REGLAMENTO FONDO FEUNED 1

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO FONDO FEUNED 1"

Transcripción

1 CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO FONDO FEUNED ARTÍCULO : Del Objeto El presente reglamento regulará la operación del FONDO FEUNED creado para financiar la participación en la dirección y representación de la organización estudiantil, representada por la Federación de Estudiantes de la Universidad Estatal a Distancia (FEUNED), en los diferentes órganos, consejos y comisiones de la Universidad, según lo establecido en el Estatuto Orgánico de la UNED. Asimismo, en atención a lo establecido en el Artículo 6 del Estatuto Orgánico, relativo a la representación estudiantil ante la Asamblea Universitaria Representativa, y el Artículo 50; contribuir al fortalecimiento de la organización estudiantil de la Universidad. ARTÍCULO 2: De los Fines El FONDO FEUNED, así como las normas que lo regulan, tendrán los siguientes fines: a) Garantizar y hacer efectiva la participación estudiantil en los diferentes órganos, consejos y comisiones donde tienen representación mediante el otorgamiento de una ayuda económica que les permita ejercer esa representación. b) Facilitar la participación de un mayor número de estudiantes para que ejerzan la representación estudiantil en la universidad. En sesión del Consejo Universitario No. 2037, Art. II inciso ) de 24 de mayo del 200, este reglamento fue modificado en forma integral. Las modificaciones aquí aprobadas regirán a partir de la primer semana de noviembre del año 200.

2 2 c) Motivar a los estudiantes a participar en los diferentes órganos, consejos y comisiones y así contribuyan en el mejoramiento y desarrollo de la universidad. ARTÍCULO 3: Del Propósito El fondo FEUNED tiene como propósito ayudar a estudiantes de la UNED con un subsidio, cuando sean electos como representantes del sector estudiantil en la Asamblea Universitaria Representativa, según lo establecido en el Artículo 6 del Estatuto Orgánico de la Universidad. También tienen derecho a esta ayuda los estudiantes que sean nombrados por la Junta Directiva de la Federación de Estudiantes de la UNED (FEUNED) en órganos, consejos y comisiones de la universidad en donde tienen representación, ya sea porque así esté regulado o por acuerdos del Consejo Universitario, Consejo de Rectoría o el Rector. Igualmente gozarán de esta ayuda, los estudiantes miembros del Tribunal Electoral Estudiantil (TEEUNED) del Directorio de la Federación de Estudiantes, dos de sus comisiones y la Fiscalía de dicho órgano. El representante estudiantil ante el Consejo Universitario no gozará de ésta ayuda. ARTÍCULO 4: Del subsidio El subsidio del FONDO FEUNED, consiste en una ayuda económica a la que el estudiante tendrá derecho por cada reunión a la que asista puntualmente en cada uno de los órganos en que representa a los estudiantes. A un mismo estudiante se le reconocerá para efectos del subsidio el máximo de ocho participaciones al mes, independientemente de que se lleven a cabo en una misma comisión u órgano institucional o de la FEUNED. La actualización de esta ayuda económica será aprobada anualmente por la Dirección Financiera, incorporando la inflación del año anterior. Este nuevo monto será informado al Consejo de Rectoría, a DAES, a la FEUNED y demás dependencias interesadas, para lo que corresponda. Modificado por el Consejo Universitario en sesión 209, art. VI, inciso 0) de 28 de abril del 20.

3 3 ARTÍCULO 5: Del máximo de representaciones para recibir la ayuda La Junta Directiva de la FEUNED en el ejercicio de la autonomía del movimiento estudiantil, nombrará libremente a los representantes estudiantiles ante los diferentes órganos, consejos y comisiones donde tengan representación, excepto los representantes del sector estudiantil ante la Asamblea Universitaria Representativa, los cuales deben ser electos por la comunidad estudiantil, según lo establece el artículo 6 del Estatuto Orgánico. En el caso de los representantes nombrados por la Junta Directiva de la FEUNED, la ayuda del FONDO FEUNED podrá otorgarse hasta por un máximo de tres representaciones en diferentes comisiones, y según lo establecido en el Artículo 4 de este Reglamento, en el sentido de que el tope del subsidio máximo es de ocho participaciones por mes. ARTÍCULO 6: Requisitos para tener derecho al subsidio como representante estudiantil ante la Asamblea Universitaria Representativa 2 3 a) Ser estudiante regular y estar matriculado en el período académico en que se realice la elección y durante el período para el que fue electo. b) Tener aprobados previamente a la elección, al menos veinticuatro (24) créditos en la UNED. c) Tener aprobados durante el período académico anterior a la elección, al menos dos asignaturas o un módulo, salvo casos debidamente justificados y dictaminados por la DAES. d) Matricular y aprobar durante el período para el cual fue electo, al menos dos (2) asignaturas o un módulo por período académico, salvo casos debidamente justificados y dictaminados por DAES. En caso de que DAES verifique el incumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo, no tramitará el pago del subsidio. Modificado por el Consejo Universitario en sesión 209, art. VI, inciso 0) de 28 de abril del Modificado por el Consejo Universitario en sesión 209, art. VI, inciso 0) de 28 de abril del 20. 3

4 4 ARTÍCULO 7: Requisitos para tener derecho al subsidio como representante estudiantil nombrado por acuerdo de la Junta Directiva de la FEUNED 2 a) Ser estudiante regular y estar matriculado en el período académico en que se realice el nombramiento y durante el período para el que fue nombrado. b) Tener aprobados previamente al nombramiento, al menos, doce (2) créditos en la UNED. c) Tener aprobados durante el período académico anterior a la elección, al menos dos asignaturas o un módulo, salvo casos debidamente justificados y dictaminados por DAES. d) Matricular y aprobar durante el período para el cual fue electo, al menos dos (2) asignaturas o un módulo por período académico, salvo casos debidamente justificados y dictaminados por DAES. En caso de que DAES verifique el incumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo, no tramitará el pago del subsidio. ARTICULO 8: Requisitos para tener derecho al subsidio como miembro de la Junta Directiva de la FEUNED y de sus Comisiones Internas Permanentes, así como el Fiscal de la FEUNED y miembros del Tribunal Electoral Estudiantil (TEEUNED) 3 4 a) Ser estudiante regular y estar matriculado en el período académico en que se realice la elección y durante el período para el que fue electo. b) Tener aprobados previamente a la elección por la Asamblea de la FEUNED al menos, veinticuatro (24) créditos en la UNED. Modificado por el Consejo Universitario en sesión 209, art. VI, inciso 0) de 28 de abril del Modificado por el Consejo Universitario en sesión 209, art. VI, inciso 0) de 28 de abril del 20. 4

5 5 c) Tener aprobados durante el período académico anterior a la elección, al menos dos asignaturas o un módulo, salvo casos debidamente justificados y dictaminados por DAES. d) Matricular y aprobar durante el período para el cual fue electo, al menos dos (2) asignaturas o un módulo por período académico, salvo casos debidamente justificados y dictaminados por DAES. En caso de que DAES verifique el incumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo, no tramitará el pago del subsidio. ARTÍCULO 9: Derecho de los representantes estudiantiles a beca estudiantil Los estudiantes representantes estudiantiles a los que se refiere el presente Reglamento, tienen derecho a Beca B, según lo que establece el respectivo reglamento de becas estudiantiles. ARTÍCULO 0: Del trámite para tener derecho al subsidio como representante estudiantil 2 Para obtener la ayuda, el estudiante deberá ser electo como representante estudiantil ante la Asamblea Universitaria Representativa, según lo establecido en el artículo 6 del Estatuto Orgánico, o como representante de la FEUNED ante los diferentes órganos, consejos y comisiones donde se solicite una representación estudiantil, por acuerdo de la Junta Directiva, en concordancia con los artículos 6, 7 y 8 del presente reglamento. En el caso de los representantes del sector estudiantil ante la Asamblea Universitaria Representativa, el Tribunal Electoral Estudiantil (TEEUNED) será el responsable de comunicar al Tribunal Electoral de la UNED la lista de estudiantes electos ante la Asamblea Universitaria Representativa, según lo establecido en el artículo 6 del Estatuto Orgánico. En el caso de los representantes que son Modificado por el Consejo Universitario en sesión 209, art. VI, inciso 0) de 28 de abril del 20. 2

6 6 nombrados por la Junta Directiva de la FEUNED, el acuerdo será comunicado a la Dirección de Asuntos Estudiantiles. En el caso de los miembros del Tribunal Electoral Estudiantil (TEEUNED), de la Junta Directiva (Directorio) y de la Fiscalía de la FEUNED, la Federación será la responsable de comunicar a la Dirección de Asuntos Estudiantiles (DAES) el acuerdo de la Asamblea General de la FEUNED, en la cual fueron electos. ARTÍCULO : Seguimiento y control de los representantes estudiantiles 2 La FEUNED será la responsable de llevar el registro y control de los estudiantes electos ante la Asamblea Universitaria Representativa y de los nombrados por la Junta Directiva de la FEUNED. Igualmente, la FEUNED dará seguimiento al ejercicio apropiado de la representación estudiantil en los distintos órganos, consejos o comisiones, de manera que se garantice que dicha representación no está afectando el rendimiento académico del estudiante, para lo cual, cada cuatrimestre brindará un informe a la Dirección de Asuntos Estudiantiles sobre el rendimiento académico de cada uno de los representantes estudiantiles, que han recibido la ayuda económica del Fondo FEUNED en dicho período. DAES verificará la información suministrada por la FEUNED. En caso de encontrar inconsistencias lo comunicará a la Oficina de Tesorería para que se ponga a cobro los subsidios que correspondan, a partir del cuatrimestre inmediato siguiente en que dejó de cumplir los requisitos. Previa justificación, el estudiante puede solicitar un arreglo de pago ante la Oficina de Tesorería. ARTÍCULO 2: Pérdida del derecho a pago del subsidio por rendimiento académico 3 El estudiante que durante el ejercicio de su representación estudiantil incumpla lo establecido en los artículos 6, 7 y 8, de este Reglamento, no tendrá derecho al 2 Modificado por el Consejo Universitario en sesión No. 2670, Art. II, inciso 3-a) de 2 de junio del

7 7 pago de subsidio a partir del cuatrimestre siguiente. Este derecho se recuperará a partir del cuatrimestre inmediato siguiente en que la FEUNED informe a DAES que el estudiante cumple con lo establecido en los artículos 6, 7 y 8, de este reglamento. ARTÍCULO 3: Verificación del cumplimiento de requisitos para tener derecho al subsidio La Dirección de Asuntos Estudiantiles verificará en todos los casos, que el representante estudiantil electo ante la Asamblea Universitaria Representativa, lo mismo que ante el Tribunal Electora Estudiantil (TEEUNED) el Directorio y la Fiscalía de la FEUNED; además de los representantes estudiantiles nombrados por la Junta Directiva de la FEUNED, sean estudiantes regulares de la UNED y cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento para tener derecho al pago del subsidio, en su condición de representante estudiantil. Además, verificará como parte de los requisitos, que el estudiante que solicite el pago del subsidio no haya infringido la normativa institucional. En caso contrario, le informará a la FEUNED o al TEEUNED, la no procedencia del pago. DAES no tramitará el pago de ningún subsidio a los representantes estudiantiles mencionados anteriormente, quienes no hayan sido registrados previamente por la FEUNED ante DAES y demás instancias (TEEUNED), las cuales les corresponde verificar el cumplimiento de requisitos y condiciones. ARTÍCULO 4: Sobre la renuncia o remoción de representantes estudiantiles que hacen uso del subsidio Toda renuncia de un representante estudiantil, que utiliza el subsidio, debe comunicarse oportunamente mediante un acuerdo de la FEUNED o del Tribunal Electoral Estudiantil (TEEUNED) a DAES y demás instancias involucradas. Este último (TEEUNED) en el caso de los representantes estudiantiles ante la Asamblea Universitaria Representativa. En caso de remoción de un representante estudiantil que fue nombrado por acuerdo de la Junta Directiva de la FEUNED, la Federación deberá mostrar documentalmente ante DAES, que se respetó en la remoción, el debido proceso.

8 8 ARTÍCULO 5: De la vigencia del derecho al pago del subsidio como representante estudiantil El estudiante tiene derecho a recibir este subsidio en su condición de representante estudiantil como miembro de la Junta Directiva de la FEUNED y sus Comisiones Internas Permanentes, Fiscal de la FEUNED y miembro del Tribunal Electoral Estudiantil, por el período para el cual fue electo o nombrado, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 6, 7 y 8 de este Reglamento, según corresponda. El plazo máximo para tener derecho al pago del subsidio por alguna de las condiciones anteriores es de 2 años, renovables por una única vez. ARTÍCULO 6: Del Control del pago del subsidio Corresponde al coordinador de cada órgano, consejo o comisión reportar a la FEUNED, la asistencia puntual a las sesiones de los representantes estudiantiles. El subsidio por asistencia a cada sesión será improcedente cuando el estudiante haya incurrido en una llegada tardía superior a 30 minutos de su inicio o el retiro antes de que termine la sesión, sin una justificación atendible, así como toda inasistencia justificada o no. La FEUNED elaborará un reporte mensual con los respectivos comprobantes a la Dirección de Asuntos Estudiantiles, instancia que verificará el cumplimiento de las disposiciones contenidas en este reglamento y lo tramitará a la Oficina de Tesorería para el pago respectivo. ARTÍCULO 7: Del pago del subsidio La Oficina de Tesorería ejecutará el pago con base en el reporte de la Dirección de Asuntos Estudiantiles, girándolo a nombre del respectivo representante estudiantil. En caso de que no esté al día de sus obligaciones económicas con la Universidad, la Oficina de Tesorería procederá a deducir del pago respectivo lo adeudado.

9 9 ARTÍCULO 8: Del Origen económico del FONDO FEUNED El recurso del FONDO FEUNED se tomará de los ingresos provenientes de la cuota estudiantil, en la parte incremental, que para tal efecto solicitó la FEUNED y aprobada por el Consejo Universitario en la sesión 532, Art. IV, inciso 6), del 7 de setiembre del 200. ARTÍCULO 9: Del derecho a la información La FEUNED informará a la comunidad estudiantil por medio de las asociaciones de estudiantes y de los centros universitarios, los nombres de los estudiantes que son sus representantes ante los diferentes órganos, consejos y comisiones donde haya representación estudiantil. ARTÍCULO 20: De la obligación de informar Cada representante estudiantil de forma individual o grupal ofrecerá un informe anual de su gestión a la FEUNED y a la comunidad estudiantil. Los representantes estudiantiles tienen la obligación de informar sobre su gestión en forma individual o grupal cuando así les sea solicitado por la FEUNED, una asociación estudiantil o un estudiante en particular. ARTICULO 2: De la fiscalización La Auditoría Interna fiscalizará el apego a estas normas en el uso y administración de los recursos asignados para este efecto. TRANSITORIO La Federación de Estudiantes una vez aprobadas las modificaciones a este reglamento y dentro del mes siguiente, deberá comunicar a la Dirección de Asuntos Estudiantiles, el nombramiento de los representantes estudiantiles ante

10 0 los diferentes órganos, consejos y comisiones donde estén facultados a tener representación, en concordancia con lo que establece el Estatuto Orgánico. Asimismo, comunicar la lista de estudiantes que fueron electos como representantes ante la Asamblea Universitaria Representativa, según lo establece el artículo 6 del Estatuto Orgánico, a más tardar en la primera semana de noviembre del 200. Para este efecto, la FEUNED deberá adjuntar los documentos probatorios de que los representantes cumplen con los requisitos de este reglamento. TRANSITORIO 2 Este Reglamento entrará en vigencia a partir de la primera semana de noviembre del 200. APROBADO POR EL CONSEJO UNIVERSITARIO, EN SESIÓN NO.553, ART. IV, INCISO ) DEL 8 DE FEBRERO DEL 2002.

REGLAMENTO FONDO FEUNED 1

REGLAMENTO FONDO FEUNED 1 CONSEJO UNI VERSI TARI O REGLAMENTO FONDO FEUNED 1 ARTÍCULO 1: Del Objeto El presente reglamento regulará la operación del FONDO FEUNED creado para financiar la participación en la dirección y representación

Más detalles

Procedimiento para la convocatoria a elecciones en la Universidad Estatal a Distancia

Procedimiento para la convocatoria a elecciones en la Universidad Estatal a Distancia Universidad Estatal a Distancia Procedimiento para la convocatoria a elecciones en la Universidad Estatal a Distancia 4 a edición, tercera revisión febrero de 2017 Elaborado por: Barboza S., Gómez G.,

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE REGISTRO DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA UNED (FEUNED) Y LAS ASOCIACIONES ESTUDIANTILES

PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE REGISTRO DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA UNED (FEUNED) Y LAS ASOCIACIONES ESTUDIANTILES CONSEJO UNI VERSI TARI O PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE REGISTRO DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA UNED (FEUNED) Y LAS ASOCIACIONES ESTUDIANTILES 0. INTRODUCCIÓN Este documento: "Procedimiento trámite

Más detalles

REGLAMENTO DE AYUDA ECONÓMICA PARA VIAJES AL EXTERIOR DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1

REGLAMENTO DE AYUDA ECONÓMICA PARA VIAJES AL EXTERIOR DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1 CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE AYUDA ECONÓMICA PARA VIAJES AL EXTERIOR DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1 ARTÍCULO 1: ÁMBITO DE APLICACIÓN Este reglamento tiene por objeto

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES FEUNED

REGLAMENTO SOBRE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES FEUNED REGLAMENTO SOBRE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES FEUNED CAPÍTULO I De la creación, el objeto, los tipos de representantes y los fines Artículo. 1 Se crea el presente Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES FEUNED

REGLAMENTO SOBRE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES FEUNED REGLAMENTO SOBRE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL DE LA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES FEUNED CAPÍTULO I De la creación, el objeto, los tipos de representantes y los fines Artículo 1.- De la creación Créase el

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LAS ASOCIACIONES AFILIADAS A LA FEUNED

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LAS ASOCIACIONES AFILIADAS A LA FEUNED MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LAS ASOCIACIONES AFILIADAS A LA FEUNED Indicaciones Generales 1. Los miembros de las juntas directivas y la fiscalía de las asociaciones deben leer y conocer los estatutos

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA FEDERACION DE ESTUDIANTES SECRETARIA DE CAPACITACIÓN, PROMOCIÓN, DIVULGACIÓN ESTUDIANTIL

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA FEDERACION DE ESTUDIANTES SECRETARIA DE CAPACITACIÓN, PROMOCIÓN, DIVULGACIÓN ESTUDIANTIL La Federación de Estudiantes el día sábado 21 de mayo del 2011, en Asamblea General Extraordinaria de la FEUNED, con la participación de 23 asociaciones, se procedió a modificar en su totalidad El Reglamento

Más detalles

UNA. Sistema de Becas Estudiantiles. Instructivo Presentación solicitudes de beca estudiantil Universidad Nacional. Versión 1.0

UNA. Sistema de Becas Estudiantiles. Instructivo Presentación solicitudes de beca estudiantil Universidad Nacional. Versión 1.0 UNA Sistema de Becas Estudiantiles Instructivo Presentación solicitudes de beca estudiantil Universidad Nacional Versión 1.0 2016 1 Tabla de contenido PRESENTACIÓN... 3 PASO 1 Conocer cuáles son las oportunidades

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Y GRADO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Y GRADO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1 CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Y GRADO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: Fundamento El presente reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE VIAJES AL EXTERIOR PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1

REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE VIAJES AL EXTERIOR PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1 CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE VIAJES AL EXTERIOR PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA 1 ARTÍCULO 1: ÁMBITO DE APLICACIÓN. Este reglamento tiene por objeto regular

Más detalles

Procedimiento de empadronamiento estudiantil para ser miembros de la Asamblea Universitaria

Procedimiento de empadronamiento estudiantil para ser miembros de la Asamblea Universitaria Universidad Estatal a Distancia Procedimiento de empadronamiento estudiantil para ser miembros de la Asamblea Universitaria 3 a edición, segunda revisión marzo de 2017 Elaborado por: Barboza S., Gómez

Más detalles

UNA. Universidad Nacional. Sistema de Becas Estudiantiles. Guía para la presentación de solicitudes de beca estudiantil

UNA. Universidad Nacional. Sistema de Becas Estudiantiles. Guía para la presentación de solicitudes de beca estudiantil UNA Universidad Nacional Sistema de Becas Estudiantiles Guía para la presentación de solicitudes de beca estudiantil 2017 1 Tabla de contenido INTRODUCCIÓN... 3 PASO 1: Conocer las oportunidades de becas...

Más detalles

AUDITORIA INTERNA Tel: Telefax: Apdo San Pedro de Montes de Oca

AUDITORIA INTERNA Tel: Telefax: Apdo San Pedro de Montes de Oca INFORME FINAL (Al contestar refiérase a este número) AUDITORIA INTERNA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA ESTUDIO SOBRE NORMATIVA INTERNA EN EL NOMBRAMIENTO DE PUESTOS DE CONFIANZA Setiembre, 2010 Pág. -2-

Más detalles

Propuesta de actualización del Reglamento de autorización de viajes al exterior para los funcionarios de la Universidad Estatal a Distancia

Propuesta de actualización del Reglamento de autorización de viajes al exterior para los funcionarios de la Universidad Estatal a Distancia Propuesta de actualización del Reglamento de autorización de viajes al exterior para los funcionarios de la Universidad Estatal a Distancia Reglamento de autorización de viajes al exterior para los funcionarios

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO De la constitución, fines y de la Administración de los Consejos Regionales. Se establece

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario ACUERDOS TOMADOS EN SESION CELEBRADA EL 26 DE SETIEMBRE DEL 2013

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario ACUERDOS TOMADOS EN SESION CELEBRADA EL 26 DE SETIEMBRE DEL 2013 UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario ACUERDOS TOMADOS EN SESION 2284-2013 CELEBRADA EL 26 DE SETIEMBRE DEL 2013 ARTICULO II, inciso 1) Se conoce oficio O.J.2013-265 del 23 de setiembre

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el otorgamiento,

Más detalles

PARTIDO HUMANISTA DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

PARTIDO HUMANISTA DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL PARTIDO HUMANISTA DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto Regular la elección

Más detalles

CAPITULO I Disposiciones Generales

CAPITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por consejo Universitario acuerdo I de la sesión extraordinaria celebrada el 30 de agosto del 2011, acta No.7-2011) CAPITULO I Disposiciones Generales

Más detalles

ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNTA DIRECTIVA DE LA FEUNED. Acta CUATROCIENTOS CUATRO CINCUENTA Y SEIS de la Junta Directiva

ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNTA DIRECTIVA DE LA FEUNED. Acta CUATROCIENTOS CUATRO CINCUENTA Y SEIS de la Junta Directiva ACTA 456 SESIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNTA DIRECTIVA DE LA FEUNED. Acta CUATROCIENTOS CUATRO CINCUENTA Y SEIS de la Junta Directiva de la Federación de Estudiantes de la UNED, SESIÓN EXTRAORDINARIA, efectuada

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE RETIRO

PROCEDIMIENTO DE RETIRO PROCEDIMIENTO DE RETIRO VOLUNTARIO PROCEDIMIENTO DE RETIRO VOLUNTARIO Fecha de elaboración: 23 de Febrero 2016 Versión: 2.0 Nombre del Documento: Procedimiento de Retiro Voluntario Elaborado por: MBA.

Más detalles

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA La Junta Directiva de la Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social, en adelante ASECCSS, de conformidad con las facultades que

Más detalles

REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 32 BIS DEL ESTATUTO DE PERSONAL

REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 32 BIS DEL ESTATUTO DE PERSONAL 1 CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 32 BIS DEL ESTATUTO DE PERSONAL 1 ARTÍCULO 1: El presente reglamento tiene por objeto regular lo dispuesto en el artículo 32 bis del Estatuto de Personal,

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DIRIGIDAS

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DIRIGIDAS CONSEJO UNI VERSI TARI O REGLAMENTO DE PRÁCTICAS DIRIGIDAS I. CONSIDERACIONES GENERALES ARTICULO 1: Este reglamento regulará la forma en que se llevarán a cabo las Prácticas y los Proyectos Profesionales,

Más detalles

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

CAPÍTULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por consejo Universitario acuerdo I de la sesión extraordinaria celebrada el 30 de agosto del 2011, acta No.7-2011) CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Más detalles

REGLAMENTO DE PENSIONES

REGLAMENTO DE PENSIONES REGLAMENTO DE PENSIONES Título I Disposiciones Generales Artículo 1 : Objeto del Reglamento El presente reglamento, establece las condiciones generales, los términos y disposiciones que regulan el Sistema

Más detalles

MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO FINANCIERO

MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO FINANCIERO MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO FINANCIERO POLÍTICA Y PROCEDIMIENTO: PRESUPUESTO Dirigido a: Órganos y Colaboradores del Colegio. Número: POL/PRO-FIN01 Versión: 6 Junio 2014 Elaborado

Más detalles

REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES

REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES REGLAMENTO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTES REGULARES (Aprobado por el Consejo Universitario mediante acuerdo I-07-2011, de la Sesión Extraordinaria, Acta No 7-2011 realizado el 30 de agosto del 2011. Publicado

Más detalles

Procedimiento de matrícula en titulaciones de la Universidad Pontificia de Salamanca (actualización) Secretaría General

Procedimiento de matrícula en titulaciones de la Universidad Pontificia de Salamanca (actualización) Secretaría General Procedimiento de matrícula en titulaciones de la Universidad Pontificia de Salamanca (actualización) Secretaría General I. DISPOSICIONES GENERALES Primero. Ámbito de aplicación. 1. El presente procedimiento

Más detalles

R-DC CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Despacho Contralor. San José, a las quince horas del treinta de julio de dos mil nueve.

R-DC CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Despacho Contralor. San José, a las quince horas del treinta de julio de dos mil nueve. R-DC-23-2009. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Despacho Contralor. San José, a las quince horas del treinta de julio de dos mil nueve. CONSIDERANDO: 1. Que la Constitución Política dispone en su artículo

Más detalles

VICERRECTORÍA EJECUTIVA DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

VICERRECTORÍA EJECUTIVA DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES Edición: 01 Revisión: 01 Página 1 de 5 UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA VICERRECTORÍA EJECUTIVA DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES " Procedimiento para el Trámite de Becas de Poblaciones Especiales" Acuerdo

Más detalles

REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1..- La Pontificia Universidad Católica del Perú, según lo establecido en

Más detalles

San José, 30 de noviembre del 2016 CIRCULAR DGPN /TN

San José, 30 de noviembre del 2016 CIRCULAR DGPN /TN San José, 30 de noviembre del 2016 CIRCULAR DGPN-0602-2016/TN-1791-2016 Señores (as) Ministros (as) de Gobierno PODER EJECUTIVO Director Ejecutivo ASAMBLEA LEGISLATIVA Contralora General de la República

Más detalles

UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES

UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente reglamento tiene como objeto regular las bases,

Más detalles

REGLAMENTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA 1

REGLAMENTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA 1 CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA 1 ARTICULO 1: Se entenderá por Dedicación Exclusiva el compromiso que adquiere el profesional para dedicar todo su esfuerzo intelectual y profesional

Más detalles

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ACADÉMICA 1

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ACADÉMICA 1 CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ACADÉMICA 1 CAPÍTULO I DEFINICIÓN ARTÍCULO 1: El Instituto de Gestión de la Calidad Académica tiene como finalidad el orientar, planear,

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario ACUERDO TOMADO EN SESION 2592-2017 CELEBRADA EL 11 DE MAYO DEL 2017 ARTÍCULO II, inciso 1) 1. El oficio R-453-2017 del 10 de mayo del 2017, suscrito

Más detalles

Estatutos de la Asociación de Médicos Generales de Honduras

Estatutos de la Asociación de Médicos Generales de Honduras Estatutos de la Asociación de Médicos Generales de Honduras CAPITULO I CONSTITUCIÓN Y FINES Art. 1. Se constituye la Asociación de Médicos Generales de Honduras, con la sigla A.M.G.H., que es entidad permanente

Más detalles

Reglamento de becas REGLAMENTO DE BECAS DE LA ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, ASEMAG

Reglamento de becas REGLAMENTO DE BECAS DE LA ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, ASEMAG Reglamento de becas REGLAMENTO DE BECAS DE LA ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, ASEMAG ASOCIACIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Más detalles

ESTATUTO DE PERSONAL

ESTATUTO DE PERSONAL UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA ESTATUTO DE PERSONAL (Aprobado por el Consejo Universitario en Sesión No. 464, Artículo VI, acuerdo No. 549 de 29 de noviembre de 1983) [Incluye las últimas modificaciones

Más detalles

1 Reglamento de la Oficina de Administración Financiera Consejo Universitario Unidad de Información

1 Reglamento de la Oficina de Administración Financiera Consejo Universitario Unidad de Información REGLAMENTO DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (Aprobado en la sesión 3507-12, 04/10/1988. Publicado en el Alcance a La Gaceta Universitaria 5-1988, 16/11/1988) CAPÍTULO I DEFINICIÓN Y FUNCIONES

Más detalles

SESIÓN ORDINARIA

SESIÓN ORDINARIA SESIÓN ORDINARIA 905-2012 Acta de la SESIÓN ORDINARIA NOVECIENTOS CINCO, DOS MIL DOCE celebrada a las nueve horas treinta minutos del martes dieciocho de setiembre del dos mil doce, por el Tribunal Electoral

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ASIGNACIÓN, USO Y CONSUMO DE TELEFONÍA CELULAR Y RADIOCOMUNICACIÓN EN AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES

LINEAMIENTOS DE ASIGNACIÓN, USO Y CONSUMO DE TELEFONÍA CELULAR Y RADIOCOMUNICACIÓN EN AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES LINEAMIENTOS DE ASIGNACIÓN, USO Y CONSUMO DE TELEFONÍA CELULAR Y RADIOCOMUNICACIÓN EN AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES 2010 Página 2 de 13 CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. OBJETIVO... 3 3. ALCANCE...

Más detalles

REGLAMENTO COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS. CAPÍTULO I De las disposiciones generales

REGLAMENTO COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS. CAPÍTULO I De las disposiciones generales La Gaceta 138 Miércoles 18 de julio del 2007 REGLAMENTO 32754 COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS CAPÍTULO I De las disposiciones generales Artículo 1º El presente Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO

REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO Actualización Agosto 2017 REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1. - Art. 2º.- Art. 3º.- Art. 4º- Art. 5º.- Art. 6º.-

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT EL CONCEJO DE CURRIDABAT, en uso de las facultades conferidas por los artículos 4, inciso a); 13, inciso c): y 62 del Código Municipal, hechas las modificaciones a los artículo

Más detalles

BIENESTAR ESTUDIANTIL

BIENESTAR ESTUDIANTIL BIENESTAR ESTUDIANTIL Política de seguimiento y apoyo a estudiantes con becas Área responsable: Bienestar Estudiantil Versión: 1.0 mayo de 2017 Política de seguimiento y apoyo a estudiantes con becas Página

Más detalles

COMISIÓN DE VIGILANCIA PARA LA ACTUALIZACIÓN, DEPURACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL Y LISTA NOMINAL DE ELECTORES.

COMISIÓN DE VIGILANCIA PARA LA ACTUALIZACIÓN, DEPURACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL Y LISTA NOMINAL DE ELECTORES. COMISIÓN DE VIGILANCIA PARA LA ACTUALIZACIÓN, DEPURACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL Y LISTA NOMINAL DE ELECTORES. La Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del

Más detalles

PROYECTO DE REFORMA AL ESTATUTO FONDO DE EMPLEADOS DE CONCONCRETO CONFE

PROYECTO DE REFORMA AL ESTATUTO FONDO DE EMPLEADOS DE CONCONCRETO CONFE ESTATUTO VIGENTE ARTICULO 67. FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. Serán funciones de la Junta Directiva: PROYECTO DE REFORMA AL ESTATUTO FONDO DE EMPLEADOS DE CONCONCRETO CONFE PROYECTO DE REFORMA ARTICULO

Más detalles

La Ley Nº 1670 de 31 de octubre de La Resolución de Directorio Nº 147/97 de 2 de septiembre de 1997.

La Ley Nº 1670 de 31 de octubre de La Resolución de Directorio Nº 147/97 de 2 de septiembre de 1997. RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 060/2001 ASUNTO: GERENCIA DE OPERACIONES MONETARIAS APRUEBA REGLAMENTO PARA OPERACIONES DE LAS CUENTAS ESPECIALES Y OTRAS CUENTAS EN DOLARES AMERICANOS DEL SECTOR PUBLICO. VISTOS:

Más detalles

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, DICTA EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE BECAS

Más detalles

Capítulo I: Del Tribunal Electoral y los Fiscales Electorales

Capítulo I: Del Tribunal Electoral y los Fiscales Electorales Disposiciones Generales Reglamento de Elecciones El presente Reglamento rige todo lo concerniente al proceso de elección de los directores y fiscales de ASECCSS y es emitido por la Junta Directiva, con

Más detalles

REGLAMENTO DE JUSTIFICACION DE INASISTENCIA PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA

REGLAMENTO DE JUSTIFICACION DE INASISTENCIA PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA REGLAMENTO DE JUSTIFICACION DE INASISTENCIA PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA LA JUNTA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA CONSIDERANDO Que, la Ley Orgánica

Más detalles

Aprobado en sesión de Junta Directiva, el día 21 de marzo del 2018 Ratificado en Asamblea General Extraordinaria FEUNED el día 24 de Marzo del 2018.

Aprobado en sesión de Junta Directiva, el día 21 de marzo del 2018 Ratificado en Asamblea General Extraordinaria FEUNED el día 24 de Marzo del 2018. FEDERACION DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA REGLAMENTO DEL FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FEUNED Y SUS COMISIONES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES. Articulo 1: Este reglamento

Más detalles

ORDENANZA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN FÍSICA (PROPUESTA)

ORDENANZA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN FÍSICA (PROPUESTA) ORDENANZA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN FÍSICA (PROPUESTA) CAPÍTULO I.- DE LOS FINES. Artículo 1º.- El Instituto Superior de Educación Física (ISEF) dependerá del Consejo Directivo Central (CDC)

Más detalles

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA No. 01 No. 02 No. 03 No. 04 No. 05 No. 06 No. 07 No. 08 No. 09 No. 10 No. 11 No. 12 No. 13 No. 14 No. 15 No. 16 MATRÍCULA DE CURSO SEMESTRAL MATRÍCULA DE CURSO MODULAR MATRÍCULA

Más detalles

REGLAMENTO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN

REGLAMENTO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN I.- DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS REGLAMENTO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN CAPITULO PRIMERO Disposiciones Generales Art. 1. La sociedad de alumnos es el organismo

Más detalles

FASE 4: MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO DE PERSONAS

FASE 4: MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO DE PERSONAS FASE 4: MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO DE PERSONAS El PDP puede ser modificado de manera excepcional, tanto por el Comité de Planificación de Capacitación como por la Oficina de Recursos Humanos,

Más detalles

TECNOLÓGICO UNIVERSITARIO DEL VALLE DE CHALCO REGLAMENTO DE BECAS PRESENTACIÓN 2 TRANSITORIOS 8

TECNOLÓGICO UNIVERSITARIO DEL VALLE DE CHALCO REGLAMENTO DE BECAS PRESENTACIÓN 2 TRANSITORIOS 8 TECNOLÓGICO UNIVERSITARIO DEL VALLE DE CHALCO REGLAMENTO DE BECAS Pág. PRESENTACIÓN 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE LOS TIPOS DE BECAS CAPITULO III DE LA RENOVACIÓN DE LAS BECAS 3 5

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PODER JUDICIAL.

REGLAMENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PODER JUDICIAL. Aprobado Corte Plena: Sesión no. 5-14 del 10-02-2014, Art. X REGLAMENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL PODER JUDICIAL. Capítulo I. Disposiciones Generales Artículo 1: En concordancia

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA UNIDAD COORDINADORA DE PROYECTO INSTITUCIONAL (UCPI) 1

REGLAMENTO PARA LA UNIDAD COORDINADORA DE PROYECTO INSTITUCIONAL (UCPI) 1 CONSEJO UNI VERSI TARI O REGLAMENTO PARA LA UNIDAD COORDINADORA DE PROYECTO INSTITUCIONAL (UCPI) 1 Artículo 1. De la Unidad Coordinadora de Proyecto Institucional (UCPI) Créase la Unidad Coordinadora de

Más detalles

REGLAMENTACIÓN DE BECAS Y BENEFICIOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTACIÓN DE BECAS Y BENEFICIOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTACIÓN DE BECAS Y BENEFICIOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: El presente reglamento establece las políticas y normas internas que regulan y aseguran un adecuado otorgamiento de Becas

Más detalles

REGLAMENTO DE LA RESERVA BIENESTA SOCIAL. Fecha Última Revisión sin modificaciones 09 de agosto de Revisado por: Comité Educación

REGLAMENTO DE LA RESERVA BIENESTA SOCIAL. Fecha Última Revisión sin modificaciones 09 de agosto de Revisado por: Comité Educación TABLA DE CONTENIDO GENERALIDADES 2 FUNDAMENTO LEGAL 2 ÁMBITO DE APLICACIÓN 2 OBJETIVO 2 DEFINICIONES 3 ARTÍCULO 1: PRESUPUESTO 3 ARTICULO 2: DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO OFICINA DE PLANIFICACION UNIDAD DE RACIONALIZACION

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO OFICINA DE PLANIFICACION UNIDAD DE RACIONALIZACION UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO OFICINA DE PLANIFICACION UNIDAD DE RACIONALIZACION MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL CENTRO PREUNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO (MOF CPU) 2015 MANUAL

Más detalles

DECRETO U. de C. Nº

DECRETO U. de C. Nº DECRETO U. de C. Nº 2011 022. VISTO: 1. La necesidad de reorganizar la Contraloría, la Secretaría General y el Servicio Jurídico en consideración a las actuales funciones que a dichas unidades se les ha

Más detalles

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014 Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO

REGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO REGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO Aprobado por Resolución Rectoral Nº 06/12 de fecha 11/04/2012 Modificado por Resolución Rectoral Nº 14/17 de fecha 01/03/2017 REGLAMENTO

Más detalles

Manual para Adecuaciones Presupuestarias

Manual para Adecuaciones Presupuestarias Página: 2 de 10 ÍNDICE Pág. 1. Objetivo... 3 2. Marco Normativo... 3 3. Ámbito de Aplicación... 3 4. Definiciones..... 3 5. Disposiciones Generales... 4 6. Proceso... 5 6.1 Adecuaciones... 5 6.2 Diagrama

Más detalles

Acuerdo LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, ACUERDA:

Acuerdo LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, ACUERDA: Acuerdo LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, ACUERDA: Disposiciones para acreditar las asistencias de las Diputadas y Diputados de la Sexagésima Legislatura

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

REGLAMENTO DE LA UNIDAD ACADÉMICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y NOTARIOS DE GUATEMALA

REGLAMENTO DE LA UNIDAD ACADÉMICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y NOTARIOS DE GUATEMALA REGLAMENTO DE LA UNIDAD ACADÉMICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y NOTARIOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el artículo 90 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los Colegios

Más detalles

Unidad de Promoción de la Participación Comisión de Programación Consejo de la Persona Joven. LEY GENERAL DE LA PERSONA JOVEN. N 8261 de mayo del 2002

Unidad de Promoción de la Participación Comisión de Programación Consejo de la Persona Joven. LEY GENERAL DE LA PERSONA JOVEN. N 8261 de mayo del 2002 Unidad de Promoción de la Participación Comisión de Programación Consejo de la Persona Joven LEY GENERAL DE LA PERSONA JOVEN. N 8261 de mayo del 2002 La meta es partir (Giuseppe Ungaretti) OBJETIVO DE

Más detalles

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL

UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL NORMATIVA DE LA UNIDAD DE ADMISION Y REGISTRO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Aprobado mediante resolución Octava de sesión de Consejo Universitario de fecha 19 de Diciembre del 2012; y en

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD ARREGLO DE PAGO TABLA DE CONTENIDO

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD ARREGLO DE PAGO TABLA DE CONTENIDO PROCESO DE SOLICITUD ARREGLO DE PAGO 1 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD ARREGLO DE PAGO Fecha de elaboración: 22 de agosto, 2014 Fecha de la última actualización: 02 de mayo, 2016 Versión: 02 Nombre del Documento:

Más detalles

CONSIDERANDO: SE RESUELVE:

CONSIDERANDO: SE RESUELVE: Visto el Oficio Nº 467-I-SG-2009 de la Secretaría General de la Universidad Nacional de Ingeniería, por el que solicita la aprobación de la Directiva para la elaboración del Duplicado de Diploma de Grado

Más detalles

REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DEL CENTRO PROFESIONAL UEM

REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DEL CENTRO PROFESIONAL UEM REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DEL CENTRO PROFESIONAL UEM PRELIMINAR En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en particular, en su artículo

Más detalles

San José, 26 de noviembre del CIRCULAR DGPN /TN

San José, 26 de noviembre del CIRCULAR DGPN /TN San José, 26 de noviembre del 2013. CIRCULAR DGPN-0846-2013/TN-1439-2013 Ministras (os) de Gobierno PODER EJECUTIVO Director Ejecutivo ASAMBLEA LEGISLATIVA Contralora General de la República Presidentes

Más detalles

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES Artículo 1. Objetivo. Créase el Fondo de Mutualidad y Subsidios

Más detalles

Tribunal Electoral Universitario - Informe de Labores-2013-

Tribunal Electoral Universitario - Informe de Labores-2013- El Tribunal Electoral Universitario, como máxima autoridad en materia electoral de la UNED, hace del conocimiento de toda la Comunidad Universitaria, el presente documento con un resumen de las actividades

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA REGISTRO DE INGRESOS FISCALES GENERADOS POR ARCH

INSTRUCTIVO PARA REGISTRO DE INGRESOS FISCALES GENERADOS POR ARCH INSTRUCTIVO PARA REGISTRO DE INGRESOS FISCALES GENERADOS POR ARCH Resolución de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero 5 Registro Oficial 770 de 20-ago.-2012 Estado: Vigente EL DIRECTOR EJECUTIVO

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS ALTATEC REGLAMENTO COMITÉ DE CONTROL SOCIAL ACUERDO NÚMERO 0XX

FONDO DE EMPLEADOS ALTATEC REGLAMENTO COMITÉ DE CONTROL SOCIAL ACUERDO NÚMERO 0XX FONDO DE EMPLEADOS ALTATEC REGLAMENTO COMITÉ DE CONTROL SOCIAL ACUERDO NÚMERO 0XX Por el cual se adopta el Reglamento Interno del Comité de Control Social del Fondo de Empleados ALTATEC. El Comité de Control

Más detalles

CONSEJO ACADÉMICO. ACUERDO 08 DE 2008 (Junio 19) Por el cual se reglamenta la Labor Académica en la Universidad de la Amazonia

CONSEJO ACADÉMICO. ACUERDO 08 DE 2008 (Junio 19) Por el cual se reglamenta la Labor Académica en la Universidad de la Amazonia ACUERDO 08 DE 2008 (Junio 19) Por el cual se reglamenta la Labor Académica en la Universidad de la Amazonia EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA En ejercicio de las atribuciones legales

Más detalles

Fondo de Mutualidad. Estatuto y Reglamento

Fondo de Mutualidad. Estatuto y Reglamento ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE FERRETERIA EPA S.A. TELEFONOS: 588-1144 E-MAIL: aseepa@epa.co.cr Fondo de Mutualidad Estatuto y Reglamento 1 ESTATUTOS FONDO DE MUTUALIDAD Artículo 1: ORGANIZACION

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS TRIBUNALES DE COMPENSACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA

REGLAMENTO DE LOS TRIBUNALES DE COMPENSACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA REGLAMENTO DE LOS TRIBUNALES DE COMPENSACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobiernoo de 19/12/2012 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La evaluación continuada constituye el fundamento de los Tribunales

Más detalles

MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS PROCEDIMIENTO: OTORGAMIENTO DE BECAS PARA EDUCACIÓN FORMAL. Dirigido a: Junta Directiva, Todo el personal. Nomenclatura: POL/PRO-RH16

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA. (Aprobado en Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2005)

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA. (Aprobado en Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2005) REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (Aprobado en Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2005) ÍNDICE CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II. ESTRUCTURA CAPÍTULO III. ORGANOS

Más detalles

REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO

REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO Fecha de Emisión: 21-05-2003 Fecha de Actualización: 23-08-2016 Página: 1 de 8 Firmas de Aprobación

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTÍMULOS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PÉNJAMO

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTÍMULOS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PÉNJAMO EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PÉNJAMO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 21 FRACCIÓN VIII DEL DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 120, MEDIANTE EL CUAL SE CREA EL

Más detalles

San José, 01 de diciembre del 2014 CIRCULAR DGPN /TN

San José, 01 de diciembre del 2014 CIRCULAR DGPN /TN San José, 01 de diciembre del 2014 CIRCULAR DGPN-0784-2014/TN-2015-2014 Ministras (os) de Gobierno PODER EJECUTIVO Director Ejecutivo ASAMBLEA LEGISLATIVA Contralora General de la República Presidentes

Más detalles

ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PROCTER & GAMBLE INTERNATIONAL OPERATIONS S.A. Y AFINES. ASEPG REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA

ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PROCTER & GAMBLE INTERNATIONAL OPERATIONS S.A. Y AFINES. ASEPG REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PROCTER & GAMBLE INTERNATIONAL OPERATIONS S.A. Y AFINES. ASEPG REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA INTRODUCCION La Junta Directiva de acuerdo a los Estatutos

Más detalles

REGLAME TO: Reglamento para el plan de Becas para hijos de Asociados

REGLAME TO: Reglamento para el plan de Becas para hijos de Asociados Fecha de aprobación: 09 de Noviembre del 1996 Por Asamblea: Nov. 1996 Última Revisión: 18 de Septiembre del 2009 REGLAME TO: Reglamento para el plan de Becas para hijos de Asociados Índice: 1. Objetivos

Más detalles

Asociación Solidarista de Empleados de Aseprismar. Plan de Becas. Reglamento ASEPRISMAR

Asociación Solidarista de Empleados de Aseprismar. Plan de Becas. Reglamento ASEPRISMAR Asociación Solidarista de Empleados de Aseprismar Plan de Becas Reglamento ASEPRISMAR REGLAMENTO DEL PLAN DE BECAS PARA HIJOS DE ASOCIADOS ASEPRISMAR CAPITULO 1 CREACION Y OBJETIVOS Artículo 1 El 1 de

Más detalles

REGLAMENTO PARA BECAS PREPARATORIA FEDERAL POR COOPERACIÓN CP. GILBERTO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ

REGLAMENTO PARA BECAS PREPARATORIA FEDERAL POR COOPERACIÓN CP. GILBERTO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA BECAS PREPARATORIA FEDERAL POR COOPERACIÓN CP. GILBERTO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las diferentes

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACION DE APOYOS ECONOMICOS PARA EDUCACION FORMAL

INSTRUCTIVO PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACION DE APOYOS ECONOMICOS PARA EDUCACION FORMAL COMITÉ NACIONAL PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION FORMAL INSTRUCTIVO PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACION DE APOYOS ECONOMICOS PARA EDUCACION FORMAL El presente instructivo tiene como propósito orientar a los

Más detalles

PONENTES: (Nombre correo electrónico y número de teléfono o extensión donde pueda ser localizado)

PONENTES: (Nombre correo electrónico y número de teléfono o extensión donde pueda ser localizado) Número de ponencia: (será asignado una vez recibida) Eje temático en el que se inscribe su ponencia: Modelo de Gestión Institucional Sub eje Temático en el que se inscribe su ponencia: Gobernanza y estructura

Más detalles

Reglamento General. Julio 2011 CAPÍTULO 6º DEL REINGRESO Y LA REINSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD

Reglamento General. Julio 2011 CAPÍTULO 6º DEL REINGRESO Y LA REINSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD Art. 48 La Universidad se reserva el derecho de admisión o reinscripción en cualquiera de las Escuelas o Facultades y demás áreas docentes. Art. 49 Para ingresar a la Universidad, se requiere: a. Poseer

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAMBIO PROPUESTO CAPITULO PRIMERO

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAMBIO PROPUESTO CAPITULO PRIMERO COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS REGIONALES ACTUAL CAMBIO PROPUESTO CAPITULO PRIMERO REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS REGIONALES CONSEJOS

Más detalles