BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

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1 MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPUBLICA ARGENTINA BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL AÑO XXVIII - Nº 133/18 3 DE OCTUBRE DE 2018 Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO Secretario de Coordinación de Gestión: Sr. Oscar Horacio SOUTO Secretario de Gobierno: Sr. Omar Enrique BECERRA Secretario de Economía y Finanzas: a/c. Sr. David Alejandro FERREYRA Secretario de Planificación e Inversión Pública: Dra. Gabriela MUÑIZ SICCARDI Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Teresa FERNÁNDEZ Secretaria de la Mujer: Sra. Laura Beatriz AVILA Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos: Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ Secretario de Turismo: Sr. José Luis RECCHIA Secretaria Legal y Técnica: Dra. María Victoria VUOTO Secretario de Cultura y Educación: Sr. David Alejandro FERREYRA Escribana General Municipal: Dra. Patricia Ivon BORLA Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO CONCEJO DELIBERANTE Presidente: Sr. Juan Carlos PINO Vicepresidente Primero: Sr. Tomás BERTOTTO Vicepresidente Segundo: Sr. Silvio BOCCHICCHIO Concejal: Sr. Gastón AYALA Concejal: Prof. Juan Manuel ROMANO Concejal: Sr. Hugo ROMERO Concejal: Sr. Ricardo GARRAMUÑO Secretario: Dr. Eduardo Alejandro BEROLA JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS Juez interino: Abog. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA Vocal: C.P. Marina Magalí IGLESIAS

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3 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 1 PROVINCIA LE TIERRA DEL FUEC- ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO 5: ir REPUBJCA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA,1 MARZO17 VISTO el Nota N 22/2017, letra: MUN. U. D.l. y la Solicítud de Insumos N 01/2017 de la Dirección de Informática y municipal CONSI DE RAN DO: Que mediante la Nota del visto se solicita el reintegro a favor del empleado ZALAZAR Rodrigo, DN.l. N , legajo N 3012, la suma total de PESOS CIENTO DIEZ ($ 110,00), por naber abonado de su peculio la Factura del proveedor NIC Argentina, Fondo de Cociperación Técnica y Financiera, tipo C N N , concepto de!;ervicio prestado para la renovación de dominio, utilizados por la municipalidad de Ushuaia. Que el presente se encuadra de acuerdo a lo establecido en el Artículo 68, de la Ordenanza Municipal N 3693 y Decreto Municipal N 104/2.016 y disposición complementaria y transitoria primera de la Carta Orgáncia Municipal. instrumento legal, conforme de la Que ef suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 en del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 417/2017 y su modificatorio Decreto Municipa! N 419/2017. Por ello: * EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SL BSECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE ARTICULO 1.- Reconocer, por el Fondo Permanente de la Dirección de Administración de Economía y Finanzas, el gasto por la suma total de PESOS CIENTO DIEZ ($ 110,00), por haber abonado de su peculio la Factura del proveedor NIC Argentina, Fondo de Cooperación Técnica y Financiera, tipo O N , en concepto de servicio prestado para la renovación de dominio, ut.cadosporla municipalidad de Ushuaia. ARTICULO 2.- Reintegrai 31 empleado municipal ZALAZAR Rodrigo, D.N.I. N , legajo N 3012, la suma tot.., de PESOS CIENTO DIEZ ($110,00), por el concepto descripto en artículo precedente. ARTICULO 3.- Imputar la urna ndicada en el Articulo 1 con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Economía y Fhinza partida 13. ARTICULO 53 Comunicar. archivar. RESOLUCION S.S.E. Y F. Nc / ar 5: Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, milos. GOMEZ Subsecretario de EvalUaciOn de Gestión udad de UshU&a qe Las Islas Malvinatc, Georgias y Sándwich del Sur son y serán Argentinas

4 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 2 1 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina, Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 10 MAR VISTO el Expediente O.P N , del registro de esta it1øalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de 1 (UNA) fuente de alimentación, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Estudios y Proyectos, mediante la Nota de Pedido N 161/2017, obrante a foja N 4. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a varias firmas del rubro, indicado a foja N 10 que la oferta presentada por la firma MASTER S INFORMATICA SRL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 (S 59900), se ajusta técnicamente a lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 417/2017 y su modificatorio Decreto Municipal N 419/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma MASTER S INFORMATICA S.R.L, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de 1 (UNA) fuente de alimentación, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Estudios y Proyectos mediante la Nota de Pedido N 161/2017, obrante a fojas N 4. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Planificación e inversión Publica, Partida 012. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S. S. E.yF N t.a /2017- de Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

5 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 10 MAR 2017 VISTO el Expediente OP. N 6969/2016, dei registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se gestiona la contratación de los servicios de UN (1) equipo vial tipo Excavadora sobre oruga, con chofer, destinado a tareas que se realizarán en la Cantera Municipal, por el término de TRESCIENTOS CINCUENTA (350) horas, conforme lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias a través de la Nota N 162/2016 LETRA: D. T. R y mediante Nota de Pedido N 392/2017 obrante a fojas 8. Que el presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ ,00), a razón de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200,00) la hora. Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N /2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Decreto Municipal N 1962/2015, Anexo 1 Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 417/2017 y 419/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR el llamado a Concurso Privado para la contratación de los servicios de UN (1) equipo vial tipo Excavadora sobre oruga, con chofer, destinado a tareas que se realizarán en la Cantera Municipal, por el término de TRESCIENTOS CINCUENTA (350) horas, conforme lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias a través de la Nota N 162/2016 LETRA: D. T. R y mediante Nota de Pedido N 392/2017 obrante a fojas 8, con un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ ,00), a razón de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200,00) la hora. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la Dirección de Compras Mayores y Menores de la Secretaría de Economía y Finanzas, a suscribir toda documentación correspondiente a dicho llamado, por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 3.- Aprobar el Pliego que forma parte integrante de la presente como Anexo 1. ARTÍCULO 4,- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario SubPrograma 2: Mantenimiento Vial, Partida 13. ARTÍCULO 5.- Comunicar, Dar0ajylti2 9ficial de la Municipalidad di RESOLUCION E. y E N / ie Evaluación Gestión las Islas Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

6 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Secretaría de Economía y Finanzas CONCURSO PRIVAbO N /2017 PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ ,00) L UL Çfl flp XWs fl1! Fecha: Hora: Recepción y Apertura de las Ofertas Lugar: birección de Compras Mayores y Menores - Arturo Coronado N piso gfio Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur? son y serán Argentinas

7 Sres. Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 5 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA Hoja Nro E ISLAS DEL ATLANTICO SUR EXPEDIENTE Nro 0O6969-OP-16 REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA oao 120 CONCURSO PRIVADO Nro USHUAIA, 09 de Marzo de 2017 Domicilio: LUGAR ENTREGA : A COORDINAR CON EL ÁREA SOLICITANTE DOMICILIO ENTREGA: Autorizado por Resolucion: - VALOR DEL PLIEGO: 0.OD FECHA APERTURA LUGAR APERTURA : DIR. COMPRAS MAYORES Y MENORES - ACORONADO 486 1! PISO HORA APERTURA: OD:OD SELLADO PROVINCIAL: Exento Ley Provincial Nro 143 MANTENIMIENTO OFERTA: TREINTA (3D) DÍAS PLAZO DE ENTREGA : A REQUERIMIENTO DEL ÁREA SOLICITANTE. CONDICIONES DE PAGO : DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS DE EFECTUADO EL SERVICIO CON LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA DEBIDAMENTE CONFORMADA Y CERTIFICADA POR EL ÁREA CORRESPONDIENTE. Reng Descripcion Cantidad PrecUnit Importe 001 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN (1) EQUIPO VIAL TIPO EXCAVADORA SOBRE ORUGA, CON CHOFER, POR EL TÉRMINO DE TRESCIENTAS CINCUENTA (350) HORAS, DESTINADO A REALIZAR DIVERSOS TRABAJOS EN LA CANTERA MUNICIPAL SECTOR SOLICITANTE: DIRECCIÓN DE TAREAS PRIORITARIAS EN UN TDDD DE ACUERDO A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL PLIEGO DE BASES Y qcondiciones QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTL

8 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 6 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES 1.- DE LOS ASPECTOS GENERALES Y PARTICULARES Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo! del Decreto Municipal N 1255/ GARANTIAS. Será necesaria la presentación de Garantía de Oferta de oferta que será del UNO POR CIENTO (1 %) del valor de la oferta, cuando el importe supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00). Las garantías de cumplimiento será del DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto total de la adjudicación. Se podrá constituir en cualquiera de las formas indicadas a continuación: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del organismo contratante, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio del organismo contratante. El organismo deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional con posteridad al 31 de diciembre de Los mismos deberán ser depositados en el Banco de la Nación Argentina a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principalmente pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. El organismo contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Asimismo de acuerdo a lo expuesto por la Dirección de Contaduría General mediante Nota N 77/15 Letra: C. G., los requisitos que deben cumplir las Pólizas y Pagares que se presenten, son los que a continuación se detallan: Tipo de póliza Garantía deadjudicación de Contrato o similar. Consignar como Asegurado a la Municipalidad de Ushuaia. Compañia de Seguros poseer carácter de fiador solidario con renuncia a Beneficio de Excusión y División. Nombre del Tomador coincide con el Contratista enunciado en la Orden de Compra. Consignar el número de la Orden de Compra de manera correcta. Descripción de la prestación, acorde a la Orden de Compra. Expediente de Referencia concidente con la Orden de Compra. No contener cláusulas contrarias a CTTO y/o desfavorables al Municipio (plazos u otras). Compañía Aseguradora fija domicilio legal en la ciudad de Ushuaia por cuestiones judiciales o extrajudiciales. Poseer Certificación de firmas. Nombre del Apoderado firmante en la Póliza debe ser coincidente con el Nombre consignado en la Certificación de la Firma. Número de la póliza debe ser coincidente con la Certificación de Firma. En caso de que la Certificación del Colegio de Escribanos se realice por un Escribano perteneciente a una Jurisdicción distinta a Tierra del Fuego debe estar claro el nombre del Escribano firmante en la Certificación de Firma y coincidir con Certificación del Colegio de Escribanos. Número de REF en la Certificación de Firma coincidente en la Certificación del Colegio de Escribanos. f) Con pagarés sin protesto a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento de contrato, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma máxima establecida para contratar en forma directa según Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS

9 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 7 Provincia de Tierra del Fuego 000 i 2 0 Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. El organismo contratante, por razones debidamente fundadas, podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de aquella y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección. 3.- DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS. La unidad operativa de contrataciones, deberá notificar a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, dentro de los plazos fijados, para que retiren las garantías que se detallan a continuación: a) Las garantías de mantenimiento de la oferta, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. b) Las garantías de cumplimiento del contrato o las contragarantías, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. c) Las garantías de impugnación al dictamen de pre adjudicación, dentro de los DIEZ (10) días de dictado el acto administrativo que haga lugar a la impugnación presentada, Si la impugnación fuera rechazada se ejecutará la garantía integrada. La unidad operativa de contrataciones deberá remitir a la tesorería jurisdiccional una copia de la notificación cursada a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes para que retiren las garantías, indicando la fecha de comienzo y finalización del plazo con que cuentan los interesados para retirarlas. La tesorería será el organismo encargado de devolver las garantías y para ello deberá haber recibido la correspondiente comunicación de la unidad operativa de contrataciones. 4.- APERTURA DE OFERTA Se realizará en la Dirección de Compras, Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas - Edificio Adolfo Cano - Arturo Coronado N 486, Ushuaia el día de de 2017, a las hs. 5.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS El proponente deberá entregar en la Dirección de Compras, Mayores y Menores un solo sobre o paquete cerrado y con la inscripción: CONCURSO PRIVADO N 2017 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN EQUIPO VIAL TIPO EXCAVADORA SOBRE ORUGA APERTURA DE OFERTAS: HORA: conteniendo: a) La oferta propiamente dicha con la planilla de presupuesto de oferta (según modelo oficial). b) Un ejemplar original del pliego de la presente Licitación firmado en todas sus fojas por el oferente. e) Garantía de Oferta, en caso de corresponder. d) Constancia de lnscripción en A.RI.P. vigente al momento de la apertura, emitido on-line. e) Constancia de lnscripción en D.G.R. de la firma en el rubro. fl Certificado de Situación Fiscal Regular extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia. g) Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artículo 112 de la Ordenanza Municipal N (según modelo oficial). h) Título de propiedad del equipo vial o constancia de adquisición del mismo. i) En el caso de equipo alquilado, la constancia de compromiso de locación. j) Póliza y comprobante de pago de Seguro de la unidad a afectar. k) A.R.T. Del chofer, siempre y cuando la unidad no sea conducida por el dueño. 1) Nómina del personal afectado, detallando nombre, apellido, C.U.I.L./C.U.I.T y domicilio. m) Fotocopia del Carnet de conducir del chofer, habilitante según la categoría C y/o E2. n) Habilitación municipal extendida por la Dirección de Transporte, de corresponder. 6.- ACTO DE APERTURA DE SOBRES. En el acto de apertura sólo se admitirán las propuestas presentadas hasta la hora establecida, quedando cerrada la admisión de las mismas no permitiendo modificaciones a las presentes, ni pedidos de aclaración o explicación que interrumpan el acto. En el caso de presentarse un EN TRAMITE, en alguna de las inscripciones o de los certificados, solamente serán considerados cuando se demuestre que fueron hechas con más de tres (3) días corridos de antelación a la fecha de apertura del Concurso Privado. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIÁS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

10 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 8 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. No se tomarán en cuenta las propuestas que presenten correcciones, raspaduras o interlíneas que no hubieren sido debidamente salvadas al pie de la misma con la firma del proponente. Las cantidades deberán consignarse en todos los casos en números y letras, cuando existan discrepancias entre ambas se considerará válida la indicada en letras. El Comitente se reserva el derecho de solicitar al o los oferentes, toda documentación respaldatoria y/o aclaratoria que considere necesario. 7.- PROPUESTAS IGUALMENTE CONVENIENTES Si resultasen dos o más propuestas igualmente convenientes, se podrá solicitar una mejora de ofertas. Estas mejoras de oferta se presentarán en sobre cerrado y se abrirán en el día y hora que se fije al efecto, labrándose acta en presencia de los interesados que concurran. 8.- VALIDEZ DE LAS OFERTAS. Las ofertas tendrán una validez de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de apertura de las mismas. En circunstancias excepcionales, el comitente podrá solicitar a los oferentes, una prórroga por un plazo adicional determinado. Este pedido y las respuestas deberán efectuarse por escrito. Los oferentes podrán negarse a acceder a este pedido sin perder por ello la Garantía de la Propuesta. No se permitirá durante esta prórroga, efectuar modificaciones sustanciales a las ofertas presentadas. 9.- CONSULTA DE PLIEGO Los pliegos estarán a disposición de los interesados para las consultas correspondientes en la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaria de Economía y Finanzas, sito en la calle Arturo Coronado N Piso, Ushuaia MARCO REGULATORIO Y LEGAL La sola presentación de la oferta implica conocimiento y aceptación de las condiciones particulares y generales que rigen en el presente acto, que se realiza en base a la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ CORRECCIÓN DE ERRORES. El criterio para la corrección de errores en la oferta será el siguiente: cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y los indicados en letras, prevalecerán estos últimos. Cuando haya una diferencia entre el precio unitario y el total de un rubro que se obtenga multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario que se haya indicado, a menos que a criterio del comitente fuera evidente que el precio correcto sea el del total del rubro, en dicho caso prevalecerá este y se corregirá el precio unitario. El comitente ajustará el monto de la oferta de la manera descripta anteriormente y el nuevo monto será mandatario para el proponente. Si este no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, ésta será rechazada y su Garantía de la Propuesta será ejecutada. 12.-ADJUDICACIÓN, GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN. En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación, se podrá dejar sin efecto la presente. Comunicada fehacientemente la adjudicación a uno o varios oferentes, estos tendrán un plazo de CINCO (5) días hábiles para presentar la Garantía de Adjudicación conforme al Artículo 2. En caso de no presentar la documentación requerida o desistir de la oferta realizada antes del vencimiento del plazo de validez establecido, el oferente perderá la garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se perderá en forma proporcional. 1 LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 000 IZO

11 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 9 Provincia de TielTa del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1.- OBJETO DEL PRESENTE LLAMADO. El presente tiene como objeto la contratación de los servicios de UN (1) equipo vial tipo Excavadora sobre oruga, con chofer, destinado a tareas que se realizarán en la Cantera Municipal. 2.- PRESUPUESTO OFICIAL. El mismo se establece en PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ ,00), a razón de PESOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 1.200,00) la hora. 3.- PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. El contrato tendrá una vigencia TRESCIENTOS CINCUENTA (350) horas. 4.- DEL VEHICULO. La presente contratación involucrará UN (1) equipo vial tipo excavadora sobre oruga, con chofer, el mismo deberá estar en buen estado. Los insumos que involucren el mantenimiento del mismo como así también el combustible corren por cuenta del propietario. Tanto los vehículos como los equipos viales no deberán tener más de DIEZ (10) años de antigüedad y estar en correctas condiciones de uso, habilitado y con RTO al día, de corresponder. Asimismo deberá poseer también equipo de comunicaciones del tipo VHF o en su defecto el personal contará con telefonía celular para comunicaciones operativas. 5.- DELATAREA. Se pretende que el equipo vial preste servicios en la Cantera Municipal realizando movimientos de suelos para luego ser aportado en distintos trabajos y/u obras a realizar por la Secretaria. 6.- DEPENDENCIA Y SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS. La firma adjudicataria y el personal de la misma dependerá operativamente de la Dirección de Tareas Prioritarias. El Director será el responsable de la conformación de las facturas para su tramitación de pago, previa conformación de los trabajos realizados, los que quedarán plasmados y firmados por ambas partes al finalizaren sendas Actas de Medición. Las novedades operativas que vayan surgiendo serán informadas a la Dirección de Tareas Prioritarias. De considerarlo necesario el municipio podrá labrar órdenes por escrito a través de su área administrativa, teniendo la empresa el deber de recibirlas y notificarse en copia original. Asimismo el Municipio podrá abrir un libro de Actas, con resguardo en la Dirección antes mencionada para dejar por sentado las novedades del aspecto netamente operativo, teniendo, ambas partes, el deber de rubricar dichas Actas. 7.- DEL CHOFER. Todos los gastos relacionados con la provisión del chofer correrán por cuenta del contratista, y éste tendrá la obligación de reemplazarlo cada vez que el servicio lo requiera. 8.- SEGUROS EN GENERAL. La contratista está obligada a tomar seguros que cubran todo tipo de accidentes de trabajo al personal afectado a la prestación (chóferes) y seguro de daños a terceros. Los seguros serán contratados con compañías argentinas y autorizadas en el orden nacional de reconocida solvencia y seriedad. 9.- REFERENTE AL PERSONAL. a.-) La empresa adjudicataria asumirá la responsabilidad total de los choferes, debiendo la misma preveer a ese fin todos los recaudos legales exigidos como son: Seguro de riesgo de trabajo. Aportes previsionales y sociales acorde con las normativas legales vigentes a la fecha. b.-) Para verificar lo establecido en el inciso anterior la Municipalidad procederá a emplazar en un plazo CINCO (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación, a la Empresa que en principio realice la oferta admisible más conveniente para que presente la documentación pertinente que demuestre su adecuación con la legislación vigente. En caso de no cumplir, en tiempo y forma, con las normativas vigentes sobre su personal, la Municipalidad procederá a declarar inadmisible la oferta presentada, sin que por ello el oferente tenga derecho a efectuar reclamo alguno por la medida. c.-) De lo señalado en los dos incisos anteriores se desprende que la Municipalidad de Ushuaia deslinda toda responsabilidad por accidentes o perjuicios de los operarios de la empresa contratada, los que Øberán ser asumidos por el adjudicatario. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

12 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 10 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. O ( d.-) El adjudicatario será responsable directo de todo lo atinente a sus operarios en cuanto a: salarios, traslado al lugar de trabajo, equipamiento que incluye vestuario y herramientas necesarias, cumplimiento de los horarios diarios de actividades salvo los casos de excepción por el mal tiempo o imponderables justificados y asistencia por accidentes o enfermedad. e.-) La Dirección de Tareas Prioritarias designará un encargado de controlar todos los aspectos relacionados con la presente contratación, debiendo el adjudicatario centralizar en esa persona las tareas administrativas que hacen al funcionamiento, seguimiento y optimización del trabajo. f.-) La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de aquellos operarios que no guarden un decoro y conducta aceptable para trabajar en la vía pública. Esa solicitud estará debidamente fundamentada, teniendo el adjudicatario la obligación de efectuar el reemplazo del personal requerido dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la fecha de solicitud PAGO DE FACTURA. El pago de factura se realizará dentro de los TREINTA (30) días de su presentación, debiendo ser acompañada por la documentación que a continuación se detalla: Planilla detallando el personal que prestó el servicio durante ese período, horario, con la individualización de los choferes, en la que debe constar el conocimiento de la Administración. Copia fiel de la Constancia de Pago del Formulario 931 correspondiente al mes de prestación del servicio. Copia Fiel de la Póliza con su constancia de pago del seguro de Accidentes Personales correspondiente al período de la prestación del servicio. Carnet del chofer, cédula verde del vehículo y contrato de alquiler en caso de no ser el propietario. Copia fiel de la Póliza y Constancia de pago del seguro del vehículo correspondiente al mes de prestación del servicio. Factura tipo C, B ó E con CAl vigente/cae. Certificado de Libre deuda vigente expedido por DGR Provincial, autenticado por o ente ó validación por Internet o Certificado de Exención al impuesto a los Ingresos Brutos/Certificado de No Retención. Certificado de Libre Deuda vigente expedido por la Municipalidad de Ushuaia. Certificado de Libre Deuda automotor vigente expedido por la Municipalidad de Ushuaia (en caso 4po ser propietario el contratista). LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

13 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 11 Provincia de Tierra del Fuego ü Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. MODELO DE PLANILLA DE PRESENTACliSAr DE CADA EQUIPO PROPONENTE EQUIPO MARCA MODELO AÑO DE FABRICACIÓN CAPACIDAD DE BALDE POTENCIA (HP) PROPIETARIO EQUIPO COMUNIC. PRECIO POR HORA $ EN NÚMEROS EN LETRAS Firma del Representante Firma del Proponente NOMBRE NOMBRE: D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA DOMICILIO D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA DOMICILIO LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 00010

14 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 12 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. FORMULA DE OFERTA Sr. Intendente Municipalidad de Ushuaia Provincia de Tierra del Fuego, Antártida E Islas del Atlántico Sur 5 / D. USHUAIA de de El! los abajo firmantes con domicilio legal constituido en la calle N Código Postal (9410) de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, manifiestan a Ud. con carácter de Declaración Jurada que han estudiado detenidamente todos y cada uno de los documentos del Pliego para el llamado a Concurso Privado N /2017 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN EQUIPO VIAL TIPO EXCAVADORA SOBRE ORUGA, y han obtenido toda la información y elementos necesarios para poder establecer los más justos precios para el alquiler del equipo vial motivo de este Concurso- No quedando duda alguna al respecto, proponemos proveer en alquiler el equipo vial descripto en la planilla adjunta ya los precios que en ella se indican. Cantidad solicitada Horas DESCRIPCION Contratación de UN (1) equipo vial tipo excavadora sobre oruga, con chofer, por el término de TRESCIENTAS CINCUENTA (350) horas En un todo de acuerdo a las condiciones previstas en el pliego de Especificaciones Técnicas que forma parte de la presente. Precio Unit. TOTAL Precio Total Son Pesos ($ Nota En caso de discrepancia entre el precourijo elttal, prevalecera el precio unitario Si nuestra oferta es aceptada, contrataremos una garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por el diez por ciento (10%) del total del valor del contrato para asegurar el debido cumplimiento del mismo. Convenimos en mantener nuestra oferta por un período de treinta (30) días a partir de la fecha de apertura de las ofertas; la oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que expire el período indicado. USHUAIA de de 2017 Nombre: Firma del Proponente D.N.I. Nombre de la Empresa: Domicilio LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

15 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 13 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. DECLARACIÓN JURADA Por medio de la presente, declaro/amos bajo juramento no estar incursols en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artrculo 112 de la Ordenanza Municipal N Nombre: GOMEZ 5 etano de Evaluación de Gestión Cioatidp.d de Ushuaip Firma del Proponente D.N.I. Nombre de la Empresa: Domicilio: ARTICULO No podrán contratar con la Administración Municipal: a)los deudores morosos del fisco municipal, b)los agentes y funcionarios del Municipio y las empresas en las cuales aquellos tuvieran una participación, c)los inhabilitados judicialmente, mientras no sean rehabilitados, d)los condenados por delitos dolosos, mientras dure la condena, e)las personas que se encuentren condenadas por delitos contra la propiedad o contra la administración pública, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la corrupción, Ley N , f)los inhabilitados para contratar con el municipio por la aplicación del artículo 113 de la presente. ARTICULO Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones: 1.Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2.Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3.Rescisión por su culpa. 4.lnhabilitación para contratar con el Municipio. 5.Apercibimiento. 6.Suspensión. 7. Inhabilitación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS

16 a a Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 14 PROVINCIA DEIIURRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E S1\S DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPAUDU) DE UShUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 14 MAR VISTO el Expediente C.P.N 1684 de 2017, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la contratación del servicio de publicidad en internet del día 15 al 31 de marzo de Que a faja 2 del expediente del visto obra la solicitud del Programa de Comunicación y Publicidad para proceder a la contratación directa con la firma Medina Fernando José Augusto por un monto total de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS CON 0/100 ($ 7.500,00). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso D, apartado 10) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por el Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 4602 promulgada por Decreto Municipal 1032/2014 y Anexo del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 231/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma Medina Fernando José Augusto, por el servicio de publicidad institucional, pautada en el portal desde el 15 al 31 de marzo de 2017, por la suma total de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 7.500,00). Elio por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar al Programa de Comunicación y Publicidad a emitir la correspondiente Orden de Publicidad. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente en la partida presupuestaria correspondiente. ARTÍCULO 4.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar. RESOLUCIÓN S.S.D.E. N / jmt Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argenhinas O0 122

17 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 15 it Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 14 MAR 2017 VISTO el Expediente S.D. N 860/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de colchones y frazadas para personas en situación de vulnerabilidad, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Políticas Sociales y de Derechos Humanos, mediante la Nota de Pedido N295/2017, obrante a foja N 4. Que área requirente ha solicitado presupuesto a varias firmas del rubro, indicado a foja N 13 que la oferta presentada por la firma SPYMO de López Héctor Daniel, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ ,00), se ajusta técnicamente a lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS RES U E LV E: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma SPYMO de López Héctor Daniel, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ ,00), referente a la adquisición de colchones y frazadas para personas en situación de vulnerabilidad, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Políticas Sociales y de Derechos Humanos, mediante la Nota de Pedido N295/2017, obrante a fojas N 4. ElIo por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3Q. Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Ayudas económicas a sectores vulnerables, Partida 031. ARTÍCULO 4Q Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S. E yf N t.a / Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

18 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provina de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 16 MAR 2017 VISTO el Expediente SM. N 1070/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos alimenticios necesarios para los eventos durante el Mes de la Mujer, en conformidad con lo solicitado por la Coordinadora de Políticas Públicas para la Mujer mediante la NOTA N 002/2017 LETRA: Sub.E.S y la Nota de Pedido N , obrante a fojas 3, 10 y 11, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del Que el área solicitante tomo intervención a fojas 19 (vuelta), indicando que la oferta presentada por la firma GUALDESI HNOS S.R.L., por la suma total de PESOS UN MIL DIECISEIS CON 01/100 ($ 1.016,01), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decreto Municipal N 1571/2016. Por ello: ARTÍCULO 1.- EL SUBSECRETARÍO DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: Autorizar la contratación en forma directa con la firma GUALDESI HNOS S.R.L., por la suma total de PESOS UN MIL DIECISEIS CON 01/100 ($1.016,01), referente a la adquisición de insumos alimenticios necesarios para los eventos durante el Mes de la Mujer, en conformidad con lo solicitado por la Coordinadora de Políticas Públicas para la Mujer mediante la NOTAN 002/2017 LETRA: Sub.E.S y la Nota de Pedido N 415/2017, obrante a fojas 3, 10 y 11, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de la Mujer, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S. Ev FN / L.V. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

19 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE 1IERRA DEL FUEGO AN IARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGEN1INA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA USHUAIA, 16 tmr 207 VISTO el Expediente O.P. N 300/2017 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución E. y F. N 92/2017 se autorizó la contratación en forma directa con la firma PROMAT S.R.L, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO 58/100 ($12.341,58), referente a la adquisición de elementos de reparación de baño para la Sra. Lopez Librada Eva, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota de Pedido N 29/2017, obrante a foja 16 y 17 respectivamente Que la Direccion de Compras Mayores y Menores no ha emitido Orden de Compra a favor de la firma antes mencionada, dado que la cotizacion de la misma se encontraba vencida, por lo que correspondia solicitar una nueva cotizacion a fin de emitir una Orden de Compra con unos los valores vigentes. Que en consecuencia corresponde dictar un nuevo acto administrativo que regularize las presentes actuaciones. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1256/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016, y Articulo N 117 y N 146 de la Ley N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Sustituir el tercer Considerando de la Resolucion 5, 5. E. y F. N 92/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: Que el área solicitante tomo intervención a foja 28 (vuelta), indicando que la firma PROMAT SRL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 24/100 ($12.357,24), cumple con lo requerido por el área. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Sustituir el Articulo 1 de la Resolucion E. y F. N el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma PROMAT S.R.L, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 24/100 ($12.357,24), referente a la adquisición de elementos de reparación de baño para la Sra. Lopez Librada Eva, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota de Pedido N , obrante a foja 16 y 17 respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 3.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION E. y F. N / m. 081W Las Islas Malvinas, Ceorgias y Sándwich del Sur, son y serán

20 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 17 MAR VISTO el Expediente M.A. N 220/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de bolsas de residuos para realizar campañas de limpieza, en espacios públicos dependientes de la Secretaria de Medio Ambiente, en conformidad cori lo solicitado por la Secretaria de Medio Ambiente mediante la Nota de Pedido N 11/2017, obrante a fojas 3. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área solicitante tomo intervención a foja 15 mediante Nota N 50/2017 Letra:D.A.S.M.A, indicando que la firma LOIZA IVAN DANIEL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($153.00,00), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016 y Decreto Municipal N 1571/2016. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma LOIZA IVAN DANIEL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($15300,00), referente a la adquisición de bolsas de residuos para realizar campañas de limpieza en espacios públicos dependientes de la Secretaria de Medio Ambiente, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Medio Ambiente mediante la Nota de Pedido N 11/2017, obrante a fojas 3. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 con con cargo al Titular Presupuestario de Secretaria de Medio Ambiente- Reciclamiento, Partida 012. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S E.vFN / I.e.m. Dado Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

21 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina, Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 17 MÁR VISTO el Expediente O.P. N 2/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos destinados a la instalación de gas y electricidad en el Galpón de Tareas Prioritarias, en conformidad con lo solicitado por Dirección de Tareas Prioritarias mediante la Nota de Pedido N 129/2017, obrante a fojas 13, 14, 15, y 16, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área solicitante tomo intervención a foja 37 (vuelta), indicando que la firma PROMAT S.R.L, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 39/100 ($31.449,39), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decreto Municipal N 1571/2016. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍAY PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma PROMAT S.R.L, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 39/100 ($31.449,39), referente a la adquisición de insumos destinados a la instalación de gas y electricidad en el Galpón de Tareas Prioritarias, en conformidad con lo solicitado por Dirección de Tareas Prioritarias mediante la Nota de Pedido N 129/2017, obrante a fojas 13, 14, 15, y 16, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicos, partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S E.VPN / fl.m. LSAPRIBIR Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

22 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS USHUAIA, 17 MAR VISTO el Expediente O.P. N 5159/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de UN (1) calefón para reemplazar el ya existente en la División Destape dependiente de la Dirección de Control Operativo, de acuerdo a lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. C. O. N 59/2016 a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 234/2017 obrante a fojas 7. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área requirente tomo intervención a fojas 14 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma IM-CO-FUE. S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL CIENTO VEINTE ($ ), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestado para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/ Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa de la firma IM-CO-FUE. S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL CIENTO VEINTE ($ ), por la adquisición de UN (1) calefón para reemplazare! ya existente en la División Destape dependiente de la Dirección de Control Operativo, de acuerdo a lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. C. O. N 59/2016 a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 234/2017 obrante a fojas 7. ElIo por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Articulo 1 al Responsable Presupuestario Programa Mantenimiento, Partida 051. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushqá[á.\d.mpIido, archivar. JJJCIONS.S. E.vF.N /2017. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich deí SUr, scrn y serán Argentinas

23 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR =REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 17 MAR VISTO el Expediente I.D. N 5372/2016 dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución S. S. D. E. N 585/2016 se autorizó la contratación en forma directa con la firma EDUARDO RUSSO Y CIA. SA., por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL CIEN CON 00/1 00 ($ ,00), referente a la adquisición de productos necesarios para el mantenimiento de los Natatorios Ana Karelovic y Polo Deportivo Héroes de Malvinas, conforme lo requerido por el Instituto Municipal de Depertes. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente la Órden de Compra N 592/2016. Que en virtud a la apertura del ejercicio 2017, y lo indicado a fojas 26 vuelta por e Sr. Director de Administración del Instituto Municipal de Deportes, corresponde imputar el saldo de la presente contartación al Titular Presupuestario Instituto Municipal de Deportes- Escuelas Deportivas, Partida 12. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo III de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS: RESUELVE: ARTICULO 1.- Sustituir el ARTICULO 3 de la Resolución 5. S. D. E. N 585/2016, el que quedara redactado de la siguiente manera: ARTICULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación, con cargo al Titular Presupuestario Instituto Municipal de Deportes- Escuelas Deportivas, partida 012. Ello por lo referido en los considerandos. ARTICULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S. S. E. y F. N d.m / Las Islas MalvInas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos no o 130

24 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA XL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR REPU8LICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 17 MM. 2O 7 VISTO el Expediente O.P. N 7281/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de equipos de comunicación tipo handys, destinado al personal que se encuentra realizando tareas de bacheo, para la reorganización del paso vehícular, de acuerdo a lo solicitado por la Dirección de Tareas Prioritarias dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos mediante Informe D. T. P. N 139/2016 a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 419/2017 obrante a fojas 7. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicítado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área requirente tomo intervención a fojas 18 indicando que la oferta presentada por la firma COMUNICACIONES FUEGUINAS S.R.L., cuya pmpuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA ($ ), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/ Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa de la firma COMUNICACIONES FUEGUINAS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA ($ ), por la adquisición de equipos de comunicación tipo handys, destinado al personal que se encuentra realizando tareas de bacheo, para la reorganización del paso vehicular, de acuerdo a lo solicitado por la Dirección de Tareas Prioritarias dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 419/2017 obrante a fojas 7. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la DO! Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

25 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS /11.2. Correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Articulo 1 al Responsable Presupuestario Subsecretaría Servicios Públicos, Partida 051. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S.S. E. y F. N /2017. p.l.n. 4 0Ü 131 Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

26 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 17 MAR VISTO el Expediente S,C. N 553/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos destinados al sistema de colgado en las paredes de la sala del Centro Cultural Esther Padul, en conformidad con lo solicitado por Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N , obrante a fojas 7. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del Que el área solicitante tomo intervención a foja 17 (vuelta), indicando que la firma PIEDRAS Y MADERAS SRL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON 85/100 ($2.143,85), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decreto Municipal N 1571/2016, Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma PIEDRAS Y MADERAS S.R.L, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON 85/100 ($2.143,85), referente a la adquisición de insumos destinados al sistema de colgado en las paredes de la sala del Centro Cultural Esther Padul, en conformidad con lo solicitado por Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N 133/2017, obrante a fojas 7. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad RESOLUCIÓN E. y P N /2017,- l.e.m. cumplido, archivar Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

27 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 25 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 17 MAR VISTO el Expediente C.P. N , del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación de TRECIENTAS (300) horas de maquina para intervenir a partir de la puesta un marcha de la Propuesta Urbano-Ambiental de la Cuenca Media de la ciudad de Ushuaia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Hábitat y Ord. Territorial mediante la Nota de Pedido N 351/2017, obrante a fojas 3. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área solicitante tomo intervención a fojas 37 (vuelta), indicando que las ofertas presentadas por las firmas QUINTEROS CONSTANTINO Y QUINTEROS RONAN S.H,, por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA MIL CON 00/100 ($ ) y MARAGAÑO DE ANDRES RODRIGO MARAGAÑO, por la suma total de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL CON ($ ), cumplen con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decreto Municipal N 1571/2016. Por ello: EL SUBSECRETARÍO DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las firmas QUINTEROS CONSTANTINO Y QUINTEROS RONAN S.H., por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA MIL CON 00/100 ($ ) y MARAGAÑO DE ANDRES RODRIGO MARAGAÑO, por la suma total de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ ), referente a la contratación de TRECIENTAS (300) horas de maquina para intervenir a partir de la puesta un marcha de la Propuesta Urbano-Ambiental de la Cuenca Media de la ciudad de Ushuaia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Hábitat y Ord. Territorial mediante la Nota de Pedido N 351/2017, obrante a fojas 3. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las correspondientes Órdenes de Compras. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos QDg 133

28 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. RepúbUca Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Fanzas /11.2. Presupuestario Subsecretaria Desarrollo Territorial Nuevas Urbanizaciones, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S. S. E. vp N L.V. fi fl fl 1 V2O1L Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos CDc 33

29 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página !34 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, ti MAR 2017 VISTO el Expediente 5.0. N , del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de UN (1) pasaje aéreo para la pasajera Andrea Benjamina GONZALEZ DNI: por los tramos USHUAIA AEROPARQUE CORRIENTES para el día 18 de Marzo del corriente año, en conformidad con lo aprobado mediante la Resolución S.P.S.S. Y DD.HH. N y lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 533/2017, obrante a fojas 21, 22 y 23, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON 81/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 5 51 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON 81/100 ($ ), referente a la adquisición de UN (1) pasaje aéreo para la pasajera Andrea Benjamina GONZALEZ DNI: por los tramos USHUAIA AEROPARQUE CORRIENTES para el día 18 de Marzo del corriente año, en conformidad con lo aprobado mediante la Resolución S.P.S.S. Y DD.HH. N 0088/2017 y lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 533/2017, obrante a fojas 21, 22 y 23, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos Ayudas Económicas a Sectores Vulnerables, Partida 31. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN LV / de Ushuaia Las Islas Malvinas, son y serán Argentinos 000!34

30 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página S Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretada de Economía y Finanzas USHUAIA, 17 MAR 2017 VISTO el Expediente S.D. N 1704/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de UN (1) pasaje aéreo para el pasajero Bernardo Luis BARAJ DNI: por los tramos USHUAIA - AEROPARQUE para el día 17 de Marzo del corriente año, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 540/2017 y lo aprobado mediante la Resolución S.P.S.S. Y DD.HH. N obrante a fojas 15, 21 y 22, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA CON ($6.790,82). Que se cuenta con saido presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA CON 82/100 ($ 6.790,82), referente a la adquisición de UN (1) pasaje aéreo para el pasajero Bernardo Luis BARAJ DNI: por los tramos USHUAIA - AEROPARQUE para el día 17 de Marzo del corriente año, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 540/2017 y lo aprobado mediante la Resolución S.P.S.S. Y DD.HH. N 0090/2017 obrante a fojas 15, 21 y 22, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos Ayudas Económicas a Sectores Vulnerables, Partida 31. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar !35 RESOLUCION E. y FN / L.V. Las Islas Malvinas, Argentinos 000 ;35

31 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, AntÑtida e Islas del Atlántico Sur. República kgentina. Municipalidad de Ushuaia 5eetaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 47 MAR 2017 VISTO el Expediente L.T. N , del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de artículos de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas diarias que se realizan en la Secretaria Legal y Técnica, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 112/2017 obrante a fojas 5 y 6, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que la Secretaria Legal y Técnica tomo la debida intervención indicando a foja 20(vuelta) que las ofertas de las firmas CAPPELLO MAURICIO JAVIER, por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVENTA Y CUATRO CON 73/100 ($ ) y RAYUELA de LEANDRO ALONSO, por la suma total de PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 60/100 ($ ), cumplen con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las firmas CAPPELLO MAURICIO JAVIER, por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVENTA Y CUATRO CON 73/100 ($ ) y RAYUELA de LEANDRO ALONSO, por la suma total de PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 60/100 ($ ), referente a la adquisición de artículos de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas diarias que se realizan en la Secretaria Legal y Técnica, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 112/2017 obrante a fojas 5 y 6, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.,4jARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos 880 i35

32 /11.2. m Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 30 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Econon,ia y Finanzas Presupuestario Secretaria Legal y Técnica, Partida & ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. 000?36 RESOLUCIÓN S. S. E. y F N LV. / ciad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos udo.36

33 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página ! 37 Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 18 MAR 2017 VISTO el Expediente S.C. N 1569/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de materiales de construcción necesarios para realizar mesas y caballetes que serán utilizados en el Té Bingo - Show Mujeres de la ciudad, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N obrante a fojas 4 y 5, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que la Secretaria de Cultura y Educación tomo la debida intervención indicando a foja 19 (vuelta) que la oferta presentada por la firma lm-co-pue S.R.L., por la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 20/100 ($ ), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.. Autorizar la contratación en forma directa con la firma IM-CO-PUE S.R.L., por la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 20/100 ($ ,20), referente a la adquisición de materiales de construcción necesarios para realizar mesas y caballetes que serán utilizados en el Té Bingo - Show Mujeres de la ciudad, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N 487/2017 obrante a fojas 4 y 5, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y P N L.V. 00 0!7 / Las Islas Argentinos 000!37

34 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 32 Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Aliántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Enomia y Finanzas ODD!38 USHUAIA, 1 t MhR 7fl17 VISTO el Expediente SE. N 294/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de seguro de incendio destinado a los inmuebles municipales que se encuentran ubicados en el predio sección O, ex quintal, grilla 3 de la vertiente sudoccidental del Valle de Andorra, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Patrimonio y Concesiones mediante la Nota de Pedido N 70/2017 y su anexo obrante a fojas 6, 7 y 8, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que la Dirección de Patrimonio y Concesiones tomo la debida intervención indicando mediante NOTA N LETRA: Dpto. Seg. S/Autom. e lnmob., obrante a fojas 40 y 41, que la oferta de la firma NACION SEGUROS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 01/100 ($ ), por ser la propuesta más económica. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del pcesente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma NACION SEGUROS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 01/100 ($ ), referente a la contratación por el servicio de seguro de incendio destinado a los inmuebles municipales que se encuentran ubicados en el predio sección O, ex quinta 1, grilla 3 de la vertiente sudoccidental del Valle de Andorra, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Patrimonio y Concesiones mediante la Nota de Pedido N 70/2017 y su anexo obrante a fojas 6, 7 y 8. respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra.,9RTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Las Islas Malvinas Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

35 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 33 oua :38 Provincia de Tierra del Fuego. Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas /11.2. Presupuestario Secretaria de Economía y Pinanzas, Partida 13. ARTiCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN 5. S. E. y F N LV. 000!38 / ario d Evaluación Gs:.ón de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos QDG :38

36 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SI.F REPUELICA ARGENTINA MLR4ICPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, i 9 MAR 2017 VISTO el Expediente C.G. N 1753/2017, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de UN (1) pasaje aéreo por los tramos Ushuaia Buenos Aires Ushuaia para el señor MUSTAPIC, Maximiliano, D.N.I. N , quien viajará a esa ciudad a realizar tareas inherentes a sus funciones, de conformidad con lo autorizado por la Secretario de Gobierno a cargo de la Secretada de Coordinación de Gestión a fojas 7. Que se ha solicitado presupuesto a la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por ser ésta la firma del rubro que mantiene Cuenta Corriente con éste Municipio, cuya cotización asciende a la suma total de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 16/100 ($ ,16). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa de la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS SR.L., por ser ésta la firma del rubro que mantiene Cuenta Corriente con éste Municipio, cuya cotización asciende a la suma total de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 16/1 00 ($10.787,16), por la adquisición de UN (1) pasaje aéreo por los tramos Ushuaia Buenos Aires Ushuaia para el señor MUSTAPIC, Maximiliano, D.N.I. N , quien viajará a esa ciudad a realizar tareas inherentes a sus funciones, de conformidad con lo autorizado por la Secretario de Gobierno a cargo de la Secretaria de Coordinación de Gestión a fojas 7. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la /I/.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del SUr, son y serán Argentinas

37 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL REDO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SLW DREPUGLICA ARGENTINA MISICIPALIDAD DE USHUAIA S CRETARIA DE ECONOMIA Y FINÁS4ZAS /11.2 correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 al Responsable Presupuestario Secretaría de Coordinación de Gestión, Partida 013. ARTICULO 4.- Comunicar, dar RESOLUCION S. S. E. y E. N pj.n. al Boletín Oficial de la Municipalidad /2017. de Ushuaia. Cumplido, archivar. S. GOMEZ de Gestión de Ushuaia Las islas Malvinas, Geoias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

38 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 36 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e sias del Atlántico Sur rrepública A,gentina Munidpalidad de Ushuaia USHUAIA,, A MAR 2817 VISTO el Expediente MA. N 1041/2017, del registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se gestiona la contratación de los servicios de UN (1) camión con caja, no inferior de SEIS (6 m3) metros cúbicos, provisto de brazo hidráulico con capacidad mínima para levantar SEIS (6 tn) toneladas o superior, con chofer, destinado al transporte de material de residuos, chatarra, etc. y/o lo que fuera solicitado por la Dirección de Higiene Urbana, por el término de OCHO (8) meses, con opción de prórroga de UN (1) mes más, conforme lo requerido a través de Nota N 05/2017 Letra: D.H.U. y mediante Nota de Pedido N 457/2017 obrante a fojas 9. Que el presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SESENTA Y SEIS CON 08/100 ($ ,08), a razón de PESOS NOVENTAY SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTAY TRES CON 26/100 ($97.883,26) mensuales. Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el ArtÍculo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N /2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Decreto Municipal N 1962/2015, Anexo 1 Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DECONOMiAY FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR el llamado a Concurso Privado para la contratación de los servicios de UN (1) camión con caja, no inferior de SEIS (6 m3) metros cúbicos, provisto de brazo hidráulico con capacidad mínima para levantar SEIS (6 tn) toneladas o superior, con chofer, destinado al transporte de material de residuos, chatarra, etc. y/o lo que fuera solicitado por la Dirección de Higiene Urbana, por el término de OCHO (8) meses, con opción de prórroga de UN (1) mes más, conforme lo requerido a través de Nota N 05/2017 Letra: D.H.U. y mediante Nota de Pedido N 457/2017 obrante a fojas 9, con un presupuesto oficial de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SESENTA Y SEIS CON 08/1 00 ($783066,08), a razón de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 26/100 ($ ,26) mensuales. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la Dirección de Compras Mayores y Menores de la Secretaría de Economia y Finanzas, a suscribir toda documentación correspondiente a dicho llamado, por los f//.2. tas lajas Malvinas. Grgias. Sándwich del Sur. son y serán Argentinos 000!40

39 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 37 OOg i4ø Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del AUántico Sur República Argentinaz Municipalidad de Ushuaia motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 3.- Aprobar el Pliego que forma parte integrante de la presente como Anexo 1. ARTÍCULO 4.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Mantenimiento e Higiene Urbana, Partida 13. ARTÍCULO 5.- Comunicar, DargltoJeyncicial de la Municipalidad de Ushuaia, Archivar. RESOLUCION E. y F, N /2017. p.l.n. de Gestión i,,nv nidnd de Ushuaia tas Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinos 000!4Ø

40 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Ç49 Secretaría de Economía y Finanzas CONCURSO PRIVADO N /2017 PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SESENTA Y SEIS CON 08/100 ($ ) L nw [EO N ól TNW i E DPar Recepci6n y Apertura de las Ofertas; Fecha: Hora: Lugar: birección de Compras Mayores y Menores - Secretaría de Economía y Finanzas. - Arturo Coronado 486 l Piso - Ushuaia. a Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas 49

41 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 39 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA Hoja Nro E ISLAS DEL ATLANTICD SUR EXPEDIENTE Nro MA-17 REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA CONCURSO PRIVADO Nro !4g USHUAIA, 14 de Marzo de 2017 Sres. Domicilio: LUGAR ENTREGA : DONDE EL ÁREA SOLICITANTE LO INDIQUE DOMICILIO ENTREGA: DONDE EL ÁREA SOLICITANTE LO INDIQUE Autorizado por Resotucion: - VALOR DEL PLIEGO: 0.00 FECHA APERTURA LUGAR APERTURA : DIR. COMPRAS MAYORES Y MENORES - A. CORONADO N PISO HORA APERTURA: 00:00 SELLADO PROVINCIAL: Exento Ley Provinciat Nro 143 MANTENIMIENTO OFERTA: TREINTA (30) DIAS PLAZO DE ENTREGA : O SERVICIO: A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO CORRESPONDIENTE. CONDICIONES DE PAGO : DENTRO DE LOS TREINTA (30) DE EFECTUADO EL SERVICIO CON LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA DEBIDAMENTE CONFORMADA Y CERTIFICADA POR EL ÁREA REQUIRENTE. Reng Descripcion Cantidad PrecUnit Importe 001 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN (1) CAMIÓN CON CAJA NO INFERIOR A LOS 8.00 SEIS (6m3) METROS CÚBICOS, CON CAPACIDAD DE CARGA NO INFERIOR A SEIS (ótn) CON BRAZO HIDRÁULICO, CON CHOFER, POR EL TÉRMINO DE OCHO (8) MESES, CON OPCIÓN DE PRÓRROGA POR UN (1) MES MÁS. EN UN TODO DE ACUERDO A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Y EN EL PLIEGO DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS/OPERATIVAS DEL SERVICIO SOLICITADO. e SECTOR SOLICITADO: DIRECCIÓN DE HIGIENE URBANA 000! 4. 9

42 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 40 Provincia de Tierra del Fuego Antártida o Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. OB o o 1 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES 1.- DE LOS ASPECTOS GENERALES Y PARTICULARES Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, inciso o) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 yanexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ GARANTIAS. Será necesaria la presentación de Garantía de Oferta de oferta que será del UNO POR CIENTO (1 %) del valor de la oferta, cuando el importe supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00). Las garantías de cumplimiento será del DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total de la adjudicación. Se podrá constituir en cualquiera de las formas indicadas a continuación: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del organismo contratante, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio del organismo contratante. El organismo deberá depositar el cheque dentro de los plazos que ruan para estas operaciones. c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional con posteridad al 31 de diciembre de Los mismos deberán ser depositados en el Banco de la Nación Argentina a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principalmente pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 dei Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. El organismo contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Asimismo de acuerdo a lo expuesto por la Dirección de Contaduria General mediante Nota N 77/15 Letra: C. G., los requisitos que deben cumplir las Pólizas y Pagares que se presenten, son los que a continuación se detallan: Tipo de póliza Garantía de Adjudicación de Contrato o similar. Consignar como Asegurado a la Municipalidad de Ushuaia. Compañia de Seguros poseer carácter de fiador solidario con renuncia a Beneficio de Excusión y División. Nombre del Tomador coincide con el Contratista enunciado en la Orden de Compra. Consignar el número de la Orden de Compra de manera correcta. Descripción de la prestación, acorde a la Orden de Compra. Expediente de Referencia concidente con la Orden de Compra. No contener cláusulas contrarias a CTTO y/o desfavorables al Municipio (plazos u otras). Compañía Aseguradora fija domicilio legal en la ciudad de Ushuaia por cuestiones judiciales o extrajudiciales. Poseer Certificación de firmas. Nombre del Apoderado firmante en la Póliza debe ser coincidente con el Nombre consignado en la Certificación de la Firma. Número de la póliza debe ser coincidente con la Certificación de Firma. En caso de que la Certificación del Colegio de Escribanos se realice por un Escribano perteneciente a una Jurisdicción distinta a Tierra del Fuego debe estar claro el nombre del Escribano firmante en la Certificación de Firma y coincidir con Certificación del Colegio de Escribanos. Número de REF en la Certificación de Firma coincidente en la Certificación del Colegio de Escribanos. f) Con pagarés sin protesto a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento de contrato, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma máxima establecida para contratar en forma directa según Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 000 LO 1

43 O Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 41 Provincia de llena del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Munkipalidad de Ushuaia. El organismo contratante, por razones debidamente fundadas, podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de aquella y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección. 3.- DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS. La unidad operativa de contrataciones, deberá notificar a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, dentro de los plazos fijados, para que retiren las garantías que se detallan a continuación: a) Las garantías de mantenimiento de la oferta, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. b) Las garantías de cumplimiento del contrato o las contragarantías, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. c) Las garantías de impugnación al dictamen de píe adjudicación, dentro de los DIEZ (10) días de dictado el acto administrativo que haga lugar a la impugnación presentada. Si la impugnación fuera rechazada se ejecutará la garantía integrada. La unidad operativa de contrataciones deberá remitir a la tesorería jurisdiccional una copia de la notificación cursada a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes para que retiren las garantías, indicando la fecha de comienzo y finalización del plazo con que cuentan los interesados para retiradas. La tesorería será el organismo encargado de devolver las garantías y para ello deberá haber recibido la correspondiente comunicación de la unidad operativa de contrataciones. 4.- APERTURA DE OFERTA Se realizará en la Dirección de Compras, Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas - Edificio Adolfo Cano - Arturo Coronado N 486, Ushuaia el día de de 2017, a las hs. 5.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS El proponente deberá entregar en la Dirección de Compras, Mayores y Menores un solo sobre o paquete cerrado y con la inscripción: CONCURSO PRIVADO N CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS UN (1) CAMIÓN CON BRAZO HIDRÁULICO, CON CHOFER, DESTINADO AL TRANSPORTE DE MATERIAL DE RESIDUOS APERTURA DE OFERTAS: HORA: conteniendo: La oferta propiamente dicha con la planilla de presupuesto de oferta (según modelo oficial). Un ejemplar original del pliego de la presente Licitación firmado en todas sus fojas por el oferente. Garantía de Oferta, en caso de corresponder. Certificado de Situación Fiscal exclusivo para licitaciones y/o Contrataciones expedido por la Dirección General de Rentas Municipal. Constancia de lnscripción en A.FJ.P. vigente al momento de la apertura, emitido on-line. Constancia de Inscripción en D.G.R. de la firma en el rubro. Certificado de Situación Fiscal Regular extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia. Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Articulo 112 de la Ordenanza Municipal N (según modelo oficial). Título de propiedad o constancia de adquisición del vehículo ofertado. Póliza y Comprobante de Seguro de la unidad ofertada. A.R.T. del chofer, siempre y cuando la unidad no sea conducida por el dueño. Nómina del personal afectado, detallando nombre, apellido, CUIT/CUIL y domicilio. Fotocopia del Carnet de conducir del/los conductores de la unidad, debiendo ser el mismo Categoría C. Habilitación municipal extendida por la Dirección de Transporte de corresponder. 6.- ACTO DE APERTURA DE SOBRES. En el acto de apertura sólo se admitirán las propuestas presentadas hasta la hora establecida, quedando cerrada la admisión de las mismas no permitiendo modificaciones a las presentes, ni pedidos de LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 2

44 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 42 Provincia de r del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur 00 0! O República Argentina Municipalidad de Ushuaia. aclaración o explicación que interrumpan el acto. En el caso de presentarse un EN TRAMITE, en alguna de las inscripciones o de los certificados, solamente serán considerados cuando se demuestre que fueron hechas con más de tres (3) días corridos de antelación a la fecha de apertura del Concurso Privado. No se tomarán en cuenta las propuestas que presenten correcciones, raspaduras o interlineas que no hubieren sido debidamente salvadas al pie de la misma con la firma del proponente. Las cantidades deberán consignarse en todos los casos en números y letras, cuando existan discrepancias entre ambas se considerará válida la indicada en letras. El Comitente se reserva el derecho de solicitar al o los oferentes, toda documentación respaldatoria y/o aclaratoria que considere necesario. 7.- PROPUESTAS IGUALMENTE CONVENIENTES Si resultasen dos o más propuestas igualmente convenientes, se podrá solicitar una mejora de ofertas. Estas mejoras de oferta se presentarán en sobre cerrado y se abrirán en el día y hora que se fije al efecto, labrándose acta en presencia de los interesados que concurran. 8.- VALIDEZ DE LAS OFERTAS. Las ofertas tendrán una validez de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de apertura de las mismas. En circunstancias excepcionales, el comitente podrá solicitar a los oferentes, una prórroga por un plazo adicional determinado. Este pedido y las respuestas deberán efectuarse por escrito. Los oferentes podrán negarse a acceder a este pedido sin perder por ello la Garantía de la Propuesta. No se permitirá durante esta prórroga, efectuar modificaciones sustanciales a las ofertas presentadas. 9.- CONSULTA DE PLIEGO Los pliegos estarán a disposición de los interesados para las consultas correspondientes en la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaria de Economía y Finanzas, sito en la calle Arturo Coronado N Piso, Ushuaia. 9.- MARCO REGULATORIO Y LEGAL La sola presentación de la oferta implica conocimiento y aceptación de las condiciones particulares y generales que rigen en el presente acto, que se realiza en base a la Ordenanza Municipal N 3693 su Decreto reglamentario N 1255/ CORRECCIÓN DE ERRORES. El criterio para la corrección de errores en la oferta será el siguiente: cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y los indicados en letras, prevalecerán estos últimos. Cuando haya una diferencia entre el precio unitario y el total de un rubro que se obtenga multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario que se haya indicado, a menos que a criterio del comitente fuera evidente que el precio correcto sea el del total del rubro, en dicho caso prevalecerá este y se corregirá el precio unitario. El comitente ajustará el monto de la oferta de la manera descripta anteriormente y el nuevo monto será mandatario para el proponente. Si este no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, ésta será rechazada y su Garantía de la Propuesta será ejecutada. it- ADJUDICACIÓN, GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN. En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación, se podrá dejar sin efecto la presente. Comunicada fehacientemente la adjudicación a uno o varios oferentes, estos tendrán un plazo de CINCO (5) días hábiles para presentar la Garantía de Adjudicación conforme al Articulo 2, En caso de no presentar la documentación requerida o desistir de la oferta realizada antes del vencimiento del plazo de validez establecido, el oferente perderá la garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se perderá en forma proporcional PAGO DE FACTURA. El pago de la factura conformada por la Inspección del Servicio se realizará dentro de los treinta (30) días de su presentación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS OOOLO

45 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 43 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. CARACTERÍSTICAS TÉCNICASIOPERATIVAS DEL SERVICIO SOLICITADO 1. OBJETO DEL PRESENTE LLAMADO. El presente llamado a Concurso Privado tiene por objeto la contratación de los servicios de UN (1) camión con caja, no inferior de SEIS (6m3) metros cúbicos, provisto de brazo hidráulico con capacidad mínima para levantar SEIS (6 tn) toneladas o superior, con chofer, destinado al transporte de material de residuos, chatarras, etc., y o lo que le fuera solicitado por la Dirección de Higiene Urbana. 2. PRESUPUESTO OFICIAL El mismo se establece en PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SESENTA Y SEIS CON 08/100 ($ ,08), a razón de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 26/100 ($97.883,26) mensuales 3.- PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. El contrato tendrá una vigencia de OCHO (8) meses, con opción a prórroga por UN (1) mes más. El período dará comienzo con la firma de un Acta de Inicio entre el encargado de la Dirección de Higiene Urbana y el responsable por la empresa adjudicataria. 4.- CLÁUSULA ESPECIAL. La empresa prestataria del servicio se hará cargo de todos los gastos directos e indirectos para dar cumplimiento a las condiciones del presente pliego, estando a su cargo el pago de salarios, seguros y demás aportes y contribuciones correspondientes al personal que preste el servicio, cuyo desempeño y responsabilidad estará totalmente a su cargo. 5.- ESPECIFICACIONES PARTICULARES: DeI Vehículo. La presente contratación involucrará a: Alquiler de UN (1) vehículo tipo camión con caja volcadora no inferior a los SEIS (6m3) metros cúbicos, capacidad de carga no inferior a las SEIS (6 tn.) toneladas, con chofer, para la recolección de chatarra y otros residuos que disponga el responsable de la Dirección de Higiene Urbana. a) Cantidad de horas diarias: SEIS (6) horas diarias. b) Frecuencia: SEIS (6) días por semana, de Lunes a Sábados (feriados incluidos). c) Horario: de 09:00 a 15:00 horas. Pudiendo cambiarse el mismo de acuerdo a las necesidades del Servicio, como así también estar disponibles para campañas de limpieza organizadas por la Secretaria de Medio Ambiente De la Tarea. Se requerirá que la empresa realice los siguientes trabajos generales: a) Retiro de diversos materiales, residuos voluminosos, restos de poda o chatarra y objetos fuera de uso en sectores requeridos por el área en diferentes puntos del ejido urbano de la ciudad y de la via pública en aquellos lugares que los hubiera. b) Traslado de los mismos al lugar que el Municipio designe para tal fin. c) Depositar los materiales levantados en forma ordenada en el predio designado. d) Colaborar con cualquier otra tarea emergente o no referida al proceso de mantenimiento general que contribuya a una mejor imagen del lugar. limpieza o 6.- ESPECIFICACIONES PARTICULARES: Del Vehículo. (ji a) El adjudicatario del servicio deberá garantizar las condiciones del vehículo y en caso de romperse el mismo, por causa debidamente justificada, como rotura imprevista del camión, la que deberá ser informada de inmediato. El servicio no podrá estar suspendido más de CUARENTA Y OCHO (48) horas, de ocurrir esto, el adjudicatario deberá reemplazar la unidad dañada por otra de características similares para continuar el servicio. b) El vehículo que realizará la tarea deberá encontrarse en buenas condiciones, con los seguros LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 00O1D

46 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 44 Provincia de Tier del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. flflg correspondientes vigentes y habilitado por la Dirección de Transporte para realizar las tareas solicitadas en el presente pliego. El vehículo en cuestión deberá poseer también equipo de comunicaciones del tipo VHF o en su defecto el personal con telefonía celular para comunicaciones operativas con este municipio. Asimismo será provisto por la Municipalidad una unidad GPS para control (a cargo de la Municipalidad). c) El personal deberá contar con carnet de conducir con la categoría que corresponda y el seguro de vida y accidentes laborales vigente. d) Deberá contar con distintivo que indique AL SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Del Vehículo. a) El adjudicatario del servicio deberá garantizar el servicio de acuerdo a lo descripto en los puntos 5.1 y 5.2, sin excepción. b) Todos los insumos y vestimenta adecuada, como así también guantes y y calzado reglamentario y/o elementos que sean necesarios para la realización de los trabajos serán provistos por la empresa. c) Asimismo ante eventuales requerimientos o urgencias de trabajo por parte del municipio durante el horario estipulado, la empresa brindará el servicio, en la medida de lo posible, siendo reconocidas y compensadas sus horas adicionales a posteriori con horas no trabajadas. d) Ante la falta injustificada de la prestación por parte de la empresa adjudicataria, la misma deberá reemplazar a la brevedad el personal faltante dejando constancia en Acta de lo sucedido para los fines administrativos que se estime corresponder. e) Las vestimentas apropiadas y necesarias a efectos de seguridad laboral del personal de la firma contratista quedará a cargo de la misma, quien deberá cumplir con las normas laborales vigentes en esta materia. El municipio tiene el deber de velar celosamente por el cumplimiento de esta norma, estando facultado el mismo para el apercibimiento correspondiente de no cumplimentarse esta normativa. 7.- CHOFER. Todos los gastos relacionados con la provisión del chófer correrán por cuenta del contratista, y éste tendrá la obligación de reemplazarlos cada vez que el servicio lo requiera. 8.- PLANILLA DE PRESENTACIÓN DEL CAMIÓN. Por cada camión que ofrezca el proponente deberá adjuntar una PLANILLA DE PRESENTACIÓN DEL CAMION, de acuerdo al modelo agregado al presente pliego, debidamente conformada. El incumplimiento total o parcial de este requisito dará derecho a la Municipalidad a rechazar en todo o en parte la oferta, sin que dé derecho de reclamo alguno por parte del oferente. 9.- REPOSICIÓN DE EQUIPOS. Cuando el camión deba ser dejado fuera de servicio, el contratista lo reemplazará dentro de las próximas VEINTICUATRO (24) horas por otro de características, al menos iguales a las exigidas en el presente concurso y que permitieron la contratación DESPERFECTOS. Cada vez que el camión deba quedar provisoriamente fuera de servicio el contratista lo comunicará por Nota de Pedido indicando la causa y el tiempo estimado que llevarán las reparaciones. La inspección podrá solicitar el recambio del equipo en caso de considerarlo necesario ante los reiterados y/o prolongados períodos fuera de servicio SEGUROS EN GENERAL La contratista está obligada a tomar seguros que cubran contra todo tipo de accidente de trabajo al personal afectado a la prestación (chófer). Los seguros serán contratados con compañías argentinas y autorizadas en el orden nacional de reconocida solvencia y seriedad. La contratista deberá tomar seguros sobre todos sus vehículos tal que cubran los riesgos contra terceros derivados de la prestación de los servicios. Las pólizas deberán presentarse a la Municipalidad de Ushuaia dentro de los CINCO (5) días corridos anteriores de la fecha establecida para la iniciación de los servicios. Las renovaciones se acreditarán DIEZ (10) días corridos antes de los vencimientos de las coberturas. La no contratación de los seguros mencionados constituyen una falta grave que dará lugar a la inmediata suspensión del pago de los certificados y la aplicación de multas, sin perjuicio del derecho que le asiste a la Municipalidad para suscribir las pólizas a nombre de la contratista y descontar su importe con más los gastos administrativos que demande, de los certificados pendientes, del depósito de garantía o de cualquier otro crédito. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS ODO4g

47 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 45 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e islas del Atlántico Sur : República Argentina Municipalidad de Ushuaia ADECUACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO. 1. Para la adecuación de precios de contrato se tomará como base de cálculo, la incidencia determinada en la FORMULA POLINÓMICA establecida en punto 5. Esta estructura se mantendrá fua e inamovible durante toda la vigencia del contrato. Los indices de los distintos componentes o insumos serán los establecidos mensualmente por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), en caso de ser necesario (por no ser relevados por dicho Instituto), podrán utilizarse indices provenientes de organismos oficiales o especializados, aprobados por el comitente. Para la mano de obra se empleará a modo de índice el importe correspondiente al Salario Básico de un Chofer de Primera Categoría, del Convenio Colectivo de Trabajo N 40/89 del Sindicato de Choferes de Camiones. 2. Sobre la base de la base de la estructura descripta en el punto anterior y teniendo en cuenta la variación de cada uno delos componentes de la misma, el Proveedor podrá solicitar la adecuación de precios del contrato cuando los costos de los factores prencipales que la componen reflejen una variación conjunta igual a superior al DIEZ (10%) a los precios de contrato o de la última adecuación. 3. Se tomará como base para el cálculo de las adecuaciones de precios, el mes de apertura de las ofertas. 4. Se efectuarán las sucesivas adecuaciones del precio sobre la base del proporcional del contrato faltante de ejecutar, en la medida en que el valor absoluto de la expresión: Donde: ((FAi-.FAi 1)/FAi 1)xlOO 10% F Factor de adecuación de la adecuación anterior o 1, si no existiera una adecuación anterior. F Factor de adecuación del mes de la adecuación. Los precios del proporcional del contrato faltante de ejecutar al momento de la nueva adecuación, se adecuarán y certificarán a partir del mes en que se verifique que el valor absoluto de la expresión ((F F AM) / E AM ) x 100, supere el 10%, usando la siguiente fórmula: Pi = P0 x [% U + (1- %U) x F Al Donde: Pi: Monto del contrato faltante adecuado (i: nueva adecuación). Po: Monto del contrato faltante al momento de la adecuación, expresada en valores básicos. Faj: Factor de reajuste en la adecuación identificada como i (i: nueva adecuación). = porcentaje de Utilidad o Beneficio. En caso de no encontrarse especificado en la oferta, la Municipalidad adoptará de oficio un beneficio del 8%. 5.- Se establece como Fórmula Polinómica de Referencia la siguiente expresión: FA= 0,33 x (MO] MO0) + 0,135 x (AE1 /AE0) + 0,085 x [0,70 (AE /AE0) + 0,30 (MO] MO0)] + 0,43 x (CLICL0)+OM2x(GS/GG0) Siendo: (MO, / MOo): Factor que mide la variación de los precios del componente Mano de Obra. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al més de la adecuación (Mo) y el indicador de precio básico (MOo). Para este servicio se utilizará a modo de indice el Salario Básico de un Chofer de Primera Categoría, del Convenio Colectivo de Trabajo N 40/89 del Sindicato de Chóferes de Camiones. 43 (AE / AE0): Factor que mide la variación de los precios del componente Amortización de Equipos. Es la relación entre el índice correspondiente al mes de la adecuación (AE) y el indice básico (AE0). INDEC Dec. 1295/02, Art. 15, lncisoj). LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 000!40 6

48 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 46 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina O 40 Municipalidad de Ushuaia. (CL / CL0): Factor que mide la variación de los precios del componente Combustibles y Lubricantes. Es la relación entre el índice correspondiente al mes de la adecuación (CIj) y el indice básico (CL3). INDEC Dec. 1295/02, Art. 15, Inciso k). (GG/ GG0): Factor que mide la variación de los precios del componente Gastos Generales. Es la relación entre el ínidice correspondiente al mes de la adecuación (GG) y el indice básico (GG0). INDEC Dec. 1295/02, Art. 15, Inciso p). Los Coeficientes de ponderación indicados, representan la incidencia del costo de los componentes em el costo directo total del contrato, sobre la base del presupuesto oficial. GOMEZ de EV3)UaCÓP de Ushuaia LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁÑÁRGENTINAS 7

49 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 47 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia MODELO DE PLANILLA DE PRESENTACIÓN DÉL CAMIÓN PROPONE NTE CAMION MARCA MODELO AÑO DE FABRICACIÓN POTENCIA (HP) PROPIETARIO EQUIPO COMUNIC. PRECIO POR MES $ EN NÚMEROS EN LETRAS Firma del Representante Firma del Proponente NOMBRE NOMBRE: D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA 412 DOMICILIO DOMICILIO LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTW4S uu 01 o a

50 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 48 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur O O O O República Argentina Municipalidad de Ushuaia. FORMULA DE OFERTA Señor Intendente Municipalidad de Ushuaia 5 / d USHUAIA de de El/los abajo firmantes, constituyendo domicilio legal en la calle de la ciudad de Ushuaia, manifiestan a Ud. con carácter de declaración jurada, que han estudiado detenidamente todos y cada uno de los documentos del Concurso Privado N /2017: CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS UN (1) CAMIÓN CON BRAZO HIDRÁULICO, CON CHOFER, DESTINADO AL TRANSPORTE DE MATERIAL DE RESIDUOS y han obtenido toda la información y elementos necesarios para poder establecer los más justos precios motivo de este Concurso Privado. Declaro/amos expresamente, que para cualquier cuestión judicial que se suscite por el llamado a Concurso Privado, su posterior trámite, adjudicación y desarrollo del contrato, aceptamos la Jurisdicción Judicial de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en los Tribunales Competentes con asiento en la ciudad de Ushuaia. No quedándonos dudas al respecto, proponemos proveer en alquiler el camión descripto en las planillas adjuntas, a los precios que a continuación se indican. Meses 8 DESCRIPCION Contratación de los servicios de UN (1) camión con caja, no inferior de SEIS (6m3) metros cúbicos, provisto de brazo hidráulico con capacidad mínima para levantar SEIS (6 tn) toneladas o superior, con chofer, destinado al transporte de material de residuos, chatarras, por el término de OCHO (8) meses, con opción a prórroga por UN (1) mes más Mensual TOTAL ecio Total Precio mensual son pesos Precio Total de la oferta son pesos ($ Convenimos en mantener nuestra oferta por un período de treinta (30) días a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Saludamos al Señor Intendente atentamente. Nombre: Firma de! Proponente D.N.I. Nombre de la Empresa: 4? Domicilio LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS OOO4o

51 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 49 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e islas del Atiá ntico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia DECLARACIÓN JURADA Por medio de la presente, declaro/amos bajo juramento no estar incursols en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artículo 112 de la Ordenanza Municipal N Nombre: Firma del Proponente D.NJ. Nombre de la Empresa: Domicilio: ARTÍCULO No podrán contratar con la Administración Municipal: a)los deudores morosos del fisco municipal, b)los agentes y funcionarios del Municipio y las empresas en las cuales aquellos tuvieran una participación, c)los inhabilitados judicialmente, mientras no sean rehabilitados, d)los condenados por delitos dolosos, mientras dure la condena, e)las personas que se encuentren condenadas por delitos contra la propiedad o contra la administración pública, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la corrupción, Ley N , f)los inhabilitados para contratar con el municipio por la aplicación del artículo 113 de la presente. ARTICULO Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones: 1 Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2.Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3,Rescisión por su culpa. 4.lnhabílitación para contratar con el Municipio. 5.Apercibimiento. 6. Suspensión. 7. Inhabilitación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS 000!g 1

52 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 50 O ti E 141 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, te MAR ? VISTO el Expediente C.G. N 1720/2017, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de insumos para el evento denominado Te Bingo de la Mujer a realizarse en el Microestadio Pioneros Fueguinos, de acuerdo a lo requerido por la Subsecretaría de Evaluación de Gestión mediante Nota N 14/2017 Letra: Ss. E. G. obrante a fojas 2, 3 y 4 y a través de la Nota de Pedido N 562/2017 obrante a fojas isa 18. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a diferentes firmas del rubro, cuyas propuestas ascienden a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 88/100 ($ ,88). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 1100, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo l del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas detalladas en el Anexo 1, que forma parte de la presente, cuyas cotización ascienden a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 88/100 ($ ,88), por la adquisición de insumos para el evento denominado Te Bingo de la Mujer a realizarse en el Microestadio Pioneros Fueguinos, de acuerdo a lo requerido por la Subsecretaria de Evaluación de Gestión mediante Nota N 14/2017 Letra: Ss. E. G. obrante a fojas 2, 3 y 4 y a través de la Nota de Pedido N 562/2017 obrante a fojas 15 a 18. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas 1) fi 0 1 4

53 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página ; 1 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZAS correspondientes Ordenes de Compra. ARTICULO 3.- Imputar la correspondientes, Partidas 012 y 013. ARTICULO 4.- Comunicar, dar al RESOLUCION S. S. E. y F. N suma indicada en el Artículo 1 a los Responsables Presupuestarios Boletín Oficial 00014; de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. /2017. p.l.n. de Ge?St[Ofl 010ipaUdad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. son y Serán Argentinas 00014;

54 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página i& PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR ZREPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINAJJZAS ANEXO 1 DE LA RESOLUCIÓN E. y F. N /2017 FIRMA IMPORTE ALCIRA SOLIS $50.000,00 AGUA PATAGONICA S.R.L. $31.500,00 IMPRESION ARTE DE HERNAN NAVARRO $46.800,00 SUPERLIMP S.R.L. $248,20 COSMOS DE KAYROS S.A. $43.743,46 SOLANA S DE SUAREZ GLADIS BEATRIZ $12.300,00 GUALDESI HNOS. S.R.L. $52.296,72 VELIZ LUIS ALBERTO $8.571,50 TOTAL $ ,88 Camila S. GOMEZ ecretario de Evaluación de GesUófl iunicipadad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur son y serán Argentinas 000 4

55 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ÁTLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA,?O MAR 2017 VISTO el Expediente C.G. N 1720/2017, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución E. y F. N 141/2017 se gestionó la adquisición de insumos para el evento denominado Te Bingo de la Mujer, a realizarse en el Microestadio Pioneros Fueguinos, de acuerdo a lo requerido por la Subsecretaría de Evaluación de Gestión. Que a tal fin la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido las Órdenes de Compra Nros. 149/17 a favor de la firma ALCIRA SOLIS, por la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ ,00); 150/17 a favor de la firma AGUA PATAGONICA S.R.L., por la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ ,00); IMPRESION ARTE de Hernán NAVARRO, por la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ ,00); SUPERLIMP S.R.L., por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 20/100 ($ 248,20); 153/17 a favor de la firma COSMOS de KAYROS S.A., por la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 46/100 ($ ,46); 154/17 a favor de la firma SOLANAS de SUAREZ GLADIS BEATRIZ, por la suma de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS ($12.300,00); 155/17 a favor de la firma GUALDESI HNOS. S.R.L., por la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 72/100 ($ ,72) y 156/17 a favor de la firma VELIZ LUIS ALBERTO, por la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 50/100 ($ 8.571,50), ascendiendo las mismas a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 88/100 ($ ,88). Que se ha incurrido en un error al omitir, al momento de la confección, contemplar la Nota de Pedido N 564/17, obrante a fojas 18. Que el área solicitante ha requerido cotización a la firma IMPRENTA FORMAS S.R.L., por la suma de PESOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ ,00), correspondiendo efectuar la contratación requerida. Que la firma VELIZ Luis Alberto, ha informado la imposibilidad de dar cumplimiento con la Orden de Compra N 156/2017, dada la falta de stock de los insumos requeridos, por lo que corresponde dejar sin efecto la mencionada y adquirir los mismos en la firma GUALDESI HNOS S.R.L., quien fue el segundo oferente, de acuerdo al cuadro comparativo obrante a fojas 25 a 32, ascendiendo dicha diferencia a la suma de PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 93/100 ($11.371,93). Que mediante Nota sin número, Letra Sub. Sec. E. 5., producida por la señora Subsecretaria de Economía Social, informa que la firma COSMOS de KAYROS SA., podrá hacer entrega parcial de los ítems adquiridos según renglón N 34 y en su totalidad a los items del renglón N 35, ambos de la Orden de Compra N 153/2017, por lo cual solicita la modificación de la mencionada, aceptando la Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del SUr, SOfl y serán Argentinas

56 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página /1.2 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS cantidad parcial del renglón N 34 y la sustitución del renglón N 35, ascendiendo dicho cambio asciende a la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 3.455,00). Que en consecuencia, corresponde dictar una nueva norma que regularice las actuaciones, ascendiendo la misma a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 47/1 00 ($ ,47). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 1100, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551/2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley de Procedimiento Administrativo N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Sustituir el segundo considerando de la Resolución E. Y F. N 141/201 7, el que quedará redactado de la siguiente manera: Que el área requirente ha solicitado presupuestos a diferentes firmas del rubro, cuyas propuestas ascienden a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 47/100 ($ ,47). Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- Sustituir el Artículo 1 de la Resolución antes mencionada, el que quedará redactado dee la siguiente manera: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas detalladas en el Anexo 1, que forma parte de la presente, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 47/100 ($ ,47), correspondiente a la adquisición de insumos para el evento denominado Te Bingo de la Mujer, a realizarse en el Microestadio Pioneros Fueguinos, de acuerdo a lo requerido por la Subsecretaria de Evaluación de Gestión, mediante Notas de Pedido Nros. 562/17 y 564/17, obrante a fojas 15 a 17 y 18 respectivamente. Ello por los motivos expuestos en el exordio. Ello por lo indicado precedentemente. ARTICULQ 3.- Sustituir el Anexo 1, de la Resolución S.S. E. y F. N 141/2017, el que quedará / Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

57 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE PERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR :REPUBIJCA A1GENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETAMA DE ECONOMIA Y FINANZAS /1/3. redactado conforme al Anexo 1, que forma parte de la presente. Elfo por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 4.- Autorizar la contratación directa de las firmas: IMPRENTA FORMAS S.R.L., por la suma de PESOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ ,00); GUALDESI HNOS S.R.L., por la suma de PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 93/100 ($ ,93) y COSMOS de KAYROS SA., por la suma total de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 3.455,00), correspondiente a la adquisición de insumos para el evento denominado Te Bingo de la Mujer, a realizarse en el Microestadio Pioneros Fueguinos, de acuerdo a lo requerido por la Subsecretaría de Evaluación de Gestión. Ello por los motivos expuestos en el exordio. Articulo 5.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las Ordenes de Compra conforme a la contratación autorizada en el Articulo 4. ElIo por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 6.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a dejar sin efecto la suma de PESOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 84/100 ($ ,84) del renglón N 34 y la totalidad delrenglón 35 de la Orden de Compra N 153/ Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 7.- Imputar la suma de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 9.600,00), Partida 012 y PESOS DOCE MIL ($ ,00), Partida 013, con cargo al Responsable Presupuestario Secretaria de Economía; la suma de PESOS CIENTO SEIS MIL VEINTIDÓS CON 25/100 ($ ,25), con cargo al Responsable Presupuestario Secretaría de Cultura y Educación, Partida 012 y la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTITRÉS CON 22/100 ($ ,22), Partida 012 y PESOS SESENTA MIL SETECIENTOS ($ ,00), Partida 013, con cargo al Responsable Presupuestario Secretaría de Mujer. ARTÍCULO 8.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION E.vF. N _ /2017. IEZ DE USHUAIA Las islas Malvinas, Georgias y SándwiCh del Sur, son y serán Argentinas

58 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 56 0O 1 2 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS ANEXO DE LA RESOLUCIÓN S. 5. E. y F. N /2017 UUU 41 FIRMA IMPORTE ALCIRA SOLIS $50.000,00 AGUA PÁTAGONICA S.R.L. $31.500,00 IMPRESION ARTE DE HERNAN NAVARRO $46.800,00 SUPERLIMP S.R.L. $248,20 COSMOS DE KAYROS S.A. $13.578,62 SOLANA S DE SUÁREZ GLADIS BEATRIZ $12.300,00 GUALDESI HNOS. S.R.L. $63.668,65 IMPRENTA FORMAS S.R.L. $23.750,00 TOTAL $ ,47 c.i. de Gestión MuniciPahdad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

59 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECDNOMIA Y FINANZAS USHUAIA, j 1 MAR 2017 VISTO el Expediente l.d. N 1782/2017, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la provísión de gas envasado a granel necesario para el Complejo Pioneros Fueguinos en el marco del evento Te Bingo Mujer de la Mujer, conforme lo requerido por el Instituto Municipal del Deporte, a través de la Nota de Pedido N 568/2017 obrante a fojas 4. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a la firma SARTINI GAS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CON 00/1 00 ($ ,00), por ser la empresa a la cual se le alquila en comodato dicho zeppelin. Que se cuenta con saldo presupuestado para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 N 1255/2013. del Decreto Municipal Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma SARTINI GAS S.R.L., por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ ,00), referente a la provisión de gas envasado a granel necesario para el Complejo Pioneros Fueguinos en el marco del evento Te Bingo Mujer de la Mujer, conforme lo requerido por el Instituto Municipal del Deporte, a través de la Nota de Pedido N 568/2017 obrante a fojas 4. ElIo por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 con cargo al Titular correspondientes, Partidas 012 y 013. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. de EvaluacIón lidad de Ushuaia Las son y serán Argentinas

60 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipahdad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas USHUAIA, 21 MAR 2011 Aeroparque Ushuaia VISTO el Expediente S.D. N 886/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de TRES (3) pasajes aéreos por los tramos Aeroparque y la contratación por el servicio de alojamiento por el termino de UNA (1) noche para los pasajeros Herrero Liliana Rosa, Montoya Carlotto Ignacio y Rossi Pedro, quienes participaran en el evento Día de la Memoria, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N obrante a fojas 14 y 15, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 60/100 ($ ) y MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo l del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 60/100 ($ ) y MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de TRES (3) pasajes aéreos por los tramos Aeroparque Ushuaia Aeroparque y la contratación por el servicio de alojamiento por el termino de UNA (1) noche para los pasajeros Herrero Liliana Rosa, Montoya Carlotto Ignacio y Rossi Pedro, quienes participaran en el evento Día de la Memoria, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N 406/2017 obrante a fojas 14 y 15, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. 7ÇRTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular ///2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

61 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 59 e Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Muniápalidad de Ushuaia Secretaria de Econcnía y Finanzas Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales Sanitarias y de DD.HH Consumos Problem. De Sus, Partida 13. Subprograma Prevención de ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. vr N UD D 4. & / LV. 6 0QEZ Evaua16n inus?wa a d Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos veo!4 4

62 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página !45 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR =REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 21 MAR 2017 VISTO el Expediente S.E. N 1648/2017, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la contratación de VEINTICUATRO (24) desagotes de efluentes en la cámara del Matadero Municipal, que luego serán trasladados hasta el Módulo de Decantación Primario ubicado en Bahía Golondrina, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Administración de Subsecretaría de Desarrollo Económico mediante Nota N 75/2017 Letra: D. A. Ss. D. E. 5. E. y F. obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 516/2017 obrante a fojas 4. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a la firma MARAÑO DE RAÚL RUBEN BOGADO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CON 00/1 00 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa de la firma MARAÑO DE RAÚL RUBEN BOGADO, por ser ésta la firma del rubro que mantiene Cuenta Corriente con éste Municipio, cuya cotización asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CON 00/1 00 ( $ ), por la contratación de VEINTICUATRO (24) desagotes de efluentes en la cámara del Matadero Municipal, que luego serán trasladados hasta el Módulo de Decantación Primario ubicado en Bahía Golondrina, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Administración de Subsecretaría de Desarrollo Económico mediante Nota N 75/2017 Letra: D. A. Ss. D. E. 5. E. y F. obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 516/2017 obrante a fojas 4.. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTICULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la Las Islas Malvinas, Georgias y SándwiCh del Sur son y serán Argentinas

63 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 61 O 1! 4 5 PROVINCIA DE TIERRA DEL FIEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR ZREPUBLICA ARGENTINAZ MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS /11.2. correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 al Responsable Presupuestario Secretaría de Economía y Finanzas, Partida 013. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S. 5. E. y F. N /2017. pj.n. s. GOMEZ de 00Oi 5 Las Islas Malvinas, Georías y SándwiCh del Sur, son y serán Argentinas

64 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR ZREPU8LICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente OP. N 606/2017, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de VEINTE (20) cámaras completas con fondo y tapa destinadas a realizar la reparación de las mismas de los sectores afectados por el desgaste de los materiales, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias mediante Informe D. T. P. N 71/2017 obrante a fojas 4 fojas 7. del rubro. y a través de la Nota de Pedido N 257/2017 obrante a Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas Que la Coordinadora de Gestión dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos ha tomado intervención a fojas 21 (vuelta), indicando que la propuesta presentada por la firma HORMIX S.A., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA MIL CON 00)1 00 ($ ,00), se ajustan a lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 N 1255/2013. dei Decreto Municipal Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571)2016 y N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: Decreto Municipal ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas HORMIX SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/1 00 ($ ,00), por la adquisición de VEINTE (20) cámaras completas con fondo y tapa destinadas a realizar la reparación de las mismas de los sectores afectados por el desgaste de los materiales, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias mediante Informe D. T. P. N 71/2017 obrante a (?)as4 y a través de la Nota de Pedido N 257/2017 obrante a fojas 7. ElIo por lo expresado en los Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del SUr, son y serán Argentinas

65 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página /11.2. PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Articulo 1 a los Responsable Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos Partida 012. SubPrograma3: Mantenimientode Red Cloacal y Pluviales, ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar RESOLUCION S.S. E. y F. N /2017. S. GQMEZ de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y Serán Argentinas

66 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente S.T. N 332/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de OCHO (8) cartuchos tóner para impresora láser siendo de suma necesidad para el normal funcionamiento de la Secretaria de Turismo, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota N 02/2017 Letra: DG. y G,I./DPTO. C. y F., y la Nota de Pedido N 156/2017, obrante a fojas 2 y 6, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que la Secretaria de Turismo tomo la debida intervención indicando a fojas 21 (vuelta) que la propuesta presentada por la firma MASTER S INFORMATICA S.R.L., por la suma total de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ ), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962f2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma MASTER S INFORMATICA S.R.L., por la suma total de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de OCHO (8) cartuchos tóner para impresora láser, siendo de suma necesidad para el normal funcionamiento de la Secretaria de Turismo, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota N 02/2017 Letra: DG. y G.I./DPTO. C. y F., y la Nota de Pedido N 156/2017, obrante a fojas 2 y 6, respectivamente, Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretarias de Admin. Del Recurso Turístico, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y F N L.VJ estór Ushuae Las del Sur, son y serán Argentinos

67 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 22 MAR 2617 VISTO el Expediente SE. N , del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de vigilancia y control en el predio donde se encuentran en resguardo los nuevos colectivos municipales, por el termino de un mes en la franja horaria desde las 18:OOhs hasta las 07:OOhs, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Economía y Finanzas mediante la Nota de Pedido N 292/2017 obrante a fojas 4. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a la firma CENTINELA S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 70/100 ($81.248,70). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma CENTINELA S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 70/100 ($ ,70), referente a la contratación por el servicio de vigilancia y control en el predio donde se encuentran en resguardo los nuevos colectivos municipales, por el termino de un mes en la franja horaria desde las 18:OOhs hasta las 07:OOhs, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Economía y Finanzas mediante la Nota de Pedido N 292/2017 obrante a fojas 4. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Economía y Finanzas, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S E.VFN / L.V. 8. GOMEZ Las Islas Malvina Argentinos

68 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página ik9 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINAz MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente O.P. N 297/2017, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de insumos de librería destinados a la Administración de la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por la Coordinación de Trabajos en la Vía Pública mediante Informe C. T. V. P. N 03/2017 obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 26/2017 obrante a fojas 7 y 8. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el Director de Tareas Prioritarias dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos ha tomado intervención a fojas 22 (vuelta), indicando que las propuestas presentadas por las firmas CAPPELLO MAURICIO JAVIER, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 60/1 00 ( $ 234,60); y RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 06/100 ($14.887,06), se ajusta a lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/201 5, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1. Autorizar la contratación directa con las firmas CAPPELLO MAURICIO JAVIER, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 60/1 00 $ 234,60); y RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 06/100 ($14.887,06), por la Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

69 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página /1.2. PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOM)A Y FINANZAS adquisición de insumos de librería destinados a la Administración de la Subsecretaria de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por la Coordinación de Trabajos en la Vía Pública mediante Informe C. T. V. P. N 03/2017 obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 26/2017 obrante a fojas 7 y 8. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las correspondientes Órdenes de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 a los Responsable Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos, Partida 012. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S.S. E. y F. N / S. GOMEZ de Ev&uaCiófl de UshUaia Las Islas MaMnas, Georgias y SándwiCh del Sur, son y serán Argentinas

70 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página e PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR =REPUBLICA ARGENTINAt MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 2 2.NAR 2017 VISTO el Expediente O.P. N 7915/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONS ID ERAN DO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de insumos destinados a la fabricación de zarandas para el grillado de áridos en la cantera municipal, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Control Operativo mediante Informe D.C. O. N 65/2016 obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 26/2017 obrante a fojas 14 y 15. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el Jefe Departamento Servicios Generales dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos ha tomado intervención a fojas 28 (vuelta), indicando que las propuestas presentadas por las firmas INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON 90/100 ( $ 9.829,90); PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 24/1 00 ($43.942,24; e IM-CO-FUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($1.220,00), se ajustan a lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE,ON 90/1 00 ($ 9.829,90); PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total ///.2. Las Islas Malvinas, Georgias y SáI1dWiC[I del Sur, son y serán Argentinas

71 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR ZREPUBLICÁ ÁRGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUÁIA SECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZAS /11.2. de PESOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 24/100 ($ ,24; e IM-CO-FUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.220,00), por la adquisición de insumos destinados a la fabricación de zarandas para el grillado de áridos en la cantera municipal, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Control Operativo mediante Informe D. C. O. N 65/2016 obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 26/2017 obrante a fojas 14 y 15. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTICULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las correspondientes Órdenes de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 a los Responsable Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicos Programa Mantenimiento, Partida 012. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S.S. E. y F. N /2017. GOMEZ de EvaluaciÓn Gestófl de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y SándwiCh del Sur, son y serán Argentinas

72 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA D L FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR ZREPUBLICA ARGENTINAZ MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente O.P. N 7916/2016, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de insumos para realizar trabajos de mejoramiento del sistema de iluminación del laboratorio de la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Control Operativo mediante Informe D. C. 0. N 71/2016 y a través de la Nota de Pedido N 226/2017 obrante a fojas 11 Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el Jefe de Departamento Servicios Generales dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos ha tomado intervención a fojas 22 (vuelta), indicando que la propuesta presentada por la firma CASA LUMAR S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL TREINTA CON 79/1 00 ($5.030,79), se ajusta a lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma CASA LUMAR S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL TREINTA CON 79/1 00 ($ 5.030,79), la adquisición de insumos para realizar trabajos de mejoramiento del sistema de iluminación del laboratorio de la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Control Operativo mediante Informe D. C. 0. N 71/2016 y a través de la Nota de Pedido N 226/2017 obrante a fojas 11. Ello por lo expresado en los considerandos. ÇCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la ///.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y seran Argentinas 0O ir J J

73 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIAY FINANZAS /11.2. correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la Subsecretaria de Servicios Públicos suma indicada en ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial RESOLUCIONS.S.E.yF.N el Articulo 1 a los Responsable Presupuestario Programa Mantenimiento, Partida 012. de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. /2017. tarjo de Ev&uación de Sestjón palidad de Ushuaia Las Islas MaIvnas, Georgias y SándwCh del Sur, son y serán Argentinas

74 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente O.P. N 305/2017, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de insumos para realizar trabajos de mejoramiento del sistema de iluminación exterior de la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias mediante Informe D. T. P. N 42/2017 y a través de la Nota de Pedido N 363/2017 obrante a fojas 10. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a la firma INGENIERÍA 65 S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ ,00). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 N 1255/2013. dei Decreto Municipal Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/201 5, Decreto Municipal N 1571/2016 y N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: Decreto Municipal ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma INGENIERÍA 65 S.R.L., cuya cotización asciende a la suma total de PESOS CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ ,00), por la adquisición de insumos para realizar trabajos de mejoramiento del sistema de iluminación exterior de la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias mediante Informe D. T, P. N 42/2017 Pedido N 363/2017 obrante a fojas 10. Ello por lo expresado en los considerandos. y a través de la Nota de TÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la nr,, Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas t3 2

75 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página /11.2. PROVINCIA DE TIERRb DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ÁTLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Articulo 1 a los Responsable Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicos, Partidas 012. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al RESOLUCION E. y F. N FnH Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. /2017. IO 3. GOMEZ Eviuadófl de 1IshUÑ Las Islas MaMnas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas gtjo 7

76 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR 2REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONDMIA Y FINANZAS USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente O.P. N 04/2017, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la provisión de combustible en las presentaciones de Nafta, Gas-Oil y/o Euro-Diesel destinado al equipamiento de maquinaria de las Direcciones de Tareas Prioritarias, Control Operativo, Cementerio, Parques y Jardines y equipos viales que pertenecen a la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias mediante Informe D. T. P. N 05/2017 obrante a fojas 4 y a través de la Nota de Pedido N 27/2017 obrante a fojas 7. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que la Secretaría de Planificación e Inversión Pública a tomado intervención a fojas 26 (vuelta) indicando que la propuesta presentada por la firma KAMBY S.A., se ajusta a lo requerido. Que la firma antes mencionada establece los precios unitarios de acuerdo al siguiente detalle: NAFTA SUPER NS XXI a razón de PESOS TRECE CON 84/1 00 ($ 13,84) el litro, GAS OIL UDIESEL XXI, a razón de PESOS TRECE CON 71/1 00 ($ 13,71) el litro y EURO- DIESEL a razón de PESOS QUINCE CON 66/1 00 ($ 15,66) el litro Que de acuerdo al requerimiento efectuado por el área, la contratación asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 80/100 ($ ,80). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Munidpal N 55 1 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: RTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma KAMBY S.A., por la suma total de 1/1.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwkh del SUr, son y serán Argentinas j

77 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTAJTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR 2REPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS 1/1.2. PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 80/100 ($ ,80), por la provisión de combustible en las presentaciones de Nafta, Gas-Oil y/o Euro-Diesel destinado al equipamiento de maquinaria de las Direcciones de Tareas Prioritarias, Control Operativo, Cementerio, Parques y Jardines y equipos viales que pertenecen a la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias mediante Informe D. T. P. N 05/2017 obrante a fojas 4 y a través de la Nola de Pedido N 27/2017 obrante a fojas 7. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 a los Responsable Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos SubPrograma2: Mantenimiento Vial, Partida 012. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S.S. E. y E. N /2017. de Gestión - &.1uncipadad de UshUaIa Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

78 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provina de Tierra del Fuego. Mtktida e Islas del AUántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente OP. N 8661/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de repuestos necesarios para el funcionamiento del móvil TOYOTA HILUX Interno N 190, en conformidad con lo solicitado por la Subsecretaria de Obras Públicas mediante la Nota de Pedido N 77/2017 obrante a fojas 10. Que se ha solicitado presupuesto a la firma CELENTANO MOTORS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS VEINTITRES CON 04/100 ($ ), por ser la misma agente oficial de la marca TOYOTA. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 6 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 55 1 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma CELENTANO MOTORS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS VEINTITRES CON 04/100 ($ ), referente a la adquisición de repuestos necesarios para el funcionamiento del móvil TOYOTA HILUX Interno N 190, en conformidad con lo solicitado por la Subsecretaria de Obras Públicas mediante la Nota de Pedido N 77/2017 obrante a fojas 10. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicas Subprograma 2: Mantenimiento Vial, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN 5. S. E. y FN L.V / Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

79 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente S.D. N 7591/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos destinados a la Casa de la Juventud para la renovación de equipamiento, en conformidad con lo solicitado por la Casa de la Juventud dependiente la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N 134/2017, obrante a fojas 11. Que el área solicitante tomo intervención a foja 21 mediante nota N 58/2017, indicando que la firma COMUNICACIONES FUEGUINAS SRL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON 00/100 ($58.147,00), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma COMUNICACIONES FUEGUINAS SRL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON 48/1 00 ($58.147,48), referente a la adquisición de insumos destinados a la Casa de la Juventud para la renovación de equipamiento, en conformidad con lo solicitado por la Casa de la Juventud dependiente la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N 134/2017, obrante a fojas 11. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, Partida 51. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y F NR [1 fi 15 S / Le.tm de Gestión IEZ Las Islas y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos OOg 155

80 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 78 O DO 156 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SLn REPUBLICA GENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECETPRA DE ECONOMIA Y FINANZAS UAD 7017 USHUAIA, 22 iww u VISTO el Expediente I.D. N 1759/2017, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de DOSCIENTAS (200) medallas, con logo y cinta para los participantes de 34 Edición de la Vuelta a Tierra del Fuego, de acuerdo a lo requerido por el Jefe de Departamento Eventos Deportivos dependiente del Instituto Municipal de Deportes mediante Nota N 13/2017 Letra: D. E. O., obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 558/2017 obrante a fojas 6. Que el área requirente a solicitado presupuestos a varias firmas del rubro, indicando a fojas 8 que la propuesta presentada por la firma J y C de CARMEN F. MARTÍN, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS QUINCE MIL CON 00/1 00 ($15.000,00), se ajusta a lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 N 1255/2013. del Decreto Municipal Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y 5 1 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: Decreto Munidpal ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas J y C de CARMEN F. MARTÍN, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ( $ ,00), por la adquisición de DOSCIENTAS (200) medallas, con logo y cinta para los participantes de 34 Edición de la Vuelta a Tierra del Fuego, de acuerdo a lo requerido por el Jefe de Departamento Eventos Deportivos dependiente del Instituto Municipal de Deportes mediante Nota N 13/2017 Letra: D. E. D., obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 558/2017 obrante a fojas 6. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra.,4ÇJRTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 a los Responsable Presupuestario Instituto Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas Oua 1 5

81 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página a PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINÁz MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS 1/1.2 Municipal del Deporte, Partida 013. ARTÍCULO 4. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION E. y F. N p.l.n /2017. de Las Islas Malvinas, Georgias y SándwiCh del Sur, son y serán Argentinas

82 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 80 00gi5J Provinda de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur Repúbaca Axgentina Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 22 tmr 2017 VISTO el Expediente MA. N5 964/2017, del registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se gestiona la contratación de los servicios de UN (1) camión con tanque cisterna, con capacidad mínima de OCHO MIL (8.000) litros, destinado a la provisión de agua para uso domiciliario, por el término de CUATRO (4) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, conforme lo requerido por la Dirección de Higiene Urbana a través del Informe Dirección de Higiene UrbanaS. M. A. N 03/2017 y mediante Nota de Pedido N 346/2017 obrante a fojas 9. Que el presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA MIL ($ ,00), a razón de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ ,00) mensuales. Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el kticulo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme alo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Decreto Municipal N 1962/2015, Anexo 1 Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 55 1 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARÍO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR el llamado a Concurso Privado para la contratación de los servicios de UN (1) camión con tanque cisterna, con capacidad mínima de OCHO MIL (8.000) litros, destinado a la provisión de agua para uso domiciliario, por el término de CUATRO (4) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, conforme lo requerido por la Dirección de Higiene Urbana a través del Informe Dirección de Higiene Urbana 5. M. A. N 03/2017 y mediante Nota de Pedido N 346/2017 obrante a fojas 9, con un presupuesto oficial de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA MIL ($ ,00), a razón de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ ,00) mensuales. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la Dirección de Compras Mayores y Menores de la Secretaría de Economía y Finanzas, a suscribir toda documentación correspondiente a dicho llamado, por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 3.- Aprobar el Pliego que forma parte integrante de la presente como Anexo 1. ARTÍCULO 4.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Mantenimiento e Higiene Urbana, Partida 13. ARTÍCULO 5.- Comunicar, Dar al Boletín Oficial de la Munit RESOLUCION S.S. E. y F. N 00 D 1 5] /2017. PIE] de Las Islas Malvinas, Geargias. Sándwicti del Sur, son y serán Argentinos

83 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 81 UW\ Secretaría de Economía y Finanzas CONCURSO PRIVAbO N /2017 PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SEISCIENTOS CUARENTA MIL.. CON 00/100 ($ ,00) MN [! W. UN MM U L Recepción y Apertura de las Ofertas: Fecha: Hora: Lugar: birección de Compras Mayores y Menores - Arturo Coronado 486 l Piso - - Ushuaia. Secretaría de Economía y Finanzas. a Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas ,7

84 Sres. Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 82 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA Hoja Nro E ISLAS DEL ATLANTICD SUR EXPEDIENTE Nro MA-17 REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA j CONCURSO PRIVADO Nro USHUAIA, 13 de Marzo de 2017 Domicilio: LUGAR ENTREGA : DONDE EL ÁREA SOLICITANTE LO INDIQUE DOMICILIO ENTREGA: Autorizado por Resolucion: - VALOR DEL PLIEGO: 0.00 FECHA APERTURA LUGAR APERTURA : DIR. COMPRAS MAYORES Y MENORES - A. CORONADO N PISO HORA APERTURA: 00:00 SELLADO PROVINCIAL: Exento Ley Provincial Nro 143 MANTENIMIENTO OFERTA: TREINTA (30) DÍAS PLAZO DE ENTREGA : O INICIO: A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO CORRESPONDIENTE. CONDICIONES DE PAGO : DENTRO DE LOS TREINTA (3D) DIAS DE EFECTUADO EL SERVICIO CON LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA DEBIDAMENTE CONFORMADA Y CERTIFICADA POR EL ÁREA CORRESPONDIENTE. Reng Descripcion Cantidad PrecUnit lnçorte 001 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PROVISIÓN DE AGUA PARA USO DOMICILIARIO, 4.00 POR CAMIÓN CISTERNA O BIEN CAMIÓN CON TANQUE CISTERNA, CON CAPACIDAD DE 8.000/ LITROS, CON CHOFER, POR EL TÉRMINO DE CUATRO (4) MESES, CON OPCIÓN A PRÓRROGA POR UN (1) MES MÁS. EN UN TODO DE ACUERDO A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTE. SECTOR SOLICITANTE: SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE ,7

85 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 83 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES 1.- OBJETO DEL PRESENTE LLAMADO. El presente tiene como objeto la contratación de los servicios de provisión de agua para uso domiciliario mediante UN (1) camión cisterna o bien camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/ litros, a viviendas familiares, carentes de agua corriente por red. 2.- PRESUPUESTO OFICIAL El mismo se establece en PESOS SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/1 00 ($ ,00), a razón de PESOS CIENTO SESENTA MIL CON 00/1 00 ($ ,00) mensuales. 3.- DE LOS ASPECTOS GENERALES Y PARTICULARES Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ GARANTIAS. Será necesaria la presentación de Garantía de Oferta de oferta que será del UNO POR CIENTO (1 %) del valor de la oferta, cuando el importe supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00). Las garantías de cumplimiento será del DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto total de la adjudicación. Se podrá constituir en cualquiera de las formas indicadas a continuación: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del organismo contratante, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio del organismo contratante. El organismo deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional con posteridad al 31 de diciembre de Los mismos deberán ser depositados en el Banco de la Nación Argentina a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principalmente pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del articulo 2013 del Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. El organismo contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Asimismo de acuerdo a lo expuesto por la Dirección de Contaduria General mediante Nota N 77/15 Letra: C. G., los requisitos que deben cumplir las Pólizas y Pagares que se presenten, son los que a continuación se detallan: Tipo de póliza Garantía de Adjudicación de Contrato o similar. Consignar como Asegurado a la Municipalidad de Ushuaia. Compañia de Seguros poseer carácter de fiador solidario con renuncia a Beneficio de Excusión y División. Nombre del Tomador coincide con el Contratista enunciado en la Orden de Compra. Consignar el número de la Orden de Compra de manera correcta. Descripción de la prestación, acorde a la Orden de Compra. Expediente de Referencia concidente con la Orden de Compra. No contener cláusulas contrarias a CTTO y/o desfavorables al Municipio (plazos u otras). Compañía Aseguradora fija domicilio legal en la ciudad de Ushuaia por cuestiones judiciales o extrajudiciales. Poseer Certificación de firmas. Nombre del Apoderado firmante en la Póliza debe ser coincidente con el Nombre consignado en la Certificación de la Firma. Número de la póliza debe ser coincidente con la Certificación de Firma. En caso de que la Certificación del Colegio de Escribanos se realice por un Escribano perteneciente a una Jurisdicción distinta a Tierra del Fuego debe estar claro el nombre del Escribano firmante en la Certificación de Firma y coincidir con Certificación del Colegio de Escribanos. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS a

86 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 84 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. Número de REF en la Certificación de Firma coincidente en la Certificación del Colegio de Escribanos. f) Con pagarés sin protesto a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento de contrato, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma máxima establecida para contratar en forma directa según Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante. El organismo contratante, por razones debidamente fundadas, podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de aquella y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección. 5.- DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS. La unidad operativa de contrataciones, deberá notificar a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, dentro de los plazos fijados, para que retiren las garantías que se detallan a continuación: a) Las garantías de mantenimiento de la oferta, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. b) Las garantías de cumplimiento del contrato o las contragarantías, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. c) Las garantías de impugnación al dictamen de pre adjudicación, dentro de los DIEZ (10) días de dictado el acto administrativo que haga lugar a la impugnación presentada. Si la impugnación fuera rechazada se ejecutará la garantía integrada. La unidad operativa de contrataciones deberá remitir a la tesorería jurisdiccional una copia de la notificación cursada a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes para que retiren las garantías, indicando la fecha de comienzo y finalización del plazo con que cuentan los interesados para retirarlas. La tesorería será el organismo encargado de devolver las garantías y para ello deberá haber recibido la correspondiente comunicación de la unidad operativa de contrataciones. 6.- APERTURA DE OFERTA Se realizará en la Dirección de Compras, Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas - Edificio Adolfo Cano - Arturo Coronado N 486, Ushuaia el día de de 2017, a las hs. 7.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS El proponente deberá entregar en la Dirección de Compras, Mayores y Menores un solo sobre o paquete cerrado y con la inscripción: CONCURSO PRIVADO N 2017 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN (1) CAMIÓN CISTERNA PARA LA PROVISIÓN DE AGUA PARA USO DOMICILIARIO APERTURA DE OFERTAS: HORA: conteniendo: La oferta propiamente dicha con la planilla de presupuesto de oferta (según modelo oficial). Un ejemplar original del pliego de la presente Licitación firmado en todas sus fojas por el oferente. Garantía de Oferta, en caso de corresponder. Certificado de Situación Fiscal exclusivo para licitaciones y/o Contrataciones expedido por la Dirección General de Rentas Municipal. Constancia de lnscripción en A.F.I.R vigente al momento de la apertura, emitido on-line. Constancia de Inscripción en D.G.R. de la firma en el rubro. Certificado de Situación Fiscal Regular extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia. Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artículo 112 de la Ordenanza Municipal N (según modelo oficial). Título de propiedad del dominio automotor o constancia de adquisición del vehículo ofertado. En el caso de camión alquilado, la constancia de compromiso de locación. Póliza y comprobante de pago de Seguro de la unidad a afectar. Constancia de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria, en caso de corresponder. A.R.T. Del chofer, siempre y cuando la unidad no sea conducida por el dueño. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGMS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS 0110 itj

87 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 85 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. Nómina del personal afectado, detallando nombre, apellido, C.U.I.LJC.U.I.T y domicilio. Fotocopia del Carnet de conducir del chofer, habilitante según la categoría C y/o El. Habilitación municipal extendida por la Dirección de Transporte. 8.- ACTO DE APERTURA DE SOBRES. En el acto de apertura sólo se admitirán las propuestas presentadas hasta la hora establecida, quedando cerrada la admisión de las mismas no permitiendo modificaciones a las presentes, ni pedidos de aclaración o explicación que interrumpan el acto. En el caso de presentarse un EN TRAMITE, en alguna de las inscripciones o de los certificados, solamente serán considerados cuando se demuestre que fueron hechas con más de tres (3) días corridos de antelación a la fecha de apertura del Concurso Privado. No se tomarán en cuenta las propuestas que presenten correcciones, raspaduras o interlíneas que no hubieren sido debidamente salvadas al pie de la misma con la firma del proponente. Las cantidades deberán consignarse en todos los casos en números y letras, cuando existan discrepancias entre ambas se considerará válida la indicada en letras. El Comitente se reserva el derecho de solicitar al o los oferentes, toda documentación respaldatoria y/o aclaratoria que considere necesario. 9.- PROPUESTAS IGUALMENTE CONVENIENTES Si resultasen dos o más propuestas igualmente convenientes, se podrá solicitar una mejora de ofertas. Estas mejoras de oferta se presentarán en sobre cerrado y se abrirán en el día y hora que se fije al efecto, labrándose acta en presencia de los interesados que concurran. 10.-VALIDEZ DE LAS OFERTAS. Las ofertas tendrán una validez de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de apertura de las mismas. En circunstancias excepcionales, el comitente podrá solicitar a los oferentes, una prórroga por un plazo adicional determinado. Este pedido y las respuestas deberán efectuarse por escrito. Los oferentes podrán negarse a acceder a este pedido sin perder por ello la Garantía de la Propuesta. No se permitirá durante esta prórroga, efectuar modificaciones sustanciales a las ofertas presentadas CONSULTA DE PLIEGO Los pliegos estarán a disposición de los interesados para las consultas correspondientes en la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, sito en la calle Arturo Coronado N 4861 Piso, Ushuaia MARCO REGULATORIO Y LEGAL La sola presentación de la oferta implica conocimiento y aceptación de las condiciones particulares y generales que rigen en el presente acto, que se realiza en base a la Ordenanza Municipal N 3693 su Decreto reglamentario N 1255/ CORRECCIÓN DE ERRORES. El criterio para la corrección de errores en la oferta será el siguiente: cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y los indicados en letras, prevalecerán estos últimos. Cuando haya una diferencia entre el precio unitario y el total de un rubro que se obtenga multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario que se haya indicado, a menos que a criterio del comitente fuera evidente que el precio correcto sea el del total del rubro, en dicho caso prevalecerá este y se corregirá el precio unitario. El comitente ajustará el monto de la oferta de la manera descripta anteriormente y el nuevo monto será mandatario para el proponente. Si este no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, ésta será rechazada y su Garantía de la Propuesta será ejecutada. 14.-ADJUDICACIÓN, GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN. En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación, se podrá dejar sin efecto la presente. Comunicada fehacientemente la adjudicación a uno o varios oferentes, estos tendrán un plazo de CINCO (5) días hábiles para presentar la Garantía de Adjudicación conforme al Artículo 4, En caso de no presentar la documentación requerida o desistir de la oferta realizada antes del vencimiento del plazo de validez establecido, el oferente perderá la garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se perderá en forma proporcional. Y 15.- PAGO DE FACTURA. El pago de la factura conformada por la Inspección del Servicio se realizará dentro de los treinta (30) días su presentación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS ,1

88 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 86 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia :7 PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA USO DOMICILIARIO POR CAMIÓN CISTERNA ARTÍCULO N 1: OBJETIVO La prestación de este servicio consiste en la provisión agua para uso domiciliario por camión cisterna o bien camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000, con una provisión de MIL QUINIENTOS (1.500) lts., en forma semanal por vivienda familiar, la misma será provista a viviendas familiares carentes de agua corriente por red, por causas debidamente justificadas, en los sectores determinados por la inspección, el uso del agua será exclusivamente doméstico. En ningún caso se llevará agua a construcciones o edificaciones, asociaciones intermedias, etc. Se deja constancia que tanto la distribución del agua como su transporte no implicará costo alguno para los beneficiarios del servicio, asimismo este servicio corresponde al refuerzo del servicio de provisión de agua. ARTÍCULO N 2: VEHÍCULO AFECTADO La contratista deberá afectar UN (1) camión cisterna o bien un camión con una cisterna, con una capacidad de lts., el equipo deberá ser modelo 2000 en adelante, en buen estado de funcionamiento. La Subsecretaría de Gestión Operativa a través de la Dirección de Higiene Urbana, será quien en definitiva emita el certificado de aptitud, requisito indispensable para la adjudicación. El equipo solicitado deberá estar provisto de todos los accesorios necesarios para cumplir eficazmente con la prestación del servicio, incluyendo una bomba centrífuga de potencia no menor de CINCO (5) HP y metros de mangueras necesarios a los efectos de posibilitar la descarga en los puntos donde se requiera. El camión deberá contar con un equipo de comunicación de última generación compatible con los de la Empresa y Dirección de Higiene Urbana. Además tendrá que llevar un botiquín de primeros auxilios y elementos de seguridad como matafuegos, lanza, balizas, linga, etc., de acuerdo a las reglamentaciones vigentes. La cisterna deberá tener una compuerta circular, en su parte superior para su carga, con cierre perfectamente hermético y el diámetro necesario para permitir la inspección en su interior, la parte posterior o trasera de la cisterna deberá contar con una escalerilla que permita el acceso a su parte superior. La unidad deberá llevar bien visible una inscripción con el nombre, domicilio del contratistas, número de teléfono y/o celular y el de la Dirección de Higiene Urbana, y una inscripción que diga Reparto de Agua para uso domiciliario como así, una leyenda al Servicio de la Municipalidad de Ushuaia ARTÍCULO N 3: PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución para este servicio es de CUATRO (4) meses, con opción a prórroga por UN (1) mes más. ARTÍCULO N 4: HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO El servicio se prestará en horario diurno de Lunes a Sábados inclusive, de 08:00 a 18:00 horas en los barrios y/o sectores indicados por parte de la inspección. ARTICULO N 5: SUSPENSIÓN DEL SERVICIO El servicio solamente se podrá suspender por parte de la contratista, por causa debidamente justificada, como rotura imprevista del equipo, la que deberá ser informada de inmediato. El servicio no podrá estar suspendido más de CUARENTA Y OCHO (48) horas, de ocurrir esto, la empresa contratista deberá reemplazar la unidad dañada por otra de características similares para continuar con el servicio. ARTÍCULO N 6: CANTIDAD DE PERSONAL La contratista deberá destinar al vehículo afectado al servicio, una dotación mínima de personas, compuesta de UN (1) chofer y UN (1) operario, los que deberán ser mayores de edad. ARTÍCULO N 7: INDUMENTARIA La contratista deberá dotar al personal que preste el servicio (chofer y operario) de la indumentaria correspondiente para la época del año que lo realice. La indumentaria deberá sustituirse cuando se LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 0001 LI

89 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 87 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. encuentre deteriorada, rota o malas condiciones de uso. La indumentaria a utilizar por cada operario a modo indicativo seria: mameluco, guantes, calzado y ropa adecuada para la lluvia. Cada operario deberá poseer un chaleco con elementos reflectantes y/o fluorescentes para que puedan ser bien diferenciados, además de llevar el inscripto el nombre de la empresa a la que pertenecen. ARTÍCULO N 8: COMPORTAMIENTO DEL PERSONAL Todo el personal de la empresa contratista deberá observar un comportamiento considerado y respetuoso en su trabajo con los funcionarios municipales, con el personal de control e inspección, como así también con los vecinos. De no observarse lo antedicho, como así también ineficiencia en la tarea, la Municipalidad podrá solicitar a la empresa el reemplazo de cualquier operario. Los operarios deberán ser cuidadosos con los recipientes o reservorios que utilice cada vecino para el almacenaje del agua. ARTÍCULO N 9: CAPATAZ DEL SERVICIO La empresa contratista deberá nombrar UN (1) capataz o encargado para este servicio, el que será el interlocutor válido entre la Empresa y la Municipalidad de Ushuaia. Cuando la inspección lo requiera, la contratista y/o su encargado deberá concurrir a la Dirección de Higiene Urbana a fin de tener contactos tendientes a mejorar el servicio, recibir notificaciones y cualquier trámite que la inspección estime que deba notificarse. ARTÍCULO N 10: LISTADO DEL PERSONAL La empresa deberá presentar antes de comenzar el servicio una planilla donde conste el número de interno del vehículo, la cantidad y nombres de las personas u operarios que van en el vehículo, como así también el cronograma diario de los diversos sectores a servir. ARTÍCULO N 11: PLAN DE TRABAJO La contratista deberá presentar un pian de trabajo en función de lo indicado por la Inspección en relación de las viviendas a servir, y todo aquello que de acuerdo a la experiencia en el tema de la contratista estime para un mejor servicio. Asimismo será provisto por la Municipalidad una unidad GPS para control. ARTICULO N 12: INSPECCIÓN DEL CAMIÓN CISTERNA La limpieza e higiene del camión y cisterna se hará por cuenta de la contratista en forma diaria. El interior de la cisterna deberá estar siempre en óptimas condiciones para el transporte de agua para uso domiciliario, libre de óxido, tierra y cualquier otro elemento susceptible de producir contaminación. El interior de la cisterna deberá contar con los rompeolas correspondientes. Asimismo, semanalmente, el camión cisterna tendrá la obligación de pasar por la Dirección de Bromatología e Higiene dependiente de esta Municipalidad, para su control, tomando muestras de agua y emitiendo el certificado correspondiente. Los días de este control serán arbitrados e indicados por la inspección del servicio. Si se detectare anomalías concernientes al mal mantenimiento del interior de la cisterna en el lugar que se indicará oportunamente, debiendo la empresa solucionar el problema a la brevedad, sin dejar de prestar el servicio y previo pago de la multa correspondiente. ARTICULO N 13: APROVISIONAMIENTO El aprovisionamiento del camión cisterna se realizará en el lugar que indique la inspección del servicio la que será autorizada previamente por la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (D.RO. y S.S.). El lugar de aprovisionamiento es el indicado por parte de la inspección, pudendo este ser modificado por cualquier circunstancia, sin que esto dé reclamo a pago adicional alguno por parte de la contratista. e LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

90 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 88 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia MODELO DE PLANILLA DE PRESENTACIÓN DEL CAMIÓN PROPONE NTE CAMIÓN MARCA MODELO AÑO DE FABRICACIÓN CAPACIDAD POTENCIA (HP) SISTEMA ELECTRICO N DE PATENTE PROPIETARIO EQUIPO COMUNIC. Firma del Representante Firma del Proponente NOMBRE NOMBRE: D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA 9 DOMICILIO DOMICILIO LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SEllAN ARGENTINAS

91 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 89 Provincia de lyen a del Fuego ,7 Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. FORMULA DE OFERTA Señor Intendente Municipalidad de Ushuaia 5 / d USHUAIA de de El/los abajo firmantes, constituyendo domicilio legal en la calle de la ciudad de Ushuaia, manifiestan a Ud. con carácter de declaración jurada, que han estudiado detenidamente todos y cada uno de los documentos del Concurso Privado N /2017: CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN (1) CAMIÓN CISTERNA PARA LA PROVISIÓN DE AGUA PARA USO DOMICILIARIO y han obtenido toda la información y elementos necesarios para poder establecer los más justos precios motivo de este Concurso Privado. Declaro/amos expresamente, que para cualquier cuestión judicial que se suscite por el llamado a Concurso Privado, su posterior trámite, adjudicación y desarrollo del contrato, aceptamos la Jurisdicción Judicial de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en los Tribunales Competentes con asiento en la ciudad de Ushuaia. No quedándonos dudas al respecto, proponemos proveer en alquiler el camión descripto en la planilla adjunta a los precios que a continuación se indican. Meses DESCRIPCION Contratación de los servicios de provisión de agua para uso domiciliario por camión cisterna o bien camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/ litros, con chofer, por el término de CUATRO (4) meses, con 4 opción a prórroga por UN (1) mes más. En un todo de acuerdo a las condiciones previstas en el pliego de bases y condiciones que forma parte de la presente. TOTAL Precio Total Precio mensual son pesos ($ ) Precio Total de la oferta son pesos Convenimos en mantener nuestra oferta por un período de treinta (30) días a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Saludamos al Señor Intendente atentamente. Nombre: Firma del Proponente D.N.I. Nombre de la Empresa: e LAS Domicilio: ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS ,7

92 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 90 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. DECLARACIÓN JURADA Por medio de la presente, declaro/amos bajo juramento no estar incursols en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Articulo 112 de la Ordenanza Municipal N Nombre: Firma del Proponente D.N.I. Nombre de la Empresa: Domicilio: ARTÍCULO No podrán contratar con la Administración Municipal: a)los deudores morosos del fisco municipal, b)los agentes y funcionarios del Municipio y las empresas en las cuales aquellos tuvieran una participación, c)los inhabilitados judicialmente, mientras no sean rehabilitados, d)los condenados por delitos dolosos, mientras dure la condena, e)las personas que se encuentren condenadas por delitos contra la propiedad o contra la administración pública, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la corrupción, Ley N , OLos inhabilitados para contratar con el municipio por la aplicación del artículo 113 de la presente. ARTÍCULO Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones: 1.Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2.Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3.Rescisión por su culpa. 4.lnhabilitación para contratar con el Municipio. 5.Apercibimiento. 6. Suspensión. 7. Inhabilitación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

93 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 91 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Aigentina. Municipalidad de Ushuaa Secretaria de Enomia y FVrnzas USHUAIA, i2 MAR 2017 VISTO el Expediente Lb. N 1769/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el misnú se gestiona la contratación de UNA (1) ambulancia necesaria para cubrir el evento que se realizarpn los día 24 y 25 de Marzo en el marco de la 34 Edición de la Vuelta de Tierra del Fuego, en conformidad con lo solicitado por el Instituto Municipal del Deporte mediante Nota de Pedido N 560/2017 obrante a fojas 5. Que el área requirente a solicitado presupuesto a la firma EMERGENCIAS MEDICAS FUEGUINAS S.A., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CON 00/1 00 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestado para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el conforme a lo suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, establecido in el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Mu&cipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decretos Municipales Nros 1571/2016 y Decreto Municipal N 55 /2017. Por ello: El SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE L:SUBSECRETARlA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la: contratación en forma directa con la firma EMERGENCIAS MEDICAS FUEGUINAS S.A., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CON 00/1 00 ($ ), referente a la contratación de UNA (1) ambulancia necesaria para cubrir el evento que se realizarin los día 24 y 25 de Marzo en el marco de la 34 Edición de la Vuelta de Tierra del Fuego, en conformidad con lo solicitado por el Instituto Municipal del Deporte mediante Nota de Pedido N 560/2C 7 obrante a fojas 5. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autoriza: a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Instituto Municipal del Deporte, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, Jaral oletin Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. flan RESOLUCION S.S.E. y F N U U. U / p.l.n. - zl -> L /proy4&omrz (krdeevaluación _frtiicialidad de Ushuaia Las Islas, i,as, Ge as y SándIch del Sur, son y serán Argentinos

94 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR DREPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS USHUAIA, 22. MAR 2017 VISTO el Expediente ID. N 1541/2017, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la prestación del servicio de alquiler de baños químicos destinados a la prueba atlética USHUAIA TRAIL RACE FIN DEL MUNDO, a Ilevarse a cabo el 25 de marzo del corriente mes, de acuerdo a lo requerido por el Jefe de Departamento Eventos Deportivos dependiente del Instituto Municipal de Deportes mediante Nota N 08/2017 Letra: D. E. D., obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 481/2017 obrante a fojas 5. del rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores a solicitado presupuestos a varias firmas Que el área solicitante a indicando a fojas 11 (vuelta) que la propuesta presentada por la firma ECOSER S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS NUEVE MIL CON 00/100 ($ 9.000,00), se ajusta a lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma ECOSER S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS NUEVE MIL CON 00/1 00 ( $ 9.000,00), por la prestación del servicio de alquiler de baños químicos destinados a la prueba atlética USHUAIA TRAIL RACE FIN DEL MUNDO, a Ilevarse a cabo el 25 de marzo del corriente mes, de acuerdo a lo requerido por el Jefe de Departamento Eventos Deportivos dependiente del Instituto Municipal de Deportes mediante Nota N 08/2017 Letra: D. E. D., obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 481/2017 obrante a fojas 5. ElIo por lo expresado en los considerandos. RTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas QDg 159

95 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 93 OO 159 /11.2. PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPU8LICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZAS correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo l a los Responsable Presupuestario Instituto Municipal del Deporte Organización de Eventos, Partida 013. ARTICULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S.S. E. y F. N /2017. Las Islas Malvinas, Georgias y SándwCh del Sur, son y serán Argentinas 00Q7 5 9

96 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 94 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas QDg 160 USHUAIA, 22 MAR 2017 VISTO el Expediente S.E. N 7992/2016, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos veterinarios, los mismos resultaron desiertos del expediente SG N 6759/2016, en conformidad con lo solicitado por el Departamento SP. DIR. M.y C.S., mediante la Nota de Pedido N 1323/2016 obrante atojas 13 y 14, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del Que la Dirección de Zoonosis tomo la debida intervención indicando a fojas 22, que la oterta presentada por la firma MEDICAMENTOS VETERINARIOS S.R.L. (LA AGUADA), cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NUEVE CON 75/100 ($ ,75), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 55 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma MEDICAMENTOS VETERINARIOS S.R.L. (LA AGUADA), cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NUEVE CON 75/100 ($ ,75), referente a la adquisición de insumos veterinarios, los mismos resultaron desiertos del expediente SG N 6759/2016, en conformidad con lo solicitado por el Departamento SP. DIR. M.y C.S., mediante la Nota de Pedido N 1323/2016 obrante a fojas 13 y 14, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipal] Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S. 5. E. y F N / LV. Evaluación GesUón de Ushuaia Las Islas Malvinas, Gec Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

97 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 95 Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA! 22 MAR 2017 VISTO el Expediente S.C. N 1732/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de sonido e iluminación necesario para el evento denominado Jineteada Día de la Mujer, que se realizara el 26 de Marzo del corriente año en el campo de Tito y Tita Padín, en conformidad con lo solicitado mediante la NOTA N 66/2017 Letra: Dir. Prod Artística y la Nota de Pedido N 551/2016 obrante a fojas 2 y 5, respectivamente. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a la firma ALCIRA SOLIS, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ ). Que el Secretario de Economía y Izinanzas autorizo a realizar la contratación según obra a fojas 8(vuelta), en virtud de la proximidad del evento. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N , Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 55 1 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma ALCIRA SOLIS, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ ), referente a la contratación por el servicio de sonido e iluminación necesario para el evento denominado Jineteada Día de la Mujer, que se realizara el 26 de Marzo del corriente año en el campo de Tito y Tita Padín, en conformidad con lo solicitado mediante la NOTA N 66/2017 Letra: Dir. Prod Artística y la Nota de Pedido N 551/2016 obrante a fojas 2 y 5, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar! dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S. E.yFN fllj / L.V. Las Islas Mal y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos O9 161

98 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 96 oao 162 Proinda de Tierra del Fuegc Antártida e Islas del Atlántico & - República Argentina. Munidpalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 23 MAR 2017 VISTO el Expedient UI. Ñ 926/2017, dei registrode esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de mobiliario destinado la oficina de la Secretaria Privada del Intendente, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria Unidad Intendencia, mediante la Nota de Pedido N 330/2017, obrante a fojas 5. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del Que el área solicitant tomo intervención a fa 17 (vuelta), indicando que la firma MONACO MUEBLES DE GUETE HECTOR DANIEL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($6.600,00), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogabión se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571)2016 y Decreto Municipal N Por ello: E. SU&ECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma MONACO MUEBLES DE GUETE HECTOR DANIEL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($6.600,00), referente a la &dquisición de mobiliario destinado la oficina de la Secretaria Privada del Intendente, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria Unidad Intendencia, mediante la Nota de Pedido N 330/2017, obrante :.)jas 5. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 con con cargo al Titular Presupuestario de Unidad Intendente, Partida 51. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. I.e.m. subsecrc de MuniCiP2 RESOLUCIÓNS.S.E.yFN on 162 / profc.omez Rfl Las Isla. Malvinrs. Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

99 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 23 MAR 217 VISTO el Expediente S.D. N 1740/201 7, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación de los servicios del conjunto musical compuesto por los artistas Ignacio Montoya Carlotto, Liliana Herrero y Pedro Rossi a llevarse a cabo en la Sala NINI MARSHALL, en el marco de las actividades por el día 24 de Marzo, Día de la Memoria, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Subsecretaria de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos mediante Nota N 02/2017 obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 553/2017. Que los honorados de actuación, ascienden a la suma total de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Articulo 110, inciso d) apartado 1 y 10 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo 1 del Decreto Municipal NC 179/2016 y Decretos Municipales Nros 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017. Por ello: El SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa del conjunto musical compuesto por los artistas Ignacio Montoya Carlotto, Liliana Herrero y Pedro Rossi a llevarse a cabo en la Sala NINI MARSHALL, en el marco de las actividades por el día 24 de Marzo, Día de la Memoria, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Subsecretaria de Derechos Humanos dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos mediante Nota N obrante a fojas 2 y a través de la CUARENTA Y OCHO MIL CON 00/1 00 (S ). Ello Nota de Pedido N 553/2017, por la suma total de PESOS por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Sociales, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN 5.5. E.vF N / p.l.n. rof. Camilo 5. GOMEZ Subsecretario de Evaluación de Gestión Municipalidad de Ushuaia Las Islas Malvinas, t,-vorgias y Sandwich del Sur, sony serán Argentinos

100 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del uego, Antártida e Islas del AtlánL,cn Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushiaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 23 MAR 2017 VISTO el Expediente SON 690/2017. dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante Resolucic5n SE. y F. N 1006/2017 se autorizo la contratación directa con las firmas IACASI de Patricia GHIO, por a suma tatol de PESOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CON 50/100 (38.800,50), CELENTANO de ANTONIO JAVIER CELENTANO, por la suma total de PESOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON 20/100 ($ ) y SILVANA PATRICIA POBLETE, por la suma total de P ESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ ), referente a la adquisición de los insumos para la capa de leche destinada a las Escuelas Experimentales Municipales dura.te el año 2017, conforme lo requerido por la Dirección de Administración de la Secretaria de Cultura y Educación a través de la Nota de Pedido Nros 248/2017, 250/2017 y 256/2017, obrantes a fojas 7, 8, 9 y 10, respectivamente. Que a tal fin la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido las Órdenes de Compras Nros 129/2017, 130/2017 y 131/2i7. Que por un error hvoluntario al momento de realizar la adjudicación a la firma IACASI de PATRICIA GHIO, correspondiente al renglón N 23 adjudico UNO (1) en la cantidad, cuando correspondía adjudicar DIEZ (1), en consecuenca de lo antes mencionado corresponde emitir UNA (1) nueva Orden de Compra a favor de la firma IACASI de PATRICIA GHIO, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 ($ tz3900, en concepto de ampliación. Que en virtud de lo :.1tes. lencionado corresponde dictar un nuevo acto administrativo que regularice las presentes actuáiónes. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipai N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decrlo Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 55 1 /2017 y Articulo N 117 y N 146 de la Ley N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE Lk SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Sustituir e arcer ;onsiderando de la Resolución S.E. y P. N 1006/2017 el que quedará redactado de la siguienw manera: Que el Jefe de Departamento Administración de la Secretaria de Cultura y Educación ha tome o intervención a fojas 26 (vuelta) indico que las ofertas presentadas por las firmas IACASI de PATRlC- GHIO, por la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL,4CUATROCIENTOS TREITI NUEVE CON 50/100 ($ ), CELENTANO de ANTONIO JAVIER Las Islas M na., Georgias y Sándwich del Sur, Sony serán Argentinos

101 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del FuegQ, Antártida e Islas del Atlántico sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas /11.2. CELENTANO, por la suma total de PESOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON 20/100 ($ ) y SILVANA PATRICIA POBLETE, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ ), cumplen con lo requerido por el área. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a. la Dirécción de Compras Mayores y Menores a emitir la Orden de Compra a favor de la firma IACASI de PATRICIA OHIO, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 ($ ), en concepto de ampliación. ARTÍCULO 3.- Sustituir el. ARTICULO 1 de la Resolución S.E. y E N 1006/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas IACASI de PATRICIA OHIO, por la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 50/100 ($ ), CELENTANO de ANTONIO JAVIER CELENTANO. por la suma total de PESOS CUARENTA. MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON 20/100 ($ ,20) y SILVANA PATRICIA POBLETE, por Iaúma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ ), referente a la adquisición de los insumos para la capa de leche destinada a las Escuelas Experimentales Munidpales durante el año 2017, conforme lo requerido por la Dirección de Administración de la Secretaria: de Cultura y Educación a través de la Nota de Pedido Nros 248/2017, 250/2017 y 256/2017, obrarites a fojas 7, 8, 9 y 10, respectivamente. Ello por lo expuesto en e) exordio, ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN nno i / Las Islas MaIv is, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

102 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 100 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Econççiia y Finanzas USHUAIA, 23 MAR 2017 VISTO el Expediente S.E. N 1806/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de UN (1) pasaje aéreo por los tramos Aeroparque Ushuaia Aeroparque y la contratación por el servicio de alojamiento por el termino de CUATRO (4) noches para el Pasajero Gustavo Rodríguez, quien realizara acciones de asesoramiento en estadísticas para la Municipalidad de Ushuaia, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Administración Subsecretaría de Desarrollo Económico mediante la Nota de Pedido N obrante a fojas 3 y 4, respectivamente. Que la Dirección de Administración Subsecretaria de Desarrollo Económico ha solicitado presupuesto a las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON ($ 8.547,02) y MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($4.800,00). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N , Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 55 1 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 02/100 ($8.547,02) y MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 4.800,00), referente a la adquisición de UN (1) pasaje aéreo por los tramos Aeroparque Ushuaia Aeroparque y la contratación por el servicio de alojamiento por el termino de CUATRO (4) noches para el Pasajero Gustavo Rodríguez, quien realizara acciones de asesoramiento en estadísticas para la Municipalidad de Ushuaia, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Administración Subsecretaria de Desarrollo Económico mediante la Nota de Pedido N 576/2017 obrante a fojas 3 y 4, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular 1/1.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos OO 165

103 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 101 OO 16S Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas //2. Presupuestario Secretaria de Economía y Pirianzas, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E.vPN l.e.m ron d de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos Gag 165

104 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página óo Provincia de Tierra del Fuego. Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 23 MAR f VISTO el Expediente S.E. N , del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante Resolución E. y F. N 138)2017 se autorizo la contratación directa con la firma NACIÓN SEGUROS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 01)100 ($ ), referente a la contratación por el servicio de seguro de incendio destinado a los inmuebles municipales que se encuentran ubicados en el predio sección O, ex quinta 1, grilla 3 de la vertiente sudoccidental del Valle de Andorra, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Patrimonio y Concesiones mediante la Nota de Pedido N y su Anexo obrante a fojas 6, 7 y 8, respectivamente.. 146/2017. Que a tal fin la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido la Orden de Compra N Que la firma antes mencionada al momento de la recepción de la Orden de Compra ha informado mediante la nota con fecha 22 de Marzo del 2017 obrante a foja 49, que verifico un error involuntario por parte de la misma en la forma de pago según los valor cotizados seleccionado como oferta que se ajusta a lo requerido por el área. Que en virtud de lo antes expuesto la corresponde dejar sin efecto la Orden de Compra N 146/2017 a favor de la firma NACIÓN SEGUROS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 01)100 ($ ), para emitir una nueva Orden de Compra a favor de la de la firma antes mencionada, por la suma total de PESOS TRES MIL OCHENTA Y NUEVE CON 10/100 ($3.089,10). actuaciones. Que en consecuencia corresponde dictar un nuevo acto administrativo que regularice las presentes Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255)2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 163 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551)2017 y Articulo N 117 y N 146 de la Ley N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Sustituir el tercer considerando de la Resolución S. 5. E. y F. N 138/2017 el que quedará Que la Dirección de Patrimonio y Concesiones tomo la debida redactado de la Siguiente manera: intervención indicando mediante NOTA N 77/2017 LETRA: Dpto. Seg. S/Autom, e Inmob., obrante a fojas 40 y 41, que la oferta de la firma NACIÓN SEGUROS S.A., cuya propuesta asciende a la suma total de Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. sony serán Argentinos

105 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipahdad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas /11.2. PESOS TRES MIL OCHENTA Y NUEVE CON 10/100 ($ 3.089,10), por ser la propuesta más económica. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a dejar sin efecto la Orden de Compra N 146/2017 a favor de la firma NACIÓN SEGUROS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 01/100 ($ ), para emitir una nueva Orden de Compra a favor de la de la firma antes mencionada, por la suma total de PESOS TRES MIL OCHENTA Y NUEVE CON 10/100 ($3.089,10). ARTÍCULO 3.- Sustituir el ARTICULO 1 de la Resolución E. y P. N 138/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma NACIÓN SEGUROS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TRES MIL OCHENTA Y NUEVE CON 10/100 ($ 3.089,10), referente a la contratación por el servicio de seguro de incendio destinado a los inmuebles municipales que se encuentran ubicados en el predio sección O, ex quinta 1, grilla 3 de la vertiente sudoccidental del Valle de Andorra, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Patrimonio y Concesiones mediante la Nota de Pedido N 70/2017 y su Anexo obrante a fojas 6, 7 y 8, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓNSS E.vFN 0001 b 6 / lv. GOMEZ de Evaluación Gestión de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

106 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINAt MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 23 MAR ZGU VISTO el Expediente S.M. N 1817/2017, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de bebidas destinados a la realización del Mate Bingo a llevarse a cabo el día 25 de marzo del corriente año, en conmemoración del Mes de la Mujer, de acuerdo a lo requerido por la Secretaria de la Mujer y a través de la Nota de Pedido N 577/2017 obrante a fojas 2. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores a solicitado presupuestos a varias firmas del rubro, siendo la propuesta presentada por la firma CELENTANO de ANTONIO JAVIER CELENTANO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($45.260,00), la que se ajusta a lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/201 5, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 55 1 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma CELENTANO de ANTONIO JAVIER CELENTANO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 00/1 00 ( $ ,00), por la adquisición de bebidas destinados a la realización del Mate Bingo a Ilevarse a cabo el dia 25 de marzo del corriente año, en conmemoración del Mes de la Mujer, de acuerdo a lo requerido por la Secretaría de la Mujer y a través de la Nota de Pedido N 577/2017 obrante a fojas 2. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. RTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 al Responsable Presupuestario Secretaria Las Islas Malvinas, Georgias y SándwiCh del Sur, son y serán Argentinas

107 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMA Y FINANZAS /11.2. de la Mujer, Partida 012. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. ø de Ushual? Las Islas Malvinas, Georgias y SándwiCh del Sur, son y serán Argentinas OVo 167

108 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 23 MAR W17,,,4 VISTO el Expediente S.D. N 886/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante Resolución S.S.E. y F. N se autorizo la contratación directa con las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 60/100 ($ ) y MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON ($ 3.600,00), referente a la adquisición de TRES (3) pasajes aéreos por los tramos Aeroparque Ushuaia Aeroparque y la contratación por el servicio de alojamiento por el termino de UNA (1) noche para los pasajeros Herrero Liliana Rosa, Montoya Carlotto Ignacio y Rossi Pedro, quienes participaran en el evento Día de la Menoría, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaría de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N 406/2017 obrante a fojas 14 y 15, respectivamente. Que a tal fin la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido las Órdenes de Compras Nros 161/2017 y 162/2017, Que al momento de emitir las mismas no se contaba con presupuestos para poder contratar el servicio de Lunch, alojamiento y adquisición de pasajes para los pasajeros Enriqueta Estela Barnes de Carlotto y Dolores Marengo, Que dada la necesidad y en virtud contar a la fecha con los presupuesto de las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS TRECE MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 64/100 ($ ), LOS YAMANAS S.A., por la suma total de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ ) y ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS SRL., por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ ), corresponde dictar un nuevo acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que la presente erogación se encuadra en el Articulo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el ArtÍculo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 5 1 /2017 y Articulo N 117 y N 146 de la Ley N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Sustituir el primer considerando de la Resolución S.S.E. y F. N 144/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de pasajes aéreos, alojamiento y servicio de Lunch, para los pasajeros Herrero Liliana Rosa, Montoya Carlotto Ignacio, Rossi Pedro, Enriqueta Estela Barnes de Carlotto y Dolores Marengo, quienes participaran en el ///.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

109 MUSTAPIC Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provinda de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Munidpalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas evento Día de la Memoría, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaría de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N 406/2017 obrante a fojas 14 y 15, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio, ARTÍCULO 2.- Sustituir el segundo considerando de la Resolución S.S.E. y F. N 144/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 24/100 ($ ), MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 3.600,00), LOS YAMANAS SA., por la suma total de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ ) y ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS S.RL., por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ ).. ElIo por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 3.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las Órdenes de Compra a favor de las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS TRECE MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 64/100 ($ ). LOS YAMANAS S.A, por la suma total de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ ) y ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS SRL., por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ ). ARTÍCULO 4.- Sustituir el ARTICULO 1 de la Resolución SSE. y E. N 144/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma tota] de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 24/100 ($ ), MUSTAPIC HOTEL ANA EMILIA, por la suma total de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($3.600,00), LOS VAMANAS SA., por la suma total de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ ) y ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS SRL., por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de pasajes aéreos, alojamiento y servicio de Lunch, para los pasajeros Herrero Liliana Rosa, Montoya Carlotto Ignacio, Rossi Pedro, Enriqueta Estela Barnes de Carlotto y Dolores Marengo, quienes participaran en el evento Día de la Memoría, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaría de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N 406/2017 obrante a fojas 14 y 15, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 5.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN / l.v. de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos g

110 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR RE PUS LICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAL SEETARIA DE ECONOMIA Y FINÑ4ZAS USHUAIA, 23 MAR 2017 VISTO el Expediente S.l N 1756/201 7, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de DOS (2) pasajes aéreos por los tramos Ushuaia Buenos Aires Sao Pablo Buenos Aires Ushuaia, destinado al Sr. Secretario de Turismo Juan CHERAÑUK y a la Sra. Jefa de Programa Asuntos Internacionales, Cristiane CAVALLI, en el marco del Encuentro Ancoradouro, conforme lo requerido por la Secretaría de Turismo, mediante Nota de Pedido N 557/2017 obrante a fojas 8 y 9. Que se ha solicitado reserva a la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ ,00), a razón de PESOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 50/100 ($ ,50) cada ticket. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d), Apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 Decreto Municipal N 1255/ Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/201 6, Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/201 6, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 5 51 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMÍAY FINANZAS RE 5 U E LV E: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ ,00), a razón de PESOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 50/1 00 ($ ,50) cada ticket, referente a la adquisición de DOS (2) pasajes aéreos por los tramos Ushuaia Buenos Aires Sao Pablo Buenos Aires Ushuaia, destinado al Sr 9Secretario de Turismo Juan CHERAÑUK y a la Sra. Jefa de Programa Asuntos Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas 00

111 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MIR4ICPPALIDAD DE USI-JJALA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FiNANZAS /11.2 Internacionales, Cristiane CAVALLI, en el marco del Encuentro Ancoradouro, conforme lo requerido por la Secretaria de Turismo, mediante Nota de Pedido N 557/2017 obrante a fojas 8 y 9. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaria de Administración del Recurso Turístico, Partida 013. ARTICULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S.S. E.YF N /2017. s.d. Las Islas MaMnas, Georgias y Sándwicb del Sur, son y serán Aisentinas

112 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 110 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA,!4R 2017 Ushuaia VISTO el Expediente U.l. N 1776/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de DOS (2) pasajes aéreos, por los tramos El Calafate Ushuaia, destinados al señor lnrtendente Municipal, Dn. Walter VUOTO y al señor Secretario de Turismo, Dn. Juan CHERAÑUK, quienes se trasladarán a dicho destino, durante los días 27 al 28 de marzo del corriente año, con el objeto de realizar tareas inherentes a sus funciones, en conformidad con lo solicitado por la Coordinación de Relaciones Institucionales, Ceremonial y Protocolo, mediante la Nota de Pedido N 566/2017, obrante a fojas 3. Que se ha solicitado reserva a la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 88/1 00 ($ 8.649,88), a razón de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON 94/100 ($ 4.324,94) cada ticket Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N , Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y IRNANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L.,, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 88/100 ($ 8.649,88), referente a la adquisición de DOS (2) pasajes aéreos, por los tramos Ushuaia El Calafate Ushuaia, destinados al señor Inrtendente Municipal, Dn. Walter VUOTO y al señor Secretario de Turismo, Dn. Juan CHERAÑUK, quienes se trasladarán a dicho destino, durante los días 27 al 28 de marzo del corriente año, con el objeto de realizar tareas inherentes a sus funciones, en conformidad con lo solicitado por la Coordinación de Relaciones Institucionales, Ceremonial y Protocolo, mediante la Nota de Pedido N 566/2017, obrante a fojas 3, a razón de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON 94/100 ($ 4.324,94) cada ticket. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. A1TÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular 1/1.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

113 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 111 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas DúO 171 /11.2. Presupuestario Unidad Intendente, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oticial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar RESOLUCION S. S. E. y P N / c.l. >toüus\,t1a2 Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

114 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 112 Provincia de Tierra d Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 23 MAR VISTO el Expediente C.G. N 1720/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante Resolución E. y F. N 141/2017 y su modificatoria Resolución 5. S. E y F. N 142/2017 se autorizo la contratación directa con las firmas detalladas en el Anexo 1 de las mencionadas Resoluciones, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 47/100 ($ ,47), correspondiente a adquisición de insumos para el evento denominado Te Bingo de la Mujer a realizarse en el Microesstadio Pioneros Fueguinos. Que a tal fin la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido oportunamente las Órdenes de Compra Nros. 149/2017, 150/2017, 151/2017, 152/2017, 153/2017, 154/2017, 155/2017, 157/2017, 158/2017 y 159/2017, respectivamente. Que se cometió un error al adjudicar el renglón N 53 a la firma ALCIRA SOLIS, correspondiendo dicha adjudicación a la firma TREJO JUAN MANUEL, en virtud que en su presupuesto contempla la provisión de pantallas y cámaras HD. Que en consecuencia de lo antes mencionado correspondería emitir una nueva Orden de Compra a favor de la firma TREJO JUAN MANUEL, por la suma de PESOS NOVENTA MIL ($ ,00), Que en consecuencia corresponde dictar un nuevo acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 4602 promulgada por Decreto Municipal N 1032/2014 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551/2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley de Procedimiento Administrativo N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Sustituir el segundo considerando de la Resolución E. y F. N 142/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: Que el área requirente ha solicitado presupuestos a diferentes firmas del rubro, cuyas propuestas ascienden a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 47/100 ($ ).. ElIo por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Sustituir el ARTICULO 1 de la Resolución E. y F. N 142/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las (3irmas detalladas en el Anexo 1, que forma parte de la presente, por la suma total de PESOS /// Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

115 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas /11.2. DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 47/1 00 ($ ,47), correspondiente a adquisición de insumos para el evento denominado Te Bingo de la Mujer a realizarse en el Microesstadio Pioneros Fueguinos, de acuerdo a lo requerido por la Subsecretaria de Coordinación de Gestión, mediante Notas de Pedido Nros. 562/ /2017, obrante a fojas 15 a 17 y 18, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio.. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 3.- Sustituir el Anexo 1, de la Resolución E. y F. N 142/2017, el que quedará redactado conforme al Anexo 1, exordio. que forma parte de la presente. Elio por los motivos expuestos en el ARTICULO 4.- Autorizar la contratación directa de la firma TREJO JUAN MANUEL, por la suma de PESOS NOVENTA MIL ($ ,00), correspondiente a la adquisición de insumos para el evento denominado Te Bingo de la Mujer, a realizarse en el Microestadio Pioneros Fueguinos, de acuerdo a lo requerido por la Subsecretaria de Evaluación de Gestión. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 5.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir una nueva Orden de Compra conforme a la contratación autorizada en el Artículo 4. Ello por lo expuestos en el exordio. ARTICULO 6.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a dejar sin efecto la suma de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ ,00) del renglón N 53 de la Orden de Compra N 149/ Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 7.- Imputar la suma de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 9.600,00), Partida 012 y PESOS DOCE MIL ($12.000,00), Partida 013, con cargo al Responsable Presupuestario Secretaría de Economía; la suma de PESOS CIENTO SEIS MIL VEINTIDÓS CON 25/100 ($ ,25), con cargo al Responsable Presupuestario Secretaría de Cultura y Educación y la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTITRES CON 22/100 ($ ,22), Partida 012 y PESOS CIEN MIL SETECIENTOS ($ Mujer. ARTÍCULO 8.- Comunicar, dar al RESOLUCIÓN E. y F. N p.i.n ,00), Partída 013, con cargo al Responsable Presupuestario Secretaría de Boletín 00.0 Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar Las Islas Malvinas, Georgias y Séndwich del Sur, son y serán Argentinos

116 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 114 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas ANEXO IDE LA RESOLUCIÓN S.S. E. ye. N /2017 FIRMA IMPORTE TREJO JUAN MANUEL $90.000,00 -AGUA PATAGONICA S.R.L. $31.500,00 4MPRESION ARTE DE HERNAN NAVARRO $46.800,00. COSMOS DE KAYROS S.A. $13.578,62 SOLANAS DE SUAREZ GLADIS BEATRIZ $12.300,00 -GUALDESI HNOS. S.R.L. $63.668,65 IMPRENTA FORMAS S.R.L. $23.750,00 TOTAL $ ,47 GOMEZ Eva!uSción O de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

117 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 115 DUD 173 PROVINC. DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISlAS DEL ATLÁNTICO SUR =REPUBI..ICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE RJAJA SEcRETARIA DE EcONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 77 MAR VISTO el Expediente C.G. N 8429/2016 dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución E. Y E. N 105/2016 se autorizó la contratación en forma directa con las firmas INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., por la suma total de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DIEZ ($ ,00), y GRUPO FARO S.R.L., por la suma total de PESOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS ($ ,00), referente a la adquisición de elementos de protección personal destinados a los agentes municipales que prestan servicios en el Matadero Municipal, de acuerdo a lo solicitado por la iefa del Departamento Administración Seguridad e Higiene dependiente de la Dirección de Medicina Ocupacional, Seguridad e Higiene Laboral mediante Nota N 135/2016 Letra: Dir. MOSeHL SeHL ya través de la Nota de Pedido N 1405/2016 obrante a fojas 6 y 7. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente las Órdenes de Compra Nros.885/2016 y 886/2016, respectivamente. Que en virtud a la apertura del ejercicio 2017 y de acuerdo a lo solicitado a la Secretaría de Cordinación de Gestion a refolio 66 vuelta, corresponde imputar el saldo de la presente contartación al Titular Presupuestario Secretaría de Gobierno, Partida 012. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo III de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VIl del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/201 5, Decreto Municipal N 1571 /2016 y Decreto Municipal N 551 /2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS: RESUELVE: ARTICULO 1.- Sustituír el 1 Artículo de la Resolución 5. S. E. Y F. N 105/201 6, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 3.- Imputar la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ ,00), con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Coordinación de Gestion, Partida 012 y la,2,)suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CON 00/1 00 ($63.300,00), Dpto. Las Islas Malvinas, Cicorgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentin Q U

118 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA OE ECONOMÍA Y FINANZAS con cargo al titular presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 012. ARTICULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S.S. E. y F. N d.m. VbD 173 / Prof. CamI de Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Sony serán Argentinos 0 1)0173

119 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 117 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 27 MAR VISTO el Expediente SE. N 7992/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante Resolución E. y F. N 160/2017 se autorizo la contratación directa con la firma MEDICAMENTOS VETERINARIOS S.R.L. (LA AGUADA), cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS QUINIENTOS NUEVE CON 75/100 ($ ,75), referente a la adquisición de insumos veterinarios, los mismos resultarón desiertos del expediente SG N 6759/2016, obrante a fojas 13 y 14, respectivamente. Que a tal fin la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido la Orden de Compra N 177/2017. Que la señora Directora de Zoonosis al momento de recibir la de Orden de Compra verifico que se omitió cargar la oferta de UN (1) insumo necesario para el normal funcionamiento de su Dirección. Que en virtud de lo antes expuesto corresponde emitir una nueva Orden de Compra a favor de la firma MEDICAMENTOS VETERINARIOS S.R.L. (LA AGUADA), por la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ ,00), en concepto de ampliación y en consecuencia dictar un nuevo acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 551/2017 y Articulo N 117 y N 146 de la Ley N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Sustituir el tercer considerando de la Resolución E. y F. N 160/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: Que la Dirección de Zoonosis tomo intervención indicando a fojas 22, que la oferta presentada por la firma MEDICAMENTOS VETERINARIOS S.R.L. (LA AGUADA), por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL TRESCIENTOS NUEVE CON 75/100 ( ,75), cumple con lo requerido por el área.. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir una nueva Orden de Compra a favor de la de la firma MEDICAMENTOS VETERINARIOS S.R.L. (LA AGUADA), por la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ ,00), en concepto de ampliación. ARTÍCULO 3.- Sustituir el ARTICULO 1 de la Resolución E. y F. N 160/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera. ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma MEDICAMENTOS VETERINARIOS S.R.L. (LA AGUADA), por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

120 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 118 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretada de Economía y Finanzas MIL TRESCIENTOS NUEVE CON 75/100 ( ,75), referente a la adquisición de insumos veterinarios, los mismos resultarón desiertos del expediente SG N , obrante a fojas 13 y 14, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 4.- Sustituir el ARTICULO 3 de la Resolución 5. S. E. y P. N el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Gobierno Control Bromatológico y Sanidad Animal, Partida 12. ARTÍCULO 5.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN lv. O ü 0174 / Las Islas Malvinas, Georgias y $éndwich del Sur, sony serán Argentinos

121 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 27 MAR VISTO el Expediente S.E. N 7107/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución 5. S. D. E. N 688/2016 se autorizó la contratación en forma directa con la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 59/100 ($ 7.554,59), referente a la adquisición de UN (1) pasaje aéreo por los tramos Buenos Aires Ushuaia Buenos Aires, destinado al señor Héctor Edgardo RACCHINI, quien asistió a nuestra ciudad en el marco de la Ordenanza Municipal N 5079 promulgada por Decreto Municipal N 1127/2016, de conformidad con lo requerido por la Dirección de Administración de la Secretaría de Economía y Finanzas a través de la Nota de Pedido N 1192/2016, obrante a fojas 2. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente la Orden de Compra N 699/2016. Que de acuerdo a lo observado a fojas 47 por la Contaduría General, se ha incurrido en un error al mencionar el apellido del pasajero, en el primer considerando y Articulo 1 de la Resolución D. E. N 688/2016. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo III de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS: RESUELVE: ARTICULO 1 Sustituír el primer considerando de la Resolución D. E. N 688/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de UN (1) pasaje aéreo por los tramos Buenos Aires Ushuaia Buenos Aires, destinado al señor Héctor Edgardo FACCHIN, quien asistirá a nuestra ciudad en el marco de la Ordenanza Municipal N 5079 promulgada por Decreto Municipal N 1127/2016, de Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

122 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR =REPUBLICA ARGENTINAZ MUNCIPALIDAO DE USKJÍ4JA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS /11.2. conformidad con lo requerido por la Dirección de Administración de la Secretaría de Economía y Finanzas a través de la Nota de Pedido N 1192/2016, obrante a fojas 2. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.-Sustituír el Articulo 1 de la Resolución E. N 688/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera: Autorizar la contratación directa de la firma ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 59/1 00 ($ 7.554,59), por la adquisición de UN (1) pasaje aéreo por los tramos Buenos Aires Ushuaia Buenos Aires, destinado al señor Héctor Edgardo RACCHINI, quien asistirá a nuestra ciudad en el marco de la Ordenanza Municipal N 5079 promulgada por Decreto Municipal N 1127/2016, de conformidad con lo requerido por la Dirección de Administración de la Secretaria de Economía y Finanzas a través de la Nota de Pedido N 1192/2016, obrante a fojas 2. Ello por lo expresado en los considerandos. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 3.- Comunicar, dar al Boletín Ofidal de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION E. y F. N / d.m. Gest:on de Ushuai2 Las Islas Malvinas, (icorgias y Sándwich del Sur, Sony serán Argentinos

123 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 121 a DUD 176 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 27 MÁR VISTO el Expediente S.D. N 8853/2016 dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución E. Y F. N 21/2017 se autorizó la contratación en forma directa con la firma POLAR S.A., por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CON 00/1 00 ($ ,00), referente a la contratación del servicio de transporte destinados a las colonias de Adultos Mayores- Edición 2017, de acuerdo a lo solicitado por la Dirección de Adultos Mayores, dependientes de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente la Orden de Compra N 23/2017. Que de acuerdo a lo observado a fojas 64 por la Contaduria General, se ha cometido un error al mencionar la Ordenanza Municipal N 4602 promulgada por Decreto Municipal N 1032/2014, en el considerando N 5, correspondiendo la la Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo III de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS: RESUELVE: ARTICULO 1.-Sustituír el 5 considerando de la Resolución S.S.E. y E. N 21/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto,,2Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Ello por lo 1 /11.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Sony serán Argentinos OQO 1 7 b

124 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página b PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR =REPUBLICA ARGENTINAZ MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS /11.2. expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION 5. S. E. y F. N d.m. - / uuu 1 GOMEZ de Evai Gesti I,clad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

125 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y ÑNANZAS USHUAIA, 27 MÁR VISTO el Expediente S.G. N 38/2017 dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución S. 5. E. Y F. N 55/2017 se autorizó la contratación en forma directa con la firma IMPRENTA INTEGRAL USHUAIA S.R.L., por la suma total de PESOS DOCE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ ,00), referente a la adquisición de OCHENTA (80) talonarios de acta de incautamiento destinados al Departamento Inspectores, dependiente de la Dirección de Tránsito, los cuales serán utilizados en diversos controles de transito tanto en horarios diurnos como nocturnos. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente la Orden de Compra N 58/2017. Que de acuerdo a lo observado a fojas 34 por la Contaduría General, se ha cometido un error al mencionar la Ordenanza Municipal N 4602 promulgada por Decreto Municipal N 1032/2014, en el considerando N 5, correspondiendo la la Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo III de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS: RESUELVE: ARTICULO 1.-Sustituír el 5 considerando de la Resolución S.S.E. y F. N 55/201 7, el que quedará redactado de la siguiente manera: Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto,4vlunicipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Ello por lo Las Islas Malvinas, (ieorgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos 77

126 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 124 PROVINCIA DE TIERRA DEL. FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR ZREPUBLICA ARGENTINM MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARiA DE ECONOMIA Y FINANZAS expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S. 5. E. y F. N fl fl fi 177 / d.m. IMEZ de ljshtjajp Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

127 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR ZREPUSLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS USHUAIA, 77 MAR VISTO el Expediente O.P. N 7602/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de materiales destinados a as modificaciones que se encuentran ejecutándose en la sede de U.O.C.R.A., de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Estudios y Proyectos mediante Nota D. E. y P. N 191/2016 obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 54/2017 obrante a fojas 17 y 18. del rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas Que el Jefe Dpto Arquítectura a tomado intervención a fojas 44 (vuelta) indicando que la propuesta presentada por las firmas CASA ROSALES. R. Q. S.R.L., por la suma total de PESOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 ($ ,00) y PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 92/100 ($ ,92), se ajustan a lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el del Decreto Municipal dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y N 551 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas CASA ROSALES Decreto Municipal R. Q. S.R.L., por la suma total de PESOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 ($ ,00) y PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 92/100 ($ ,92), por la adquisición de materiales destinados a las modificaciones que se encuentran ejecutándose en la sede de U.O.C.R.A., de acuerdo a lo requerido por la Dirección de Estudios y Proyectos mediante Nota D. E. y P..N 191/2016 obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N 54/2017 obrante a fojas 17 y 1/1.2. Las Islas MaMnas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

128 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 126 DOC 78 PR0VINCL DE TIERft DEL FUEGO ANT4RTIDA E ISLAS DS ATLÁNTICO SUR :REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS 1/ Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 a los Responsable Presupuestario Secretaría de Planificación e Inversión Pública SubPrograma: Centro de Salud Municipal Etapa 1, 2, 3 y 4, Partida 052. ARTICULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. nfl Q 78 RESOLUCION S. S. E. y F. N U ti / p.l.n. 5. GOMEZ V3IU3CLOT GestIOfl de UShUaP Las Islas Malvinas, Georgias y SándwiCh del Sur, son y serán Argentinas

129 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 127 0bU79 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLAN11CO SUR REPUBLICA ARGENrINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECON.4IA Y FINANZAS USHUAIA, 27 Mkl 2017 VISTO el Expediente S.T. N 637/2017 dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución E. Y F. N 70/2017 se autorizó la contratación en forma directa con la firma ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE TAXIS DE USHUAIA, por la suma total de PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ ,00), referente a la adquisición de CIEN (100) chequeras de Taxi, destinadas al traslado de personal dependiente de la Secretaría de Turismo. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente la Orden de Compra N 70/2017. Que se ha cometido un error al consignar la partida presupuestaria asignada, siendo la correcta Partida 013. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo III de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/201 5, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551 /2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS: RESUELVE: ARTICULO 1.-Sustituír el 3 Articulo de la Resolución S.S.E. y F. N 70/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaría de Administración del recurso Turistico, Partida 13. ARTICULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S. 5. E. y F. N / d.m. 17 EvaUaCiófl Obo 179 dad de UShU2I2 alvinas, (ieorgias y Sándwieh del Sur, Sony serán Argentinos

130 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas USHUAIA, 27 MAR VISTO el Expediente ID. N 935/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición cuatro (4) conectores, destinados a realizar el mantenimiento al sector de calderas para su normal funcionamiento, dependiente del Instituto Municipal de Deportes, en conformidad con lo solicitado por la Instituto Municipal de Deportes, mediante la Nota de Pedido N 329/2017, obrante a fojas Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área solicitante tomo intervención a foja 14 (vuelta), indicando que la firma ELECTROLUZ SRL, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($1.200,00), cumple con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 551/2017 Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma ELECTROLUZ S.R.L, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($1.200,00), referente a la adquisición cuatro (4) conectores, destinados a realizar el mantenimiento al sector de calderas para su normal funcionamiento, dependiente del Instituto Municipal de Deportes, en conformidad con lo solicitado por la Instituto Municipal de Deportes, mediante la Nota de Pedido N 329/2017, obrante a foja. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 con con cargo al Titular Presupuestario de Instituto Municipal del Deporte, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la iivar. RESOLUCIÓN S.S. E.yFN IJU / l.e.m. a GOMEZ de Evaluación Gestión Ushua Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Sony serán Argentinos O Í.; 0180

131 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO S4TARTIDA E ISLAS DEL ATLMflICO SUR REPU&ICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SEcRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, jv 2017 VISTO el Expediente O.P. N dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución E. YE. N 115/2017 se autorizó la contratación en forma directa con la firmas PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO CATORCE CON 50/100 ($ 88A 14,50), referente a la adquisición de CIEN (100) mallas Sima, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Control Operativo, mediante la Nota de Pedido N 222/2017, obrante a fojas N 12. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente la Orden de Compra N 124/2017. Que se ha incurrido en un error al consignar la cantidad de mallas simas, siendo la correcta NOVENTA (90) unidades. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo III de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Munidpal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS: RES U ELV E: ARTICULO 1.- Sustituir el considerando N 1 de la Resolución S.S.E. yf. N 115/2017, el que quedara redactado de la siguiente manera: Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de NOVENTA (90) mallas sima, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Control Operativo, mediante la Nota de Pedido N 222/2017, obrante a fojas N 12. Ello por lo referido en los considerandos. ARTICULO 2.-Sustituír el 1 Articulo de la Resolución S.S.E. y F. N 115/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 1.- Autorizar la Contratación en forma directa con la firma PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO CATORCE CON 50/100 ($ ,50), referente a la adquisición de NOVENTA (90) mallas sima, en conformidad con lo solicitado por la Dirección Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Sony serán Argentinos

132 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página /11.2. PROVINCIA DE rierra DEL FUEGO M4TARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARA DE ECONOMIA Y FINANZAS de Control Operativo, mediante la Nota de Pedido N , obrante a fojas N 12. Ello por lo expuesto en el exordio. Ello por lo referido en los considerandos. ARTICULO 3.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S. S. E. y E. N d.m Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

133 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO S REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 28 MAR 2017 VISTO el Expediente O.P. N 13/2017, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de insumos para el armado de un arco de señalización de altura en el Galpón donde funciona la Dirección de Tareas Prioritarias, de acuerdo a lo requerido por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. T. P. N 03/2017 obrante a fojas 4 y a través de la Nota de Pedido N 06/2017 obrante a fojas 7. del rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas Que la Dirección de Tareas Prioritarias a tomado intervención a fojas 17 (vuelta) indicando que la propuesta presentada por la firma INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., por la suma total de PESOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 60/1 00 ($ ,60), se ajusta a lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo Idel Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015 y Decreto Municipal N 1571/2016. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con la firma INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., por la suma total de PESOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 60/1 00 ($ ,60), por la adquisición de insumos para el armado de un arco de señalización de altura en el Galpón donde funciona la Dirección de Tareas Prioritarias, de acuerdo a lo requerido por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. T. P. N 03/2017 obrante a fojas 4 y a través de la Nota de Pedido N 06/2017 obrante a fojas 7. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 3.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 a los Responsable Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos SubPrograma 2: Mantenimiento Vial, Partida 012. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la MuniciaIi4ad de Ushuaia. Cumplido, archivar. o Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

134 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atiántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 28 MAR 2017 VISTO el Expediente S.D. N 1638/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos necesarios para el almuerzo de intercambio destinado a los adultos mayores, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Adultos Mayores mediante las Notas de Pedido N 508/2017, y 531/2017, obrante a fojas 5, 6, 8 y 10, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área solicitante tomo intervención a fojas 17 (vuelta), indicando que la ofertas presentadas por las firmas GUALDESI HNOS S.R.L., por la suma total de PESOS VEINTIUN MIL CUARENTA Y UNO CON 35/100 ($ ,35) y COSMOS DE KAYROS S.A., por la suma total de PESOS UN MIL CIENTO UNO CON 86/100 ($1.101,86), cumplen con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma direáta con las firmas GUALDESI HNOS S.R.L., por la suma total de PESOS VEINTIUN MIL CUARENTA Y UNO CON 35/100 ($ ,35) y COSMOS DE KAYROS SA., por la suma total de PESOS UN MIL CIENTO UNO CON 86/100 ($ 1.101,86), referente a la adquisición de insumos necesarios para el almuerzo de intercambio destinado a los adultos mayores, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Adultos Mayores mediante las Notas de Pedido N 508/2017, 530/2017 y , obrante a fojas 5, 6, 8 y 10, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma total de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON 80/100 8$ 3.916,80), al Titular Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, Partida 12 y la suma total de PESOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS DOS CON 41/100 ///.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos 183

135 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas ($ ,41), al Titular Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos Subprograma Adultos Mayores, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. oao 183 L.V. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

136 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Ticira del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Repúbli Argentina. Municipalidad de Ushuaia Seaetaria de Ecotmia y Finanzas USHUAIA, 28 WR 2017 VISTO el Expediente C.P. N 1775/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de impresión de MIL (1000) parasoles para vehículos que serán entregados a los Ex Combatientes por el 35 Aniversario de la Guerra de Malvinas, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Legal y Técnica mediante la Nota de Pedido N 574/2017, obrante a fojas 4. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a la firma GODOY PABLO DANIEL Y PIANTONI CRISTIAN MAXIMILIANO S.H, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO DOCE MIL CON 00/100 ($ ,00), por ser la firma que se ajusta a lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma GODOY PABLO DANIEL Y PIANTONI CRISTIAN MAXIMILIANO S.H, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO DOCE MIL CON 00/100 ($ ,00), referente a la contratación por el servicio de impresión de MIL (1000) parasoles para vehículos que serán entregados a los Ex Combatientes por el 35 Aniversario de la Guerra de Malvinas, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Legal y Técnica mediante la Nota de Pedido N 574/2017, obrante a fojas 4. ElIo por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Coordinación de Gestión, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓNSSE.vPN O 84 LV. /2017,- Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

137 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDAE ISLAS DELATLANTICO SUR REPUBLICAARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIAY FINANZAS USHUAIA, 3 0 MAR 2017 VISTO el Expediente O.R N 7616/2014, dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución 5. S. H. y E N 1079/2014 se autorizó la contratación directa con la firma PATRICIO PALMERO S.A.I.C.Y.A., por la suma total de PESOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 58/100 ($ ,58), referente a la adquisición de insumos necesarios para la reparación del Equipo Vial tipo Motoniveladora John Deere 670 G interno N 216, perteneciente a la Dirección de Mantenimiento Vial, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, conforme lo requerido por dicha repartición, a través de la Nota de Pedido N 1630/2014 obrante a fojas 9 y 10. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido oportunamente la Orden de Compra N 1344/2014. Que a raíz de la apertura del ejercicio 2017, de lo dispuesto en la Resolución S.E. Y E. N 55/2017 y ratificada mediante Decreto Municipal N 156/2017, corresponde imputar el saldo de la Orden de Compra antes mencionada al Titular Presupuestario Subprograma 2: Mantenimiento Vial, sustituyendo el Artículo 3 de la Resolución S.S.H. Y E. N 1079/2014 a partir de la fecha del presente. Que en consecuencia corresponde dictar un nuevo acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/201 5, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/201 5, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS R ES U E LV E: ARTICULO 1.- Sustituír el Articulo 3 de la Resolución S.S.H. Y F. N 1079/2014, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 3.- Imputar el gasto que demande la Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

138 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 136 oqo 185 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIAY FINN IZAS presente adquisición con cargo al Titular Presupuestario Subprograma 2: Mantenimiento Vial, Partida 012. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia» Cumplido, archivar. RESOLUCION 5. S. E Y E. N / d. S. GOí Irlo de Evaluacin Gestión sclaçj de Lishu Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

139 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 137 O t 018 PROVINCL&DE TIERRADEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR R EF UBL loa A RO ENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 30 MAR 2017 VISTO el Expediente S.D. N 886/2017, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución E. y E N 144/2017 y su modificatoria S.S.E. Y E N 168/2017, se autorizó la contratación directa con las firmas: ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 24/1 00 ($ ,24), MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/1 00 ($ 3.600,00), LOS YAMANAS S.A., por la suma total de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/1 00 ($ 5.850,00) y ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS SRL, por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/1 00 ($ 4.860,00), referente a la adquisición de pasajes aéreos, alojamiento y servicio de Lunch, para los pasajeros Herrero Liliana Rosa, Montoya Carlotto Ignacio, Rossi Pedro, Enriqueta Estela Barnes de Carlotto y Dolores Marengo, quienes participarán en el evento Día de la Memoria, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, mediante Nota de Pedido N 406/2017 obrante a fojas 14 y 15, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido oportunamente las Órdenes de Compra Nros 161/2017, 162/2017, 190/2017, 191/2017 y 192/2017. Que mediante obrante a fojas 64 la Dirección de Administración de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos solicita la modificación respecto al servicio de alojamiento, debiendo cambiar el tipo de habitación y cantidad de la misma. Que a partir de lo expuesto se solicita por parte de la misma área el incremento de los servicios de comida a través de obrante a fojas 67. Que a raíz de lo indicado las empresas presentan presupuestos por las diferencias y por los servicios actuales a contratar, debiendo emitir nuevas Órdenes de Compra a favor de las empresas: LOS YAMANAS S.A., por la suma total de PESOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ ,00) y VOLVER S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA MIL CON 00/1 00 ($ ,00). Que en consecuencia corresponde dictar un nuevo acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza /11.2. Las islas Malvinas, (icorgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

140 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 138 OUO 156 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SIS REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECREtARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/201 5, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017 y Artículos 1170 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIAY FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Sustituírel cuarto considerando de la Resolución S.S.E. YE N 168/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: Que dada la necesidad y en virtud de contar a la fecha con los presupuestos de las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS TRECE MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 64/100 ($ ,64), LOS YAMANAS S.A., por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ ,00), ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS S.R.L., por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($4.860,00) y VOLVER S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($30.000,00), corresponde dictar un nuevo acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Sustituir el Artículo 2 de la Resolución S.S.E. Y E N 168/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 2.- Sustituir el segundo considerando de la Resolución S.S.E. Y E N 144/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 24/1 00 ($ ,24), MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/1 00 ($ 3.600,00), LOS YAMANAS S.A., por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 00/1 00 ($ ,00), ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS S.R.L., por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 4.860,00) y VOLVER S.R.L., por la suma total de /11.3. Las s1as Maiinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas DO O 186

141 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO S1W REPUBLICAARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS PESOS TREINTA MIL CON 00/1 00 ($ ,00). ElIo por lo expuesto en el exordio. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 3.- Sustituir el Artículo 3 de la Resolución S.S.E. Y F. N 168/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 3.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las Órdenes de Compra a favor de las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 24/100 ($46.214,24), LOS YAMANAS S.A., por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ ,00), ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS S.R.L., por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/1 00 ($4.860,00) y VOLVER S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ ,00). Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 4.- Sustituir el Artículo 4 de la Resolución S.S.E. Y E N 168/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 4.- Sustituir el ARTICULO 1 de la Resolución S.S.E. Y F. N 144/2017 el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación directa con las firmas ALIANZA TRAVEL BUSINESS S.R.L., por la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 24/1 00 ($ ,24), MUSTAPIC HOTEL MUSTAPIC ANA EMILIA, por la suma total de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 3.600,00), LOS YAMANAS S.A., por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ ,00), ALMA EMPRENDIMIENTOS FUEGUINOS S.R.L., por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 4.860,00) y VOLVER S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA MIL CON 00/1 00 ($ ,00), referente a la adquisición de pasajes aéreos, alojamiento y servicio de Lunch, para los pasajeros Herrero Liliana Rosa, Montoya Carlotto Ignacio, Rossi Pedro, Enriqueta Estela Barnes de Carlotto y Dolores Marengo, quienes participarán en el evento Día de la Memoria, Verdad y Justicia, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, mediante Nota de Pedido N 406/2017 obrante a fojas 14 y 15, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 5.- Sustituir el Artículo 3 de la Resolución S.S.E. Y E N 144/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 3.- Imputar la suma total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ ,00) con cargo al ///.4. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwieh del Sur, son y serún Argentinas o 8

142 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 140 QDg 186 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIAY FINANZAS.4. Titular Presupuestario Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, Partida 013 y la suma total de PESOS SESENTA MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 24/100 ($ ,24) con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Rumanos Subprograma Prevención de Consumos Problemáticos de Sustancias, Partida 013. ARTICULO 6.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar RESOLUCION E Y E N /2017 ib 5. GOMEZ dt; Gestión de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwieh del Sur, n y serán Argentinas 0 ; 18 6

143 e Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 141 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 31 MAR 2017 VISTO el Expediente C.G. N 1123/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación del seguro de accidentes personales, destinado a los participantes del Convenio de Formación Laboral Ordenanza Municipal N 5023/2016 y otras modalidades de pasantías, que se desarrollen en el ámbito municipal, de acuerdo a lo requerido por la Secretaría de Coordinación de Gestión mediante la Nota de Pedido NQ 565/2017, obrante a fojas 20. Que el área requirente solicitó cotización a firma Héctor Martínez Sosa y CIA, productora de las firmas PROVINCIA SEGUROS S.A. y LA MERIDIONAL CIA ARG. DE SEGUROS S.A., recepcionándose únicamente oferta por ésta última, conforme a lo expuesto a fojas 26. Que a fin de evitar inconvenientes, la Dirección de Compras Mayores y Menores ha sugerido que la modalidad de contratación se efectúe por la suma total de PESOS OCHENTA MIL ($ ,00), contemplando los importes unitarios cotizados para las modalidad de mantenimiento general y tareas administrativas, los que ascienden a la suma de PESOS TREINTA Y DOS CON 87/100 ($ 32,87) y PESOS CATORCE CON 18/100 ($ 14,18) respectivamente, mensuales y por persona y hasta el agotamiento de dicha suma, permitiendo tanto las incorporaciones y/o bajas que fueran necesarias a tal efecto, conforme a lo expresado a fojas 37 (vuelta). Que el criterio de contratación antes mencionado, es compartida por el suscripto, autorizando la continuidad del trámite de norma. Que la firma en cuestión, efectuó ha efectuado un ajuste en el presupuesto oportunamente presentado, ascendiendo a la suma de PESOS TREINTA Y CINCO ($ 35,00), para aquellos pasantes que efectúen tareas de mantenimiento general y PESOS QUINCE ($ 15,00) para tareas administrativas, por lo que el sector requirente solicita la contratación por la suma total de PESOS NOVENTA MIL ($ ,00), de acuerdo a lo expresado a fojas 39. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1109, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal NQ 3693 promulgada por Decreto Municipal N2 239/2010, Ordenanza Municipal NQ 5115 promulgada por Decreto Municipal N //I.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

144 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas / /2016 y en e]. Anexo 1 de]. Decreto Municipal N2 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal NQ 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal NQ 179/2016, Decreto Municipal NQ 1571/2016, Decreto Municipal NQ 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION A/C DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS R E 5 U E L V E: ARTÍCULO 1.. Autorizar la contratación en forma directa con la firma LA MERIDIONAL CIA ARG. DE SEGUROS S.A., por la suma total de PESOS NOVENTA MIL ($ ,00), correspondiente a la contratación del seguro de accidentes personales, destinado a los participantes del Convenio de Formación Laboral Ordenanza Municipal N2 5023/2016 y otras modalidades de pasantías, que se desarrollen en el ámbito municipal, de acuerdo a lo requerido por la Secretaría de Coordinación de Gestión mediante la Nota de Pedido N2 565/2017, obrante a fojas 20, a razón de PESOS TREINTA Y CINCO ($ 35,00) mensuales y por persona, para quienes desarrollen tareas de mantenimiento general y PESOS QUINCE ($ 15,00) mensuales y por persona, para aquellos que efectúen tareas administrativas. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 32,- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Coordinación, Partida 13. ARTÍCULO 42.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar de Evaluación de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

145 a a Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 143 PROVINCIA DE 1IFRRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISI..\S DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALID. i[) DEi USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 31 MAR 2017 VISTO los Expedientes C.P.N de 2017, dei registro de e-sta Municipalidad; y mes de abril de CONSIDERANDO: Que mediante los mismos se tramita la contratación de diversos servicios de publicidad durante el Que a foja 2 de cada expediente del visto obra la solicitud del Programa de Comunicación y Publicidad para proceder a la contratación directa de las firmas y por los montos que se detallan en el Anexo 1 y II que forman parte del presente. Que la citada contratación asciende a la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ ,00), según detalle obrante en el Anexo 1 y II. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso D, apartado 10) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por el Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal 1476/2016 y Anexo I del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decreto Municipal N 1962/2015,Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571 y Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación directa de cada una de las firmas y por los montos que se detallan en el anexo 1 de la presente, por la contratación de diversos espacios publicitarios durante el mes de abril de 2017, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ ,00). Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar la contratación directa de cada una de las firmas y por los montos que se detallan en el anexo II de la presente, por el servicio de publicidad pautada durante el mes de abril de 2017, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL CON 00/100 ($ ,00). Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 3.- Autorizar al Programa de Comunicación y Publicidad a emitir las correspondientes Ordenes de Publicidad. ARTÍCULO 4.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente en la partida presupuestaria correspondiente. ARTÍCULO 5.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad d a y arc r. RESOLUCIÓN S.S.E. y F. N / jmt of Las Islas Maivinas, Georgias y Sándwi -e oc,lv&uactón - de Gc-st:on - un palidad de Ushuaia Sur, son y serán Argentinas

146 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página t PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTIcO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS Anexo Ide la Resolución S.S.E.y F. N / Renglón Expediente Firma Tipo Monto /CP/2017 Sebastián Peri Radial $25.000,() /CP/2017 Ediam S.A. Gráfica $ , /CP/2017 Ediam S.A. Internet $45.000, /CP/2017 Prensa S.R.L. Gráfica $ , /CP/2017 Di Natale Carlos Radial $72.000, /CP/2017 Gross Francisco Radial $ , /CP/2017 Martin Marcelo Ariel Internet $ , /CP/2017 Leila Gisele Rocamora Internet $ , /CP/2017 Dapozo Susana Internet $ , /CP/2017 Ilis Gajardo Internet $24.000, /CP/2017 Macarena T. Rebolledo Schaffeld Radial $ , /CP/2017 Constanza Celeste Ojeda Uribe Radial $ , /CP/2017 Jose Darío Ayala Internet $ , /CP/2017 Belén Martínez Radial $66.000, /CP/2017 Fabian Pouso Radial $ , /CP/2017 Di Natale Carlos Internet $ , /CP/2017 Hekatek S.R.L. Internet $ , /CP/2017 Mario Barreto Radial $ , !CP/2017 Alcira Solis Radial $ , /CP/2017 Mauricio Zentner Lavori Internet $ 6.000, /CP/2017 Di Natale Carlos Radial $ 6.000, /ÇP/2017 Pablo Daniel Vitaliano Radial $ 6.000, /CP/ 2017 Antonio Martin Chavez Internet $ , /CP/2017 Rodriguez Mirta Amelia Internet $30.000, /CP/2017 Vicente Duz-val Molina Gráfica $ 6.000, /CP/2017 Augusto Luis Petit Radial $ , /CP/2017 Marcelo Luis Casanova Internet $ , /CP/2017 Carolina Masdeu Radial $ , /CP/2017 Marcela Julia Barona Internet $ , ,CP/2Ol7 Fagon S.R.L. Gráfica $ , /CP/2017 Tiempo Fueguino S.R.L. Gráfica $ , CP/2017 Imagen Provincial S.R.L. Gráfica $ , l/cp/2017 Imagen Provincial S.R.L. Internet $20.000, /CP/2017 Fazzari Silvana Lorena Radial $ , /CP/2017 Fernando José Augusto Medina Internet $20.000, /CP/2017 Aire Libre S.R.L. Radial $60.000, /CP/2017 G.M.A. S.R.L. Radial $20.000,00. TOTA)Z Pro los GOMEZ 5 ecretaflo de EvalUaCIOfl dc {t101 Muniepaldad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argenlinas

147 t PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 145 Anexo II de la Resolución S.S.E.y F. NO / Renglón Expediente Firma Tipo Monto /CP/2017 Gama Producciones S.R.L /ÇP/2017 Kayen Publicidad S.R.L i/CP/2017 Uno Producciones S.R.L /CP/2017 Uno Producciones S.R.L /CP/2017 Gama Producciones S.R.L. 6 2O13LCP/2017 Uno Producciones S.R.L. 7 Subsecrf GOMEZ p Evakjacán Uofl e Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwicli del Sur, son y serán Axgentinas

148 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Repüblica Argentina Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 31 MAR 2017 VISTO el Expediente OP. N 6965/2016, dei registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se gestiona la contratación de los servicios de DOS (2) equipos viales tipo Motoniveladora, con chofer, destinado a tareas de acondicionamiento de calles en los Barrios Altos previo a la Temporada Invernal, por el término de DOSCIENTOS CUARENTA (240) horas, a razón de CIENTO VEINTE (120) horas cada equipo, conforme lo requerido por la Subsecretario de Servicios Públicos a fojas 2 (vuelta) y mediante Nota de Pedido N 539/2017 obrante a fojas 8. Que el presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ ,00), a razón de PESOS DOS MIL OCHENTA CON 00/1 00 ($2.080,00) la hora. Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, inciso o) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N /2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Decreto Municipal N , Anexo 1 Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N , Decreto Municipal N 578 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR el llamado a Concurso Privado para la contratación de los servicios de DOS (2) equipos viales tipo Motoniveladora, con chofer, destinado a tareas de acondicionamiento de calles en los Barrios Altos previo a la Temporada Invernal, por el término de DOSCIENTOS CUARENTA (240) horas, a razón de CIENTO VEINTE (120) horas cada equipo, conforme lo requerido por la Subsecretario de Servicios Públicos a folas 2 (vuelta) y mediante Nota de Pedido N 539/2017 obrante a fojas 8, con un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ ,00), a razón de PESOS DOS MIL OCHENTA CON 00/100 ($ 2.080,00) la hora. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la Dirección de Compras Mayores y Menores de la Secretaría de 1 Açnomia y Finanzas, a suscribir toda documentación correspondiente a dicho llamado, por los t Las Islas Malvinas. Georgias, Sándwich del 5w, son y serán Argentinos

149 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 147 OO 189 Provinda de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur zrepública Argentina Municipalidad de Ushuaia 1/1.2. motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 3.- Aprobar el Pliego que forma parte integrante de la presente como Anexo 1. ARTÍCULO 4.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario SubPrograma 2: Mantenimiento Vial, Partida 13. ARTÍCULO 5.- Comunicar, Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, Archivar. RESOLUCION S.S. E. yen /2017. p.l.n. rio de Evalu80l de GeStiO de Ushuaia tas Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

150 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página P 3UL\ Secretaría de Economía y Finanzas CONCURSO PRIVAbO N /2017 PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL boscientos CON 00/100 ($ ,00) rn flp M S& t N - 4\ SD g\lj W Recepción y Apertira de las Ofertes: Fecha: e Hora: Lugar: birección de Compras Mayores y Menores Secretaría de Economía y Finanzas. Arturo Coronado l Piso - Ushuaia. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas

151 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 149 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGt, ANTARTIDA Hoja Nro E ISLAS DEL ATLANTICO SIR EXPEDIENTE Nro OP-16 REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA CONCIRSO PRIVADO Nro USHUAIA, 23 de Marzo de 2017 Sres - DomiciLio: LUGAR ENTREGA : DDNDE EL AREA SOLICITANTE LO INDIQUE DOMICILIO ENTREGA: Autorizado por Resolucion: VALOR DEL PLIEGO: 0.00 FECHA APERTURA LUGAR APERTURA : DIR. COMPRAS MAYORES Y MENORES - A. CORONADO N PISO HORA APERTURA: 00:00 SELLADO PRDVINCIAL: Exento Ley Provincia Nro 143 MANTENIMIENTO OFERTA: SESENTA (60) DÍAS PLAZO DE ENTREGA : A REQUERIMIENTO DEL ÁREA SOLICITANTE CONDICIONES DE PAGO : DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS DE PRESTADO EL SERVICIO CON LA PRESENTACIÓN DE LA FACTIRA DEBIDAMENTE CONFORMADA Y CER TIFICADA POR EL ÁREA CORRESPONDIENTE. Reng Oescripcion Cantidad PrecUnit Inporte 001 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE DOS (2) EQUIPOS VIALES TIPO MOTONIVELADO RAS, CON CHOFER, POR EL TÉRMINO DOSCIENTAS CUARENTA (240) HORAS, A RAZÓN DE CIENTO VEINTE (120) HORAS, CADA EQUIPO, DESTINADAS A TAREAS DE ACONDICIONA MIENTO DE CALLES EN LOS BARRIOS ALTOS, PREVIO A LA TEMPORADA INVERNAL. SECTOR SOLICITANTE: DIRECCIÓN DE TAREAS PRIORITARIAS. EN INi TODO DE ACUERDO A LO PREVISTOS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTE

152 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 150 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES 1.- DE LOS ASPECTOS GENERALES Y PARTICULARES Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/ GARANTIAS. Será necesaria la presentación de Garantía de Oferta de oferta que será del UNO POR CIENTO (1 %) del valor de la oferta, cuando el importe supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($ ,00). Las garantías de cumplimiento será del DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto total de la adjudicación. Se podrá constituir en cualquiera de las formas indicadas a continuación: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del organismo contratante, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio del organismo contratante. El organismo deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional con posteridad al 31 de diciembre de Los mismos deberán ser depositados en el Banco de la Nación Argentina a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principalmente pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. El organismo contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplirlos requisitos que se hubieran requerido. Asimismo de acuerdo a lo expuesto por la Dirección de Contaduría General mediante Nota N 77/15 Letra: C. G., los requisitos que deben cumplir las Pólizas y Pagares que se presenten, son los que a continuación se detallan: Tipo de póliza Garantía de Adjudicación de Contrato o similar. Consignar como Asegurado a la Municipalidad de Ushuaia. Compañia de Seguros poseer carácter de fiador solidario con renuncia a Beneficio de Excusión y División. Nombre del Tomador coincide con el Contratista enunciado en la Orden de Compra. Consignar el número de la Orden de Compra de manera correcta. Descripción de la prestación, acorde a la Orden de Compra. Expediente de Referencia concidente con la Orden de Compra. No contener cláusulas contrarias a CTTO y/o desfavorables al Municipio (plazos u otras). Compañía Aseguradora fija domicilio legal en la ciudad de Ushuaia por cuestiones judiciales o extrajudiciales. Poseer Certificación de firmas. Nombre del Apoderado firmante en la Póliza debe ser coincidente con el Nombre consignado en la Certificación de la Firma. Número de la póliza debe ser coincidente con la Certificación de Firma. En caso de que la Certificación del Colegio de Escribanos se realice por un Escribano perteneciente a una Jurisdicción distinta a Tierra del Fuego debe estar claro el nombre del Escribano firmante en la Certificación de Firma y coincidir con Certificación del Colegio de Escribanos. Número de REF en la Certificación de Firma coincidente en la Certificación del Colegio de Escribanos. f) Con pagarés sin protesto a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento de contrato, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma máxima establecida para contratar en forma directa según Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante. O LAS ISLAS MALVINAS, GEORGLAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SEPAN ARGENTINAS 000

153 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 151 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del AtIdntico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia El organismo contratante, por razones debidamente fundadas, podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de aquella y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección. 3.- DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS. La unidad operativa de contrataciones, deberá notificar a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, dentro de los plazos fijados, para que retiren las garantías que se detallan a continuación: a) Las garantías de mantenimiento de la oferta, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. b) Las garantías de cumplimiento del contrato o las contragarantías, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. c) Las garantías de impugnación al dictamen de pre adjudicación, dentro de los DIEZ (10) días de dictado el acto administrativo que haga lugar a la impugnación presentada. Si la impugnación fuera rechazada se ejecutará la garantía integrada. La unidad operativa de contrataciones deberá remitir a la tesorería jurisdiccional una copia de la notificación cursada a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes para que retiren las garantías, indicando la fecha de comienzo y finalización del plazo con que cuentan los interesados para retirarlas. La tesorería será el organismo encargado de devolver las garantías y para ello deberá haber recibido la correspondiente comunicación de la unidad operativa de contrataciones. 4.- APERTURA DE OFERTA Se realizará en la Dirección de Compras, Mayores y Menores dependiente de la Secretaria de Economía y Finanzas - Edificio Adolfo Cano - Arturo Coronado N 486, Ushuaia el día de de 2017, a las hs. 5.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS El proponente deberá entregar en la Dirección de Compras, Mayores y Menores un solo sobre o paquete cerrado y con la inscripción: CONCURSO PRIVADO N CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE DOS (2) EQUIPOS VIALES TIPO MOTONIVELADORA APERTURA DE OFERTAS: HORA: conteniendo: a) La oferta propiamente dicha con la planilla de presupuesto de oferta (según modelo oficial). b) Un ejemplar original del pliego de la presente Licitación firmado en todas sus fojas por el oferente. e) Garantía de Oferta, en caso de corresponder. d) Constancia de lnscripción en A.F.I.P. vigente al momento de la apertura, emitido on-line. e) Constancia de lnscripción en D.G.R. de la firma en el rubro. 1) Certificado de Situación Fiscal Regular extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia. g) Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artículo 112 de la Ordenanza Municipal N (según modelo oficial). h) Título de propiedad del equipo vial o constancia de adquisición del mismo. i) En el caso de equipo alquilado, la constancia de compromiso de locación. j) Póliza y comprobante de pago de Seguro de la unidad a afectar. k) A.R.T. Del chofer, siempre y cuando la unidad no sea conducida por el dueño. 1) Nómina del personal afectado, detallando nombre, apellido, C.U.l.L./C.U.I.T y domicilio. m) Fotocopia del Carnet de conducir del chofer, habilitante según la categoría C y/o E2. n) Habilitación municipal extendida por la Dirección de Transporte, de corresponder. 6.- ACTO DE APERTURA DE SOBRES. En el acto de apertura sólo se admitirán las propuestas presentadas hasta la hora establecida, quedando cerrada la admisión de las mismas no permitiendo modificaciones a las presentes, ni pedidos de aclaración o explicación que interrumpan el acto. En el caso de presentarse un EN TRAMITE, en alguna de las inscripciones o de los certificados, solamente serán considerados cuando se demuestre que fueron hechas con más de tres (3) días corridos de antelación a la fecha de apertura del Concurso Privado. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

154 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 152 No se tomarán en cuenta las propuestas que presenten correcciones, raspaduras o interlíneas que no hubieren sido debidamente salvadas al pie de la misma con la firma del proponente. Las cantidades deberán consignarse en todos los casos en números y letras, cuando existan discrepancias entre ambas se considerará válida la indicada en letras. El Comitente se reserva el derecho de solicitar al o los oferentes, toda documentación respaldatoria y/o aclaratoria que considere necesario. 7.- PROPUESTAS IGUALMENTE CONVENIENTES Si resultasen dos o más propuestas igualmente convenientes, se podrá solicitar una mejora de ofertas. Estas mejoras de oferta se presentarán en sobre cerrado y se abrirán en el día y hora que se fije al efecto, labrándose acta en presencia de los interesados que concurran. 8.- VALIDEZ DE LAS OFERTAS. Las ofertas tendrán una validez de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de apertura de las mismas. En circunstancias excepcionales, el comitente podrá solicitar a los oferentes, una prórroga por un plazo adicional determinado. Este pedido y las respuestas deberán efectuarse por escrito. Los oferentes podrán negarse a acceder a este pedido sin perder por ello la Garantía de la Propuesta. No se permitirá durante esta prórroga, efectuar modificaciones sustanciales a las ofertas presentadas. 9.- CONSULTA DE PLIEGO Los pliegos estarán a disposición de los interesados para las consultas correspondientes en la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, sito en la calle Arturo Coronado N Piso, Ushuaia MARCO REGULATORIOY LEGAL La sola presentación de la oferta implica conocimiento y aceptación de las condiciones particulares y generales que rigen en el presente acto, que se realiza en base a la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ CORRECCIÓN DE ERRORES. El criterio para la corrección de errores en la oferta será el siguiente: cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y los indicados en letras, prevalecerán estos últimos. Cuando haya una diferencia entre el precio unitario y el total de un rubro que se obtenga multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario que se haya indicado, a menos que a criterio del comitente fuera evidente que el precio correcto sea el del total del rubro, en dicho caso prevalecerá este y se corregirá el precio unitario. El comitente ajustará el monto de la oferta de la manera descripta anteriormente y el nuevo monto será mandatario para el proponente. Si este no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, ésta será rechazada y su Garantía de la Propuesta será ejecutada. 12.-ADJUDICACIÓN, GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN. En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación, se podrá dejar sin efecto la presente. Comunicada fehacientemente la adjudicación a uno o varios oferentes, estos tendrán un plazo de CINCO (5) días hábiles para presentar la Garantía de Adjudicación conforme al Artículo 2. En caso de no presentar la documentación requerida o desistir de la oferta realizada antes del vencimiento del plazo de validez establecido, el oferente perderá la garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se perderá en forma proporcional. / LAS ISLAS MALVINAS, GEORGMS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS

155 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 153 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e islas del Atlántico Sur República Argentina Municipa(idad de Ushuaia. o o PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1.- OBJETO DEL PRESENTE LLAMADO. El presente tiene como objeto la contratación de los servicios de DOS (2) equipos viales tipo Motoniveladora, con chofer, destinado a tareas de acondicionamiento de calles en los Barrios Altos previo a la Temporada Invernal. 2.- PRESUPUESTO OFICIAL. El mismo se establece en PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ ,00), a razón de PESOS DOS MIL OCHENTA CON 00/100 ($2.080,00) la hora. 3.- PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO. El contrato tendrá una vigencia DOSCIENTOS CUARENTA (240) horas, a razón de CIENTO VEINTE (120) horas cada equipo. 4.- DEL VEHÍCULO. La presente contratación involucrará DOS (2) equipos viales tipo motoniveladora, con chofer, el mismo deberá estar en buen estado. Los insumos que involucren el mantenimiento del mismo como así también el combustible corren por cuenta del propietario. Tanto los vehículos como los equipos viales no deberán tener más de DIEZ (10) años de antigüedad y estar en correctas condiciones de uso, habilitado y con RTO al día, de corresponder. Asimismo deberá poseer también equipo de comunicaciones del tipo VHF o en su defecto el personal contará con telefonía celular para comunicaciones operativas. 5.- DE LA TAREA. Se pretende que el equipo vial preste servicios en en tareas de acondicionamiento de calles en los Barrios Altos, y en todo aquello que la administración encuentre oportuno para garantizar tal fin para el mantenimiento vial en general. 6.- DEPENDENCIA Y SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS. La firma adjudicataria y el personal de la misma dependerá operativamente del Coordinador de trabajos en la Vía Pública y del agente a quien éste designe para el caso. El Director será el responsable de la conformación de las facturas para su tramitación de pago, previa conformación de los trabajos realizados, los que quedarán plasmados y firmados por ambas partes al finalizar en sendas Actas de Medición. Las novedades operativas que vayan surgiendo serán informadas a la Dirección de Tareas Prioritarias. De considerarlo necesario el municipio podrá labrar órdenes por escrito a través de su área administrativa, teniendo la empresa el deber de recibirlas y notificarse en copia original. Asimismo el Municipio podrá abrir un libro de Actas, con resguardo en la Dirección antes mencionada para dejar por sentado las novedades del aspecto netamente operativo, teniendo, ambas partes, el deber de rubricar dichas Actas. 7.- DEL CHOFER. Todos los gastos relacionados con la provisión del chofer correrán por cuenta del contratista, y éste tendrá la obligación de reemplazarlo cada vez que el servicio lo requiera. 8.- SEGUROS EN GENERAL. La contratista está obligada a tomar seguros que cubran todo tipo de accidentes de trabajo al personal afectado a la prestación (chóferes) y seguro de daños a terceros. Los seguros serán contratados con compañías argentinas y autorizadas en el orden nacional de reconocida solvencia y seriedad. 9.- REFERENTE AL PERSONAL. a.-) La empresa adjudicataria asumirá la responsabilidad total de los choferes, debiendo la misma preveer a ese fin todos los recaudos legales exigidos como son: Seguro de riesgo de trabajo. Aportes previsionales y sociales acorde con las normativas legales vigentes a la fecha. b.-) Para verificar lo establecido en el inciso anterior la Municipalidad procederá a emplazar en un plazo CINCO (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación, a la Empresa que en principio realice la oferta admisible más conveniente para que presente la documentación pertinente que demuestre su adecuación con la legislación vigente. En caso de no cumplir, en tiempo y forma, con las normativas vigentes sobre su personal, la Municipalidad procederá a declarar inadmisible la oferta resentada, sin que por ello el oferente tenga derecho a efectuar reclamo alguno por la medida. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGLAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

156 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 154 Provincia de Tierra del Fuego fl Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. c.-) De lo señalado en los dos incisos anteriores se desprende que la Municipalidad de Ushuaia deslinda toda responsabilidad por accidentes o perjuicios de los operarios de la empresa contratada, los que deberán ser asumidos por el adjudicatario. d.-) El adjudicatario será responsable directo de todo lo atinente a sus operarios en cuanto a: salarios, traslado al lugar de trabajo, equipamiento que incluye vestuario y herramientas necesarias, cumplimiento de los horarios diarios de actividades salvo los casos de excepción por el mal tiempo o imponderables justificados y asistencia por accidentes o enfermedad. e.-) El Coordinador de Tareas en la Vía Pública designará un encargado de controlar todos los aspectos relacionados con la presente contratación, debiendo el adjudicatario centralizar en esa persona las tareas administrativas que hacen al funcionamiento, seguimiento y optimización del trabajo. f.-) La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de aquellos operarios que no guarden un decoro y conducta aceptable para trabajar en la vía pública. Esa solicitud estará debidamente fundamentada, teniendo el adjudicatario la obligación de efectuar el reemplazo del personal requerido dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la fecha de solicitud PAGO DE FACTURA. El pago de factura se realizará dentro de los TREINTA (30) días de su presentación, debiendo ser acompañada por la documentación que a continuación se detalla: Planilla detallando el personal que prestó el servicio durante ese periodo, horario, con la individualización de los choferes, en la que debe constar el conocimiento de la Administración. Copia fiel de la Constancia de Pago del Formulario 931 correspondiente al mes de prestación del servicio. Copia Fiel de la Póliza con su constancia de pago del seguro de Accidentes Personales correspondiente al período de la prestación del servicio. Camet del chofer, cédula verde del vehículo y contrato de alquiler en caso de no ser el propietario. Copia fiel de la Póliza y Constancia de pago del seguro del vehículo correspondiente al mes de prestación del servicio. Factura tipo C, B óe con CAl vigente/cae. Certificado de Libre deuda vigente expedido por DGR Provincial, autenticado por o ente ó validación por Internet o Certificado de Exención al impuesto a los Ingresos Brutos/Certificado de No Retención. Certificado de Libre Deuda vigente expedido por la Municipalidad de Ushuaia. Certificado de Libre Deuda automotor vigente expedido por la Municipalidad de Ushuaia (en caso ede no ser propietario el contratista). LAS ISLAS MALVINAS, GEORGMS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS ÜOg u

157 Ushuaia, 3 de octubre Provincia de 2018 de Tierra del Fuego Año XXVIII - N 133/2018 página Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. MODELO DE PLANILLA DE PRESENTACIÓN DE CADA EQUIPO PROPONENTE EQUIPO MARCA MODELO AÑO DE FABRICACIÓN CAPACIDAD DE BALDE POTENCIA (HP) PROPIETARIO EQUIPO COMUNIC. PRECIO POR HORA $ EN NÚMEROS EN LETRAS Firma del Representante Firma del Proponente NOMBRE NOMBRE: D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA DOMICILIO D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA DOMICILIO 1 LAS ISLAS MALVINAS, GEORGMS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

158 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 156 Provincia de llena del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. FORMULA DE OFERTA Sr. Intendente Municipalidad de Ushuaia Provincia de Tierra del Fuego, Antártida E Islas del Atlántico Sur 5 / D. USHUAIA de de Eh los abajo firmantes con domicilio legal constituido en la calle N Código Postal (9410) de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, manifiestan a Ud. con carácter de Declaración Jurada que han estudiado detenidamente todos y cada uno de los documentos del Pliego para el llamado a Concurso Privado N /2017 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE DOS (2) EQUIPOS VIALES TIPO MOTONIVELADORA, y han obtenido toda la información y elementos necesarios para poder establecer los más justos precios para el alquiler del equipo vial motivo de este Concurso- No quedando duda alguna al respecto, proponemos proveer en alquiler el equipo vial descripto en la planilla adjunta y a los precios que en ella se indican. Cantidad Cantidad Precio Precio solicitada Horas cotizada DESCRIPCION Unit. Total Contratación de UN (1) equipo vial tipo motoniveladora, con chofer, por el término de CIENTO VEINTE (120) horas En un todo de acuerdo a las condiciones previstas en el pliego de Especificaciones Técnicas que forma parte de la presente. TOTAL! Son Pesos ($ Nota: En caso de_discrepancia_entrl precio unitario eltotal, prevalecerá el precio unitario. Si nuestra oferta es aceptada, contrataremos una garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por el diez por ciento (10%) del total del valor del contrato para asegurar el debido cumplimiento del mismo. Convenimos en mantener nuestra oferta por un período de treinta (30) días a partir de la fecha de apertura de las ofertas; la oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que expire el período indicado. USHUAIA de de 2017 Nombre: Firma del Proponente D.N.I. Nombre de la Empresa: Domicilio LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS

159 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 157 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur OQO República Argentina Municipalidad de Ushuaia. DECLARACIÓN JURADA Por medio de la presente, declaro/amos bajo juramento no estar ncurso/s en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artículo 112 de la Ordenanza Municipal N Nombre: Firma del Proponente D.N.1. Nombre de la Empresa: Domicilio: ARTICULO No podrán contratar con la Administración Municipal: a)los deudores morosos del fisco municipal, b)los agentes y funcionarios del Municipio y las empresas en las cuates aquellos tuvieran una participación, c)los inhabilitados judicialmente, mientras no sean rehabilitados, d)los condenados por delitos dolosos, mientras dure la condena, e)las personas que se encuentren condenadas por delitos contra la propiedad o contra la administración pública, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la corrupción, Ley N , f)los inhabilitados para contratar con el municipio por la aplicación del artículo 113 de la presente. ARTICULO Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones: 1.Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2.Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3.Rescisión por su culpa. 4.lnhabilitación para contratar con el Municipio. 5.Apercibimiento. 6.Suspensión. 7.lnhabilitación. 4? LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

160 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARiA DE ECONOMIA Y FINANZAS USHUAIA, 31 MAR 2017 VISTO el Expediente M.A. N 4967/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución E. y F. N 50/2017 se autorizó el incremento del TREINTA Y CINCO (% 35) por ciento sobre la Orden de Compra N 662/2016, por la suma total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ ,00), a favor de GUENCHUMAN PINTO IVAN ANDALICIO, correspondiente a la contratación de los Servicios de SEISCIENTOS (600) movimientos y vaciados de volquetes, en el Relleno Sanitario Municipal y su retorno al lugar de origen. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente la Orden de Compra N 52/2017. Que se incurrio en un error en el septimo considerando al consignar el importe de la contratación, correspondiendo la suma total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ ,00) y en el Articulo 1 al mencionar la cantidad de movimientos, siendo la correcta DOSCIENTOS DIEZ (210) moviemientos. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo III de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 5 78/2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS: R ES U E LV E: ARTICULO 1.- Sustituir el septimo considerando de la Resolución E. y F. N 50/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: Que el gasto total de la presente contratación asciende a la suma total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($84.000,00). Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO N 2.- Sustituír el Articulo 1 de la Resolución E. y E. N 50/201 7, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1.- Autorizar el incremento del TREINTA Y CINCO (35%) por ciento sobre la Orden de Compra N 662/2016, por la suma 2 total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ ,00), a favor de la firma Las Islas Malvinas, Georgías y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

161 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página PINTO PROVINCIA DE TIERI. DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA= MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS VAN ANDALICIO, correspondiente a la contratación de los servicios de DOSCIENTOS DIEZ (210) movimientos y vaciados de volquetes, en el Relleno Sanitario Municipal y su retorno al lugar de origen. Ello por lo expuesto en el exordio. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION S.S. E. y F, N / d.m. 4c 1 de UShUaC Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentin&

162 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 31 MAR 2017 VISTO el Expediente ID. N 8607/2016, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de TREINTA (30) sellos necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativas que se llevan a cabo en el ámbito del Instituto Municipal de Deportes, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 130/2017 obrante a fojas 12. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del rubro. Que el área requirente tomo intervención a fojas 23 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma CAPPELLO MAURICIO JAVIER, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($5.700,00), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N , Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma CAPPELLO MAURICIO JAVIER, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 5.700,00), referente a la adquisición de TREINTA (30) sellos necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativas que se llevan a cabo en el ámbito del Instituto Municipal de Deportes, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 130/2017 obrante a fojas 12. ElIo por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Instituto Municipal del Deporte - Presidencia, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓNSS. E.vFN / I.v. S. SOMEZ de Ushuaj Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

163 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fue9o, Antártida e Islas del Allántico Sur Repúbhca Argentinaz Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 31 MAR 2017 VISTO el Expediente OP. N 1730/2017, dei registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de CIENTO TREINTA (130 Tn.) toneladas de asfalto en caliente destinados a las tareas de bacheo que realiza el personal de la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por el Subsecretario de Servicios Públicos mediante Informe R N 29/2017, obrante a fojas 2 y lo solicitado a través de la Nota de Pedido N 547/2017 obrante a fojas 5. Que el presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CON 00/100 ($ ,00), a razón de PESOS TRES MIL SETECIENTOS ($ 3.700,00) la tonelada. Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N /2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Decreto Municipal N 1962/2015, Anexo 1 Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 578 /2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE CESTÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- AUTORIZAR el llamado a Concurso Privado para la adquisición de CIENTO TREINTA (130 Tn.) toneladas de asfalto en caliente destinados a las tareas de bacheo que realiza el personal de la Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo a lo requerido por el Subsecretario de Servicios Públicos mediante Informe R N 29/2017, obrante a fojas 2 y lo solicitado a través de la Nota de Pedido N 547/2017 obrante a fojas 5, con un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CON 00/100 ($ ,00), a razón de PESOS TRES MIL SETECIENTOS ($ 3.700,00) la tonelada. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la Dirección de Compras Mayores y Menores de la Secretaría de Economía y Finanzas, a suscribir toda documentación correspondiente a dicho llamado, por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 3.- Aprobar el Pliego que forma parte integrante de la presente como Anexo 1. JRT1CULO 4.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular 64 Las Islas Malvinas, Georgías. SAndwich del Sur, son y serán Argentinos

164 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provinda de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Aliántico Sur Repúbca Argentinaz Municipalidad de Ushuaia Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos, Sub-Programa 2 Mantenimiento Vial, Partida 52. ARTICULO 5.- Comunicar, Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, Archivar. RESOLUCION S.S. E. ye N /2017. p.l.n. It of Ca S 6 SubSeCret3ro de E.u de GeSc0r qi0ipaldpd deusfl Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinos Ü 00

165 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Secretaría de Economía y Finanzas CONCURSO PRIVAbO N /2017 PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ ,00) coj L MU N Y UN MIL SW TNffD ( Recepción y Apertira de las Ofertas: Fecha: Hora: Lugar birección de Compras Mayores y Menores - Secretarfa de Economía y Finanzas Arturo Coronado 486 Piso - - Ushuaia. l 1 a Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas

166 Sres. Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 164 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA Hoja Nro E ISLAS DEL ATLANTICO SUR EXPEDIENTE Nro OP-17 REPUBLI CA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA CONCURSO PRIVADO Nro USHUAIA, 31 de Marzo de 2017 Domicilio: LUGAR ENTREGA : A COORDINAR CON EL ÁREA SOLICITANTE DOMICILIO ENTREGA: Autorizado por Resolucion: - VALOR DEL PLIEGO: 0.00 FECHA APERTURA LUGAR APERTURA : OIR. COMPRAS MAYORES Y MENORES - A.CORONAOO N PISO HORA APERTURA: 00:00 SELLADO PROVINCIAL: Exento Ley Provincial Nro 143 MANTENIMIENTO OFERTA: TREINTA (30) OÍAS PLAZO DE ENTREGA : A COORDINAR CON EL ÁREA SOLICITANTE CONDICIONES DE PAGO : DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS, CON LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA DEBIDAMENTE CONFORMADA Y CERTIFICADA POR EL AREA SOLICITANTE. Reng Descripcion Cantidad PrecUnit Irporte 001 ADQUISICIÓN DE CIENTO TREINTA (130 Tnj TONELADAS DE ASFALTO EN CALIENTE DESTINADOS A LAS TAREAS DE BACHEO QUE REALIZA EL PERSONAL DE LA SUBSECRETA RÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS. SECTOR SOLICITANTE: SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS EN UN TODO DE ACUERDO A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL PLIEGO DE BASES Y 0 CONDICIONES QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTE

167 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 165 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES 1.- OBJETO DEL PRESENTE LLAMADO. El presente tiene como objeto la adquisición de CIENTO TREINTA (130 Tn.) toneladas de asfalto en caliente destinados a las tareas de bacheo que realiza el personal de la Subsecretaria de Servicios Públicos. 2.- PRESUPUESTO OFICIAL El mismo se establece en PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CON 00/100 ($ ,00), a razón de PESOS TRES MIL SETECIENTOS ($ 3.700,00) la tonelada. 3.- DE LOS ASPECTOS GENERALES Y PARTICULARES Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ GARANTIAS. Será necesaria la presentación de Garantía de Oferta de oferta que será del UNO POR CIENTO (1 %) del valor de la oferta, cuando el importe supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00). Las garantías de cumplimiento será del DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto total de la adjudicación. Se podrá constituir en cualquiera de las formas indicadas a continuación: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del organismo contratante, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio del organismo contratante. El organismo deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional con posteridad al 31 de diciembre de Los mismos deberán ser depositados en el Banco de la Nación Argentina a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principalmente pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 dei Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa.e) e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. El organismo contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Asimismo de acuerdo a lo expuesto por la Dirección de Contaduría General mediante Nota N 77/15 Letra: C. G., los requisitos que deben cumplir las Pólizas y Pagares que se presenten, son los que a continuación se detallan: Tipo de póliza Garantía de Adjudicación de Contrato o similar. Consignar como Asegurado a la Municipalidad de Ushuaia. Compañía de Seguros poseer carácter de fiador solidario con renuncia a Beneficio de Exclusión y División. Nombre del Tomador coincide con el Contratista enunciado en la Orden de Compra. Consignar el número de la Orden de Compra de manera correcta. Descripción de la prestación, acorde a la Orden de Compra. Expediente de Referencia concidente con la Orden de Compra. No contener cláusulas contrarias a CTTO y/o desfavorables al Municipio (plazos u otras). Compañía Aseguradora fija domicilio legal en la ciudad de Ushuaia por cuestiones judiciales o extrajudiciales. Poseer Certificación de firmas. Nombre del Apoderado firmante en la Póliza debe ser coincidente con el Nombre consignado en la Certificación de la Firma. Número de la póliza debe ser coincidente con la Certificación de Firma. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS ÜÚO 192

168 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 166 Provincia de llena del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia En caso de que la Certificación del Colegio de Escribanos se realice por un Escribano perteneciente a una Jurisdicción distinta a Tierra del Fuego debe estar claro el nombre del Escribano firmante en la Certificación de Firma y coincidir con Certificación del Colegio de Escribanos. Número de REF en la Certificación de Firma coincidente en la Certificación del Colegio de Escribanos. f) Con pagarés sin protesto a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento de contrato, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma máxima establecida para contratar en forma directa según Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante. El organismo contratante, por razones debidamente fundadas, podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de aquella y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección. 5.- DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS. La unidad operativa de contrataciones, deberá notificar a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, dentro de los plazos fijados, para que retiren las garantías que se detallan a continuación: a) Las garantías de mantenimiento de la oferta, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. b) Las garantías de cumplimiento del contrato o las contragarantias, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. c) Las garantías de impugnación al dictamen de pre adjudicación, dentro de los DIEZ (10) días de dictado el acto administrativo que haga lugar a la impugnación presentada. Si la impugnación fuera rechazada se ejecutará la garantía integrada. La unidad operativa de contrataciones deberá remitir a la tesorería jurisdiccional una copia de la notificación cursada a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes para que retiren las garantías, indicando la fecha de comienzo y fiscalización del plazo con que cuentan los interesados para retirarlas. La tesorería será el organismo encargado de devolver las garantías y para ello deberá haber recibido la correspondiente comunicación de la unidad operativa de contrataciones. 6.- APERTURA DE OFERTA Se realizará en la Dirección de Compras, Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas - Edificio Adolfo Cano - Arturo Coronado N 486, Ushuaia el día de de 2017, a las hs. 7.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS El proponente deberá entregar en la Dirección de Compras, Mayores y Menores un solo sobre o paquete cerrado y con la inscripción: CONCURSO PRIVADO N 2017 ADQUISICIÓN DE CIENTO TREINTA (130 Tn.) DE ASFALTO EN CALIENTE APERTURA DE OFERTAS: HORA: conteniendo: La oferta propiamente dicha con la planilla de presupuesto de oferta (según modelo oficial). Un ejemplar original del pliego de la presente Licitación firmado en todas sus fojas por el oferente. Garantía de Oferta, en caso de corresponder. Certificado de Situación Fiscal exclusivo para licitaciones y/o Contrataciones expedido por la Dirección General de Rentas Municipal. Constancia de lnscripción en A.Rl.R vigente al momento de la apertura, emitido on-line. Constancia de lnscripción en D.G.R. de la firma en el rubro. Certificado de Situación Fiscal Regular extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia. Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artículo 112 de la Ordenanza Municipal N (según modelo oficial). LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS

169 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de lien-a del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. o o 9 2 Habilitación comercial extendida por la Dirección de Comercio e Industria Municipal. 8.- ACTO DE APERTURA DE SOBRES. En el acto de apertura sólo se admitirán las propuestas presentadas hasta la hora establecida, quedando cerrada la admisión de las mismas no permítiendo modificaciones a las presentes, ni pedidos de aclaración o explicación que interrumpan el acto. En el caso de presentarse un EN TRAMITE, en alguna de las inscripciones o de los certificados, solamente serán considerados cuando se demuestre que fueron hechas con más de tres (3) días corridos de antelación a la fecha de apertura del Concurso Privado. No se tomarán en cuenta las propuestas que presenten correcciones, raspaduras o interlineas que no hubieren sido debidamente salvadas al pie de la misma con la firma del proponente. Las cantidades deberán consignarse en todos los casos en números y letras, cuando existan discrepancias entre ambas se considerará válida la indicada en letras. El Comitente se reserva el derecho de solicitar al o los oferentes, toda documentación respaldatoria y/o aclaratoria que considere necesario. 9.- PROPUESTAS IGUALMENTE CONVENIENTES Si resultasen dos o más propuestas igualmente convenientes, se podrá solicitar una mejora de ofertas. Estas mejoras de oferta se presentarán en sobre cerrado y se abrirán en el día y hora que se fije al efecto, labrándose acta en presencia de los interesados que concurran VALIDEZ DE LAS OFERTAS. Las ofertas tendrán una validez de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de apertura de las mismas. En circunstancias excepcionales, el comitente podrá solicitar a los oferentes, una prórroga por un plazo adicional determinado. Este pedido y las respuestas deberán efectuarse por escrito. Los oferentes podrán negarse a acceder a este pedido sin perder por ello la Garantía de la Propuesta. No se permitirá durante esta prórroga, efectuar modificaciones sustanciales a las ofertas presentadas. 11.-CONSULTA DE PLIEGO Los pliegos estarán a disposición de los interesados para las consultas correspondientes en la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economia y Finanzas, sito en la calle Arturo Coronado N Piso, Ushuaia MARCO REGULATORIO Y LEGAL La sola presentación de la oferta implica conocimiento y aceptación de las condiciones particulares y generales que rigen en el presente acto, que se realiza en base a la Ordenanza Municipal N 3693 su Decreto reglamentario N 1255/ CORRECCIÓN DE ERRORES. El criterio para la corrección de errores en la oferta será el siguiente: cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y los indicados en letras, prevalecerán estos últimos. Cuando haya una diferencia entre el precio unitario y el total de un rubro que se obtenga multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario que se haya indicado, a menos que a criterio del comitente fuera evidente que el precio correcto sea el del total del rubro, en dicho caso prevalecerá este y se corregirá el precio unitario. El comitente ajustará el monto de la oferta de la manera descripta anteriormente y el nuevo monto será mandatario para el proponente. Si este no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, ésta será rechazada y su Garantía de la Propuesta será ejecutada. 14.-ADJUDICACIÓN, GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN. En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación, se podrá dejar sin efecto la presente. Comunicada fehacientemente la adjudicación a uno o varios oferentes, estos tendrán un plazo de CINCO (5) días hábiles para presentar la Garantía de Adjudicación conforme al Articulo 4, En caso de no presentar la documentación requerida o desistir de la oferta realizada antes del vencimiento del plazo de validez establecido, el oferente perderá la garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se perderá en forma proporcional PAGO DE FACTURA. El pago de la factura conformada por la Dirección de Inclusión Social se realizará dentro de los treinta (30) días de su presentación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

170 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 168 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia DECLARACIÓN JURADA Por medio de la presente, declaro/amos bajo juramento no estar incurso/s en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Articulo 112 de la Ordenanza Municipal N Firma del Proponerite Nombre: D.N.l. Nombre de la Empresa: Domicilio: ARTICULO No podrán contratar con la Administración Municipal: a)los deudores morosos del fisco municipal, b)los agentes y funcionarios del Municipio y las empresas en las cuales aquellos tuvieran una participación, c)los inhabilitados judicialmente, mientras no sean rehabilitados, d)los condenados por delitos dolosos, mientras dure la condena, e)las personas que se encuentren condenadas por delitos contra la propiedad o contra la administración pública, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la corrupción, Ley N , f)los inhabilitados para contratar con el municipio por la aplicación del artículo 113 de la presente. ARTICULO Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones: 1.Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2.Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3.Rescisión por su culpa. 4.lnhabilitación para contratar con el Municipio. 5.Apercibimiento. 6. Suspensión. 7. Inhabilitación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 0001

171 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provinda de Tierra del Fuego, MtÑtida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas USHUAIA, 03 ABR 2017 VISTO el Expediente U.I. N 8242/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de impresión de MIL DOSCIENTAS ( ) tarjetas personales destinadas a cubrir la demanda de los funcionarios del Gabinete Municipal, en conformidad con lo solicitado por la Subsecretaria Unidad de Intendencia mediante Nota N 202/2016 Letra: S.U.I. y la Nota de Pedido N 398/2017 obrante a fojas 2 y 10, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área requirente tomo la debida intervención a fojas 42 indicando que la oferta presentada por la firma GODOY PABLO DANIEL Y PIANTONI CRISTIAN MAXIMILIANO S.H., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CON ($4.200,00), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma GODOY PABLO DANIEL Y PIANTONI CRISTIAN MAXIMILIANO S.H., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 4.200,00), referente a la contratación por el servicio de impresión de MIL DOSCIENTAS ( ) tarjetas personales destinadas a cubrir la demanda de los funcionarios del Gabinete Municipal, en conformidad con lo solicitado por la Subsecretaria Unidad de Intendencia mediante Nota N 202/2016 Letra: S.U.I. y la Nota de Pedido N 398/2017 obrante a fojas 2 y 10, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Unidad Intendente, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S. E.VFN / L.V. Las Islas S.!IQ de Eva;ua-,n. de (C ró,,

172 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página h Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 03 ABR 2017 VISTO el Expediente S,G. N 333/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos de librería que serán utilizado para el normal desarrollo de tareas administrativas de los diferentes Departamento y Divisiones dependientes de la Dirección de Transito, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 471/2017 obrante a fojas 3, 4 y 5, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que el área requirente tomo la debida intervención a fojas 26 indicando que la oterta presentada por la firma CAPPELLO MAURICIO JAVIER, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SETENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON 08/100 ($70.363,08), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma CAPPELLO MAURICIO JAVIER, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SETENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON 08/100 ($ ,08), referente a la adquisición de insumos de librería que serán utilizado para el normal desarrollo de tareas administrativas de los diferentes Departamento y Divisiones dependientes de la Dirección de Transito, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 471/2017 obrante a fojas 3, 4 y 5, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S.E.yFN / L.V. Las Islas Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

173 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 03 ABR 2017 VISTO el Expediente SE. N 6724/2016, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de seguro de automotor y de incendio destinado al trailer - comando de operaciones de emergencia perteneciente a la Dirección de Defensa Civil, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Patrimonio y Concesiones mediante la Nota de Pedido N 1456/2016 obrante a fojas 12 y 13, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro. Que la Dirección de Patrimonio y Concesiones tomo la debida intervención indicando a fojas 62, que la oferta de la firma NACION SEGUROS S.A., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 12/100 ($ ,12), se ajusta a lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma NACION SEGUROS SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 12/100 ($ ,12), referente a la contratación por el servicio de seguro de automotor y de incendio destinado al trailer - comando de operaciones de emergencia perteneciente a la Dirección de Defensa Civil, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Patrimonio y Concesiones mediante la Nota de Pedido N 1456/2016 obrante a fojas 12 y 13, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Economía y Finanzas, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. L.V..GOMLL de Ev&uacc.n de Gestión licioe :d!r*i de Las mas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

174 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia de Economía y Secretaria Finanzas USHUAIA, 03 BR 21 VISTO el Expediente O.P. N 434/2017, del registro de esta Municipahdad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación de UN (1) camión con caja volcadora de capacidad de SEIS (6m3) metros cúbicos, con chofer, para el traslado de elementos para las plazas tanto los que sean fabricados en la Dirección de Tareas Prioritarias, en conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. T. P. N 50/17 obrante a fojas 4 y mediante Nota de Pedido N 203/2017 obrante a fojas 9. Que se solicitó presupuestos a las diferentes firmas del rubro, siendo la única oferta la presentada por la firma PRAUSSELLO JOSEFINA ANDREA, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CON 00/1 00 ($ ), a razón de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ ,00) mensuales. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo l del Decreto Municipal N 179/2016 y Decretos Municipales Nros 1571/2016 y Decreto Municipal N /2017. Por ello: El SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1 Autorizar la contratación en forma directa con la firma PRAUSSELLO JOSEFINA ANDREA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ ), PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ ,00) mensuales, referente a la contratación de UN (1) camión con caja volcadora de capacidad de SEIS (6m3) metros cúbicos, con chofer, para el traslado de elementos para las plazas tanto los que sean fabricados en la Dirección de Tareas Prioritarias, en conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. T. P. N 50/17 obrante a fojas 4 y mediante 44pta de Pedido N 203/2017 obrante a fojas 9. Ello por lo expuesto en el exordio. ( ktículo 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos fi

175 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas /11.2. correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 3.- Imputar el gasto que demande Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicos y Escaleras, Partida ARTÍCULO LUCIÓN Comunicar, dar S.S.E. y F N al Boletín Oficial de flfll7 la presente contratación con cargo SubPrograma 1 al Titular Mantenimiento Plazas, Paseos la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. los. GOMEZ Gestión,aJ óad de Llshue e Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

176 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de lierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur RepúbIica Argentina Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 93 MR 2\T VISTO el Expediente O.R N 693/2017, dei registro de esta Munidpalidad, CONSIDERANDO: y; Que mediante el mismo se gestiona la contratación de los servicios de UNA (1) cuadrilla de trabajo, compuesta por CUATRO (4) operarios, con movilidad, destinada a la reparación de veredas, mejoramiento de plazas, cordones, rampas, sendas peatonales, escaleras de hierro, cemento y madera, por el término de DOS (2) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, conforme lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias a través del Informe D y mediante Nota de Pedido N 421/2017 obrante a fojas 7. T. R N Que el presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS DIEZ MIL ($ ,00), a razón de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y Que la presente se encuadra en lo CINCO MIL($ ,00) mensuales. dispuesto en el Artículo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N /2016 y Anexo 1255/ dei Decreto Municipal N Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Decreto Municipal N 1962/2015, Anexo Municipal N 578/2017. Por ello: 1 Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto EL SUBSECRETARÍO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y RESUELVE: FINANZAS ARTICULO 1 - AUTORIZAR el llamado a Concurso Privado para la contratación de los servicios de UNA (1) cuadrilla de trabajo, compuesta por CUATRO (4) operarios, con movilidad, destinada a la reparación de veredas, mejoramiento de plazas, cordones, rampas, sendas peatonales, escaleras de hierro, cemento y madera, por el término de DOS (2) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, conforme lo requerido por la Dirección de Tareas Prioritarias a través del Informe D. N 95/2017 y mediante Nota de Pedido N 421/2017 obrante a fojas 7, con un presupuesto oficial de PESOS QUINIENTOS DIEZ MIL ($ ,00), a razón de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ ,00) mensuales. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la Dirección de Compras Mayores y Menores de la Secretaria de j5onomía y Finanzas, a suscribir toda documentación correspondiente a dicho llamado, por los T. R Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwicb del Sur, son y serán Argentinos

177 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tiega del Fuego, Antártida e lsjas del AUán(i Sur República Argentina: Municipalidad de Ushuaia /11.2. motivos ARTICULO expuestos 30 Aprobar ARTÍCULO 4.- Imputar en el exordio. el el Presupuestario SubPrograma RESOLUCION Comunicar, S.S. E. vr Pliego que forma parte integrante de gasto que demande 2: Mantenimiento Vial, Dar al Boletín Oficial N de J2o17. la Partida la presente contratación 13. la Municipalidad presente como Anexo de Ushuaia, con cargo Archivar. 1. al Titular S. ARTÍCULO 5.- (3GMde C:S0fl de UshL tas Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

178 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Secretaría de Economía y Finanzas CONCURSO PRIVADO N /2017 PRESUPUESTO OFICIAL: QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ ,00) Mó\ EE3 i! fls c L Y fl Recepción y Apertura de las Ofertas: Fecha: Hora: e Lugar: Arturo birección Coronado de Compras y Menores - Secretaría de - Piso - Ushuaia. 486 l Mayores Economía y Finanzas. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán ArgentInas

179 Sres. Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 177 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA Hoja Nro E ISLAS DEL ATLANTICO SUR EXPEDIENTE REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Nro OP-li CONCURSO PRIVADD Nro DOD1? USHUAIA, 28 de Marzo de 2017 Donlící Ljo: LUGAR ENTREGA : DONDE EL ÁREA SOLICITANTE LD INDIQUE DOMICILIO ENTREGA: Autorizado por Resolucion: - VALOR DEL PLIEGO: LUGAR APERTURA : DIR FECHA APERTURA CC4PRAS MAYORES Y MENORES A. CORONADO N! 486 1PISO HORA APERTURA: 00:00 SELLADO PROVINCIAL: Exento Ley Provincial Nro 143 MANTENIMIENTO OFERTA: TREINTA (3D) DÍAS PLAZO DE ENTREGA : O A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE CORRESPONDIENTE. INdO: INICIO CONDICIONES DE PAGO : DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS DE EFECTUADO EL SERVICIO CON LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA DEBIDAMENTE CONFORNADA Y CERTIFICADA POR EL ÁREA SOLICITANTE. Reng Descripcion Cantidad Preclinit Importe 001 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UNA CUADRILLA, COMPUESTA POR CUATRO 0 OPERARIOS, CON MOVILIDAD, POR EL TÉRWIND DE DOS PRÓRROGA POR UN (1) (2) MESES, CON OPCIÓN DE MES MÁS, DESTINADA A TAREAS GENERALES DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE VEREDAS, MEJORAMIENTO DE PLAZAS, CORDONES, RAMPAS, SENDAS PEATONALEB, ESCALERAS DE HIERRO Y OTRAS TAREAS SIMILARES. SECTOR SOLICITANTE: DIRECCIÓN DE TAREAS PRIORITARIAS. EN UN TODO DE ACUERDO A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTE. (4) 2.00 OQU 197

180 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 178 Provincia de Antártida e Tierra del Fuego 000 Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES 1.-OBJETO DEL PRESENTE LLAMADO. El presente tiene como objeto la contratación de los servicios de UNA (1) cuadrilla de trabajo, compuesta por CUATRO (4) operados, con movilidad, destinada a la reparación de veredas, mejoramiento de plazas, cordones, rampas, sendas peatonales, escaleras de hierro, cemento y madera. Adicionalmente a las tareas objeto de la presente contratación, se pretende disponer eventualmente de dicha cuadrilla para tareas de orden similar de albañilería, carpintería, y herreria, en otros aspectos de conservación de espacios públicos y refuerzo de frentes de bacheo cuando la necesidad y urgencia así lo ameriten. 2.- PRESUPUESTO OFICIAL El mismo se establece en PESOS QUINIENTOS DIEZ MIL CON 00/100 ($ ,00), a razón de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/1 00 ($ ,00) mensuales. 3.- DE LOS ASPECTOS GENERALES Y PARTICULARES Que la presente se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, inciso c) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada mediante Decreto Municipal N 1476/2016 y Anexo l del Decreto Municipal N 1255) GARANTIAS. Será necesaria la presentación de Garantía de Oferta de oferta que será del UNO POR CIENTO valor de la oferta, cuando el importe supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00). Las garantías de cumplimiento será del DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total de la adjudicación. Se podrá constituir en cualquiera de las formas indicadas a continuación: (1 %) del a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del organismo contratante, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancada, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio del organismo contratante. El organismo deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional con posteridad al 31 de diciembre de Los mismos deberán ser depositados en el Banco de la Nación Argentina a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principalmente pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. El organismo contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originada deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Asimismo de acuerdo a lo expuesto por la Dirección de Contaduría General mediante Nota N 77/15 Letra: C. G., los requisitos que deben cumplir las Pólizas y Pagares que se presenten, son los que a continuación se detallan: Tipo de póliza Garantía de Adjudicación de Contrato o similar. Consignar como Asegurado a la Municipalidad de Ushuaia. Compañia de Seguros poseer carácter de fiador solidario con renuncia a Beneficio de Excusión y División. Nombre del Tomador coincide con el Contratista enunciado en la Orden de Compra. Consignar el número de la Orden de Compra de manera correcta. Descripción de la prestación, acorde a la Orden de Compra. Expediente de Referencia concidente con la Orden de Compra. No contener cláusulas contrarias a CTTO y/o desfavorables al Municipio (plazos u otras). Compañía Aseguradora fija domicilio legal en la ciudad de Ushuaia por cuestiones judiciales o extrajudiciales. Poseer Certificación de firmas. Nombre del Apoderado firmante en la Póliza debe ser coincidente con el Nombre consignado en la Certificación de la Firma. Número de la póliza debe ser coincidente con la Certificación de Firma. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

181 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 179 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia En caso de que la Certificación del Colegio de Escribanos se realice por un Escribano perteneciente a una Jurisdicción distinta a Tierra del Fuego debe estar claro el nombre del Escribano firmante en la Certificación de Firma y coincidir con Certificación del Colegio de Escribanos. Número de REF en la Certificación de Firma coincidente en la Certificación del Colegio de Escribanos. f) Con pagarés sin protesto a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento de contrato, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma máxima establecida para contratar en forma directa según Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante. El organismo contratante, por razones debidamente fundadas, podrá elegir la forma de la garantía en el pliego de bases y condiciones particulares. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo de validez de aquella y su eventual prórroga. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección. 5.- DE LA DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS. La unidad operativa de contrataciones, deberá notificar a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, dentro de los plazos fijados, para que retiren las garantías que se detallan a continuación: a) Las garantías de mantenimiento de la oferta, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. b) Las garantías de cumplimiento del contrato o las contragarantias, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto administrativo de adjudicación o el acto por el cual se ponga fin al procedimiento de selección. c) Las garantías de impugnación al dictamen de pre adjudicación, dentro de los DIEZ (10) días de dictado el acto administrativo que haga lugar a la impugnación presentada. Si la impugnación fuera rechazada se ejecutará la garantía integrada. La unidad operativa de contrataciones deberá remitir a la tesorería jurisdiccional una copia de la notificación cursada a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes para que retiren las garantías, indicando la fecha de comienzo y finalización del plazo con que cuentan los interesados para retirarlas. La tesorería será el organismo encargado de devolver las garantías y para ello deberá haber recibido la correspondiente comunicación de la unidad operativa de contrataciones. 6.- APERTURA DE OFERTA Se realizará en la Dirección de Compras, Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas - Edificio Adolfo Cano - Muro Coronado N 486, Ushuaia el día de de 2017, a las hs. 7.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS El proponente deberá entregar en la Dirección de Compras, Mayores y Menores un solo sobre o paquete cerrado y con la inscripción: CONCURSO PRIVADO N CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UNA (1) CUADRILLA DE TRABAJO, CON MOVILIDAD, PARA EL MANTENIMIENTO DE VEREDAS, MEJORAMIENTO DE PLAZAS Y OTROS ASPECTOS DE CONSERVACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS APERTURA DE OFERTAS: HORA: conteniendo: La oferta propiamente dicha con la planilla de presupuesto de cierta (según modelo oficial). Un ejemplar original del pliego de la presente Licitación firmado en todas sus fojas por el oferente. Garantía de Oferta, en caso de corresponder. Certificado de Situación Fiscal exclusivo para licitaciones y/o Contrataciones expedido por la Dirección General de Rentas Municipal. Constancia de Inscripción en A.F.I.R vigente al momento de la apertura, emitido on-line. Constancia de Inscripción en D.G.R. de la firma en el rubro. Certificado de Situación Fiscal Regular extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia. Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artículo 112 de la Ordenanza Municipal N (según modelo oficial). LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 2 OVO 97

182 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 180 a Provincia de Tierra del Fuego 1) 0 9 Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. del y A.R.T. Del y y Comprobante de pago del Titulo de propiedad dominio automotor. Revisión Técnica Obligatoria, de corresponder. Póliza comprobante de pago de Seguro de cuando chofer, siempre la unidad la no Constancia de compromiso de locación, en caso de que unidad a afectar. sea conducida por el la cuit y domicflio. Fotocopia del Carnet de conducir del chofer, habilitante según Nómina de personal detallando apellido, nombre, Póliza Constancia de lnscripción en I.E.R.I.C. Vigente seguro de accidentes personales al momento de la el dueño. mismo sea alquilado. categoría correspondiente. o ART apertura. de los operarios. 8.- ACTO En el cerrada aclaración SOBRES. acto de apertura sólo se admitirán las propuestas presentadas hasta DE APERTURA DE la o admisión de las mismas no permitiendo modificaciones a las presentes, acto. explicación que interrumpan el la hora establecida, quedando ni pedidos de de los certificados, solamente serán considerados cuando se demuestre que fueron hechas con más de tres En el caso de presentarse corridos de antelación a No la un EN TRAMITE, en alguna de las inscripciones fecha de apertura del Concurso Privado. se tomarán en cuenta las propuestas que presenten correcciones, raspaduras hubieren sido debidamente salvadas al pie de la misma con la firma del proponente. o o (3) días interlíneas que no Las cantidades deberán consignarse en todos los casos en números discrepancias entre ambas se considerará válida derecho de solicitar El Comitente se reserva aclaratoria que considere necesario. 9.- PROPUESTAS Si resultasen dos el IGUALMENTE o la al o CONVENIENTES indicada en letras. y letras, cuando existan los oferentes, toda documentación respaldatoria y/o más propuestas igualmente convenientes, se podrá solicitar una mejora de ofertas. Estas mejoras de oferta se presentarán en sobre cerrado y se abrirán en efecto, labrándose acta en presencia de los interesados que concurran. 10.-VALIDEZ DE LAS OFERTAS. Las ofertas tendrán una validez de treinta (30) días corridos contados a partir de las mismas. En circunstancias excepcionales, adicional determinado. Este pedido Los el y el día la y hora que se fije al fecha de apertura de comitente podrá solicitar a los oferentes, una prórroga por un plazo las respuestas deberán efectuarse por escrito. oferentes podrán negarse a acceder a este pedido sin perder por ello la Garantía de la Propuesta. se permitirá durante esta prórroga, efectuar modificaciones sustanciales a las ofertas presentadas. No 11.-CONSULTA DE PLIEGO Los pliegos estarán a disposición de los interesados para las consultas correspondientes en de Compras Mayores Arturo Coronado N MARCO La y Menores dependiente de la 1 Piso, Ushuaia. REGULATORIOYLEGAL sola presentación de generales que rigen en Decreto reglamentario la el N oferta implica conocimiento Secretaría de Economía presente acto, que se realiza en base a 1255/2013. y y la Finanzas, sito en Dirección la calle aceptación de las condiciones particulares la Ordenanza Municipal N y 3693 su 13.-CORRECCIÓN El criterio para la ERRORES. corrección de errores en DE los montos indicados en números Cuando haya una diferencia entre precio unitario por la y el la oferta será el siguiente: cuando haya una discrepancia entre los indicados en letras, prevalecerán estos últimos. precio unitario y el cantidad de unidades, prevalecerá que a criterio del comitente fuera evidente que prevalecerá este y se corregirá el precio unitario. el total de un rubro que se obtenga multiplicando precio unitario que se haya indicado, a menos precio correcto sea el el del total del el rubro, en dicho caso El comitente ajustará mandatario para será rechazada el y el monto de proponente. su Garantía de la Si la oferta de la manera descripta anteriormente este no estuviera de acuerdo con Propuesta será ejecutada. el y el monto corregido de nuevo monto será la oferta, ésta 14.-ADJUDICACIÓN, En cualquier estado Comunicada fehacientemente (5) GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN. del la la o la trámite, previo a días hábiles para presentar adjudicación a uno adjudicación, se podrá dejar sin efecto varios oferentes, estos tendrán Garantía de Adjudicación conforme al la Artículo presente. un 4, En plazo de CINCO caso de no LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS DIJO 19? 3

183 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 181 Provincia de Tierra del Fuego 000 Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia presentar la documentación requerida o desistir de la oferta realizada antes del vencimiento del plazo de validez establecido, el oferente perderá la garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se perderá en forma proporcional REFERENTE AL PERSONAL. a.-) La empresa adjudicataria asumirá la responsabilidad total de los operarios de la cuadrilla, debiendo la misma prever a ese fin todos los recaudos legales exigidos como son: Seguro de riesgo de trabajo. Aportes previsionales y sociales acorde con las normativas legales vigentes a la fecha. b.-) Para verificar lo establecido en el inciso anterior la Municipalidad procederá a emplazar en un plazo CINCO (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación, a la Empresa que en principio realice la oferta admisible más conveniente para que presente la documentación pertinente que demuestre su adecuación con la legislación vigente. En caso de no cumplir, en tiempo y forma, con las normativas vigentes sobre su personal, la Municipalidad procederá a declarar inadmisible la oferta presentada, sin que por ello el oferente tenga derecho a efectuar reclamo alguno por la medida. c.-) De lo señalado en los dos inciso anteriores se desprende que la Municipalidad de Ushuaia deslinda toda responsabilidad por accidentes o peiluicios de los operarios de la empresa contratada, los que deberán ser asumidos por el adjudicatario. d.-) El adjudicatario será responsable directo de todo lo atinente a sus operarios en cuanto a: salarios, traslado al lugar de trabajo, equipamiento que incluye vestuario y herramientas necesarias, cumplimiento de los horarios diarios de actividades salvo los casos de excepción por mal tiempo o imponderables justificados y asistencia por accidentes o enfermedad. e.-) La Dirección de Tareas Prioritarias dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos designará un encargado de controlar todos los aspectos relacionados con la presente contratación, debiendo el adjudicatario centralizar en esa persona las tareas administrativas que hacen al funcionamiento, seguimiento y optimización del trabajo. f.-) La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de aquellos operarios que no guarden un decoro y conducta aceptable para trabajar en la vía pública. Esa solicitud estará debidamente fundamentada, teniendo el adiudicatario la obligación de efectuar el reemplazo del personal requerido dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a la fecha de solicitud PAGO DE FACTURA. El pago de la factura se realizará dentro de los treinta (30) días de su presentación, debiendo ser acompañada por la documentación que a continuación se detalla: Planilla detallando el personal que presté el servicio durante ese período, horario, con la individualización de los choferes, en la que debe constar el conocimiento de la Administración. Copia fiel de la Constancia de Pago de Formulario 931 correspondiente al mes de la prestación del servicio, cumpliendo lo estipulado en la Cláusula 16) del presente pliego. Copia Fiel de la Póliza con su constancia de pago del Seguro de Accidentes Personales correspondiente al periodo de la prestación del servicio. Carnet del chofer, cédula verde del vehículo y contrato de alquiler en caso de no ser el propietario. Copia fiel de la Póliza con su constancia de pago del seguro del vehículo correspondiente al mes de la prestación del servicio. Factura tipo C, B ó E con CAl vigente/cae. Certificado de Libre de deuda vigente expedido por DGR Provincial, autenticado por dicho ente o Validación por Internet o Certificado de Exención al Impuesto a los Ingresos Brutos! Certificado de No Retención. Certificado de Libre Deuda vigente expedido por la Municipalidad de Ushuaia. Certificado de Libre Deuda automotor vigente expedido por la Municipalidad de Ushuaia (en caso de no ser propietario el contratista). LAS ISLAS MALVINAS, GEORGMS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS CGo 19;

184 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 182 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia. PUEGO DE CLÁUSULAS ESPECIALES Y CONDICIONES OPERATIVAS DEL SERVICIO C. 1.- Objetivo: El presente tiene como objeto la contratacíón de los servicios de UNA (1) cuadrilla de trabajo, compuesta por CUATRO (4) operarios, con movilidad, destinada a la reparación de veredas, mejoramiento de plazas, cordones, rampas, sendas peatonales, escaleras de hierro, cemento y madera. Adicionalmente a las tareas objeto de la presente contratación, se pretende disponer eventualmente de dicha cuadrilla para tareas de orden similar de albañilería, carpintería, y herrería, en otros aspectos de conservación de espacios públicos y refuerzo de frentes de bacheo cuando la necesidad y urgencia así lo ameriten. C. 2.- Especificaciones De la Tarea: Se pretende que la empresa realice aspectos generales del mantenimiento de veredas, mejoramiento de plazas, cordones, rampas, sendas peatonales, escaleras de hierro, cemento y madera que existen dentro del ejido urbano. La misma comprenderá trabajos sobre las calzadas pavimentadas en cualquiera de sus formas. Adicionalmente a la tareas del objeto, la municipalidad, a través de la inspección, podrá disponer eventualmente de la cuadrilla para tareas de índole similar (albañilería, carpintería, y herrería) en aspectos de conservación de espacios públicos; todo esto a los fines de optimizar el recurso ante la imposibilidad de las tareas de bacheo que por fuerza mayor no puedan realizarse o que se haya finalizado la tarea del objeto en un periodo menor al contratado Del ámbito yla zona: Los trabajos descriptos en el párrafo 2.1. se circunscriben exclusivamente al área del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia DeI Personal y Horario: El adjudicatario deberá garantizar el servicio de lunes a sábados con al menos CUATRO (4) personas de calle para la realización de las tareas mencionadas. Los feriados nacionales y provinciales no serán laborales ni serán descontados del proporcional mensual debido a la modalidad del contrato. El personal deberá tener conocimientos básicos de albañilería y de tareas de mantenimiento en general, requiriéndose en particular que los mismos sean operarios con características de al menos UNO (1) medio oficial albañil y TRES (3) ayudantes. Será facultad de la Inspección la planificación de las tareas en forma y horario. Ante la falta injustificada de algún operario de la empresa adjudicataria, la misma deberá reemplazar a la brevedad posible el personal faltante dejando constancia en Ada de los sucedido para los fines administrativos que se estime corresponder De /os Insumos: Todos los insumos mayores necesarios para la realización de los trabajos serán provistos por el municipio entre ellos y a modo indicativo: maderas, cemento, cal, hierros, arena, adoquines, mezclas asfálticas, etcétera. Asimismo, las herramientas de mano o menores necesarias para la realización de los trabajos deberán ser provistas por el contratista. Se requiere en forma taxativa que el contratista cuente también con el siguiente dote de máquinas y herramientas: 7/ Comprensor de al menos 2,0 HR Generador eléctrico de 220V, con capacidad superior a los 5 KvA. Juego de luces aptas para tareas nocturnas. Compactador de mano (puede ser vibrocompactador) con características mayores a los 2000 kg. De compactación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS

185 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 183 Provincia de 7ierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia UNA (1) maquinaria aserradora de juntas para hormigón y asfalto. Martillo eléctrico apto para la tarea (superior a los 1500 W). Bomba (manual o eléctrica) para traspaso de emulsión. Dicha maquinaria podrá ser propia o alquilada. Los elementos de seguridad laboral y las vestimentas apropiadas y necesarias del personal quedarán a cargo de la empresa adjudicataria quién deberá estrictamente cumplir con las normas laborales vigentes en esta materia. La empresa adjudicataria contará con movilidad propia del tipo utilitario como mínimo, apto para transportar tanto el material necesario para la tarea como así también el personal. El vehículo deberá poseer también equipo de comunicaciones del tipo VHF o en su defecto el personal contará con telefonía celular para comunicaciones operativas. C. 3.- Plazo de Contratación: El plazo contractual del servicio será de DOS (2) meses, con opción a prórroga por UN (1) mes más, comenzando con la firma de un Acta de Inicio entre el Dirección de Tareas Prioritarias o quién éste funcionario designe a tal fin y el responsable o representante técnico por la empresa adjudicataria. C. 4.- DeDendencia y Suoervisión de los Trabajos. La empresa designará un representante técnico quién será el interlocutor válido entre la Municipalidad y la firma. El personal de la firma contratista dependerá operativamente (asignación de trabajos) del Director de Tareas Prioritarias o de quién éste funcionario designe. Las novedades operativas que vayan surgiendo serán informadas, en primera instancia, al jefe inmediato designado a tal fin para la supervisión primaria del trabajo. De así considerarlo la firma podrá comunicarse por escrito ante la inspectoria mediante nota correspondiente. C. 5.- Régimen de Multas: Será de aplicación el siguiente régimen de multas por incumplimientos: a) Por la no presentación injustificada total o parcial de la empresa, quedará a consideración del Encargado de la Dirección de Tareas Prioritarias la aplicación de un descuento proporcional del jornal laboral por el día no trabajado, independientemente de las acciones administrativas que podrían llevarse adelante. Dicho acto deberá quedar rubricado en Acta complementaria que será adjuntada a la factura correspondiente. b) La continua falta del personal de la empresa, fehacientemente corroborada en Actas, será motivo suficiente para rescindir el contrato vigente sin derecho a reclamos posteriores por parte del adjudicatario. c) La falta injustificada de materiales o elementos de seguridad del personal de la empresa dará lugar en primera medida a un apercibimiento escrito plasmado en actas. En caso de producirse reiteraciones de la falta en la norma, el Municipio optará por descontar a la empresa el proporcional del jornal del/los empleados que hayan cometido la falta. d) El incumplimiento sistemático de las órdenes de trabaja o trasngresión de la norma de seguridad laboral por parte del Adjudicatario, fehacientemente corroborado a través de Actas, dará a lugar al municipio a la recesión del servicio sin derecho a reclamos posteriores por parte del Adjudicatario. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS

186 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 184 Provincia de Antártida e Tierra del Fuego 000 Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia MODELO DE PLANILLA DE PRESENTACIÓN DEL VEHICULO PROPONE NTE VEHÍCULO MARCA MODELO AÑO DE FABRICACIÓN CAPACIDAD POTENCIA (HP) SISTEMA ELECTRICO N DE PATENTE PROPI ETARIO EQUIPO COMUNIC. ESTA PLANILLA ES INDIVIDUAL DE CADA VEHÍCULO OFERTADO. DEBERÁN INCORPORARSE TANTAS PLANILLAS COMO VEHÍCULOS OFRECIDOS Firma del Representante Firma del Proponente NOMBRE NOMBRE: D.N.I D.N.I NOMBRE DE LA EMPRESA NOMBRE DE LA EMPRESA ti- DOMICILIO DOMICILIO LÁWISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 7 QDg 197

187 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 185 Provincia de Tierra del Fuego 000 Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia FORMULA DE OFERTA USHUAIA de de Señor Intendente Municipalidad de Ushuaia 5 El/los abajo firmantes, constituyendo domicilio legal en la calle de la ciudad de Ushuaia, manifiestan a Ud. con carácter de dedaración jurada, que han estudiado detenidamente todos y cada uno de los documentos del Concurso Privado N /2017: CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UNA (1) CUADRILLA DE TRABAJO, CON MOVILIDAD, PARA EL MANTENIMIENTO DE VEREDAS, MEJORAMIENTO DE PLAZAS Y OTROS ASPECTOS DE CONSERVACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS y han obtenido toda la información y elementos necesarios para poder establecer los más justos precios motivo de este Concurso Privado. Declaro/amos expresamente, que para cualquier cuestión judicial que se suscite por el llamado a Concurso Privado, su posterior trámite, adjudicación y desarrollo del contrato, aceptamos la Jurisdicción Judicial de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en los Tribunales Competentes con asiento en la ciudad de Ushuaia. No quedándonos dudas al respecto, proponemos los servicios de UNA (1) cuadrilla a los precios que a continuación se indican. Meses DESCRIPCION Contratación de los servicios de UNA (1) cuadrilla de trabajo, compuesta por CUATRO (4) operarios, con movilidad, destinada a la reparación de veredas, mejoramiento de 2 plazas, cordones, rampas, sendas peatonales, escaleras de hierro, cemento y madera, por el término de DOS (2) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más. TOTAL Precio Total Precio mensual son pesos Precio Total de la oferta son pesos Convenimos en mantener nuestra oferta por un periodo de treinta (30) días a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Saludamos al Señor Intendente atentamente. Fima del Proponente Nombre: D.N.I. Nombre de la Empresa: Domicilio MS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS 8 QDg 197

188 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 186 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad do Ushuaia. Por medio de la presente, declaro/amos bajo juramento no estar incurso/s en ninguna de las inhabilitaciones establecidas en el Artículo 112 de la Ordenanza Municipal N Nombre: Firma del Proponente D.N.I. Nombre de la Empresa: Domicilio: ARTICULO No podrán contratar con la Administración Municipal: a)los deudores morosos del fisco municipal, b)los agentes y funcionarios del Municipio y las empresas en las cuales aquellos tuvieran una participación, c)los inhabilitados judicialmente, mientras no sean rehabilitados, d)los condenados por delitos dolosos, mientras dure la condena, e)las personas que se encuentren condenadas por delitos contra la propiedad o contra la administración pública, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la corrupción, Ley N , OLos inhabilitados para contratar con el municipio por la apilcación del artículo 113 de la presente. ARTICULO Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones: 1.Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2.Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3.Rescisión por su culpa. 4.lnhabilitación para contratar con el Municipio. 5.Apercibimiento. 6. Suspensión. y 7. Inhabilitación. LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS

189 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia de Economia y Secretaria Finanzas USHUAIA, 03 ABR 2017 VISTO el Expediente O.P. N 08/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de cubiertas destinadas a los vehículos que prestan servicios en la Dirección de Tareas Prioritarias, en conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. T. P. N 11/17 obrante a fojas 4 y mediante Nota de Pedido N 205/2017 obrante a fojas 7. Que se solicitó presupuestos a las diferentes firmas del rubro, siendo la oferta presentada por la firma JUAN CARLOS FARIAS, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL SESENTA Y SEIS CON 40/1 00 ($ A0). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1255/ del Decreto Municipal N Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decretos Municipales Nros 1571/2016 y Decreto Municipal N ARTÍCULO Por ello: 1. El SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: Autorizar la contratación en forma directa con la firma JUAN CARLOS FARIAS, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL SESENTA Y SEIS CON 40/1 00 ($ ), referente a la adquisición de cubiertas destinadas a los vehículos que prestan servicios en la Dirección de Tareas Prioritarias, en conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. T. P. N 11/17 obrante a fojas 4 y mediante Nota de Pedido N 205/2017 obrante a fojas 7. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos SubPrograma 2 Mantenimiento Vial, Partida 13. ARTICULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. N 00 son y serán Argentinos

190 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia de Economía y Mtártida Secretaria Finanzas USHUAIA, 03 ARR 2017 VISTO el Expediente SG. N 110/2017, del registro de esta Municipalidad CONSIDERANDO y; Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de UNA (1) fuente ininterrumpida de tensión necesaria para la nueva impresora de carnet que utiliza la Dirección de Transito, en conformidad con solicitado por la mediante la Nota de Pedido N 92/2017 obrante a fojas 4. lo rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que la Dirección de Informática tomo la intervención a fojas 20 mediante Informe: N 049/2017 Letra: MUN.U.D.I., indicando que la oferta presentada por la firma MASTER S INFORMATICA S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ ,00), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipa] N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo Por ello: 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo Municipal N 578/ dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA RESUELVE: Y GESTION Y FINANZAS ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma MASTER S INFORMATICA S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ ,00), referente a la adquisición de UNA (1) fuente ininterrumpida de tensión necesaria para la nueva impresora de carnet que utiliza la Dirección de Transito, en conformidad con la Nota de pedido N 92/2017 obrante a fojas 4. Ello por lo expuesto en el exordio. lo solicitado por la mediante ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente Presupuestario Dirección de Transito! Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad contratación con cargo al Titular de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN 5. S. E. y FN 000 Iv. 1 99/ Camno S. GOMEL,ecretaric Goshon de de Evauaccr Las Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

191 . Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 03 ABR 2017 VISTO el Expediente S.C. N 464/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos necesarios para la construcción de UN (1) sistema para el telón de boca de frente que permitirá abrir o cerrar cuando el evento lo requiera, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N 133/2017 obrante a fojas 6. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que el área requirente tomo intervención a fojas 21 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma IM-CO-FUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y UNO CON 20/100 ($731,20), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N , Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo Municipal N 578/2017. Por ello: 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma IM-CO-FUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y UNO CON 20/100 ($731,20), referente a la adquisición de insumos necesarios para la construcción de UN (1) sistema para el telón de boca de frente que permitirá abrir o cerrar cuando el evento lo requiera, en conformidad con lo solicitado por la Secretaha de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N obrante a fojas 6. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S.E.vFN / lv. 1) de de testr 0 de Ush{J. Las Islas y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

192 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 03 ABR 2017 VISTO el Expediente S.T N 1193)2017, del registro de esta Muñicipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativa que se realizan el la Secretaria de Turismo, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N obrante a fojas 2, 3, y 4, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a díversas firma del Que el área requirente tomo intervención a fojas 27 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS ONCE CON 04/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N y Anexo Municipal N 578/2017. Por ello: 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N , Decreto EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS ONCE CON 04/100 ($ ), referente a la adquisición de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativa que se realizan el la Secretaria de Turismo, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 450/2017 obrante a fojas 2, 3, y 4, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaria de Administración del Recurso Turistico, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar j lv. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

193 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provinda de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Repiblica Axgentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 03 ARE: 2017 VISTO el Expediente S.C. N , dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquísición de insumos necesarios para continuar con la realización del monumento de PioneroS y Antiguos Pobladores de Ushuaia, en conformidad con lo solicitado por la Subsecretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N obrante a fojas 38. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que el área requirente tomo intervención indicando a fojas 47 (vuelta), que la oferta presentada por la firma IM-CO-FUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTISIETE MIL CIENTO ONCE CON 69/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N , Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N y Anexo Municipal N 578/2017. Por ello: 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571)2016, Decreto EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma lm-co-fue S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTISIETE MIL CIENTO ONCE CON 69/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos necesarios para continuar con la realización del monumento de Pioneros y Antiguos Pobladores de Ushuaia, en conformidad con lo solicitado por la Subsecretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N obrante a fojas 38. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad Menores a emitir la correspondiente contratación con cargo al Titular de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN SS E.VFN / S GOME? Las Georgias y Sándwich del Sur. sony serán Argentinos

194 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 192 o O O PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR ZREPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USF*JAIA SECRETARIA DE ECON.4[A Y FINANZAS USHUAIA, 03 RRR 2011 VISTO el Expediente S.D. N 1638/2017 dei registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución S. 5. E. y F. N 183/2017 se autorizó la adqusición de insumos necesarios para el almuerzo de intercambio destinado a los adultos mayores, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Adultos Mayores. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores emitió oportunamente las Ordenes de Compra N 201/2017 y 202/2017. Que se incurrio en un error en el Articulo 3 presupuestarios. al consignar los importes a los titulares Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo que regularice las presentes actuaciones. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, nforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, Anexo HL de la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada por Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo VII del Decreto Municipal N 1962/2015, Decreto Municipal N 1969/2015, Decreto Municipal N 1571/2016 y Decreto Municipal N 578/2017 y Artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N 141. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION DE GESTION NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS: RESUELVE: ARTICULO N 1.- Sustituír el Articulo 3 de la Resolución E. y E. N 183/201 7, el que quedará redactado de la siguiente manera: ART 3.- Imputar la suma total de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON 80/100 ($ 3.916,80), con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, Partida 012 y la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON 41/1 00 ($ ,41), con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos - Subprograma Adultos Mayores, Partida 012. EIIo por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial 1 Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. RESOLUCION E. y F. N / d.m. S. GOMEZ 5 ar,o de EvaluaCión de Gestion uncipalvipd de Ushuaip Las Islas Mal mas eonias y Sándwieh del Sur, son y serán Argentinos QDg 203

195 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, fl3 BR 2017 VISTO el Expediente S.D. N 138/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servido de asesoramiento, diagramación de eventos y coordinación de tareas con las diferentes áreas dependientes de la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos por el término de SEIS (6) meses, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota N 52/2017 LETRA: S.P.S.S. y DD.HH. y la Nota de Pedido N 386/2017 obrante a fojas 2 y 3, respectivamente. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a la firma EL CEIBO Producciones de BARRETO MARIO A., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ ,00), a razón de PESOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($ ,00), por mes, dado que la firma cuenta con licencia del COMPER y amplia experiencia en esta clase de servicios. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo l del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N , Decretos Municipales N y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma EL CEIBO Producciones de BARRETO MARIO A., cuya propuesta asciende a la suma tota] de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ ,00), a razón de PESOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($ ,00), por mes, referente a la contratación por el servicio de asesoramiento, diagramación de eventos y coordinación de tareas con las diferentes áreas dependientes de la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos por el término de SEIS (6) meses, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota N 52/2017 LETRA: S.P.S.S. y DD.HH. y la Nota de Pedido N 386/2017 obrante a fojas 2 y 3, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular»,Presupuestario Secretaria de Política Social, Sanitarias y de DD.HH Subprograma Prevención de Y 1/1.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

196 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas /11.2. Consumos Problemáticos de Sustancias, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S. E.VPN / lv. S. SGML; de Evaruacn ad de Ushui. Las Islas Malvinas, Georgias y Sáridwich del Sur, son y serán Argentinos

197 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 1, BR 2017 VISTO el Expediente S.E. N 8001/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de seguro para la inclusión del vehículo Marca Renault Duster, Dominio AB138GT, en la Póliza N de la firma NACIÓN SEGUROS SA., según de la Orden de Compra N , en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Patrimonio y Concesiones mediante la NOTA N 135/2017 LETRA:Dpto.Seg.SlAutom. e lnmob, obrante a fojas 786. Que la Dirección de Patrimonio y Concesiones ha solicitado presupuesto a la firma NACIÓN SEGUROS S.A., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CATORCE MIL CIENTO OCHENTA CON 38/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma NACIÓN SEGUROS S,A., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CATORCE MIL CIENTO OCHENTA CON 38/100 ($ 14,180.38), referente a la contratación por el servicio de seguro para la inclusión del vehículo Marca Renault Duster, Dominio AB138GT, en la Póliza N de la firma NACIÓN SEGUROS S.A., según de a Orden de Compra N 31/2017, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Patrimonio y Concesiones mediante la NOTA N 135/2017 LETRA:Dpto.Seg.S/Autom. e Inmob, obrante a fojas 786. Ello por o expuesto en el exordio, ARTÍCULO 2.- Autorizar a a Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Economía y Pinanzas, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓNS.S.E.yPN / lv. a GOMEZ rio de Evaluación Gestión Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

198 e Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 196 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA,. / ABR 2017 VISTO el Expediente O.P. N 169/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos para adecuar el equipo de trabajo que es utilizado para las tareas de bacheo asfáltico en filo que lleva adelante la Dirección de Control Operativo, en conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. C. 0. N 1/17 obrante a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 01/2017 obrante a fojas 13. Que se solicitó presupuestos a las diferentes firmas del rubro, siendo la oferta presentada por la firma PROMAT S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 04/1 00 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Articulo 1100, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decretos Municipales Nros 1571/2016 y Decreto Municipal N Por ello: El SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma PROMAT S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 04/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos para adecuar el equipo de trabajo que es utilizado para las tareas de bacheo asfáltico en frio que lleva adelante la Dirección de Control Operativo, en conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Informe D. C. O. N 1/17 obrante a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 01/2017 obrante a fojas 13. ElIo el exordio. por lo expuesto en ARTICULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestado Subsecretaria de Servicios Públicos SubPrograma 2 Mantenimiento Vial, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la MuniçipliU de Ushuaia, cumplido, archivar. tución S.S.E. y F N / GOMEZ Las Islas Malvinas. Argentinos

199 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 4 ABR 2017 VISTO el Expediente SG. N 1588/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de UN (1) proyector para ser utilizado el el dictado de los cursos de manipulación de alimentos, en conformidad con lo solicitado por el Departamento Capacitación dependiente de la Dirección de Bromatología la mediante la NOTA N 07/2017 LETRA: DEP.CAP y la Nota de Pedido N obrante a fojas 2 y 6. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a la firma COMUNICACIONES FUEGUINAS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ ,00), por ser el comercio que cuenta con el proyector de las características necesarias. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N , Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma COMUNICACIONES FUEGUINAS S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($26.800,00), referente a la adquisición de UN (1) proyector para ser utilizado el el dictado de los cursos de manipulación de alimentos, en conformidad con lo solicitado por el Departamento Capacitación dependiente de la Dirección de Bromatología la mediante la NOTA N LETRA: DEP.CAP y la Nota de Pedido N 488/2017 obrante a fojas 2 y 6. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 51. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S E.vFN flo (12 (17 / l.v. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

200 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 198 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas , año del 35 Aniversario dela Ge&a de Malvinas: f-bnoi y Gloria a nuestras F*roes, ayer. hoy y siempre USHUAIA, - 4 ABR 2017 VISTO el Expediente CG. N 9158/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERAN DO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio para el seguro de accidentes personajes destinados a los pasantes contratados mediante el Convenio Marco de Pasantias registrado bajo el el N quienes se desarrollan en el ámbito municipal, en conformidad con lo solicitado por la Secretaría de Coordinación de Gestión mediante la Nota de Pedido N 484/2017 obrante a fojas 14. Que el área requirente ha solicitado presupuesto a diversas firmas del rubro, resultando conveniente a los intereses municipales la propuesta de la firma LA MERIDIONAL CIA ARG DE SEGUROS S.A., por la suma total de PESOS TRESCIENTOS SIETE CON 21/100 ($ ), siendo su productora la firma HECTOR MARTINEZ SOSA Y CÍA. S.A. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 670/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma LA MERIDIONAL CIA ARG DE SEGUROS S.A., por la suma total de PESOS TRESCIENTOS SIETE CON ($ ), siendo su productora la firma HECTOR MARTINEZ SOSA Y CÍA. SA., referente a la contratación por el servicio para el seguro de accidentes personales destinados a los pasantes contratados mediante el Convenio Marco de Pasantias registrado bajo el el N quienes se desarrollan en el ámbito municipal, en conformidad con lo solicitado por la Secretaría de Coordinación de Gestión mediante la Nota de Pedido N 484/2017 obrante a fojas 14. Ello por lo expuesto en el exordio, ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Coordinación de Gestión, Partida 13. ARTICULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar lv. Prof. Camilo S. GOMEZ Subsecretario de Evaluación de GestIón Municipalidd de Ushuaia Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

201 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 5 ARR 201? VISTO el Expediente SM. N 230/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de TREINTA Y OCHO (38) chequeras de taxi que serán utilizadas por el personal de la Secretaria de la Mujer en traslados para desarrollar tareas administrativa, notificaciones e intervenciones en situaciones de emergencia, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota N 2/17 Letra: S.M. y la Nota de Pedido N 243/2017 obrante a fojas 2 y 7, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a la firma ASOCIACIÓN DE TAXIS DE USHUAIA, cuya propuesta asciende a asuma total de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma ASOCIACIÓN DE TAXIS DE USHUAIA, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de TREINTA Y OCHO (38) chequeras de taxi que serán utilizadas por el personal de la Secretaria de la Mujer en traslados para desarrollar tareas administrativa, notificaciones e intervenciones en situaciones de emergencia, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota N 2/17 Letra: SM. y la Nota de Pedido N 243/2017 obrante a fojas 2 y 7, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de la Mujer, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. lv. r, sony serán Argentinos 0(19209

202 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Seaetaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 5 ABR 2017 VISTO el Expediente OP. N 8748/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos necesarios para el normal desarrollo de tareas que realiza el personal perteneciente a la División Electricidad dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos, en conformidad con lo solicitado por la mediante INFORME D.C.O. N y la Nota de Pedido N obrante a fojas 2 y 7, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firmas del Que la Dirección de Control Operativo dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos tomo intervención a fojas 22 (vuelta) indicando que las ofertas de las firmas PROVEEDORA INDUSTRIAL S.R.L., por la suma total de PESOS TRES MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ ) y INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., por la suma total de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 59/100 ($ ), cumplen con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: ARTÍCULO 1.- EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARiA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: Autorizar la contratación en forma directa con las firmas PROVEEDORA INDUSTRIAL S.R.L., por la suma total de PESOS TRES MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ ) y INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., por la suma total de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 59/100 ($ 7,094.59), referente a la adquisición de insumos necesarios para el normal desarrollo de tareas que realiza el personal perteneciente a la División Electricidad dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos, en conformidad con lo solicitado por la mediante INFORME D.C.O. N 239/2016 y la Nota de Pedido N 268/2017 obrante a fojas 2 y 7, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular 1/1.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

203 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, As,tártida e Islas del Atiántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas 1/1.2. Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicos ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de Programa Mantenimiento, Partida la Municipalidad 12. de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCION 5. S. lv. E.yFN njn- r LIu u! U / Eva.uacián Mun:ciua.dad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. sony serán Argentinos

204 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 00O Provinda de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 5 ABR 20V VISTO el Expediente SG. N 156/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos de librería necesarios para el normal funcionamiento de las tareas administrativas de la Dirección de Transporte, dependiente de la Secretaría de Gobierno, conforme lo requerido por dicha repartición, a través de la Nota de Pedido N obrante a fojas 2, 3 y 4. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del rubro. Que la Dirección de Transporte tomo intervención a fojas 31 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 61/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N , Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipaies N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 61/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos de librería necesarios para el normal funcionamiento de las tareas administrativas de la Dirección de Transporte, dependiente de la Secretaría de Gobierno, conforme lo requerido por dicha repartición, a través de la Nota de Pedido N 75/2017 obrante a fojas 2, 3 y 4. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente adquisición con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaria de Gobierno Control y Regulación del Transporte, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar RESOLUCION E. 002 y F N - / Iv. Pu ación Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos QO211

205 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, -. 5 ARR 2017 VISTO el Expediente SE. N 484/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos informáticos necesarios para ser utilizados en la Dirección General de Rentas a fin de desarrollar con normalidad las tareas diarias de tal dirección, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 143/2017 obrante a fojas 2. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firmas del rubro, resultando única oferente la firma ECO PRINT DE ROMINA NOELIA ESCOFET, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHO MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma ECO PRINT DE ROMINA NOELIA ESCOFET, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHO MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos informáticos necesarios para ser utilizados en la Dirección General de Rentas a fin de desarrollar con normalidad las tareas diarias de tal dirección, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 143/2017 obrante a fojas 2. ElIo por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Economía y Finanzas, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar RESOLUCIÓN E. y F N / l.v. unc!p2lidad de Ushuaia Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

206 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 5 ABR 2017 VISTO el Expediente S.G. N 603/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos informáticos necesarios para el desarrollo de tareas administrativas en la Subdelegación Buenos Aires Ushuaia cita en la calle San Martín N 660, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA N 26/2017 LETRA: Sd UBA SG, Informe: N 020/2017 Letra: MUN.U.D.I. y la Nota de Pedido N 429/2017 obrante a fojas 3, 5, 6, 8, y 9, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que la Dirección de Informática tomo intervención a fojas 22 mediante Informe: N Letra: MUN.U,D.I., indicando que la oferta presentada por la firma MASTER 5 INFORMÁTICA S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ ,00), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma MASTER 5 INFORMÁTICA S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ ,00), referente a la adquisición de insumos informáticos necesarios para el desarrollo de tareas administrativas en la Subdelegación Buenos Aires Ushuaia cita en la calle San Martín N 660, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA N 26/2017 LETRA: Sd UBA SG, Informe: N 020/2017 Letra: MUN.U.D.I. y la Nota de Pedido N 429/2017 obrante a fojas 3, 5, 6, 8, y 9, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 51. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. I.v. de Gest,cn GOMEZ Las Sur, son y serán Argentinos

207 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas 0&02 14 USHUAIA, 5 ARR 2017 VISTO el Expediente S.G. N 8258/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de DOS (2) extintores necesarios paara los quirofanos móviles dependientes de la Dirección de Zoonosis perteneciente a la Subsecretaria de Gobierno, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota: N 047/2016 Letra: Dpto. Adm. Dir.ZOO y la Nota de Pedido N 362/2017 obrante a fojas 2 y 7, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del rubro. Que la Dirección de Zoonosis perteneciente a la Subsecretaria de Gobierno tomo intervención a fojas 17 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 00/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1g48/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de DOS (2) extintores necesarios paara los quirofanos móviles dependientes de la Dirección de Zoonosis perteneciente a la Subsecretaria de Gobierno, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota: N 047/2016 Letra: Dpto. Adm.- Dir.ZOO y la Nota de Pedido N 362/2017 obrante a fojas 2 y 7, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 51. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S. E.yFN / l,v. M EZ valuación,szion Municipalad de Ushuaa Las Islas MaWinas Georgias y Shndwich del Sur, son y serán Argentinos

208 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atjntico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 5 ABR 2011 VISTO el Expediente S.D. N 1031/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de artículos de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativas en la Dirección de Inclusión Social dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA: 12/2017 LETRA: Prog.Disc y la Nota de Pedido N 365/2017 obrante a fojas 2, 3 y 8, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diferentes firmas del rubro. Que el Jefe Departamento Despacho perteneciente a la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos tomo intervención indicando a fojas 27 (vuelta) que las ofertas de las firmas RAYUELA de LEANDRO ALONSO, por la suma total de PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 59/100 ($ ) y CAPPELLO MAURICIO JAVIER, por la suma total de PESOS SETENTA Y OCHO CON 00/100 ($78.00), cumplen con lo requerido por el área. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo I del Decreto Municipal N Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autoñzar la contratación en forma directa con las firmas RAYUELA de LEANDRO ALONSO, por la suma total de PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 59/100 ($ ) y CAPPELLO MAURICIO JAVIER, por la suma total de PESOS SETENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 78.00), referente a la adquisición de artículos de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativas en la Dirección de Inclusión Social dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA: 12/2017 LETRA: Prog.Disc y la Nota de Pedido N 365/2017 obrante a fojas 2, 3 y 8, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las correspondientes Órdenes de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular,jresupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos Subprograma /11.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos U U 0215

209 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 207 a Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas 1/1.2. Inclusión de Personas con Capacidades diferentes, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓNSSE.vFN lv / MunciP8hd8d de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

210 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 208 ti Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas USHUAIA, 5 ABR 2017 VISTO el Expediente OP. N 7834/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de DOS (2) sopladores de hojas que serán utilizadas por el personal de la Dirección de Parques y Jardines, de conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Nota N 126/16 Letra: D. P. J P. obrante a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 221/2017 obrante a fojas 8. Que se solicitó presupuestos a las diferentes firmas del rubro, siendo la oferta presentada por la firma ROMBO REPUESTOS de GUILLERMO LOY, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CON 34/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Articulo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decretos Municipales Nros 1571/2016 y Decreto Municipal N Por ello: El SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma ROMBO REPUESTOS de GUILLERMO LOY, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CON 34/1 00 ($ ), referente a la adquisición de DOS (2) sopladores de hojas que serán utilizadas por el personal de la Dirección de Parques y Jardines, de conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Nota N 126/16 Letra: D. P. J S. P. obrante a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 221/2017 obrante a fojas 8. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorízar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. (JLRTiCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular f 9 Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos 00216

211 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provinda de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas 1/1.2. Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos SubPrograma 1 y Escaleras, Partida 51. Mantenimiento Plazas, Paseos ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. i S. GOMEZ to de Evaluación hdad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

212 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tterra del Fuego. Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 5 ABR 20V VISTO el Expediente O.P. N 432/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos de librería destinados a la Dirección de Estudios y Proyectos para su normal funcionamiento, de conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Nota N 15/17 Letra; D. E. y P. obrante a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 89/2017 obrante a fojas 3 y 4. Que se solicitó presupuestos a las diferentes firmas del rubro, siendo las ofertas presentadas por las firmas TRES COLORES S.A. (PINTURERÍAS DEL CENTRO), cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 44/100 ($ ); ECO PRINT de ROMINA NOELIA ESCOFET, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS ONCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 86/100 ($ 11266,86); y CAPPELLO MAURICIO JAVIER, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 20/100 ($2.353,20). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/ Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016 y Decretos Municipales Nros 1571/2016 y Decreto Municipal N Por ello: El SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN DE GESTIÓN NC DE LA SUBSECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1 O Autorizar la contratación en forma directa con las firmas TRES COLORES S.A. (PINTURERÍAS DEL CENTRO), cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 44/100 ($ ); ECO PRINT de ROMINA NOELIA ESCOFET, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS ONCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 86/100 ($11.266,86); y CAPPELLO MAURICIO JAVIER, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 20/100 ($ 2.353,20), (ferente a la adquisición de insumos de librería destinados a la Dirección de Estudios y Proyectos Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos o 0211

213 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página /1.2. Provincia de Tierra del Fuego. Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Asgentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas para su normal funcionamiento, de conformidad con lo solicitado por la Dirección antes mencionada mediante Nota N 15/17 Letra: D. E. y P. obrante a fojas 2 y mediante Nota de Pedido N 89/2017 obrante a fojas 3 y 4. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Planificación e Inversión Pública, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. flfl n C MO t) V 1. fi de Gestión rnl)niciphdad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos o U 0117

214 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 5 ARR W17 VISTO el Expediente SG. N , del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por CINCUENTA (50) servicios de policía adicional para los operativos de transito que lleva a cabo el Departamento Inspectoría dependiente de la Dirección de Transito, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota de Pedido N 290/2017 obrante a fojas 5. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuesto a la firma POLICIA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON 50/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1, 3 y 6 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma POLICIA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON 50/100 ($ ), referente a la contratación por CINCUENTA (50) servicios de policía adicional para los operativos de transito que lleva a cabo el Departamento Inspectoría dependiente de la Dirección de Transito, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota de Pedido N 290/2017 obrante a fojas 5. Elio por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Gobierno, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN U U (1 2 1 R / de Evaíuacjón es:cn id de Ushuaia 1 Sur, sony serán Argentinos fl00218

215 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 213 $Ib O2 19 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA,,, 5 ARR 2017 VISTO el Expediente SG. N 154/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de UNA (1) biblioteca y UNA (1) silla de oficina para ser utilizados en el Departamento Control dependiente de la Dirección de Transporte, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 64/2017 obrante a fojas 2 y 3, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del rubro. Que la Dirección de Transporte tomo intervención a fojas 14 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma CARPINTERIA SOLIER WANGLER S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y IZINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma CARPINTERIA SOLIER WPNGLER S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de UNA (1) biblioteca y UNA (1) silla de oficina para ser utilizados en el Departamento Control dependiente de la Dirección de Transporte, en conformidad con lo solicitado mediante la Nota de Pedido N 64/2017 obrante a fojas 2 y 3, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 51. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar Iv. )M EZ Evaluación Las Islas orgias y Sándwich del Sur, Sony serán Argentinos no o 219

216 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA1 5 ARR 2017 VISTO el Expediente L.T. N 1567/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de capacitación en el uso del sistema de Software de Digitalizanción y Resguardo de Documentación en Equipos Multifunción Xerox 5665, destinado al personal del Boletín Oficial Municipal dependiente de la Secretaria de Legal y Técnica, en conformidad con lo solicitado por la mediante Nota N 02)2017 LETRA:Dto, BOL. y T.y DG.- S.L. y T., y la Nota de Pedido N 501/2017 obrante a fojas 2 y 7, respectivamente. Que el área requirente ha solicitando presupuesto a la firma NEWXER S.A., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239)2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N , Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: ARTÍCULO 1.- EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: Autorizar la contratación en forma directa con la firma NEWXER SA., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 ($ ), referente a la contratación por el servicio de capacitación en el uso del sistema de Software de Digitalizanción y Resguardo de Documentación en Equipos Multifunción Xerox 5665, destinado al personal del Boletín Oficial Municipal dependiente de la Secretaria de Legal y Técnica, en conformidad con lo solicitado por la mediante Nota N 02/2017 LETRA:Dto. B.O.L. y T.y DG.- S.L. y T., y la Nota de Pedido N obrante a fojas 2 y 7, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria Legal y Tecnica, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S.S. E.VFN / Lv. 8. GOMEZ aro e Evaluación & Munícipalidad de Ushuaia Las vinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

217 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del AUántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 5 ABR 2017 VISTO el Expediente S.C. N 1098/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos necesarios para el revestimiento de paredes sobre el escenario del Centro Cultural Esther Fadul, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la NOTA N 050/2017 LETRA: D.O.C.C./C.C.E.F. y la Nota de Pedido N obrante a fojas 2, 6 y 7, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firmas del Que la Dirección de Talleres Culturales y Centro Cultural Esther Fadul tomo intervención a fojas 17 (vuelta) indicando que las ofertas de las firmas PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 43/100 ($ ) y lm-co-pue S.R.L., por la suma total de PESOS CUATRO MIL requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. DIEZ CON 00/100 ($ ), se ajustan a lo Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: ARTÍCULO 1.- EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESFION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: Autorizar la contratación en forma directa con las firmas PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 43/100 ($ ) y IM-CO-FUE S.R.L., por la suma total de PESOS CUATRO MIL DIEZ CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos necesarios para el revestimiento de paredes sobre el escenario del Centro Cultural Esther Fadul, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la NOTA N 050/2017 LETRA: D.O.C.C./C.C.E.F. y la Nota de Pedido N 413/2017 obrante a fojas 2. 6 y 7, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. eno 1 RESOLUCIÓN E. y F N / lv. Las Islas Argentinos o00121

218 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 5 ABR 2017 VISTO el Expediente S.C. N 547/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos para la construcción de TREINTA (30) mesones rebatibles para el Centro Cultural Esther Fadul, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la NOTA N 003/2017 LETRA: Dto. T/C.C.F. y la Nota de Pedido N 146/2017 obrante a fojas 2 y 4, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firmas del rubro, resultando única oferente la firma PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 76/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 76/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos para la construcción de TREINTA (30) mesones rebatibles para el Centro Cultural Esther Fadul, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la NOTA N 003/2017 LETRA: Dto. T/C.C.F. y la Nota de Pedido N 146/2017 obrante a fojas 2 y 4, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN / l.v. GOMEZ Gesbón Municipalidad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

219 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 217 0C0223 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas USHUAIA, 5 ABR 2017 VISTO el Expediente OP. N 8183/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediant el mismo se gestiona la adquisición de insumos necesarios para la regularización de la Instalación de Gas Natural en los Edificios de la Dirección de Defensa Civil y el Departamento Almacenes, estos insumos fueron renglones desiertos del Expediente SU. N 3392/2016, en conformidad con lo solicitado por la División Logística dependiente Defensa Civil mediante la Nota de Pedido N 263/2017 obrante a fojas 44 y 45, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del 1 rubro. Que el Programa de Redes de Gas tomo la intervención a fojas 61 (vuelta) indicando que las ofertas presentadas por las firmas IM-CO-FUE SRL., por la suma total de PESOS UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO CON 60/100 ($ 1.781,60) y ROJAS ALFREDO FELICIANO, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ ), cumplen con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las firmas IM-CO-FUE SRL., por la suma total de PESOS UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO CON 60/100 ($ ) y ROJAS ALFREDO FELICIANO, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos necesarios para la regularización de la Instalación de Gas Natural en los Edificios de la Dirección de Defensa Civil y el Departamento Almacenes, estos insumos fueron renglones desiertos del Expediente SU. N , en conformidad con lo solicitado por la División Logística dependiente Defensa Civil mediante la Nota de Pedido N 263/2017 obrante a fojas 44 y 45, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las correspondientes Órdenes de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

220 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártkla e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicos, Partida 51. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓR&&L y F N lv. / Hn S. SOMEZ dad øe Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos u u O 23

221 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 5 N VISTO el Expediente S.C. N 847/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de sonido e iluminación para el 2 encuentro del Bailando me siento libre en el marco del día Internacional de la Danza en Ushuaia a reahzarse el día 29 de Abril del corriente año, en el Centro Cultural Esther Fadul, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N 563/2017 obrante a fojas 8. Que la Secretaria de Cultura y Educación ha solicitado presupuestos a diversas firmas del rubro, resultando conveniente a los intereses municipales lo ofertado por la firma SOUNDPRO JR de Michael Ignacio Vargas J., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ ). Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que a presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma SOUNOPRO ir de Michael Ignacio Vargas J., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ ), referente a la contratación por el servicio de sonido e iluminación para el 2 encuentro del Bailando me siento libre en el marco del día Intemacional de la Danza en Ushuaia a realizarse el día 29 de Abril del corriente año, en el Centro Cultural Esther Fadul, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N 563/2017 obrante a fojas 8. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación 13. Subprograma Centro Cultural Esther Fadul, Partida ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. lo. 1j 4,4 Iv. Las Islas y serán Argentinos oc 0224

222 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 220 OU 0225 Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas de) Atlántico Sur, República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 5 ABR 2017 VISTO el Expediente S.T. N 996/2011, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la contratación por el servicio de alquiler de UNA (1) impresora, fotocopiadora y escaner color necesaria para ser utilizada en la Secretaria de Turismo, por el termino de NUEVE (9) meses, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota de Pedido N 364/2017 obrante a fojas 5 y 6, respectivamente. Que la Dirección de Compras ha solicitado presupuesto a la firma NEXO S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ ), a razón de RESOS TRECE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ ), por mes. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma NEXO S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ ), a razón de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ ), por mes, referente a la contratación por el servicio de alquiler de UNA (1) impresora, fotocopiadora y escaner color necesaria para ser utilizada en la Secretaria de Turismo, por el termino de NUEVE (9) meses, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota de Pedido N 364/2017 obrante a fojas 5 y 6, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaria de Admin. Del Recurso Turistico, Partida 13. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. o00225 RESOLUCION E. y F N / lv. GOMEZ dp EvaCión del Sur, son y serán Argentinos

223 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 221 fo 0225 Provincia de Tierra del Fuego, AntrIida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 5 ABR 2017 VISTO el Expediente SG. N 357/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de DOS (2) Iocker metálicos que serán utilizados por el personal del Departamento Inspección dependiente de la Dirección de Transito, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA N 014/2017 Letra: Dpto. Adm. D.T. Y la Nota de Pedido N 93/2017 obrante a fojas 2 y 5, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del rubro. Que la Dirección de Transito tomo intervención a fojas 19 indicando que la oterta presentada por la firma PROVEEDORA INDUSTRIAL S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON 00/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962)2015 y Anexo l del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma PROVEEDORA INDUSTRIAL S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON 00/100 ($ ), referente a la adquisición de DOS (2) locker metálicos que serán utilizados por el personal del Departamento Inspección dependiente de la Dirección de Transito, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA N 014/2017 Letra: Dpto. Adm. D.T. Y la Nota de Pedido N 93/2017 obrante a fojas 2 y 5, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 51. ARTÍCULO 4,- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN / Iv. Las Georgias y Sándwich del sur, son y serán Argentinos

224 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego. Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 5 ARR 2017 VISTO el Expediente S.C. N 1013/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos necesarios para el proyecto Huerta de la Escuela Municipal La Bahía, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N 355/2017 obrante a fojas 5 y 6, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del rubro. Que la Secretaria de Cultura y Educación tomo intervención a fojas 14 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma IM-CO-FUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 50/100 ($4.389,50), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1,- Autorizar la contratación en forma directa con la firma IM-CO-PUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 50/100 ($ 4.389,50), referente a la adquisición de insumos necesarios para el proyecto Huerta de la Escuela Municipal La Bahía, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Cultura y Educación mediante la Nota de Pedido N 355/2017 obrante a fojas 5 y 6, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma total de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 50/100 ($ 679,50), al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación Programa Escuelas Experimentales, Partida 12 y la suma total de PESOS TRES MIL SETECIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ ), al Titular Presupuestario Secretaria de Cultura y Educación Experimentales, Partida 51. Programa Escuelas ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓNSS.E.VFN 000 L 27 / lv. OMEZ Evaluación Las Islas Malvii serán Argentinos fl r U U ü : /

225 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 5 ABR 2017 VISTO el Expediente S.D. N , dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de artículos de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativas que se realizan en la Casa de la Juventud dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota de Pedido N 313/2017 obrante a fojas 3 y 4, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que la Casa de la Juventud tomo intervención mediante Nota N 75/2017 Letra: DA. C.D.L.J., a fojas 24 indicando que la oferta presentada por la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS DOCE CON 19/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipai N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y PINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS DOCE CON 19/100 ($ ), referente a la adquisición de artículos de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativas que se realizan en la Casa de la Juventud dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, en conformidad con lo solicitado por la mediante la Nota de Pedido N 313/2017 obrante a fojas 3 y 4, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humano Atención de la Niñez, Adolescencia y Familia, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar lv. ación ie Ushuaia del Sur, son y serán Argentinos

226 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provinda de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, 5 ABR 2017 VISTO el Expediente UI. N 828/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediant el mismo se gestiona la adquisición de artículos de librería destinados a renovar el stock de la Subsecretaria Unidad Intendencia siendo de imperiosa necesidad contar con los mismos para el normal desarrollo de tareas administrativas que se llevan adelante en el área, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA N 038/17 LETRA: Ss. UI y la Nota de Pedido N 285/2017 obrante a fojas 2, 3 y 4, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que la Directora de Administración, Archivo y Despacho Protocolar tomo intervención a fojas 32 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DIECISIETE MiL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 46/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N y en el Anexo 1 del Decreto Municipai N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 46/100 ($ ), referente a la adquisición de artículos de librería destinados a renovar el stock de la Subsecretaria Unidad Intendencia siendo de imperiosa necesidad contar con los mismos para el normal desarrollo de tareas administrativas que se llevan adelante en el área, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA N 038/17 LETRA: Ss, UI y la Nota de Pedido N 285/2017 obrante a fojas 2, 3 y 4, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Unidad Intendente, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar /2017- lv. GOMEZ Las Islas Malvin serán Argentinos

227 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 225 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 7 ARR VISTO el Expediente OP. N 8978/2016, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos necesarios para la instalación de la red de gas domiciliaria en el Departamento Arbolada dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos sito en Avenida Perito Moreno al 3500, en conformidad con lo solicitado por la mediante INFORME N 118/2016 LETRA: D.P. y J. S.S.S.P. y la Nota de Pedido N 385/2017 obrante a fojas 2, y 19, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firmas del Que la Dirección de Parques y Jardines dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos tomo intervención a fojas 44 (vuelta) indicando que las ofertas de las firmas PROMAT S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 16/100 ($ ) y IM-CO-FUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 10/100 ($ ), cumplen con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571)2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las firmas PROMAT S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 16/100 ($ ) y IM-CO-FUE S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 10/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos necesarios para la instalación de la red de gas domiciliaria en el Departamento Arbolada dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos sito en Avenida Perito Moreno al 3500, en conformidad con lo solicitado por la mediante INFORME N 118/2016 LETRA: D.P. y J. S.S.S.P. y la Nota de Pedido N 385/2017 obrante a fojas 2, y 19, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.. Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las correspondientes Órdenes de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma total de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 26)100 ($ ), al Titular Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicos Programa Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

228 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página ,1 Provincia de Tierra d& Fuego, Antártida e Islas del Auántico Sur. República Argentina. Muniópalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas Mantenimiento, Partida 12 y la suma total de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 00/100 ($ ), al Titular Presupuestario Subsecretaria de Servicios Públicos Mantenimiento, Partida 51. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. Programa RESOLUCIÓN E. y F NO 0023, l,v..gqmez de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

229 ocozaz Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 227 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, R 7017 VISTO el Expediente S.C. N 1086/2014 y su acumulado O.P. N 6331/2016, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos necesarios para la ampliación de la Escuela Experimental La Bahía, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Obras dependiente de la Subsecretaria de Obras Públicas mediante Informe D.I.O.P N 056/16 y la Nota de Pedido N 184/2017 obrante a fojas 106, 113, 114 y 115, respectivamente. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firmas del rubro. Que la División Señalización y Seguridad de Obras dependiente de la Dirección de Obras tomo intervención a fojas 154 (vuelta) indicando que las ofertas de las firmas CASA ROSALES R.Q. S.R.L., por la suma total de PESOS UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ ), INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., por la suma total de PESOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 50/100 ($ ) y PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 12/100 ($ ), cumplen con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N , Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las firmas CASA ROSALES R.Q. S.R.L., por la suma total de PESOS UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ ), INSUMOS INDUSTRIALES S.R.L., por la suma total de PESOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 50/100 ($ ) y PIEDRAS Y MADERAS S.R.L., por la suma total de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 12/100 ($ ), referente a la adquisición de insumos necesarios para la ampliación de la Escuela Experimental La Bahía, en conformidad con lo solicitado por la Dirección de Obras dependiente de la Subsecretaria de Obras Públicas mediante Informe D.I.O.P N 056/16 y la Nota de Pedido N 184/2017 obrante a fojas 106, 113, 114 y 115, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emftir las correspondientes Ø 1/1.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

230 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 228 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaña de Economía y Finanzas Órdenes de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaria de Obras Públicos Obras Varios, Partida 52. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletin Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S. 5. E. y FN lv e. LOn de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

231 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 229 Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Enomia y Finanzas USHUAIA, - 7 ABR 2017 VISTO el Expediente S.D. N 910/2017, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de DIEZ (10) caminadas de leña necesarias para asistir a familias carenciadas o en situación de emergencia que se calefaccionan con salamandra, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la NOTA: 05/2017 LETRA: Dpto. ls. DIS. y la Nota de Pedido N 316/2017 obrante a fojas 2 y 4, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que la Secretaria de Política Sociales. Sanitarias y de Derechos Humanos tomo intervención a fojas 11 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma MARAGAÑO DE ANDRES RODRIGO MARAGAÑO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ ), a razón de PESOS SIETE MIL CON 00/100 ($ 7.000,00), por camionada de leña, cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipa] N 1476/2016 y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma MARAGAÑO DE ANDRES RODRIGO MARAGAÑO, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ ), a razón de PESOS SIETE MIL CON 00/100 ($ 7.000,00), por camionada de leña, referente a la adquisición de DIEZ (10) caminadas de leña necesarias para asistir a familias carenciadas o en situación de emergencia que se calefaccionan con salamandra, en conformidad con lo solicitado por la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la NOTA: 05/2017 LETRA: Dpto. ls. D.IS. y la Nota de Pedido N 316/2017 obrante a fojas 2 y 4, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular psupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humano Ayuda Económicas a ff ///.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos 000 t 33

232 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas Sectores Vulnerables, Partida 31. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN S. 5. E. y FN l.v. / GOMEZ rro de Evaluación de LJslvjp Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos 600z33

233 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 7 APP 7fl77 VISTO el Expediente S.D. N , dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de artículos de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativas que se realizan en la Dirección de Inclusión Social dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA: 71/17 LETRA: Dpto. Admi. ls. y la Nota de Pedido N 334/2017 obrante a fojas 2, 8 y 9, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que la Jefa de DMsión Administración dependiente de la Dirección de Inclusión Social tomo intervención a fojas 27 (vuelta) indicando que las ofertas presentadas por las firmas RAYUELA de LEANDRO ALONSO. por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 38/100 ($ ) y CAPPELLO MAURICIO JAVIER, por la suma total de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 98/100 ($ ), cumplen con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N y en el Anexo 1 dei Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 dei Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con las firmas RAYUELA de LEANDRO ALONSO, por la suma total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 38/100 ($ ) y CAPPELLO MAURICIO JAVIER, por la suma total de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 98/100 ($ ), referente a la adquisición de artículos de librería necesarios para el normal desarrollo de tareas administrativas que se realizan en la Dirección de Inclusión Social dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA: 71/17 LETRA: Dpto. Admi. ls. y la Nota de Pedido N 334/2017 obrante a fojas 2, 8 y 9, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las correspondientes Órdenes de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular 1/1.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

234 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economia y Finanzas OflO23 /11.2. Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humano, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN Iv. j OflO23 / cje Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

235 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 233 el Provincia de Tierra del Fuego, Mtártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 7 ARR 2017 VISTO el Expediente UI. N 840/2017, del registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de artículos de librería necesarios para renovar stock de la Banda de Música Municipal dependiente de la Subsecretaria Unidad Intendencia, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA: 040/17 LETRA: Ss. UI y la Nota de Pedido N 291/2017 obrante a fojas 2, 3 y 4, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que la Señora Directora de Administración, Archivo y Despacho Protocolar tomo intervención a fojas 23 (vuelta) indicando que la oferta presentada por la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, por la suma total de PESOS SEIS MIL CINCUENTA Y TRES CON 10/100 ($ ), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N , Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo l del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948/2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N , Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIA Y FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma RAYUELA de LEANDRO ALONSO, por la suma total de PESOS SEIS MIL CINCUENTA Y TRES CON 10/100 ($ ), referente a la adquisición de artículos de librería necesarios para renovar el stock de la Banda de Música Municipal dependiente de la Subsecretaria Unidad Intendencia, en conformidad con lo solicitado por la mediante la NOTA: 040/17 LETRA: Ss. UI y la Nota de Pedido N 291/2017 obrante a fojas 2, 3 y 4, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputas el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Unidad Intendente, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. lv. 8. GoM,z de Evaluac)án de Gestrón rnrciplrdd de Ushuain y Sándwich del Sur, sony serán Argentinos

236 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 234 Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atiántico Sur. República Argentina. Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y Finanzas USHUAIA, - 7 ARR 7017 VISTO el Expediente S.D. N 8694/2016, dei registro de esta Municipalidad y; CONSIDERANDO Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de insumos de pinturería necesarios para la realización de murales en diversos lugares de nuestra ciudad, en conformidad con lo solicitado por la Dirección Administración dependiente de la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N 546/2017 obrante a fojas 14, 15 y 16, respectivamente. rubro. Que la Dirección de Compras Mayores y Menores ha solicitado presupuestos a diversas firma del Que el Señor Coordinador de Inclusión Social tomo intervención a fojas 34 indicando que la oferta presentada por la firma MALLEMACI JOSE, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 22/100 ($89.752,22), cumple con lo requerido. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Ordenanza Municipal N 5115 promulgada por Decreto Municipal N 1476/2016 y en el Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia, la Ordenanza Municipal N 4976 promulgada mediante Decreto Municipal N 1948í2015, Decretos Municipales N 1962/2015 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 179/2016, Decreto Municipal N 1571/2016, Decreto Municipal N 578/2017. Por ello: EL SUBSECRETARIO DE EVALUACION Y GESTION NC DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Autorizar la contratación en forma directa con la firma MALLEMACI JOSE, cuya propuesta asciende a la suma total de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 22/100 ($ ,22), referente a la adquisición de insumos de pinturería necesarios para la realización de murales en diversos lugares de nuestra ciudad, en conformidad con lo solicitado por la Dirección Administración dependiente de la Secretaria de Política Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos mediante la Nota de Pedido N 546/2017 obrante a fojas 14, 15 y 16, respectivamente. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3,- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humano, Partida 12. ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido, archivar. RESOLUCIÓN E. y FN Iv, OO&236 / GQ de GeSÉ,Ø Las Islas )rgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos

237 t Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 235 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina Municipalidad de Ushuaia Año de tos 44 Héroes del Submarino ARA San Juan COMUNICADO LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA S.P. e I.P. N 11/2018, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REFACCIÓN DE ESCALERA EN PASME J.M. DE PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON SESENTA CENTAVOS ($ ,60). GARANTIA DE OFERTA: PESOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS UNO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($29.601,59). SISTEMA DE CONTRATACIÓN: AJUSTE ALZADO. PLAZO DE EJECUCIÓN: NOVENTA (90) DÍAS CORRIDOS FECHA DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 18/10/2018, HORA: 14:00. VALOR DEL PLIEGO: PESOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA CON DIECISÉIS CENTAVOS ($2.960,16). ANTICIPO FINANCIERO: VEINTE POR CIENTO (20%) DE LA OFERTA. PRESENTACIÓN DE OFERTAS: EN SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E CORONADO N PISO - USHUAIA. LA DIRECCIÓN DE INVERSIÓN PÚBLICA PROVINCIA DE TIERRA ADMINISTRACIÓN DE LA SITA EN CALLE ARTURO DEL FUEGO. LUGAR DE APERTURA: EN LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA SITA EN CALLE ARTURO CORONADO N PISO - USHUAIA. PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO.--- CONSULTA DE PUEGOS: EN LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA SITA EN CALLE ARTURO CORONADO N PISO USHUAIA, EN EL HORARIO DE 08:30 A 14:00 HS. EN LA DELEGACIÓN MUNICIPAL EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SITA EN LA CALLE BOLÍVAR N 425 CP (1066). VENTA DE PLIEGOS EN SOPORTE MAGNÉTICO CD-ROM: EN LA D RECCIÓN NE L DE RENTAS MUNICIPAL SITA EN ARTURO CORONADO N 486 PLANTA BAJA, DE HUAI EN LA DELEGACIÓN MUNICIPAL EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BU NOS Al 5 SITA N LA CALLE BOLÍVAR N 425 CP (1066). Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y

238 Ushuaia, 3 de octubre de 2018 Año XXVIII - N 133/2018 página 236 ÍNDICE Ítem Página RESOLUCIONES SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS DESDE 118 A 236/ SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO E INVERSIÓN PÚBLICA: LICITACIÓN PÚBLICA S.P. e I.P. Nº 11/

239

240 MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaría Legal y Técnica Dirección Legal y Técnica y Despacho General Departamento Boletín Oficial

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