PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES O _01 Pág. 1

2 ÍNDICE PARTE I.- INTRODUCCIÓN Y GENERALIDADES ARTÍCULO DEFINICIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Definición Ámbito de aplicación ARTÍCULO DISPOSICIONES GENERALES Dirección de las obras Personal del Contratista Órdenes al Contratista Otras disposiciones aplicables ARTÍCULO DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS ARTÍCULO OMISIONES Y CONTRADICCIONES DEL PROYECTO ARTÍCULO MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN ARTÍCULO SECUENCIA Y RITMO DE LOS TRABAJOS ARTÍCULO CONTROL DE CALIDAD Y ENSAYOS ARTÍCULO RECEPCIÓN DE LOS MATERIALES ARTÍCULO MATERIALES DEFECTUOSOS ARTÍCULO 109.-OBRAS DEFECTUOSAS O MAL EJECUTADAS ARTÍCULO TRABAJOS NO AUTORIZADOS ARTÍCULO PLANOS DE DETALLE DE LAS OBRAS ARTÍCULO OBJETOS HALLADOS EN LAS OBRAS ARTÍCULO CONSERVACIÓN DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS ARTÍCULO VALORACIÓN DE OBRAS DEFECTUOSAS ARTÍCULO VALORACIÓN DE LAS OBRAS EJECUTADAS EN EXCESO O _01 Pág. 2

3 ARTÍCULO VALORACIÓN DE LAS OBRAS EJECUTADAS EN DEFECTO ARTÍCULO VALORACIÓN DE LAS OBRAS INCOMPLETAS ARTÍCULO SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ARTÍCULO GESTIÓN DE RESIDUOS PARTE II.- MATERIALES BÁSICOS ARTÍCULO CEMENTOS Definición Condiciones generales Transporte y almacenamiento Suministro e identificación Control de calidad Medición y abono Especificaciones técnicas y distintivos de calidad ARTÍCULO 211.-BETUNES ASFÁLTICOS Definición Condiciones generales Transporte y almacenamiento Control de calidad Medición y abono Especificaciones técnicas y distintivos de calidad ARTÍCULO EMULSIONES BITUMINOSAS Definición Condiciones generales Transporte y almacenamiento Control de calidad Medición y abono ARTÍCULO BARRAS CORRUGADAS PARA HORMIGÓN ESTRUCTURAL Definición O _01 Pág. 3

4 Materiales Suministro Almacenamiento Recepción Medición y abono ARTÍCULO MALLAS ELECTROSOLDADAS Definición Materiales Suministro Almacenamiento Recepción Medición y abono ARTÍCULO ACERO ESTRUCTURAL ARTÍCULO TUBERÍAS DE PVC, POLIETILENO, FUNDICIÓN Y/O ACERO Tuberías de polietileno Tuberías de PVC Tuberías de PVC de orientación molecular Tuberías de fundición Tuberías de acero ARTÍCULO AGUA A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES Definición Equipos Criterios de aceptación y rechazo Recepción Medición y abono ARTÍCULO MADERA Condiciones generales Forma y dimensiones O _01 Pág. 4

5 Medición y abono ARTÍCULO ÁRIDOS PARA MORTEROS Y HORMIGONES ARTÍCULO PINTURAS ARTÍCULO CERCOS, REJILLAS Y TAPAS DE FUNDICIÓN Definición Medición y abono PARTE III.- UNIDADES BÁSICAS ARTÍCULO DEMOLICIONES Definición y alcance Clasificación Ejecución de las obras Medición y abono ARTÍCULO EXCAVACIÓN EN ZANJAS Y POZOS Definición y alcance Clasificación de las excavaciones Ejecución de las obras Excesos inevitables Tolerancias de las superficies acabadas Medición y abono ARTÍCULO ENTIBACIONES Definición Materiales Ejecución Medición y abono ARTÍCULO RELLENOS LOCALIZADOS Definición Zonas de los rellenos O _01 Pág. 5

6 Materiales Equipo necesario para la ejecución de las obras Ejecución de las obras Limitaciones de la ejecución Medición y abono ARTÍCULO RELLENOS DE ZANJAS Materiales Ejecución Control de calidad Medición y abono ARTÍCULO TUBERÍAS DE PVC ESTRUCTURADO Descripción Características generales Características físicas y mecánicas Características químicas Tolerancias Control de recepción Transporte y manipulación Uniones Ejecución de las obras Control de ejecución Medición y abono ARTÍCULO ZAHORRAS Definición Materiales Ejecución de las obras Especificaciones de la unidad terminada Limitaciones de la ejecución Medición y abono O _01 Pág. 6

7 ARTÍCULO RIEGOS DE IMPRIMACIÓN Definición Materiales Dotación de los materiales Equipo necesario para la ejecución de las obras Ejecución de las obras Limitaciones de la ejecución Control de calidad Criterios de aceptación o rechazo Medición y abono ARTÍCULO RIEGOS DE ADHERENCIA Definición Materiales Dotación del ligante hidrocarbonado Equipo necesario para la ejecución de las obras Ejecución de las obras Limitaciones a la ejecución Control de calidad Medición y abono ARTÍCULO MEZCLAS BITUMINOSAS Definiciones Materiales Tipo y composición de la mezcla Equipo necesario para la ejecución de las obras Ejecución de las obras Especificaciones de la unidad terminada Control de calidad Criterios de aceptación y rechazo Medición y abono O _01 Pág. 7

8 ARTÍCULO ARMADURAS A EMPLEAR EN HORMIGÓN ARMADO Definición Materiales Forma y dimensiones Doblado Colocación Control de calidad Medición y abono ARTÍCULO ENCOFRADOS Definición Ejecución Medición y abono ARTÍCULO IMPERMEABILIZACIÓN DE PARAMENTOS Definición Materiales Ejecución Medición y abono ARTÍCULO MONTAJE DE ELEMENTOS PREFABRICADOS Definición Ejecución Medición y abono ARTÍCULO HORMIGONES Definición Materiales Tipos de hormigón y distintivos de calidad Dosificación del hormigón Ejecución del hormigón Control de calidad O _01 Pág. 8

9 610.8 Especificaciones de la unidad terminada Recepción Medición y abono ARTÍCULO OBRAS DE HORMIGÓN ARMADO O EN MASA Definición Materiales Ejecución de las obras Control de la ejecución Medición y abonos ARTÍCULO ARQUETAS Y POZOS DE REGISTRO Definición Materiales Ejecución de las obras Medición y abono ARTÍCULO SEÑALIZACIÓN DE OBRAS Definición Medición y abono ARTÍCULO LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE OBRA Definición Disposiciones generales Medición y abono ARTÍCULO OTRAS UNIDADES DE OBRA O _01 Pág. 9

10 PARTE I.- INTRODUCCIÓN Y GENERALIDADES ARTÍCULO DEFINICIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Definición El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, constituye el conjunto de normas que, junto con lo señalado en los planos del Proyecto, definen todos los requisitos técnicos de las obras que son objeto del mismo, en cuanto no se opongan a lo establecido en la normativa vigente de obligado cumplimiento. Las unidades de obra que no se hayan incluido y señalado específicamente en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares se ejecutarán de acuerdo con lo establecido en las normas e instrucciones técnicas en vigor que sean aplicables a dichas unidades, con lo sancionado por la costumbre como reglas de buena práctica en la construcción y con las indicaciones que al respecto señale la Dirección Técnica de la obra. Es legal, a todos los efectos, por O.M. de 2-VII-76, la publicación de dicho Pliego de Prescripciones Técnicas Generales, editada por el Servicio de Publicaciones del Ministerio de Fomento y sus sucesivas actualizaciones. El conjunto de ambos Pliegos contiene, además, la descripción general de las obras, las condiciones que han de cumplir los materiales, y las instrucciones para la ejecución, medición y abono de las unidades de obra, son la norma y guía que han de seguir el Contratista y el Director Ámbito de aplicación El Presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, será de aplicación a la construcción, control, dirección e inspección de las obras correspondientes al Proyecto de Construcción de la RENOVACIÓN DEL COLECTOR DE LA CALLE AZORÍN. T.M. DE SAN O _01 Pág. 10

11 ARTÍCULO DISPOSICIONES GENERALES Dirección de las obras El adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la dirección inmediata de los trabajos y al control y vigilancia de materiales y obras que ejecute Personal del Contratista Debido a las características de las obras se recomienda al adjudicatario adscribir, con residencia a pie de obra, un Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, un Ingeniero Técnico de Obras Públicas, y un Ingeniero Técnico Topógrafo sin perjuicio de que cualquier otro tipo de técnicos tengan las misiones que les correspondan, quedando aquél como representante de la contrata ante la Dirección de las obras. La Dirección de las obras podrá suspender los trabajos, sin que de ello se deduzca alteración alguna de los términos y plazos del contrato, cuando no se realicen bajo la dirección del personal facultativo designado para los mismos. La Dirección de las obras podrá exigir del Contratista la designación de nuevo personal facultativo cuando así lo requieran las necesidades de los trabajos. Se presumirá que existe siempre dicho requisito en los casos de incumplimiento de las órdenes recibidas o de negativa a suscribir, con su conformidad o reparos, los documentos que reflejen el desarrollo de las obras, como partes de situación, datos de medición de elementos a ocultar, resultados de ensayos, órdenes de la Dirección y análogos definidos por las disposiciones del Contrato o convenientes para un mejor desarrollo del mismo Órdenes al Contratista Las órdenes emanadas de la Superioridad jerárquica del Director, salvo casos de reconocida urgencia, se comunicarán al Contratista por intermedio de la Dirección. De darse la excepción antes expresada, la Autoridad promotora de la orden la comunicará a la Dirección con análoga urgencia. Se hará constar en el Libro de Órdenes al iniciarse las obras o, en caso de modificaciones, durante el curso de las mismas, con el carácter de orden al O _01 Pág. 11

12 Contratista, la relación de personas que, por el cargo que ostentan o la delegación que ejercen, tienen facultades para acceder a dicho libro y transcribir en él lo que consideren necesario comunicar al Contratista Otras disposiciones aplicables Además de lo especificado en el presente Pliego y subsidiariamente con éste, serán de aplicación las Disposiciones, Normas y Reglamentos siguientes, cuyas prescripciones, en cuanto puedan afectar a las obras objeto del presente Proyecto, quedarán incorporadas a éste, formando parte integrante del mismo: Real Decreto Legislativo 3/2001, de 14 de noviembre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Normas UNE y DIN (las no contradictorias con las normas FEM). Ley de Contratos de Trabajo y Disposiciones vigentes que regulen las relaciones patrono-obrero, así como cualquier otra de carácter oficial que se dicte. Normas Internacionales ISO Norma sobre señalización de obras en carreteras. Norma de construcción sismorresistente: Parte General y Edificación (NCSR-02). Real Decreto 997/2002 de 27 de septiembre. Reglamento de verificaciones eléctricas y Regularidad en el suministro de Energía de 12 de Marzo de Normas de ensayo redactadas por el Laboratorio del Transporte y Mecánica del Suelo del Centro de Estudio y Experimentación de Obras Públicas (Orden de 31 de Diciembre de 1958). Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes del Ministerio de Obras Públicas (PG 4/88). Orden Ministerial del 21 de Enero de 1988, B.O.E. de 3 de Febrero de 1988 y posteriores actualizaciones. Normas vigentes para la redacción de Proyecto de Abastecimiento de agua y saneamiento de Poblaciones. O _01 Pág. 12

13 Pliego Prescripciones Técnicas Generales Recepción de Cementos (RC- 08). Instrucción Proyecto y Ejecución de Obras de Hormigón Estructural (EHE-08). Código Técnico de la Edificación. CTE. NTE: Instalaciones de Electricidad, Puesta a tierra (IET) Pliego General de Condiciones Facultativas para tuberías de Abastecimiento de Aguas. Orden Ministerial de 28 de Julio de Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de Saneamiento de Poblaciones. Orden Ministerial de 15 de Septiembre de Instrucción del I.E.T.C.C. para la fabricación, transporte y montaje de tubos de hormigón en masa (T.H.M./73). Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión. Decreto 223/2008. Reglamento electrotécnico de baja tensión e instrucciones reglamentarias. Decreto 842/02 de 2 de Agosto. Real Decreto 1627/1997 de Seguridad y Salud de 24 de octubre. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. ORDEN ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico, de los retornos del citado dominio público hidráulico y de los vertidos al mismo Cuantas prescripciones figuren en los Reglamentos, Normas o Instrucciones oficiales que guarden relación con las obras del Proyecto, sus instalaciones complementarias o con los trabajos necesarios para su realización. Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Modificada por la Ley 6/2010, de 24 de marzo. Real Decreto 1131/1988, de 30 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación del Impacto Ambiental. O _01 Pág. 13

14 Decreto 209/1995, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental Ley 11/2003, de 8 de abril, de prevención Ambiental de Castilla y León. (BOCYL nº 71, de ). Ley 3/2005, de 23 de mayo, de modificación de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos. Decreto 54/2008, de 17 de julio, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos de Construcción y Demolición de Castilla y León Para la aplicación y cumplimiento de las Condiciones de este Pliego, así como para la interpretación de errores, contradicciones u omisiones contenidas en el mismo, se seguirá tanto por parte de la Contrata Adjudicataria como por la Dirección Técnica de las Obras el siguiente orden de preferencia: Leyes, Decretos, Órdenes Ministeriales, Reglamentos, Normas y Pliego de Condiciones diversos por el orden de mayor a menor rango legal de las disposiciones que hayan servido para su aplicación. ARTÍCULO DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS Ante el deterioro que presenta el colector de la calle Azorín, se plantea la renovación del mismo, mediante la incorporación de una nueva tubería, independiente de la actual, de PVC, a lo largo de algo más de 1300 m. Así, la actuación se inicia en la calle Elcano. A la altura de la glorieta de la calle Azorín, se continúa por la calle Orugo y se enlaza con la avenida de San Ándrés, continuando la reposición por este vial. De este modo, se consigue además descargar el propio colector de la avenida de San Andrés. Precisamente en este punto se ejecuta una arqueta de reparto, con la que regular los caudales a conducir tanto hacia Azorín como hacia la Avenida de San Andrés. Se recogen además los caudales generados en una pequeña cuenca al norte, mediante la ejecución de un nuevo colector por la calle Burbia. Del mismo modo, se renueva también el colector que continua por la calle Azorín hacia el paso superior, donde también se han detectado problemas de colapso. O _01 Pág. 14

15 ARTÍCULO OMISIONES Y CONTRADICCIONES DEL PROYECTO En caso de contradicción e incompatibilidad entre los Planos y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares prevalecerá lo establecido por este último documento salvo indicación en contra del Ingeniero Director de las Obras. Lo mencionado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y omitido en los Planos, o viceversa, habrá de ser ejecutado como si estuviera expuesto en ambos documentos, siempre que, a juicio de la Dirección Técnica, la unidad de obra correspondiente quede suficientemente definida y tenga precio contractual. ARTÍCULO MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN El Contratista podrá emplear cualquier método de construcción que estime adecuado para ejecutar las obras siempre que no se oponga a las prescripciones de este Pliego. Así mismo, deberá ser compatible el método de construcción a emplear con el Programa de Trabajos. El Contratista podrá variar también los métodos de construcción durante la ejecución de las obras, sin más limitaciones que la autorización previa de la Dirección Técnica, reservándose ésta el derecho de exigir los métodos iniciales si comprobara la inferior eficacia de los nuevos. En el caso de que el Contratista propusiera métodos de construcción que, a su juicio, implicaran prescripciones especiales, acompañará a su propuesta un estudio especial de la adecuación de tales métodos y una descripción detallada de los medios que se propusiera emplear. La aprobación o autorización de cualquier método de trabajo o tipo de maquinaria para la ejecución de las obras, por parte de la Dirección Técnica, no responsabilizará a ésta de los resultados que se obtuvieren, ni exime al Contratista del cumplimiento de los plazos parciales y total aprobados, si con tales métodos o maquinaria no se consiguiese el ritmo necesario. Tampoco eximirá al Contratista de la responsabilidad directa del uso de dicha maquinaria o del empleo de dichos métodos ni de la obligación de obtener de otras personas u organismos las autorizaciones o licencias que se precisen para su empleo. O _01 Pág. 15

16 ARTÍCULO SECUENCIA Y RITMO DE LOS TRABAJOS El modo, sistema, secuencia, ritmo de ejecución y mantenimiento de las obras, se desarrollará de forma que se cumplan las condiciones de calidad de la obra y las exigencias del contrato. Si a juicio de la Dirección Técnica el ritmo de ejecución de las obras fuera en cualquier momento demasiado lento para asegurar el cumplimiento de los plazos de ejecución, la Dirección Técnica podrá notificárselo al Contratista por escrito, y éste deberá tomar las medidas que considere necesarias, y que apruebe aquella, para acelerar los trabajos a fin de terminar las obras dentro de los plazos aprobados. ARTÍCULO CONTROL DE CALIDAD Y ENSAYOS Tanto los materiales como la ejecución de los trabajos, las unidades de obra y la propia obra terminada deberán ser de la calidad exigida en el contrato, cumplirán las instrucciones de la Dirección Técnica y estarán sometidos, en cualquier momento, a los ensayos y pruebas que ésta disponga. La inspección de la calidad de los materiales, de la ejecución de las unidades de obra y de las obras terminadas corresponde a la Dirección Técnica. El Contratista deberá dar las facilidades necesarias para la toma de muestras y la realización de ensayos y pruebas in situ e interrumpir cualquier actividad que pudiera impedir la correcta realización de estas operaciones. El Contratista se responsabilizará de la correcta conservación en obra de las muestras extraídas por los Laboratorios de Control de Calidad, previamente a su traslado a los citados Laboratorios. Ninguna parte de la obra deberá cubrirse u ocultarse sin la aprobación de la Dirección Técnica. El Contratista deberá dar todo tipo de facilidades a la Dirección para examinar, controlar y medir toda la obra que haya de quedar oculta, así como para examinar el terreno de cimentación antes de cubrirlo con la obra permanente. Si el Contratista ocultara cualquier parte de la obra sin previa autorización escrita de la Dirección Técnica, deberá descubrirla, a su costa, si así lo ordenara ésta. O _01 Pág. 16

17 El coste de los ensayos y análisis realizados sobre materiales correrá a cargo del Contratista hasta el límite que se fije en el Pliego de Cláusulas Particulares del Concurso. El Contratista podrá efectuar su propio control de calidad, independientemente del realizado por la Administración. ARTÍCULO RECEPCIÓN DE LOS MATERIALES Los materiales que hayan de constituir parte integrante de las unidades de la obra definitiva, los que el Contratista emplee en los medios auxiliares para su ejecución, así como los materiales de aquellas instalaciones y obras auxiliares que total o parcialmente hayan de formar parte de las obras objeto del contrato, tanto provisionales como definitivas, deberán cumplir las especificaciones establecidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. La Dirección Técnica definirá, de conformidad con la normativa oficial vigente, las características de aquellos materiales para los que no figuren especificaciones completas en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, de forma que puedan satisfacer las condiciones de funcionalidad y de calidad de la obra a ejecutar establecidas en el contrato. El Contratista notificará a la Dirección, con la suficiente antelación, la procedencia y características de los materiales que se propone utilizar, a fin de que la Dirección Técnica determine su idoneidad. La aceptación de las procedencias propuestas será requisito indispensable para que el Contratista pueda iniciar el acopio de los materiales en la obra. Cualquier trabajo que se realice con materiales de procedencia no autorizada podrá ser considerado como defectuoso. Si durante las excavaciones de las obras se encontraran materiales que pudieran emplearse con ventaja técnica o económica sobre los previstos, la Dirección Técnica podrá autorizar el cambio de procedencia. El Contratista deberá presentar, para su aprobación, muestras, catálogos y certificados O _01 Pág. 17

18 de homologación de los productos industriales y equipos identificados por marcas o patentes. Si la Dirección Técnica considerase que la información no es suficiente, podrá exigir la realización, a costa del Contratista, de los ensayos y pruebas que estime convenientes. Cuando se reconozca o demuestre que los materiales o equipos no son adecuados para su objeto, el Contratista los reemplazará, a su costa, por otros que cumplan satisfactoriamente el fin a que se destinan. La calidad de los materiales que hayan sido almacenados o acopiados deberá ser comprobada en el momento de su utilización para la ejecución de las obras, mediante las pruebas y ensayos correspondientes, siendo rechazados los que en ese momento no cumplan las prescripciones establecidas. ARTÍCULO MATERIALES DEFECTUOSOS Cuando los materiales no fueran de la calidad prescrita en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o cuando a falta de prescripciones formales se reconociera o demostrara que no fueran adecuados para su objeto, la Dirección Técnica dará orden al Contratista para que éste, a su costa, los reemplace por otros que cumplan las prescripciones o sean idóneos para el objeto a que se destinen. Los materiales rechazados, y los que habiendo sido inicialmente aceptados han sufrido deterioro posteriormente, deberán ser inmediatamente retirados de la obra por cuenta del Contratista. ARTÍCULO 109.-OBRAS DEFECTUOSAS O MAL EJECUTADAS Hasta que concluya el plazo de garantía, el Contratista responderá de la obra contratada y de las faltas que en ella hubiera, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que la Dirección Técnica haya examinado o reconocido, durante su construcción, las partes y unidades de la obra o los materiales empleados, ni que hayan sido incluidos éstos y aquéllas en las mediciones y certificaciones parciales. O _01 Pág. 18

19 Si se advierten vicios o defectos en la construcción o se tienen razones fundadas para creer que existen vicios ocultos en la obra ejecutada, la Dirección Técnica ordenará, durante el curso de la ejecución y siempre antes de la conclusión del plazo de garantía, la demolición y reconstrucción de las unidades de obra en que se den aquellas circunstancias o las acciones precisas para comprobar la existencia de tales defectos ocultos. ARTÍCULO TRABAJOS NO AUTORIZADOS Cualquier trabajo, obra o instalación auxiliar, obra definitiva o modificación de la misma, que haya sido realizado por el Contratista sin la debida autorización o la preceptiva aprobación de la Dirección Técnica o del órgano competente de la Administración, en su caso, será removido, desmontado o demolido si la Dirección Técnica lo exigiera. En particular se dará puntual noticia a la Dirección Técnica de aquellas actuaciones imprevistas cuya realización sea necesaria e inaplazable. Serán de cuenta del Contratista los gastos de remoción, desmontaje o demolición, así como los daños y perjuicios que se derivasen por causa de la ejecución de trabajos no autorizados. ARTÍCULO PLANOS DE DETALLE DE LAS OBRAS A petición de la Dirección Técnica, el Contratista preparará todos los planos de detalles que se estime necesarios para la ejecución de las obras contratadas. Dichos planos se someterán a la aprobación de la citada Dirección, acompañando, si fuese preciso, las memorias y cálculos justificativos que se requieran para su mejor comprensión. ARTÍCULO OBJETOS HALLADOS EN LAS OBRAS Si durante las excavaciones se encontraran restos arqueológicos o de objetos, se suspenderán los trabajos y se dará cuenta con la máxima urgencia a la Dirección Técnica. El Contratista está obligado a advertir a su personal de los derechos de la O _01 Pág. 19

20 Administración sobre este extremo, siendo responsable subsidiario de las sustracciones o desperfectos que pueda ocasionar su personal empleado en obra. ARTÍCULO CONSERVACIÓN DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El Contratista está obligado a conservar durante la ejecución de las obras y hasta su recepción todas las obras objeto del contrato, incluidas las correspondientes a las modificaciones del Proyecto autorizadas, así como los accesos y servidumbres afectados, desvíos provisionales, señalizaciones existentes y señalizaciones de obra, y cuantas obras, elementos e instalaciones auxiliares deban permanecer en servicio, manteniéndolos en buenas condiciones de uso. Los trabajos de conservación durante la ejecución de las obras hasta su recepción no serán de abono. Inmediatamente antes de la recepción de las obras, el Contratista habrá realizado la limpieza general de la obra, retirado las instalaciones auxiliares y, salvo expresa prescripción contraria de la Dirección Técnica, demolido, removido y efectuado el acondicionamiento del terreno de las obras auxiliares que hayan de ser inutilizadas. ARTÍCULO VALORACIÓN DE OBRAS DEFECTUOSAS Si la Dirección Técnica ordena la demolición y reconstrucción por advertir vicios o defectos patentes en la construcción, los gastos de esas operaciones serán de cuenta del Contratista. En el caso de ordenarse la demolición y reconstrucción de unidades de obra por creer existentes en ellas vicios o defectos ocultos, los gastos incumbirán en principio también al Contratista. Si resulta comprobada la inexistencia de aquellos vicios o defectos, la Administración se hará cargo de ello. Lo dispuesto en el párrafo anterior también será de aplicación en cuanto a la realización de ensayos de aquellos materiales en los que recaiga sospecha sobre su calidad, y siempre serán de cuenta del Contratista cuando el resultado de los ensayos realizados sea no apto. Si la Dirección Técnica estima que las unidades de obra defectuosas y que no O _01 Pág. 20

21 cumplen estrictamente las condiciones del contrato son, sin embargo, admisibles, puede proponer a la Administración contratante la aceptación de las mismas, con la consiguiente rebaja de los precios. El Contratista queda obligado a aceptar los precios rebajados fijados, a no ser que prefiera demoler y reconstruir las unidades defectuosas por su cuenta y con arreglo a las condiciones del contrato. ARTÍCULO VALORACIÓN DE LAS OBRAS EJECUTADAS EN EXCESO Aun cuando los excesos de obra construida sean inevitables a juicio de la Dirección Técnica, o autorizados por ésta, no son de abono si dichos excesos o sobreanchos están incluidos en el precio de la unidad correspondiente, o si en las prescripciones relativas a medición y abono de la unidad de obra en cuestión así queda establecido. Únicamente son de abono los excesos de obra o sobreanchos inevitables en los casos en que así está contemplado en este pliego. El precio de aplicación para estos excesos abonables es el mismo precio unitario de la obra no ejecutada en exceso. ARTÍCULO VALORACIÓN DE LAS OBRAS EJECUTADAS EN DEFECTO Si la obra realmente ejecutada tiene dimensiones inferiores a las definidas en los planos, la medición para su valoración es la correspondiente a la obra realmente ejecutada. ARTÍCULO VALORACIÓN DE LAS OBRAS INCOMPLETAS Cuando por rescisión o por cualquier otra causa, fuera preciso valorar obras incompletas, se aplicará para la valoración de las mismas los criterios de descomposición de precios contenidos en el Proyecto, bien el cuadro de precios nº 2, bien la denominada justificación de precios, sin que sea admisible una valoración distinta en base a insuficiencia u omisión de cualquier componente del precio. Las partes constitutivas de la unidad serán de abono cuando esté acopiada la totalidad del material o completamente realizadas las labores u operaciones correspondientes a la fase cuyo abono se pretende. ARTÍCULO SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO O _01 Pág. 21

22 Se define como seguridad y salud en el trabajo a las medidas y precauciones que el Contratista está obligado a realizar y adoptar durante la ejecución de las obras para prevención de riesgos, accidentes y enfermedades profesionales, así como los derivados de los trabajos de reparación, conservación, entretenimiento, y las instalaciones preceptivas de salud y bienestar de los trabajadores. De acuerdo con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, en el presente Proyecto, el Contratista elaborará un Plan de Seguridad y Salud ajustado a su forma y medios de trabajo. La valoración de ese Plan no excederá del Presupuesto resultante del Estudio de Seguridad y Salud anejo a este Proyecto, entendiéndose de otro modo que cualquier exceso está comprendido en el porcentaje de costes indirectos que forman parte de los precios del Proyecto. El abono del Presupuesto correspondiente al Estudio de Seguridad y Salud se realizará de acuerdo con el correspondiente Cuadro de Precios que figura en el mismo o en su caso en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado por la Administración y que se considera Documento del Contrato a dichos efectos. ARTÍCULO GESTIÓN DE RESIDUOS Conforme al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, el contratista elaborará el correspondiente Plan de Gestión de Residuos, para el tratamiento de los mismos durante el desarrollo de las obras. El abono de la gestión de residuos se considera incluido proporcionalmente en las diferentes unidades de obra, salvo que se especifique de forma expresa en el presupuesto. O _01 Pág. 22

23 PARTE II.- MATERIALES BÁSICOS ARTÍCULO CEMENTOS Definición Se definen como cementos los conglomerantes hidráulicos que, finamente molidos y convenientemente amasados con agua, forman pastas que fraguan y endurecen a causa de las reacciones de hidrólisis e hidratación de sus constituyentes, dando lugar a productos hidratados mecánicamente resistentes y estables, tanto al aire como bajo agua Condiciones generales Las definiciones, denominaciones y especificaciones de los cementos de uso en obras de carreteras y de sus componentes serán las que figuren en las siguientes normas: UNE Cementos. Cementos comunes. Composición, especificaciones y criterios de conformidad. UNE Cementos resistentes a sulfatos y/o agua de mar. UNE Cementos blancos. UNE Cementos de bajo calor de hidratación. UNE Cementos para usos especiales. UNE Cementos de aluminato de calcio. Asimismo, será de aplicación todo lo dispuesto en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya. Los tipos de cemento a utilizar en las obras definidas en el presente Proyecto serán: El cemento que compone los hormigones y morteros ha de ser cemento Portland tipo CEM II de clase resistente 32,5. El cemento a utilizar para la estabilización in situ de suelos y para la fabricación del suelo cemento será del tipo CEM II/A-S-32,5R El cemento a utilizar en las capas de firme definidas, como filler de aportación O _01 Pág. 23

24 de las mezclas bituminosas en caliente será del tipo Cemento CEM II/A-V 32,5R. Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en su artículo Transporte y almacenamiento El cemento será transportado en cisternas presurizadas y dotadas de medios neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los silos de almacenamiento. El cemento se almacenará en uno o varios silos, adecuadamente aislados contra la humedad y provistos de sistemas de filtros. El cemento no llegará a obra excesivamente caliente. Si su manipulación se realizara por medios neumáticos o mecánicos, su temperatura no excederá de setenta grados Celsius (70ºC), y si se realizara a mano, no excederá del mayor de los dos límites siguientes: Cuarenta grados Celsius (40ºC) Temperatura ambiente más cinco grados Celsius (5ºC). Cuando se prevea que puede presentarse el fenómeno de falso fraguado, deberá comprobarse, con anterioridad al empleo del cemento, que éste no presenta tendencia a experimentar dicho fenómeno, realizándose esta determinación según la UNE Excepcionalmente, en obras de pequeño volumen y a juicio del Director de las Obras, para el suministro, transporte y almacenamiento de cemento se podrán emplear sacos de acuerdo con lo indicado al respecto en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya. Se tomarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la legislación vigente en O _01 Pág. 24

25 materia medioambiental, de seguridad laboral, almacenamiento y de transporte. El Director de las Obras podrá comprobar, con la frecuencia que crea necesaria, las condiciones de almacenamiento, así como los sistemas de transporte y trasiego en todo cuanto pudiera afectar a la calidad del material; y de no ser de su conformidad, suspenderá la utilización del contenido del saco, silo o cisterna correspondiente hasta la comprobación de las características que estime convenientes de las exigidas en este artículo, o en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya Suministro e identificación Suministro Para el suministro del cemento será de aplicación lo dispuesto en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya IDENTIFICACIÓN Cada remesa de cemento que llegue a obra irá acompañada de un albarán con documentación anexa conteniendo los datos que se indican en el apartado 9.b) de la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya. Adicionalmente, contendrá también la siguiente información: Resultados de análisis y ensayos correspondientes a la producción a la que pertenezca, según la UNE Fecha de expedición del cemento desde la fábrica. En el caso de proceder el cemento de un centro de distribución se deberá añadir también la fecha de expedición desde dicho centro de distribución Control de calidad Si con el producto se aportara certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo de la homologación de la marca, sello o distintivo de calidad del producto, según lo indicado en el apartado del presente artículo, los criterios descritos a continuación para realizar el control de recepción no serán de aplicación obligatoria, sin perjuicio de las O _01 Pág. 25

26 facultades que corresponden al Director de las Obras. Se comprobará la temperatura del cemento a su llegada a obra Control de recepción Se considerará como lote, que se aceptará o rechazará, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado del presente artículo, en bloque, a la cantidad de cemento del mismo tipo y procedencia recibida semanalmente, en suministros continuos o cuasi continuos, o cada uno de los suministros, en suministros discontinuos. En cualquier caso, el Director de las Obras podrá fijar otro tamaño de lote. De cada lote se tomarán dos (2) muestras, siguiendo el procedimiento indicado en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya; una para realizar los ensayos de recepción y otra para ensayos de contraste que se conservará al menos durante cien (100) días, en un lugar cerrado, donde las muestras queden protegidas de la humedad, el exceso de temperatura o la contaminación producida por otros materiales. Cuando el suministrador de cemento lo solicite, se tomará una tercera muestra para éste. La recepción del cemento se realizará de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 11 de la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)" o normativa que la sustituya Control adicional Una (1) vez cada tres (3) meses y como mínimo tres (3) veces durante la ejecución de la obra, por cada tipo, clase resistente de cemento, y cuando lo especifique el Director de las Obras, se realizarán obligatoriamente los mismos ensayos indicados anteriormente como de recepción. Si el cemento hubiera estado almacenado, en condiciones atmosféricas normales durante un plazo superior a un (1) mes, dentro de los diez (10) días anteriores a su empleo se realizarán, como mínimo, los ensayos de fraguado y resistencia a compresión a tres (3) y siete (7) días sobre una muestra representativa de cada lote de cemento almacenado, sin excluir los terrones que hubieran podido formarse El Director de las Obras definirá los lotes de control del cemento almacenado. En todo caso, salvo O _01 Pág. 26

27 si el nuevo período de fraguado resultase incompatible con las condiciones particulares de la obra, la sanción definitiva acerca de la idoneidad de cada lote de cemento para su utilización en obra vendrá dada por los resultados de los ensayos exigidos a la unidad de obra de la que forme parte. En ambientes muy húmedos, o en condiciones atmosféricas desfavorables o de obra anormales, el Director de las Obras podrá variar el plazo de un (1) mes anteriormente indicado para la comprobación de las condiciones de almacenamiento del cemento Criterios de aceptación y rechazo El Director de las Obras indicará las medidas a adoptar en el caso de que el cemento no cumpla alguna de las especificaciones establecidas en el presente artículo Medición y abono La medición y abono se realizará de acuerdo con lo establecido en los cuadros de precios, del presente proyecto. En acopios, el cemento se abonará por toneladas (t) realmente acopiadas Especificaciones técnicas y distintivos de calidad El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en el presente artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas. Si los referidos productos disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento. El certificado acreditativo de las especificaciones obligatorias de este articulo podrá ser otorgado por las Administraciones públicas competentes en materia de carreteras, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los organismos españoles (públicos y privados) autorizados para realizar tareas de O _01 Pág. 27

28 certificación y/o ensayos en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. ARTÍCULO 211.-BETUNES ASFÁLTICOS Definición Se definen como betunes asfálticos los ligantes hidrocarbonados sólidos o viscosos, preparados a partir de hidrocarburos naturales por destilación, oxidación o "cracking", que contienen una baja proporción de productos volátiles, poseen propiedades aglomerantes características y son esencialmente solubles en sulfuro de carbono Condiciones generales Los betunes asfálticos deberán presentar un aspecto homogéneo y estar prácticamente exentos de agua, de modo que no formen espuma cuando se calienten a la temperatura de empleo. A efectos de aplicación de este artículo, la denominación del tipo de betún asfáltico se compondrá de la letra B seguida de dos números (indicadores del valor mínimo y máximo admisible de su penetración, según la NLT-124) separados por una barra inclinada a la derecha (/), especificándose para su aplicación en carreteras los tipos indicados en la tabla De acuerdo con su denominación, las características de los betunes asfálticos deberán cumplir las especificaciones de la tabla Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995) por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo Transporte y almacenamiento El betún asfáltico será transportado en cisternas calorífugas y provistas de termómetros situados en puntos bien visibles. Las cisternas deberán estar preparadas para poder calentar el betún asfáltico cuando, por cualquier anomalía, la temperatura O _01 Pág. 28

29 de éste baje excesivamente para impedir su trasiego. Asimismo, dispondrán de un elemento adecuado para la toma de muestras. El betún asfáltico se almacenará en uno o varios tanques, adecuadamente aislados entre sí, que deberán estar provistos de bocas de ventilación para evitar que trabajen a presión y que contarán con los aparatos de medida y seguridad necesarios, situados en puntos de fácil acceso. Los tanques deberán ser calorífugos y estar provistos de termómetros situados en puntos bien visibles y dotados de su propio sistema de calefacción, capaz de evitar que, por cualquier anomalía, la temperatura del producto se desvíe de la fijada para el almacenamiento en más de diez grados Celsius (10 ºC). Asimismo, dispondrán de una válvula adecuada para la toma de muestras. Cuando los tanques de almacenamiento no dispongan de medios de carga propios, las cisternas empleadas para el transporte de betún asfáltico estarán dotadas de medios neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los mismos. Cuando se empleen bombas de trasiego serán preferibles las de tipo rotativo a las centrífugas. Todas las tuberías y bombas utilizadas para el trasiego del betún asfáltico, desde la cisterna de transporte al tanque de almacenamiento y de éste al equipo de empleo, deberán estar calefactadas, aisladas térmicamente y dispuestas de modo que se puedan limpiar fácil y perfectamente después de cada aplicación y/o jornada de trabajo. El trasiego desde las cisternas de transporte a los tanques de almacenamiento se realizará siempre por tubería directa. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares establecerá las medidas a tomar para el cumplimiento de la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad laboral, almacenamiento y transporte. El Director de las Obras comprobará, con la frecuencia que crea necesaria, los sistemas de transporte y trasiego y las condiciones de almacenamiento en todo cuanto pudiera afectar a la calidad del material; y de no ser de su conformidad, suspenderá la O _01 Pág. 29

30 utilización del contenido del tanque o cisterna correspondiente hasta la comprobación de las características que estime convenientes, de entre las indicadas en la tabla Control de calidad Si con el producto se aportara certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo de la homologación de la marca, sello o distintivo de calidad del producto, según lo indicado en el apartado del presente artículo, los criterios descritos a continuación para realizar el control de recepción de las cisternas, no serán de aplicación obligatoria, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director de las Obras Control de recepción de las cisternas De cada cisterna de betún asfáltico que llegue a la obra se tomarán dos (2) muestras de, al menos, un kilogramo (1 kg), según la NLT-121, en el momento del trasvase del material de la cisterna al tanque de almacenamiento. Sobre una de las muestras se realizará la determinación de la penetración, según la NLT-124, y la otra se conservará hasta el final del período de garantía. En cualquier caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras podrán fijar otro criterio para el control de recepción de las cisternas Control a la entrada del mezclador Se considerará como lote, que se aceptará o rechazará, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado del presente artículo, en bloque, a la cantidad de cien toneladas (100 t) o fracción diaria de betún asfáltico. En cualquier caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras podrán fijar otro tamaño de lote. De cada lote se tomarán dos (2) muestras de, al menos, un kilogramo (1 kg), según la NLT-121, en algún punto situado entre la salida del tanque de almacenamiento y la entrada del mezclador. Sobre una de las muestras se realizará la determinación de la penetración, según la O _01 Pág. 30

31 NLT-124, y la otra se conservará hasta el final del período de garantía Control adicional Una (1) vez cada mes y como mínimo tres (3) veces, durante la ejecución de la obra, por cada tipo y composición de betún asfáltico, y cuando lo especifique el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, se realizarán los ensayos necesarios para la comprobación de las características especificadas en la tabla Además de lo anteriormente establecido, cuando el Director de las Obras lo considere conveniente, se llevarán a cabo los ensayos necesarios para la comprobación de las características que estime necesarias, de entre las especificadas en la tabla Para los betunes asfálticos que dispongan de una hoja de ensayos suscrita por un laboratorio dependiente del Ministerio de Fomento o un laboratorio acreditado por él, o por otro laboratorio de ensayos u organismo de control o certificación acreditado en un Estado Miembro de la Unión Europea o que sea parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo sobre la base de las prescripciones técnicas correspondientes, se tendrán en cuenta los resultados de los ensayos que se hayan realizado en el correspondiente Estado miembro y no se repetirán innecesariamente los mismos ensayos. Para ello, los laboratorios en cuestión deberán ofrecer unas garantías razonables y satisfactorias en cuanto a su cualificación técnica y profesional y a su independencia (por ejemplo, según la EN 45000). No obstante lo anterior, la presentación de dicha hoja de ensayos no afectará en ningún caso a la realización ineludible de los ensayos de penetración, índice de penetración y punto de fragilidad Fraass Criterios de aceptación o rechazo El Director de las Obras indicará las medidas a adoptar en el caso de que el betún asfáltico no cumpla alguna de las especificaciones establecidas en la tabla Medición y abono La medición y abono del betún asfáltico se realizará según lo indicado para la unidad de obra de la que forme parte. O _01 Pág. 31

32 En acopios, el betún asfáltico se abonará por toneladas (t) realmente acopiadas Especificaciones técnicas y distintivos de calidad El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en el presente artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas, exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas. El certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias establecidas en este artículo podrá ser otorgado por los Organismos españoles públicos y privados autorizados para realizar tareas de certificación en, el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. El alcance de la certificación en este caso, estará limitado a los materiales para los que tales Organismos posean la correspondiente acreditación. Si los productos, a los que se refiere este artículo, disponen de una marca, sello o; distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones técnicas que se exigen en este artículo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté reconocido por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento. ARTÍCULO EMULSIONES BITUMINOSAS Definición Se definen como emulsiones bituminosas las dispersiones de pequeñas partículas de un ligante hidrocarbonado en una solución de agua y un agente emulsionante de carácter aniónico o catiónico, lo que determina la denominación de la emulsión Condiciones generales Las emulsiones bituminosas se fabricarán a base de betún asfáltico -de los definidos en el artículo 211 del presente Pliego- agua, emulsionantes y, en su caso, fluidificantes. O _01 Pág. 32

33 A efectos de aplicación de este artículo, la denominación del tipo de emulsión bituminosa se compondrá de las letras EA o EC, representativas del tipo de emulsionante utilizado en su fabricación (aniónico o catiónico), seguidas de la letra R, M, L o I, según su tipo de rotura (rápida, media o lenta) o que se trate de una emulsión especial para riegos de imprimación, y, en algunos casos, de un guión (-) y el número 1, 2 ó 3, indicador de su contenido de betún residual y, en su caso, de la letra d o b, para emulsiones bituminosas con una menor o mayor penetración en el residuo por destilación, especificándose para su aplicación en carreteras los tipos indicados en las tablas y De acuerdo con su denominación, las características de las emulsiones bituminosas deberán cumplir las especificaciones de la tabla ó Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995) por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9. Se podrá modificar el tipo de emulsión a emplear en cada caso y su cuantía, previa aprobación del Director de obra, basándose en las pruebas que se realicen en obra, manteniéndose el precio de la emulsión que, según su empleo, figura en el Cuadro de Precios del Proyecto Transporte y almacenamiento El Director de las Obras comprobará, con la frecuencia que crea necesaria, los sistemas de transporte y trasiego y las condiciones del almacenamiento en todo cuanto pudiera afectar a la calidad del material; y de no ser de su conformidad, suspenderá la utilización del contenido del bidón, tanque o cisterna correspondiente hasta la comprobación de las características que estime conveniente, de entre las indicadas en las tablas y O _01 Pág. 33

34 O _01 Pág. 34

35 En bidones Los bidones empleados para el transporte de emulsión bituminosa estarán constituidos por una virola de una sola pieza; no presentarán desperfectos ni fugas y su sistema de cierre será hermético. Se evitará la utilización, para emulsiones bituminosas aniónicas, de bidones que hubiesen contenido emulsiones bituminosas catiónicas y viceversa, para lo cual los bidones deberán ir debidamente marcados por el fabricante. Los bidones con emulsión bituminosa se almacenarán en instalaciones donde queden adecuadamente protegidos de la humedad, calor excesivo, de la acción de las heladas, y de la zona de influencia de motores, máquinas, fuegos o llamas En cisternas Las emulsiones bituminosas se podrán transportar en cisternas ordinarias, sin O _01 Pág. 35

36 aislamiento ni sistema de calefacción, incluso en las empleadas normalmente para el transporte de otros líquidos, siempre que antes de su carga estén completamente limpias. Las cisternas dispondrán de un elemento adecuado para la toma de muestras. La emulsión bituminosa transportada en cisternas se almacenará en uno o varios tanques, adecuadamente aislados entre sí, que deberán estar provistos de bocas de ventilación para evitar que trabajen a presión, y que contarán con los aparatos de medida y seguridad necesarios, situados en puntos de fácil acceso. Asimismo, dispondrán de un elemento adecuado para la toma de muestras. Cuando los tanques de almacenamiento no dispongan de medios de carga propios, las cisternas empleadas para el transporte de emulsión bituminosa estarán dotadas de medios neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los mismos. Cuando se empleen bombas de trasiego serán preferibles las de tipo rotativo a las centrífugas. Todas las tuberías y bombas utilizadas para el trasvase de la emulsión bituminosa, desde la cisterna de transporte al tanque de almacenamiento y de éste al equipo de empleo, deberán estar dispuestas de modo que se puedan limpiar fácil y perfectamente después de cada aplicación y/o jornada de trabajo. El trasiego desde las cisternas de transporte a los tanques de almacenamiento se realizará siempre por tubería directa Control de calidad Si con el producto se aportara certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo del reconocimiento de la marca, sello o distintivo de calidad del producto, según lo indicado en el apartado del presente artículo, los criterios descritos a continuación para realizar el control de recepción de las cisternas y bidones, no serán de aplicación obligatoria, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director de las Obras Control de recepción Suministro en bidones O _01 Pág. 36

37 De cada remesa de bidones que llegue a la obra, se seleccionará uno al azar, del cual se tomarán dos (2) muestras de, al menos dos kilogramos (2 kg) según la NLT-121, sobre una de las muestras se realizarán los siguientes ensayos: Carga de partículas, según la NLT-194. Viscosidad Saybolt Furol, según la NLT-138. Contenido de agua, según la NLT-137. Tamizado, según la NLT-142. Y la otra se conservará durante, al menos, quince (15) días para realizar ensayos de contraste si fueran necesarios. En cualquier caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras podrán fijar otro criterio para el control de recepción de los bidones Suministro en cisternas De cada cisterna de emulsión bituminosa que llegue a la obra se tomarán dos (2) muestras de, al menos, dos kilogramos (2 kg), según la NLT-121, en el momento del trasvase del material de la cisterna al tanque de almacenamiento. Sobre una de las muestras se realizarán los siguientes ensayos: Carga de partículas, según la NLT-194. Viscosidad Saybolt Furol, según la NLT-138 Contenido de agua, según la NLT-137 Tamizado, según la NLT-142. Y la otra se conservará durante, al menos, quince (15) días para realizar ensayos de contraste si fueran necesarios. En cualquier caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras podrán fijar otro criterio para el control de recepción de las cisternas Control en el momento de empleo Se considerará como lote, que se aceptará o rechazará, de acuerdo con lo dispuesto O _01 Pág. 37

38 en el apartado del presente artículo, en bloque, a la cantidad de treinta toneladas (30 t) o fracción diaria de emulsión bituminosa, excepto en el caso de emulsiones empleadas en riegos de adherencia, imprimación y curado, en cuyo caso se considerará como lote la fracción semanal. En cualquier caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras podrán fijar otro tamaño de lote. De cada lote se tomarán dos (2) muestras de, al menos, dos kilogramos (2 kg), según la NLT-121, a la salida del tanque de almacenamiento. Sobre una de las muestras se realizarán los siguientes ensayos: Carga de partículas, según la NLT-194. Viscosidad Saybolt Furol, según la NLT-138. Contenido de agua, según la NLT-137. Tamizado, según la NLT-142. Y la otra se conservará durante, al menos, quince (15) días para realizar ensayos de contraste si fueran necesarios Control adicional Una (1) vez cada mes y como mínimo tres (3) veces, durante la ejecución de la obra, por cada tipo y composición de emulsión bituminosa, y cuando lo indique el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, se realizarán los ensayos necesarios para la comprobación de las características reseñadas en las tablas y Si la emulsión bituminosa hubiese estado almacenada, en condiciones atmosféricas normales, durante un plazo superior a quince (15) días, antes de su empleo, se realizarán, como mínimo, sobre dos (2) muestras, una de la parte superior y otra de la inferior del depósito de almacenamiento, el ensayo de tamizado, según la norma NLT- 142 y el ensayo de contenido de betún asfáltico residual según la norma NLT-139. Si no cumpliera lo establecido para esta característica, se procederá a su homogeneización y realización de nuevos ensayos, o a su retirada. En condiciones atmosféricas desfavorables o de obra anormales, el Director de las O _01 Pág. 38

39 Obras podrá disminuir el plazo de quince (15) días, anteriormente indicado, para la comprobación de las condiciones de almacenamiento de la emulsión bituminosa. Además de lo anteriormente establecido, cuando el Director de las Obras lo considere conveniente, se llevarán a cabo los ensayos necesarios para la comprobación de las características que estime necesarias, de entre las especificadas en las tablas y 213.2, Para las emulsiones bituminosas que dispongan de una hoja de ensayos suscrita por un laboratorio dependiente del Ministerio de Fomento o un laboratorio acreditado por él, o por otro laboratorio de ensayos u organismo de control o certificación acreditado en un Estado Miembro de la Unión Europea o que sea parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo sobre la base de las prescripciones técnicas correspondientes, se tendrán en cuenta los resultados de los ensayos que se hayan realizado en el correspondiente Estado miembro y no se repetirán innecesariamente los mismos ensayos. Para ello, los laboratorios en cuestión deberán ofrecer unas garantías razonables y satisfactorias en cuanto a su cualificación técnica y profesional y a su independencia (por ejemplo, según la EN 45000). No obstante lo anterior, la presentación de dicha hoja de ensayos no afectará en ningún caso a la realización ineludible de los ensayos de carga de las partículas, viscosidad Saybolt Furol, contenido de agua y tamizado Criterios de aceptación o rechazo El Director de las Obras indicará las medidas a adoptar en el caso de que la emulsión bituminosa no cumpla alguna de las especificaciones establecidas en las tablas ó Medición y abono La medición y abono se realizará de acuerdo con lo establecido en los cuadros de precios, del presente proyecto. En acopios, la emulsión bituminosa se abonará por toneladas (t) realmente acopiadas. ARTÍCULO BARRAS CORRUGADAS PARA HORMIGÓN ESTRUCTURAL O _01 Pág. 39

40 Definición Se denominan barras corrugadas para hormigón estructural aquellos productos de acero de forma sensiblemente cilíndrica que presentan en su superficie resaltos o estrías con objeto de mejorar su adherencia al hormigón. Los distintos elementos que conforman la geometría exterior de estas barras (tales como corrugas, aletas y núcleo) se definen según se especifica en la UNE La designación simbólica de estos productos se hará de acuerdo con lo indicado en la UNE Materiales Las características de las barras corrugadas para hormigón estructural cumplirán con las especificaciones indicadas de la vigente Instrucción de hormigón estructural (EHE) o normativa que la sustituya, así como en la UNE La tipología a utilizar en el presente proyecto se presenta a continuación: Aceros B 500 S, de límite elástico superior a 500 N/mm², con una carga unitaria en rotura superior a 550 N/mm², con un alargamiento de rotura en % sobre base de 5 diámetros no menor que 12 y una relación f s /f y en ensayo no menor que 1,05. El módulo de elasticidad será siempre superior a dos millones cien mil kilopondios por centímetro cuadrado (2,1 x 106 Kp/cm²). Las barras serán aptas para el soldeo. La marca indeleble de identificación se realizará de acuerdo con las indicaciones de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) o normativa que la sustituya Suministro La calidad de las barras corrugadas estará justificada por el fabricante a través del Contratista de acuerdo con lo indicado en el apartado 31.5 de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) o normativa que la sustituya. La garantía de calidad de las barras corrugadas será exigible en cualquier circunstancia al Contratista adjudicatario de las obras. La Dirección General de Carreteras reconoce como distintivos que aseguran el O _01 Pág. 40

41 cumplimiento de los requisitos reglamentarios establecidos por la Instrucción de hormigón estructural (EHE) o normativa que la sustituya, aquellos reconocidos por el Ministerio de Fomento Almacenamiento Serán de aplicación las prescripciones recogidas en la vigente Instrucción de hormigón estructural (EHE) o normativa que la sustituya Recepción Para efectuar la recepción de las barras corrugadas será necesario realizar ensayos de control de calidad de acuerdo con las prescripciones recogidas en la vigente Instrucción de hormigón estructural (EHE) o normativa que la sustituya. Serán de aplicación las condiciones de aceptación o rechazo de los aceros indicados en la vigente Instrucción de hormigón estructural (EHE) o normativa que la sustituya. El Director de las obras podrá, siempre que lo considere oportuno, identificar y verificar la calidad y homogeneidad de los materiales que se encuentren acopiados Medición y abono La medición y abono se realizará de acuerdo a lo establecido en los cuadros de precios, del presente proyecto. En acopios, las barras corrugadas para hormigón estructural se abonarán por kilogramos (kg) realmente acopiados, medidos por pesada directa en báscula contrastada. ARTÍCULO MALLAS ELECTROSOLDADAS Definición Se denominan mallas electrosoldadas a los productos de acero formados por dos sistemas de elementos que se cruzan entre sí ortogonalmente y cuyos puntos de contacto están unidos mediante soldadura eléctrica, según un proceso de producción en serie en instalaciones fijas. O _01 Pág. 41

42 Los diámetros nominales de los alambres corrugados que forman las mallas electrosoldadas se ajustarán a la serie siguiente: 5; 5,5; 6; 6,5; 7; 7,5; 8; 8,5; 9; 9,5; 10;10,5; 11; 11,5; 12 y 14 mm La designación de las mallas electrosoldadas se hará de acuerdo con lo indicado en la UNE Materiales Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación, en aplicación de la Directiva 89/106 CE. En particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en el artículo 9 del mencionado Real Decreto. Los elementos que componen las mallas electrosoldadas pueden ser barras corrugadas o alambres corrugados. Ambas cumplirán las especificaciones correspondientes de la vigente «Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)» o normativa que la sustituya Los alambres y barras corrugadas no presentarán defectos superficiales, grietas ni sopladuras. La sección equivalente de los alambres y barras corrugados no será inferior al noventa y cinco y medio por ciento (95,5%) de su sección nominal. Las características de las mallas electrosoldadas cumplirán con lo indicado en la vigente «Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)» o normativa que la sustituya, así como con las especificaciones de la UNE La marca indeleble de identificación se realizará de acuerdo con las indicaciones de la vigente «Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)» o normativa que la sustituya Suministro Cada paquete debe llegar al punto de suministro con una etiqueta de identificación conforme a lo especificado en la norma UNE 36092, de acuerdo con lo especificado en la vigente «Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)» o normativa que la sustituya. La calidad de las mallas electrosoldadas está garantizada por el fabricante a través del O _01 Pág. 42

43 Contratista de acuerdo con lo indicado en la vigente «Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)» o normativa que la sustituya. La garantía de calidad de las mallas electrosoldadas será exigible en cualquier circunstancia al Contratista adjudicatario de las obras Almacenamiento Serán de aplicación las prescripciones recogidas en la vigente «Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)» o normativa que la sustituya Recepción Para efectuar la recepción de las mallas electrosoldadas será necesario realizar ensayos de control de calidad de acuerdo con las prescripciones recogidas la vigente «Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)» o normativa que la sustituya. Serán de aplicación las condiciones de aceptación o rechazo de los aceros indicados en la vigente «Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)» o normativa que la sustituya. El Director de las Obras podrá, siempre que lo considere oportuno, identificar y verificar la calidad y homogeneidad de los materiales que se encuentren acopiados Medición y abono La medición y abono se realizará de acuerdo a lo establecido en los cuadros de precios, del presente proyecto. En acopios, las mallas electrosoldadas se abonarán por kilogramos (kg) realmente acopiados, medidos por pesada directa en báscula contrastada. ARTÍCULO ACERO ESTRUCTURAL Tanto en perfiles laminados como en chapas se utilizará acero laminado en caliente S275 JR, de 410 N/mm² de carga de rotura y 275 N/mm² de límite elástico. Todo perfil laminado llevará las siglas de la fábrica, marcadas a intervalos, en relieve producido con los rodillos de laminación. Los demás productos irán marcados con las O _01 Pág. 43

44 siglas de la fábrica mediante procedimiento elegido por el fabricante. Los productos de acero laminado se atendrán a lo estipulado en las normas UNEEN y a la DB SE-A Seguridad Estructural: Acero. Los certificados serán del tipo 3.1.c según EN ARTÍCULO TUBERÍAS DE PVC, POLIETILENO, FUNDICIÓN Y/O ACERO Las tuberías de polietileno, P.V.C., fundición dúctil y acero de los diámetros y timbrajes indicados en planos tanto ellas como los elementos necesarios para su montaje, serán adquiridas de fabricantes de absoluta solvencia y garantía y entre las de mejor calidad del mercado. Estas tuberías se ajustarán en cuanto a materiales y pruebas a lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de saneamiento. Todas las tuberías llevarán, como mínimo, las marcas distintivas siguientes, realizadas por cualquier procedimiento que asegure su duración permanente: Marca de fábrica, Diámetro nominal, Presión normalizada en Kg/cm3., sello de calidad y marca de identificación, que permita encontrar la fecha de fabricación y modalidades de las pruebas de recepción y entrega Tuberías de polietileno El polietileno para la fabricación de estas tuberías, se obtendrá por polimerización del etileno: Tuberías de polietileno de alta densidad, definido en la Norma UNE-EN 12201:03. Para la protección contra el envejecimiento, se adiciona en fábrica negro de humo (del 2 al 3%) en partículas muy finas y perfectamente disperso en la masa y material antioxidante (menos del 0,3%). Las uniones se realizarán mediante accesorios inyectados, manguitos electrosoldados o mediante soldadura a tope, producida básicamente por calentamiento de los extremos de las tuberías a unir, mediante una placa calentada previamente a elevada temperatura (210º 10ºC), para conseguir la fusión de las superficies a unir, previo O _01 Pág. 44

45 refrendado y limpieza de los extremos de los tubos. Durante el contacto de las tuberías con la placa calefactora, se mantendrán éstos con presión el tiempo necesario para que se forme una rebaja uniforme de material fundido en toda su circunferencia. Una vez retirada la placa calefactora, y realizada la unión entre las caras del tubo fundidas, se aplicarán a éstos, una presión entre 1,5 y 2 Kg/cm2. hasta su enfriamiento Tuberías de PVC Las tuberías de policloruro de vinilo (P.V.C.), se fabrican a partir de resinas de P.V.C., lubricantes, colorantes y estabilizantes, estando exentas de plastificantes y cargas. Los accesorios se obtienen por inyección de la materia prima en moldes metálicos. Este tipo de tubos, está descrito en la Norma UNE-EN 1452, que define las características, dimensiones y métodos de ensayos. La unión de los tubos, que se presentan en longitud de seis metros, se realizará con junta formada por anillo de caucho-butilo, alojada en una cajera dispuesta en la capa del tubo; o mediante encolado de los mismos con adhesivos aptos de tetrahidrofurano. Los tubos serán de impacto normal, de acuerdo con la recomendación ISO 5/6 nº Tuberías de PVC de orientación molecular Las tuberías de policloruro de vinilo (P.V.C.) de orientación molecular, se fabrica mediante termoconfortación de un tubo inicial de P.V.C. sometido a presión no inferior a 25 atm. En la fase de fabricación existen dos fases diferenciadas: la fase de extrusión y la fase de orientación. En la fase de extrusión se fabrica un tubo de P.V.C. con un diámetro inferior al nominal y espesor mayor del tubo acabado. En la fase de orientación el tubo se introduce en un molde especial cuyo diámetro interno coincide con el diámetro nominal. Dentro del molde el tubo inicial es calentado hasta alcanzar una temperatura apropiada de conformado, momento en el cual es sometido por su interior a una determinada presión que provoca que el tubo se hinche hasta adaptarse a la pared interna del molde. O _01 Pág. 45

46 Los accesorios se obtienen por inyección de la materia prima en moldes metálicos. Este tipo de tubos, está descrito en la Norma UNE-EN.1452, que define las características, dimensiones y métodos de ensayos. La unión de los tubos, que se presentan en longitud de seis metros, se realizará con junta formada por anillo de caucho-butilo, alojada en una cajera dispuesta en la capa del tubo; o mediante encolado de los mismos con adhesivos aptos de tetrahidrofurano. Los tubos cumplirán con la normativa ISO DIS Tuberías de fundición Son tuberías de aleación hierro-carbono (2,5 a 4% de carbono) de segunda fusión, que además de cumplir las condiciones fijadas para las piezas de fundición, en general, deberán cumplir las siguientes condiciones: Se empleará fundición dúctil para su fabricación, la protección interior de esta tubería, se realizará mediante un revestimiento centrifugado de mortero de cemento, mientras que la protección exterior se consigue mediante el extendido de una o dos capas de minio de plomo con barniz de resina sintética y acabado con una capa de pintura de alquitrán. Los tubos serán de los llamados de enchufe y cordón, y la estanqueidad se logra por medio del anillo de caucho que se sitúa en el interior de la copa. Cuando se tengan que cortar tubos, la unión de éstos, se realizará mediante unión GIBAULT. Se desecharán, sin realizar ninguna prueba, los tubos que acusen imperfecciones tapadas con plomo, mastic o cualquier otra substancia. No se admitirán tubos fundidos con inclinación menor de cuarenta y cinco (45º) grados, excepto los fabricados por centrifugación Tuberías de acero Son tubería de aleación hierro carbono (0,10 a 1,76% de Carbono) forjable. Los tubos estarán fabricados sin soldadura, su clasificación y normalización están indicadas en las Normas DIN Y O _01 Pág. 46

47 ARTÍCULO AGUA A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES Definición Se denomina agua para emplear en el amasado o en el curado de morteros y hormigones, tanto a la natural como a la depurada, sea o no potable, que cumpla los requisitos que se señalan en el apartado del presente artículo Equipos Con la maquinaria y equipos utilizados en el amasado deberá conseguirse una mezcla adecuada de todos los componentes con el agua Criterios de aceptación y rechazo En general, podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de morteros y hormigones, todas las aguas que la práctica haya sancionado como aceptables. En los casos dudosos o cuando no se posean antecedentes de su utilización, las aguas deberán ser analizadas. En ese caso, se rechazarán las aguas que no cumplan alguno de los requisitos indicados en el artículo 27 de la vigente Instrucción de hormigón estructural (EHE) o normativa que la sustituya, salvo justificación especial de que su empleo no altera de forma apreciable las propiedades exigibles a los morteros y hormigones con ellas fabricados Recepción El control de calidad de recepción se efectuará de acuerdo con la vigente Instrucción de hormigón estructural (EHE) o normativa que la sustituya. El Director de las obras exigirá la acreditación documental del cumplimiento de los criterios de aceptación y, si procede, la justificación especial de inalterabilidad mencionada en el apartado de este artículo Medición y abono La medición y abono se realizará de acuerdo a lo establecido en los cuadros de O _01 Pág. 47

48 precios, del presente proyecto. ARTÍCULO MADERA Condiciones generales La madera que se haya de emplear en la obra, tanto en encofrados, cimbras, andamios y demás medios auxiliares, como en obras definitivas, reunirá las condiciones siguientes: Procederá de troncos sanos, apeados en sazón y deberá haber sido desecada al aire, protegida del sol y de la lluvia, durante un período mayor de dos años. No presentará signo alguno de carcoma, putrefacción o ataque de hongos, y estará exenta de grietas, hendiduras, manchas o cualquier otro defecto que perjudique su solidez. En particular, contendrá el menor número posible de nudos los que, en todo caso, tendrán un diámetro inferior a la séptima parte de la menor dimensión de la pieza. Tendrá sus fibras rectas y no reviradas, paralelas a la mayor dimensión de la pieza y presentará anillos anuales de aproximada regularidad, así como dará sonido claro por percusión. La madera para entibaciones y apeos será siempre de álamo negro en puntales. La tabla podrá ser también de eucalipto Forma y dimensiones La forma y las dimensiones de la madera a emplear en medios auxiliares y carpintería de armar serán las señaladas en los Planos del Proyecto, y en su defecto las adecuadas para garantizar su resistencia y cubrir el posible riesgo de accidentes. La madera de construcción escuadrada será madera de sierra, de aristas vivas y llanas Medición y abono La medición y abono se efectuará según lo indicado en la unidad de obra de que forma parte. O _01 Pág. 48

49 ARTÍCULO ÁRIDOS PARA MORTEROS Y HORMIGONES Los áridos para morteros y hormigones deberán cumplir las condiciones especificadas en la EHE Instrucción de Hormigón Estructural de la vigente en la fecha de ejecución de las obras. Han de ser suficientemente consistentes, resistirán los agentes atmosféricos sin quebrantarse o descomponerse. Por lo tanto, no deben emplearse áridos, tales como los procedentes de rocas blandas, friables, porosas, etc, ni los que contengan nódulos de pirita, de yeso, compuestos ferrosos, arcilla, polvo, mica, materia orgánica u otras impurezas. Se define por "arena" o "árido fino" el árido o fracción del mismo que pasa por un tamiz de malla de cinco (5) milímetros de luz (tamiz UNE-7.050); por "grava" o "árido grueso", el que resulta retenido por dicho tamiz, y por árido total, aquel que, de por sí o por mezcla, posee las proporciones de arena o grava adecuadas para fabricar el hormigón necesario en el caso particular que se considere. La humedad superficial de la arena deberá permanecer constante, por lo menos en cada jornada de trabajo, debiendo tomar el Contratista las disposiciones necesarias para conseguirlo; así como los medios para poder determinar en obra su valor, de un modo rápido y eficiente. El tamaño máximo del árido grueso no debe exceder a un cuarto (1/4) de la dimensión mínima de la estructura hormigonada ni a los cinco sextos (5/6) de la distancia libre horizontal entre las barras de la armadura. Estos podrán proceder de depósitos o graveras naturales o canteras. El contratista presentará al Ingeniero Director para su aprobación expresa relación de las canteras y depósitos naturales que piensa utilizar, asimismo deberá someter a la aprobación del Ingeniero Director un proyecto de la instalación de extracción, trituración y clasificación de áridos a instalar, si esto fuera necesario. ARTÍCULO PINTURAS Las superficies que vayan a pintarse se limpiarán cuidadosamente, eliminando todo rastro de suciedad, óxido, etc. de tal forma que queden totalmente limpias y secas. O _01 Pág. 49

50 El pintado no se ejecutará al aire libre en tiempo de heladas, nieve o lluvia, ni cuando debido al grado de humedad se prevean condensaciones. Entre la limpieza y la aplicación de la capa de imprimación debe transcurrir el menor tiempo posible, y nunca más de ocho horas. Entre la aplicación de la imprimación y la pintura o entre diferentes capas de pintura, deberán transcurrir un mínimo de 36 horas. Las superficies que hayan de quedar en contacto con la estructura, con los tornillos o hayan de soldarse no se pintarán en nunca antes de ejecutar la unión, y siempre se imprimarán y pintarán una vez ejecutada ésta. Pintura en elementos sin resistencia al fuego. Dos capas de imprimación anticorrosiva fosfatante, exenta de plomo y cromatos, según especificación INTS. El espesor mínimo de cada película seca será de 35 micras. Dos capas de acabado de pintura alcídica según INTA de distinto color, con un espesor mínimo de película seca en cada capa de 30 micras. Pintura en elementos resistentes al fuego. Dos capas de imprimación de resina epoxi con fosfato de zinc según UNE de clase M1 según UNE Dos capas de acabado de pintura intumescente según UNE-ENV , de espesor función de las características de la pintura y de la resistencia al fuego requerida. ARTÍCULO CERCOS, REJILLAS Y TAPAS DE FUNDICIÓN Definición Las piezas de fundición para cercos y tapas, serán de segunda fusión. La fractura presentará grano fino y homogéneo y deberán ser tenaces y duras, pudiendo sin embargo, ser trabajadas con la lima y buril. No presentarán bolsas de aire, huecos o fisuras que perjudiquen su resistencia y acabado. La resistencia mínima a la tracción será de quince kilogramos por milímetro cuadrado (15 Kg/mm2) Medición y abono O _01 Pág. 50

51 Los cercos, rejillas y tapas de fundición serán abonados conforme a las unidades de obra de las que forman parte. O _01 Pág. 51

52 PARTE III.- UNIDADES BÁSICAS ARTÍCULO DEMOLICIONES Definición y alcance Se define como demolición la operación de derribo de las construcciones o elementos constructivos de cualquier tipo, que obstaculicen la construcción de la obra o aquellos otros que sea necesario hacer desaparecer para dar por terminada la ejecución de la misma, incluso los trabajos de preparación y protección, la retirada de los materiales resultantes a vertedero o a su lugar de empleo o acopio definitivo o provisional, con independencia de la distancia a los mismos. Comprende la demolición de todo tipo de construcciones y firmes independientemente de su espesor y cuantía de armaduras, así como la de sus cimentaciones Clasificación En la realización de esta unidad se emplearán medios exclusivamente mecánicos, por lo que la demolición se clasifica como "Demolición por fragmentación mecánica" Ejecución de las obras Las operaciones de demolición se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes, informando sobre el particular al Director de la Obra, quien designará los elementos que haya que conservar intactos para su aprovechamiento posterior así como las condiciones para el transporte y acopio de los mismos a la vista de la propuesta del Contratista. Al finalizar la jornada de trabajo no deberán quedar elementos de la obra en estado inestable o peligroso. En el caso de demoliciones de firme, todo el material se transportará a vertedero salvo indicación del Director de Obra que puede decidir sobre su reutilización Medición y abono El abono se realizará a los precios correspondientes de las unidades de obra que O _01 Pág. 52

53 figuran en los Cuadros de Precios, para los diferentes tipos de elementos: firme de hormigón, firme flexible, bordillos Todos precios incluyen la retirada de los productos resultantes de la demolición a Gestor Autorizado o lugar de acopio o empleo, y cuantas operaciones o medidas auxiliares se requieran para la completa ejecución de esta unidad. El eventual corte del pavimento con radial será abonado de forma independiente. ARTÍCULO EXCAVACIÓN EN ZANJAS Y POZOS Definición y alcance Consiste en la excavación efectuada desde la superficie del terreno natural o modificado por la excavación en todo tipo de terreno, para abrir zanjas o pozos necesarios para la ejecución de las canalizaciones o la construcción de pequeñas obras de fábrica, incluidos los pasos salvacunetas y emplazamiento y cimientos de cualquier obra propia de este proyecto, y el consiguiente transporte de los productos removidos a depositar en el lugar de empleo o a vertedero autorizado por el Ingeniero Director según lo establecido en el artículo 321 del PG-3 (ORDEN FOM 1382/02) Clasificación de las excavaciones Se considera que todos los terrenos tienen el mismo tratamiento indeterminado, por lo que la excavación se considera como no clasificada Ejecución de las obras Principios generales El Contratista notificará al Director de las Obras, con la antelación suficiente, el comienzo de cualquier excavación, a fin de que éste pueda efectuar las mediciones necesarias sobre el terreno inalterado. El terreno natural adyacente al de la excavación no se modificará ni removerá sin autorización del Director de las Obras. Una vez efectuado el replanteo de las zanjas o pozos, el Director de las Obras autorizará la iniciación de las obras de excavación. La excavación continuará hasta llegar a la profundidad señalada en el Proyecto y obtenerse una superficie firme y O _01 Pág. 53

54 limpia a nivel o escalonada, según se ordene. No obstante, el Director de las Obras podrá modificar tal profundidad si, a la vista de las condiciones del terreno, lo estima necesario a fin de asegurar una cimentación satisfactoria. Se vigilarán con detalle las franjas que bordean la excavación, especialmente si en su interior se realizan trabajos que exijan la presencia de personas. También estará obligado el Contratista a efectuar la excavación de material inadecuado para la cimentación, y su sustitución por material apropiado, siempre que se lo ordene el Director de las Obras. La tierra vegetal que se encuentre en las excavaciones, y que no se hubiera extraído en el desbroce, se removerá de acuerdo con lo que, al respecto, se señale en el Proyecto y con lo que especifique el Director de las Obras, en concreto, en cuanto a la extensión y profundidad que debe ser retirada. Se acopiará para su utilización posterior en protección de taludes o superficies erosionables, o donde ordene el Director de las Obras o indique el Proyecto. La tierra vegetal extraída se mantendrá separada del resto de los productos excavados. La retirada, acopio y disposición de la tierra vegetal se realizará cumpliendo las prescripciones del apartado del PG-3, y el lugar de acopio deberá ser aprobado por el Director de las Obras. Se tomarán las precauciones necesarias para impedir la degradación del terreno de fondo de excavación en el intervalo de tiempo que medie entre la excavación y la ejecución de la cimentación u obra de que se trate. Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción. Al realizar la excavación se tendrá especial cuidado en que la tierra vegetal no se mezcle en ningún momento con el resto del material excavado, cuando éste sea utilizable para su posterior empleo en terraplenes. Los materiales procedentes de la excavación que incluyen restos del antiguo firme o tierra vegetal serán transportados a vertedero. Tras la ejecución de la excavación, se procederá al replanteo de la generatriz inferior O _01 Pág. 54

55 del tubo a instalar, lo que permitirá que se garantice la rasante teórica de la conducción. Para el replanteo de este, se materializarán los puntos necesarios para la ejecución de las obras, pudiendo el Director de las obras exigir el incremento en la densidad de puntos materializados. El coste del replanteo indicado se encuentra incluido dentro de las diferentes unidades de excavación, relleno y colocación de tuberías, no siendo por tanto objeto de abono independiente Drenaje Cuando aparezca agua en las zanjas o pozos que se están excavando, se utilizarán los medios e instalaciones auxiliares necesarias para agotarla. El agotamiento desde el interior de una cimentación deberá ser hecho de forma que no provoque la segregación de los materiales que han de componer el hormigón de cimentación, y en ningún caso se efectuará desde el interior del encofrado antes de transcurridas veinticuatro horas desde el hormigonado. El Contratista someterá a la aprobación del Director de las Obras los planos de detalle y demás documentos que expliquen y justifiquen los métodos de construcción propuestos Taludes En el caso de que los taludes de las zanjas o pozos, ejecutados de acuerdo con los planos y órdenes del Director de las Obras, resulten inestables y, por tanto, den origen a desprendimientos antes de la recepción de las obras, el Contratista eliminará los materiales desprendidos Limpieza del fondo Los fondos de las excavaciones se limpiarán de todo el material suelto o flojo y sus grietas y hendiduras se rellenarán adecuadamente. Asimismo, se eliminarán todas las rocas sueltas o desintegradas y los estratos excesivamente delgados. Cuando los cimientos apoyen sobre material cohesivo, la excavación de los últimos treinta centímetros (30 cm) no se efectuará hasta momentos antes de construir aquéllos, y previa autorización del Director de las Obras. O _01 Pág. 55

56 Empleo de los productos de excavación Los productos procedentes de las excavaciones que, según las exigencias del artículo 330 del PG-3 puedan utilizarse en rellenos se transportarán al lugar de empleo. Los materiales no adecuados para su empleo en terraplén de la carretera, han de llevarse a vertedero o a los lugares que expresamente indique el Director de las Obras. El sistema de excavación será el adecuado en cada caso a las condiciones geológicogeotécnicas del terreno, evitando asimismo las posibles incidencias que la ejecución de esta unidad provoque en edificios o instalaciones próximas, debiendo emplearse las más apropiadas previa aprobación del Director de las obras Excesos inevitables Los sobreanchos de excavación necesarios para la ejecución de la obra que no estén contemplados en el Proyecto, serán, en su defecto, aprobados, por el Director de las Obras Tolerancias de las superficies acabadas El fondo y paredes laterales de las zanjas y pozos terminados tendrán la forma y dimensiones exigidas en los Planos, con las modificaciones debidas a los excesos inevitables autorizados, y deberán refinarse hasta conseguir una diferencia inferior a cinco centímetros (5 cm) respecto de las superficies teóricas. Las sobreexcavaciones no autorizadas deberán rellenarse de acuerdo con las especificaciones definidas por el Director de las Obras, no siendo esta operación de abono independiente Medición y abono La excavación en zanjas o pozos se abonará por metros cúbicos (m3) deducidos a partir de las secciones en planta y de la profundidad ejecutada. Se abonarán los excesos autorizados e inevitables. O _01 Pág. 56

57 El precio incluye, el agotamientos, transportes de productos a vertedero, posibles cánones, y el conjunto de operaciones y costes necesarios para la completa ejecución de la unidad, salvo las entibaciones requeridas, que serán abonadas de forma independiente. No serán de abono los excesos de excavación no autorizados, ni el relleno necesario para reconstruir la sección tipo teórica, por defectos imputables al Contratista, ni las excavaciones y movimientos de tierra considerados en otras unidades de obra. ARTÍCULO ENTIBACIONES Definición Se define como entibaciones en zanjas y pozos la construcción provisional de madera, acero o mixta que sirve para sostener el terreno y evitar desprendimientos y hundimientos en las excavaciones en zanja y en pozo durante su ejecución, hasta la estabilización definitiva del terreno mediante las obras de revestimiento o de relleno del espacio excavado Materiales La madera sólo se empleará para entibación en el sistema berlinés (perfiles HEB clavados al terreno separados una distancia máxima de 2,00 metros y tablones horizontales de no menos de 7 cm de grosor) y deberá cumplir las condiciones que establece el art. 286 del PG-3/75. El acero empleado cumplirá las especificaciones que para tal material se desarrollan en el apartado correspondiente del presente pliego. La Dirección Técnica podrá exigir el empleo de blindajes ligeros de aluminio o acero en alturas de zanja superiores a los 2,00 m, y de cajones de blindaje tipo Robust Box o similar en alturas superiores a 3,00 m. Entendiendo por blindajes ligeros los sistemas modulares de entibación cuajada de manejo manual o con pequeñas máquinas. El segundo sistema, similar al primero, se diferencia de éste por requerir medios relativamente potentes para su manejo y ofrecer una elevada resistencia a los empujes del terreno. O _01 Pág. 57

58 Ejecución El Contratista estará obligado a efectuar las entibaciones de zanjas y pozos que sean necesarias para evitar desprendimientos del terreno, sin esperar indicaciones u órdenes de la Dirección Técnica, siempre que por las características del terreno la profundidad de la excavación o las condiciones meteorológicas lo considerase procedente para la estabilidad de la excavación y la seguridad de las personas, o para evitar excesos de excavación inadmisibles, según lo establecido en este Pliego. La elección del tipo de entibación se realizará según la norma NTE-ADZ. El Contratista presentará a la Dirección Técnica los planos y cálculos justificativos de las entibaciones a realizar, con una antelación no inferior a treinta (30) días de su ejecución. Aunque la responsabilidad de las entibaciones es exclusiva del Contratista, la Dirección Técnica podrá ordenar el refuerzo o modificación de las entibaciones proyectadas por el Contratista, en el caso en que aquélla lo considerase necesario, debido a las hipótesis del empuje del terreno insuficientes, a excesivas cargas de trabajo en los materiales de la entibación o a otras consideraciones justificadas. El Contratista será responsable, en cualquier caso, de los perjuicios que se deriven de la falta de entibación, de sostenimientos y de su incorrecto cálculo o ejecución. La Dirección Técnica podrá ordenar la ejecución de entibaciones o el refuerzo de las previstas o ejecutadas por el Contratista siempre que lo estime necesario y sin que por esas órdenes de la Dirección Técnica hayan de modificarse las condiciones económicas fijadas en el Contrato. La ejecución de entibaciones será realizada por operarios de suficiente experiencia y dirigida por un técnico que posea los conocimientos y la experiencia adecuada al tipo e importancia de los trabajos de entibación a realizar en la obra. No se permitirá realizar otros trabajos que requieran el paso de personas por el sitio donde se efectúan las entibaciones. En ningún caso se permitirá que los operarios se sitúen dentro del espacio limitado por el trasdós de la entibación y el terreno. En ningún caso se permitirá que los elementos constitutivos de las entibaciones se utilicen para el acceso del personal ni para el apoyo de pasos sobre la zanja. El borde superior de la entibación se elevará por encima de la superficie del terreno como O _01 Pág. 58

59 mínimo 10 cm. El Contratista está obligado a mantener una permanente vigilancia del comportamiento de las entibaciones y a reforzarlas o sustituirlas en caso necesario Medición y abono El abono se realizará a los precios correspondientes de las unidades de obra que figuran en los Cuadros de Precios. Los precios incluyen la completa ejecución de la entibación, tanto su colocación como desmontaje así como estancia en obra y traslado y las medidas auxiliares que se requieran para la completa ejecución de esta unidad. ARTÍCULO RELLENOS LOCALIZADOS Definición Esta unidad consiste en la extensión y compactación de suelos, procedentes de excavaciones o préstamos, en relleno de zanjas, trasdós de obras de fábrica, cimentación o apoyo de estribos o cualquier otra zona, que por su reducida extensión, compromiso estructural u otra causa no permita la utilización de los mismos equipos de maquinaria con que se lleva a cabo la ejecución del resto del relleno, o bien exija unos cuidados especiales en su construcción. En la dirección longitudinal de la calzada soportada, los rellenos localizados de trasdós de obra de fábrica, "cuñas de transición", tendrán una longitud mínima de al menos diez metros (10 m) desde el trasdós de la obra de fábrica. Caso de existir losa de transición, dicha longitud mínima habrá de ser además superior a dos (2) veces la dimensión de la losa en la referida dirección longitudinal. A partir de dicha dimensión mínima, la transición entre el relleno localizado y el relleno normal tendrá, siempre en la dirección longitudinal de la calzada soportada, una inclinación máxima de 1V/2H Zonas de los rellenos En los rellenos localizados que formen parte del relleno de las zanjas, se establecerá la diferenciación de materiales marcada en los planos de secciones tipo. O _01 Pág. 59

60 Previo al extendido de la capa inferior de arena, se procederá al saneo del fondo de forma que se garanticen los espesores mínimos del material. Posteriormente se procederá al vertido de la cama de arena sobre la que asentará el tubo. Para garantizar la rasante, antes de la colocación de la tubería, se procederá al replanteo de la cama de arena, para lo que se procederá, si fuese preciso, al estaquillado de puntos de referencia. La densidad de esos puntos de referencia será la suficiente como para garantizar la rasante conforme a los longitudinales del proyecto. Tras la colocación del tubo, se continuará con el relleno de la zanja Materiales Los materiales a emplear en el relleno de zanjas serán los indicados en los planos correspondientes, y contarán previamente con la autorización expresa del Director de las Obras. Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción Equipo necesario para la ejecución de las obras Los equipos de extendido, humectación y compactación serán los apropiados para garantizar la ejecución de la obra de acuerdo con las exigencias del presente Pliego y las indicaciones del Director de las Obras Ejecución de las obras Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción Preparación de la superficie de asiento de los rellenos localizados En las zonas de ensanche o recrecimiento de antiguos rellenos se prepararán éstos a fin de conseguir su unión con el nuevo relleno. Las operaciones encaminadas a tal objeto serán las indicadas por el Director de las Obras. O _01 Pág. 60

61 Si el material procedente del antiguo talud, cuya remoción sea necesaria, es del mismo tipo que el nuevo y cumple las condiciones exigidas para la zona de relleno de que se trate, se mezclará con el del nuevo relleno para su compactación simultánea; en caso contrario, el Director de las Obras decidirá si dicho material debe transportarse a vertedero. Cuando el relleno haya de asentarse sobre un terreno en el que existan corrientes de agua superficial o subálvea, se desviarán las primeras y captarán y conducirán las últimas fuera del área donde vaya a construirse el relleno antes de comenzar la ejecución. Estas obras, que tendrán el carácter de accesorias, se ejecutarán con arreglo a las instrucciones del Director de las Obras. Salvo en el caso de zanjas de drenaje, si el relleno hubiera de construirse sobre terreno inestable, turba o arcilla blanda, se asegurará la eliminación de este material o su estabilización Extensión y compactación Los materiales de relleno se extenderán en tongadas sucesivas de espesor uniforme y sensiblemente paralelas a la explanada. El espesor de estas tongadas será lo suficientemente reducido para que, con los medios disponibles, se obtenga en todo su espesor el grado de compactación exigido. Salvo especificación en contrario del Director de las Obras, el espesor de las tongadas medido después de la compactación no será superior a veinticinco centímetros (25 cm). Los espesores finales de las tongadas se señalarán y numerarán con pintura, según el caso, en el trasdós de la obra de fábrica, paramentos o cuerpo de la tubería, para el adecuado control de extendido y compactación. Únicamente se podrá utilizar la compactación manual en los casos previstos en aquellos que sean expresamente autorizados por el Director de las Obras. Salvo que el Director de las Obras lo autorice, en base a estudio firmado por técnico competente, el relleno junto a obras de fábrica o entibaciones se efectuará de manera que las tongadas situadas a uno y otro lado de la misma se hallen al mismo nivel. En el caso de obras de fábrica con relleno asimétrico, los materiales del lado más alto no O _01 Pág. 61

62 podrán extenderse ni compactarse antes de que hayan transcurrido siete (7) días desde la terminación de la fábrica contigua, salvo autorización del Director de las Obras y siempre previa comprobación del grado de resistencia alcanzado por la obra de fábrica. Junto a las estructuras porticadas no se iniciará el relleno hasta que el dintel no haya sido terminado y haya alcanzado la resistencia que indique el Director de las Obras. El drenaje de los rellenos contiguos a obras de fábrica se ejecutará simultáneamente a dicho relleno, para lo cual el material filtrante estará previamente acopiado de acuerdo con las órdenes del Director de las Obras. Los materiales de cada tongada serán de características uniformes; y si no lo fueran, se conseguirá esta uniformidad mezclándolos convenientemente con los medios adecuados. Durante la ejecución de las obras, la superficie de las tongadas deberá tener la pendiente transversal necesaria para asegurar la evacuación de las aguas sin peligro de erosión. Una vez extendida la tongada, se procederá a su humectación, si es necesario. El contenido óptimo de humedad se determinará en obra, a la vista de la maquinaria disponible y de los resultados que se obtengan de los ensayos realizados. En los casos especiales en que la humedad del material sea excesiva para conseguir la compactación prevista, se tomarán las medidas adecuadas, pudiéndose proceder a la desecación por oreo o a la adición y mezcla de materiales secos o sustancias apropiadas. Conseguida la humectación más conveniente, se procederá a la compactación mecánica de la tongada. Las zonas que, por su forma, pudieran retener agua en su superficie, serán corregidas inmediatamente por el Contratista. Se exigirán una densidad después de la compactación, en coronación, no inferior al cien por ciento (100%) de la máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado (UNE ) y, en el resto de las zonas, no inferior al noventa y cinco por ciento (95%) de O _01 Pág. 62

63 la misma. En todo caso la densidad obtenida habrá de ser igual o mayor que la de las zonas contiguas del relleno Relleno de zanjas para instalación de tuberías En el caso de zanja serán de aplicación los apartados anteriores en tanto en cuanto no contraríen a lo expuesto en este apartado, en otro caso será de aplicación lo aquí expuesto. La decisión sobre la cama de apoyo de la tubería en el terreno, granular o de hormigón, y su espesor, dependerá del tipo de tubo y sus dimensiones, la clase de juntas y la naturaleza del terreno, vendrá definida en los planos del Proyecto o, en su defecto, será establecida por el Director de las Obras. Así, se procederá a la incorporación de la correspondiente cama de arena, la cual será convenientemente nivelada en su cara superior a fin de garantizar la rasante teórica de proyecto. Para ello, se procederá al replanteo de esta, mediante la colocación de estaquillas niveladas topográficamente. De este modo, el tubo apoyará en toda su longitud sobre la capa de arena nivelada. Salvo autorización expresa, no se permitirá el calce de la tubería para la posterior aplicación de la cama de arena, sino que será esta la que garantice la correcta colocación del tubo. Una vez realizadas, si procede, las pruebas de la tubería instalada, para lo cual se habrá hecho un relleno parcial de la zanja dejando visibles las juntas, se procederá al relleno definitivo de la misma, previa aprobación del Director de las Obras. El relleno de la zanja se subdividirá en dos zonas: la zona baja, que alcanzará una altura de unos treinta centímetros (30 cm) por encima de la generatriz superior del tubo y la zona alta que corresponde al resto del relleno de la zanja. En la zona alta de la zanja el relleno se realizará con un material que no produzca daños en la tubería. El tamaño máximo admisible de las partículas será de diez centímetros (10 cm) y se colocará en tongadas pseudoparalelas a la explanada, hasta alcanzar un grado de compactación no menor del cien por ciento (100 %) de la del Próctor Modificado. En el caso de zanjas excavadas en terraplenes o en rellenos todo-uno la densidad O _01 Pág. 63

64 obtenida después de compactar el relleno de la zanja habrá de ser igual o mayor que la de los materiales contiguos. En el caso de zanjas sobre terrenos naturales o sobre pedraplenes este objetivo habrá de alcanzarse si es posible; en caso contrario, se estará a lo indicado por el Director de las Obras, pero en ningún caso, por debajo de los valores mínimos de densidad indicados en los párrafos anteriores del presente Pliego. Se prestará especial cuidado durante la compactación de los rellenos, de modo que no se produzcan ni movimientos ni daños en la tubería, a cuyo efecto se reducirá, si fuese necesario, el espesor de las tongadas y la potencia de la maquinaria de compactación. Cuando existan dificultades en la obtención de los materiales indicados o de los niveles de compactación exigidos para la realización de los rellenos, el Contratista podrá proponer al Director de las Obras, una solución alternativa sin sobrecosto adicional Limitaciones de la ejecución Los rellenos localizados se ejecutarán cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a dos grados Celsius (2º C); debiendo suspenderse los trabajos cuando la temperatura descienda por debajo de dicho límite. Sobre las capas en ejecución debe prohibirse la acción de todo tipo de tráfico hasta que se haya completado su compactación Medición y abono Los rellenos localizados se abonarán por metros cúbicos (m 3 ) medidos sobre los Planos de perfiles transversales. El precio incluye la obtención del suelo, cualquiera que sea la distancia del lugar de procedencia y naturaleza, carga y descarga, transporte, colocación, compactación y cuantos medios, materiales y operaciones intervienen en la completa y correcta ejecución del relleno, no siendo, por lo tanto, de abono como suelo procedente de préstamos, salvo especificación en contra. Serán de aplicación los precios definidos en los Cuadros de Precios que figuran en el O _01 Pág. 64

65 Proyecto de Construcción. ARTÍCULO RELLENOS DE ZANJAS Materiales Los materiales a emplear serán los indicados en los planos de secciones tipo, y deberán contar con la autorización expresa del Director de las Obras. Para el caso de los materiales provenientes del reciclado de hormigón, se emplearán productos resultantes de clase 2: suelos adecuados para terraplenes y rellenos localizados Ejecución Tras la ejecución de la zanja se procederá a la limpieza del fondo, de manera que se garantice en todo punto los espesores mínimos de recubrimiento Tras el vertido de la cama para la colocación del tubo, se procederá al nivelado topográfico de esta de forma que la instalación de la tubería garantice la rasante teórica del colector y que el tubo apoye en toda su longitud. Una vez tendida la tubería y efectuadas las pruebas que por el Director de las Obras se estimen precisas, se procederá al relleno de las mismas, la cual se efectuará apisonando primeramente las tierras que vayan a los costados de la tubería, hasta que enrasen con ésta, procurando que no queda aquella, en ninguno de sus puntos, en hueco, si con anterioridad al tendido no se ha tenido la precaución de hacer a cada uno de los tubos, cama de asiento. Una vez enrasada la tierra de los costados de la tubería con ésta, se rellenará por tongadas de quince (15) centímetros, que deberán ser regadas, y con veinticuatro (24) horas de posterioridad, en tiempo seco, apisonadas insistentemente sin golpes fuertes, con pisones de madera, de espesor no superior a diez (10) centímetros. En general, se seguirá todo lo dicho para terraplenes, especialmente en lo que respecta a la densidad mínima exigida. Se exigirá una densidad mínima de compactación, del noventa y cinco por ciento (95%) de la Próctor modificado Como recomendaciones específicas en cuanto a los materiales reciclados de hormigón se presentan los comentarios a seguir. O _01 Pág. 65

66 En lo que se refiere al almacenaje en obra de los áridos reciclados, los acopios se formarán y explotarán de modo a: Evitar la contaminación de los materiales, principalmente en lo que se refiere a la superficie de formación de los acopios; Evitar la exposición prolongada del material a la intemperie; Mantener la segregación adecuada de los materiales para impedir la mezcla de distintos tipos de materiales. La altura de los acopios, el estado de sus separadores y de sus accesos deberán ser vigilados. Además, durante la descarga de los áridos al acopio o en el tajo, estos deberán ser examinados. Los materiales que, a simple vista, presenten restos de tierra vegetal, materia orgánica o tamaños superiores al máximo aceptado en el proyecto deberán ser separados. Se acopiarán aparte aquéllos que presenten alguna anomalía de aspecto (distinta coloración, segregación, lajas, plasticidad, etc). Una vez preparada la superficie de apoyo, se procederá a la construcción del relleno, empleando los materiales que se han definido anteriormente. Los áridos serán extendidos en tongadas sucesivas, de espesor uniforme y sensiblemente paralelas a la explanada final. Como en la ejecución de rellenos con áridos naturales, la tongada deberá presentar un espesor adecuado para obtener el grado de compactación exigido en proyecto. En general y salvo especificación en contra del Proyecto o del Director de las Obras, el espesor será de: Treinta centímetros (30 cm) o se presentará superior a tres medios (3/2) del tamaño máximo del material a utilizar, para rellenos tipo terraplén; De veinticinco centímetros (25 cm) para rellenos localizados. Durante el proceso de extendido, la uniformidad del material debe ser O _01 Pág. 66

67 garantizada mezclándolos convenientemente con la maquinaria adecuada para ello. Debido a la característica de alta absorción de los áridos reciclados, el riego debe ser abundante, próximo al encharcamiento, hasta conseguir el grado de compactación previsto. Se efectuará esta operación humectando uniformemente los materiales, sea en las zonas de procedencia (canteras, préstamos), en acopios intermedios o en la tongada. Serán adoptados los sistemas adecuados para asegurar la citada uniformidad (desmenuzamiento previo, uso de rodillos, pata de cabra, etc.). El contenido óptimo de humedad se determinará en obra, a la vista de la maquinaria disponible y de los resultados que se obtengan de los ensayos realizados. Conseguida la humedad más conveniente, se procederá a la compactación mecánica de la tongada, que se continuará hasta alcanzar la densidad de compactación especificada en la tabla: Si la humedad del material se presenta excesiva para conseguir la compactación prevista, se tomarán las medidas como la desecación por oreo o a la adición y mezcla de materiales secos o sustancias apropiadas, para ajustar ese parámetro y mantener las condiciones de compactación exigidas. En lo que se refiere al control de la compactación de rellenos tipo terraplén, serán O _01 Pág. 67

68 adoptados los procedimientos indicados en el PG3. El control se efectuará por el método de control de producto terminado, a través de determinaciones in situ en el relleno compactado de densidad, humedad, y módulo de deformación. Los resultados obtenidos serán comparados con los correspondientes valores de referencia Control de calidad Previo al inicio del vertido se comprobará la calidad de los materiales aplicados. Para ello, se realizarán los ensayos pertinentes, y al menos los siguientes: - Análisis granulométrico por tamizado: NLT-104 / UNE Límites de Atterberg: NLT-105 / NLT-106 UNE 7377 / UNE Contenido de materia orgánica: NLT-117 / UNE 7368 (agua oxigenada) NLT- 118 (dicromato potásico) - Próctor normal: NLT-107 Asimismo se verificará la compactación de la zanja, mediante ensayos de densidad y humedad "in situ": ASTM-D3017 (nuclear). En cualquier caso, el suministrador del material presentará los ensayos realizadoa, conforme a las indicaciones del artículo Material para el relleno de zanjas proveniente del reciclado de hormigón Medición y abono El abono se realizará a los precios correspondientes de las unidades de obra que figuran en los Cuadros de Precios. Los precios incluyen la completa ejecución de del relleno de la zanja, tanto el material como su colocación y cuantas operaciones y medios auxiliares sean precisos para la completa ejecución de la unidad. O _01 Pág. 68

69 ARTÍCULO TUBERÍAS DE PVC ESTRUCTURADO Descripción El proceso de fabricación de la tubería corrugada de doble pared consiste básicamente en una máquina extrusora alimentando a un equipo especial de corrugación en continuo, conformando un tubo de doble pared, lisa la interior y estructurada la exterior, que forma un conjunto reforzado que resuelve la resistencia al aplastamiento Características generales El aspecto de la superficie interna y externa de los tubos ha de ser lisa, limpia, con coloración uniforme y exenta de fisuras, cavidades y otros defectos superficiales. El material no puede contener ninguna impureza visible sin aumento. Los extremos acabarán con un corte perpendicular al eje y sin rebabas. Las juntas de estanqueidad y adhesivos a emplear deben estar conforme a UNE-EN Características físicas y mecánicas - Densidad: kg/m3 - Temperatura de reblandecimiento: Vicat (VST) >= 79 ºC. Según ensayo UNE- EN Resistencia al impacto: PRR <= 10 %. Según ensayo UNE EN Aplastamiento: 30 % Dexte. Según UNE EN Rigidez Circunferencial Específica SN >= 8 kn/m2. - Retracción longitudinal en caliente: <= 5%. De acuerdo con ensayo UNE-EN Estanqueidad al agua: 1 bar, 5 min. Según UNE O _01 Pág. 69

70 - Estanqueidad al aire: -0,3 bar, 5 min. Según UNE Características químicas - Límite de ph: 20 ºC ph Resistencia diclorometano: 15ºC 30 min. Según UNE EN Grado de gelificación: No puede haber ningún ataque en ningún punto de la superficie de la probeta de acuerdo con ensayo UNE-EN Tolerancias Diámetro exterior Tolerancia 315 0,6 mm 500 0,9 mm ,6 mm - Espesor paredes: es variable dependiendo del diámetro y la serie del tubo de acuerdo con tablas UNE-EN Longitud útil o efectiva no ha de ser inferior a la declarada por el fabricante. - Si hay chaflán en el espesor de la pared del tubo ha de ser de 15 a 45 en relación al eje del tubo de acuerdo con UNE-EN Control de recepción Los tubos para saneamiento sin presión, irán marcados o impresos directamente sobre el tubo de forma que sea leíble después de almacenarlos, en exposición a la intemperie y en la instalación y mantenerse leíbles durante la vida del producto. El marcado no puede producir fisuras o defecto que influya desfavorablemente sobre la aptitud del tubo. El tubo debe ir marcado con la siguiente información como a mínimo: - Número normativa (pr EN ) O _01 Pág. 70

71 - Nombre y/o marca comercial - Dimensión nominal - Espesor mínimo de la pared o SDR - Material (PVC-U) - Rigidez Circunferencial Específica (RCE). - Información del fabricante (período de fabricación y nombre o código de la ciudad de fabricación si el fabricante produce en diferentes ciudades. - Número de la línea de extrusión Transporte y manipulación Los vehículos destinados al transporte de las tuberías deben estar provistos de un plano horizontal llano, libre de clavos y otros elementos que puedan dañar las tuberías. Las tuberías se acondicionan sobre el vehículo sin utilizar cables metálicos ni cadenas que estén en contacto con las tuberías. Para que no se produzcan deformaciones no se debe poner durante el transporte otras cargas encima de los tubos. Durante el transporte, se cuidará que los tubos no sufran ni golpes ni rozaduras y se mantendrán protegidos para que lleguen a la obra en las condiciones exigidas. Los tubos no se dejarán caer ni rodar sobre materiales granulares. Los cables para la descarga estarán protegidos para no dañar la superficie del tubo. Es conveniente la suspensión por medio de útiles de cincha ancha. Se procurará dejar los tubos cerca de la zanja. En caso de no estar abierta, se situarán en el lado opuesto a donde se piense depositar los productos de excavación. O _01 Pág. 71

72 En caso de que sea necesario el acopio de los tubos este se realizará en lugares protegidos de impactos, de los rayos solares y bien ventilados. Se apilarán horizontal y paralelamente en superficies planas, se gualdrapearán los abocardados por capas o se situarán en un mismo lado. Se separará cada capa mediante separadores. La altura de la pila será <= 1,5 m. La primera hilada de tubos deberá apoyarse sobre travesaños de madera con cuñas. Si debido al manejo o almacenaje defectuosos, una tubería resulta dañada o con dobleces, la porción afectada debe ser suprimida completamente Uniones La unión entre tubos se realiza mediante junta elástica, que se entregará montada en el extremo del tubo. Las operaciones a seguir para un correcto montaje son las siguientes: - Limpiar la suciedad del interior de la copa y la junta elástica. - Aplicar lubricante en el interior de la copa, así como en la superficie de la goma, para facilitar el deslizamiento de ambas. - Enfrentar la copa y el extremo del tubo con junta y empujar dicho extremo hasta introducirlo, dejando una holgura del orden de 1cm. En función del diámetro, el sistema de empuje puede ser manual, mediante tráctel o por medio del tubo suspendido. Los colectores han de poseer alineaciones rectas entre los pozos de registro Ejecución de las obras Antes de la colocación de las conducciones se inspeccionarán los tubos interior y exteriormente para evitar suciedad, adherencias, etc. en el interior y grietas, defectos de protección, etc., en el exterior. La tubería no se apoyará sobre el fondo de la zanja sino que se colocará una capa de arena fina o gravilla, según el espesor indicado en los planos, para asegurar el perfecto asiento de la tubería. O _01 Pág. 72

73 La colocación del tubo en la zanja deberá seguir una trayectoria ligeramente sinusoidal que permita absorber posibles dilataciones y contracciones futuras. El descenso de la tubería se efectuará con los medios mecánicos adecuados. En caso de instalación de tuberías con pendientes superiores al 20% la tubería se colocará en sentido ascendente o se emplearán juntas resistentes a la tracción. Se deberá realizar una prueba de tubería en tramos con longitud máxima de 100 metros, no autorizándose el tapado de la tubería hasta la aprobación de la prueba Control de ejecución Antes de empezar la obra, si varia el suministro, y para cada tipo diferente que llegue a la obra, se pedirán al contratista los certificados del fabricante que garanticen el cumplimiento del pliego de condiciones técnicas, incluyendo los resultados de los ensayos siguientes, realizados por un laboratorio acreditado: - Resistencia a la tracción (UNE 53112) - Alargamiento hasta la ruptura (UNE 53112) - Resistencia a la presión interna (UNE-EN 921) - Densidad (UNE-EN ISO ) - Resistencia al diclorometano a una temperatura especificada (UNE-EN 580) - Temperatura de reblandecimiento Vicat (UNE-EN 727) - Retracción longitudinal en caliente (EN 743) - Estanqueidad al agua (UNE-EN 1277) - Resistencia al impacto (UNE-EN 744) En caso de no presentar estos resultados, o que se tengan dudas de su representatividad, se realizarán estos ensayos sobre el material recibido. No se autorizará la colocación de piezas que no vayan acompañados del certificado O _01 Pág. 73

74 del fabricante. En caso de que el material disponga de la Marca AENOR, marcado CE u otro legalmente reconocido en un país de la UE, se podrá prescindir de la presentación de los ensayos de control de recepción Medición y abono Las tuberías se medirán por metros realmente ejecutados medidos sobre planos, entendiéndose que el precio incluirá además de la tubería, la colocación, también la parte proporcional de juntas, uniones, topes, protecciones y los materiales, operaciones necesarias para ejecutar completamente la unidad, e incluso el lecho de arena si fuera necesario a juicio de la Dirección Facultativa y siempre que no se haya indicada como unidad aparte en el presupuesto así como la prueba de la tubería y los medios necesarios para la misma. ARTÍCULO ZAHORRAS Definición. Se define como zahorra artificial el material granular formado por áridos machacados, total o parcialmente, cuya granulometría es de tipo continuo Materiales Condiciones generales Los materiales procederán de la trituración de piedra de cantera o grava natural. El rechazo por el tamiz 5 UNE deberá contener un mínimo del cincuenta por ciento (50%), de elementos triturados que presenten no menos de dos (2) caras de fractura Granulometría El cernido por el tamiz 80 μm UNE será menor que los dos tercios (2/3) del cernido por el tamiz 400 μm UNE. La curva granulométrica estará comprendida dentro de los husos reseñados en el cuadro O _01 Pág. 74

75 Forma El índice de lajas, según la Norma NLT 354/74, deberá ser inferior a treinta y cinco (35) Dureza El coeficiente de desgaste Los Ángeles, según la Norma NLT 149/72, será inferior a treinta y cinco (35). El ensayo se realizará con la granulometría tipo B de las indicadas en la citada Norma Limpieza Los materiales estarán exentos de terrones de arcilla, materia vegetal, marga y otras materias extrañas. El coeficiente de limpieza según la Norma NLT 172/86, no deberá ser inferior a dos (2). El equivalente de arena, según la Norma NLT113/72, será mayor de treinta (30) Plasticidad El material será «no plástico» según las Normas NLT 105/72 y 106/ Ejecución de las obras O _01 Pág. 75

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