LEYES Y REGLAMENTOS RELACIONADOS CON EL SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
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- Juana Espejo Ortíz
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1 ANEXO 2 LEYES Y REGLAMENTOS RELACIONADOS CON EL SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO LEYES Y DECRETOS Constitución Política de Nicaragua Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo Reglamento de la Ley 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo Reformas y adiciones al Decreto (Reglamento de la Ley 290) Creación del Instituto (INAA) Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Sanitarios, INAA Reforma a la Ley Orgánica del INAA Reglamento a la Reforma de la Ley Orgánica del INAA Ley General de Servicios de Agua Tipo y número de la normativa y fechas de promulgación Promulgada en Noviembre de 1986 y reformada mediante Ley 192 del 1 de Febrero de 1995, Ley 199 del 3 de Julio de 1995 y Ley 330 del 18 de Enero del año Ley 290 del 1 de Junio de Gaceta N o 102 del 3 de Junio de Decreto del 17 de Diciembre del año Gaceta N o 1 y N o 2 del 2 y 3 de Enero del año Decreto del 11 de Marzo del Gaceta N o 51 del 13 de Marzo del Decreto 20 del 25 de Julio de Gaceta N o 3 del 24 de Agosto de Decreto 123 del 23 de Octubre de Gaceta N o 44 de Octubre de Ley 275, del 22 de Enero de Gaceta N o 8 del 28 de enero de Decreto del 3 de Abril de Gaceta N o 70 del 17 de Abril de Ley 297 del 30 de Junio de Gaceta N o 123 del 2 de OBJETIVOS Código Normativo vinculado a todos que consagra el sistema de valores materiales, que sirven de base a la organización estatal. Determina la organización, competencia y procedimientos del Poder Ejecutivo. Establece las disposiciones para la aplicación de la Ley 290 Reforma el Capítulo I del Título I del Decreto 118 Reglamento de la Ley 290 Reforma la organización de la Presidencia de la República Crea el INAA como un Ente descentralizado para la prestación de servicios de agua potable y saneamiento en todo el país Realiza la planificación, ejecución y control de los Sistemas Municipales y Locales que se incluyan en el Plan Nacional de. Establece al INAA como organismo encargado de la regulación, control y normatización del Sector Agua Potable y Alcantarillado Sanitario en el País Establece disposiciones para la aplicación de la Ley 275. Regula las actividades de producción de agua potable, su 359
2 Potable y Alcantarillado Sanitario Ley de Reforma a la Ley General de Servicios de Agua Potable y Sanitarios Reglamento a la Ley General de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario Creación de la Comisión Nacional de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, CONAPAS Reforma al Decreto Creador de la CONAPAS Reforma al Decreto de Creación de la CONAPAS Disposiciones para la fijación de las tarifas de agua potable y alcantarillado sanitario Reformas y Adición al Decreto Sanitarios, ENACAL Ley de Reforma a la Ley de Creación de ENACAL Ley de Municipios Reglamento a la Ley de Municipios. Julio de Ley 480 del 22 de Diciembre del año Gaceta N o 245 del 26 de Diciembre del año Decreto Gaceta N o 138 del 24 de Julio de Decreto del 14 de Julio de Gaceta N o 138 del 24 de Julio de Decreto del 19 de Marzo del Gaceta N o 60 del 3 de Abril del Decreto del 19 de Noviembre del Gaceta No Decreto del 19 de Junio de Gaceta N o 117 del 23 de Junio de Decreto del 14 de Mayo del Gaceta N o 95 del 23 de Mayo del Ley 276 del 12 de enero de Gaceta N o 12 del 20 de Enero de Ley 479 del 22 de Diciembre del año Gaceta N o 245 del 26 de Diciembre del año Leyes 40 y 261 del 22 de Agosto de Gaceta N o 162 del 26 de agosto de Decreto del 5 de Septiembre de Gaceta N o 171 del 8 de Septiembre de distribución, la recolección de aguas servidas y la disposición final de éstas. Reforma los Art. 37, 38, 39, 89 y 91 de la Ley General de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. Establece disposiciones para la correcta aplicación de la Ley 480. Crea la CONAPAS, con la función principal de formular los objetivos y estrategias del Sector Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. Reforma los Art. 1 y 6 del Decreto creador de CONAPAS, transformándolo en un organismo interinstitucional adscrito al Poder Ejecutivo. Incluye a la SECEP y al FISE como miembros de la CONAPAS y designa a la SECEP como Coordinador de la CONAPAS Establece normativas para la fijación de tarifas en el sector de agua potable y alcantarillado sanitario. Reforma los Art. 1, 2, 11, 13 y 15 del Decreto estableciendo metodologías para el cálculo de los niveles tarifarios máximos. Establece que ENACAL brindará los servicios de agua potable, recolección, tratamiento y disposición de aguas residuales. Cambia el status legal de ENACAL a una entidad estatal de servicio público y le otorga determinadas exenciones. Regula el ámbito de competencias de los Municipios. Establece normas y procedimientos para la gestión municipal en el marco de la Ley de Municipios. 360
3 Autorización a la Empresa Nicaragüense de Sanitarios a crear Empresas Aguadora de Jinotega. Aguadora de Matagalpa Territorial de Sanitarios para León y Chinandega, ENACAL Managua Decreto del 25 de Junio de Gaceta N o 121 del 30 de Junio de Gaceta N o 100 del 29 de Mayo del Gaceta N o 101 del 30 de mayo del Gaceta N o 74 del 20 de Abril del Gaceta N o 73 del 19 de Abril del Anexo 2 Autoriza a la Junta Directiva de ENACAL para crear Empresas independientes en cualquier otra parte del País. Crea la Empresa Aguadora de Jinotega con capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Crea la Empresa Aguadora de Matagalpa con capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Crea la Empresa Aguadora de León y Chinandega con capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Crea la Empresa, ENACAL Managua, con capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Ley General de Salud. Reglamento a la Ley General de Salud Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Reglamento a la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Creación del Instituto Fomento Municipal, INIFOM Ley 423 del 7 de Mayo del Gaceta N o 91 del 17 de Mayo del Decreto del 9 de Enero del Gaceta N o 7 del 10 de Enero del 2003 y Gaceta N o 8 del 13 de Enero del Ley 217 del 2 de Mayo de Gaceta N o 105 del 06 de Junio de Decreto 9-96 del 25 de Julio de Gaceta N o 163 del 29 de Agosto de Decreto 497 del 23 de Febrero de Gaceta N o 44 del 2 de Marzo de Tutela el derecho que tiene toda persona de disfrutar, conservar y recuperar su salud. Regula la aplicación de la Ley General de Salud. Establece normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales que lo integran, asegurando su uso racional y sostenible. Regula la aplicación de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Fortalece la administración municipal y la promoción del desarrollo de los municipios. Ley Orgánica del Ley 347 del 9 de Mayo del Fomenta el desarrollo institucional 361
4 INIFOM Gaceta N o 121 del 27 de Junio del Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Fomento Municipal. Ley 347 Creación del Fondo de Inversión Social de Emergencia, FISE Reforma del Decreto Creador del FISE Prórroga de existencia jurídica del FISE Reforma al Decreto Creador del FISE Reforma del Decreto Creador del FISE Ley de Normalización Técnica y Calidad Reglamento de la Ley de Normalización Técnica y Calidad Reglamento de Permiso y Evaluación de Impacto Ambiental Ley de Suspensión de Concesión de Uso de Aguas Decreto del 24 de Agosto del Gaceta N o 169 del 6 de Septiembre del Decreto del 21 de Noviembre de Gaceta N o 240 del 13 de Diciembre de Decreto del 28 de Octubre de Gaceta N o 203 del 31 de Octubre de Decreto 3-97 del 27 de Enero de Gaceta N o 25 del 5 de Febrero de Decreto del 28 de Agosto de Gaceta N o 167 del 4 de Septiembre de Decreto del 24 de Abril del Gaceta N o 80 del 30 de Abril del Ley 219 del 4 de Junio de Gaceta N o 123 del 2 de Julio de Decreto del 5 de Diciembre de Gaceta N o 241 del 18 de Diciembre de Decreto del 28 de Octubre de Gaceta N o 203 del 31 de Octubre de Ley 440 del 9 de Julio de Gaceta N o 150 del 11 de Agosto del de los Municipios, fortalece los gobiernos locales y la administración municipal, promociona la participación ciudadana y los procesos de descentralización y desarrollo local. Establece las disposiciones reglamentarias de la Ley Orgánica del Instituto Fomento Municipal. Crea un fondo para ayudar a atender las demandas de la población en situación de pobreza extrema. Reforma el primer párrafo del Art. 1 del Decreto creador del FISE. Prorroga la existencia jurídica del FISE hasta Diciembre del Prorroga la existencia del FISE hasta Diciembre 2004 y reforma los Art. 5, 6, 7,8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 17, 20 y 23 del Decreto creador del FISE. Reforma los Art. 1, 2, 7, inc. c) del Art. 8 y se adiciona un literal al Art. 13 del Decreto Creador del FISE. Transforma al FISE en un Ente Descentralizado del Poder Ejecutivo con duración indefinida. Regula lo relacionado a la normalización técnica y certificación de calidad de productos y servicios. Regula la aplicación de la Ley de Normalización Técnica y Calidad. Establece procedimientos que debe seguir MARENA para el otorgamiento del Permiso Ambiental los proyectos que requieran este estudio.. Suspende el otorgamiento de Concesiones de prestación del servicio a particulares reguladas 362
5 Ley del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres Ley de Regulación, Ordenamiento y Titulación de Asentamientos Humanos Espontáneos Ley de Defensa de los Consumidores Ley de Transferencias Presupuestarias a los Municipios de Nicaragua Estatuto de la Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua. Ley 337 del 8 de Marzo del Gaceta No. 70 del 7 de Abril del 2000 Ley No. 309 del 17 de Junio de Gaceta No. 143 del 28 de Julio de Ley No 182 del 1 de Noviembre de Gaceta No. 213 del 14 de Noviembre de Ley No. 466 del 13 de Julio del Gaceta No. 157 del 20 de Agosto del 2003 Ley No. 28 del 2 de Septiembre de Gaceta No. 238 del 30 de Octubre de Anexo 2 por la Ley General de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario como las concesiones de uso del agua otorgadas por el MIFIC Tiene por objeto establecer los principios, normas, disposiciones e instrumentos generales necesarios para crear y permitir el funcionamiento de un sistema interinstitucional orientado a la reducción de riesgos por medio de las actividades de prevención, mitigación y atención de desastres, sean éstos naturales o provocados. Tiene por objeto establecer un marco jurídico que permita el ordenamiento urbano, la demarcación y titulación de los Asentamientos Humanos Espontáneos existentes en el país. Tiene por objeto garantizar a los consumidores la adquisición de bienes o servicios de la mejor calidad, en sus relaciones comerciales, mediante un trato amable, justo y equitativo de parte de las empresas públicas o privadas individuales o colectivas. El objeto de la presente Ley es el establecimiento del Sistema de Transferencias Presupuestarias a los municipios en cumplimiento del precepto contemplado en el artículo 177 de la Constitución Política, el cual establece la obligatoriedad del Estado de destinar un porcentaje suficiente del Presupuesto General de la República a los municipios del país, el que se distribuirá priorizando a los municipios con menos capacidad de ingreso. El presente Estatuto establece el Régimen de Autonomía de las Regiones en donde habitan las Comunidades de la Costa Atlántica de Nicaragua y reconoce los derechos y deberes propios que corresponden a sus habitantes, de conformidad con la Constitución Política. 363
6 Decreto de Organización y Financiamiento del Consejo Nacional de Planificación Económica Social (CONPES) Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible (CONADES) Ley de Participación Ciudadana Decreto No del31 de Octubre del Gaceta No.214 del 11 de Noviembre del 2002 Decreto No del 05 de Junio de Gaceta No. 105 del 5 de Junio de Reformado por Decreto No del 9 de Febrero del Gaceta No. 30 del 11 de Febrero del Ley No. 475 del 18 de Diciembre del Gaceta No. 241 del 19 de Diciembre del Es un órgano de consulta del Presidente de la República en la dirección de la política económica y social del país. Foro de análisis, discusión, evaluación, divulgación, concertación y seguimiento, con la participación del Estado y la sociedad civil, con el fin de promover la adopción de un modelo de desarrollo sostenible, según las normas y principios del Programa 21, la Declaración de Río y otros Acuerdos suscritos durante la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de Promover el ejercicio pleno de la ciudadanía en el ámbito político, social, económico y cultural, mediante la creación y operación de mecanismos institucionales que permitan una interacción fluida entre el Estado y la sociedad nicaragüense. 364
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