura de las Comisiones. 1º.- Composición: Los miembros de las Comisiones serán nombrados por la Junta Directiva entre los asociados

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1 CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1 CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1 REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1 ARTÍCULO 1.- CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1.- El Consejo Municipal de Personas con Discapacidad es el órgano máximo de participación

Más detalles

2. Se adscribe, sin perjuicio de su independencia funcional, al Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría General de Comunicaciones.

2. Se adscribe, sin perjuicio de su independencia funcional, al Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría General de Comunicaciones. REAL DECRETO 2663/1998, DE 11 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA COMPOSICIÓN Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR POSTAL. (BOE 22-12-1998) La Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal

Más detalles

1. Disposiciones Ge n e r a l e s

1. Disposiciones Ge n e r a l e s Página 53864 I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Ge n e r a l e s Consejo de Gobierno 16114 Decreto n.º 334/2009, de 9 de octubre, por el que se regula el consejo asesor para la calidad en la edificación.

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 2814 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA ORDEN de 22 de enero de 2008 por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones

Más detalles

Ley 9/2002, de 6 de junio, de creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha (*) (BOE 169 de y DOCM 77 de )

Ley 9/2002, de 6 de junio, de creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha (*) (BOE 169 de y DOCM 77 de ) Ley 9/2002, de 6 de junio, de creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha (*) (BOE 169 de 16-07-2002 y DOCM 77 de 24-06-2002) (*) Modificada por Ley 8/2008, de 4 de diciembre (DOCM

Más detalles

REGLAMENTO CONSEJO MUNICIPAL AGRARIO

REGLAMENTO CONSEJO MUNICIPAL AGRARIO REGLAMENTO CONSEJO MUNICIPAL AGRARIO NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 1.- 1. Como respuesta a los numerosos problemas que plantea la agricultura actual, cada vez mas importante en el desarrollo socioeconómico

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social. Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales «BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2001

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSEJO ECONŁMICO Y SOCIAL DE PUERTO REAL

ESTATUTOS DEL CONSEJO ECONŁMICO Y SOCIAL DE PUERTO REAL ESTATUTOS DEL CONSEJO ECONŁMICO Y SOCIAL DE PUERTO REAL CAP TULO PRIMERO NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 1.- DEFINICIŁN Y NATURALEZA El Consejo Económico Social Local (en adelante CESL) es el órgano institucional

Más detalles

NOTA. El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada.

NOTA. El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada. Decreto Foral 1/2003, de 21 de enero, por el que se aprueba la normativa de creación del Consejo de Personas con discapacidad en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento

Más detalles

Reglamento Comisión de emprendimiento y empresa

Reglamento Comisión de emprendimiento y empresa Reglamento Comisión de emprendimiento y empresa Aprobado en Asamblea General Extraordinaria: 29/11/2013 1 de 5 Reglamento Artículo 1. Naturaleza y denominación La Comisión de Emprendimiento y Empresa emana

Más detalles

DECRETO 228/1999, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL CONSEJO ANDALUZ DE ASUNTOS DE MENORES.

DECRETO 228/1999, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL CONSEJO ANDALUZ DE ASUNTOS DE MENORES. DECRETO 228/1999, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL CONSEJO ANDALUZ DE ASUNTOS DE MENORES. (Boja núm 134, de 18 noviembre 1999) La Constitución Española establece en su artículo 39, como uno

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 5209 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA DECRETO 6/2015, de 22 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo de Cooperación

Más detalles

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES 7073 CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES DECRETO 21/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento de la Renta

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 144 Lunes 17 de junio de 2013 Sec. I. Pág. 45466 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 6544 Real Decreto 387/2013, de 31 de mayo, por el que se modifica

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid. ÍNDICE

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid. ÍNDICE Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad Comunidad de Madrid «BOCM» núm. 112, de 13 de mayo de 1999 «BOE» núm. 172, de 20 de julio de 1999 Referencia: BOE-A-1999-15800

Más detalles

Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras La Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones se rige por lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. El de la Universidad de Jaén se constituye dentro del marco de una política en materia de prevención de riesgos

Más detalles

COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN

COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN Reglamento (Aprobado por la Comisión General de Educación en la sesión de 13 de noviembre de 2000) 2 COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL DE PARACUELLOS DE JARAMA. PREÁMBULO

REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL DE PARACUELLOS DE JARAMA. PREÁMBULO REGLAMENTO REGULADOR L CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL. (PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL LA COMUNIDAD MADRID. BOCM Núm. 117 de 18 de mayo de 2016) PREÁMBULO La Constitución española, en su artículo 27.5, establece

Más detalles

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA 31933 CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA DECRETO 240/2009, de 13 de noviembre, por el que se regulan los Consejos de Salud de Zona del Sistema Sanitario Público de Extremadura. (2009040265) La Constitución

Más detalles

Decreto 20/2007 Consejería de Trabajo y Empleo

Decreto 20/2007 Consejería de Trabajo y Empleo Decreto 20/2007, de 27-03-2007, por el que se crea y regula el Observatorio para la prevención de riesgos laborales de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha DO. Castilla-La Mancha 30 de marzo de

Más detalles

NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada.

NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada. 1 NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada. Decreto Foral 1/2003 de 21 de enero por el que se aprueba la normativa de creación

Más detalles

COOPERACIÓN INTERNACIONAL

COOPERACIÓN INTERNACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL LOCAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Objeto Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización, competencias y funcionamiento del Consejo Sectorial

Más detalles

COMISIÓN DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO Y TUTELA. Aprueba el Reglamento de Composición de la Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela de La Rioja.

COMISIÓN DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO Y TUTELA. Aprueba el Reglamento de Composición de la Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela de La Rioja. ( Disposición Vigente ) Decreto núm. 30/2007, de 25 de mayo. Decreto 30/2007, de 25 mayo LLR 2007\180 Version vigente de: 30/5/2007 COMISIÓN DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO Y TUTELA. Aprueba el Reglamento de

Más detalles

Disposiciones generales

Disposiciones generales REGLAMENTO DEL CENTRO SUPERIOR DE INNOVACIÓN EDUCATIVA DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA. (A.38/2001. JUNTA DE GOBIERNO 2/10/2001 Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1. Constitución 1. Se crea

Más detalles

Texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. La Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones se rige por lo dispuesto en el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. CONCEPTO. El Consejo Municipal de Cooperación al Desarrollo se constituye como cauce de la participación ciudadana

Más detalles

PROPUESTA DE ORDEN FYM/---/2017, DE DE, POR LA QUE SE CREAN Y REGULAN LA MESA DEL LOBO DE CASTILLA Y LEÓN Y EL COMITÉ CIENTÍFICO.

PROPUESTA DE ORDEN FYM/---/2017, DE DE, POR LA QUE SE CREAN Y REGULAN LA MESA DEL LOBO DE CASTILLA Y LEÓN Y EL COMITÉ CIENTÍFICO. PROPUESTA DE ORDEN FYM/---/2017, DE DE, POR LA QUE SE CREAN Y REGULAN LA MESA DEL LOBO DE CASTILLA Y LEÓN Y EL COMITÉ CIENTÍFICO. Con fecha 23 de mayo de 2016 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SALUD PREAMBULO La Constitución Española establece en su art. 51 que: 1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores

Más detalles

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA 4517 CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA DECRETO 23/2009, de 13 de febrero, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Asesor de Bioética de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores. Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales «BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2005 Referencia: BOE-A-2005-1843

Más detalles

NOTA. El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada.

NOTA. El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada. Decreto Foral 121/1999 de 21 de diciembre por el que se aprueba la normativa de creación del Consejo de Personas Mayores en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento de

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CORTE DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE TOLEDO. Capítulo I. Disposiciones generales.

ESTATUTOS DE LA CORTE DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE TOLEDO. Capítulo I. Disposiciones generales. ESTATUTOS DE LA CORTE DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE TOLEDO Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Mediante

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN El presente reglamento rige el régimen interno de la Comisión de Investigación de la Universidad Pública de Navarra, cuya Composición fue aprobada

Más detalles