GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD Y EMPODERAMIENTO SOCIAL Provincia del Guayas
|
|
- Raquel Castro Caballero
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN CONSIDERANDO QUE, la Constitución de la República del Ecuador, establece una nueva organización territorial del Estado, incorporar nuevas competencias a los Gobiernos Autónomos Descentralizados. QUE, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 238, en la que establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la sucesión del territorio nacional. QUE, la Constitución de la República del Ecuador, dentro del Régimen de su competencia en el numeral 5 del Art. 264, le otorga la competencia exclusiva a los Gobiernos Municipales para crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras, en concordancia con el Código Orgánico Territorial de Autonomía y Descentralización en su literal a) del Artículo 2 señala, la autonomía política, administrativa y financiera de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, en el marco de la unidad del Estado Ecuatoriano. QUE, la Constitución de la República del Ecuador, reconoce en su Art. 14, el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir o sumak kawsay. QUE, la Constitución de la República del Ecuador, prevé en su Art. 30, el derecho que tienen las personas a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con dependencia de su situación social y económica. QUE, la Constitución de la República, dentro del régimen del buen vivir señala en su Art. 340 la inclusión, igualdad, equidad y seguridad de hábitat y vivienda. QUE, dentro de los fines de los Gobiernos Autónomos Descentralizados señalados en el literal f) del Art. 4 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD en total armonía con lo expresado en la Constitución, respecto a que las personas deben obtener un hábitat seguro y saludable para los ciudadanos y la garantía de su derecho a la vivienda en el ámbito de sus respectivas competencias; QUE, el Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización en su artículo los literales e) y f) del artículo 54, señala las funciones y las competencias del plan de elaborar, ejecutar el desarrollo del ordenamiento territorial y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial. Durán, la ciudad que progresa Página 1
2 QUE, el Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización en su artículo 57, señala las atribuciones de los concejos municipales. QUE, el Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización en sus literales d) y f) del artículo 60, en la que señala las atribuciones del Alcalde, las presentaciones de proyectos de ordenanzas al concejo municipal y la elaboración del plan cantonal de desarrollo y el ordenamiento territorial. QUE, el Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización en su artículo 147, en las competencias de hábitat y vivienda, en la que el Estado y todos los niveles de gobierno garantizarà, el derecho a un hábitat seguro y saludable y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de la situación social y económica de las familias y las personas. QUE, el Concejo Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere el literal a) del Art. 57 y Art.322 del Código Orgánico de organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), en concordancia con los Arts. 30, 60 y 264 numeral segundo de la Constitución. QUE, en su jurisdicción se encuentra un importante registro poblacional siendo de acuerdo al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), en su último censo poblacional es la sexta ciudad más poblada del país, situación que ha creado serios problemas de desarrollo urbanístico existiendo asentamientos irregulares constituidos en verdaderos barrios, carentes de de justo titulo de dominio, que con el devenir de los años han construido sus viviendas, siendo en su totalidad personas de escasos recursos económicos, por lo que resulta impostergable la resolución de los problemas sociales derivados de las formas de tenencia de la tierra. QUE, de manera como se están desarrollando las distintas comunidades, existe la necesidad de consolidar aquellas bases que sostienen a las familias en la sociedad. QUE, para promover la concientización de la comunidad, con el fin de concienciar al ciudadano común, y a sus habitantes formen parte activa de las decisiones que se tomen en beneficios de ellos y su interacción entre las partes. QUE, la importancia de la salud mental en su hogar, a través de las intervenciones psicológicas y orientación familiar que se brinde al o a los ciudadanos de nuestro cantón, cuando este o su familia la necesite y de este modo fomenten el buen vivir y encaminar actitudes que favorezcan el desarrollo personal, familiar y social. Con el respaldo del alcalde y el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán y así buscar mejoras para un estilo de vida mejor ya que la pobreza no solo consiste en falta de empleo, sino más bien en la manera de pensar. Durán, la ciudad que progresa Página 2
3 QUE, a diferencia de otras reforma, proyectos, el empoderamiento social tiene como base fundamental, el fortalecimiento de la sociedad, trabajo y el buen vivir de la vida en todas sus formas, para lograrlo se necesita de la integración de las familias de cada individuo y de la sociedad en general del cantón, para garantizar una vida digna a las futuras generaciones sin perjudicar a la naturaleza. EXPIDE LA SIGUIENTE ORDENANZA CONCERNIENTE AL CAMBIO DE NOMBRE, DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, POR: LA Y EMPODERAMIENTO SOCIAL, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN Y SU COMPETENCIA. OBJETIVOS.- Art: 1.- La presente ordenanza, tiene como objetivo fundamental satisfacer las necesidades actuales de la sociedad, por lo que cada vez son más competitivas y exigentes, desarrollando su labor en los sectores más vulnerables, la Dirección de Desarrollo de la Comunidad y Empoderamiento Social del Cantón Durán, mediante una planificación estratégica, tiene el afán de sociabilizar en la comunidad Duraneña, formando parte activa en conjunto con los Gobiernos Autónomos. Art. 2.-OBJETIVOS ESPECÍFICOS.- Elaboración de distintas herramientas valederas que sirvan de enlace entre la administración municipal y los actores sociales, para así conseguir el empoderamiento de la sociedad en cada uno de los planes, proyectos y programas municipales. a) Realizar capacitaciones permanentes en sectores o barrios donde el núcleo familiar pueda desarrollarse con la comunidad; y a no depender solo de las autoridades seccionales, sino también de los habitantes de la comunidad. b) Despertar en las familias Duraneñas, el sentimiento de pertenencia, con todos y cada uno de los proyectos municipales y crear los comités de empoderamiento familiares. c) Identificar a los verdaderos líderes comunitarios, que sirvan de enlace entre el cabildo y la comunidad. d) Hacer alianzas con centros educativos, para llevar charlas de capacitación a Estudiantes, Docentes y Padres de Familias, como prevención de abuso sexual, drogadicción, pandillas, maltrato y abuso infantil, enfermedades de transmisión sexual, educación en la sexualidad, embarazo precoz. Educación en valores: calidez, comunicación asertiva, empatía, autoestima. e) Lograr una mejor comunicación, sociabilizando con las familias de nuestro cantón a través de la terapias familiares, se desarrollará capacitaciones y consejería en prevención y orientación de sus compromisos, obligaciones, responsabilidades de su estado como ciudadanos, padres y adultos, capacitación acerca del buen desarrollo de la convivencia pacífica del núcleo familiar, la violencia intrafamiliar y su efecto sobre los miembros de la familia, la comunicación en la familia. Durán, la ciudad que progresa Página 3
4 f) Determinar convenios, proyectos municipales y establecer un plan de seguimiento, control y evaluación de la estrategia establecida. Balance Scord Card. Art 3.-PLANIFICACIÓN Y COOORDINACIÓN DE COSTOS.- Encomendar a la Dirección de Desarrollo de la Comunidad y Empoderamiento Social, la planificación de programas específicos en los sectores más vulnerables y de mayor urgencia del cantón, facultando la coordinación de los recursos con los que cuente la Municipalidad. Art 4.- CONFORMACIÓN DEL PERSONAL DE LA Y EMPODERAMIENTO SOCIAL.- Con este objeto se proveerá a la Dirección de Desarrollo de la Comunidad y Empoderamiento Social, el cual estará conformado por Director, Sub director, Secretaria o asistente Administrativa, Asesor Legal, Psicólogos, Promotores y el personal técnico especializado que fuere indispensable, designados por la máxima autoridad, disponiéndose que a partir de la presente fecha, se hará constar en el presupuesto las asignaciones necesarias para atender el pago de los empleados que habrán de restar servicios en la Dirección del Departamento Constituido, y a tal efecto se ordene el uso de cualquier sobrante no comprometido. Art Las remuneraciones del Director, profesionales y asistentes que integren la Dirección de Desarrollo de la Comunidad y ORDENANZA CONCERNIENTE AL CAMBIO DE NOMBRE, DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, POR: LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN Y SU COMPETENCIA, social, será la que fije directamente el Alcalde como máxima autoridad, según lo establecido en el Art. 247 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público y se regulara a través de Ordenanza. Art 5.- FACULTAD DE LA Y EMPODERAMIENTO SOCIAL.- Se facultará a la Dirección de Desarrollo de la Comunidad y Empoderamiento Social, si el Señor Alcalde así lo dispone y previo a la presentación de los justificativos pertinentes por parte de la Dirección de Desarrollo de la Comunidad, autorizará a ésta para que realice gestiones necesarias tendientes a solicitar la colaboración y la asistencia técnica de los organismos nacionales e internacionales especializados en el área social. Art.6.- LABORES QUE REALIZA LA Y EMPODERAMIENTO SOCIAL.- Cubriendo las necesidades actuales de la sociedad, que vive en constante evolución, lo que se denomina dinámica social, la Dirección de Desarrollo de la Comunidad y Empoderamiento Social del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Durán, durante toda su existencia, ha venido desarrollando su labor con los sectores más vulnerables de nuestra ciudad, por lo cual no es desconocido todo el espectro en el que se desenvuelve esta Dirección Municipal, tales como: a) Elaboración y actualización de censos habitacionales socio-económicos en zonas marginales y de asentamientos irregulares. b) Realización de censos socio económicos dependiendo de las necesidades de las diferentes direcciones departamentales del municipio, especialmente para las direcciones de Planeamiento Urbano, Medio Ambiente y Terrenos. Durán, la ciudad que progresa Página 4
5 c) Realización de encuestas, para conocer la apreciación de la ciudadanía sobre situaciones que impactan directamente a su comunidad y recolectar sus apreciaciones para poder darle solución a los diferentes problemas detectados. d) Levantamiento de información, como punto de partida pro legalización de predios. e) Gestión financiera por medio del Concejo Municipal, para la compra de materiales de construcción a personas con discapacidades adultos mayores y todo grupo vulnerable de la sociedad. f) Reubicación a personas o familias que habitan en sectores vulnerables de alto riesgo amenazados por fenómenos naturales, y de extrema pobreza comprobada o que hayan sido afectadas por la ejecución de obras publicas. Previo a la resolución de Concejo. g) Aporte logístico al desarrollo de programas sociales y convenios de cooperación interinstitucional con los Ministerios de SALUD, MIES, MIDUVI, MISIÓN SOLIDARIA MANUELA ESPEJO, de los Gobiernos centrales de turno. Con anuencia del Señor Alcalde. h) Aporte logístico para la ejecución de los censos de población y vivienda que realiza el Gobierno Central a través del INEC. i) Elaboración de diagnósticos comunitarios para evaluar las diversas necesidades existentes en cada sector de la ciudad. j) Asistencia emergente a damnificados de incendios inundaciones deslaves y otros desastres naturales o antropogénicos que afecten a los sectores populares del Cantón. Esta ayuda consiste en donación de casa Hogar de Cristo, enseres, colchones, víveres, vituallas y otros implementos de primera necesidad. k) Organización de manera conjunta con la Dirección de Salud con brigadas médicas para sectores populares. l) Coordinación de mingas en sectores variados de la sociedad. m) Socialización de proyectos de diferentes índoles con los sectores involucrados. n) Gestión por medio del Concejo Municipal, para la donación de servicios exequiales a personas que han fallecido y que son de extrema pobreza. Art. 7.- ATRIBUCIONES ESPECIALES.- La Dirección de Desarrollo de la Comunidad y Empoderamiento Social, en coordinación con los departamentos de terrenos, avalúos y catastro, planeamiento urbano y asesoría jurídica, actuará en coordinación en todo lo relacionado a censos de cada una de las cooperativas de viviendas beneficiadas por la aplicación del Art. 486 de la COOTAD, para su debida legalización Art.8.- EN CASO DE AUSENCIA.- En caso de ausencia temporal o definitiva del Director, el Alcalde nombrará inmediatamente a quien lo reemplace, para de esta manera evitar el estancamiento o demora de los trámites que sean competencia. Art.9.- EN CASO DE CONFLICTOS.- En caso de una duda o conflicto netamente legal el Director del Departamento de Desarrollo de la Comunidad y Empoderamiento Social, enviará por escrito al Departamento de Asesoría Jurídica para que éste, en derecho se pronuncie a través de un respectivo informe. Durán, la ciudad que progresa Página 5
6 Art.10.- Todo trámite realizado por los servidores de esta dirección es completamente GRATUITO. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Referente al personal expresado en el Art. 4, de la presente ordenanza tomando en consideración la necesidad o demanda del trabajo, se procederá al incremento del personal, cuya decisión será tomada exclusivamente por el señor Alcalde. SEGUNDA.- Que se realice el cambio en la Estructura del Orgánico Funcional que se encuentra vigente, mediante Sesiones de Concejo; y, se tome en consideración la conformación del personal de la Dirección de Desarrollo de la Comunidad y Empoderamiento Social, para que se considere dentro del presupuesto de la Municipalidad. TERCERA: Se abrogan y derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza a partir del inicio de su vigencia. DISPOSICIÓN FINAL: VIGENCIA La presente ordenanza entrará en vigencia desde la fecha de su sanción por parte del señor Alcalde, sin perjuicio de su promulgación en la Gaceta Oficial y la página web del Gobierno Autónomo y Descentralizado Municipal del Cantón Durán. DADO Y FIRMADO EN LA SALA DE SESIONES DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE. DRA. ISABEL GRIJALVA GRIJALVA VICE-ALCALDESA DEL CANTON DURAN AB. JORGE LÓPEZ FARIÑO SECRETARIO DEL G.A.D.M.C.D CERTIFICO: Que la presente ORDENANZA CONCERNIENTE AL CAMBIO DE NOMBRE, DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, POR: LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN Y SU COMPETENCIA, fue discutida y aprobada por el I. Concejo Cantonal de Durán, en Sesiones Ordinarias los días viernes 17 y miércoles 22 de mayo del 2013, en primera y segundo debate respectivamente. Durán, 22 de mayo del 2013 Durán, la ciudad que progresa Página 6
7 Abg. JORGE LÓPEZ FARIÑO SECRETARIO MUNICIPAL De conformidad con lo prescrito en el artículo 324 del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, SANCIONO la presente ORDENANZA CONCERNIENTE AL CAMBIO DE NOMBRE, DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, POR: LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN Y SU COMPETENCIA, y ORDENO SU PROMULGACIÓN a través de su publicación en el Registro Oficial y/o en unos de los diarios de mayor circulación del cantón. Durán, 22 de mayo del 2013 Econ. Dalton Narváez Mendieta ALCALDE DEL CANTÓN DURÁN Sancionó y ordenó la promulgación a través de su publicación en el Registro Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación en el Cantón, de ORDENANZA CONCERNIENTE AL CAMBIO DE NOMBRE, DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, POR: LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN Y SU COMPETENCIA. El señor Economista Dalton Narváez Mendieta, Alcalde del Cantón Durán, a los veintidós días del mes de mayo del dos mil trece.- LO CERTIFICO. Durán, 22 de mayo del 2013 AB. JORGE LÓPEZ FARIÑO SECRETARIO DEL GAD Durán, la ciudad que progresa Página 7
GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN PROV. DEL GUAYAS ECUADOR ASESORÍA JURÍDICA
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN CONSIDERANDO QUE de conformidad a lo dispuesto en el Art. 53 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización,
Más detallesSECRETARÍA MUNICIPAL
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN. CONSIDERANDO: Que, el Art. 14 de la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 14 reconoce el derecho de la población a vivir
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO. Considerando
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO Considerando Que, la Constitución de la República de Ecuador, en sus Arts. 238 y 240, señalan que los Gobiernos Autónomos descentralizados
Más detallesGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán Prov. Del Guayas Ecuador Secretaria Municipal
EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTON DURAN CONSIDERANDO: Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) le corresponde el ejercicio de la facultad normativa
Más detallesEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN. CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN. CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador prevé en su Art 30, el derecho que tienen las personas a un hábitat seguro
Más detallesGobierno Autonomo Descentralizado Muniicipal del Cantón Durán Prov. del Guayas-Ecuador Asesoría Jurídica
ORDENANZA QUE REGULA LA UTILIZACION DE ESPACIOS PARA LA PROPAGANDA Y PUBLICIDAD ELECTORAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN. CONSIDERANDO Que, el articulo 238 inciso primero
Más detallesGAD MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN PROV. DEL GUAYAS ECUADOR SECRETARÍA MUNICIPAL
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN Considerando: Que la constitución de la República en su Art. 238 consagrada la autonomía de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, cada
Más detallesEL I. CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN FRANCISCO DE MILAGRO CONSIDERANDO:
Reforma Ordenanza GADMM # 31-2016 EL I. CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN FRANCISCO DE MILAGRO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en su artículo 238.
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON DURÁN
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON DURÁN CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en su Artículo 1 establece que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos
Más detallesAdministración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi
Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi Año 2 Guayaquil, Jueves 2 de Enero de 2014 ORDENANZA QUE CREA LA DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN CON LA COMUNIDAD....1 REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA DEL
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el Régimen Autónomo
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CONSIDERANDO: El Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: "Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía
Más detallesGobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Durán
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON DURAN C O N S I D E R A N D O Que, la Constitución de la República Vigente, establece una nueva organización territorial del Estado, incorpora nuevas competencias
Más detallesAdministración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi
Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi Período 2014-2019 Guayaquil, Miércoles 25 de Marzo de 2015 No. 22 ORDENANZA QUE FUSIONA A LAS DIRECCIONES DE URBANISMO, AVALÚOS Y REGISTROS Y LA DIRECCIÓN
Más detallesGADMUNICIPAL DE CHAMBO
EL CONCEJO CANTONAL Considerando: Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece lo siguiente: "Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa
Más detallesRESOLUCIÓN # 002- GADMSL -A CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN # 002- GADMSL -A- 2014 ING. MIGUEL ANGEL SOLÓRZANO SÁNCHEZ GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SANTA LUCÍA CONSIDERANDO: Que, el art. 240 de la Constitución de la República
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO Que, mediante Registro Oficial No. 214 de fecha 15 de junio del 2010, se expidió la ordenanza
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el cantón Quevedo, la falta de control de los animalitos domésticos (perros y gatos callejeros) ha ocasionado un incremento desmedido de dicha población, lo cual también afecta
Más detallesGobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Durán Prov. Del Guayas Ecuador Secretaria Municipal
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON DURAN PROVINCIA DEL GUAYAS C O N S I D E R A N D O Que, la constitución de la República vigente, establece una nueva organización territorial del Estado, incorpora
Más detallesCONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÒNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON CHAMBO CONSIDERANDO
CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÒNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON CHAMBO CONSIDERANDO Que. la Constitución de la República, en su artículo 264 numeral 1, establece que los Gobiernos municipales
Más detallesORDENANZA QUE DEFINE LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO Ó G.A.D. PORTOVIEJO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA QUE DEFINE LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO Ó G.A.D. PORTOVIEJO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Teniendo en cuenta que el vigente ordenamiento jurídico
Más detallesANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Ante la entrada en vigencia del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No.19 del día
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPÁL DEL CANTON NOBOL. Considerando:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPÁL DEL CANTON NOBOL Considerando: Que, la Ordenanza de Tasas por Servicios Técnicos y Administrativos vigente fue aprobada mediante sesión de Concejo
Más detallesILUSTRE M U N I C I P A L I D A D D E S A N T A E L E N A
... ILUSTRE M U N I C I P A L I D A D D E S A N T A E L E N A EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ELENA CONSIDERANDO: N 01-2012.s Que de conformidad con el Art. 238 de la Constitución de la República
Más detallesSECRETARIA GENERAL EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LÓPEZ
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LÓPEZ CONSIDERANDO: Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere a los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Más detallesM.I. MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO:
M.I. MUNICIPALIDAD EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL CONSIDERANDO: QUE, la Constitución de la República en su artículo 238 y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en su
Más detallesORDENANZAS. (Ordenanza s/n) EL CONCEJO CANTONAL DE CHAMBO
ORDENANZA QUE REGULA EL ALQUILER Y UTILIZACIÓN DE LA MAQUINARIA PESADA Y/O EQUIPO CAMINERO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CHAMBO (Ordenanza s/n) EL CONCEJO CANTONAL DE CHAMBO
Más detallesORDENANZAS. Capítulo I
ORDENANZA DE CREACIÓN DE LA UNIDAD TÉCNICA Y DE CONTROL DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CHAMBO EL CONCEJO CANTONAL DE CHAMBO Considerando:
Más detallesSECRETARIA GENERAL EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LOPEZ CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LOPEZ CONSIDERANDO: Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Más detallesORDENANZA QUE FIJA LAS REMUNERACIONES MENSUALES UNIFICADAS DE LAS Y LOS SERVIDORES DEL GAD MUNICIPAL DE MORONA.
ORDENANZA QUE FIJA LAS REMUNERACIONES MENSUALES UNIFICADAS DE LAS Y LOS SERVIDORES DEL GAD MUNICIPAL DE MORONA. EL CONCEJO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA, CONSIDERANDO: Que, El artículo 227 de
Más detallesEn ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:
La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 9 de la Constitución de la República, confiere competencia exclusiva a los Gobiernos Municipales
Más detallesCONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 238, establece que los gobiernos autónomos descentralizados
Más detallesORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA QUE NORMA EL SISTEMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA QUE NORMA EL PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fecha 31 de agosto de 2011, el Concejo Municipal expidió la Ordenanza que norma el Sistema de Participación Ciudadana
Más detallesMunicipalidad de Latacunga ORDENANZA 68 DE CREACIÓN DEL CONSEJO CANTONAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE LATACUNGA 1
ORDENANZA 68 DE CREACIÓN DEL CONSEJO CANTONAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE LATACUNGA 1 EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE LATACUNGA CONSIDERANDO: Que, la Convención de los Derechos del Niño suscrita y
Más detallesORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS EN EL CANTÓN PORTOVIEJO EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS EN EL CANTÓN PORTOVIEJO EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador
Más detallesNo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
1 No. 06-2013 REFORMA A LA ORDENANZA QUE FIJA LAS TASAS POR CONCEPTO DE GASTOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIDAD MUNICIPAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: El Gobierno
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS A la vigencia de la Ordenanza Sustitutiva a la ORDENANZA QUE REGULA LA CONSTITUCION,
Más detallesEL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE BALAO CONSIDERANDO
EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE BALAO CONSIDERANDO Que, de acuerdo a lo ordenado en los artículos 100 de la Constitución de la República y 304 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Más detallesGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Samborondón
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAMBORONDÓN. CONSIDERANDO Que, el Art. 264 de la Carta Magna, establece que los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras
Más detallesGOBI ERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL CANTÓN MANTA
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CONSIDERANDO: Que, el artículo 190 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce la mediación como un procedimiento alternativo para la solución de conflictos, y se
Más detallesGOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA 11
GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA 11 EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON MORONA CONSIDERANDO Que, El artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece: Los Gobiernos descentralizados
Más detallesEL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN LA LIBERTAD C O N S I D E R A N D O
EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN LA LIBERTAD C O N S I D E R A N D O Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 14 reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano
Más detallesNo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS CONSIDERANDO:
ORDENANZA PARA EL COBRO DE TASAS DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN LA UNIDAD MUNICIPAL DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE ESMERALDAS, UMTTTSVE. EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
Más detallesEL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL LA TRONCAL CONSIDERANDO:
Pág 1 de 8 EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL LA TRONCAL CONSIDERANDO: Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador, establece y garantiza que los gobiernos
Más detallesEL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE BALAO CONSIDERANDO
c W[umd^alj de/ EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE BALAO CONSIDERANDO Que, de conformidad a lo previsto en los Artículos 279 de la Constitución de la República del Ecuador, y Art. 300 del Código
Más detallesEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República del Ecuador, es su Art. 265 dispone que El Sistema Público del Registro de la Propiedad
Más detallesORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN PORTOVIEJO
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El proyecto de REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, DEL CANTÓN PORTOVIEJO, responde a una
Más detallesFUNDADO EL 27 DE JULIO DE 1972
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SANTIAGO DE QUERO CONSIDERANDO Que, el primer inciso del Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que los gobiernos autónomos
Más detallesORDENANZA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN GIRÓN
ORDENANZA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN GIRÓN El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Girón, a través
Más detallesEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIAL DEL CARCHI. Considerando:
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIAL DEL CARCHI Considerando: Que, el Art. 263 de la Constitución de la República del Ecuador prevé entre las competencias exclusivas del gobierno provincial
Más detallesEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON MORONA CONSIDERANDO
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON MORONA CONSIDERANDO Que, la Constitución de la República en su preámbulo contiene un gran valor constitucional, el Sumak Kawsay, el cual constituye, la meta, el fin que
Más detallesM. I. MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO
EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO QUE, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 265 dispone que: "El sistema público de registro de la propiedad será administrado de manera
Más detallesGOBIERNO MUNICIPAL DE SHUSHUFINDI Shushufindi Sucumbíos Ecuador
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON SHUSHUFINDI CONSIDERANDO Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador determina que: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Más detallesGobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Durán Prov. Del Guayas Ecuador Secretaria Municipal
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON DURAN PROVINCIA DEL GUAYAS C O N S I D E R A N D O QUE, la vigente Ordenanza para el cobro de la Tasa que corresponde a la Municipalidad por el Servicio de
Más detallesNo ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA DE CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL PUERTO COMERCIAL DE LOJA EP
No. 005-2014 ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA DE CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL PUERTO COMERCIAL DE LOJA EP EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fecha 15 de noviembre de 2011, mediante
Más detallesEL M.I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO:
Administración del Señor Período 2014-2019 Guayaquil, Miércoles 13 de Septiembre de 2017 No. 68 SEXTA REFORMA A LA ORDENANZA QUE NORMA LA INTRODUCCIÓN DE ANIMALES DE ABASTO, EL FAENAMIENTO, EL DESPOSTE,
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS CONSIDERANDO QUE,
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS CONSIDERANDO QUE, el Art. 226 de la Constitución de la República, determina que: Las instituciones del Estado, sus organismos,
Más detallesORDENANZA QUE CREA LA UNIDAD TÉCNICA DE ELABORACIÓN DE PROYECTOS U.T.E.P. DEL G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA QUE CREA LA UNIDAD TÉCNICA DE ELABORACIÓN DE PROYECTOS U.T.E.P. DEL G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El ordenamiento territorial comprende un conjunto de políticas
Más detallesEL CONCEJO MUNICIPAL DE CHAMBO. Considerando:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHAMBO Considerando: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su numeral 5 del artículo 264, faculta a los gobiernos seccionales crear, modificar o suprimir mediante
Más detalles"Te iiíoge. ti- cottqutsta, tf fficant. EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN CRISTÓBAL DE PATATE CONSIDERANDO:
W Oobierno Municipci! "Te iiíoge. ti- cottqutsta, tf fficant. EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN CRISTÓBAL DE PATATE CONSIDERANDO: Que, el artículo 226, en concordancia establece
Más detallesEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PALENQUE CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PALENQUE CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en su artículo 238, establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados gozarán
Más detallesGOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA SECRETARÍA GENERAL Administración
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL. CONSIDERANDO: Que, el artículo 30 de la Constitución de la República, establece que: "Las personas tienen derecho
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
REFORMA A LA ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA QUE REGULA EL PLAN SOCIAL MASIVO DE ADJUDICACIÓN, ESCRITURACIÓN Y VENTA DE TERRENOS MOSTRENCOS, FAJAS Y LOTES, UBICADOS EN LA ZONA URBANA, ZONAS DE EXPANSIÓN
Más detallesEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON MORONA CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON MORONA CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 2) de la Constitución de la República del Ecuador con respeto a las competencias exclusivas de los Gobiernos Municipales
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS C O N S I D E R A N D O:
1 EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS C O N S I D E R A N D O: QUE, el Art 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que Las instituciones
Más detallesM. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO ORDENANZA DE PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ANTE EL MALTRATO
Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi Período 2014-2019 Guayaquil, Miércoles 18 de julio de 2018 No. 88 ORDENANZA DE PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ANTE EL MALTRATO...1 REFORMA A LA ORDENANZA
Más detallesEL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:
n. 36-2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, el artículo 238 de la Constitución del Ecuador, garantiza a los gobiernos autónomos descentralizados autonomía, administrativa y financiera. Que,
Más detallesGOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA
4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,
Más detallesEL CONCEJO MUNICIPAL DE PORTOVIEJO CONSIDERANDO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PORTOVIEJO CONSIDERANDO Que, el Art. 253 de la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, establece que cada cantón tendrá un concejo cantonal, que estará integrado por la alcaldesa
Más detalles26/02/05 EL M.I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO
26/02/05 EL M.I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO QUE, la Constitución Política de la República, en su Art. 228 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal en sus Arts. 1 y 17, consagran la autonomía
Más detallesNo REFORMA A LA ORDENANZA DE CREACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE URBANO DE LA CIUDAD DE LOJA, SITU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
No. 05-2013 REFORMA A LA ORDENANZA DE CREACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE URBANO DE LA CIUDAD DE LOJA, SITU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con la aprobación de la Constitución de la República, en nuestro
Más detallesIlustre Municipalidad del Cantón Durán Prov. del Guayas Ecuador ALCALDIA LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DURÁN EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN
LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DURÁN EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN Considerando: QUE, de conformidad a lo que establece la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el R. O. 449, en
Más detallesEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALANDA CONSIDERANDO:
ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DEL INFORME EN PARTICIONES JUDICIALES Y DE LA AUTORIZACIÓN EN PARTICIONES EXTRAJUDICIALES DE BIENES INMUEBLES EN EL CANTÓN PALANDA EL GOBIERNO AUTÓNOMO
Más detallesn EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:
1 n. 023-2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, al amparo del artículo 12 de la Constitución de la República del Ecuador, el derecho al agua es fundamental e irrenunciable. Y, el agua es
Más detallesEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON NOBOL. CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON NOBOL. CONSIDERANDO: Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador, publicado en el Registro Oficial 449 del lunes 20 de octubre
Más detallesCONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 6 de la Constitución Política de la República establece entre las competencias exclusivas
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTONAL DE QUEVEDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTONAL DE QUEVEDO Considerando Que la constitución de la República del Ecuador, en su artículo 238, establece que los gobiernos autónomos
Más detallesEL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ATACAMES CONSIDERANDO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ATACAMES CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 238 establece que los gobiernos autónomos
Más detallesEL M. I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO
03/10/06 EL M. I. CONCEJO CANTONAL DE GUAAQUIL CONSIDERANDO QUE, la Constitución Política de la República en su Art. 228 determina que los gobiernos cantonales gozan de plena autonomía, y que en uso de
Más detallesEL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:
No. 004-2014 ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA QUE CONSTITUYE, ORGANIZA Y REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LA DE LOJA, EMAAL EP EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, el artículo 315 de la Constitución
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CONSIDERANDO EL NUEVO MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL VIGENTE, SE HACE IMPERATIVO QUE LA NORMATIVA INTERNA VAYA ACORDE A LAS DISPOSICIONES ANOTADAS, POR LO TANTO ES NECESARIO CREAR UNA
Más detallesEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PUJILI CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PUJILI CONSIDERANDO: Que, el artículo 240 de la Constitución de la República establece que: "Los gobiernos autónomos descentralizados de las Regiones,
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS La vigencia de la Ordenanza para REGULAR, AUTORIZAR Y CONTROLAR LA EXPLOTACION DE
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO Creado por D.S de 30 de Agosto de 1978
EL CONCEJO CANTONAL DEL GAD CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado;
Más detallesEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Gobierno Municipal del Cantón Morona tiene la responsabilidad compartida la construcción del desarrollo justo y equilibrado en el marco
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA REFORMATORIA AL CAPITULO VII DEL TITULO XII DE LA ORDENANZA QUE REGULA EL DESARROLLO Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTON PORTOVIEJO (Ordenanza que Regula el Plan Masivo de Legalización de
Más detallesORDENANZA QUE GARANTIZA LA EXONERACIÓN DE PAGO DE TRIBUTOS Y SERVICIOS POR PARTE DEL GAD PORTOVIEJO A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES
ORDENANZA QUE GARANTIZA LA EXONERACIÓN DE PAGO DE TRIBUTOS Y SERVICIOS POR PARTE DEL GAD PORTOVIEJO A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO CONSIDERANDO: Que
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TISALEO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO Considerando: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 226 dispone: Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
Más detallesORDENANZA METROPOLITANA No. EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO
0093 EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO Vistos los Informes Nos. IC-O-2011-162 de 11 de abril de 2011 e IC-O-201 1-247, de 20 de junio del mismo año, expedidos por la Comisión de Suelo y Ordenamiento Territorial.
Más detallesGAD MUNICIPAL SANTO DOMINGO
GAD Municipal Chllaehl re EXPOSICIÓN DE MOTIVOS EL CENTRO POBLADO "21 DE NOVIEMBRE" se encuentra ubicado al Sur-Este del Cantón Santo Domingo en lo que constituye Jurisdicción de la Parroquia Rural Santa
Más detallesAdministración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi
Administración Señor Ab. Período 2014-2019 Guayaquil, Lunes 13 de Julio de 2015 No. 28 ORDENANZA AMPLIATORIA A LA ORDENANZA REGULATORIA DEL ARTÍCULO 424 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL,
Más detallesDESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN JUNÍN CONSIDERANDO:
Gobierno EL GOBIERNO Autónomo AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO Descentralizado MUNICIPAL DEL Municipal CANTÓN JUNÍN del CONSIDERANDO: Que, el último inciso del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador
Más detallesORDENANZA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CUMANDA.
ORDENANZA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CUMANDA. EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CUMANDA CONSIDERANDO Que, es necesario
Más detallesRESOLUCIÓN No CONSEJO DE PLANIFICACIÓN DE LA PARROQUIA RURAL SAN ANTONIO DE PICHINCHA
RESOLUCIÓN No. 01-12-2016-001 CONSEJO DE PLANIFICACIÓN DE LA PARROQUIA RURAL SAN ANTONIO DE PICHINCHA CONSIDERANDO: QUE, de acuerdo a lo que establece el artículo 100 de la Constitución de la República,
Más detallesGOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS CONSIDERANDO: EXPIDE LA SIGUIENTE:
CONSIDERANDO: QUE: Conforme lo establecido en el artículo 239 de la Constitución de la República del Ecuador: "El régimen de Gobiernos Autónomos Descentralizados se regirán por la ley correspondiente,
Más detallesGAD MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN PROV. DEL GUAYAS ECUADOR PLANEAMIENTO URBANO
EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÒN DURÀN CONSIDERANDO: Que, la constitución de la República vigente, establece una nueva organización territorial del Estado,
Más detalles28/12/93 EL M.I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO
28/12/93 EL M.I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO QUE, es necesario dotar a las dependencias municipales de una infraestructura administrativa ágil y acorde a las necesidades actuales de la Corporación
Más detalles