PROGRAMA APRENDER TRABAJANDO (Creado por Decreto Nº 266/03)
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- María Mercedes Jiménez Pérez
- hace 5 años
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1 PROGRAMA APRENDER TRABAJANDO (Creado por Decreto Nº 266/03) El PROGRAMA APRENDER TRABAJANDO consiste en una propuesta educativa a través de la cual se ofrecen Prácticas Educativo-Laborales a alumnos mayores de 16 años de la Ciudad de Buenos Aires. Las prácticas se realizan en una institución de carácter público o privado, fuera del establecimiento educativo al que concurre el alumno, exceptuando los proyectos productivos que puedan realizarse en los talleres de la institución. El Programa ofrece la posibilidad de ejecutar dos tipos de proyectos, uno relacionado con la producción de bienes y servicios (PRACTICA EDUCATIVO LABORAL PRODUCTIVA), y otro vinculado a la prestación de servicios (PRACTICA EDUCATIVO LABORAL DE SERVICIOS). La formulación del proyecto educativo se enmarca dentro de la currícula escolar, y deberá ser diseñado por docentes del establecimiento educativo al que concurren los alumnos que participarán de la experiencia, en conformidad con el responsable del lugar de práctica. Los OBJETIVOS generales del Programa pueden sintetizarse en: Aplicar los conocimientos adquiridos en el trascurso de la formación académica. Adquirir aprendizajes superadores que sólo se puedan incorporar en un contexto laboral. Desarrollar capacidades de gestión y habilidades sociales que les permitan facilitar su futura inserción laboral. Contribuir a la orientación vocacional, al desarrollo de responsabilidades sociales y conductas de solidaridad. TRIADA pedagógica requerida: Alumnos: principal beneficiario del Programa; Tutor Pedagógico: responsable de la elaboración y ejecución del proyecto, al igual que el equipo directivo del Establecimiento Educativo. Tutor de Práctica: referente directo hacia los alumnos en el lugar de práctica, en representación de la Institución receptora.
2 I- LOS ALUMNOS PAUTAS GENERALES DEL PROGRAMA APRENDER TRABAJANDO (Conforme Decreto 266/03 -BOCBA N 1665-) Para participar del PROGRAMA APRENDER TRABAJANDO, en carácter de alumno beneficiario, se deberán tener en cuenta las siguientes especificaciones: I.1- Requisitos formales: a) Ser alumno regular en algún establecimiento educativo no universitario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. b) Ser mayor de 16 años. c) Tener disponibilidad horaria fuera del horario escolar, para cumplir con el tiempo exigido por la práctica. I.2- Aspectos cualitativos: Para la selección de beneficiarios del Programa se podrá tener en cuenta los siguientes requisitos: a) Rendimiento escolar y aspectos de carácter cualitativo como compromiso, responsabilidad e interés en participar en prácticas educativas. b) Responder al perfil previamente acordado con la institución donde se desarrollarán las prácticas. c) Priorizar a los alumnos que posean necesidades diferentes a los fines de facilitar su inclusión social y desarrollo personal. I.3- Responsabilidades de los alumnos: a) En ningún caso los alumnos podrán realizar más de una práctica en el año b) El alumno debe cumplir el 80% de asistencia a las prácticas. c) En ningún caso podrá perder su condición de alumno regular durante el periodo de práctica. d) En caso de ausencias a la práctica, las inasistencias deberán ser debidamente justificadas. e) Cumplir con las tareas pautadas en el Anexo II, convenio firmado de común acuerdo entre las partes (ver Anexo II). I.4- Consideraciones generales: a) Las prácticas realizadas en el marco del Programa Aprender Trabajando NO son de carácter obligatorio para ninguno de los intervinientes.
3 b) Los alumnos incorporados al Programa que se encuentren realizando prácticas fuera del establecimiento escolar, contarán con un seguro general a cargo del Ministerio de Educación. c) Los alumnos que participan del Programa tendrán derecho a recibir una asignación estímulo en dinero, de carácter no remunerativo, proveniente de fondos públicos o privados. d) La asignación estímulo es proporcional al número de horas de práctica, siendo el máximo permitido un total de 20 (veinte) horas-reloj semanales. Es importante aclarar e informar a los alumnos que el proceso administrativo correspondiente al pago de la asignación estímulo, demanda aproximadamente 60 días en ser efectivo, como mínimo. II - LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS Podrán participar del PROGRAMA APRENDER TRABAJANDO todos los establecimientos educativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de las Direcciones de Área de Educación Media, Técnica, Artística, del Adulto y Adolescente, de Educación Técnica Superior y de Educación y Trabajo: Centros de Formación Profesional y Centros de Educación No Formal, como así también la Dirección General de Inclusión Educativa y la Dirección General de Educación de Gestión Privada dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. II.1- Funciones de los directores de los Establecimientos Educativos: Los directores o autoridad máxima de los establecimientos educativos serán los responsables del proyecto frente a los alumnos y ante la Coordinación del Programa, para ello tendrán como funciones: a) Avalar la presentación de los proyectos y suscribir la nota dirigida al Ministro de Educación del GCBA (conforme punto I de la Guía de Presentación de proyectos) b) La designación de un tutor pedagógico encargado del proyecto, cuyas funciones y modos de designación se especifican en el título siguiente.(ii.2) c) La selección de los alumnos participantes la cual deberá hacerse conjuntamente con los docentes involucrados en el proyecto. La selección deberá contemplar los requisitos y sugerencias enumerados en el título I.1 y I.2 LOS ALUMNOS. d) En los casos de Proyectos Productivos desarrollados con financiamiento del Programa, los directivos de cada establecimiento deberán evaluar el destino del producto elaborado o el ingreso que se hubiese generado del mismo. II.2- El Tutor Pedagógico Podrá ser designado Tutor Pedagógico cualquier docente del establecimiento educativo, en situación activa de revista, que tenga la iniciativa de participar de las Prácticas Educativo Laborales y que asuma voluntariamente el compromiso de asistir a los alumnos en todos los aspectos que éstos lo requieran durante el desarrollo de las prácticas. Los datos formales de los tutores deberán estar consignados en el proyecto, consignando nombre y apellido, Nº de DNI, correo electrónico, Nº de celular y horarios de desempeño de tareas en el Establecimiento Educativo.
4 En caso de que existiera cualquier modificación en los datos personales de los tutores o una suplencia del tutor, ello deberá ser informado dentro de las 72 (setenta y dos) horas proyectosaprendertrabajando@bue.edu.ar II.2.1- Responsabilidades generales del Tutor Pedagógico: a) Planificar junto a directivos y personal idóneo del establecimiento educativo las diferentes etapas de aprendizaje que los alumnos irán atravesando durante el desarrollo de las prácticas propuestas. b) Presentar en tiempo y forma la documentación requerida por el Programa. c) Tomar conocimiento y notificarse formalmente del Dictamen que aprueba o desaprueba el proyecto presentado. d) Ser referente de los alumnos durante la ejecución del proyecto, actuando como mediador y gestor entre la coordinación del Programa y los alumnos, y entre éstos y las instituciones donde se realicen las prácticas. e) Acompañar el proceso de adaptación, integración y desarrollo de las prácticas de sus alumnos. f) Informar dentro de las 24 hs. a las autoridades del establecimiento educativo y al Programa el acontecimiento de cualquier tipo de accidente que haya sufrido el alumno beneficiario. Para contar con la cobertura del seguro deberá estar completa la documentación del alumno en el Programa, conservarse el acta de SAME y cumplir con el plazo mencionado. II.2.2- Funciones específicas: Gestionará frente a la Coordinación del Programa trámites administrativos: Aprender Trabajando los siguientes a) Luego de recibido el mail informando la aprobación del proyecto pedagógico, deberá presentar la siguiente documentación debidamente firmada y sellada (no se recibirá documentación incompleta): Debe asegurarse que los alumnos realicen su Inscripción Online en el Programa cuando ello sea debidamente solicitado (los alumnos deben estar inscriptos antes de poder comenzar la práctica). Anexo I Convenio marco con las Instituciones. Anexo II Convenio Específico de cada uno de los alumnos afectados a las prácticas durante el desarrollo del proyecto. Fotocopia de los DNI/Pasaporte de los alumnos. En caso de alumnos menores de 18 años o mayores con discapacidad que impida la administración de la cuenta bancaria o alumnos con irregularidades en el documento, presentar fotocopia de documento de un adulto responsable, a nombre de quien se realizará la apertura de la cuenta y será responsable del cobro de la asignación estímulo. Certificados de alumno regular: consignar en una hoja con membrete de la institución educativa el listado de los alumnos participantes, con sello y firma del Rector/a y tutor pedagógico. Planilla de alta de los alumnos. Sin esta documentación el alumno no podrá iniciar las prácticas, no contará con el seguro correspondiente, ni ingresar al circuito administrativo contable.
5 Planilla de Datos de Prácticas por alumnos, en la que se detallan los datos específicos de la práctica (lugar, responsable y horarios), la que tiene carácter de declaración jurada. En caso de finalización de práctica en fecha anterior a la establecida, la Planilla de baja de alumnos se recibirá sólo con datos completos (Número de ID, datos tutor pedagógico, nombre y apellido del alumno y fecha real de la baja) y firma escaneada del responsable, por correo electrónico a documentacionaprendertrabajando@bue.edu.ar en un plazo no mayor a las 48 horas de efectivizada la misma. b) La fecha de inicio de prácticas será acordada con la Coordinación del Programa, una vez recibida la documentación requerida y detallada en el punto anterior. c) En caso de inasistencias reiteradas e injustificadas de los alumnos a la práctica, el tutor pedagógico resolverá, según su criterio, la baja del mismo o el descuento de los días de ausencia. Esta decisión deberá ser debidamente informada al Programa. d) Una vez finalizada la Práctica Educativo Laboral deberán contestar con carácter OBLIGATORIO las Evaluaciones Finales que les lleguen a sus respectivos correos electrónicos: La Evaluación Final del Tutor Pedagógico La Evaluación Final del Tutor de Prácticas La Autoevaluación del Alumno Resultará excluyente el cumplimiento de éste punto para poder realizar presentaciones de proyectos en lo sucesivo. III- LAS INSTITUCIONES EN LAS QUE SE REALIZAN LAS PRÁCTICAS. Podrán recibir alumnos para realizar Prácticas Educativo Laborales en el marco del PROGRAMA APRENDER TRABAJANDO los organismos oficiales nacionales, provinciales o municipales, empresas públicas, privadas y/o mixtas del sector productivo y/o de servicios, instituciones, asociaciones civiles, sociedades de hecho, sociedades civiles, fundaciones, cooperativas, entes autárquicos, entidades mutuales y obras sociales. III.1- Requisitos formales: a) Estas instituciones en las que se desarrollen las Prácticas Educativo Laborales deberán reunir las condiciones de Higiene y Seguridad estipuladas por la Ley N b) En el caso de instituciones de carácter privado deberán acreditar póliza de seguro de responsabilidad civil del espacio, constancia de habilitación y de inscripción en la AFIP. III.2- Responsabilidades de las Instituciones: a) No podrán asignarse a los alumnos tareas ajenas a las consignadas en el proyecto aprobado y detalladas en el Anexo II. b) Las instituciones no podrán exigir una prestación por parte del alumno que supere las 4 (cuatro) horas diarias y/o 20 (veinte) horas semanales. c) Las prácticas deben realizarse en horarios diurnos y en contra turno de la jornada escolar a las cuales concurran.
6 d) Deberán designar un tutor de práctica encargado de favorecer la integración de los alumnos, brindar asistencia y orientación para la ejecución de las tareas. e) Tienen por obligación controlar la asistencia del alumno beneficiario y emitir constancia de asistencia cuando así se lo requiera. f) Las instituciones privadas, en acuerdo con las instituciones que presentan los proyectos, serán las responsables de otorgar al alumno que realicen Prácticas Educativo Laborales una asignación estímulo mensual equivalente o superior a la que otorga el Ministerio de Educación por la participación en el Programa. g) Del mismo modo los alumnos podrán recibir, de estas instituciones, los beneficios que se les otorguen al personal propio sin que esto implique la existencia o nacimiento de una relación laboral entre la institución y el alumno. h) Planificar, conjuntamente con la escuela, las prácticas conforme lo consignado en el proyecto aprobado por las autoridades del PROGRAMA APRENDER TRABAJANDO. i) No se realizarán prácticas durante el receso escolar de invierno, y la finalización de los proyecto será respetando el Calendario Escolar. III.3- Tutor de Prácticas de las Instituciones a) Deberán estar consignados en el proyecto los datos formales de los tutores consignando: nombre y apellido, Nº de DNI, correo electrónico y Nº de celular. b) En caso de que existiera cualquier modificación en los datos personales de los tutores, posteriores a la emisión del Dictamen, los mismos deberán ser enviados indefectiblemente por nota o al del Programa y dentro de las 72 (setenta y dos) horas a la Coordinación del Programa Aprender Trabajando. c) Completar la Evaluación Final Online de la práctica en tiempo y forma. III.3.1- Responsabilidades del Tutor de práctica: a) Acompañar y guiar al alumno, en conjunto con el tutor pedagógico, durante el desarrollo del proceso educativo-laboral que implican las prácticas. b) Asistirlos y orientarlos en la ejecución de las tareas que se les asignen y favorecer su integración al ámbito laboral. c) Realizar el seguimiento y evaluación continua de los alumnos durante el proceso formativo. d) Informar al tutor pedagógico del establecimiento educativo el acontecimiento de cualquier tipo de accidente que haya sufrido el alumno beneficiario, así como todo hecho (ausencias, llegadas tarde, etc) que afecte el buen desarrollo de la práctica y sea motivo de llamada de atención o baja del alumno. IV- LOS PROYECTOS a) Los proyectos de Prácticas Educativo Laborales deberán elaborarse conforme al Formulario de Presentación de Proyectos 2017.
7 b) Se evaluarán sólo aquellos proyectos que respondan a los requerimientos exigidos en el Formulario de Presentación de Proyectos 2017, y que hayan completado en tiempo y forma los instrumentos de evaluación del ciclo lectivo anterior, en caso de haber participado del Programa. c) Se dará por aprobado el proyecto, una vez que el tutor pedagógico y la institución educativa reciban el mail oficial en el que el Programa les informa la situación. d) Notificada la aprobación del proyecto, el tutor pedagógico deberá 1º) Informarles a los alumnos del establecimiento educativo que quieran participar en el Proyecto que deben inscribirse en forma online; 2º) Presentar cuando sea solicitado la documentación correspondiente a los alumnos informados en el listado definitivo de inscripción de alumnos. Controlada la documentación recibida por parte de la Coordinación del Programa Aprender trabajando se informará la fecha de inicio del proyecto que será debidamente notificada al Establecimiento Educativo y al tutor pedagógico. No se podrá cambiar la fecha bajo ningún concepto sin previa notificación y autorización de esta Coordinación. No se aceptarán bajo ningún concepto fechas de inicio anteriores a la presentación de la mencionada documentación.
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