1 / 6 INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL CUENTA PROFESIONAL PREMIUM.- La información destacada en el presente documento es de especial importancia

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1 CUENTA PROFESIONAL PREMIUM.- El presente documento se extiende en respuesta a su solicitud de información, y no conlleva para Banco Pastor, S.A.U. la obligación de formalizar un contrato de Cuenta Profesional PREMIUM. La información incorporada tiene carácter meramente orientativo. Se ha elaborado basándose en las condiciones actuales del mercado FONDO DE GARANTÍA * El Banco está adscrito al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. Para depósitos en dinero, el importe máximo garantizado es de euros (en el caso de depósitos nominados en otra divisa, su equivalente aplicando los tipos de cambio correspondientes) por depositante en cada entidad de crédito. * Este producto está cubierto por el Fondo de Garantía si no se halla en alguno de los supuestos de exclusión indicados en la Información básica sobre la cobertura de los depósitos. RIESGO 1 / 6 Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo. ENTIDAD Banco Pastor, S.A.U. Dirección: C/ Cantón Pequeño, , A Coruña. Teléfono: info@bancopastor.es CUENTA PROFESIONAL PREMIUM.- La cuenta Profesional PREMIUM es una cuenta de pago, denominada en euros, destinada para el uso profesional (autónomos) de personas físicas mayores de 18 años, de microempresas, así como de pequeñas y medianas empresas, residentes y no residentes, con total liquidez, que lleva asociada la contratación de una serie de productos para beneficiarse de las ventajas que se describen en este documento: Tarjeta de débito Profesional Servicio de banca multicanal. La contratación de estos productos no es obligatoria para disfrutar de los beneficios de esta cuenta, pero sí es necesario cumplir los requisitos que se indican más adelante. Con carácter opcional, Usted también tendrá la posibilidad de contratar la tarjeta de crédito Profesional Premium y Mi Otra Profesional Premium, los cuales se vincularán a la Cuenta Profesional PREMIUM para que pueda beneficiarse de las ventajas de esta cuenta.- Teniendo contratados los productos y servicios anteriormente indicados y con la domiciliación, bien en la Cuenta Profesional PREMIUM, de ingresos de efectivo, pago de recibos, tarjetas podrá acceder al conjunto de ventajas que se señalan en este documento. Las clases de recibos que se bonifican y los porcentajes de bonificación se indican en el apartado beneficios de la cuenta de este documento. Además, por la contratación de esta cuenta, el titular quedará adscrito al programa de fidelización denominado Mundo 1/2/3 PROFESIONAL PREMIUM y podrá disfrutar de los beneficios que se describen en las bases del mismo, publicadas en la página web del Banco. La pertenencia a este programa y la obtención de los beneficios que del mismo se derivan es incompatible con la pertenencia al programa Tenemos un Plan (TUP) o a cualquier otro programa de fidelización del Banco a excepción de otros posibles programas del Mundo Usted sólo podrá tener como máximo una Cuenta Profesional PREMIUM La Cuenta Profesional PREMIUM funciona como una cuenta a la vista, admitiendo domiciliaciones y disponiendo de medios de pago y servicios de caja como talonario de cheques en cuenta corriente, tarjetas de débito y de crédito y servicio 1

2 de transferencias asociados a ella. Los titulares y personas debidamente autorizadas podrán realizar ingresos en efectivo o mediante la entrega al Banco de cheques u otros documentos de pago en gestión de cobro, así como mediante transferencias recibidas o traspasos u otras órdenes de pago de las que sea beneficiario en la oficina de la que es cliente, así como en el resto de oficinas del Banco. La Cuenta Profesional PREMIUM se rige por las condiciones generales descritas en el folleto de Términos y Condiciones del Contrato Marco de Servicios de Pago, el cual se encuentra disponible en todo momento en la página web La contratación de la Cuenta Profesional PREMIUM y la obtención de los beneficios que de la misma se derivan es incompatible con la pertenencia a la campaña Tenemos un Plan (TUP).- La contratación de la Cuenta Profesional PREMIUM conlleva la perdida de todos los beneficios de la campaña Tenemos un Plan.- También es incompatible con clientes Óptima y acuerdos con colectivos del Banco con condiciones especiales.- La contratación de la Cuenta Profesional PREMIUM conlleva la aplicación de sus propias condiciones pactadas en el contrato, pero seguirán aplicándose, al resto de productos, las condiciones especiales que sean de aplicación al colectivo especial al que pertenezca el cliente. El Banco pone a disposición de sus clientes en su web pública el régimen de tarifas máximas aplicables al contrato de cuenta de pago. REQUISITOS Podrá beneficiarse de los servicios y productos asociados a la Cuenta Profesional PREMIUM, indicados en el punto anterior, toda persona física profesional o autónomo, mayor de 18 años, que sea residente o no en España, microempresas, y las pequeñas y medianas empresas. Para ello deberán cumplirse las siguientes condiciones: Realizar, a través de la Cuenta Profesional PREMIUM o en cualquier otra cuenta de crédito que mantenga en el Banco, con igual titularidad en todas ellas, las operaciones que se indican a continuación: 1. Ingresar o facturar al menos 1.800,00 euros en los últimos 3 meses, anteriores a cada uno de los periodos de liquidación, mediante: - Cobros realizados utilizando Terminales de Punto de Venta (TPV) de UNIVERSAL PAY Entidad de Pago, S.L. (Popular Payments), comercializados por el Banco físicos, multidivisa y virtuales. - Recepción de transferencias (En el supuesto de que el cliente sea titular de varias cuentas en el Banco, los movimientos entre ellas no se consideran transferencias sino traspasos por lo que no serán tenidos en cuenta). - Descuento o gestión de cobro de efectos comerciales, letras de cambio, recibos, anticipo o gestión de cobro de créditos en soporte magnético, cobro de recibos bancarios domiciliados, cesiones de factoring o anticipos como proveedor de pagos de confirming, ingreso de cheques o ingresos en efectivo provenientes de la actividad comercial. Como excepción al requisito especificado en el primer párrafo de este apartado, y para el caso de que el titular perciba las ayudas de la PAC (Política Agraria Común) a las que tenga derecho como consecuencia de su actividad profesional o empresarial, la medición del importe a ingresar o facturar por todos los conceptos antes descritos se hará de la siguiente manera: en cada fecha de revisión el Banco comprobará si en el mes anterior el cliente cumple con el ingreso o facturación del importe estipulado (600,00 euros/mes), si no cumpliera, la comprobación se extenderá al mes inmediatamente anterior (1.200,00 euros por dos meses) y así sucesivamente hasta un máximo de 12 meses. Si en esos 12 meses no ha conseguido el importe requerido para ese plazo (7.200,00 euros) no se considerará cumplido este requisito. El requisito descrito en el párrafo anterior, será de aplicación únicamente para los siguientes colectivos: (i) titulares de explotaciones agrarias en territorio nacional cuya actividad principal sea agrícola o ganadera o tengan domiciliadas las ayudas de la PAC en el Banco; (ii) Cooperativas agrarias cuyos socios sean titulares de explotaciones agrarias o ganaderas cuyo objeto social sea la prestación de servicios de interés común de los socios; (iii) Comunidades de regantes cuyo objeto social sea el suministro de agua a explotaciones agrarias; (iv) Empresas de suministros que sean proveedores de elementos que participan en el proceso productivo de las explotaciones agrarias. 2. Realizar el pago a empleados de los haberes mensuales mediante transferencias, realizadas únicamente a través del circuito establecido por el Banco específicamente para nóminas, tanto por oficina como a través del servicio de Banca por internet, o envío al Banco de remesas por este concepto, mediante transmisión electrónica o en soporte magnético; o Abonar a través del Banco o tener domiciliadas en el mismo las cotizaciones a la Seguridad Social Mutualidades alternativas al Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), en las cuentas indicadas. 2

3 3. Cumplir en los últimos 3 meses anteriores a la liquidación de la cuenta al menos uno de los siguientes grupos de operaciones o productos: - Utilizar al menos 6 veces, cualquiera de las tarjetas, de débito o crédito, (al menos uno de los movimientos debe ser de una tarjeta de crédito) comercializadas por el Banco y emitidas por Wizink Bank S.A. que se encuentren vinculadas o asociadas a las cuentas indicadas. Las tarjetas serán contratadas con la entidad Wizink Bank S.A., y en el supuesto de que esta entidad no autorizara la contratación de la tarjeta de crédito podrá seguir manteniendo los beneficios de esta cuenta, sin perjudicarle la obligatoriedad de que no realice un movimiento con la tarjeta de crédito. Se entenderá por uso de la tarjeta, las compras en comercios y traspasos desde la tarjeta a la cuenta asociada a la misma (dinero directo), o - Totalizaciones de al menos 500,00 euros en los últimos 3 meses anteriores a la liquidación, en cuentas en el Banco utilizando Terminales de Punto de Venta (TPV) de UNIVERSALPAY Entidad de Pago, S. L. (Popular Payments), comercializados por el Banco físicos, multidivisa y virtuales, Se establecen condiciones preferentes en el servicio de TPV suministrado por UNIVERSALPAY Entidad de Pago, S. L. (Popular Payments). El acceso al servicio de TPV por el titular queda condicionado al análisis del riesgo y, en su caso, a la correspondiente autorización interna de UNIVERSALPAY Entidad de Pago, S. L., y a la formalización del contrato con esta entidad, con los términos y condiciones del servicio. La cuenta asociada o cuenta de domiciliación del servicio de TPV debe ser la Cuenta Profesional PREMIUM; o - Gestión de recibos bancarios domiciliados por un importe mínimo de 1.500,00 euros en los últimos 3 meses anteriores a la liquidación, descuento o gestión de cobro a través del Banco de efectos comerciales, letras de cambio, recibos, anticipo o gestión de cobro de créditos en soporte magnético, cesiones de factoring o anticipos como proveedor de pagos de confirming,; u - Operaciones relacionadas con el comercio exterior: Recepción de transferencias internacionales, ingresos de cheques internacionales, anticipos de la exportación, emisión de transferencias internacionales por banca electrónica.- El Cliente titular de la Cuenta Profesional PREMIUM, para cumplir las condiciones establecidas, dispondrá de un plazo inicial que se iniciará en el momento de formalización de la apertura de la Cuenta, y finalizará cuando transcurran dos meses contados desde el primer día 20 posterior a la fecha de apertura. Si durante la vigencia del contrato son incumplidas las condiciones, Usted podrá disponer de un mes para volver a cumplir con los requisitos y beneficiarse de las condiciones de esta cuenta.- Si el cliente cancela la Cuenta Profesional PREMIUM no percibirá los beneficios relativos a la liquidación en curso que le pudiera corresponder hasta la fecha de la efectiva cancelación del contrato, aun cuando cumpliera hasta esa fecha con todos los requisitos enumerados en este documento para aplicar las bonificaciones. Tampoco percibirá los beneficios concernientes a la liquidación en curso que le pudiera corresponder en el supuesto de que el cliente presente situación de impago con cualquier entidad del grupo financiero del Banco, o cuando a juicio del Banco haya realizado una actuación fraudulenta para obtener los beneficios de la Cuenta Profesional PREMIUM. DURACION DEL CONTRATO Indefinida. Modificación de condiciones: El Banco podrá realizar cualquier modificación de las condiciones de la Cuenta Profesional PREMIUM, comunicándolas al cliente con una antelación mínima de 2 meses respecto a la fecha de entrada en vigor de la modificación propuesta. Resolución del contrato: Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato mediante comunicación escrita a la otra parte con una antelación de al menos 60 días. COMISIONES Y GASTOS Siempre que tenga sus cobros y pagos detallados en el apartado de REQUISITOS, domiciliados en la Cuenta Profesional PREMIUM, las comisiones de servicio de la cuenta tendrán las siguientes tarifas: - Comisión de mantenimiento: 3 al mes (Esta comisión ascenderá a 9 euros al mes en caso de no cumplir los requisitos que se detallan en este documento durante 2 periodos de liquidación consecutivos). - Comisión de descubierto: 5,00%, con un mínimo de 15 euros. (Esta comisión se cobrará sobre el mayor descubierto contable producido en el periodo de liquidación, en contraprestación del servicio de concesión de crédito en que consiste el descubierto). - Tipo de interés anual por descubierto: 29% 3

4 - Comisión por reclamación de posiciones deudoras: 39 euros - Comisión no condicionada al cumplimiento de requisitos: Al contratar el titular la Cuenta Profesional PREMIUM, por la Tarjeta de Débito Profesional, Tarjeta de Crédito Profesional y/o Tarjeta de Crédito Mi Otra Profesional Premium, no se cobrarán comisiones ni cuotas por emisión, renovación y mantenimiento si se cumplen con los requisitos indicados en este documento.- En caso de incumplimiento, se cobrará una comisión en la cuenta equivalente a 3 euros/mes por tarjeta a partir del primer año.- - Comisión de administración: 0 por cada apunte. - Comisión de información normalizada sobre movimientos de cuentas: Extracto habitual: 0,00. Informaciones adicionales, por cada proceso: en papel: 3,00. En soporte magnético: 7,51. Mediante interconexión o terminal: 7,51. Se repercutirán los gastos de correo generados por las comunicaciones que se efectúen vía postal, aplicándose la tarifa oficial que tenga publicada en cada momento la Dirección General de Correos y Telecomunicaciones. BENEFICIOS DE LA CUENTA Coste de las tarjetas: La cuota de emisión de la Tarjetas Débito Profesional Premium vinculadas a esta cuenta se bonificará el primer año. La cuota de renovación, pagadera mensualmente, únicamente se bonificará si el titular cumple las condiciones necesarias detalladas anteriormente. La cuota de emisión de las Tarjetas de Crédito Profesional y Mi Otra Profesional Premium vinculadas a esta cuenta se bonificará el primer año. La cuota de renovación, pagadera mensualmente, únicamente se bonificará si el titular cumple las condiciones necesarias detalladas anteriormente. La cuota de renovación de ambas tarjetas es gratuita siempre que el titular cumpla las condiciones indicadas anteriormente; en caso de incumplimiento, se cobrará una comisión de 3,00 euros por la tarjeta. Otros incentivos: a) Bonificación mensual sobre el importe de los pagos y recibos domiciliados más adelante descritos, que hubieran sido satisfechos con cargo en la cuenta, o en cualquier cuenta de crédito que mantenga en el Banco con igual titularidad, durante el mes correspondiente a la liquidación de que se trate, siempre que no hayan sido devueltos y que estén directamente relacionados con su actividad empresarial, comercial o profesional. b) Remesas de nóminas a empleados así como seguros sociales del Régimen general, Régimen especial de 1% trabajadores autónomos (RETA) y Régimen Especial Agrario (REA), o Mutualidades alternativas al Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). Impuesto sobre la Renta de las personas físicas por rendimientos de actividad económica, IVA, IGIC, IPSI. 2% Recibos de agua, gas, electricidad y telecomunicaciones de emisores españoles, así como de empresas de seguridad. (No se incluyen comunidades de propietarios) 3% Recibos de seguros de protección mediados por el Banco, a través de Popular de Mediación, S.A.U., Operador de banca-seguros vinculado. Inscrito en el Registro de la D.G.S.F.P. con clave OV-0005; de prima periódica (no se incluyen primas únicas, ni rentas vitalicias) y, en el caso de seguros agrarios combinados, también aquellos de prima no recurrente. El importe máximo mensual sobre el que se aplicará el porcentaje correspondiente a cada una de las tres clasificaciones anteriores será de 500,00 euros. En caso de que se produzcan devoluciones de recibos bonificados después de practicada la liquidación, el Banco queda autorizado a retroceder el abono que, en concepto de bonificación, hubiera efectuado a favor del titular como consecuencia de dichos recibos. c) Pertenencia al programa de fidelización Mundo 1/2/3 Profesional PREMIUM. El titular quedará adscrito al programa de fidelización denominado Mundo 1/2/3 Profesional PREMIUM y podrá disfrutar de los beneficios que se describen en las bases del mismo, publicadas en la página web del Banco. La pertenencia a este programa y la obtención de los beneficios que del mismo se derivan es incompatible con la pertenencia al programa Tenemos un Plan (TUP) o a cualquier otro programa de fidelización del Banco a excepción de otros posibles programas del Mundo Además, cumpliendo las condiciones descritas, el titular obtendrá la exención de las siguientes comisiones (en caso de no cumplir se cobrará 3 euros por cada tarjeta/mes): - Cuota de emisión y renovación mensual de la tarjeta Débito vinculada a esta cuenta. - Cuota de emisión y renovación mensual de la tarjeta Crédito Tarjetas de Crédito Profesional o Mi Otra

5 Profesional Premium vinculada a esta cuenta (en caso de contratación). REMUNERACIÓN DE LA CUENTA Interés nominal anual 0,00%. Periodicidad de liquidación mensual Cuando el periodo de liquidación sea diferente al mensual se aplicará la parte proporcional por cada mes o fracción. La liquidación de la cuenta se efectuará mediante la determinación del saldo medio acreedor. Para ello, se utilizará el criterio de fecha valor, considerando el conjunto de saldos acreedores mantenidos en el periodo a liquidar. A efectos informativos, se hace constar la TAE correspondiente a diferentes escenarios: Si Usted cumple con los requisitos de la Cuenta PROFESIONAL PREMIUM indicados en este documento, manteniendo un saldo diario constante en la cuenta, durante un año, de euros, al tipo de interés nominal anual aplicable y con una comisión mensual de mantenimiento de 3 euros (36 euros al año), la TAE resultante sería de: -0,598%. Si Usted no cumple con los requisitos de la Cuenta PROFESIONAL PREMIUM indicados en este documento, manteniendo un saldo diario constante en la cuenta, durante un año, de euros, al tipo de interés nominal anual aplicable y con una comisión mensual de mantenimiento de 9 euros (108 euros al año) y cuota mensual de renovación Tarjeta de Débito de 3 euros (36 euros al año), la TAE resultante sería de: -2,374%. TRASLADO DE CUENTAS BANCARIAS El Banco está adherido a los Principios comunes para el traslado de cuentas bancarias, diseñados para su aplicación a nivel comunitario por el Comité Europeo de Industria Bancaria (EBIC). INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE LA COBERTURA DE LOS DEPÓSITOS Los depósitos mantenidos en Banco Pastor, S.A.U. (en adelante, la entidad de crédito o el banco) están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (en adelante, FGD). Límite de la cobertura: euros para los depósitos (en el caso de divisa su equivalente aplicando el tipo de cambio del día en el que se produzca el hecho por el que el FGD deba intervenir) y euros para los valores o instrumentos financieros confiados a la entidad de crédito (según el valor de mercado en el día en el que se produzca el hecho por el que el FGD deba intervenir), por depositante o inversor, sea persona física o jurídica, y entidad de crédito. Si tiene usted más depósitos en el mismo banco, todos sus depósitos se suman y el total está sujeto al límite de euros, incluyendo también los depósitos de los que es titular bajo las distintas denominaciones comerciales del banco. Si tiene una cuenta en participación con otra/s persona/s el límite de los euros se aplica a cada depositante por separado. Sin embargo los depósitos en una cuenta sobre la que tengan derechos dos o más personas como socios o miembros de una sociedad, una asociación o cualquier agrupación de índole similar, sin personalidad jurídica, se agregan y tratan como si los hubiera efectuado un depositante único a efectos de cálculo del límite de euros. En los siguientes supuestos los depósitos están garantizados durante tres meses por encima de euros: a) procedentes de transacciones con bienes inmuebles de naturaleza residencia y carácter privado; b) pagos recibidos puntualmente y relacionados al matrimonio, divorcio, jubilación, despido, invalidez o fallecimiento; c) pago de prestaciones de seguros o en la indemnización por perjuicios que sean consecuencia de un delito o de un error judicial. Puede obtenerse más información en Período de reembolso en caso de concurso del banco: En un plazo máximo de 20 días hábiles hasta el 31 de diciembre de 2018; 15 días hábiles entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020; 10 días hábiles entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de A partir del 1 de enero de 2024 de 7 días hábiles. Hasta el 31 de diciembre de 2023, cuando el FGD no pueda restituir el importe reembolsable en un plazo de 7 días hábiles, pagará a los depositantes, en un plazo máximo de 5 días hábiles tras su solicitud, un importe adecuado de sus depósitos garantizados con el fin de cubrir su sustento. Si en los plazos indicados anteriormente no se le ha reembolsado, debe ponerse en contacto con el sistema de garantía de depósitos, ya que el tiempo durante el cual puede reclamarse el reembolso puede estar limitado. Para más información, sírvase consultar Moneda en que se realiza el reembolso: Euro Contacto: Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, calle Jose Ortega y Gasset, 22, 5ªplanta, Madrid. Teléfono: fogade@fgd.es Para más información: Otra información importante: En general, todos los depositantes minoristas y las empresas están cubiertos por sistemas de 5

6 garantía de depósitos. Si los depósitos están cubiertos, el banco se lo confirmará también en los extractos de cuenta. Las deudas del depositante exigibles por el banco podrán compensarse con el saldo depositado, teniéndose en cuenta para calcular el importe garantizado y reembolsable por el FGD. No se consideran depósitos admisibles y por tanto quedan expresamente excluidos de la cobertura del FGD: a) Los depósitos realizados por otras entidades de crédito por cuenta propia y en su propio nombre, así como los realizados por los sujetos y las entidades financieras siguientes:1.º Las sociedades y agencias de valores.2.º Las entidades aseguradoras.3.º Las sociedades de inversión mobiliaria.4.º Las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, así como las sociedades gestoras de fondos de pensiones, de los fondos de titulización y de capital-riesgo y los depósitos de las entidades que gestionan.5.º Las sociedades gestoras de carteras y las empresas de asesoramiento financiero.6.º Las sociedades de capital riesgo y sus correspondientes sociedades gestoras.7.º Cualquier otra entidad financiera definida en el artículo ) del Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013; b) Los fondos propios de la entidad según la definición del artículo del Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, independientemente del importe por el que se computen como tales; c) Los valores representativos de deuda emitidos por la entidad de crédito, incluso los pagarés y efectos negociables; d) Los depósitos cuyo titular no haya sido identificado, conforme a lo dispuesto en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, o que tengan su origen en operaciones que hayan sido objeto de una sentencia penal condenatoria por delito de blanqueo de capitales; e) Los depósitos constituidos en la entidad por las Administraciones Públicas con la excepción de los constituidos por entidades locales con un presupuesto anual igual o inferior a euros. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la vigente Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos (LOPD), la entidad receptora de los datos informa que los datos solicitados, se incorporarán y tratarán en un fichero de datos de carácter personal con la finalidad de facilitarle la información precontractual que sea precisa sobre los productos y servicios en los que Usted hubiera mostrado interés. El responsable del fichero y del tratamiento es la entidad receptora de los datos ante la cual las personas legitimadas para ello pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos en la indicada Ley Orgánica y su normativa de desarrollo, mediante escrito dirigido a su dirección, a tales efectos, en la calle Velázquez nº 34 de (28001) Madrid. Los titulares de los datos consienten expresamente la recogida de datos aquí descrita, su tratamiento y cualquier comunicación o cesión de datos que pueda efectuarse entre la entidad receptora y las entidades del Grupo Banco Popular, participadas por estas y por la entidad receptora, así como a las auxiliares de las mismas, que serán las que en cada momento figuren en la dirección de Internet en la pestaña >Acerca de Popular, por las necesidades de los sistemas informáticos y operativos, para los fines y actividades antes indicados. En el supuesto de que usted solicitara la contratación del producto o servicio sobre el que ha mostrado su interés, le informamos del derecho de la entidad a efectuar consultas sobre sus posiciones a ficheros de cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias. Con anterioridad a la contratación, me ha sido entregado un ejemplar del presente documento de información precontractual para poder comparar ofertas similares y adoptar una decisión informada incluyendo la información necesaria de Medidas de Seguridad elaboradas por el Banco. Fecha: de de Recibí (Firma): Nombre/s y Apellido/s: N.I.F.: La presente información se emite por duplicado, siendo un ejemplar para el cliente y otro para el Banco. 6

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