Grupo Málaga Ahora Diputación de Málaga
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- Ricardo Redondo Ayala
- hace 5 años
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1 A la atención del Presidente de la Diputación MOCIÓN AL PLENO DE LA DIPUTACIÓN DE MÁLAGA MOCIÓN RELATIVA A LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN EN ESTA DIPUTACIÓN María Rosa Galindo González, Portavoz del Grupo Málaga Ahora de la, presenta la siguiente Moción para ser debatida y votada en el Pleno: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno supuso el establecimiento de un marco legislativo y normativo que pretendía dar respuesta a una demanda ciudadana. Este es el objetivo que se marca la propia ley en su Preámbulo I: La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos. En su Preámbulo II, a su vez, se reconocen importantes defectos en la capacidad de transparencia de las diferentes instituciones, de modo que hace especial hincapié en los problemas para acceder a la documentación y archivos: [ ] Pero esta regulación adolece de una serie de deficiencias que han sido puestas de manifiesto de forma reiterada al no ser claro el objeto del derecho de acceso, al estar limitado a documentos contenidos en procedimientos administrativos ya terminados y al resultar su ejercicio extraordinariamente limitado en su articulación práctica. 1
2 Más allá de la ley 19/2013, existen numerosas normativas y legislación que impulsan la práctica de la transparencia en nuestro marco jurídico e institucional. Ahí están la ley 27/2006, de 18 de julio; la ley 37/2007, de 16 de noviembre; la Ley 11/2007, de 22 de junio. Además, por supuesto, la Constitución Española como marco supremo, en cuyo articulado se da especial importancia a la transparencia de las instituciones en democracia. Si descendemos a la legislación andaluza, encontramos la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. Cuenta con un amplio y profundo articulado en torno a las entidades locales, sobre las que se detalla un buen número de requisitos y obligaciones. Por no ser este un tratado jurídico sino un texto político, sólo detallaremos los más relevantes que aparecen en la 19/2013: Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación 1. Las disposiciones de este título se aplicarán a: a) La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración Local. Artículo 10. Portal de la Transparencia 3. La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración Local podrán adoptar otras medidas complementarias y de colaboración para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia recogidas en este capítulo. Artículo 31. Órgano competente y procedimiento 3. C) Cuando el procedimiento se dirija contra altos cargos de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales, los órganos que tengan atribuidas estas funciones en aplicación del régimen disciplinario propio de Administraciones en las que presten servicios los cargos contra los que se dirige el procedimiento o, en su caso, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma o el Pleno de la Junta de Gobierno de la Entidad Local de que se trate. Art. 36. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno 4. Al menos una vez al año, la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno convocará a los representantes de los 2
3 organismos que, con funciones similares a las desarrolladas por ella, que hayan sido creados por las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias. A esta reunión podrá ser convocado un representante de la Administración Local propuesto por la Federación Española de Municipios y Provincias. La ley 19/2013, en su disposición final novena, sobre la entrada en vigor, daba un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta Ley. Al mismo tiempo que se desarrollaba a nivel estatal y autonómico este marco legislativo, la Federación Española de Municipios y Provincias impulsaba el desarrollo de ordenanzas en cada entidad de gobierno local. Tanto es así que el 27 de mayo de 2014 su Junta de Gobierno aprobaba una Ordenanza Tipo de Transparencia, Acceso a la Información y Reutilización. Toda esta legislación ha obligado a nuestra Diputación a desarrollar una web de gobierno abierto. Sin embargo, su contenido deja mucho que desear, con multitud de datos incompletos, no actualizados, la agenda institucional está prácticamente vacía, los datos de los diputados son aleatorios e incompletos en cuanto a sus retribuciones, agenda, etc. En cuanto a los datos económicos nos encontramos con un buscador que ofrece datos erróneos en muchos casos, e incompletos en la mayoría de las búsquedas. Por otro lado no se ha puesto en marcha ninguna comisión que vele por que la transparencia sea una prioridad en la acción de gobierno. Revisando los acuerdos firmados por el gobierno provincial y el grupo Ciudadanos para la investidura en cuestión de transparencia -que se anunció como prioridad- nos encontramos que la mayoría de ellos no se están cumpliendo o solo de forma parcial. No se aprecia una apuesta decidida por la transparencia y el buen gobierno, sino más bien acatar los mínimos que obliga la ley Por otro lado, nos encontramos con trabas a la labor de fiscalización de la oposición. Este grupo, en fechas recientes, ha realizado algunas peticiones de expedientes sobre contratos de esta Diputación con algunos grupos empresariales, pero sistemáticamente se nos han denegados aduciendo falta de personal. Según el reglamento de funcionamiento del pleno, los diputados y diputadas tienen derecho a acceder a toda la documentación relativa 3
4 a la actividad de esta diputación provincial. Así, en el artículo 28 punto 1, leemos que Todos los miembros de la corporación tienen derecho a obtener del Presidente/a, cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función. Aun teniendo en cuenta que este grupo, a lo largo de lo que llevamos de legislatura, ha sido muy mesurado en la utilización de este derecho, se nos deniega algo tan sencillo como los contratos adjudicados a una empresa en los últimos años, por ejemplo. Por otro lado, nos encontramos con que después de varios intentos denegados, por fin se nos permite acceder al expediente de un contrato, pero por sorprendente que resulte se nos impide el uso de un espacio para consultarlos apropiadamente, los expedientes ni siquiera están foliados (una grave irregularidad, pues es el único modo de evitar inclusiones o extracciones de hojas) ni ordenados y, por si fuera poco, se nos limita el tiempo de consulta a dos horas. Semejantes impedimentos obran a las claras en contra del derecho a al acceso y la transparencia. Es por ello que este nuestro grupo trae a aprobación plenaria los siguientes: ACUERDOS 1- Que se realice una revisión a fondo del portal de transparencia para garantizar que los datos estén debidamente actualizados y ordenados de forma clara y precisa, de modo que resulten fácilmente accesibles para la ciudadanía 2- Que se dote de más medios al área correspondiente para que todos los ayuntamientos de menos de habitantes tengan sus datos actualizados en el portal provincial y así dar cumplimiento real a las leyes de transparencia, tanto estatal como autonómica. 3- Que se actualice de forma diaria la agenda institucional de todos los diputados, así como sus datos de contacto y remuneraciones, incluyendo las nóminas mensuales y declaraciones de bienes, siempre respetando la ley de protección de datos 4- Que en el nuevo reglamento del pleno se asegure de forma fehaciente el derecho a la información de los diputados y 4
5 diputadas de la oposición, garantizando así que puedan cumplir el mandato popular de fiscalización de las tareas del equipo de gobierno. 5- Que se cree una Comisión de Transparencia y buen gobierno que vele por el cumplimiento de estos acuerdos y del espíritu de las leyes, expresado en sus preámbulos, de acuerdo a las demandas de la ciudadanía, que en todas las encuestas muestra su preocupación por la corrupción, así como por la falta de cercanía de los representantes institucionales. Málaga 22 de Enero del 2018 Fdo. María Rosa Galindo González Diputada y Portavoz de Málaga Ahora 5
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